Comercio Exterior. LECCION 2 Segunda parte
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- José Luis Sosa Saavedra
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1 Comercio Exterior LECCION 2 Segunda parte
2 FASE DE DESPACHO EN ADUANAS (1) Legislación básica: Código Aduanero Comunitario (Reglamento 450/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril) Razón de ser del nuevo Código - Código elaborado en 1992 con muchas modificaciones posteriores - Necesidad de racionalizar los regímenes aduaneros - Tener en cuenta que la tramitación electrónica de las formalidades aduaneras es la norma - Simplificación de los trámites Objetivo básico - Establecer normas aduaneras para el comercio entre países de la Comunidad y países situados fuera del territorio aduanero
3 Conceptos básicos Aduana: Oficina en la que puedan realizarse las formalidades de la normativa aduanera. Aduana de entrada : Oficina para llevar mercancías que entren en territorio aduanero de la Comunidad y sean sometidas allí a controles de entrada adecuados, en función del riesgo. Aduana de importación : Oficina para llevar a cabo las formalidades para asignar un destino aduanero a las mercancías introducidas en el territorio aduanero de la Comunidad. Aduana de exportación : Oficina para llevar a cabo las formalidades para asignar un destino aduanero a las mercancías que salgan del territorio aduanero de la Comunidad y Aduana de salida : Oficina en la que se presentan las mercancías antes de que salgan del territorio aduanero de la Comunidad. Territorio aduanero: Conjunto de zonas geográficas en que se aplica la normativa aduanera; definida en artículo 3 del CAC.
4 Conceptos básicos: Autoridades aduaneras: Administraciones de aduanas de los Estados miembros competentes para aplicar la legislación aduanera Controles aduaneros: Actos efectuados por las autoridades aduaneras para garantizar que se aplique correctamente la legislación aduanera Operador económico: Persona que, en el ejercicio de su actividad profesional, intervenga en actividades aduanera
5 Conceptos básicos: Riesgo: Probabilidad de que se produzca un hecho, en entrada, salida, tránsito, transferencia o destino final de las mercancías que circulen entre el territorio aduanero de la Comunidad y otros países que: Impida la correcta aplicación de disposiciones comunitarias o nacionales; Comprometa los intereses financieros de la Comunidad y de sus Estados miembros; Constituya una amenaza para la seguridad y protección de la Comunidad y de sus residentes, para la salud pública, la sanidad animal o la fito-sanidad, para el medio ambiente o para los consumidores;
6 Conceptos básicos: Declaración sumaria: Acto por el que una persona informa de que determinadas mercancías van a entrar o salir del territorio aduanero de la Comunidad Declaración en aduana: Acto por el que una persona expresa la voluntad de incluir las mercancías en un determinado régimen aduanero
7 Conceptos básicos: Regímenes aduaneros: Despacho a libre práctica (la mercancía atraviesa la frontera exterior común, pagando los aranceles; a partir de ese momento se mueve dentro de la UE como si fuera una mercancía comunitaria). Exportación (la mercancía sale del territorio aduanero de la U.E. con destino a un tercer país o a un área exenta).
8 Conceptos básicos Regímenes especiales: Tránsito Interno (una mercancía comunitaria va de un punto a otro de la UE, atravesando un país tercero) y Externo (una mercancía no comunitaria atraviesa países comunitarios) Interno:). Destinos especiales: Importación temporal (una mercancía que va a salir del territorio aduanero en las mismas condiciones que entró, puede entrar libre de aranceles) y Destino final (una mercancía no paga aranceles por el uso al que se destina) Depósito: Temporal, depósito aduanero y zonas francas (una mercancía puede ser objeto de depósito, sin pagar aranceles, hasta tanto se le asigna otro régimen) Perfeccionamiento: Activo (los productos que se importan, para los que se hayan utilizado materias primas exportadas, están exentos de aranceles) y Pasivo (las materias primas que forman parte de un producto que va a ser exportado están exentas de aranceles)
9 Conceptos básicos Deuda aduanera: Importe de los derechos a abonar en aduanas Contracción: Cálculo que hacen de los derechos las autoridades aduaneras.
10 Conceptos básicos: Levante de las mercancías: Acto por el que las autoridades aduaneras ponen las mercancías a disposición de los fines concretos del régimen aduanero en el que se hayan incluido Presentación en aduana: Notificación a las autoridades aduaneras de la llegada de las mercancías a la aduana
11 PASOS SUCESIVOS EN EL DESPACHO DE ADUANAS 1. Presentación en la Aduana: Declaración Sumaria (normalmente el transportista) 2. Presentación detallada en plazo máximo: DUA (Documento Único Administrativo) (normalmente el importador o su representante) = Autodeclaración impositiva - Simplificada -Complementaria Otros documentos: Los necesarios en la fase de solicitud Declaración valor en aduanas Documentos comerciales (factura, lista de bultos, etc.) Documentos de transporte PARA CUMPLIMENTAR EL DUA PRECISO DETERMINAR: Origen. Reglas de origen Valor en aduana: Base sobre la que se va a aplicar el arancel INCOTERMS.
12 VALOR EN ADUANAS (I) El valor en aduanas = valor de transacción = precio efectivamente pagado o por pagar de dichas mercancías. Se acepta como valor de la transacción el precio neto que aparece en la factura comercial siempre y cuando no haya connivencia entre las partes para la modificación del precio. Se aceptan los descuentos sobre el precio del producto expresados en factura. Se especifican los criterios a seguir si hubiera vinculación. Se establecen medios alternativos de valoración.
13 Valor en Aduanas (II) AL PRECIO SE AÑADEN (si corren por cuenta del comprador): Los gastos de transporte (incluyendo gastos de carga y manipulación) y seguro hasta el punto de entrada en el territorio aduanero. Comisiones y otros gastos NO SE INCLUYEN EN LA BASE: Gastos de transporte y seguro posteriores a la importación Gastos financieros, de instalación o de comercialización
14 REGULACIÓN DE EXPORTACIONES 1. FASE DE SOLICITUD Similar a Importaciones: Régimen de Libertad Comercial Con NOPE o con Certificados Exportación (AGREX) Régimen de Autorización Autorización Administrativa de Exportación Solo dos posibilidades en países de destinos: Miembros de la Unión Europeos (o con trato equivalente Resto del Mundo 2. FASE DE DESPACHO Más sencilla que la Importación DUA documento principal + Necesarios en la fase de solicitud + Los que requiere el país comprador. 3. COBRO
15 REGÍMENES ESPECÍFICOS 1. CANARIAS Inicialmente fuera del territorio aduanero Desde 1991 dentro pero con características especiales POSEICAN: Programa para regiones ultraperiféricas (Similar en Azores o Madeira) Exención derechos importación para muchos productos agrícolas Protección al plátano canario: Contingentes arancelarios No aplica el IVA sino el IGIC (tipo más bajo) Restituciones a la exportación para los productos agrícolas europeos con destino a Canarias Compra-ventas intracomunitarias se declaran en DUA no en INTRASTAT 2. CEUTA Y MELILLA Fuera del territorio aduanero (salvo para material de defensa) Comercio equiparable al de terceros países
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