CORPORACIÓN UNIVERSITARIA DE CIENCIA Y CIENCIA Y DESARROLLO - UNICIENCIA. REGLAMENTO DE HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL
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- Asunción Macías Maestre
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1 CORPORACIÓN UNIVERSITARIA DE CIENCIA Y DESARROLLO - UNICIENCIA. REGLAMENTO DE HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL RAZÓN SOCIAL: CORPORACIÓN UNIVERSITARIA DE CIENCIA Y DESARROLLO - UNICIENCIA NIT : ARP : SEGUROS BOLIVAR SEDES DIRECCION TELEFONO CIUDAD Sede Administrativa Calle 74 No Bogotá D.C. Sede Artes Calle 72 A No Bogotá D.C. Sede Rectoría Cra. 16ª No / Bogotá D.C. Sede Académica Cra. 16 No Sin teléfono Bogotá D.C. Sede Ingenierías Avda. Caracas No Bogotá D.C Sede Derecho Avda. Caracas No / Bogotá D.C CLASE O TIPO DE ASIGNADO POR LA ARP: I CÓDIGO DE LA ACTIVIDAD ECONÓMICA NO (7 DÍGITOS): (SEGÚN DECRETO 1607 DEL 31 DE JULIO DE 2002 DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD) EDUCACIÓN SUPERIOR, HACE REFERENCIA A CORPORACIÓNS DEDICADAS A ESPECIALIZACIONES Y POSGRADOS CUANDO SE REALICEN ACTIVIDADES PRACTICAS SE ASIMILARAN AL DEL CENTRO DE TRABAJO. Prescribe el siguiente reglamento, contenido en los siguientes términos: ARTÍCULO 1. La Corporación se compromete a dar cumplimiento a las disposiciones legales vigentes, tendientes a garantizar los mecanismos que aseguren una
2 oportuna y adecuada prevención de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, de conformidad con los artículos 34, 57, 58, 108, 205, 206, 217, 220, 221, 282, 283, 348, 349, 350 y 351 del Código Sustantivo del Trabajo, la Ley 9a de 1.979, Resolución 2400 de 1.979, Decreto 614 de 1.984, Resolución 2013 de 1.986, Resolución 1016 de 1.989, Resolución 6398 de 1.991, Decreto 1295 de 1994 y demás normas con tal fin se establezcan. ARTÍCULO 2. La Corporación se obliga a promover y garantizar la constitución y funcionamiento del Comité paritario de Salud Ocupacional de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial, de conformidad con lo establecido por el Decreto 614 de 1.984, la Resolución 2013 de 1.986, la Resolución 1016 de y Decreto 1295 de ARTÍCULO 3. La Corporación se compromete a destinar los recursos necesarios para desarrollar actividades permanentes, de conformidad con el programa de salud ocupacional, elaborado de acuerdo con el Decreto 614 de y la Resolución 1016 de 1.989, el cual contempla, como mínimo, los siguientes aspectos: Subprograma de medicina preventiva y del trabajo, orientado a promover y mantener el más alto grado de bienestar físico, mental y social de los trabajadores, en todos los oficios, prevenir cualquier daño a su salud, ocasionado por las condiciones de trabajo, protegerlos en su empleo de los riesgos generados por la presencia de agentes y procedimientos nocivos; colocar y mantener al trabajador en una actividad acorde con sus aptitudes fisiológicas y psicosociales. Subprograma de higiene y seguridad industrial, dirigido a establecer las mejores condiciones de saneamiento básico industrial y a crear los procedimientos que conlleven a eliminar o controlar los factores de riesgo que se originen en los lugares de trabajo y que puedan ser causa de enfermedad, di confort o accidente. ARTÍCULO 4. Los riesgos existentes en la Corporación, están constituidos, principalmente: CLASIFICACIÓN DE LOS FACTORES DE La clasificación de los factores de riesgo se relaciona en el siguiente cuadro: FACTOR DE 1. FÍSICOS. Son todos aquellos factores ambientales de naturaleza física que al ser percibidos por las personas, pueden provocar efectos adversos a la salud según sea la intensidad, la exposición y la concentración de los mismos. Ruido. Temperaturas extremas Altas y Bajas. Radiaciones ionizantes y no ionizantes. Iluminación inadecuada por exceso o defecto. Humedad relativa. Vibraciones.
3 FACTOR DE 2. QUÍMICOS. Se refiere a aquellos elementos o sustancias que pueden ingresar al organismo por inhalación, absorción o ingestión y dependiendo de su nivel de concentración y el tiempo de exposición, pueden generar lesiones sistémicas, intoxicaciones o quemaduras. 3. BIOLÓGICOS. Se refiere a los micro y microorganismos con características patogénicas y a los residuos que por sus características físico químicas, pueden ser tóxicos para las personas que entren en contacto con ellos, desencadenando enfermedades infectocontagiosas, reacciones alérgicas o intoxicaciones. 4. MECÁNICOS. Se refiere a todos aquellos objetos, máquinas, equipos y herramientas que por sus condiciones de funcionamiento, diseño, estado o por la forma, tamaño y ubicación, tienen la capacidad potencial de entrar en contacto con las personas por deficiencias técnicas o humanas y provocar lesiones. 5. ELÉCTRICOS. Se refiere a los sistemas eléctricos de las máquinas, los equipos que conducen o generan energía dinámica o estática y que al entrar en contacto con las personas por deficiencias técnicas o humanas pueden provocar lesiones, según sea la intensidad y el tiempo de contacto con la corriente. 6. ERGONÓMICOS. Son todos aquellos objetos, puestos de trabajo y herramientas, que por el peso, tamaño, forma o diseño Presiones atmosféricas anormales. Aerosoles Líquidos. (nieblas o rocios). Aerosoles sólidos. (material particulado, sólidos, polvos, humos, fibras). Gases y vapores. Líquidos. Sólidos. Animales (vertebrados, invertebrados). Vegetales. (Musgos, helechos, semillas). Exposición a microorganismos. (hongos, amebas, bacterias) derivados de animales y vegetales. Caídas de Objetos. Contacto con sustancias Químicas. Material con potencial de liberar energía: sólidos, líquidos o gases. Proyección de Partículas. Superficies y elementos calientes. Trabajos en depósitos de líquidos Golpes. Superficies y elementos ásperos. Alta tensión. Media tensión. Baja tensión. Electricidad estática. Derivados de la fuerza: levantamiento de cargas, transporte de cargas, movimientos manuales o
4 FACTOR DE (sillas, mesas, controles de mando, superficies de apoyo) encierran la capacidad potencial de producir fatiga física o lesiones osteomusculares por obligar al trabajador a realizar sobreesfuerzos, movimientos repetitivos y posturas inadecuadas. 7. PSICOSOCIAL. Se refiere a la interacción de los aspectos propios de las personas (edad, patrimonio genético, estructura psicológica, historia, vida familiar, cultura) con las modalidades de gestión administrativa y demás aspectos organizacionales inherentes al tipo de proceso productivo. La dinámica de dicha interacción se caracteriza especialmente por la capacidad potencial. 8. LOCATIVOS. Se refiere al estado de las instalaciones de la Corporación y condiciones de almacenamiento, orden y aseo. de otro tipo con esfuerzo. Derivados de la postura: postura prolongada, postura por fuera del ángulo de confort. Derivados del movimiento: movimientos repetitivos. Derivados de la Organización del Trabajo: Estilos de mando, supervisión técnica, definición de funciones, capacitación, relación de autoridad, niveles de participación, canales de comunicación, estabilidad laboral, salario, reconocimiento. Derivados de la Tarea: Trabajo repetitivo o en cadena, monotonía, altos ritmos de trabajo, turnos y sobre tiempos, nivel de complejidad y responsabilidad de la tarea. Derivados del Ambiente de trabajo: Disconfort térmico, espacio, iluminación. Almacenamiento inadecuado. Condiciones inadecuadas de orden y aseo. Defectos del piso. Escaleras y barandas inadecuadas o en mal estado. 9. CRÍTICOS Trabajos en Alturas. 10. NATURALES Sismos. Terremotos. Inundaciones. PARÁGRAFO. A efecto de que los riesgos contemplados en el presente artículo, no se traduzcan en accidente de trabajo o enfermedad profesional, la Corporación ejercerá su control en la fuente, en el medio transmisor o en el trabajador, de conformidad con lo estipulado en el programa de salud ocupacional de la institución, el cual se da a conocer a todos los trabajadores al servicio de ella. ARTÍCULO 5. La Corporación y sus trabajadores darán estricto cumplimiento a las disposiciones legales, así como a las normas técnicas e internas que se adopten para lograr la implantación de las actividades de medicina preventiva y del trabajo, higiene y
5 seguridad industrial, que sean concordantes con el presente Reglamento y con el programa de salud ocupacional de la Corporación. ARTÍCULO 6. La Corporación ha implantado un proceso de inducción del trabajador a las actividades que deba desempeñar, capacitándolo respecto a las medidas de prevención y seguridad que exija el medio ambiente laboral y el trabajo específico que vaya a realizar. ARTÍCULO 7. Este Reglamento permanecerá exhibido en, por lo menos dos lugares visibles de las sedes de la Corporación, cuyos contenidos se dan a conocer a todos los trabajadores en el momento de su ingreso. ARTÍCULO 8. El presente Reglamento entrará a regir ocho (8) días después de su publicación y siempre que la Corporación conserve, sin cambios substanciales, las condiciones existentes en el momento de su aprobación, tales como actividad económica, métodos de producción, instalaciones locativas o cuando se dicten disposiciones gubernamentales que modifiquen las normas del Reglamento o que limiten su vigencia. MARÍA GLADYS GALINDO LUGO Representante Legal y Rectora Corporación Universitaria de Ciencia y Desarrollo - UNICIENCIA
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