Sistema financiero. Novedades tributarias Comunicados DGI. Adopción de Normas Internacionales de Información Financiera

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1 Novedades ECOVIS info. Issue 7/16 de julio/2013 Sistema financiero Adopción de Normas Internacionales de Información Financiera Novedades tributarias Comunicados DGI

2 Sistema financiero Adopción de Normas Internacionales de Información Financiera La Superintendencia de Servicios Financieros del Banco Central del Uruguay se encuentra en un proceso de adopción de las Normas Internacionales de Información Financiera para las entidades supervisadas. En febrero de 2012 se puso en consulta el proyecto normativo y como continuación del proceso en el mes de enero de 2013 se solicitó que al 30 de junio pasado se presentaran los estados financieros básicos individuales al 31 de diciembre de 2012, de acuerdo con las mencionadas normas contables contenidas en el proyecto de adopción. La normas contables adecuadas para la reformulación de los estados financieros son los criterios contables dispuestos por la Superintendencia y en todo lo que no sea tratado por ellos se aplicarán la Normas Internacionales de Información Financiera, adoptadas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (International Accounting Standars Board IASB) vigentes y que cuenten con traducción al idioma español. Estas normas internacionales incluyen las normas internacionales de información financiera, las normas internacionales de contabilidad y las interpretaciones elaboradas por el Comité de Interpretaciones. También será de aplicación el marco conceptual adoptado por el mencionado consejo. En términos generales, los criterios contables dispuestos por la Superintendencia de Servicios Financieros para la elaboración de los estados financieros abarcan la actual clasificación y provisión de riesgos crediticios, las garantías computables, el reconocimiento de ganancias por productos financieros, el régimen de ajuste por inflación, la plusvalía y los pagos a cuenta. Asimismo, en la normativa se prevé algunas limitaciones a la aplicación de ciertos métodos alternativos, previstos en las normas de información financiera. Los estados contables básicos individuales a presentar serán el estado de situación financiera, el estado de resultados del período, el estado de resultados integral del período, el estado de cambios en el patrimonio del período, el estado de flujos de efectivo del período y las notas a los estados contables que incluirán un resumen de las políticas contables e información adicional a revelar. La aplicación de la nueva normativa traerá aparejado cambios significativos en el reconocimiento y medición de ciertos activos y pasivos de las empresas del sistema financiero, así como en el reconocimiento de resultados. Como consecuencia, se originarán cambios en la situación patrimonial que deberán analizarse con el debido tiempo y cuidado. A modo de ejemplo, podrán existir cambios, entre otros, por el reconocimiento del impuesto diferido, la valuación de los planes de pensión, la valuación del activo fijo y de los créditos y obligaciones. Las instituciones deberán analizar los cambios a efectuar en sus políticas contables y sus sistemas de información para adecuarse a los requerimientos del regulador. La experiencia obtenida en instituciones asesoradas en la materia por la firma Ecovis Uruguay, indica que una adecuada planificación de los cambios y su integración en los sistemas es fundamental para arribar en fecha y en forma eficiente a los requerimientos del regulador. El plan de implementación abarca a las instituciones de intermediación financiera, casas de cambio, empresas de servicios financieros y administradoras de créditos de mayores activos. El cronograma va desde junio de 2013 a enero de 2016 para la adopción definitiva en forma gradual, según el tipo de institución que se trate. 2 Ecovis info 2/2013 ECOVIS info. Issue 7/16 de julio/2013 2

3 Novedades tributarias Reestructuración de empresas financieras - exoneración A través del Decreto N 188/013, el Poder Ejecutivo extendió el período en el cual rige la declaratoria de interés nacional y los beneficios otorgados a las operaciones de reestructuración de entidades financieras. Dicha declaración promocional y sus beneficios fiscales se aplicarán a las transacciones realizadas entre el 1º de enero de 2008 y el 31 de diciembre de Recupero de IVA del gasoil Mediante el Decreto N 190/013, el Poder Ejecutivo modificó el límite para el recupero del IVA incluido en las adquisiciones de gasoil, eliminando el tope que existía respecto a las adquisiciones que con igual destino se realizaron en el ejercicio anterior. Los porcentajes para la recuperación del IVA quedaron iguales a los que ya estaban. Ley de rendición de cuentas Como es de público conocimiento, la Rendición de Cuentas se encuentra en discusión en el Parlamento. Dentro del proyecto se incluyen diversas normas tributarias que implican modificaciones en varios tributos, así como en los derechos de los contribuyentes. En materia de tributos se destaca la eliminación de la exoneración del IRPF y del IRNR a la enajenación de acciones al portador. Se incluyen ajustes en materia de prescripción de tributos en aquellos casos que el contribuyente no pueda determinar la cuantía de la obligación tributaria. A su vez, se autoriza el uso del domicilio electrónico constituido en los procedimientos administrativos que se tramitan ante la Dirección General Impositiva y se establece que las denuncias por defraudación realizadas por la Administración no podrán ser anuladas por el Tribunal de lo Contencioso Administrativo. Se incluyen normas referentes a las encomiendas postales, estableciendo las condiciones para gozar de exoneraciones tributarias. Se plantea la creación de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE), cuyo objeto será unificar a través de medios electrónicos un solo punto de entrada para permisos, certificados, licencias, autorizaciones, documentos e informaciones que se exigen por los organismos públicos para cumplir con los trámites de importación, exportación y tránsito de mercaderías. Certificados Únicos DGI - vigencia Mediante la Resolución N 1984, la DGI extendió el plazo de validez de los certificados únicos cuya vigencia vence con posterioridad al 30 de abril de 2013, hasta el 15 de setiembre de ECOVIS info. Issue 7/16 Ecovis de julio/2013 info 2/

4 Otras novedades Aguinaldo actividad privada - plazo para el pago Mediante el Decreto del 27/06/013, se estableció que el sueldo anual complementario generado desde el 1º de junio hasta el 30 de noviembre deberá abonarse antes del 20 de diciembre del año en curso. Circulares BCU En los últimos días el BCU ha emitido varias circulares (N 2148, 2149, 2150, 2151 y 2152) relativas a los siguientes temas: Servicios de transferencia y recepción internacional de fondos brindados por el Banco Central del Uruguay. Instituciones de intermediación financiera, empresas de servicios financieros y casas de cambio - Normativa sobre contratación de servicios de corresponsalía. Reglamentación de bancos minoristas. Instituciones de intermediación financiera - Modificación de los parámetros para la determinación de responsabilidad patrimonial neta mínima y las responsabilidades patrimoniales básicas. Normativa sobre cuentas básicas de ahorro. 4 Ecovis info 2/2013 ECOVIS info. Issue 7/16 de julio/2013 4

5 Comunicados DGI Imprentas La DGI publicó en su sitio web un instructivo dirigido a las imprentas para la realización de consultas y aceptación de trabajos de las constancias de emisión de documentación solicitada en forma presencial o web por parte de los contribuyentes. Las imprentas deberán operar como imprentas web, por tal motivo deberán tener la condición de Imprenta Autorizada Web a los efectos de consultar aquellos trabajos que le fueron asignados a pedido de un cliente y acceder al código QR. En el instructivo se establecen los requisitos de software para el correcto funcionamiento y el procedimiento que deberán llevar a cabo. Procedimiento transitorio para efectuar los pagos de DUAs con certificados de crédito Los contribuyentes comprendidos en CEDE y Grandes Contribuyentes que hayan realizado importaciones y hecho uso del procedimiento transitorio para efectuar los pagos de DUAs con certificados de crédito, deberán declarar dichos pagos en sus declaraciones, tal como lo hacen habitualmente. Contactos Montserrat González montserrat.gonzalez@ecovis.com Alejandro Bouzada alejandro.bouzada@ecovis.com Marcelo Caiafa marcelo.caiafa@ecovis.com ECOVIS info. Issue 7/16 de julio/2013 5

6 ACERCA DE ECOVIS Ecovis es una empresa internacional de consultoría, con origen en Europa continental, que dispone de más de colaboradores en más de 50 países. Sus competencias en torno a la consultoría están basadas en el asesoramiento fiscal, la contabilidad y la auditoría, así como en el asesoramiento jurídico y los servicios de consultoría de gestión. La particular fortaleza de Ecovis radica en la combinación del asesoramiento personalizado a nivel local con el expertise interdisciplinario que proporciona su red de profesionales a nivel internacional, en base al cual cada una de las oficinas de Ecovis se beneficia del know-how de los especialistas en todo el mundo. Este expertise tan diversificado supone un apoyo efectivo para los clientes, especialmente en cuanto a transacciones e inversiones internacionales comenzando por las gestiones preparativas en el país de origen del cliente y terminando por la asistencia en el país de destino. Los servicios de consultoría que ofrece Ecovis están particularmente enfocados a medianas empresas. Su concepto de one-stop-shop garantiza una asistencia integral, tanto a nivel nacional como internacional, en todas las cuestiones legales, fiscales, administrativas y de gestión que puedan surgir. Como indica el nombre Ecovis, surge de la combinación de los términos economía y visión, y se caracteriza tanto por su internacionalidad como por su orientación al futuro y al crecimiento. ACLARACIÓN LEGAL Ecovis Uruguay - J. Ellauri Montevideo, Uruguay - Tel (598) Departamento de Comunicación El contenido de esta publicación no constituye un asesoramiento, por lo que no debe tomarse una decisión sin realizar la consulta profesional correspondiente. Queda prohibida su reproducción parcial o total sin el consentimiento del autor.

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