Concepto y definiciones. Panamá 28 de julio de 2008.
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- Esther Zúñiga Villanueva
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1 Concepto y definiciones Panamá 28 de julio de 2008.
2 Participación Ciudadana La Real Academia de la Lengua Española refiere que: Participación: Acción y efecto de participar. Participar: Tomar parte en algo. Ciudadano: Habitante de las ciudades antiguas o de Estados modernos como sujeto de derechos políticos y que interviene, ejercitándolos, en el gobierno del país.
3 Declaración de los Derechos Humanos Artículo Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos. 3. La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público;
4 Concepto de Participación Ciudadana Es un derecho humano fundamental, que garantiza la acción deliberada y consciente de la ciudadanía, tanto de manera individual como colectiva, a través de los distintos mecanismos e instrumentos contenidos en la Constitución Política y la Ley, con la finalidad de incidir en la toma de decisiones de los entes públicos, fiscalización, control y ejecución de los asuntos políticos, administrativos, ambientales, económicos, sociales, culturales y de interés general, que mejore la calidad de vida de la población.
5 Beneficios de la participación ciudadana Credibilidad, gobernabilidad y legitimidad de los gobiernos por el incremento de la confianza de los ciudadanos en sus gobernantes. Mejoras en la administración pública al mejorarse los controles de las mismas. Mejora imagen del funcionario público.
6 Condiciones que permiten la participación ciudadana La voluntad política de promoverlo. La capacidad organizativa de los ciudadanos para participar. El esfuerzo conjunto de las autoridades locales y la ciudadanía para hacer funcionar los mecanismos de participación ciudadana. El desarrollo de un proceso de institucionalización de la democracia.
7 Obstáculos para la participación ciudadana Autoritarismo. Paternalismo. La falta de comunicación entre autoridades y ciudadanos. La polarización ideológica o partidaria. La no descentralización. La centralización de servicios.
8 Panamá y la Participación Ciudadana Panamá ha suscrito tratados internacionales de Derechos Humanos que garantizan la participación. LaConstitución artículos 1,2 y41 expresan el derechoa participar. Ley6de22 deenerode2002 "quedictanormas parala Transparencia en la Gestión Pública, establece la acción de Habeas Data y dicta otras disposiciones contempla las formas de participación. Acuerdo de la Concertación Nacional que se expresa en la propuesta de Ley de Participación Ciudadana y en la promoción de empoderamiento de la ciudadanía.
9 Marco legal internacional 1. Todos los pueblos tienen el derecho de libre determinación. En virtud de este derecho establecen libremente su condición política y proveen asimismo a su desarrollo económico, social y cultural. Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, Naciones Unidas Artículo 23. Derechos Políticos 1. Todos los ciudadanos deben gozar de los siguientes derechos y oportunidades: a) de participar en la dirección de los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes libremente elegidos. Convención Americana sobre Derechos Humanos
10 Constitución de la República de Panamá Artículo 1-La Nación panameña está organizada en Estado soberano e independiente, cuya denominación es República de Panamá. Su gobierno es unitario, republicano, democrático y representativo. Artículo 2- El Poder Público sólo emana del pueblo. Lo ejerce el Estado conforme esta Constitución lo establece, por medio de los Órganos Legislativo, Ejecutivo y Judicial, los cuales actúan limitada y separadamente, pero en armónica colaboración.
11 Ley 6 de 22 de enero de 2002 normas para la Transparencia en la Gestión Pública Capítulo VII Participación Ciudadana en las Decisiones Administrativas y sus Modalidades. Artículo 24. Las instituciones del Estado en el ámbito nacional y local, tendrán la obligación de permitir la participación de los ciudadanos en todos los actos de la administración pública que puedan afectar los intereses y derechos de grupos de ciudadanos, mediante las modalidades de participación ciudadana que al efecto establece la presente Ley. Estos actos son, entre otros, los relativos a construcción de infraestructuras, tasas de valorización, zonificación y fijación de tarifas y tasas por servicios.
12 Ley 6 de 22 de enero de 2002 normas para la Transparencia en la Gestión Pública Capítulo VII Participación Ciudadana en las Decisiones Administrativas y sus Modalidades. Artículo 25. Sin perjuicio de las contempladas en otras leyes, se establece como modalidades de participación ciudadana en los actos de la administración pública, las siguientes: 1. Consulta Pública. Consiste en el acto mediante el cual la entidad estatal pone a disposición del público en general información base sobre un tema específico y solicita opiniones, propuestas o sugerencias de los ciudadanos y/o de organizaciones estatales. 2. Audiencia pública. Similar a la consulta pública, excepto que el acto de recibir sugerencias, opiniones o propuestas se realiza en forma personal antelaautoridadquecorresponda, deacuerdoconeltemadequesetrate.
13 Ley 6 de 22 de enero de 2002 normas para la Transparencia en la Gestión Pública Capítulo VII Participación Ciudadana en las Decisiones Administrativas y sus Modalidades. Artículo 25. continuación 3. Foros o talleres. Reunión selectiva o pública de actores relevantes o afectados junto con la autoridad competente, que permita el conocimiento profundo sobre un tema o sirva de mecanismo de obtención de consenso o resolución de conflictos. 4. Participación directa en instancias institucionales. Actuación de ciudadanos o representantes de organizaciones sociales en las instituciones públicas de consulta o toma de decisiones específicas. Parágrafo: Las instituciones de la administración pública están obligadas a publicar, antes de la celebración de cualesquiera de los actos administrativos sujetos a participación ciudadana, la modalidad de participación ciudadana que adoptará en cumplimiento del presente artículo.
14 La Participación se sustenta en: La rendición de cuentas de los funcionarios públicos. Transparencia de las instituciones. Derecho a la información. A continuación, cómo lo describe la Ley N 6 de Transparencia.
15 Rendición de cuentas Obligación de todo servidor público de responsabilizarse individualmente de sus actos u omisiones en el ejercicio de sus funciones y en la comunicación de los resultados de su gestión ante la sociedad. Esta obligación de rendir cuentas también corresponde a los cuerpos directivos colegiados de las instituciones públicas. Ley 6. Algunos ejemplos de Rendición de cuentas: informes a la ciudadanía sobre toda gestión, actividad, servicio, programa, obra pública, y la justificación de la selección de su alternativa u omisión. Puede ser cara a cara en asambleas o reuniones, usando la Web, medios de comunicación social, revistas y boletines, entre otros. Deben ser oportunos y difundido para que realmente llegue a los destinatarios.
16 Transparencia Deber de la administración pública de exponer y someter al escrutinio de la ciudadanía la información relativa a la gestión pública, al manejo de los recursos que la sociedad le confía, a los criterios que sustentan sus decisiones y a la conducta de los servidores públicos. Ley 6
17 Derecho a la información Derecho de libertad de información. Aquel que tiene cualquier persona de obtener información sobre asuntos en trámites, en curso, en archivos, en expedientes, documentos, registros, decisión administrativa o constancias de cualquier naturaleza en poder de las instituciones incluidas en la presente Ley 6.
18 Instancias de Participación ciudadana Corresponden al conjunto de espacios e instrumentos que facilitan la participación de la ciudadanía en los procesos de consulta, de deliberación, de auditoria social y de corresponsabilidad asociados a los asuntos públicos.
19 Mecanismos de acceso Son mecanismos de acceso y difusión de la información para la participación ciudadana los siguientes*: Unidades institucionales administrativas de participación ciudadana. Actividades de participación (quejas, recomendaciones, solicitudes, asambleas, etc.). Oficinas de quejas y reclamos. Gaceta Oficial. Sitios WEB de las instituciones públicas, privadas y sociales. Periódicos, murales, boletines y otros medios o formas de divulgación oficiales. *Tomado de la propuesta de ley de Participación Ciudadana
20 Auditoría, veeduría o contraloría social Son sinónimos de los procesos de evaluación por medio de los cuales los ciudadanos organizados, colectiva o individualmente, vigilan y fiscalizan el buen uso de los recursos y servicios públicos; verifican que el beneficio generado o el impacto provocado por una ley, política, proyecto o prestación de un servicio, llevado a cabo por la administración pública y por aquellas instituciones privadas y sociales cuyas acciones afecten los intereses de la colectividad, corresponden a las demandas sociales y las metas establecidas en los planes de desarrollo. *Tomado de la propuesta de ley de Participación Ciudadana
21 Modalidades de auditoría, veeduría o contraloría social Puede ser individual y de forma colectiva. Va desde el ciudadano común que vigila que los procesos a los cuales aplica en las instituciones se cumplan como lo establece la ley y exige su derecho, haciendo uso de los mecanismos legales y normativos existentes. Hasta la participación organizada en proyectos especializados o la vigilancia directa de la ejecución de obras y proyectos.
22 La Base de la contraloría social: Conocimiento del ciudadano de sus derechos, así como las leyes y procedimientos del accionar público. Conocimiento de los deberes y derechos ciudadanos por parte de los funcionarios públicos. Información transparente y disponible de forma oportuna, sobre los programas, proyectos y acciones de las instituciones. Canales formales e informales de participación, propiciados por las instituciones y promovidos por el ciudadano.
23 Algunos espacios de participación Consulta Ciudadana: espacios en donde las instituciones solicitan la opinión, propuesta o sugerencia de la ciudadanía en temas que afecten la colectividad. Colaboración Ciudadana: los ciudadanos colaboran conjuntamente con las instituciones para la ejecución de una obra, la prestación de un servicio o la realización de inversiones para el desarrollo sustentable de las comunidades. Puede ser forma individual u en organización de ciudadanos. Presupuesto participativo: participación ciudadana en las diversas fases de elaboración, deliberación, ejecución, monitoreo y evaluación del presupuesto público para la definición de prioridades en el uso de los recursos.
24 Algunos espacios de participación Plebiscito: acto administrativo que tiene por objeto el consultar a los ciudadanos para que expresen su aprobación o rechazo, mediante voto libre, igual, universal, directo y secreto, sobre asuntos que les afecten y cuyo resultados son definitivos en la jurisdicción respectiva. Referéndum: acto administrativo mediante el cual los ciudadanos manifiestan su aprobación o rechazo a modificaciones, reformas, enmiendas adiciones o derogaciones de las leyes o acuerdos aprobadas en las correspondientes circunscripciones.
25 Doctrina de referencias /area_ que%20es.htm /dokument_id-8058/index.html
26 Ejemplos de aplicación de participación ciudadana ml?apc=i----&s=p&m=p ipacion.asp
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