Aula de Formación FISCALIDAD EN LOS PLANES DE PENSIONES. 5 de junio de 2012
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- Juan Bernardo Gallego Alarcón
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1 Aula de Formación FISCALIDAD EN LOS PLANES DE PENSIONES 5 de junio de 2012
2 Índice 1 Introducción 2 Fiscalidad de aportaciones 3 Fiscalidad de prestaciones 4 Ventajas fiscales de un plan de pensiones de empleo 5 Modificaciones fiscales 2012: impacto en los planes de pensiones Página 2
3 Introducción Página 3
4 Sección 1 Introduccion Entorno Fiscal en España REGULACION FISCAL APLICABLE COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA TERRITORIO COMUN COMUNIDAD AUTONOMA DEL PAIS VASCO Página 4
5 Sección 1 Introduccion Sujetos implicados Promotor Le afecta el IMPUESTO de SOCIEDADES Partícipe Beneficiario Le afecta el IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS (IRPF) Le afecta el IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS (IRPF) Aportaciones Plan de Empleo Aportaciones Plan Individual Jubilación Invalidez Otros Fallecimiento Página 5
6 Fiscalidad de aportaciones Página 6
7 Sección 2 Fiscalidad de aportaciones Partícipe: Le afecta el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) Acción Aportaciones recibidas del promotor o realizadas a titulo particular El importe aportado por el Promotor es considerado Rendimiento del Trabajo: Aumentan la Base Imponible de IRPF. Cualquier aportación supone una reducción en la Base Imponible para calcular la Base Liquidable. Aportación del promotor + Aportación del participe Sistemas Individuales, Asociados y de Empleo Página 7
8 Sección 2 Fiscalidad de aportaciones RENTA GENERAL Rendimientos del trabajo personal Rendimientos Actividades Económicas Rendimientos Capital Inmobiliario Otros rendimientos e imputaciones RENTA DEL AHORRO Rendimientos del capital mobiliario: Derivados de la participación en fondos propios de entidades. Derivados de la cesión a terceros de capitales propios. Derivados de operaciones de capitalización, contratos de seguros de vida o invalidez e imposiciones de capitales Ganancias / Perdidas patrimoniales no procedentes de transmisiones patrimoniales BASE IMPONIBLE GENERAL Ganancias / Perdidas patrimoniales procedentes de transmisiones patrimoniales. BASE IMPONIBLE DEL AHORRO Aportaciones a sistemas de previsión social (PPE) BASE LIQUIDABLE GENERAL Gravamen BL General BASE LIQUIDABLE DEL AHORRO Gravamen BL Ahorro CUOTA INTEGRA Página 8
9 Sección 2 Límites de desgravación fiscal de Aportaciones (Promotor) por año que exceda de 52 años hasta (Partícipe) por año que exceda de 52 años hasta Menor de: ( para > 50 años) 30% RN Trabajo y Activ.Economicas (50% para > 50 años) Excesos: próximos 5 años Menor de: ( para > 50 años) 30% RN Trabajo y Activ.Economicas (50% para > 50 años) Excesos: próximos 5 años Límite conjunto: por año que exceda de 52 años hasta (Promotor) (Partícipe) por año que exceda de 52 años hasta Límite conjunto: por año que exceda de 52 años hasta (Promotor+Partícipe) (Partícipe) No reducción a partir de 67 años Excesos: próximos 5 años si edad < 68 años Página 9
10 Sección 2 Régimen Especial Personas con Discapacidad Pueden aportar: La persona afecta por discapacidad física > 65% o psíquica > 33% o declarada judicialmente independientemente del grado. Su cónyuge o persona que le tuviera en régimen de tutela o acogimiento. Familiares en línea directa o colateral hasta tercer grado. Límites de desgravación: El propio discapacitado: Terceros: por aportante Límite conjunto: Límites de desgravación: El propio discapacitado: Terceros: por aportante Límite conjunto: Límites de desgravación: El propio discapacitado: Terceros: por aportante (con un límite de para el conjunto de estos) Página 10
11 Sección 2 Fiscalidad de aportaciones Ejemplo 1 Ejemplos Partícipe de Plan de Pensiones de Empleo (PPE) con residencia en Madrid y edad 40 años Aportación Entidad Promotora a PPE: euros Aportación Partícipe a PPE: euros Aportación Partícipe a PPI: euros Base Imponible: euros Rendimientos del Trabajo: euros Rendimientos Actividades Empresariales: 0 euros Cuál es el importe de aportaciones que reducen la Base Imponible? Lo que no exceda del límite financiero, o sea, euros. La totalidad de las aportaciones realizadas Lo que exceda del límite fiscal, o sea euros euros Ninguna de las anteriores Página 11
12 Sección 2 Fiscalidad de aportaciones Ejemplo 2 Ejemplos Partícipe de Plan de Pensiones de Empleo (PPE) con residencia en Castilla-La Mancha y edad 40 años Aportación Entidad Promotora a PPE: euros Aportación Partícipe a PPE: euros Aportación Partícipe a PPI: euros Base Imponible: euros Rendimientos del Trabajo: euros Rendimientos Actividades Empresariales: 0 euros Cuál es el importe de aportaciones que reducen la Base Imponible? Lo que no exceda del límite financiero, o sea, euros. La totalidad de las aportaciones realizadas Lo que exceda del límite fiscal, o sea euros euros Ninguna de las anteriores Página 12
13 Sección 2 Fiscalidad de aportaciones Ejemplo 3 Ejemplos Partícipe de Plan de Pensiones de Empleo (PPE) con residencia en Extremadura y edad 52 años Aportación Entidad Promotora a PPE: euros Aportación Partícipe a PPE: euros Aportación Partícipe a PPI: 0 euros Base Imponible: euros Rendimientos del Trabajo: euros Rendimientos Actividades Empresariales: 0 euros Cuál es el importe de aportaciones que reducen la Base Imponible? Sólo euros, al exceder el límite financiero Sólo euros, al exceder el límite fiscal La totalidad de las aportaciones efectuadas (8.000 de la entidad promotora y del partícipe) Ninguna de las anteriores Página 13
14 Sección 2 Fiscalidad de aportaciones Ejemplo 4 Ejemplos Partícipe de Plan de Pensiones de Empleo (PPE) con residencia en Navarra y edad 52 años Aportación Entidad Promotora a PPE: euros Aportación Partícipe a PPE: euros Aportación Partícipe a PPI: 0 euros Base Imponible: euros Rendimientos del Trabajo: euros Rendimientos Actividades Empresariales: 0 euros Cuál es el importe de aportaciones que reducen la Base Imponible? Sólo euros, al exceder el límite financiero Sólo euros, al exceder el límite fiscal La totalidad de las aportaciones efectuadas (8.000 de la entidad promotora y del partícipe) Ninguna de las anteriores Página 14
15 Fiscalidad de prestaciones Página 15
16 Sección 3 Fiscalidad de prestaciones De Beneficiarios Independientemente de la contingencia que cause la percepción el impuesto a aplicar es el mismo Impuesto sobre la renta de las personas físicas No es aplicable ni el impuesto sobre sucesiones y donaciones ni el impuesto sobre el patrimonio Ni siquiera por la contingencia de fallecimiento Página 16
17 Anexo 3 Modificaciones fiscales en el IRPF: Prestaciones Capital 100% (General) 60% (Transitorio) 2 años antigüedad, salvo incapacidad 60% (General) 2 años antigüedad, salvo incapacidad 50% (Incapacidad) 60% (General) 2 años antigüedad, salvo incapacidad Cada 5 años (periodicidad y regularidad suficientes) salvo Gipuzkoa Renta (*) 100% 100% 100% Mixta (Capital- Renta) Combinación de los anteriores (*) Excepto Régimen Especial Personas con Discapacidad que podrán aplicarse una reducción en el IRPF de 3 veces el IPREM (Territorio Común y Navarra) ó SMI (País Vasco)* Página 17
18 Sección 3 Fiscalidad de prestaciones Ejemplo 1 Ejemplos Beneficiario por Jubilación de Plan de Pensiones de Empleo (PPE) con residencia en Cataluña Saldo Derechos Consolidados: Fecha Primera Aportación: 01/01/1996 Derechos Consolidados procedentes de aportaciones anteriores a 31/12/2006: Base Imponible: euros Rendimientos del Trabajo: euros Rendimientos Actividades Empresariales: 0 euros Cuál es el importe exento de impuestos en caso de solicitar prestación total en forma de capital? Sólo euros, al exceder el 30% de los rendimientos de trabajo El 40% del total de derechos consolidados, o sea, El total de derechos consolidados anteriores a 31/12/2006, o sea, Ninguna de las anteriores Página 18
19 Sección 3 Fiscalidad de prestaciones Ejemplo 2 Ejemplos Beneficiario por Jubilación de Plan de Pensiones de Empleo (PPE) con residencia en Andalucía Saldo Derechos Consolidados: Fecha Primera Aportación: 01/01/1996 Derechos Consolidados procedentes de aportaciones anteriores a 31/12/2006: Base Imponible: euros Rendimientos del Trabajo: euros Rendimientos Actividades Empresariales: 0 euros Si cobra una renta financiera temporal de 200 mensuales, qué importe quedaría sujeto a tributación? Por la totalidad, ya que es no es una renta vitalicia. El 40% está exento y el resto tributa. Las rentas tributan, cualquiera que sea su modalidad, por el 100% Tributa como rendimientos de capital mobiliario. Si su duración es superior a 10 años, tributan por el 75%. Página 19
20 Sección 3 Fiscalidad de prestaciones Ejemplo 3 Ejemplos Beneficiario por Jubilación de Plan de Pensiones de Empleo (PPE) con residencia en Vitoria Saldo Derechos Consolidados: Fecha Primera Aportación: 01/01/1996 Derechos Consolidados procedentes de aportaciones anteriores a 31/12/2006: Base Imponible: euros Rendimientos del Trabajo: euros Rendimientos Actividades Empresariales: 0 euros Cuál es el importe exento de impuestos en caso de solicitar prestación total en forma de capital? Sólo euros, al exceder el 30% de los rendimientos de trabajo El 40% del total de derechos consolidados, o sea, El total de derechos consolidados anteriores a 31/12/2006, o sea, Ninguna de las anteriores Página 20
21 Ventajas fiscales de un plan de pensiones de empleo Página 21
22 Sección 4 Ventajas de un P.P de Sistema de Empleo El dilema de los incrementos salariales Así ve el incremento de salario el empleado Así es que como lo ve la Empresa Por qué se produce esta dicotomía? Página 22
23 Sección 4 Ventajas de un P.P de Sistema de Empleo por la progresividad del I.R.P.F. El dilema de los incrementos salariales Base hasta Cuota Resto hasta Tipo marginal 0,00 0, ,20 24% , , ,00 28% , , ,00 37% , , ,00 43% , , ,00 44% , ,72 En adelante 45% El tipo marginal es el % que pagamos en el I.R.P.F. por la parte de nuestro salario que excede de la base fijada en nuestro tramo. Si nuestro salario anual es , nuestra base será ,20 y nuestro tipo marginal el 28%. Por tanto, si nuestro salario se incrementa en 1.000, nuestra ingreso adicional neto, no será 1.000, menos las retenciones que sufrimos en la nómina, sino 1.000, menos 28%, menos Seguridad Social. Página 23
24 Sección 4 Ventajas de un P.P de Sistema de Empleo El dilema de los incrementos salariales Ejemplo 1: Empleado/a con un salario de /año, con 45 años de edad y cónyuge con ingresos >1.500 y dos hijos. En el año 2011 se le aplica una subida del 2%. Base hasta Cuota Resto hasta Tipo marginal 0,00 0, ,20 24% , , ,00 28% , , ,00 37% , , ,00 43% , , ,00 44% , ,72 En adelante 45% Sueldo bruto Base IRPF Ingresos netos IRPF + SS Antes de la subida , , , ,31 Después de la subida , , , ,72 Incremento 560,00 377,59 182,41 La subida del 2% se ve reducida en un 32,57%, por el efecto progresivo del IRPF y el incremento de la base de cotización de la Seguridad Social. Página 24
25 Sección 4 Ventajas de un P.P de Sistema de Empleo El dilema de los incrementos salariales Ejemplo 2: Empleado/a con un salario de /año, con 45 años de edad y cónyuge con ingresos >1.500 y dos hijos. En el año 2011 se le aplica una subida del 2%. Base hasta Cuota Resto hasta Tipo marginal 0,00 0, ,20 24% , , ,00 28% , , ,00 37% , , ,00 43% , , ,00 44% , ,72 En adelante 45% Sueldo bruto Base IRPF Ingresos netos IRPF + SS Antes de la subida , , , ,86 Después de la subida , , , ,86 Incremento 800,00 504,00 296,00 La subida del 2% se ve reducida en un 37%, por el efecto progresivo del IRPF. En este caso, la base de cotización de la Seguridad Social no se ve incrementada. Página 25
26 Sección 4 Ventajas de un P.P de Sistema de Empleo El dilema de los incrementos salariales Ejemplo 3: Empleado/a con un salario de /año, con 45 años de edad y cónyuge con ingresos >1.500 y dos hijos. En el año 2011 se le aplica una subida del 2%. Base hasta Cuota Resto hasta Tipo marginal 0,00 0, ,20 24% , , ,00 28% , , ,00 37% , , ,00 43% , , ,00 44% , ,72 En adelante 45% Sueldo bruto Base IRPF Ingresos netos IRPF + SS Antes de la subida , , , ,29 Después de la subida , , , ,29 Incremento 1.300,00 741,00 559,00 La subida del 2% se ve reducida en un 43%, por el efecto progresivo del IRPF. En este caso, la base de cotización de la Seguridad Social no se ve incrementada. Página 26
27 Sección 4 Ventajas de un P.P de Sistema de Empleo Ventajas fiscales para la empresa Ventaja fiscal para el promotor Aportación a Salario euros Cotización Seg Soc. + 29,10 euros * Aportación a Salario euros Cotización Seg Soc. Exento Coste Total = 129,10 euros Coste Total = 100 euros * Suponiendo que el salario bruto anual del trabajador es de euros * Suponiendo que el salario bruto anual del trabajador es de euros Menor Coste Salarial Para La Empresa Ahorro del coste de Seg. Social Página 27
28 Sección 4 Ventajas de un P.P de Sistema de Empleo Ventajas fiscales para el trabajador Ventaja fiscal para partícipes Aportación a Salario euros Cotización Seg Soc. - 6,35 euros * Aportación a Salario euros Retención - 18 euros * Ingresos Netos = 75,65 euros Ingresos Netos = 100 euros * Suponiendo que el salario bruto anual del trabajador es euros, casado y con un hijo (cónyuge con ingresos menores a ) Mayores ingresos netos para el trabajador * Suponiendo que el salario bruto anual del trabajador es euros, casado y con un hijo (cónyuge con ingresos menores a ) Página 28
29 Modificaciones fiscales 2012: impacto en los Planes de Pensiones Página 29
30 Sección 5 Modificaciones fiscales en el IRPF Escala Gravamen Introducción para 2012 y 2013 Gravamen Complementario B.L.General: de 0,75% al 7% Introducción para 2012 y 2013 Gravamen Complementario B.L.General: de 0% al 5% Gravamen Complementario B.L.General (Gip.): de 1% al 3% Aportaciones No se introducen modificaciones No se introducen modificaciones Se modifican los límites de aportaciones en DF Álava, en DF Gipuzkoa y Bizkaia Prestaciones No se introducen modificaciones No se introducen modificaciones En DF Gipuzkoa se limita la reducción del 40% a la primera prestación (por contingencia) y hasta una determinada edad (67 años) Página 30
31 Sección 5 Modificaciones fiscales en el IRPF: Escala de gravamen Tipos aplicables a la Base General: comparativa 2011 vs Escala Estatal Para un sujeto pasivo con B.L. General de ,20 el incremento de impuestos asciende a ,80 80 Para un sujeto pasivo con B.L. General de ,20 el incremento de impuestos asciende a ,52 Página 31
32 Sección 5 Modificaciones fiscales en el IRPF: Escala de gravamen Tipos aplicables a la Base General: comparativa 2011 vs Escala Comunidad de Madrid Escala Cataluña Para un sujeto pasivo con B.L. General de ,20 el incremento de impuestos asciende a ,07 (Comunidad de Madrid) y a 438,80 80 (Cataluña y Escala Estatal) Para un sujeto pasivo con B.L. General de ,20 el incremento de impuestos asciende a ,40 (Comunidad de Madrid), a ,12 (Escala Estatal) y a ,52 52 (Cataluña) Página 32
33 Sección 5 Impacto fiscal en los planes de pensiones: aportaciones y prestaciones Aportaciones Prestaciones Rendimiento neto del trabajo + Aportaciones promotor = Base Imponible General - Aportaciones totales (promotor y partícipe) = Base Liquidable General Rendimiento neto del trabajo + Prestaciones = Base Imponible General = Base Liquidable General Las aportaciones a planes de pensiones reducen la Base Liquidable General del IRPF, reduciendo los impuestos a tipo marginal Las prestaciones a planes de pensiones incrementan la Base Liquidable General del IRPF, incrementando los impuestos a tipo marginal Derechos Consolidados / Económicos Los derechos consolidados / económicos de los planes de pensiones están exentos del IP, no incrementando los impuestos no Página 33
34 Sección 5 Impacto fiscal en los planes de pensiones: aportaciones y prestaciones Aportaciones a planes de pensiones durante los ejercicios 2012 y 2013 Ejemplo: Aportación de Comparativa del ahorro fiscal ejercicios vs 2011 Las aportaciones a planes de pensiones durante los ejercicios 2012 y 2013 incrementará el ahorro de impuestos respecto al 2011, 2014 y siguientes Página 34
35 Sección 5 Impacto fiscal en los planes de pensiones: aportaciones y prestaciones Prestaciones a planes de pensiones durante los ejercicios 2012 y 2013 Ejemplo: Prestación de capital de (sin exención 40%) Comparativa de la carga fiscal ejercicios vs ,90% ,00 32,41% 9.723,00 42,24% ,00 38,92% ,00 742,00 996,00 Las prestaciones a planes de pensiones durante los ejercicios 2012 y 2013 incrementará los impuestos a pagar respecto al 2011, 2014 y siguientes Página 35
36 Sección 5 Recomendaciones 1) APORTACIONES Ahorro fiscal superior Realizar Aportaciones 2012 y 2013 Aportaciones periódicas 2) PRESTACIONES Coste fiscal superior Demorar cobro hasta 2014 Reducir importe a percibir 2012 y 2013 Preferencia Prestaciones en renta Página 36
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