ESTADO N 001 CARTAGENA

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1 ESTADO N 001 CARTAGENA Dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 269 de la Ley 685 de 2001 y a las Resoluciones 0206 de 22 de marzo de 2013, 347 y 364 del 22 y 31 de mayo del presente año, proferida por la Agencia Nacional de Minería, Que para notificar las providencias que a continuación se relacionan, se fija el presente Estado en un lugar visible y público del PUNTO DE ATENCIÓN REGIONAL DE CARTAGENA, siendo las 8:00 a.m. de hoy 03 de enero de 2.014: # TIPO DE TRAMITE EXPEDIENTE TITULAR FECHA ACTO ADTIVO OBSERVACIONES Aprobar Formulario de declaración de regalías de segundo, tercer y cuarto (II, III y IV) trimestre de 2003; primer, segundo, tercer y cuarto (I, II, III y IV) trimestre de 2004; primer, segundo, tercer y cuarto (I, II, III y IV) trimestre de 2005; primer, segundo, tercer y cuarto (I, II, III y IV) trimestre de 2006; primer, segundo, tercer y cuarto (I, II, III y IV) trimestre de 2007; primer, segundo, tercer y cuarto (I, II, III y IV) trimestre de 2008; primer, segundo, tercer y cuarto (I, II, III y IV) trimestre de 2009; primer, segundo, tercer y cuarto (I, II, III y IV) trimestre de 2010; primer, segundo, tercer y cuarto (I, II, III y IV) trimestre de 2011; primer, segundo, tercer y cuarto (I, II, III y IV) trimestre de 2012 y primer, segundo y tercer (I, II, III) trimestre de Contrato de Concesión CANTERAS DEL NORTE S.A.S 18/12/ Aprobar, los Formatos Básicos Minero de primer, segundo, tercer y cuarto (I, II, III y IV) trimestre de 2005; primer, segundo, tercer y cuarto (I, II, III y IV) trimestre de 2006; primer semestre y anual de 2007; primer (I) semestre y anual de 2008; primer (I) semestre y anual de 2009; primer (I) semestre y anual de 2010; primer (I) semestre y anual de 2011; primer (I) semestre y anual de 2012; primer (I) semestre de REMITIR el expediente contentivo del título minero No a la Vicepresidencia de Seguimiento, Control y Seguridad Minera para que se pronuncie con respecto al recurso de reposición instaurado por el titular en contra de la Resolución N 228 del 15 de Noviembre de REMITIR el expediente a la Vicepresidencia de Contratación y Titulación, para lo de su competencia, con respecto al trámite pendiente de integración de áreas. Córrase traslado al titular del informe de fiscalización integral No. 1 del expediente Nº y del concepto técnico Nº 269 de 18 de diciembre de Contrato de Concesión Ladrillera La Clay Ltda. 10/12/ REQUERIR BAJO CAUSAL DE CANCELACIÓN, a la sociedad titular de la licencia de explotación No.18835, de conformidad con lo indicado en el numeral 4) del artículo 76 del decreto 2655 de 1988, para que allegue los formularios de liquidación y declaración de regalías del III trimestre de 2013 con sus respectivos soportes de pago (cuando sea caso), por lo cual se le concede un término un (01) mes contados a partir del día siguiente a la notificación del presente pronunciamiento para que subsane la falta que se le acusa o formule su defensa respaldada con las pruebas correspondientes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 77 del decreto 2655 de REQUERIR BAJO APREMIO DE MULTA a la sociedad titular de la licencia de explotación No , de conformidad con lo establecido en el artículo 75 del decreto 2655 de 1988, para que allegue los FBM semestrales de 2010; así como los anuales de Página 1 de 11

2 2009, 2010 y 2012; allegue el plan de manejo ambiental de conformidad con lo requerido en el artículo 7 de la Resolución del 12 de junio de 1997; y de lo señalado en el artículo 1º de la Resolución Nº 0139 de 19 de septiembre de 2007; allegue actualización de PTI; para que implemente un registro de los avances y frentes de explotación que se refieran principalmente al diseño del sistema de explotación que incluye secuencia y cronología de actividades, diseño y control de estabilidad de taludes, ubicación de botaderos, almacenamiento de capa vegetal, estériles y mineral, control de agua etc, por lo cual se le concede un término de treinta (30) días contados a partir del día siguiente a la notificación del presente pronunciamiento para que subsane la falta que se le imputa o formule su defensa respaldada con las pruebas correspondientes. Ordenar a la sociedad titular suspender las actividades de Explotación, hasta tanto el titular allegue Programa de Trabajos e Inversiones PTI, y sea aprobado por la autoridad minera, y allegue Licencia ambiental, so pena de incurrir en la realización de las actividades contenidas en el artículo 338 del Código Penal Córrase traslado al titular del informe de fiscalización integral No. 1 de la licencia de explotación No APROBAR el pago de las tarifas de fiscalización de las visitas realizadas en los años 2011 y 2012 por un valor de tres millones setecientos veinticinco mil novecientos veinte pesos m/cte ($ ) cada una, los formatos básicos mineros de segundo (II) semestre y anual de 2010 y semestral y anual de 2011, así como los formularios de declaración y pago de regalías del III y IV trimestre de 2010, primer, segundo, tercer y cuarto ( I, II, III y IV) trimestre de 2011, primer, segundo, tercer y cuarto (I, II, III y IV) de 2012, y primer (I) trimestre de NO APROBAR, la póliza minero ambiental No expedida por la Aseguradora Solidaria de Colombia, de conformidad al concepto técnico Nº 255 del 13 de diciembre de Contrato de Concesión DARIO GALLO MEDINA Y DANIEL ALFONSO ROLDÁN. 17/12// REQUERIR BAJO CAUSAL DE CADUCIDAD, de conformidad con el literal d) del artículo 112 de la Ley 685 de 2001, al titular minero, para que dentro del término de quince (15) días, contados a partir del día siguiente a la notificación del presente acto administrativo, para que allegue los formularios de liquidación y declaración de regalías del cuarto trimestre de 2009, primer y segundo de 2010 con sus respectivos soportes de pago, más los intereses que se causen hasta la fecha efectiva de su pago que se causen hasta la fecha efectiva de su pago, cancelación que deberá realizarse en la cuenta corriente Nº del banco DAVIVIENDA, a nombre de AGENCIA NACIONAL DE MINERIA- con NIT La constancia de dicho pago deberá ser remitida a la Agencia Nacional de Minería, dentro de los tres (3) días siguientes a su realización. Se recuerda al titular que los pagos efectuados para cancelar obligaciones adeudadas a favor de la Agencia Nacional de Minería, se imputaran primero a intereses y luego a capital, de conformidad con lo establecido en el artículo 1653 del Código Civil. Una vez surtido lo anterior, remítase copia de este acto al Grupo de Regalías y Contraprestaciones Económicas, para lo de su competencia. Página 2 de 11

3 REQUERIR BAJO APREMIO DE MULTA a los titulares del contrato de concesión No , de conformidad con lo establecido en el artículo 115 de la ley 685 de 2001, para que allegue los FBM anual de 2008, semestral y anual de 2009, así como la corrección de los FBM semestral y anual de 2012; la modificación de la póliza minero ambiental No expedida por la Aseguradora Solidaria de Colombia de conformidad con el concepto técnico No. 255 del 13 de diciembre de 2013 y la viabilidad ambiental del proyecto minero expedida por la autoridad ambiental competente o el certificado del estado del trámite con una vigencia no mayor a noventa (90) días, por lo cual se le concede un término de treinta (30) días contados a partir del día siguiente a la notificación del presente pronunciamiento para que subsane la falta que se le imputa o formule su defensa respaldada con las pruebas correspondientes. Se ordena suspender las actividades de explotación hasta tanto los titulares del contrato de concesión No cuenten con viabilidad ambiental, so pena de incurrir en la realización de las actividades contenidas en el artículo 338 del Código Penal. Córrase traslado al titular del informe de fiscalización integral No. 1 del contrato de concesión No , concepto técnico No. 21 del 3 de mayo de 2013 y 255 del 13 de diciembre de No aprobar la póliza minero-ambiental Nº con vigencia del 19 de Junio de 2013 a 19 de Junio de 2014 expedida por la compañía de seguros Cóndor S.A. de conformidad con el concepto técnico No. 234 del 29 de noviembre de No Aprobar el pago de la tercera anualidad de la etapa de exploración, y requerir el pago del saldo faltante por valor de Ciento Catorce Mil Ciento Veintinueve Pesos m/cte ($ ), más los intereses que se generen hasta la fecha efectiva de pago, con el fin de ponerse al día en esta obligación. 4 CONTRATO JJE Javier Molinares Barrios, Jorge Julio Gómez Cardona, José Albeiro Castaño Castaño 18/12/ No Aprobar el pago de la primera anualidad de la etapa de construcción y montaje, y requerir el pago del saldo faltante por valor de Cuarenta y Cinco Mil Setecientos Quince Pesos m/cte ($45.715), más los intereses que se generen hasta la fecha efectiva de pago, con el fin de ponerse al día en esta obligación. REQUERIR bajo causal de caducidad de conformidad con el literal d) del artículo 112 de la Ley 685 de 2001; al titular minero, para que dentro del término de quince (15) días, allegue el pago por el saldo faltante de la tercera anualidad de la etapa de exploración, por valor de Ciento Catorce Mil Ciento Veintinueve Pesos m/cte ($ ), y el pago del saldo faltante de la primera anualidad de la etapa de construcción y montaje por valor de Cuarenta y Cinco Mil Setecientos Quince Pesos m/cte ($45.715), más los intereses que se causen hasta la fecha efectiva de su pago, cancelación que deberá realizarse en la cuenta corriente Nº del banco DAVIVIENDA, a nombre de AGENCIA NACIONAL DE MINERIA- con NIT La constancia de dicho pago deberá ser remitida a la Agencia Nacional de Minería, dentro de los tres (3) días siguientes a su realización. Se recuerda al titular que los pagos efectuados para cancelar obligaciones adeudadas a favor de la Agencia Nacional de Minería, se imputaran primero a intereses y luego a capital, de conformidad con lo establecido en el artículo 1653 del Código Civil. Página 3 de 11

4 Una vez surtido lo anterior, remítase copia de este acto al Grupo de Regalías y Contraprestaciones Económicas, para lo de su competencia. REQUERIR BAJO APREMIO DE MULTA a los titulares del contrato de concesión No. JJE-09202, de conformidad con lo establecido en el artículo 115 de la Ley 685 de 2001,la modificación de la póliza minero ambiental No expedida por la compañía de seguros Cóndor S.A. de conformidad con el concepto técnico No. 234 del 29 de noviembre de 2013, por lo cual se le concede un término de quince (15) días contados a partir del día siguiente a la notificación del presente pronunciamiento para que subsane la falta que se le imputa o formule su defensa respaldada con las pruebas correspondientes. REQUERIR BAJO APREMIO DE MULTA a los titulares del contrato de concesión No. JJE-09202, de conformidad con lo establecido en el artículo 115 de la Ley 685 de 2001 para que allegue la corrección de los FBM semestral y anual de 2012 y semestral de 2013 de conformidad con el concepto técnico No. 234 del 29 de noviembre de 2013, por lo cual se le concede un término de treinta (30) días contados a partir del día siguiente a la notificación del presente pronunciamiento para que subsane la falta que se le imputa o formule su defensa respaldada con las pruebas correspondientes. Se recuerda a los titulares que para adelantar las actividades de construcción y montaje y explotación, se debe contar con la debida viabilidad Ambiental del proyecto y PTO aprobado, por lo tanto se recomienda abstenerse de realizar actividades de explotación hasta tanto los titulares del contrato de concesión No. JJE cuenten con dichos requisitos, so pena de incurrir en la realización de las actividades contenidas en el artículo 338 del Código Penal. Remitir al Coordinador de Grupo de Seguimiento y Control Zona Norte, para lo de su competencia con relación al requerimiento realizado en el artículo segundo (2) de la Resolución VSC Nº del 24 de mayo de 2013 y Nº 234 del 29 de noviembre de Córrase traslado al titular del informe de fiscalización integral No. 1 del expediente No. JJE-09202, y del concepto técnico No. 234 del 29 de noviembre de No aprobar el pago del canon superficiario del primer año de exploración 5 CONTRATO ICS Joaquín Emilio Uribe Gallon Y Otros 17/12/ REQUERIR bajo causal de caducidad de conformidad con el literal d) del artículo 112 de la Ley 685 de 2001; al titular minero, para que dentro del término de quince (15) días, contados a partir del día siguiente a la notificación del presente acto administrativo, realicen el pago por valor de cuatrocientos treinta y dos mil seiscientos veintiún pesos cuarenta y cinco centavos m/cte ($ ,45) por concepto de saldo del canon de la primera anualidad de la etapa de exploración; así como el valor de dos millones setecientos setenta y dos mil ochocientos cincuenta y un pesos con diecinueve centavos ($ ,19), por concepto de canon superficiario del tercer año de exploración; dos millones novecientos treinta y tres mil ochocientos cincuenta y ocho pesos y setenta y nueve centavos ( $ ,79) por concepto de canon del primer año de construcción y montaje, y tres millones cincuenta y un mil ochocientos noventa y seis pesos y cincuenta y dos centavos ($ ,52) por concepto de canon del segundo año de construcción y montaje, más los intereses que se causen hasta la fecha efectiva de su pago, cancelación que deberá realizarse en la cuenta corriente Nº del banco DAVIVIENDA, a nombre de AGENCIA NACIONAL DE Página 4 de 11

5 MINERIA- con NIT La constancia de dicho pago deberá ser remitida a la Agencia Nacional de Minería, dentro de los tres (3) días siguientes a su realización. Se recuerda al titular que los pagos efectuados para cancelar obligaciones adeudadas a favor de la Agencia Nacional de Minería, se imputaran primero a intereses y luego a capital, de conformidad con lo establecido en el artículo 1653 del Código Civil. Una vez surtido lo anterior, remítase copia de este acto al Grupo de Regalías y Contraprestaciones Económicas, para lo de su competencia. REQUERIR BAJO CAUSAL DE CADUCIDAD, a los titulares del contrato de concesión No. ICS-09431, de conformidad con lo indicado en el literal f) del artículo 112 de la Ley 685 de 2001, por la no reposición de la póliza minero ambiental la cual se encuentra vencida desde el treinta (30) de agosto de 2013, por lo cual se le concede un término de quince (15) días contados a partir del día siguiente a la notificación del presente pronunciamiento para que subsane la falta que se le acusa o formule su defensa respaldada con las pruebas correspondientes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 288 de la Ley 685 de REQUERIR BAJO APREMIO DE MULTA a los titulares del contrato de concesión No. ICS-09431, de conformidad con lo establecido en el artículo 115 de la Ley 685 de 2001, para que allegue para que allegue los FBM semestral de 2009, semestral y anual de 2012 y semestral de 2013 junto con sus respectivos planos; pago de la visita de fiscalización requerido mediante auto Nº 215 del 29 de marzo de 2012 por valor de un millón doscientos cuarenta y nueve mil seis pesos ($ ), la viabilidad ambiental del proyecto minero expedida por la autoridad ambiental competente o el certificado del estado del trámite con una vigencia no mayor a noventa (90) días y el PTO, por lo cual se le concede un término de treinta (30) días contados a partir del día siguiente a la notificación del presente pronunciamiento para que subsane la falta que se le imputa o formule su defensa respaldada con las pruebas correspondientes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 287 de la Ley 685 de REMITIR el expediente al coordinador del grupo de seguimiento y control zona norte, para lo de su competencia, con respecto a la solicitud de prórroga de etapa de exploración radicada el 16 de agosto de Se recuerda a los titulares que para adelantar las actividades de construcción y montaje y explotación, se debe contar con la debida viabilidad Ambiental del proyecto y PTO aprobado, por lo tanto se recomienda abstenerse de realizar actividades de explotación hasta tanto los titulares del contrato de concesión No ICS cuenten con dichos requisitos, so pena de incurrir en la realización de las actividades contenidas en el artículo 338 del Código Penal. Córrase traslado al titular del informe de fiscalización integral No. 1 de fecha 25 de Octubre de Página 5 de 11

6 6 CONTRATO CDK-161 CORALINAS & PISOS S.A 10/12/ APROBAR el pago del Canon Superficiario de por valor de doscientos noventa y siete mil setecientos tres pesos m. cte ($ ) consignados a la cuenta de ahorros No de Bancolombia, correspondientes al periodo comprendido entre el 13 de septiembre de 2002 y el 13 de septiembre de 2003 tiempo por el cual fue firmada la Licencia de Exploración CDK Así como, el pago de la tarifa de fiscalización del año 2012 realizada por el titular minero por valor de cuatrocientos cuarenta mil cuatrocientos treinta y nueve pesos ($ ) y el pago de la multa impuesta mediante Resolución No del 06 de marzo de 2007 por valor de $ consignados en el banco BBVA a la cuenta de Ahorros No a nombre del Departamento de Bolívar. REQUERIR BAJO APREMIO DE MULTA a la sociedad titular de la licencia de exploración No. CDK-161, de conformidad con lo establecido en el artículo 75 del decreto 2655 de 1988, para que allegue los FBM de los trimestres III y IV de 2002 y I, II y III de 2003, por lo cual se le concede un término de treinta (30) días contados a partir del día siguiente a la notificación del presente pronunciamiento para que subsane la falta que se le imputa o formule su defensa respaldada con las pruebas correspondientes. REQUERIR A LA SOCIEDAD TITULAR BAJO APREMIO DE MULTA de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto 2655 de 1988 art. 75, para que allegue el pago por concepto de la visita de inspección por un valor CUATROCIENTOS DIECIOCHO MIL TRESCIENTOS QUINCE PESOS MCTE ($ ), de conformidad al auto Nº 140 de 29 de marzo de Córrase traslado al titular del informe de fiscalización integral No. 1 de fecha 18 de julio de 2013 APROBAR el pago del canon superficiario del Primer año de la Etapa de Exploración por valor de TREINTA MILLONES QUINIENTOS NUEVE MIL OCHENTA Y CUATRO PESOS ($ ) de conformidad con el concepto técnico N 197 del 1 de noviembre del APROBAR el pago del canon superficiario del Segundo año de la Etapa de Exploración por valor de TREINTA Y SEIS MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS CATORCE PESOS ($ ) de conformidad con el concepto técnico N 197 del 1 de noviembre del APROBAR al titular del contrato de concesión N 0229 la póliza de cumplimiento N 01DL con vigencia hasta el 31 de diciembre del 2013, de conformidad a lo anteriormente señalado. 7 CONTRATO ANGLOGOLD ASHANTI COLOMBIA 16/12/ REMITIR a la Vicepresidencia de seguimiento, control y seguridad minera para que se pronuncie sobre la solicitud de suspensión de obligaciones presentada el 13 de diciembre del 2013 mediante radicado N , dentro del contrato de concesión N REQUERIR BAJO APREMIO DE MULTA, al titular del Contrato de Concesión No. 0229, de conformidad con lo establecido en el artículo 115 de la Ley 685 de 2001, para que allegue el Formato Básico Minero del I semestre y anual de 2012 y Formato Básico Minero del I semestre del año Por lo tanto se le concede un término de treinta (30) días contados a partir de la notificación del presente pronunciamiento para que subsane la falta que se le acusa o formule su defensa, de conformidad al artículo 287 de Página 6 de 11

7 la ley 685 del Se le recuerda al titular que para el 1 de enero del 2014 deberá aportar póliza minera para el tercer año de exploración con las características señaladas en el presente acto y en la evaluación técnica realizada. Córrase traslado del concepto técnico N 197 del día 1 de noviembre del 2013 para que puedan subsanar de forma satisfactoria las objeciones realizadas y realicen las aclaraciones pertinentes. INFORMAR a la titular que para darle tramite a su solicitud de renuncia de fecha 24 de mayo de 2013, debe encontrarse al día en todas las obligaciones contractuales, de acuerdo con lo señalado en el concepto técnico 283 del 30 de Diciembre de Aprobar el pago del canon superficiario correspondiente a la Segunda Anualidad de la etapa de exploración. 8 CONTRATO KH ALEXANDRA DALILA GONZALES GIRALDO 30/12/ REQUERIR a la sociedad titular del contrato de concesión KH , para que dentro del término perentorio de un (01) mes contado a partir de la notificación del presente proveído se coloque al día en las obligaciones contractuales, so pena de entender como desistida su solicitud de renuncia al contrato de concesión, lo anterior con base en lo establecido en el artículo 17 del Código Contencioso Administrativo. REQUERIR BAJO CAUSAL DE CADUCIDAD, a los titulares del Contrato de Concesión No. KH , de conformidad con lo indicado en el literal f) del artículo 112 de la Ley 685 de 2001 por la no reposición de la póliza, la cual se encuentra vencida desde el 01 de Junio de 2013, por lo cual se le concede un término Treinta (30) días contados a partir del día siguiente a la notificación del presente pronunciamiento para que subsane la falta que se le acusa o formule su defensa respaldada con las pruebas correspondientes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 288 de la Ley 685 de REQUERIR BAJO APREMIO DE MULTA, al titular para que allegue Licencia Ambiental o el comprobante de que la misma se encuentra en trámite, Formatos Básicos Mineros FBM semestrales correspondientes a los años 2011, 2012 y 2013 y anuales de los años 2011 y 2012, para lo cual se le concede un término improrrogable de treinta (30) días, contados a partir del día siguiente de la notificación del presente proveído para que subsane las faltas que se le imputan o formule su defensa, respaldada con las pruebas correspondientes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 287 de la Ley 685 de Córrase traslado del concepto técnico Nº 283 de 30 de Diciembre de 2013, para que puedan subsanar de forma satisfactoria las objeciones realizadas y realicen las aclaraciones pertinentes. APROBAR Póliza. N de la Aseguradora solidaria de Colombia con vigencia desde el 27 de Junio de 2012 hasta 27 de junio de Página 7 de 11

8 ACEPTAR Y APROBAR el pago por concepto del Canon Superficiario de la segunda anualidad de la etapa de Exploración. 9 CONTRATO Z1 MARIA VICTORIA MEJIA FRANCO 02/01/ REQUERIR BAJO CAUSAL DE CADUCIDAD, a los titulares del Contrato de Concesión No Z1, de conformidad con lo indicado en el literal f) del artículo 112 de la Ley 685 de 2001 por la no reposición de la póliza, la cual se encuentra vencida desde el 28 de Junio de 2013, por lo cual se le concede e un término de quince (15) días contados a partir del día siguiente a la notificación del presente pronunciamiento para que subsane la falta que se le acusa o formule su defensa respaldada con las pruebas correspondientes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 288 de la Ley 685 de REQUERIR BAJO CAUSAL DE CADUCIDAD de conformidad con el literal d) del artículo 112 de la Ley 685 de 2001; al titular minero, para que dentro del término de quince (15) días, contados a partir del día siguiente a la notificación del presente acto administrativo, realicen el pago del canon superficiario, correspondiente a la Tercera anualidad de la etapa de Exploración por valor de Sesenta Mil Cuatrocientos Cuarenta y Nueve ($ ), más los intereses que se causen hasta la fecha efectiva de su pago, cancelación que deberá realizarse en la cuenta corriente Nº del banco DAVIVIENDA, a nombre de AGENCIA NACIONAL DE MINERIA- con NIT La constancia de dicho pago deberá ser remitida a la Agencia Nacional de Minería, dentro de los tres (3) días siguientes a su realización. Se recuerda al titular que los pagos efectuados para cancelar obligaciones adeudadas a favor de la Agencia Nacional de Minería, se imputaran primero a intereses y luego a capital, de conformidad con lo establecido en el artículo 1653 del Código Civil. Una vez surtido lo anterior, remítase copia de este acto al Grupo de Regalías y Contraprestaciones Económicas, para lo de su competencia. REQUERIR BAJO CAUSAL DE CADUCIDAD, al titular del contrato de concesión Nº Z1, de conformidad con lo indicado en el literal d) del artículo 112 de la Ley 685 de 2001, para que allegue comprobantes de pago de regalías causadas por la explotación minera efectuada dentro del título, de conformidad con lo consignado en el INFORME DE FISCALIZACIÒN INTEGRAL 01 de 2013 y el INFORME DE INSPECCION TÉCNICA DE SEGUIMIENTO Y CONTROL REALIZADA AL ÁREA DEL CONTRATO No Z1 de fecha 02 de agosto de Razón por la cual se le concede un término improrrogable de quince (15) días contados a partir de la notificación del presente proveído para que subsane la falta que se le imputa o formule su defensa respaldada con las pruebas correspondientes de conformidad con lo establecido en el artículo 288 de la ley 685 de REQUERIR BAJO APREMIO DE MULTA, al titular para que allegue, Formatos Básicos Mineros FBM semestrales correspondientes a los años 2012 y 2013 y anuales de los años 2011 y 2012 y FORMULARIOS DE DECLARACIÓN DE REGALÍAS causadas por la explotación minera efectuada dentro del título, de conformidad con lo consignado en el INFORME DE FISCALIZACIÒN INTEGRAL 01 de 2013 y el INFORME DE INSPECCION TÉCNICA DE SEGUIMIENTO Y CONTROL REALIZADA AL ÁREA DEL CONTRATO No Z1 de fecha 02 de agosto de 2013, para lo cual se le concede un término Página 8 de 11

9 improrrogable de treinta (30) días, contados a partir del día siguiente de la notificación del presente proveído para que subsane las faltas que se le imputan o formule su defensa, respaldada con las pruebas correspondientes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 287 de la Ley 685 de REQUERIR BAJO APREMIO DE MULTA, al titular para que cese las actividades de explotación, hasta tanto se apruebe el Plan de Trabajo y Obras PTO y presente Licencia Ambiental del Título a la Actividad minera, para lo cual se le concede un término improrrogable de treinta (30) días, contados a partir del día siguiente de la notificación del presente proveído para que subsane las faltas que se le imputan o formule su defensa, respaldada con las pruebas correspondientes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 287 de la Ley 685 de REMITIR a la Alcaldía Municipal y a la Autoridad Ambiental el informe de inspección técnica de seguimiento y control realizado al área del contrato No Z1 de fecha 02 de agosto de 2013, para lo de su competencia en lo relacionado con las evidencias de Explotación en el área de la Concesión. CORRER TRASLADO al titular del Informe de Fiscalización Integral 001 de 2013, del informe de inspección técnica de seguimiento y control realizada al área del contrato No Z1 de fecha 02 de agosto de 2013 y del concepto técnico Nº 251 de 10 de Diciembre de CONTRATO ASOCIACION DE MINEROS DE LA MINA CORCOVADO 02/01/ REQUERIR BAJO CAUSAL DE CADUCIDAD de conformidad con el literal d) del artículo 112 de la Ley 685 de 2001; al titular minero, para que dentro del término de quince (15) días, contados a partir del día siguiente a la notificación del presente acto administrativo, realicen el pago del canon superficiario, por valor de Seis Millones Ochocientos Mil Seiscientos Cuarenta y Dos Pesos MCTE ($ ), Siete Millones Doscientos Veintinueve Mil Dieciséis Dos Pesos MCTE ($ ), Siete Millones Doscientos Noventa y Dos Mil Trecientos Noventa y Tres Dos Pesos MCTE ($ ) correspondientes a primer, segundo y tercer año de la etapa de exploración y Ocho Millones Doscientos Ochenta y Dos Mil Cuatrocientos Cuarenta y Ocho Dos Pesos MCTE ($ ) de construcción y Montaje, Ocho Millones Quinientos Cuarenta y Ocho Mil Ciento Cuarenta y Cuatro Dos Pesos MCTE ($ ), Ocho Millones Novecientos Veintisiete Mil Quinientos Nueve Dos Pesos MCTE ($ ) correspondientes a Primer, Segundo y Tercer año de Construcción y Montaje, más los intereses que se causen hasta la fecha efectiva de su pago, cancelación que deberá realizarse en la cuenta corriente Nº del banco DAVIVIENDA, a nombre de AGENCIA NACIONAL DE MINERIA- con NIT La constancia de dicho pago deberá ser remitida a la Agencia Nacional de Minería, dentro de los tres (3) días siguientes a su realización. Se recuerda al titular que los pagos efectuados para cancelar obligaciones adeudadas a favor de la Agencia Nacional de Minería, se imputaran primero a intereses y luego a capital, de conformidad con lo establecido en el artículo 1653 del Código Civil. Página 9 de 11

10 Una vez surtido lo anterior, remítase copia de este acto al Grupo de Regalías y Contraprestaciones Económicas, para lo de su competencia. REQUERIR BAJO CAUSAL DE CADUCIDAD, al titular del contrato de concesión Nº 0-505, de conformidad con lo indicado en el literal d) del artículo 112 de la Ley 685 de 2001, para que allegue comprobantes de pago de regalías correspondientes al tercer y cuarto (III y IV) trimestre de 2012 y Primero, Segundo, Tercer y Cuarto Trimestre de 2013 (I, II, III y IV). Razón por la cual se le concede un término improrrogable de quince (15) días contados a partir de la notificación del presente proveído para que subsane la falta que se le imputa o formule su defensa respaldada con las pruebas correspondientes de conformidad con lo establecido en el artículo 288 de la ley 685 de REQUERIR BAJO APREMIO DE MULTA, a los titulares del Contrato de Concesión No.0-442, para que allegue Póliza Minero Ambiental, de conformidad con lo establecido en la cláusula Trigésima del contrato de concesión minera, por lo cual se le concede un término de quince (15) días contados a partir del día siguiente a la notificación del presente pronunciamiento para que subsane la falta que se le acusa o formule su defensa respaldada con las pruebas correspondientes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 287 de la Ley 685 de REQUERIR BAJO APREMIO DE MULTA, al titular para que allegue Licencia Ambiental o el comprobante de que la misma se encuentra en trámite, Formatos Básicos Mineros FBM semestrales correspondientes a los años 2007, 2008, 2009, 2010, 2011, 2012 y 2013 y anuales de los años 2006, 2007, 2008, 2009, 2010, 2011 y 2012, así también, que allegue Programa de Trabajos y Obras PTO y formularios de declaración de regalías correspondientes al tercer y cuarto (III y IV) trimestre de 2012 y Primero, Segundo, Tercer y Cuarto Trimestre de 2013 (I, II, III y IV), para lo cual se le concede un término improrrogable de treinta (30) días, contados a partir del día siguiente de la notificación del presente proveído para que subsane las faltas que se le imputan o formule su defensa, respaldada con las pruebas correspondientes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 287 de la Ley 685 de Por lo anterior, y de conformidad con la Ley 685 de 2001, las resoluciones 206 del 22 de Marzo de 2013, 298 del 2 de Mayo del 2013, se procede a: 11 AUTORIZACION TEMPORAL 0064 SOCIEDAD MOVICON S.A 02/01/ Correr traslado al titular del informe de fiscalización integral 001 de 2013 y Informe De Inspección Técnica De Seguimiento Y Control de 25 y 26 de septiembre de 2013 Una vez constatadas las recomendaciones plasmadas en el informe de fiscalización integral por parte de la ANM, se verifico que a la fecha, la autoridad minera mediante Resolución Nº de 27 de junio de 2013, que declaró terminada la autorización temporal Nº0064 ejecutoriada y en firme el día 12 de agosto de 2013, ya se había pronunciado en acto administrativo sobre los requerimientos y trámites sugeridos en el proceso de fiscalización integral. Por lo anterior, y de conformidad con la Ley 685 de 2001, las resoluciones 206 del 22 de Marzo de 2013, 298 del 2 de Mayo, 347 del 22 de mayo y 364 del 31 de mayo del 2013 proferidas por la Agencia Nacional de Minería, se procede a: Página 10 de 11

11 Correr traslado al titular del informe de fiscalización integral de fecha 09 de Octubre de 2013, por medio del Grupo de Información y Atención al Minero HACE SABER: (*) El resumen del auto o del concepto técnico, efectuado por el Punto de Atención Regional Cartagena, es a título meramente informativo; el solicitante o el titular está en la obligación de consultar el expediente, para dar cumplimiento al auto o concepto técnico notificado. Se desfija hoy 03 de enero de 2014, a las 5:00 p.m. después de haber permanecido fijado en un lugar público del PUNTO DE ATENCIÓN REGIONAL DE CARTAGENA, por el término legal. Se deja constancia en el expediente de la notificación de la decisión, indicando la fecha y el número de Estado. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE ORIGINAL FIRMADO KATIA ROMERO MOLINA GESTOR 1 GRADO 10 -PAR CARTAGENA VICEPRESIDENCIA DE SEGUIMIENTO, CONTROL Y SEGURIDAD MINERA Página 11 de 11