REFORMA DEL IRPF. Manuel de Miguel Monterrubio Subdirector General de IRPF Dirección General de Tributos
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- Carmelo Castilla Salas
- hace 8 años
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1 REFORMA DEL IRPF Manuel de Miguel Monterrubio Subdirector General de IRPF Dirección General de Tributos 1
2 ETAPAS DE LA REFORMA FASE 1ª: 2015: Aplicación de la mayoría de las medidas Impacto: millones de FASE 2º: 2016: Segunda rebaja de tarifa general y del ahorro. Impacto: millones de TOTAL: millones de euros 2
3 PILARES DE LA REFORMA Trabajadores y autónomos Rebaja significativa de la carga tributaria, especialmente para las rentas más bajas Familia y discapacidad Se intensifica la rebaja impositiva en el caso de contribuyentes con mayores cargas familiares o con discapacidad Ahorro Se fomenta la generación de ahorro a largo plazo. Se incrementa la neutralidad en el tratamiento fiscal de los productos del ahorro 3 3
4 REBAJA DE LA ESCALA GENERAL Tarifa general 2015 Tarifa general 2016 * Tarifa tomando en consideración como escala autonómica la aplicable en ausencia de tarifa autonómica 4
5 Reducción de IRPF trabajadores: Ejemplo trabajador sin hijos en declaración individual Rendimientos íntegros trabajo Rebaja Rebaja Rebaja ,00% -100,00% -100,00% ,76% -22,82% -20,31% ,41% -13,54% -10,84% ,22% -9,01% -4,63% ,01% -7,73% -2,47% ,85% -7,66% -1,70% ,60% -7,12% 0,47% ,38% -6,76% 1,67% 5
6 FAMILIA Y DISCAPACIDAD Se elevan los importes del mínimo personal y familiar: % DE INCREMENTO Mínimo por descendientes: 1º hijo 1.836, ,72% 2º hijo 2.040, ,35% 3º hijo 3.672, ,93%* siguientes 4.182, ,06%* Mínimo por edad y por ascendientes < 75 años (art y 59.1 LIRPF) 918, ,27% Mínimos por edad y por ascendientes > 75 años (art y 59.2 LIRPF) Mínimo por discapacidad < 65% (art y 60.2 LIRPF) Mínimo por discapacidad < 65% (movilidad reducida)(art y 60.2 LIRPF) 2.040, ,00% 2.316, ,53% 4.632, ,53% Mínimo por discapacidad > 65% (art y 60.2 LIRPF) 9.354, ,29% Descendiente fallecido (art. 61.4ª) 1.836, ,72% Ascendiente fallecido (art. 61,4ª) Descendiente menor de 3 años (art LIRPF) Incremento por anualidades por alimentos 2.244, ,78% * Sin computar efecto impuesto negativo ,75 % 6
7 FAMILIA Y DISCAPACIDAD Nuevos impuestos negativos a favor de trabajadores o autónomos integrados en una familia numerosa o con ascendientes o descendientes a su cargo euros por: Cada descendiente con discapacidad con el que conviva. Cada ascendiente con discapacidad con el que conviva. Por estar integrado en una familia numerosa (la deducción se duplica si es de categoría especial). Límite para cada ascendiente/descendiente o familia numerosa: las cotizaciones sociales del contribuyente. Es posible solicitar su pago anticipado a la AEAT. 7
8 FOMENTO DEL AHORRO Rebaja tipos del ahorro: 8
9 FOMENTO DEL AHORRO A LARGO PLAZO Nuevos Planes de Ahorro a Largo Plazo (SIALP Vs. CIALP): Inversión anual máxima: euros RCM+ exentos APERTURA Mantenimiento durante al menos 5 años No mantenimiento durante al menos 5 años EXTINCIÓN (Disposición total o parcial o exceso de aportación) RCM+ a integrar en el ejercicio del incumplimiento + pago a cuenta 9
10 NEUTRALIDAD EN EL AHORRO RENTA DEL AHORRO RENTA DEL AHORRO Dividendos Intereses Seguros Plusvalías a largo plazo Dividendos Intereses Seguros 25 % * Plusvalías a corto y largo plazo * El % de compensación será el 10 % en 2015 y se incrementará cada año en un 5 % 10
11 NEUTRALIDAD EN EL AHORRO Otras medidas aplicables a partir de : Se suprime la exención de euros de dividendos. Se revisan los coeficientes de abatimiento aplicables a los bienes adquiridos antes de (enmienda GPP 268): límite vital: valor de transmisión acumulado desde Se suprimen los coeficientes de corrección monetaria aplicable a las transmisiones de bienes inmuebles. Se suprime la reducción del 100 % por alquiler de vivienda y la del 60 % se aplicará sólo sobre los positivos. 11
12 NEUTRALIDAD EN EL AHORRO Se integra en la base imponible como ganancia patrimonial el importe derivado de la venta de derechos de suscripción de entidades cotizadas (mismo trato que el existente hasta ahora para las no cotizadas) a partir de (enmienda 271 GPP). Nuevo tratamiento del reparto de la prima de emisión de acciones y de la reducción de capital social con devolución de aportaciones de acciones no cotizadas cuando hay reservas generadas durante el tiempo de tenencia de la participación. Se considera RCM (sin retención) con el límite de la diferencia entre valor de los FP del último balance y VA. Los FP del último balance se minoran:» En los beneficios repartidos con posterioridad el último balance» En el importe de las reservas legalmente indisponibles.. El exceso minora VA hasta cero. A su vez, exceso, RCM. En la reducción de capital, no varía el tratamiento de las reservas capitalizadas. En caso de posterior reparto de dividendos, se evita doble imposición. 12
13 OTRAS MEDIDAS 1. Imputación temporal de rentas Se pospone la declaración de las subvenciones y ayudas públicas al ejercicio de su cobro. Se flexibiliza el cómputo de pérdidas por créditos incobrables: Cuando adquiera eficacia una quita en un acuerdo de refinanciación judicialmente homologable. Cuando adquiera eficacia el convenio en el que se acuerde la quita en un proceso concursal o, en otro caso, cuando concluya el concurso sin haber cobrado el crédito pendiente. Transcurra el plazo de 1 año desde el procedimiento judicial para la ejecución del crédito (si posteriormente se cobra, se computará una ganancia patrimonial). 13
14 OTRAS MEDIDAS 2. Exenciones 1) Exención por despido: nuevo límite: euros. Aplicable a partir de la entrada en vigor de la LIRPF a los despidos producidos a partir de 1 de agosto de 2014, salvo ERE aprobado o colectivo comunicado la apertura del período de consultas antes de dicha fecha (DT 22ª). Irregularidad en 2015: exceso indemnizatorio: sin cambios. 2) Aportaciones a patrimonios protegidos: nuevo límite 3 x IPREM independiente de SPS 3) Becas de estudios e investigación exentas: se amplía a las concedidas por Fundaciones bancarias en el desarrollo de su obra social 4) Exención del 50 % sueldos tripulantes de pesca (túnidos y especies afines) enmienda GPP
15 OTRAS MEDIDAS 3. Rendimientos del trabajo: Rentas en especie Se mantiene la exención por entrega de acciones a los trabajadores de hasta euros anuales pero se exige que se concedan a todos los trabajadores en las mismas condiciones (GPP 264). Nuevo límite de reducción fiscal a PP, PPA, PPSE Y SD: el menor de: euros anuales 30 % rendimiento neto del trabajo o actividades económicas. No obstante, se establecen ventanas de liquidez (posibilidad de hacer efectivo los derechos consolidados correspondientes a aportaciones con más de 10 años de antigüedad (aplicable a partir de 2025 para las aportaciones previas hasta ). 15
16 OTRAS MEDIDAS 3. Rendimientos del trabajo: Rentas en especie Se reduce la tributación de la cesión de uso de vehículos menos contaminantes a los trabajadores: se podrá reducir en un 30 % la valoración de la retribución en especie. Se imputa en los seguros de vida mixtos que instrumenten compromisos por pensiones la parte de la prima correspondiente al capital en riesgo (salvo < de 50 euros). 16
17 3. Rendimientos del trabajo: Rentas irregulares OTRAS MEDIDAS Se rebajan del 40 al 30 % el porcentaje de reducción, manteniendo los límites absolutos ( general + específico extinciones con indemnizaciones superiores a ). Se impide su percepción de forma fraccionada salvo despidos (pg=años de servicios). Régimen transitorio:»extinción relación mercantil (con PG > 2 años) previa a : se puede seguir percibiendo fraccionadamente con derecho a la reducción si PG > 2 x PF»Otros rendimientos del trabajo: podrán seguir percibiendo fraccionadamente con derecho a la reducción si PG > 2 x PF y además, al menos una fracción se impute en 2014 (si no cumplen este último requisito y cambian la forma de percepción prevista, no se alterará el período de generación). 17
18 OTRAS MEDIDAS No aplica la reducción cuando en el plazo de los cinco períodos impositivos anteriores, el contribuyente hubiera obtenido otros rendimientos con período de generación superior a dos años y hubiera aplicado la reducción a estos últimos (no se tiene en cuenta los excesos indemnizatorios de despidos). Se suprime el límite específico relativo a las opciones de compra sobre acciones (SMA x PG). Nuevo límite temporal para la aplicación de la reducción por irregularidad a SPS previos a
19 AHORRO PREVISIONAL Nuevos requisitos para aplicar régimen transitorio SPS anterior a CONTINGENCIA PRESTACIÓN 2015 en adelante Ejercicio contingencia o dos siguientes Finalización 8º ejercicio siguiente contingencia 2010 o anterior
20 OTRAS MEDIDAS 4. Rendimientos del capital Rentas irregulares: Cuantía máxima susceptible de reducirse un 30 %: 300,000 anuales. Se elimina la posibilidad de fraccionamiento. No se computará en RCM derivado de la donación de activos financieros. Nueva regla de cálculo del RCM cuando se perciba un capital diferido en un seguro de vida: Capital - primas (incluidas las destinadas a capital en riesgo que se hubieran consumido siempre que capital en riesgo < 5 % de la provisión matemática). 20
21 OTRAS MEDIDAS 5. Rendimientos de actividades económicas Se aclara la calificación fiscal de los servicios prestados por profesionales a sociedades en cuyo capital participe: serán RAE si figura dado de alta en autónomos o en una mutualidad alternativa a la Seguridad Social. Se permite deducir el 100 % de MPS alternativas hasta el importe de la cotización máxima anual por contingencias comunes del RETA. Se elimina el requisito de local para que el arrendamiento de inmuebles tenga la consideración de RAE Mismas modificaciones en rentas irregulares: supresión fraccionamiento y nuevo límite de Se establece una reducción para el cálculo del rendimiento neto para las rentas bajas como consecuencia de la supresión de la deducción por obtención de rendimientos del trabajo o de actividades económicas. Se revisa los coeficientes aplicables a la ganancia patrimonial obtenida por la venta de licencias de taxi. 21
22 OTRAS MEDIDAS Estimación directa simplificada: se homogeniza la deducción por gastos de difícil justificación con la aplicable a trabajadores por cuenta ajena (máximo euros anuales). Estimación objetiva (aplicable a partir de 2016): Nuevos límites objetivos para poder aplicar la estimación objetiva: Actividades no agrícolas: se reduce a euros el volumen de rendimientos de todas las operaciones (de los cuales, como máximo euros podrán tener como destinatarios a otros empresarios o personas jurídicas) Actividades agrícolas: se reduce a euros (enmienda GPP 263) el volumen de rendimientos íntegros. Para todas: se reduce a el límite por volumen de compras. Nuevos límites subjetivos: Se expulsa del régimen a partir de 2016 a determinadas actividades: fabricación y construcción y se revisarán las magnitudes del transporte de mercancías y servicios de mudanzas. 22
23 OTRAS MEDIDAS 6. Ganancias y pérdidas patrimoniales Se aclara que en la entrega de bienes o dinero derivada de imposición legal o judicial consecuencia de la extinción del régimen económico matrimonial de separación de bienes, no tiene incidencia fiscal ni en el pagador ni el perceptor. Nueva exención por reinversión: exenta la ganancia obtenida en la transmisión de cualquier elemento patrimonial por un mayor de 65 años, siempre que el importe obtenido en la venta se destine a constituir una renta vitalicia asegurada en el plazo de 6 meses. Límite: como máximo la cantidad que un contribuyente podrá destinar a constituir renta vitalicia asegurada con derecho a exención será de 240,000 euros. 23
24 OTRAS MEDIDAS 7. Regímenes especiales El porcentaje de imputación de rentas inmobiliarias dependerá de la fecha de revisión de los valores catastrales (en los 10 años anteriores o con mayor antigüedad). 24
25 OTRAS MEDIDAS Transparencia Fiscal Internacional: Se incorpora un nuevo supuesto de imputación de la toda la renta obtenida por la entidad no residente cuando esta no disponga de medios materiales y personales. Se incorporan más bienes susceptibles de generar rentas pasivas (propiedad intelectual, industrial, bienes muebles, instrumentos financieros ). Se amplía a entidades residentes en la UE salvo que se acredite que su constitución y operativa responde a motivos económicos válidos y que realiza actividades económicas o se trate de IIC armonizadas. 25
26 Régimen fiscal de impatriados: Colectivo: OTRAS MEDIDAS Se excluye a deportistas profesionales (pueden continuar pero aplicando el régimen anterior con tipos a ). Se incluye a administradores de entidades con participación inferior al 25 %. Requisitos: Resulta irrelevante dónde se realizan los trabajos o para quien. Se elimina la limitación de Tributación: La totalidad de los rendimientos del trabajo se entenderán obtenidos en territorio español. Gravamen acumulado de rentas (sin compensación) a una tarifa (24-47 en 2015), salvo rentas de transmisiones, intereses y dividendos que aplican una tarifa análoga a la del ahorro. Retención: gral: IRNR, salvo trabajo: 24% -45 %. 26
27 NUEVO IMPUESTO DE SALIDA: Requisitos de aplicación: 10 (de 15 últimos ) años de residencia previa. En caso de régimen de trabajadores desplazados, el plazo computa desde la finalización del régimen Pérdida de condición de contribuyente. También se aplica en caso de cuarentena fiscal Valor de mercado de acciones o participaciones superior a 4M o 1M si participación > 25%. Tratamiento ganancia: Cómputo: VM a 31/12 del último período de residencia VA Se integra en la base del ahorro del último período de residencia. Régimen general (no UE/EEE): El impuesto es exigible con motivo del cambio de residencia. Si se adquiere de nuevo residencia sin haber transmitido las acciones, podrá solicitar rectificación de la autoliquidación. Posibilidad de aplazamiento especial en caso de motivos laborales (se extingue la deuda al adquirir residencia en España en 5 años prorrogable 5 +). También aplicable si es traslado es a un país con CDI (enmienda GPP 255). Régimen UE/EEE (opcional): El impuesto sólo exigible si en el plazo de 10 años se transmiten las acciones, o se pierde residencia en UE/EEE. Se corrige doble imposición si el valor de venta es inferior a valor de mercado tomado en consideración OTRAS MEDIDAS 27
28 OTRAS MEDIDAS 8. Reducciones en base imponible y deducciones en cuota Se eleva a euros la reducción por aportaciones a favor del cónyuge que no obtiene ni RT ni RAE. Se mantiene solo para personas físicas la deducción por inversión del beneficio empresarial en la adquisición de determinados bienes, pero reduciendo el porcentaje del 10 al 5 por ciento. Se suprime la deducción por cuenta ahorro empresa. Se revisa la deducción por rentas obtenidas en Ceuta y Melilla. Se suprime la deducción por alquiler (se mantiene para contratos previos respecto de los que hubiera aplicado la deducción en algún ejercicio previo a ). 28
29 OTRAS MEDIDAS Se fomenta el mecenazgo incrementando los porcentajes de deducción, especialmente para las donaciones de menor importe o recurrentes Menos de % 75% Resto Misma entidad durante al menos tres años 25% 32,5% 35% Resto 27,5% 30% 29
30 OTRAS MEDIDAS 9. Gestión del impuesto Quedan liberados de la obligación de declarar perceptores de rendimientos del trabajo inferiores a euros. Minoración retenciones teóricas: solo aplicable cuando las retenciones inferiores sean por causa imputable exclusivamente al retenedor Se establece a nivel legal la escala de retención. Se simplifica el proceso de cálculo del tipo de retención: se suprime la deducción por obtención de rendimientos del trabajo y el redondeo del tipo de retención. Se establece un tipo reducido de retención: 19 % (20 % en 2015) para administradores de PYMES con un INCN inferior a en el ejercicio anterior. 18 % actividades profesionales (19 % en 2015) enmienda GPP % (20 % en 2015) para venta de derechos de suscripción. Regularización voluntaria sin recargos, intereses ni sanciones de pensiones extranjeras: plazo 6 meses desde
Síntesis Reforma fiscal 2015 IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS
En positivo Se reduce la escala general de gravamen estatal: 0 17.707,20 33.007,20 53.407,20 120.000,20 175.000,20 300.000,20 12.45 20.20 34.00 60.00 12.45 20.20 35.20 60.00 2014 (escala general + complementaria)
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