Tengan una Cordial Bienvenida
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- Manuel Torres Reyes
- hace 8 años
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1 Tengan una Cordial Bienvenida
2 LEY ORGANICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CONOCIENDO NUESTROS DERECHOS Y DEBERES DIRECCIÓN DE PROTECCIÓN INTEGRAL A LA FAMILIA
3 MISIÓN Somos un órgano del Poder Ciudadano que actúa en representación del interés general, garantizando el cumplimiento del ordenamiento jurídico mediante el ejercicio de las atribuciones constitucionales y legales, en pro de una respuesta efectiva y oportuna a la colectividad, que propenda a la preservación del Estado Social, democrático, de derecho y de justicia.
4 VISIÓN Ser una institución garante de la legalidad, accesible, imparcial y confiable, caracterizada por el cumplimiento de sus atribuciones e inmersa en la dinámica social con estricto apego a la preeminencia de los derechos humanos. VALORES Honestidad, justicia, eficacia, lealtad, ética, probidad, responsabilidad, humildad, imparcialidad y solidaridad.
5 Doctrina de Protección Integral Es el conjunto de acciones, planes, políticas y programas que con prioridad absoluta se dictan y ejecutan desde el estado, con la firme participación y solidaridad de la familia y la sociedad, para garantizar que todos los niños, niñas y adolescentes gocen de manera efectiva y sin discriminación alguna de los derechos humanos a la supervivencia, al desarrollo y a la participación, al tiempo que atienda las situaciones especiales en que se encuentran los niños, niñas y adolescentes individualmente considerados o en grupos determinados que han sido vulnerados en sus derechos.
6 Doctrina de Protección Integral Objeto de la LOPNNA, Art. 1: Esta ley tiene por objeto garantizar a todos los niños, niñas y adolescentes, que se encuentren en el territorio nacional, el ejercicio y el disfrute pleno y efectivo de sus derechos y garantías, a través de la protección integral que el Estado, la sociedad y la familia deben brindarles desde el momento de su concepción.
7 Doctrina de Protección Integral Objeto de la LOPNNA Art. 1: de Derechos Garantizar el ejercicio y disfrute pleno y efectivo de los derechos y garantías de niños, niñas y adolescentes Protección Integral
8 Protección Integral, Principios Igualdad y no discriminación Obligaciones Generales del Estado. Principio de Corresponsabilidad Obligaciones Generales de la Familia Participación de la Sociedad Prioridad Absoluta
9 A Interés Superior
10 SI BIEN ES CIERTO QUE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES SON SUJET@S DE DERECHOS, NO ES MENOS CIERTO QUE ESTOS TIENEN DEBERES Niñ@s y Adolescentes Sujet@s de Derechos Art. 10 Derechos y Garantías Inherentes a la Persona Humana Art. 11 Naturaleza de los Derechos y Garantías de Niñ@s y Adolescentes Art. 12
11 Art. 35 Libertad de Pensamiento, Conciencia y Religión Art. 32 La Integridad Personal Art 28 Libre Desarrollo Art. 36 Culturales de las Minorías Art. 53 Educación
12 Art. 56 Respetados y respetadas por los educadores y las educadoras Recreación Art. 63 Art. 67 Expresión Art. 25 Conocer a su Padre y madre
13 Art. 80 Opinar y ser oído u oída Art. 83 Manifestar Art. 81. Participar Art. 82 Reunión
14 Información Art. 68 Defender sus Derechos Art. 86 Denunciar las Amenazas Art. 91
15 SI BIEN ES CIERTO QUE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES SON SUJET@S DE DERECHOS, NO ES MENOS CIERTO QUE TIENEN DEBERES Art. 13. Ejercicio Progresivo de los Derechos y Garantías. Se reconoce a todos los niños, niñas y adolescentes el ejercicio personal de sus derechos y garantías, de manera progresiva y conforme a su capacidad evolutiva. De la misma forma, se le exigirá el cumplimiento de sus deberes. Parágrafo Primero: El padre, la madre, representantes o responsables tienen el deber y el derecho de orientar a los niños, niñas y adolescentes en el ejercicio progresivo de sus derechos y garantías, así como en EL CUMPLIMIENTO DE SUS DEBERES, de forma que contribuya a su desarrollo integral y a su incorporación a la ciudadanía activa.
16 DEBERES DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES Art. 93. Deberes de los Niños, Niñas y Adolescentes. Todos los niños, niñas y adolescentes tienen los siguientes deberes: a) Honrar a la patria y sus símbolos; b) Respetar, cumplir y obedecer todas las disposiciones del ordenamiento jurídico y las órdenes legítimas que, en la esfera de sus atribuciones, dicten los órganos del poder público; c) Respetar los derechos y garantías de las demás personas; d) Honrar, respetar y obedecer a su padre, madre, representantes o responsables, siempre que sus órdenes no violen sus derechos y garantías o contravengan al ordenamiento jurídico. e) Ejercer y defender activamente sus derechos; f) Cumplir sus obligaciones en materia de educación; g) Respetar la diversidad de conciencia, pensamiento, religión y culturas; h) Conservar el medio Ambiente; i) Cualquier otro deber que sea establecido en la Ley.
17 Sistema Rector Nacional para la Protección Integral de Niños, Niñas y Adolescentes ART. 117 de la LOPNNA Es el Conjunto de órganos, entidades y servicios que formulan, coordinan, integran, orientan, supervisan, evalúan y controlan las políticas, programas y acciones de interés público a nivel nacional, estadal y municipal destinados a la protección y atención de todos los niños, niñas y adolescentes, y establecen los medios a través de los cuales se asegura el goce efectivo de los derechos y garantía y el cumplimiento de los deberes, establecidos en la ley
18 Estructura del Sistema Rector Nacional Órganos que lo integran : Ministerio del Poder Popular con competencia en la Materia Consejos de Derechos Nacional Municipal Consejos de Protección ( por cada Municipio) Tribunales de Protección y la Sala de Casación Social del TSJ Ministerio Público Defensoría del Pueblo Servicio Autónomo de la Defensa Pública Entidades de Atención Defensoría de Niños, Niñas y Adolescentes Los Consejos Comunales y demás formas de organización popular
19 Medios para hacer efectiva la Protección Integral de Nuestros Niños, Niñas y Adolescentes. Políticas y Programas de Protección y Atención Órganos de Protección Las Medidas de Protección Judiciales Administrativos Entidades y Servicios de Atención Procedimientos Sanciones La Acción Judicial de Protección Recursos Económicos La Obligación de garantizar la ejecución, formulación y control de estos medios la tienen el estado y la sociedad, además de ser un derecho de los NIÑOS, NIÑAS y ADOLESCENTES
20 IMPORTANCIA, dentro de la doctrina de Protección Integral: CONSEJO NACIONAL Y MUNICIPAL DE DERECHOS Aspectos resaltantes: PARTICIPACIÓN Representación de la sociedad. Estado Familia Sociedad Deliberan, votan y toman decisiones. Se mantiene el espacio de consulta constante con la comunidad Carácter meritorio, relevante y prioritario de la actividad Se ejerce la contraloría social Garantizan mejoras desde la localidad para nuestros hijos e hijas.
21 Recomendaciones: Debemos activar las mesas de trabajo en materia de protección desde nuestra comunidad. Exhortar a padres, madres, representantes y responsables a cumplir con el rol fundamental de la familia. Orientar a los niños, niñas y adolescentes a cumplir con sus deberes en el ejercicio efectivo de sus derechos Aprender a canalizar los hechos en los cuales se vulneren o violen derechos de niños, niñas y adolescentes. Es una responsabilidad de tod@s.
22 Muchas Gracias por Atención! Su
LOPNA. «Aspectos que debemos conocer de la Ley Orgánica para la protección de Niños, Niñas y Adolescentes» Elena Díaz.
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