Proyectos Productivos o de Servicios, que incluyen a 3 Componentes: A 1 - AUTOEMPLEO hasta Pesos diez mil ($10.000).
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- Sofia Duarte Río
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1 PROGRAMA DE APOYO ECONÓMICO A MICROEMPRENDIMIENTOS PARA TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD PAEMDI - REGLAMENTO DEL PROGRAMA El PROGRAMA DE APOYO ECONÓMICO A MICROEMPRENDIMIENTOS PARA TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD PAEMDI A y B - Tiene por objeto promover la realización de emprendimientos desarrollados por personas con discapacidad, mayores de DIECIOCHO (18) años, a través del apoyo económico no reembolsable para la adquisición de bienes de capital, herramientas de trabajo e insumos. Dicha persona/s tendrán que ser desempleadas, adjudicatarias de una concesión de uso y/o explotación de un pequeño comercio, o estar participando en proyectos productivos o de servicios de carácter individual y/o asociativo, debidamente acreditado.- El Programa se ejecutará a través de: Proyectos Productivos o de Servicios, que incluyen a 3 Componentes: A 1 - AUTOEMPLEO hasta Pesos diez mil ($10.000). A 2 - MICROEMPRENDIMIENTOS hasta pesos veintisiete mil ($27.000). B - CONCESIONES DE PEQUEÑOS COMERCIOS ( Amparado en la Ley y normativas provinciales y municipales que promueven la instalación de los mismos con idéntica finalidad, hasta pesos veintisiete mil ($ ). I.- DE LOS COMPONENTES A.- Componentes: A-1 Autoempleo y/o A-2 Microempredimientos 1. Condiciones básicas para acceder a los Componentes : 1.1. Del beneficiario Podrán participar de este componente: 1
2 La persona con discapacidad, mayor de DIECIOCHO (18) años, que tenga el Certificado de Discapacidad Nacional o Provincial de acuerdo a lo establecido en el artículo 3º de la Ley o por leyes provinciales análogas, y que sea integrante de un emprendimiento productivo o de servicio en funcionamiento, o que tenga la experiencia necesaria y comprobable del microemprendimiento a realizar. Los proyectos que tengan más de una persona con discapacidad, deberán tener mayoría de los mismos. En estos casos, se deberá tener en cuenta que el responsable del subsidio será uno de los integrantes. 1.2 De los proyectos El emprendimiento deberá ser presentado por el interesado, ante la Unidad para Personas con Discapacidad y Grupos Vulnerables de la Secretaría de Empleo, del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación El interesado podrá recibir un subsidio de hasta PESOS DIEZ MIL ($ ) para el Componente A-1, y de hasta PESOS VEINTE Y SIETE MIL (27.000) para el componente A-2, siempre y cuando el Proyecto se encuentre fundamentado en el plan de negocios. Una vez presentado el mismo y previa evaluación de la Unidad para Personas con Discapacidad y Grupos Vulnerables de la Secretaría de Empleo del MTEySS, el mismo quedará a consideración del Comité Coordinador de Programas para Personas con Discapacidad ( CCPDIS ), para su evaluación final. 1.3 De la presentación de los proyectos Toda la información contenida en la propuesta revestirá el carácter de declaración jurada y cada una de las hojas de la presentación deberá encontrarse inicialada por el interesado y firmada en el Proyecto La presentación de los proyectos deberá realizarse, cumpliendo con la documentación indicada en los ANEXOS señalados a continuación: ANEXO I Componente A-1 Autoempleo ANEXO II - Componente A-2 Microemprendimientos ANEXO III - Componente B - Concesiones de Pequeños Comercios Evaluación Técnica del Proyecto La Unidad para Personas con Discapacidad y Grupos Vulnerables del MTEySS realizará la evaluación técnica del Proyecto y elaborará el dictamen de viabilidad técnica, el que se elevará ante la Mesa de Entradas de la COMISION NACIONAL ASESORA PARA LA INTEGRACION DE PERSONAS CON DISCAPACITADAS 2
3 Criterios de Evaluación La evaluación de proyectos se realizará en función de los criterios de viabilidad técnicos, institucionales, económicos definidos para este componente, los que estarán explicitados en el Plan de Negocios. Se tomarán en cuenta los siguientes aspectos: Análisis de los aspectos Laborales: Incluye un informe de Actitud y Aptitud de el/los integrantes del Proyecto, que emitirá, la GECAL correspondiente, y cuando corresponda la Unidad para personas con Discapacidad y Grupos Vulnerables de la Secretaría de Empleo. Análisis económico: tendrá en cuenta la sustentabilidad del proyecto en lo referido a la capacidad de generar ingresos para El/los participantes del mismo, considerando además la capacidad de sustentabilidad en el tiempo. Análisis de los aspectos Técnicos: se considerará la pertinencia de la organización productiva, de los insumos y herramientas requeridas, de la organización de los procesos de trabajo y de la distribución de tareas, así como de la comercialización prevista del bien o servicio. Es decir, se evaluará la posibilidad de obtener el objetivo final descripto en el Proyecto, con los medios materiales y los recursos humanos con los cuales se espera contar, si fuera otorgado el subsidio solicitado. Una vez analizados estos aspectos, se realizará un Dictamen con el objetivo de determinar la viabilidad o no de la propuesta presentada, la que se establecerá en función de: Actitud y aptitud del solicitante acorde al proyecto presentado La sustentabilidad del Micro-Proyecto Documentación respaldatoria.. Si de la evaluación realizada por la Unidad para Personas con Discapacidad y Grupos Vulnerables, resultara que el Proyecto requiere modificaciones, se procederá a remitirlo al SOLICITANTE, adjuntando las observaciones que merezca, para que sea ajustado por el mismo. Dichas observaciones deberán ser consideradas al momento de su presentación definitiva. 1.4 Obligaciones del Solicitante 1. Suministrar todos los requerimientos de información y control necesarios para el seguimiento, monitoreo y la evaluación del Programa solicitados por la UNIDAD EJECUTORA DE PROYECTOS (UEP) DE LA CONADIS y la Unidad para Personas con Discapacidad y Grupos Vulnerables del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social. 2. Cumplir con los compromisos que se deriven del proyecto aprobado, ya que su presentación implica el conocimiento y aceptación del presente reglamento y sus condiciones. 3
4 3. Presentar los informes que les requiera la Unidad para Personas con Discapacidad y Grupos Vulnerables del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social. 4. Responder por el efectivo cumplimiento de las actividades descriptas en el Proyecto Aprobado. 5. Presentar las rendiciones finales del subsidio otorgado por el COMITÉ COORDINADOR DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD dentro de los 30 días de recibido el mismo, en la Unidad Ejecutora, sita en la Av. Julio A. Roca 782 4º Piso Bs. As. 6. La rendición, se deberá ajustar a los Presupuestos presentados en la solicitud de la ayuda económica. 7. Permitir la supervisión por parte de la UNIDAD EJECUTORA DE PROYECTOS (UEP) DE LA CONADIS para verificar la compra de bienes de capital e insumos, y todo otro aspecto o acción que sea de interés para el control, seguimiento y monitoreo del cumplimiento de los objetivos del Proyecto y de las obligaciones asumidas. La falta de cumplimiento en las obligaciones contraídas será motivo de la devolución del subsidio y de las acciones legales correspondientes. B. Componente Concesiones de pequeños comercios amparados en la Ley y normativas provinciales y municipales que promuevan la instalación de los mismos con idéntica finalidad. 1. Condiciones básicas para acceder al Componente. 1.1 De los beneficiarios/as. Podrán participar de este componente: Las personas con discapacidad, mayores de DIECIOCHO (18) años, que tengan el Certificado de Discapacidad Nacional o Provincial de acuerdo a lo establecido en el artículo 3º de la Ley o por leyes provinciales análogas, a los que se les haya concedido el uso del espacio y/o autorización de instalación de un pequeño negocio, mediante contrato, resolución y/o disposición administrativa de la autoridad competente. 1.2 De las Concesiones. Este componente esta destinado a los que por primera vez se les adjudica una concesión para el emplazamiento de un quiosco. Quedan excluidos para solicitar subsidios aquellos concesionarios que se encuentren instalados con anterioridad a la creación del Programa. Como excepción, se dará trámite a las solicitudes de subsidios en aquellos casos en que la autoridad competente haya dispuesto una re-localización (entendiéndose mudanza 4
5 interna o externa de piso, área u otro organismo concedente), previa evaluación de la Unidad para Personas con Discapacidad y Grupos Vulnerables. 1.3 Del subsidio. El monto del subsidio será de: 1. Para construcción y/o instalación (se entiende por instalación todo aquello que requiera amurar, soldar, armar y abulonar mobiliario estructural del quiosco como así también colocación de artefactos de cocina, agua y/o plomería) del pequeño comercio hasta un CIEN POR CIENTO (100%) del total del subsidio que asciende a la suma de PESOS VEINTE Y SIETE MIL ($ ). Esta línea de financiamiento incluye materiales, mano de obra, bienes de capital e insumos (No incluye refacción edilicia). 1.4 De los Proyectos. Los proyectos de los adjudicatarios deberán presentarse conforme a los formularios e instructivos que constan en el ANEXO III, adjuntando la documentación solicitada en el mismo. II.- Presentación de los Proyectos. 1.Circuito Administrativo para ambos Componentes. El circuito administrativo para los dos componentes A: Autoempleo y/o Microemprendimientos y para el componente B Concesión de pequeños comercios previstos en el PAEMDI, será: Las presentaciones de los proyectos deberán realizarse en las GERENCIAS DE EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL (GECAL) de la SECRETARIA DE EMPLEO del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL en los formularios contenidos en el ANEXO I o ANEXO II ó ANEXO III del presente reglamento. 2. Verificación Formal de la documentación presentada. Las Gerencias de Empleo y Capacitación Laboral (GECAL) verificarán la presentación de la documentación indicada en los ANEXOS I, II ó III, correspondientes a cada uno de los Componentes del Programa. No podrá darse curso al trámite de evaluación y posterior aprobación del proyecto si la presentación no cuenta con la documentación requerida en la presente reglamentación. 5
6 3. Informes Preliminares La GECAL adjuntará al proyecto el Informe Preliminar, suscripto por el Gerente de Empleo y Capacitación Laboral, y lo elevará a la UNIDAD PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y GRUPOS VULNERABLES DEL MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Una copia del Proyecto quedará archivada en la GECAL, debiendo estar disponible para las visitas de supervisión así como para cualquier otro efecto que pueda requerirse. La GECAL, y cuando corresponda la Unidad para personas con Discapacidad y Grupos Vulnerables de la Secretaría de Empleo, emitirá un informe de Actitud y Aptitud de el /los integrantes del Proyecto. 4. Aprobación de Proyectos. La Unidad para Personas con Discapacidad y Grupos Vulnerables evaluará los proyectos y realizará su correspondiente dictamen de viabilidad. El mismo será remitido, con todos sus antecedentes, a la UNIDAD EJECUTORA DE PROYECTOS (UEP) DE LA CONADIS para su consideración y posterior aprobación a cargo del COMITÉ COORDINADOR DE PROGRAMAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD (CCPDIS), quien resolverá su admisión o rechazo. La resolución será notificada al peticionante en forma fehaciente. 5. Condiciones de Pago. 5.1 Ordenes de Pago. La UNIDAD EJECUTORA DE PROYECTOS (UEP) DE LA CONADIS (CCPDIS) llevará a cabo las acciones administrativas correspondiente para librar la orden de pago al responsable del proyecto aprobado. 5.2 Alta de Cuenta Bancaria. Para la acreditación del subsidio al responsable del proyecto se deberá presentar junto con la documentación los formularios correspondientes a la Solicitud de Alta de beneficiarios de pago, según modelos ANEXO IV del presente reglamento. Para la efectivización del pago deberá presentar la siguiente documentación: Formulario de Alta de Beneficiarios de Pagos (ANEXO IV de esta reglamentación) Formulario de Acreditación de Pagos del Tesoro Nacional en Cuenta Bancaria (ANEXO IV de esta reglamentación) en Bancos: de la Nación Argentina, de la Provincia de Buenos Aires, de Galicia, Santander Río, del Suquía, Credicoop o Banca Nacionale del Lavoro (el formulario debe estar completo, contando la certificación del Banco, el número de la cuenta corriente o caja de ahorro y debe constar el nombre y número de la sucursal del Banco). 6
7 5.3 Rendiciones Finales de los subsidios otorgados. El responsable del proyecto deberá presentar la rendición de cuentas ante la UNIDAD EJECUTORA DE PROYECTOS (UEP) DE LA CONADIS, con domicilio en la Avda. Julio A. Roca 782 4º piso Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dentro de los 30 días de recibido el mismo y dicha rendición deberá ser igual al Presupuesto mencionado en la solicitud del subsidio. Dicha Unidad Ejecutora, analizará y emitirá el informe pertinente, en los plazos en que estipule la misma. La rendición con su correspondiente informe será elevada al COMITÉ COORDINADOR para su tratamiento definitivo.- 6. Seguimiento, Evaluación y Monitoreo Los proyectos serán supervisados por LA UNIDAD PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y GRUPOS VULNERABLES DEL MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y la UNIDAD EJECUTORA DE PROYECTOS (UEP) DE LA CONADIS, informando periódicamente los resultados de la misma al Comité COORDINADOR DE PROGRAMAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD. Los responsables de proyecto deberán suministrar toda la información necesaria para realizar los controles, el seguimiento y la evaluación del Proyecto. En caso de observarse irregularidades o incumplimientos, EL COMITÉ COORDINADOR DE PROGRAMAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD (CCPDIS), podrá tomar las acciones que considere pertinentes, debiendo el responsable del proyecto reintegrar las sumas recibidas, bajo apercibimiento de iniciarse las acciones judiciales e inhabilitarlo para participar en otros programas financiados por la Ley y del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social. 7. Competencia Judicial Los problemas relativos a la interpretación de la normativa contenida en el presente serán resueltos por EL COMITÉ COORDINADOR DE PROGRAMAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD (CCPDIS), en forma originaria e irrecusable. Todas las controversias y acciones legales que se susciten o surjan como consecuencia de la ejecución del contrato que se celebre entre el COMITÉ COORDINADOR PARA PERSONA CON DISCAPACIDAD y el responsable del proyecto, se someterán a la jurisdicción de los Tribunales Federales en lo Contencioso Administrativo de la Capital Federal, siendo indiferente el lugar en el que se celebre o ejecute el contrato. 7
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