Tema 3: La jornada laboral y el salario

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1 Tema 3: La jornada laboral y el salario

2 Índice: 1. La jornada laboral y el horario de trabajo. Trabajo nocturno y a turnos. 2. Las horas extraordinarias. 3. Los periodos de descanso. 4. Permisos retribuidos 5. El Salario. 6. Los complementos extrasalariales. 7. El salario minimo interprofesional. 8. Las garantias de salario. 9. El fondo de garantia salarial.

3 1. La Jornada Laboral. La jornada la laboral es el tiempo que el trabajador dedica a la realización de su actividad laboral. La duración máxima en España es de 40 horas semanales.- La jornada laboral es pactada por el convenio o contrato. Tipos de jornadas: Jornada Ordinaria Anual: 40 horas semanales Jornada Regular: Sin superar las 9 horas diarias de trabajo y los menores 8 horas. Jornada Irregular: Puede superara las 9 horas diarias, excepto en los menores de 18 años.

4 2.El Horario de Trabajo. El horario de trabajo es la distribución en periodos de trabajo y de descanso, con indicación del momento de inicio y fin. Tipos de horarios: Continuo: El tiempo de trabajo se organiza sin interrupciones Partido: El tiempo de trabajo se divide en dos o mas fracciones, con un descanso de una hora como mínimo. Rígido: La horas de comienzo y fin están prestablecidos. Flexible: Cada trabajador puede iniciar y terminar la jornada dentro de unos márgenes, respetando la duración de la jornada.

5 3.El Trabajo nocturno. Es aquel que se realiza de 10 de la noche a 6 de la mañana. Realiza al menos 3 horas de su jornada de trabajo diaria en horario nocturno. La jornada de trabajo no puede exceder de 8 horas y tampoco se pueden hacer horas extras. Los menores de 18 no pueden realiza trabajos nocturnos

6 4. El Trabajo a turnos. Es aquel que implica una organización de las tareas de la empresa de manera sucesiva en horas distintas. Los trabajadores a turnos no pueden estar mas de 2 semanas seguidas en el turno de noche. 5. Las horas extraordinarias Las horas extraordinarias son las horas de trabajo que se realizan fuera de la jornada máxima ordinaria legal o pactada.

7 -Tipos de horas extraordinarias: Estructurales: -Pactadas en el contrato o en el convenio. -Horas que la empresa pretende un aumento de la actividad. No Estructurales: - Son voluntarias para el trabajador. De fuerza Mayor: - Necesarias para reparar o prevenir un daño sobre las personas o la empresa. -Son obligatorias para el trabajador. -Pueden pagarse en dinero o en complementos salariales -No computan a efectos de las 80 horas máximas legales.

8 6. Los periodos de descanso. -Descanso anual: 30 días de vacaciones al año. Las vacaciones se acordaran entre el empresario y el trabajador, con 2 meses de antelación. Vacaciones retribuidas e irrenunciables. -Descanso semanal: Día y medio para mayores de 18 años. Acumulables por periodos de 14 días. 2 días para los menores de 18 años. -Descanso durante la jornada: 15 min. Para mayores de 18 años que trabajen mas de 6 horas continuas. 30 min. Para menores de 18 años que trabajen mas de 4,5 horas continuas.

9 7. Permisos retribuidos. Por matrimonio o pareja de hecho: 15 días naturales. Exámenes prenatales y preparación al parto: El tiempo indispensable. Por nacimiento de hijo: 2 días o 4 si hay que desplazarse Lactancia de menor de 9 meses: Reducción de jornada en media hora. Por enfermedad grave, hospitalización, intervención o fallecimiento de pariente hasta 2º grado: 2 o 4 días si hay que desplazarse. Traslado de domicilio habitual: Un día. 3 meses de desplazamiento fuera de su residencia: 4 días laborables de estancia en su domicilio

10 Cumplimiento de un deber inexcusable: El tiempo indispensable Exámenes para obtener un titulo académico o profesional: El tiempo indispensable Un año de antigüedad en la empresa: 20 horas de permiso por formación vinculada al puesto de trabajo Funciones sindicalistas o representación del personal: Los periodos establecidos en la ley o convenio Preaviso de un despido objetivo: 6 horas semanales para buscar otro trabajo.

11 8.Reduccion de la jornada laboral Por nacimiento de hijos prematuros: Deban permanecer hospitalizados, tendra derecho a ausentarse del trabajo durante una hora y reducir su jornada hasta 2 horas. Cuidado de menores afectados por cáncer: Ingreso hospitalario de larga duración. Tendra derecho a una reducción de la mitad de su jornada, con la disminución proporcional del salario. Guarda legal: De un menor de 8 años o pariente de hasta 2º grado por afinidad y que no desempeñe actividad retribuida. Victimas de violencia de genero: Para su protección o asistencia, pueden reducir la jornada.

12 9. Fiestas laborables retribuidas. Las fiestas laborables constituyen días retribuidos y no recuperables y no pueden exceder de 14 días al año en total. Los días festivos del estado español: Los días festivos del estado español: Día de Navidad Día de Año Nuevo Fiesta del Trabajo Fiesta Nacional

13 10.EL SALARIO Se puede decir que el salario es la suma de bienes o dinero que recibe un trabajador por un servicio o producto de su trabajo. Nunca el salario en especie podrá superar el 30% de las percepciones salariales del trabajador, ni minorar la cantidad integra en dinero del SMI.

14 11. ESTRUCTURA DEL SALARIO La estructura del salario esta fijada por el convenio colectivo o en el contrato de trabajo. Salario base Complementos salariales

15 12.Salario base El salario base es, según dispone el articulo 26.3 del Estatuto de los Trabajadores,la "retribución fijada por unidad de tiempo o de obra". El salario base es el componente que se suele utilizar para calcular los complementos salariales complementos salariales 13.Complementos salariales Los complementos salariales son cantidades que se suman al salario base y que responden a la concurrencia de determinadas causas en la prestación laboral.

16 -Los complementos salariales pueden ser de varias clases :

17 14.Los complementos extra salariales -Indemnizaciones o suplidos: Un dinero que de alguna manera adelanta el trabajador y que está relacionado con su actividad laboral. -Dietas de viaje: tienen esta consideración los gastos normales de manutención alojamiento, devengados por el desplazamiento del trabajador fuera de su lugar de trabajo y con ocasión del mismo. -Gastos de locomoción: Por kilometraje. -Plus de transporte: Se paga al trabajador por su desplazamiento habitual, del lugar de trabajo a su casa -Plus de quebranto de moneda: típico plus de los cajeros. -Plus por adquisición y mantenimiento de prendas de trabajo -Prestaciones o indemnizaciones de la SS -Indemnizaciones por traslados o despidos -No cotizan en la S.S si no pasan de ciertos límites

18 15.Salario Mínimo Interprofesional (SMI) El salario mínimo interprofesional (SMI) fija la cuantía retributiva mínima que percibirá el trabajador referida a la jornada legal de trabajo, sin distinción de sexo u edad de los trabajadores, sean fijos, eventuales o temporeros. El valor que toma el SMI se fija cada año por el Gobierno, mediante la publicación de un Real Decreto. Y para la determinación del mismo se tienen en cuenta factores como el IPC, la productividad media nacional alcanzada o el incremento de la participación del trabajo en la renta nacional. El IPREM = Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples: para concesión de ayudas.

19 16.Las garantias del salario En caso de que el empresario no le pague el salario al trabajador, la ley establece que el empresario deberá pagar al trabajador por delante de otros acreedores. El empresario puede incluso llegar a tener que responder con su propio patrimonio. El trabajador podrá reclamar un recargo del 10% sobre la cantidad adeudada.

20 17.El Fondo de Garantía Salarial (Fogasa) Es un organismo autónomo de carácter administrativo adscrito al Ministerio de Empleo y Seguridad Social. En situaciones de insolvencia Fogosa se encarga de pagar los salarios debidos y reconocidos en una cuantía no superior al triple del SMI diario con prorrateo de pagas extras, numero de días pendientes de pago, con un máximo de 150 días.

21 Si son indemnizaciones reconocidas : 30 días x año - Despido disciplinario, improcedente 30 días x año - Extinción por voluntad del trabajador 20 días x año - Despido colectivo y objetivo 12 días x año - Fin del tiempo convenido Triple SMI + 1\6 Max. 1 Año

22 Fin

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