MECANIZACIÓN JG EN UNA IMPORTACIÓN DE BIENES
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- María Josefa Maestre Fidalgo
- hace 8 años
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1 MECANIZACIÓN JG EN UNA IMPORTACIÓN DE BIENES A la hora de mecanizar una compra de bienes de un país extranjero, que no pertenece a uno de los países miembros de la Unión Europea, o bienes procedentes de las Islas Canarias, Ceuta y Melilla, tenemos que tener en cuenta que ese material debe pasar por la aduana y por ello recibiremos dos facturas: a) La factura correspondiente al suministrador del material (Sin IVA) b) La factura generada al retirar el material por la aduana. Esta factura se compone de: El IVA del material comprado (este importe viene recogido en el DUA; en el DUA no tienen por qué coincidir exactamente ni el IVA ni la BI con el que le correspondería a la factura compra). Los gastos gestión o gastos administrativos (BI + IVA). Aranceles (sin IVA). Esta factura nos la puede generar el transportista que enviemos a retirar el material, el cual pagará estos importes por nosotros y por lo tanto nos los repercute en su factura, más sus servicios correspondientes. Vamos a ver un ejemplo: Compramos un material a una empresa en las Islas Canarias (Edosoft Factory, S.L.), esta compra nos generará como ya hemos dicho dos facturas: a) Factura de la compra del material. Importe de la compra: ,00 IVA: 0,00
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3 b) Factura del transportista que enviamos a retirar el material en la aduana. IVA de la compra: ,17 (D.U.A.) Este es el IVA de la compra que se paga al pasar por la aduana y viene recogido en el D.U.A. Gastos de gestión o administrativos: 200, % IVA Aranceles: 60,00 (sin IVA)
4 A continuación vamos a generar los JG de gasto para cada una de las facturas: 1) El JG de la factura del proveedor canario se haría por la base imponible, sin IVA y sin marcar ninguna clave fiscal.
5 2) El JG del transportista que enviamos a retirar el material a la aduana se hace de la siguiente manera: a) En la pestaña General, tendremos que marcar la opción de Agente de Aduanas y es recomendable poner el número de JG del proveedor del material en la casilla Factura de la compra para que ambos justificantes de gasto estén relacionados. Este es el nº de JG de la factura del proveedor
6 b) Nos vamos a la pestaña Económico en la cual una vez que hayamos seleccionado la opción Agente de aduanas se nos abren tres campos: Importación liquidada en aduana. En estas casillas tendremos que reflejar el IVA de la compra del material (IVA aduana). Para ello tomaremos como Importe Neto factura el resultado de dividir el importe del IVA aduana que aparece en la factura del transportista por el tipo de IVA aplicable (en nuestro ejemplo 0,21) (este importe será igual o muy parecido al de la compra del bien (factura del proveedor), no obligando el sistema a que coincidan exactamente). Factura de agente de aduanas. En estas casillas se reflejan los servicios del agente de aduanas o gastos administrativos, tanto la base imponible como el IVA. Tasas exentas. Normalmente aranceles. IVA aduana. Para obtener este importe pondremos como Importe Neto factura el resultado de dividir: Importe IVA aduana/tipo de IVA Gastos administrativos y su IVA correspondiente Importe exento de IVA, normalmente aranceles
7 c) En la pestaña imputación: - En la casilla APLICACIONES pondremos la aplicación del gasto correspondiente (ha de ser la misma que la del JG de la compra del material) y nos trasladará el importe obtenido de la parte no deducible del IVA de la compra del material, más la base imponible y el IVA no deducible de los servicios del agente de aduanas, más los gastos exentos (Si la económica fuera inventariable tendríamos que hacer una mejora por este importe). - En la casilla de IVA DEDUCIBLE se trasladará la suma del IVA de la Importación liquidada en aduana y el IVA de la factura del agente de aduanas solo en su parte deducible. Veamos como quedaría la imputación en el caso del ejemplo, según sea la prorrata utilizada: En el caso de ser el IVA deducible (prorrata 100%):
8 En el caso de no ser deducible el IVA (prorrata 0%): En el caso de prorrata del 28%:
9 d) En la pestaña Datos Fiscales no tendremos que informar nada, ya que al haber seleccionado la opción Agente de aduanas en la pestaña General toma toda la operación como una importación y como tal se reflejará en el modelo 303 de IVA correspondiente.
10 Documento Único Administrativo (DUA) Se trata de un impreso que ha de cumplimentarse obligatoriamente ante la aduana para los intercambios de mercancías (importaciones y exportaciones) entre los miembros comunitarios y terceros países. Desde el 1 de enero de 1993, fecha de entrada en vigor del Mercado Único Europeo se suprimió este documento, con carácter general, para los intercambios intracomunitarios, aunque existen algunas excepciones. Se utiliza, tanto en las importaciones como en las exportaciones y tiene, a todos los efectos, el carácter de declaración tributaria, además de constituir el soporte para el suministro de datos para su tratamiento en diversos ámbitos de utilización -estadísticos, contables, informáticos, de liquidación, de control-, por lo que obliga al interesado a velar de modo especial por la exactitud y autenticidad de datos y documentos y al cumplimiento de cuantos deberes fueran exigibles en razón de su normativa de aplicación. El declarante ha de consignar con exactitud los siguientes extremos: mercancías (valor, clase, cantidad, etc.); origen, destino, pesos, tipo de cambio; documentos unidos. Debe ser firmado por el titular o por persona autorizada. Base imponible del DUA para el cálculo del IVA en aduana IVA en aduana, importe trasladado a la factura del transportista.
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