Huelga general 29 M: Las 12 claves que debe tener en cuenta su empresa

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1 Huelgageneral29M:las12clavesquedebetenerencuentasuempresa Huelgageneral29M: Las12clavesquedebetenerencuentasuempresa 1. Preavisoporpartedelostrabajadores Serviciosdeseguridadymantenimiento Serviciomínimos Piquetes Obligacioneslaboralesenvigor Trabajoaturnos Cómocomputaeldíadehuelga Trabajadoresenperiododeprueba TrabajadoresdebajaporIT CómoinfluyelahuelgaenlaSeguridadSocial Trabajadoresnohuelguistas Cierrapatronal...5 AnexoI:Descuentoenlanóminasdeloshuelguistas...6 AnexoII:Estrategiasparagarantizarlaactividaddesuempresa...6 ConozcaelcomplementoperfectodeMIASESORDEPERSONALalfinaldeeste documento.ofertaconozcapractiletterlaboral:50%dedescuento+unregalo 1

2 Huelgageneral29M:las12clavesquedebetenerencuentasuempresa El 29 de marzo hay convocada una huelga general y cada uno de sus trabajadores es quien decide si quiere o no secundarla. Esto abre un amplio abanico de posibilidades en su empresa: desde encontrarse a que todos o la gran mayoría de trabajadores secundan la huelga, un bajo seguimiento de la misma, existencia o no de piquetes en la puerta del centro de trabajo, trabajadores que quieran acudir a su puesto pero no puedan hacerlo (por ejemplo, porque problemas con el transporte público), etc. Esto es lo que debe saber: 1.Preavisoporpartedelostrabajadores Sus trabajadores no tienen obligación legal de preavisar a título individual si van a secundar o no la huelga. Por lo tanto, si el día 29 un trabajador no asiste a su trabajo y no presenta documentación que acredite que la falta es justificada, entonces la empresa considerará que ha secundado la huelga (que es uno de los casos de suspensión del contrato de trabajo). Aunque suele ser habitual que los trabajadores manifiesten (de forma más o menos formal) su intención de secundar una huelga, en ningún caso su empresa podrá sancionar a un trabajador que no haya preavisado. CONSEJO: Su empresa no puede coaccionar a los trabajadores para que no secunden la huelga ni tratar de pactar con ellos que renuncien a ella, ya que se trata de un derecho fundamental irrenunciable. Tampoco es aconsejable que les pregunte su intención de faltar o no a su puesto, aunque si se trata de puestos que son críticos, como puede ser el del vigilante de seguridad, la persona que habitualmente se encargue de abrir o cerrar la oficina que hacen una función necesaria para que se pueda trabajar, puede preguntarles qué piensan hacer. De todos modos, su respuesta no será vinculante y aunque le digan que no secundarán la huelga pueden decir después sumarse a última hora. Atención!: Su empresa no puede advertir a los trabajadores de que una huelga podría tener consecuencias sobre sus puestos de trabajo (por ejemplo, comunicarles que una huelga daña la imagen de la empresa y que puede suponer la cancelación de contratos de clientes que, de producirse, podrían suponer tener que hacer despidos). Hacer esto supone una vulneración del derecho a la huelga de los trabajadores (sent. de la Audiencia Nacional de ). Tenga también que cuenta que todas aquellas conductas de la empresa destinadas a limitar el derecho de huelga son infracciones muy graves sancionables con multa de entre 6,251 y 187,515. Además, desde el punto de vista penal, serán castigados con penas de prisión de seis meses a tres años y multa de seis a 12 meses a los que impidan o limiten el derecho de huelga (art. 315 del Código Penal) 2.Serviciosdeseguridadymantenimiento Su empresa puede fijar la adopción de servicios de seguridad de las personas y de las cosas y de mantenimiento de los locales, maquinaria, instalaciones y materias primas que fuese precisa para la posterior reanudación de las tareas de la empresa tras la ConozcaelcomplementoperfectodeMIASESORDEPERSONALalfinaldeeste documento.ofertaconozcapractiletterlaboral:50%dedescuento+unregalo 2

3 Huelgageneral29M:las12clavesquedebetenerencuentasuempresa huelga. Pero atención!: la finalidad de estos servicios de mantenimiento no es que la empresa siga manteniendo la actividad productiva normal, sino asegurar tanto los bienes como a las personas. Estos servicios, así como la elección del personal que se va a encargar de ellos, no los fija unilateralmente el empresario, sino que en el caso de una huelga general el empresario los debe fijar conjuntamente con los representantes de los trabajadores. Pero si no llegan a un acuerdo finalmente podría fijarlo la empresa directamente (sólo con trabajadores pertenecientes a la plantilla de la empresa). Los trabajadores que sean designados para prestar estos servicios no pueden negarse a ello; si lo hicieran, su negativa podría ser motivo de despido. Pero los representantes de los trabajadores podrían impugnar judicialmente estos servicios. 3.Serviciosmínimos Si su empresa se encarga de prestar cualquier tipo de servicio público esencial de reconocida e inaplazable necesidad y concurren circunstancias de especial gravedad, entonces es la autoridad gubernativa quien, de forma proporcionada e imparcial, se encarga de establecer las medidas necesarias para asegurar los servicios mínimos que se consideran esenciales para la vida de la comunidad. Los servicios mínimos no los establece la empresa, sino la autoridad laboral y fijan las tareas que se tienen que cubrir, no el número de trabajadores necesario para desempeñarlas. Si su empresa se encuentra en este caso, una vez recibido el preaviso de huelga, deberá comunicárselo a la autoridad gubernativa, de forma que establezcan los servicios mínimos, aportando para ello su propuesta. También es habitual -aunque no obligatorioque la autoridad gubernativa mantenga negociaciones con los huelguistas de cara a establecer estos servicios mínimos. Si en su empresa se han fijado servicios mínimos, los trabajadores designados para prestarlos deben cumplirlos. Si no fuera así, podrían ser sancionados, incluso con el despido. Los trabajadores huelguistas no pueden impedir a los anteriores que hagan ese trabajo y, si lo hicieran, podrían ser sancionados. 4.Piquetes Los trabajadores que están en huelga pueden efectuar publicidad de ésta, de forma pacífica, repartiendo octavillas y panfletos (incluso empleando en ellas expresiones duras, no permitidas en situación de normalidad laboral). Igualmente, pueden formar piquetes informativos para informar de la huelga y persuadir a los trabajadores para que secunden la huelga. Pero están prohibidos los piquetes que empleen violencia, coacción o amenazas y que impidan la entrada al centro de trabajo a otros trabajadores o a directivos de la empresa o a sus clientes, o que impidan la entrada o salida de vehículos, etc. Los huelguistas tienen que respetar el derecho de los trabajadores que no quieran sumarse a la huelga, y también los bienes de la empresa. Si los piquetes impiden a los trabajadores que han decidido acudir a trabajar acceder al centro de trabajo, su empresa debe ponerlo en conocimiento de las fuerzas de seguridad. ConozcaelcomplementoperfectodeMIASESORDEPERSONALalfinaldeeste documento.ofertaconozcapractiletterlaboral:50%dedescuento+unregalo 3

4 Huelgageneral29M:las12clavesquedebetenerencuentasuempresa 5.Obligacioneslaboralesenvigor Aunque el contrato del trabajador en huelga esté en suspenso y no vaya a trabajar, no quedan suspendidas otras de sus obligaciones laborales (como el deber de secreto o la buena fe contractual). 6.Trabajoaturnos La huelga se ha convocado durante la jornada del 29 de marzo, comenzando a las 0 horas y terminando a las 24 horas de ese día. No obstante, en las empresas que tengan varios turnos de trabajo, el comienzo de la huelga se efectuará en el primer turno, aunque empiece antes de las 0 horas del día 29, y su finalización tendrá lugar una vez terminado el último turno, aunque se prolongue después de las 24:00 horas del día 29. Asimismo, en aquellas empresas que tengan un único turno de trabajo pero éste comience antes de las 0 horas del día 29, el paro se iniciará a la hora de comienzo de la actividad laboral y finalizará el día 29 de marzo en la hora en que concluya ésta. 7.Cómocomputaeldíadehuelga El tiempo de huelga computa como trabajado a efectos del cómputo de antigüedad, vacaciones, permisos, etc., 8.Trabajadoresenperiododeprueba Si un trabajador huelguista está en periodo de prueba, éste se interrumpe, por lo que el periodo de prueba se prolonga un día. 9.TrabajadoresdebajaporIT Si un trabajador está de baja el día de la huelga, no se puede presuponer si hubiera participado o no en la huelga si no hubiese estado enfermo. Por lo tanto, mantiene su derecho a recibir la prestación. 10.CómoinfluyelahuelgaenlaSeguridadSocial El contrato del trabajador huelguista queda en suspenso durante ese día. Si un trabajador no trabaja en toda la jornada, su empresa deja de tener obligación de cotizar tanto por la parte empresarial como por la parte del trabajador, por lo que éste permanecerá en situación de alta especial. Sin embargo, si sólo secunda la huelga parte de la jornada, el trabajador continúa en situación de alta normal y su empresa tendrá que cotizar por él únicamente en relación al salario realmente percibido en función del tiempo que haya trabajado el día de huelga. ConozcaelcomplementoperfectodeMIASESORDEPERSONALalfinaldeeste documento.ofertaconozcapractiletterlaboral:50%dedescuento+unregalo 4

5 Huelgageneral29M:las12clavesquedebetenerencuentasuempresa 11.Trabajadoresnohuelguistas Los trabajadores que no secunden la huelga tienen la obligación de trabajar con normalidad, igual que el empresario tiene la obligación de abonarles el salario y cotizar por ellos a la SS. Lo mismo ocurre con los trabajadores que realizan las funciones de seguridad y mantenimiento o de servicios mínimos. Esto es así incluso si los trabajadores no pudieran tener una ocupación efectiva o porque se lo impidieran los piquetes. En cuanto a los trabajadores que quieran ir a su puesto el día de la huelga pero no puedan hacerlo (por ejemplo, por el transporte público, piquetes ) hay empresas que descuentan ese día de trabajo y otras que deciden abonarlo como si hubieran trabajado si el trabajador justifica que intentó llegar a su puesto y no pudo hacerlo. Gratificación a los no huelguistas: Sólo podría abonarla si se pretende retribuir un esfuerzo extraordinario que hubieran tenido que hacer los trabajadores. Por lo tanto, lo que no puede hacerse es abonarse sin más, pues se podría interpretar como una coacción a los trabajadores para animarles a no participar en las huelgas en el futuro, lo que supone un atentado al ejercicio de la libertad. Consejo: como es fácil que pudiera interpretarse así, es preferible no entrar en ningún caso en este tipo de gratificaciones. 12.Cierrepatronal Es la decisión del empresario de cesar la actividad de la empresa en defensa de las personas o bienes de su empresa o centro de trabajo, en situaciones de huelga o de inseguridad colectiva, y siempre que se dé alguna de las siguientes situaciones: existencia de peligro de violencia o de daños graves para las personas, ocupación ilegal del centro de trabajo o de cualquiera de sus dependencias, o peligro cierto de que ésta se produzca o bien que el volumen de inasistencia o irregularidades en el trabajo impidan gravemente el proceso normal de producción. Sólo puede durar el tiempo indispensable para asegurar la reanudación de la actividad de la empresa o para eliminar las causas que lo motivaron. Para llevarlo a cabo, usted deberá comunicárselo a la autoridad laboral en el plazo de 12 horas de haberse producido. El cierre patronal legal produce en los trabajadores los mismos efectos que la huelga produce sobre los trabajadores huelguistas. ConozcaelcomplementoperfectodeMIASESORDEPERSONALalfinaldeeste documento.ofertaconozcapractiletterlaboral:50%dedescuento+unregalo 5

6 Huelgageneral29M:las12clavesquedebetenerencuentasuempresa ANEXOI Descuentoenlanóminadeloshuelguistas A cada trabajador huelguista se le debe descontar de su salario la retribución correspondiente a cada día de huelga (tanto el salario base como los complementos salariales y extrasalariales), además de la parte proporcional de pagas extraordinarias y de beneficios, y la parte proporcional de los descansos semanales. También se puede practicar el descuento sobre los conceptos de pluses de asistencia, puntualidad y estímulo a la producción. Estos conceptos se descuentan en la primera nómina que se abone, salvo la parte proporcional de las pagas extraordinarias, que se descuentan en el momento en que proceda su abono. Su empresa no deberá practicar retención a cuenta del IRPF sobre los salarios descontados (o no pagados) de las percepciones correspondientes al tiempo no trabajado por huelga. Tenga también en cuenta que en caso de que la retribución del trabajador sea el SMI o el mínimo establecido en convenio éste puede reducirse excepcionalmente pro el descuento salarial realizado por la huelga. Consejo: Si su empresa ya tiene preparadas las nóminas de marzo puede practicar los descuentos en la nómina de abril, indicando claramente en la misma el motivo de la regularización (huelga). ANEXOII Estrategias para garantizar la actividad de su empresa Tenga en cuenta estas pautas para evitar que la huelga perjudique lo mínimo posible la actividad de su empresa: Modificar el código de vestimenta y permitir a los trabajadores que quieran ir a trabajar hacerlo de forma informal y desenfadada (será más cómodo para ellos moverse por transporte público, acceder al centro de trabajo, etc.) Entrar en el centro de trabajo por puertas alternativas. Permitir un horario de entrada previo al habitual para evitar problemas a los trabajadores que acudan. Prevea la posibilidad de insultos y amenazas telefónicas. Si es el caso, plantéese no contestar o habilitar un contestador automático. Como forma de garantizar los servicios de su empresa (tanto los mínimos como los que puedan realizar los trabajadores que sí deseen acudir al trabajo) puede plantearse alojar a sus trabajadores clave o estratégicos en algún hotel en las inmediaciones de su centro de trabajo o en el propio centro (si sus instalaciones lo permiten). ConozcaelcomplementoperfectodeMIASESORDEPERSONALalfinaldeeste documento.ofertaconozcapractiletterlaboral:50%dedescuento+unregalo 6

7 Huelgageneral29M:las12clavesquedebetenerencuentasuempresa El departamento de RRHH debe encargarse de gestionar la comunicación interna en el centro de trabajo y en la empresa. Deben garantizar el derecho a la huelga tanto de los que la secunden como de quienes no, respondiendo a las preguntas que los trabajadores les planteen al respecto. Cuando finalice la jornada de huelga, es necesario revisar y perfeccionar la estrategia que ha seguido su empresa. ConozcaelcomplementoperfectodeMIASESORDEPERSONALalfinaldeeste documento.ofertaconozcapractiletterlaboral: 50%dedescuento+ unregalo 7

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