Qué porcentaje de la población de su país representan las personas adultas mayores?

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2 2 Qué porcentaje de la población de su país representan las personas adultas mayores? En Colombia al año 2005, el 7,4% de las mujeres y el 6,7 de los hombres son adultos mayores de 60 años dentro de una población total de Cuál era la situación de su país en materia de acciones a favor del envejecimiento antes de la Asamblea Mundial de Madrid en 2002? En el período de los años noventa el tema de envejecimiento y vejez empezó a tener mayor relevancia en la política pública. Durante esta época se establecieron de manera más permanente dependencias relacionadas con el tema, como la Consejería Presidencial para la Juventud, la Mujer y la Familia, la cual se ocupó de lo relacionado con la vejez. Se creó la Defensoría del Pueblo y dentro de la misma una Delegada para la Niñez, la Mujer y la Vejez. Se realizaron acciones de formación y actualización en gerontología en varios departamentos del país por iniciativa de la Presidencia de la República, junto con la Defensoría y el Centro de Psicología Gerontológica-CEPSIGER. Fue también el momento de la organización de los Cabildos de Mayores en algunos departamentos del país para estimular la participación política de las generaciones viejas y su mayor integración a la comunidad. Con la Ley 10 de 1990 se reorganiza el sistema nacional de salud y se introduce el concepto de atención en salud como servicio público de carácter universal a cargo del estado. Sin embargo, no se previó su financiación como tampoco la forma de destinar los recursos. La Constitución Política de 1991, estableció que el Estado, la sociedad y la familia concurrirán para la protección y la asistencia de las personas de la tercera edad y promoverán su integración a la vida activa y comunitaria, al tiempo que le señala al Estado que debe garantizar los servicios de la seguridad social integral y el subsidio alimentario en caso de indigencia. La carta política consagra dos tipos de derechos en relación con las personas mayores: el derecho al reconocimiento de sus diferencias y, por lo tanto, a una protección especial, y a un conjunto de derechos de carácter distributivo asociados con el Estado social de derecho, en el sentido de derechos económicos, sociales y culturales (Departamento Nacional de Planeación DNP, 2001). Surgen alternativas de atención al enfoque asistencialista y se instituyen como un derecho fundamental a través de la seguridad social integral. Además, se establece la garantía de goce de los derechos prestacionales a los grupos en condición de indigencia al promover las condiciones para que la igualdad sea efectiva, adoptando medidas a favor de grupos discriminados o marginados. El Consejo Nacional de Política Social y Económica (CONPES 2722 de 1994 y CONPES 2793 de 1995) le asigna a la Red de Solidaridad Social, entre otras funciones, el desarrollo de un programa específico dirigido a apoyar el mejoramiento de las condiciones de vida de los adultos mayores de 65 años en extrema pobreza o indigencia, al igual que le asigna recursos del presupuesto general de la nación. Por su parte, las Cajas de Compensación de Subsidio Familiar iniciaron actividades relacionadas con el cuidado de la salud para población pensionada y programas de bienestar integral de la población pensionada y adulta mayor. A mediados de la década fueron organizados algunos encuentros con todas las Cajas del país para intercambiar conocimientos y experiencias y, así fortalecer entre otros los programas de adultos mayores. También surgieron iniciativas propias de los adultos mayores para asociarse como la ASOVICHE (Asociación de Viejos Chéveres en Barranquilla)-; los centros de investigación y las universidades organizaron eventos nacionales e internacionales; adelantaron trabajos especializados en temas

3 3 relacionados con el envejecimiento, la vejez, la seguridad social y temas específicos de salud. Se crearon asociaciones especializadas para promover la investigación, la difusión, el intercambio, la actualización permanente en el campo del envejecimiento y la vejez, al igual que de asesoría a comunidades y municipios. A partir de esta época Colombia empezó a formar parte de la Red Intergubernamental Iberoamericana de Cooperación Técnica para el Desarrollo de Políticas de Atención (RIICOTEC) y la Red Intergubernamental Iberoamericana de Asociaciones de Adultos Mayores (RIIAM), redes que mediante la cooperación y el intercambio de experiencias entre países con la participación de organismos regionales y multilaterales, apoyan el desarrollo de políticas integrales y la ejecución de proyectos para beneficio de los adultos mayores. La reglamentación del mandato constitucional desembocó en la expedición de la Ley 100 de 1993 que ha constituido uno de los pasos en la conformación de un sistema de seguridad social integral en el país, para favorecer en especial la atención en salud de las personas de edad y asegura el ingreso de una parte de la población de una pensión para la vejez a las generaciones más jóvenes que avanzan en su proceso de envejecimiento. Con ella se buscó reorganizar los sistemas de salud, pensiones y riesgos profesionales para ampliar la oferta de las instituciones que brindan estos servicios o administran recursos de cotizaciones, bajo los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad. Con esta Ley, se abandona la idea del seguro selectivo para los trabajadores, y la seguridad social adquiere una concepción más universal al proveer un mínimo de protección a las personas, independientemente de que contribuyan o no al sistema. Desde la expedición de dicha Ley, el desarrollo de la política se ha involucrado en diversas entidades y programas en los ámbitos nacional, regional y local, buscando cubrir la atención de dicha población en diversas dimensiones, entre ellas la nutrición, la salud, la educación, la cultura, la recreación y el deporte y, el desarrollo de actividades productivas que contribuyan en el sostenimiento de los ingresos. A su vez, el libro IV de esta Ley y los decretos reglamentarios, establecen a través de un auxilio, un esquema de atención para el mejoramiento de las condiciones de vida de las personas mayores de 65 años y de 50 discapacitados o indígenas en indefensión que se encuentran en condiciones de extrema pobreza e indigencia. Se establece la obligación para el Estado del reconocimiento de un auxilio para cubrir los costos de los servicios de salud y complementarios, así como para financiar el sistema. En esa forma se garantiza un mínimo calórico a los adultos mayores, expresado en mercados, raciones o comidas servidas y servicios complementarios con la realización de actividades de educación, cultura, recreación, deporte y ocio productivo. Este programa que inicia su desarrollo con el nombre de Revivir, y hoy se identifica como el Programa de Atención Integral para Adultos Mayores- se cofinancia con recursos del gobierno nacional y de los entes territoriales y cubre a cerca de adultos mayores en extrema pobreza o indigencia de todo el país, desde En forma simultánea, en junio de 1995 se somete a consideración al Consejo Nacional de Política Económica, los lineamientos de política relativa a la atención al envejecimiento y a la vejez de la población colombiana y en especial a las personas mayores. Con el desarrollo de esta política se buscó compartir dicha responsabilidad entre las organizaciones gubernamentales de todo orden, las no gubernamentales y la sociedad civil. Esta Ley permitió reorganizar el Sistema, facilitó el aumento de la cobertura en salud y pensiones a través del régimen subsidiado, pero con dificultades para el cumplimiento de la meta propuesta, que era alcanzar la cobertura total en salud para el año A la fecha solo va en un 50 %. En pensiones, la situación es aún mas crítica puesto que de la población económicamente activa, solo un 24 % se encuentra afiliada al sistema pensional. El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, en relación con la mujer mayor, ha hecho una aproximación de diagnóstico a su situación actual en lo que tiene que ver con su identidad de género, actividades y ubicación geográfica, y definió programas específicos en el tema de salud sexual y reproductiva para tener una mejor calidad de vida y fomento en la participación de la microempresa para las mujeres cabeza de familia.

4 4 En la actualidad la Consejería para la Equidad de la Mujer formuló y presentó un proyecto de ley por medio del cual se adoptan medidas por parte del Estado y la sociedad civil para garantizar la equidad y la igualdad de oportunidades de la mujer Colombiana. En general propone mejorar e incrementar el acceso y la participación de las mujeres en los servicios de salud integral, sexual y reproductiva y a la seguridad social en salud durante todo el ciclo vital, incluyendo la salud de las niñas y las adultas de todas las edades. Además, la Consejería se encuentra ejecutando en 35 ciudades colombianas el proyecto Apoyo a Mujeres Cabeza de Familia de estrato I y II en zonas urbanas. Estos contienen dos componentes: uno financiero dirigido al fortalecimiento de microempresas constituidas y dirigidas por mujeres cabeza de familia y, otro, de carácter educativo, para capacitar en aspectos técnicos, socioafectivos y de autocuidado de la salud de las mujeres y sus familias. Por último, ante la alta prevalencia de morbilidad y mortalidad por causa del cáncer femenino, la Consejería estableció una carta convenio con el Instituto Nacional de Cancerología para la realización de estudios, diagnósticos y atención precoz que en la actualidad se está implementando. Qué efecto tuvo la Asamblea Mundial en la mirada que su país tiene frente a este desafío demográfico? Dentro del desarrollo de II Asamblea Mundial de Envejecimiento de Madrid 2002, Colombia se comprometió específicamente a: La formulación de la política pública en el año 2002 con proyección a largo plazo y en la que se involucra a todo el Estado colombiano. El fortalecimiento del Programa pre retiro, para fomentar la generación de empleo y la productividad de las personas mayores (con experiencia específica) para fortalecer la iniciativa, la creatividad, el crecimiento y el desarrollo humano. La ampliación de la cobertura de la seguridad social en los tres sistemas: salud, pensiones y riesgos profesionales. La conformación y creación de una comisión intersectorial para la promoción, defensa y garantía de los derechos de las personas adultas mayores. La presentación a los organismos internacionales de solicitudes para la cofinanciación de los proyectos dirigidos a fortalecer las estrategias y los programas formulados en la política pública. Qué medidas concretas (políticas públicas, programas, beneficios) se han tomado desde entonces a favor de las personas adultas mayores? Para lograr el objetivo de proteger al adulto mayor contra el riesgo económico de la imposibilidad de generar ingresos, el Estado cuenta con dos mecanismos principales, sustentados en la Ley 100 de 1993 y sus decretos reglamentarios: uno de tipo preventivo y otro asistencial. El mecanismo de tipo asistencial transfiere recursos directamente a la población de la tercera edad, en especial a la población en estado de indigencia, otorgando subsidios monetarios o en especies. La Ley 100 de 1993 en su libro IV establece dos marcos de política social: el primero tiene que ver con la entrega de auxilios para los adultos mayores en situación de pobreza, que fue reglamentado por el decreto 1135 de 1994 y se operacionalizó mediante el Documento CONPES Social No. 22 de El decreto 1387 de 1995 modificó parcialmente el El segundo marco se refiere a los servicios sociales complementarios. El artículo 261 establece que los municipios o distritos deben garantizar la infraestructura necesaria para la atención de los ancianos indigentes y plantea que deben elaborar un plan municipal de servicios complementarios para la tercera edad como

5 5 parte integral del plan de desarrollo. El artículo 262 plantea que el Estado a través de sus autoridades y entidades y con participación de la comunidad y ONGs prestarán servicios sociales complementarios para la tercera edad en materia de educación, cultura, recreación y turismo. El programa de auxilios para los ancianos indigentes se entrega a mayores de 65 años (50 si son indígenas o son discapacitados) y consiste en un apoyo económico de hasta 50% del salario mínimo legal mensual vigente), financiado con recursos del Presupuesto General de la Nación (PGN) y con cofinanciación de las entidades territoriales, a través de la prestación de servicios básicos y complementarios. En Junio de 1995 se aprueba el documento CONPES 2793 de Envejecimiento y Vejez, elaborado por el DNP y la Vicepresidencia de la República, con el objetivo principal de mejorar las condiciones de vida de las personas de mayor edad y elevar la calidad de vida de toda la población para que alcance una vejez saludable y satisfactoria. El desarrollo de esta política implica una responsabilidad compartida entre las organizaciones gubernamentales del orden nacional, regional y local, las ONGs, comunidades indígenas, y la sociedad civil. Con la reforma pensional dada por la Ley 797 de 2003 se busca incrementar significativamente los recursos para la atención directa a los ancianos y se crea la subcuenta de subsistencia, reglamentada mediante el decreto 569 de 2004, financiada con el 50% de los recursos del uno por ciento sobre las cotizaciones con más de 4 smlmv, con aportes adicionales de los ingresos superiores a 16 smlmv, contribuciones sobre las pensiones mayores a 10 smlmv y con aportes de presupuesto nacional. El CONPES No. 70 de 2003 unificó en un solo programa la subcuenta de subsistencia y el Programa de Atención Integral al Adulto Mayor (PAIAM) para atender a los adultos mayores en estado de indigencia, recogiendo los aspectos positivos del PAIAM e incorporando el nuevo esquema establecido por la Ley 797. Los recursos de la Red de Solidaridad Social destinados en la vigencia del 2003 se transfieren al nuevo programa. Existe en su país una legislación sobre las personas adultas mayores? La legislación colombiana reciente sobre adulto mayor se funda en varios artículos de la Constitución Política Colombiana de 1991 y de manera particular en el artículo 46 mediante el cual se establece que el Estado, la sociedad y la familia concurrirán para la protección y la asistencia de las personas de la tercera edad y promoverán su integración a la vida activa y comunitaria. El Estado les garantizará los servicios de la seguridad social integral y el subsidio alimentario en caso de indigencia. Existe en su país una institucionalidad específicamente diseñada para abordar el envejecimiento? A partir de la fusión de los Ministerios de Salud y de Trabajo y Seguridad Social en el nuevo Ministerio de la Protección Social se crea el Grupo de Discapacidad y Adulto Mayor dentro de la Dirección General de Promoción Social de este último Ministerio, con la responsabilidad de establecer políticas, planes y programas de atención integral a poblaciones vulnerables, priorizando de manera particular a la población adulta mayor. Existe en su país un presupuesto especial asignado para el desarrollo de políticas o programas en favor de las personas adultas mayores? Si existe. El más importante es el recaudado mediante el Fondo de Solidaridad Pensional y distribuido a través de las subcuentas de solidaridad y subsistencia que permiten respectivamente la financiación de pensiones subsidiadas y la entrega de subsidios económicos directos y servicios sociales complementarios a adultos mayores en condiciones de extrema pobreza.

6 6 Cuál fue el efecto de la Conferencia Regional Intergubernamental de Santiago 2003 en las medidas nacionales frente al envejecimiento? La Conferencia Regional Intergubernamental reactivó el compromiso de Colombia con el diseño y formulación de la política nacional de envejecimiento y vejez. Durante el año 2004 el Ministerio de la Protección Social ha convocado tres eventos con el propósito de generar escenarios de participación amplios y representativos, los cuales han facilitado hacer explícito el conocimiento y la experiencia de los principales actores de las políticas y programas de atención integral al adulto mayor y la vejez de las diferentes regiones del país. Las diferentes fuentes de conocimiento explícito e implícito puestas en juego hasta el momento permitirán al Ministerio de la Protección Social la organización e integración de un primer documento borrador de política colombiana de envejecimiento y vejez, que será socializado, debatido y ajustado durante el segundo semestre de 2005.