2.1.- Objetivos y principales condiciones del proyecto:

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1 CONSULTA PÚBLICA SOBRE LAS ZONAS DE ACTUACIÓN Y LA CONTRATACIÓN DEL DESPLIEGUE, EXPLOTACIÓN, MANTENIMIENTO Y COMERCIALIZACIÓN DE UNA RED DE ACCESO Y TRANSPORTE DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS CON CARÁCTER DE OPERADOR MAYORISTA PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE BANDA ANCHA SUPERIOR A 30 MBPS EN LAS ZONAS DEL TERRITORIO DE ARAGÓN OBJETO DE ACTUACIÓN. La Dirección General de Nuevas Tecnologías, del Departamento de Industria e Innovación del Gobierno de Aragón, con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Circular 1/2010, de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, por la que se regulan las condiciones de explotación de redes y la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas por las Administraciones Públicas (Boletín Oficial del Estado de 9 de agosto de 2010) y en las Directrices de la Unión Europea para la aplicación de las normas sobre ayudas estatales al despliegue rápido de redes de banda ancha (Diario Oficial de la Unión Europea de 26/1/2013), somete a consulta de todas las partes interesadas (operadores, administraciones públicas y otros agentes) la relación de zonas de actuación elegibles para la realización de un proyecto de despliegue explotación, mantenimiento y comercialización de una red de acceso y transporte de comunicaciones electrónicas con carácter de operador mayorista para la prestación de servicios de banda ancha superior a 30 Mbps, así como el resumen del referido proyecto. Las respuestas a esta consulta pública podrán remitirse hasta el día 31 de agosto de 2013 a la siguiente dirección de correo electrónico: DGNT_secretaria@aragon.es. Sólo serán consideradas las respuestas en las que el remitente esté identificado. Con carácter general las respuestas se considerarán no confidenciales y, en consecuencia, de libre difusión. Las partes de la información que se desee se consideren como confidenciales deberán ser específicamente señaladas y delimitadas en el propio texto, motivando las razones de dicha calificación. 1

2 1.- Introducción El Decreto 27/2012, de 24 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Industria e Innovación, asigna a este Departamento competencias, entre otras, de promoción, fomento e implantación de las tecnologías de la información y las comunicaciones, con especial atención a su incorporación en el entramado socioeconómico de Aragón y en las Administraciones Públicas así como el diseño, la coordinación y la implantación de infraestructuras que permitan el acceso a las nuevas tecnologías de los diferentes sectores sociales y económicos de Aragón. La Agenda Digital para Europa, integrada en la Estrategia Europa 2020, para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador (Comunicación de la Comisión COM (2010) 2020, de ), marca unos retos muy ambiciosos, que suponen disponer en 2020 para todos de acceso a Internet a una velocidad de 30 Mbps o superior y que el 50% o más de los hogares europeos dispongan de conexión a Internet de más de 100 Mbps. El Gobierno de Aragón es consciente de la importancia de la disponibilidad de los servicios de acceso a banda ancha como uno de los motores que permiten el crecimiento de la economía moderna y contribuyen al desarrollo económico y social. Por estas razones, ha establecido como uno de los objetivos prioritarios de su Plan de Gobierno la consolidación de una economía dinámica en un entorno sostenible a través de la implantación de, entre otras cosas, redes de comunicaciones electrónicas. En Aragón los servicios de banda ancha avanzados y las infraestructuras para apoyarlos están a la disposición de ciudadanos y empresas en las zonas más densamente pobladas, mientras que la infraestructura de banda ancha es inadecuada o totalmente inexistente en otras áreas que no son comercialmente atractivas para los operadores de comunicaciones electrónicas. Ello deja a los ciudadanos y a las empresas de dichas zonas sin posibilidad de contar con un acceso adecuado a la banda ancha y a los servicios que esta ofrece. Es por ello que el Gobierno de Aragón quiere llevar estos servicios de Banda Ancha a las zonas con carencias, es decir a las zonas en las que hasta el momento no ha resultado rentable para el operador privado desplegar los servicios. Para ello se pretende realizar un contrato de colaboración entre el sector público y el sector privado, tal y como se regula en los artículos 11 y 313 a 315 del Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (en adelante TRLCSP), para encargar a una entidad privada en función de las formulas de financiación que se prevean, la realización del despliegue, 2

3 explotación, mantenimiento y comercialización de una red de acceso y transporte de comunicaciones electrónicas con carácter de operador mayorista para permitir a operadores minoristas la prestación de servicios de banda ancha superior a 30 Mbps en las zonas de Aragón objeto de actuación 2.- Resumen del Proyecto: principales características Objetivos y principales condiciones del proyecto: a) Despliegue, explotación, mantenimiento y comercialización de una red de acceso y transporte de comunicaciones electrónicas con carácter de operador mayorista para permitir a operadores minoristas la prestación de servicios de banda ancha superior a 30 Mbps en las zonas de Aragón objeto de actuación. La demanda objetivo serán las empresas, los ciudadanos y las Administraciones. Las condiciones tanto económicas como de calidad del servicio deberán ser similares a las de los entornos urbanos donde exista pluralidad de oferta. b) El operador deberá desplegar y comercializar, puntos de interconexión a la red en los núcleos de población de las zonas objetivo de la presente actuación, así como a áreas de actividad empresarial como lugares donde haya presencia de PYMES de cualquier tipo o sector, o centros de actividad económica como polígonos industriales, centros turísticos u otros enclaves relevantes por factores como el equilibrio territorial, la mayor incidencia sobre el desarrollo económico o su mayor alejamiento. c) A fin de facilitar el cumplimiento del objetivo de despliegue en Aragón de los referidos servicios de banda ancha, se podrá aprovechar la Red de Infraestructuras de Telecomunicaciones construida, titularidad del Gobierno de Aragón (ver Anexo III). Esta Red se pondrá a disposición del adjudicatario del contrato de colaboración público-privado, en régimen de coubicación (Housing) y en las condiciones que sean aceptadas por la CMT. d) El Gobierno de Aragón seguirá explotando la citada Red para la prestación de los servicios en régimen de autoprestación, tanto para los servicios actuales como para cualquier servicio futuro que requiera la administración en régimen de autoprestación. e) A su vez, la Administración, por sí o a través de una sociedad o entidad de Derecho Público adscrita a la misma, es la responsable de la gestión y mantenimiento de su Red. f) El operador privado además de contar con su red propia y la del Gobierno de Aragón, en las condiciones anteriormente expuestas, 3

4 deberá financiar la ejecución de las nuevas inversiones en infraestructuras y equipamientos adicionales que resulten necesarias y, una vez construidas, deberá asumir su mantenimiento y conservación durante el plazo de duración del contrato. g) La Administración, una vez finalice el plazo de duración de su relación contractual o de colaboración con el sector privado, recuperará plenamente la parte de su Infraestructura puesta a disposición del socio privado así como la nueva infraestructura pasiva (obra civil, canalizaciones, etc) creada por el operador en el ámbito del presente contrato para llevar los puntos de interconexión a la red. h) Prestación de servicios avanzados de telecomunicaciones (50 Mbps) en los centros educativos de la Comunidad Autónoma de Aragón que se determinen Neutralidad Tecnológica Este proyecto seguirá el principio de neutralidad tecnológica, no estableciendo limitaciones en cuanto a la tecnología o tecnologías a emplear para el despliegue en Aragón de una red de transporte y prestar los servicios objeto de este contrato siempre y cuando se satisfagan los requisitos mínimos establecidos Zonas de actuación La Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información (SETSI) ha efectuado, mediante Resolución de 3 de julio de 2013, la convocatoria de ayudas para la realización de proyectos en el marco del Programa de Extensión de la Banda ancha de Nueva Generación, dentro de la Agenda Digital para España, cuyas bases reguladoras fueron establecidas mediante la Orden IET/1144/2013, de 18 de junio, del Ministerio de Industria, Energía y Turismo. El ámbito de actuación se circunscribe a la extensión de la cobertura de redes públicas de banda ancha de nueva generación, de alta velocidad (>30 Mbps) y de muy alta velocidad (>100 Mbps) en aquellas zonas sin cobertura actual ni prevista en los próximos tres años. En el portal electrónico del Ministerio de Industria, Energía y Turismo se facilita la relación de localidades excluidas en cada línea de actuación por disponer ya de las mencionadas redes o por ser objeto de inversión privada en los próximos tres años, según los resultados de las consultas realizadas al efecto por el referido Ministerio. Con el fin de homogeneizar criterios en la definición de cuales son las concretas zonas objeto de actuación, a nivel de núcleo de población o entidad equivalente, es decir, las denominadas zonas blancas, para la 4

5 realización del presente proyecto se hace uso del resultado de los trabajos realizados por el Ministerio para conocer dónde existen las infraestructuras de telecomunicaciones necesarias y/o planes para su despliegue en los próximos tres años. De este modo, además de la homogeneización de criterios, también se reduce el gasto público que conlleva la realización de encuestas a la vez que se evitan molestias a los operadores por la reiteración de consultas sobre sus infraestructuras y planes de actuación. Así, la demanda objetivo son las empresas, los ciudadanos y las Administraciones situadas en zonas no excluidas, es decir zonas blancas, según el citado Programa ministerial, y donde se determine previamente su viabilidad a los efectos del presente proyecto. En el Anexo I se detallan las localidades excluidas del programa, localidades que, por tanto, no pueden ser objeto de la actuación del contrato de colaboración público-privada del Gobierno de Aragón debido a que, conforme a la información manejada por el Programa de Extensión de Banda Ancha de Nueva Generación del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, ya disponen del servicio requerido o la inversión privada tiene previsto realizar en ellas dicho despliegue. En el Anexo II se detallan todas las localidades que por complementariedad con el Anexo I no son localidades excluidas en Aragón. De todas las localidades que figuran en este Anexo II, se seleccionarán como objeto de actuación dentro del contrato de colaboración público privada, las que superan unos mínimos de población o de actividad económica. Asimismo también podrán ser objeto de actuación los enclaves enumerados en el apartado b) siempre que no estén ubicados en áreas recogidas en el Anexo I. 3. Objetivos de la consulta a) Recabar de todos los titulares de infraestructuras para la provisión de servicios de banda ancha de alta velocidad, las observaciones o propuestas de rectificación a la identificación preliminar de zonas geográficas excluidas que se facilitan con esta consulta. Las propuestas de corrección de zonas excluidas deberán estar debidamente motivadas. 5

6 Cuando dicha propuesta de corrección venga motivada por planes de despliegue en los próximos tres años de algún operador, se deberá aportar los detalles de dichos planes, incluyendo al menos, el tipo de tecnología, las inversiones previstas para dicha zona o zonas y el calendario de inicio y final de las obras. Las zonas inicialmente excluidas son entidades de población con código INE de 11 dígitos. b) Recabar las observaciones que estimen oportunas al proyecto de contrato de colaboración público privada para el despliegue, explotación, mantenimiento y comercialización de una red de acceso y transporte de comunicaciones electrónicas con carácter de operador mayorista para la prestación de servicios de banda ancha superior a 30 Mbps en zonas no excluidas, por parte de las Comunidades Autónomas y otras administraciones públicas, organismos públicos y privados y demás agentes interesados, para facilitar la coordinación de las actuaciones y, en general, una mejor consecución de los objetivos de extensión de la banda ancha de nueva generación que persigue el Programa. c) Recabar de los operadores que deseen participar en este Programa, información sobre las infraestructuras que posean o controlen en las zonas de actuación, susceptibles de ser utilizadas en el marco de este proyecto, a fin de poner esta información a disposición de todos los candidatos. d) Recabar de los operadores sus observaciones sobre la posible afectación de este proyecto a la competencia. e) Recabar propuestas motivadas de zonas de actuación preferente, en función de mayores necesidades de los usuarios, de su carácter dinamizador, del grado de presencia de PYMES o de centros de actividad económica como polígonos industriales, instalaciones deportivas o centros turísticos y de otros factores como el equilibrio territorial, su mayor incidencia sobre desarrollo económico o su mayor alejamiento. Zaragoza, 30 de julio de