1. TRAMITES RELACIONADOS CON EL MONOTRIBUTO 2. PERSONAS DE EXISTENCIA IDEAL (JURIDICAS Y OTRAS) ALTAS EN EL MONOTRIBUTO
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- Hugo Castilla Pérez
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1 Publicado: Sector Guía de trámites. 1. TRAMITES RELACIONADOS CON EL MONOTRIBUTO 2. PERSONAS DE EXISTENCIA IDEAL (JURIDICAS Y OTRAS) ALTAS EN EL MONOTRIBUTO Qué tipo de sociedad puede inscribirse en el Monotributo? Unicamente se pueden inscribir las sociedades de personas: civiles, colectivas en comandita simple, de capital e industria, sociedades de hecho e irregulares. Para adherir al Monotributo debe poseer número de CUIT. cuál es el formulario para obtenerlo? Si no posee número de CUIT debe solicitarlo con el formulario 161/ J (frente-dorso) en original y copia. Además, debe aportar fotocopia de la constancia de inscripción o del formulario de inscripción ante la dependencia AFIP/DGI, de todos los socios. Si posee número de CUIT cuál es el formulario para adherir al Debe presentar el formulario 163/J (frente-dorso), por triplicado, consignando en él la CUIT y determinando la categoría en el Monotributo, en cualquier entidad bancaria. Además, debe ingresar el importe que se indique en el apartado "Importe a Pagar". La entidad bancaria le entregará un tique, como constancia de la adhesión y pago y el duplicado del formulario 163/J (frente-dorso) debidamente intervenido. Se puede adherir al Monotributo sin efectuar el pago? No, el pago es obligatorio. Desde cuándo se encuentra adherido al En caso de inicio de actividades, se podrá adherir al Régimen Simplificado, con efectos a partir del día de adhesión inclusive. Si es por cambio de Régimen, la fecha de inicio es a partir del primer día hábil del mes siguiente al que se produjo la presentación del formulario 163/J (frente-dorso) en la entidad bancaria y el pago correspondiente. Cómo se categoriza una persona de existencia ideal que opta por incorporarse al Se establecen categorías de acuerdo a sus Ingresos Brutos, superficie afectada a la actividad, energía eléctrica consumida y precio unitario de los productos de venta
2 CATEGORIA INGRESO BRUTOS SUPERFICIE AFECTADA ENERGIA ELECTRICA CONSUMIDA PRECIO UNITARIO 0 Hasta $ Hasta 20 m2 Hasta Kw Hasta $ Hasta $ Hasta 30 m2 Hasta Kw Hasta $ Hasta $ Hasta 45 m2 Hasta Kw Hasta $ Hasta $ Hasta 60 m2 Hasta Kw Hasta $ Hasta $ Hasta 85 m2 Hasta Kw Hasta $ Hasta $ Hasta 110 m2 Hasta Kw Hasta $ Hasta $ Hasta 150 m2 Hasta Kw Hasta $ Hasta $ Hasta 200 m2 Hasta Kw Hasta $ Por otra parte, las normas prevén la situación de una serie de actividades en las cuales no se consideran los parámetros de superficie afectada ni de energía eléctrica consumida. Se pueden presentar las siguientes situaciones, para la categorización en el Régimen Simplificado: Situación 1: Que el contribuyente haya desarrollado actividades durante el último año calendario: Para determinar sus Ingresos Brutos, sume el total de ventas realizadas en todo el año calendario anterior. Para determinar el consumo de energía eléctrica, surge del total de kilovatios consumidos en todo el año calendario. Situación 2: Que el contribuyente haya realizado actividades durante los últimos doce meses: Para determinar sus Ingresos Brutos, sume el total de ventas realizadas durante los últimos doce meses. Para determinar el consumo de energía eléctrica, surge del total de kilovatios consumidos durante los ultimos doce meses.
3 Situación 3: Que el contribuyente haya realizado actividades por un período igual o mayor a cuatro meses pero menor a doce: Para determinar sus Ingresos Brutos, considere el mayor monto de ventas realizadas en cualquiera de los meses y multiplíquelo por doce. Para determinar el consumo de energía eléctrica, surge del mayor consumo de kilovatios durante un mes, luego multiplicado por doce. Situación 4: Que el contribuyente haya iniciado sus actividades dentro de los últimos cuatro meses o todavía no comenzó a desarrollar sus actividades: En este caso, su Ingreso Bruto será cero. cantidad de mts2 del lugar donde desarrolla o desarrollará su actividad. El consumo de kilovatios será cero. Cómo se conforma el impuesto integrado, que está a cargo de la sociedad? El monto a ingresar será el correspondiente a la categoría que le corresponda, según el monto de sus ingresos brutos y demás parámetros con más un veinte porciento (20%) por cada uno de los socios integrantes de la sociedad.. Debe el empleador comunicar su alta? En el Monotributo no hay que comunicar el alta como empleador. Los empleados deben estar obligatoriamente adheridos al No, pueden estar en el Régimen General, correspondiendo presentar el formulario 460/J (frente-dorso) en la dependencia de la AFIP-DGI donde se encuentra inscripta la persona jurídica, dándose de alta como empleador. El monotributista que incorpora a los trabajadores al régimen simplificado, asume a su cargo el pago de las asignaciones familiares que pudiera corresponderles. Asimismo en caso de despido no corresponde el goce del beneficio de desempleo.
4 Qué conceptos deposita el empleador Monotributista y qué formulario debe utilizar? Los conceptos que deposita el empleador Monotributista son: aportes y contribuciones con destino al Sistema Nacional de Seguro de Salud y contribución al régimen previsional público. Ambos con el formulario 170. Cuándo vence la obligación? Hasta el día 20 o primer día hábil posterior del mes calendario inmediato siguiente a aquél que se hayan devengados los aportes y contribuciones, a diferencia del trabajador autónomo monotributista que lo debe realizar por mes adelantado. Cuántos empleados puede declarar por formulario 170? Sólo uno. El empleador debe confeccionar un formulario 170 por cada trabajador. En qué caso no debe presentar el formulario 170? Cuando no se tienen empleados bajo el Monotributo. Qué categorías del Monotributo tienen un mínimo de empleados obligatorios? CATEGORIAS CANTIDAD DE EMPLEADOS IV 1 V 2 VI Y VII 3 Qué establece la normativa vigente respecto de la cantidad de empleados de las categorías 0, I, II y III? No existe límite mínimo ni máximo sobre la cantidad de empleados para estas categorías. Qué formulario debe presentar para el ingreso de los aportes voluntarios? Debe presentar el formulario 128 El empleado puede hacer aportes voluntarios? Sí, al régimen jubilatorio y para la cobertura de Obra Social para el grupo familiar con en formulario 128 A cuánto debe ascender el monto de los aportes voluntarios? El aporte debe ser igual o mayor a 33 pesos que tendrán por destino el régimen de capitalización o reparto según la opción realizada. La cobertura médico asistencial al grupo familiar es mediante un aporte voluntario de $ 20. Qué otra documentación debe acompañar? Debe presentar la credencial de Monotributista. Mientras no reciba la misma, debe exhibir el duplicado del formulario 163/J frente-dorso. Dónde debe efectuar el pago y cuándo es su vencimiento?
5 Debe pagar las cotizaciones personales fijas obligatorias y voluntarias en cualquier entidad bancaria habilitada, hasta el 20 o primer día hábil posterior, en caso de que el 20 sea feriado o inhábil, del mes calendario anterior a aquel que corresponda la obligación mensual. Como comprobante de pago la entidad bancaria receptora le entregará un tique. Cuál es el formulario que debe presentar para pagar intereses resarcitorios y/o punitorios, multas, ajustes o boletas de deuda? Y dónde debe presentarlo? Debe pagar con el formulario 166 -volante de pago-. Debe presentarlo en cualquier entidad bancaria habilitada. Dónde deben presentarse los formularios 170, 163/J, 128 y 166? En cualquiera de las instituciones bancarias habilitadas al efecto. Como comprobante del pago la entidad bancaria le entregará un tique. Como Monotributista debe llevar algún registro contable? No, los Monotributistas quedan exceptuados de cumplir con la obligación de registración de operaciones establecidas en la Resolución General N 3419, sus complementarias y modificatorias, por las operaciones de compra y de venta de cosas muebles, obras, locaciones y prestaciones que realicen o contraten. Pero quedan obligados a archivar los comprobantes que emitan y reciban, ordenados en forma cronológica y por año calendario por las operaciones que realicen, para ser exhibidos ante cualquier requerimiento de la AFIP. Cuando se desarrollan dos actividades puede seguir adherido al No, no se puede seguir adherido al Monotributo. Se debe asumir la calidad de responsable inscripto en el Impuesto al Valor Agregado. Cuál es el formulario que debe presentar para pagar intereses resarcitorios y/o punitorios, multas, ajustes o boletas de deuda? dónde debe presentarlo? Debe pagar con formulario 166-volante de pago-.debe presentarlo en cualquier entidad bancaria habilitada. Formulario 160F: Formulario 160D: Formulario 162F: Formulario 162D: Formulario 460F: Formulario 460D: Formulario 170F: Formulario 170D: Formulario 128: Formulario 166:
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