Ley de Medidas Fiscales de la Generalitat Valenciana; El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones 16 mayo *connectedthinking
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- Belén Camacho Domínguez
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1 Ley de Medidas Fiscales de la Generalitat Valenciana; El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones 16 mayo 2007 *connectedthinking
2 Agenda Introducción Beneficios fiscales en la Comunidad Valenciana Principales beneficios: Nueva bonificación del 99 por ciento Reducciones en la transmisión de la empresa familiar Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
3 Beneficios fiscales en la Comunidad Valenciana: Transmisiones mortis causa Por parentesco Reducción de hasta para descendientes, ascendientes y cónyuge Reducción de hasta para descendientes menores de 21 años Bonificación del 99 por ciento para descendientes, ascendientes y cónyuge Para discapacitados Reducciones de entre y Bonificación del 99 por ciento Empresa familiar Reducción del 95 por ciento Empresa familiar agrícola Reducción del 95 por ciento Page 3
4 Beneficios fiscales en la Comunidad Valenciana: Transmisiones inter vivos Por parentesco Reducción de hasta para hijos menores de 21 años Reducción de hasta para hijos mayores de 21 años y padres Bonificación del 99 por ciento para hijos y padres con límites Para discapacitados Reducciones de entre y Bonificación del 99 por ciento Empresa familiar Reducción del 95 por ciento Empresa familiar agrícola Reducción del 95 por ciento Page 4
5 Requisitos de aplicación de la bonificación del 99 por ciento Transmisiones mortis causa Descendientes de cualquier edad, ascendientes y cónyuge Residencia habitual en la Comunidad Valenciana a la fecha del devengo Transmisiones inter vivos Hijos, adoptados, padres y adoptantes del donante Patrimonio preexistente de hasta Límite: euros (donación máxima ) Residencia habitual en la Comunidad Valenciana en la fecha del devengo del impuesto Donación en documento público Page 5
6 Transmisiones mortis causa: Principales requisitos de la reducción del 95 por ciento por la transmisión de participaciones en empresa familiar (normativa estatal y autonómica) Que las participaciones estén exentas del Impuesto sobre el Patrimonio: Que la entidad no tenga por actividad principal la gestión de un patrimonio mobiliario o inmobiliario. Esto sucede cuando concurran, durante más de 90 días del ejercicio social, cualquiera de las condiciones siguientes: - Que más de la mitad de su activo esté constituido por valores, o - Que más de la mitad de su activo no esté afecto a actividades económicas. Participación del 5 por ciento individualmente o del 20 por ciento conjuntamente con su cónyuge, ascendientes, descendientes y colaterales de segundo grado Page 6
7 Transmisiones mortis causa: Principales requisitos de la reducción del 95 por ciento por la transmisión de participaciones en empresa familiar Ejercicio efectivo de funciones de dirección por los que perciba una remuneración que represente más del 50 por ciento de la totalidad de sus rendimientos empresariales, profesionales y del trabajo personal Mantenimiento de las participaciones adquiridas y tener derecho a la exención en el Impuesto sobre el Patrimonio durante los diez años posteriores (cinco años de acuerdo con la normativa autonómica), salvo fallecimiento. No podrá realizar actos de disposición y operaciones societarias que, directa o indirectamente, puedan dar lugar a una minoración sustancial del valor de las participaciones. Page 7
8 Transmisiones inter vivos: Principales requisitos de la reducción del 95 por ciento por la transmisión de participaciones en empresa familiar (normativa estatal y autonómica) Que las participaciones estén exentas del Impuesto sobre el Patrimonio El donante debe tener 65 o más años en el momento de la donación o se encuentre en situación de incapacidad permanente, en grado de absoluta o gran invalidez Si el donante viene ejerciendo funciones de dirección, debe dejar de ejercer y de percibir remuneraciones por ello. Mantenimiento de las participaciones adquiridas y tener derecho a la exención en el Impuesto sobre el Patrimonio durante los diez años posteriores (cinco años de acuerdo con la normativa autonómica), salvo fallecimiento. No podrá realizar actos de disposición y operaciones societarias que, directa o indirectamente, puedan dar lugar a una minoración sustancial del valor de las participaciones. Page 8
9 Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas Desde el punto de vista del donatario: No está sujeta al IRPF (incompatibilidad con el ISD) Desde el punto de vista del donante Ganancia patrimonial tributable al tipo del 18%, salvo: - Elementos adquiridos antes de 31 de diciembre de 1994 (Disp. Transitoria 9ª LIRPF) - Transmisión de empresa familiar o participaciones en empresa familiar. En estos casos, el donatario se subroga en la posición del donante respecto de los valores y fechas de adquisición de los bienes donados Page 9
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