UNJu. VISTO el Expediente R-Nº 1478/06 por el cual Rectorado, solicita modificación del Reglamento de Becas de la Universidad Nacional de Jujuy, y
|
|
- Salvador Godoy Cabrera
- hace 8 años
- Vistas:
Transcripción
1 Res SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 de diciembre de 2006 VISTO el Expediente R-Nº 1478/06 por el cual Rectorado, solicita modificación del Reglamento de Becas de la Universidad Nacional de Jujuy, y CONSIDERANDO: Que se propone que se tome como fecha máxima de presentación de solicitudes, hasta el 01 de marzo de cada año, teniendo en cuenta la situación académica de los alumnos desde el 1º de enero hasta el 31 de diciembre del año inmediato anterior.- Que la Comisión de Becas deberá efectuar el estudio y análisis de las presentaciones, en un período de treinta días. Que este mecanismo se propone a efectos de agilizar el trámite y permitirá que los alumnos que se encuentren en condiciones, cobren el estipendio en tiempo oportuno.- Que a fs. 3/4 de autos la Comisión de Interpretación y Reglamento aconseja ha emitido dictamen favorable al respecto. Dictamen C.I. y R. Nº 058/06. Que en la Sesión Extraordinaria del día de la fecha, este Cuerpo Colegiado aprueba en general y en particular el dictamen antes mencionado por unanimidad de los miembros presentes. Por ello y en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE JUJUY RESUELVE ARTICULO 1º: Modifícase el art. 3º de la Resolución Consejo Superior Nº 120/92, el que quedará redactado de la siguiente manera: Los aspirantes deberán presentar la solicitud pertinente con carácter de Declaración Jurada, hasta el 01 de marzo de cada año y en los lugares que establezca la Secretaría de Bienestar Universitario, utilizando a tal fin el formulario correspondiente y anexando la documentación que exige.- La inscripción será a partir del primer día hábil del mes de febrero del año que correspondiere, excepto para la becas clases b.6), b.7), b.8) y b.11).- La Comisión de Becas, deberá expedirse de acuerdo al procedimiento establecido en los arts. 9, 10º y 11º del presente reglamento en el plazo de 30 días y con vencimiento al 01 de abril de cada año, teniendo en consideración que las condiciones académicas requeridas a los alumnos deben reunirse del 1º de enero al 31 de diciembre del año inmediato anterior al de su otorgamiento; luego de lo cual será inmediatamente elevado a resolución del Consejo Superior.- ARTICULO 2º: La presente modificación tendrá vigencia a partir de las Becas a otorgarse en el año ARTICULO 3º: Establécese a los efectos de un mejor ordenamiento del REGLAMENTO DE BECAS PARA ALUMNOS DE LA UNJu., el texto ordenado como ANEXO ÚNICO. ARTICULO 4º: Regístrese. Comuníquese a las Áreas de Competencia. Cumplido. ARCHÍVESE. Tcb ANEXO ÚNICO REGLAMENTO DE BECAS PARA ALUMNOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE JUJUY Objetivo de la Beca ARTICULO 1º: La Beca es un beneficio que otorga la Universidad para contribuir a posibilitar a sus estudiantes la concreción de los estudios, solventando gastos de primera necesidad, parte de ellos o estímulos académicos necesarios,
2 como así también propiciar su interés y/o vocación en la investigación. Objetivo del Reglamento ARTICULO 2º: La presente reglamentación tiene por objeto establecer las normas y condiciones que permitan una adecuada y justa adjudicación de las becas. Período de Inscripción ARTICULO 3º: Los aspirantes deberán presentar la solicitud pertinente con carácter de Declaración Jurada, hasta el 01 de marzo de cada año y en los lugares que establezca la Secretaría de Bienestar Universitario, utilizando a tal fin el formulario correspondiente y anexando la documentación que exige. La inscripción será a partir del primer día hábil del mes de febrero del año que correspondiere, excepto para la becas clases b.6), b.7), b.8) y b.11). La Comisión de Becas, deberá expedirse de acuerdo al procedimiento establecido en los Artículos 9º, 10º y 11º del presente reglamento en el plazo de TREINTA (30) días y con vencimiento al 01 de abril de cada año, teniendo en consideración que las condiciones académicas requeridas a los alumnos deben reunirse del 1º de enero al 31 de diciembre del año inmediato anterior al de su otorgamiento; luego de lo cual será inmediatamente elevado a resolución del Consejo Superior. Clases de Becas ARTICULO 4º: La Universidad otorgará las siguientes clases de becas: a) Para alumnos de la Escuela de Minas: Estas becas tienen por objeto posibilitar el acceso o continuación de estudios en la Escuela de Minas DR. HORACIO CARRILLO. Su otorgamiento y renovación están sujetos al Reglamento que dicte el Consejo Superior. b) Para alumnos universitarios: Becas de Ayuda Económica b.1) Iniciación: Tiene por finalidad facilitar el acceso a la Universidad a alumnos que carezcan de recursos económicos, y que hayan demostrado capacidad y méritos suficientes en el ciclo secundario, adjuntando copia autenticada del certificado analítico de estudios debidamente legalizado. b.2) Prosecución de Estudios: Pueden ser solicitadas por los alumnos activos plenos de cualquiera de las carreras que se cursan en esta Universidad. Para su otorgamiento se tendrá en cuenta la situación económica de los aspirantes y su rendimiento académico. b.3) Estímulo: Tienen por objeto incorporar a nuestra Casa de Altos Estudios a los alumnos que habiendo demostrado capacidad y méritos especiales en el ciclo secundario, deseen continuar estudios superiores en la misma. Serán otorgadas por concurso de antecedentes entre los aspirantes. b.4) Comedor Universitario: Consiste en la cobertura de gastos de comida del estudiante. Este tipo de beca se acordará a estudiantes activos plenos. El rendimiento académico exigido será el mismo que el indicado en la Beca de Prosecución de Estudios. (Clase b.2). b.5) Transporte: Consiste en la cobertura de gastos de transporte del estudiante. Este tipo de beca se acordará a estudiantes activos plenos. El rendimiento académico exigido será el mismo que el indicado en la Beca de Prosecución de Estudios. (Clase b.2). b.6) Extraordinaria de Salud: Está destinada a solventar parte de los gastos que demande al estudiante una enfermedad cuyo tratamiento no pueda ser brindado por los Hospitales de la Provincia. b.7) Obra Social: Su otorgamiento y renovación será reglamentado por el H. Consejo Superior. b.8) Especiales: Están destinadas a los alumnos que acreditando capacidad y méritos especiales las soliciten para participar en congresos, jornadas, cursos de especialización, pasantías, viajes de estudio, etc. La participación deberá estar avalada por el Consejo Académico de la Facultad, ante el cual presentarán a su regreso un informe y constancia de su participación. El monto y distribución de las mismas entre las Unidades Académicas será determinada por el H. Consejo Superior y otorgada oportunamente por el Sr. Rector. b.9) Egresados de la Escuela de Minas: estarán destinadas a los egresados que deseen ingresar en la carrera de Ingeniería de Minas.
3 b.10) Alojamiento: Consiste en la cobertura parcial o total de acuerdo a las posibilidades financieras de la Universidad, de gastos de alojamiento para el estudiante no residente en la capital de la provincia. Este tipo de beca se acordará a estudiantes activos plenos. El rendimiento académico exigido será el mismo que el indicado en la Beca de Prosecución de Estudios. (Clase b.2). b.11) Iniciación a la Investigación: Estas Becas están destinadas esencialmente a desarrollar el interés y/o vocación para la investigación entre los alumnos. La Secretaría de Ciencia y Técnica propondrá al H. Consejo Superior la reglamentación pertinente al otorgamiento y renovación de la misma. b.12) Estímulo Académico: Serán otorgadas a los alumnos de esta Universidad que acrediten capacidad y méritos especiales. Para solicitar esta beca, deberán tener aprobadas como mínimo el 75% de las materias comprendidas en el Plan de estudios y en el tiempo prefijado en el mismo hasta el curso en que se encuentren al momento de la solicitud. El Promedio no podrá ser inferior a SIETE (7) puntos sin aplazos. El otorgamiento de esta beca será competencia exclusiva del H. Consejo Superior. Del Carácter: ARTICULO 5º: Las becas constituyen un beneficio de carácter personal e intransferible, no excluyente de otras becas, beneficios de naturaleza similar o cualquier otro ingreso y su importe no será reintegrable. De la duración y vigencia de los beneficios ARTICULO 6º: Las becas comprendidas en el Artículo 4º con excepción de las becas establecidas en clase b.6), b.7), b.8) y b.11) serán otorgadas anualmente y su duración será del 1º de marzo al 31 de diciembre, percibiéndolas mensualmente y con cobro a mes vencido, condicionado a la existencia de los fondos pertinentes, siempre que se mantuvieren las condiciones que las generaron o como disponga el H. Consejo Superior. De los requisitos para su otorgamiento ARTICULO 7º: Para aspirar al otorgamiento de una beca el postulante deberá reunir los siguientes requisitos: a) Será alumno activo pleno. b) Cumplir con las condiciones fijadas en el Artículo 4º de acuerdo a la beca a que aspire. c) Cumplimentar el formulario tipo vigente. d) No hallarse bajo bandera al momento de solicitar la beca. Monto de la Beca ARTICULO 8º: Distribuido el presupuesto anual, la Comisión de Beca deberá proponer al H. Consejo Superior la asignación porcentual del mismo entre las distintas clases de becas. En base a ello el H. Consejo Superior establecerá anualmente el estipendio de la beca. De la Comisión de Becas. ARTICULO 9º: Para la determinación y otorgamiento de las clases de becas, excepto la de Iniciación a la Investigación (b.11), se constituirá anualmente una Comisión de Becas, integrada por un docente y un alumno de cada Facultad designados por los respectivos claustros de los Consejos Académicos y un miembro del Consejo Asesor de la Escuela de Minas cuando correspondiere. Integrarán también la Comisión un representante de la Secretaría de Bienestar Universitario, uno de la Secretaría de Asuntos Académicos y uno del Departamento de Servicios Sociales. ARTICULO 10º: En base al estudio y evaluación realizados por el Departamento de Servicios Sociales de la Universidad Nacional de Jujuy, se elevará una propuesta de posibles beneficiarios, a fin de que la misma sea considerada por la Comisión. ARTICULO 11º: La Comisión de Becas tendrá las siguientes funciones: a) Proponer anualmente al H. Consejo Superior, previo informe de Secretaría de Administración, clase, número y monto de Becas a otorgar. b) Analizar la documentación presentada, la que consistirá en antecedentes académicos y el informe final del Departamento de Servicios Sociales. c) La nómina de postulantes beneficiarios será remitida a las distintas Unidades Académicas y respectivos Centros de Estudiantes para ser sometida, durante DIEZ (10) días hábiles a los efectos de realizar las impugnaciones si correspondiere.
4 Los alumnos recusados podrán efectuar el descargo correspondiente en el término de CINCO (5) días hábiles, a partir de la fecha de su notificación. d) Proponer los cambios de clases de becas solicitadas por los beneficiarios, cuando existan hechos que a su criterio lo justifiquen. La Comisión de Becas dará informe anual sobre aquellos remanentes (si los hubiere) del Fondo anual de Becas. Del otorgamiento de las Becas ARTICULO 12º: El otorgamiento de las becas se hará mediante Resolución del Sr. Rector dictada al efecto, la que deberá notificarse al H. Consejo Superior, Secretaría de Asuntos Académicos, Secretaría de Administración, Secretaría de Bienestar Universitario, a las Facultades respectivas y cuando correspondiere a la Escuela de Minas. Disposiciones comunes a aplicar: ARTICULO 13º: El Departamento de Servicios Sociales calificará la Declaración Jurada presentada por el alumno estableciendo el orden de mérito de los postulantes según el resultado de su evaluación y el respectivo informe socioeconómico, los que atenderán a los siguientes puntos: -Núcleo familiar del alumno. -Ingresos del grupo familiar. -Vivienda del grupo familiar. -Zona de residencia de la familia. -Ocupación del jefe de familia y del aspirante a la Beca. -Si el aspirante es casado y si tiene hijos. -Si el aspirante vive en forma independiente del grupo familiar. -Otras situaciones especiales que dificulten el normal desenvolvimiento de sus estudios. -Situación académica del aspirante. La Secretaría de Bienestar Universitario podrá poner a consideración del H. Consejo Superior, otros casos especiales que se presenten de acuerdo a la finalidad de las Becas. El Departamento de Servicios Sociales, deberá presentar el informe a la Comisión de Becas del tipo de evaluación aplicada en la elaboración del orden de mérito de los postulantes. Revocación del beneficiario ARTICULO 14º: Las becas podrán ser revocadas mediante Resolución H. Consejo Superior dictada al efecto, por cualquiera de las siguientes causas: a) Cuando por el término de DOS (2) pagos consecutivos o TRES (3) alternados, el becario no se presentase a percibir, sin causa justa, el importe de la beca. b) Cuando incurriera en falsedad en las Declaraciones Juradas o adulterara datos en la documentación que debe presentar. c) Cuando el alumno sea pasible de una sanción disciplinaria dentro del ámbito de la Universidad Nacional de Jujuy. En el caso del Inciso b) la revocación implicará el reintegro de los importes percibidos indebidamente en un plazo no mayor de TREINTA (30) días a partir de la fecha de su notificación. El alumno que se encuadre en el presente Artículo, quedará imposibilitado de solicitar beca, mientras dure su carrera en la Universidad Nacional de Jujuy. Obligaciones del beneficiario ARTICULO 15º: El beneficiario deberá comunicar a la Secretaría de Bienestar Universitario en el momento de producirse algunas de las siguientes situaciones que serán consideradas por la Comisión de Becas: -Cambio de domicilio. -Enfermedad que pudiera entorpecer la marcha de sus estudios. -Modificación de la situación económica. -Incorporación para prestar servicio militar. -Abandono o suspensión de los estudios. -Finalización de sus estudios.
5 ARTICULO 16º: Los estudiantes que continuaran percibiendo el estipendio de la beca, después de finalizar sus estudios, deberán devolver los importes cobrados indebidamente en las condiciones establecidas en el Artículo 14º. ARTICULO 17º: La beca quedará automáticamente limitada al último día hábil del mes en que el alumno incurra en algunas de las causales establecidas en los Artículos 14º y 15º que implique la revocación de la beca. Renovación de la Beca de Ayuda Económica ARTICULO 18º: La renovación de la Beca de Prosecución de Estudios podrá ser solicitada por aquellos alumnos que hayan aprobado como mínimo CUATRO (4) asignaturas en el período lectivo próximo pasado y cuya situación económica no hubiera mejorado. ARTICULO 19º: El becario que gozare de una beca de Iniciación deberá aprobar como mínimo TRES (3) asignaturas en el período lectivo en que se le fuera concedida, para poder solicitar beca de Prosecución de Estudios, en forma automática. ARTICULO 20º: Solo podrán solicitar Beca de Prosecución de Estudios, sin obtener la renovación DOS (2) años consecutivos o TRES (3) alternados. Cesación de la Beca ARTICULO 21º: La cesación de la Beca será dispuesta por el Sr. Rector con intervención de la Comisión de Becas. Motivan la cesación de la Beca: a) La desaparición o sustancial modificación de las causas que justificaban su otorgamiento. b) El incumplimiento injustificado de las obligaciones que el becario debe satisfacer para mantener el beneficio. (Artículo 7º y 15º que correspondiere). c) El abandono de los estudios. d) Renuncia voluntaria del beneficio. e) Toda otra causa que a juicio del Sr. Rector justifique la cesación. f) Fallecimiento del becario. De las situaciones no previstas ARTICULO 22º: Las situaciones no previstas expresa o implícitamente en este Reglamento serán resueltas por el H. Consejo Superior. tcb
BECAS DE GRADO AYUDANDO A CRECER REGLAMENTO
Fax: int. 1013 BECAS DE GRADO AYUDANDO A CRECER REGLAMENTO 1 REGLAMENTO BECAS DE GRADO AYUDANDO A CRECER otorgadas por COMPAÑÍA MEGA S.A. para alumnos universitarios con alto rendimiento académico, egresados
Más detallesREGLAMENTO DE BECAS DE POSGRADO PARA DOCENTES DE LA UNL TITULO I DISPOSICIONES GENERALES
REGLAMENTO DE BECAS DE POSGRADO PARA DOCENTES DE LA UNL TITULO I DISPOSICIONES GENERALES OBJETIVOS Artículo 1º.- Se denominan Becas de Posgrado para Docentes de la UNL a los estipendios que a título de
Más detallesDe acuerdo a la Ordenanza Nº 261, aprobada por el Honorable Consejo Superior de la UNLP, en su sesión de fecha 26 de noviembre de 2002.
REGLAMENTACION DE LA CARRERA DE DOCTORADO De acuerdo a la Ordenanza Nº 261, aprobada por el Honorable Consejo Superior de la UNLP, en su sesión de fecha 26 de noviembre de 2002. De los títulos y requisitos.
Más detallesNORMATIVA DE RECONOCIMIENTO ACADÉMICO PARA ESTUDIANTES DE INTERCAMBIO EN EL MARCO DEL PROGRAMA SÓCRATES, OTROS PROGRAMAS INTERNACIONALES Y DE
NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO ACADÉMICO PARA ESTUDIANTES DE INTERCAMBIO EN EL MARCO DEL PROGRAMA SÓCRATES, OTROS PROGRAMAS INTERNACIONALES Y DE CONVENIOS BILATERALES El constante incremento que la Universidad
Más detallesReglamento de Becas de Estudio de la Universidad Nacional del Litoral
Reglamento de Becas de Estudio de la Universidad Nacional del Litoral ARTÍCULO 1: OBJETO. La Universidad Nacional del Litoral, otorgará becas para estudiantes de escasos recursos de manera de: - Posibilitar
Más detallesLos ámbitos de aplicación de estas becas corresponden a las áreas académicas de la ESCUELA AGRÍCOLA PANAMERICANA ZAMORANO.
CONVOCATORIA BECAS 2.008 HONDURAS Acuerdo de la Fundació Marfà por el cual se convocan 4 becas para realizar estudios de formación superior universitaria en la UNIVERSIDAD AGRÍCOLA PANAMERICANA ZAMORANO
Más detallesCAPÍTULO II: PROCEDIMIENTO
ORDENANZA REGULADORA DE LAS BASES PARA LA CONCESIÓN DE PRESTACIONES ECONÓMICAS DE PAGO ÚNICO A LOS PADRES Y/O MADRES POR NACIMIENTO O ADOPCIÓN DE HIJO/A CON RESIDENCIA EN ESTE AYUNTAMIENTO. El artículo
Más detallesEL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS AGRARIAS RESUELVE: ARTÍCULO 1.- Modificar el segundo punto del artículo 4º del Reglamento de Práctica
Expte.1617/010 ESPERANZA, 19 de febrero de 2007. VISTO que mediante resolución C.D. nº 276/02 se aprueba el Reglamento de Práctica Profesional Agronómica y que mediante Resoluciones C.D. nºs 293/02; 295/02
Más detallesPROGRAMA DE BECAS DE EXCELENCIA DE LA UNIVERSITAT POLITÈCNICA DE VALÈNCIA (PAID 09 12)
PROGRAMA DE BECAS DE EXCELENCIA DE LA UNIVERSITAT POLITÈCNICA DE VALÈNCIA (PAID 09 12) Convocatoria de Becas de Excelencia 2012 por la Universitat Politècnica de València para recién Titulados de la UPV,
Más detallesANEXO I. Reglamento de Becas de Investigación
ANEXO I Reglamento de Becas de Investigación Título I Disposiciones generales Capítulo I ARTÍCULO 1º.- Objeto El presente reglamento tiene por objeto la regulación del sistema de becas de investigación
Más detallesORDENANZA DE POSTULACIÓN Y OTORGAMIENTO DE BECA DE EXCELENCIA ACADEMICA I.MUNICIPALIDAD DE CALBUCO PARA ESTUDIOS SUPERIORES.
ORDENANZA DE POSTULACIÓN Y OTORGAMIENTO DE BECA DE EXCELENCIA ACADEMICA I.MUNICIPALIDAD DE CALBUCO PARA ESTUDIOS SUPERIORES. DECRETO EXENTO N :10.161.- CALBUCO: 26. OCTUBRE AÑO 2009. ART. 1 : El Concejo
Más detallesREGLAMENTO DE BENEFICIOS EDUCATIVOS PARA SOCIOS DE LA COOPERATIVA DE TELECOMUNICACIONES, SANTA CRUZ LTDA. COTAS LTDA..
REGLAMENTO DE BENEFICIOS EDUCATIVOS PARA SOCIOS DE LA COOPERATIVA DE TELECOMUNICACIONES, SANTA CRUZ LTDA. COTAS LTDA.. Artículo 1º.- Condiciones Generales Cotas Ltda. ha definido realizar un programa de
Más detallesNUEVAS TECNOLOGÍAS. Primera. Objeto.
Convocatoria para la concesión de (4) becas para la formación informática destinadas a informáticos de la provincia de Zaragoza del ejercicio 2016 Primera. Objeto. La Diputación Provincial de Zaragoza
Más detallesUniversidad del Salvador
Anexo I Resolución Decanal Nº 105/10 Universidad del Salvador Facultad de Ciencias de la Administración Especialización en Gestión de Finanzas Reglamento de la Carrera Contenido: Capítulo 1: Consideraciones
Más detallesREGLAMENTO INTERNO QUE REGULA EL OTORGAMIENTO DE BECAS PARA EL AÑO ESCOLAR 2016
REGLAMENTO INTERNO QUE REGULA EL OTORGAMIENTO DE BECAS PARA EL AÑO ESCOLAR 2016 1 2 PRESENTACION El COLEGIO MONTANER DE HUALPEN, en coherencia con su Proyecto Educativo y a la normativa vigente posee un
Más detallesDirección de Recursos Humanos Sección Capacitación
REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE BECAS PARA EL PERSONAL ADMINISTRATIVO Dirección de Recursos Humanos Sección Capacitación 2013 Definiciones Beca: subvención económica que financia estudios del personal administrativo.
Más detallesRESOLUCION C.D. Nº 351/2015 CONCORDIA,
RESOLUCION C.D. Nº 351/2015 CONCORDIA, VISTO la necesidad de la creación de un Reglamento de Concurso para cargos docentes Interinos de la Escuela Secundaria Técnica de la Facultad y el despacho de la
Más detallesAJUNTAMENT D'ONDA 12200 ONDA (CASTELLÓ)
BASES PARA LA CONCESIÓN, POR EL AYUNTAMIENTO DE ONDA, DE 15 BECAS DE FORMACIÓN EN PRÁCTICAS A ESTUDIANTES El objetivo primordial de las presentes bases tiene como finalidad la formación de los estudiantes
Más detallesUNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO SEGURO DE VIDA REGLAMENTO DEL SEGURO DE GRUPO
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO SEGURO DE VIDA REGLAMENTO DEL SEGURO DE GRUPO Artículo 1º. Para la celebración del seguro del Grupo, en los términos del artículo 191 de la Ley sobre el Contrato
Más detallesXXVI CONCURSO DE AYUDAS A LA INVESTIGACIÓN PARA TEMAS MUDÉJARES Y MORISCOS 2015
XXVI CONCURSO DE AYUDAS A LA INVESTIGACIÓN PARA TEMAS MUDÉJARES Y MORISCOS 2015 BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE LAS AYUDAS A LA INVESTIGACIÓN PARA TEMAS MUDÉJARES Y MORISCOS 2015 DEL ORGANISMO AUTÓNOMO
Más detallesIV.1.1. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
IV.1. CONVOCATORIAS DE BECAS DE CARÁCTER GENERAL IV.1.1. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Los alumnos que deseen solicitar beca del Ministerio de Educación Cultura y Deporte, deberán cumplimentar el modelo
Más detallesBECAS DE APOYO PARA LA FINALIZACIÓN DE ESTUDIOS DE POSGRADO EN LA UNIVERSIDAD DE LA REPÚBLICA 2015
BECAS DE APOYO PARA LA FINALIZACIÓN DE ESTUDIOS DE POSGRADO EN LA UNIVERSIDAD DE LA REPÚBLICA 2015 La Comisión Académica de Posgrado de la Universidad de la República otorgará becas de apoyo a estudiantes
Más detallesBASES. 1ª.- El número de becas a conceder será de una, su duración será de seis meses prorrogable por otros seis meses.
CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE UNA BECA DE FORMACIÓN EN CONTROL INTERNO DE LA GESTIÓN ECONÓMICO-FINANCIERA DE LAS ENTIDADES LOCALES, CON DESTINO AL DEPARTAMENTO DE INTERVENCIÓN. BASES 1ª.- El número
Más detallesBECAS DE APOYO PARA LA FINALIZACIÓN DE ESTUDIOS DE POSGRADO EN LA UNIVERSIDAD DE LA REPÚBLICA 2014
BECAS DE APOYO PARA LA FINALIZACIÓN DE ESTUDIOS DE POSGRADO EN LA UNIVERSIDAD DE LA REPÚBLICA 2014 La Comisión Académica de Posgrado de la Universidad de la República otorgará becas de apoyo a estudiantes
Más detallesTodas las becas quedarán sujetas a confirmación en el momento que el alumno apruebe sexto año de liceo.
PROGRAMA GENERAL DE BECAS La Universidad de Montevideo cuenta con un programa de becas concursables para sus carreras de grado al cual pueden postularse aquellos estudiantes que hayan sido admitidos en
Más detallesBECAS DE APOYO PARA LA FINALIZACIÓN DE ESTUDIOS DE POSGRADO EN LA UNIVERSIDAD DE LA REPÚBLICA 2016
BECAS DE APOYO PARA LA FINALIZACIÓN DE ESTUDIOS DE POSGRADO EN LA UNIVERSIDAD DE LA REPÚBLICA 2016 La Comisión Académica de Posgrado de la Universidad de la República convoca a becas de apoyo a estudiantes
Más detallesREGLAMENTO DE ASIGNACIÓN DE BECAS ESCOLARES.
SOCIEDAD EDUCACIONAL COLEGIO SANTA BERNARDITA LTDA. TALCAHUANO COMISIÓN BECAS REGLAMENTO DE ASIGNACIÓN DE BECAS ESCOLARES. Considerando las disposiciones del Decreto con Fuerza de Ley Nº 2, de 1998, del
Más detallesREGLAMENTO DE BECAS IPAL
REGLAMENTO DE BECAS IPAL HACER Y HACER BIEN LAS COSAS Página 1 REGLAMENTO DE BECAS I. INTRODUCCIÓN El presente reglamento tiene como finalidad ayudar a los estudiantes del IPAL que necesiten una subvención
Más detallesSUBVENCIONES PARA LA MOVILIDAD DE ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS SÉNECA Cuaderno del becario
SUBVENCIONES PARA LA MOVILIDAD DE ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS SÉNECA Cuaderno del becario Curso académico 2012-2012 3 Espacio para datos identificativos ÍNDICE 1. INSTRUCCIONES 2. DOCUMENTOS PARA LA GESTION
Más detallesPROGRAMA FUNDACIÓN SEPI INSTITUTO DE CRÉDITO OFICIAL 2012
PROGRAMA FUNDACIÓN SEPI INSTITUTO DE CRÉDITO OFICIAL 2012 BASES DE LA CONVOCATORIA La Fundación SEPI (en adelante, la FUNDACIÓN), de conformidad con los términos del convenio de colaboración de fecha 19
Más detallesRecursos humanos. Rubro: Apoyo a actividades de perfeccionamiento docente
UNIVERSIDAD DE LA REPÚBLICA PRO RECTORADO DE ENSEÑANZA COMISIÓN SECTORIAL DE ENSEÑANZA LLAMADO: Recursos humanos Rubro: Apoyo a actividades de perfeccionamiento docente MODALIDAD : PROYECTOS CONCURSABLES
Más detallesANEXO I REGLAMENTO DE BECAS DE AYUDANTIA DE INVESTIGACIÓN Y COLABORADORES
ANEXO I REGLAMENTO DE BECAS DE AYUDANTIA DE INVESTIGACIÓN Y COLABORADORES TÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1: DENOMINACIÓN Y OBJETIVOS Se denominan Becas de Ayudantía de Investigación a los estipendios
Más detallesESTANCIAS DE MOVILIDAD EN EL EXTRANJERO JOSE CASTILLEJO PARA JOVENES DOCTORES INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA
ESTANCIAS DE MOVILIDAD EN EL EXTRANJERO JOSE CASTILLEJO PARA JOVENES DOCTORES INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA (CONVOCATORIA PUBLICADA EN EL B.O.E. DE 8 DE JUNIO DE 2011) A los organismos de origen de los beneficiarios
Más detallesCAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
REGLAMENTO GENERAL PARA LAS CONVOCATORIAS PÚBLICAS DE BECAS QUE SE IMPLEMENTEN A TRAVÉS DEL PROGRAMA DE FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN PARA EL SECTOR EDUCACIÓN (PROFOR) CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES 1)
Más detallesREGLAMENTO DE LA CARRERA DE INVESTIGADOR CIENTÍFICO Y TECNOLÓGICO
1. ESCALAFON 1.1. CATEGORÍAS ORDINARIAS El escalafón de Investigador Científico y Tecnológico estará compuesto por 5 (cinco) categorías ordinarias, a saber: Investigador Superior: Deberá acreditar una
Más detallesatribuciones de la Junta Académica: REGLAMENTO DE TRABAJOS DE GRADO DE LA FACULTAD DE DISEÑO
REGLAMENTO DE TRABAJOS DE GRADO DE LA FACULTAD DE DISEÑO CAPITULO I DE LOS FINES: Art. 1. La Junta Académica para la realización de los trabajos de grado, tendrá las siguientes finalidades: a) Sugerir
Más detallesRes. 180-08 REGLAMENTO DE BECAS DE AYUDA ECONOMICA PARA ALUMNOS DE LA UNJU
Res. 18008 REGLAMENTO DE BECAS DE AYUDA ECONOMICA PARA ALUMNOS DE LA UNJU SAN SALVADOR DE JUJUY, 10 de setiembre de 2008 VISTO el Expediente S1064/07, mediante el cual la Secretaría de Bienestar Universitario,
Más detallesCONVOCATORIA DE BECAS ACCEDE ESPECÍFICA PARA LOS GRADOS EN EDUCACION INFANTIL Y PRIMARIA.
CONVOCATORIA DE BECAS ACCEDE ESPECÍFICA PARA LOS GRADOS EN EDUCACION INFANTIL Y PRIMARIA. CURSO 2016-2017 1.- Descripción. Becas destinadas a alumnos de nuevo ingreso, matriculados en las titulaciones
Más detallesBecas para Estudiantes Extranjeros en Colombia. Para los interesados, podrán encontrar los requisitos de aplicación a continuación.
Becas para Estudiantes Extranjeros en Colombia La Embajada de Colombia en Turquía tiene el agrado de invitar a la comunidad académica y a los estudiantes de Turquía a postularse en las becas académicas
Más detallesREGLAMENTO SOBRE BECAS AYUDANTÍAS
EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA En uso de la facultad prevista en el numeral 21 del artículo 26 de la Ley de Universidades vigente, dicta el siguiente: REGLAMENTO SOBRE
Más detalles3.5 BECAS A DEPORTISTAS
NORMATIVA DE BECAS A DEPORTISTAS DE LA REAL FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE BILLAR CORRESPODIENTES A LOS RESULTADOS DEPORTIVOS DEL AÑO 2013 PREÁMBULO La necesidad de normativizar las diferentes ayudas que son susceptibles
Más detallesBECAS DE APOYO A DOCENTES PARA ESTUDIOS DE POSGRADO EN LA UNIVERSIDAD DE LA REPUBLICA
BECAS DE APOYO A DOCENTES PARA ESTUDIOS DE POSGRADO EN LA UNIVERSIDAD DE LA REPUBLICA 2016 La Comisión Académica de Posgrado (CAP) de la Universidad de la República convoca a becas de apoyo a docentes
Más detallesBASES BECA DE TRANSPORTE CURSO 2015/16
BASES BECA DE TRANSPORTE CURSO 2015/16 Dentro de la política que está llevando a cabo el Ayuntamiento de Riba-roja de Túria de ayuda y apoyo a las familias de la población que tienen estudiantes, el Ayuntamiento
Más detallesEl Régimen de Becas vigente en la Universidad Blas Pascal; y. Que resulta necesario proceder a un reordenamiento de dicha normativa;
1 VISTO: El Régimen de Becas vigente en la Universidad Blas Pascal; y CONSIDERANDO: Que resulta necesario proceder a un reordenamiento de dicha normativa; Que resulta conveniente introducir nuevas formas
Más detallesREGLAMENTO DE BECAS Y ARANCELES DIFERENCIADOS
REGLAMENTO DE BECAS Y ARANCELES DIFERENCIADOS CONCEPTO Y BENEFICIARIOS DE ARANCEL DIFERENCIADO Y BECAS. Artículo 1º Se entenderá por Arancel Diferenciado, el descuento parcial otorgado por la Universidad
Más detallesBASES REGULADORAS DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA LA CONTRATACIÓN
BASES REGULADORAS DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA LA CONTRATACIÓN CON CARÁCTER TEMPORAL DE UNA PLAZA DE TERAPEUTA OCUPACIONAL A JORNADA COMPLETA EN LA PLANTILLA DE PERSONAL DE LA FUNDACIÓN ELVIRA OTAL.
Más detallesBECAS REGLAMENTO DISPOSICIONES GENERALES
BECAS REGLAMENTO DISPOSICIONES GENERALES Art. 1: Las becas del Programa de Becas de Grado de Fundación Carolina de Argentina se regirán por el presente reglamento. Art. 2: El objetivo del Programa de Becas
Más detallesREGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN GEOGRAFÍA Y GEOMÁTICA
REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN GEOGRAFÍA Y GEOMÁTICA TITULO I De las Normas Generales Artículo 1º El presente Reglamento establece las disposiciones generales y normas para la administración académica
Más detallesCICI Servicio de Información
BOLETIN OFICIAL Nº 32665 24 de junio de 2013 MINISTERIO DE SALUD Resolución Nº 673/2013 Bs. As., 14/6/2013 VISTO el Expediente 2002-5591-13-0 del MINISTERIO DE SALUD, el Decreto Nº 1286 del 9 de septiembre
Más detallesCONFIAR COOPERATIVA FINANCIERA POLITICAS Y REGLAMENTO PARA LA APLICACIÓN DE FONDOS DE EDUCACIÓN FORMAL
CONFIAR COOPERATIVA FINANCIERA POLITICAS Y REGLAMENTO PARA LA APLICACIÓN DE FONDOS DE EDUCACIÓN FORMAL BECAS PARA ESTUDIOS SUPERIORES Y PROYECTOS ESPECIALES El presente documento recoge los criterios y
Más detallesCOLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS DE TACNA COMITÉ DE AUDITORÍA REGLAMENTO PARA EL EJERCICIO DE LA AUDITORÍA INDEPENDIENTE Y SERVICIOS RELACIONADOS
COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS DE TACNA COMITÉ DE AUDITORÍA REGLAMENTO PARA EL EJERCICIO DE LA AUDITORÍA INDEPENDIENTE Y SERVICIOS RELACIONADOS El Consejo Directivo del Colegio de Contadores Públicos de
Más detallesPROGRAMA de APOYO a RECURSOS HUMANOS
PROGRAMA de APOYO a RECURSOS HUMANOS APOYO PARA ACTIVIDADES DE PERFECCIONAMIENTO DOCENTE Tercera Convocatoria 2015 1. Caracterización La Comisión Sectorial de Enseñanza llama a aspirantes para el programa
Más detallesBASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES POR EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE PIZARRA EN MATERIA DE DEPORTES. PREÁMBULO
BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES POR EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE PIZARRA EN MATERIA DE DEPORTES. PREÁMBULO El Ayuntamiento de Pizarra reconoce al movimiento asociativo como el conjunto de
Más detallesCONVOCATORIA DE AYUDAS ECONÓMICAS PARA ESTUDIANTES CON NECESIDADES ESPECIALES POR CAUSA DE DISCAPACIDAD CURSO 2013-14
CONVOCATORIA DE AYUDAS ECONÓMICAS PARA ESTUDIANTES CON NECESIDADES ESPECIALES POR CAUSA DE DISCAPACIDAD CURSO 2013-14 El compromiso de la Universidad Carlos III de Madrid en la integración de las personas
Más detallesREGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN CIENCIAS DE LA ADMINISTRACION
PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CHILE ESCUELA DE ADMINISTRACIÓN REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN CIENCIAS DE LA ADMINISTRACION 2009 REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN CIENCIAS DE LA ADMINISTRACION
Más detallesNORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA EVALUACION DE LA CALIDAD DE LOS PROGRAMAS DE POSTGRADO
NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA EVALUACION DE LA CALIDAD DE LOS PROGRAMAS DE POSTGRADO El presente documento se basa en la Guía de Normas y Procedimientos de la Comisión Nacional de Acreditación (CNA)
Más detalles3. Duración El periodo de disfrute de las becas se extenderá desde el 5 de septiembre de 2016 al 30 de junio de 2017.
CONVOCATORIA DE BECAS DE EXCELENCIA QUEVEDO DE RESIDENCIA PARA ESTUDIOS DE GRADO EN LA UNIVERSIDAD DE ALCALÁ, CURSO 2016/2017 La Universidad de Alcalá convoca 30 Becas de Excelencia Quevedo dirigidas a
Más detallesREGLAMENTO DE BECAS TEGUCIGALPA, M.D.C., JUNIO DE 2013
REGLAMENTO DE BECAS TEGUCIGALPA, M.D.C., JUNIO DE 2013 Universidad "José Cecilio del Valle" Colonia Humuya, Avenida Altiplano, Calle Poseidón, Tegucigalpa M. D. C., Honduras C. A. Apartado Postal 917 TGU
Más detallesBASES DEL AYUNTAMIENTO DE L ALCORA PARA LA CONCESIÓN DE 2 BECAS DE FORMACIÓN EN EL EJERCICIO 2015
BASES DEL AYUNTAMIENTO DE L ALCORA PARA LA CONCESIÓN DE 2 BECAS DE FORMACIÓN EN EL EJERCICIO 2015 BASE PRIMERA. Objeto y número de becas. El objeto de la presente convocatoria es la concesión de hasta
Más detallesReglamento de Tesina de la carrera Licenciatura en Biotecnología
Reglamento de Tesina de la carrera Licenciatura en Biotecnología Art. 1. Objetivo La realización de la Tesina y su aprobación es el último requisito académico para la obtención del título de Licenciado/a
Más detallesReglamento Interno. Programa de Pregrado. Universidad Externado de Colombia Facultad de Administración de Empresas
Reglamento Interno Programa de Pregrado Universidad Externado de Colombia Facultad de Administración de Empresas C O N T E N I D O CAPÍTULO I De la Organización... 5 CAPÍTULO II Matrícula... 6 CAPÍTULO
Más detallesBASES REGULADORAS DE LAS BECAS DE COLABORACIÓN EN PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE VALLADOLID BASE I. OBJETO Y MODALIDADES.
BASES REGULADORAS DE LAS BECAS DE COLABORACIÓN EN PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE VALLADOLID (Aprobado en Consejo de Gobierno de 29 de noviembre de 2005, BOCYL, nº 242, de 19 de diciembre,
Más detallesREGLAMENTO DEL SISTEMA DE UNIDADES VALORATIVAS Y DE COEFICIENTE DE UNIDADES DE MERITO EN LA UNIVERSIDAD DE EL SALVADOR
REGLAMENTO DEL SISTEMA DE UNIDADES VALORATIVAS Y DE COEFICIENTE DE UNIDADES DE MERITO EN LA UNIVERSIDAD DE EL SALVADOR ACUERDO No. 45/2001-2003 (VI) LA ASAMBLEA GENERAL UNIVERSITARIA DE LA UNIVERSIDAD
Más detallesUNIVERSIDAD DE BURGOS
NORMAS DE MATRÍCULA DE GRADO, MÁSTER Y 1 er y 2º CICLO AÑO ACADÉMICO 2016-17 Índice I. NORMAS GENERALES DE MATRÍCULA. 1. Tipos de matrícula 2. Modificaciones de matrícula 3. Anulación de matrícula 4. Trabajos
Más detallesReglamento CAPÍTULO I - DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO II - CATEGORÍAS DE BECAS
Reglamento CAPÍTULO I - DISPOSICIONES GENERALES Art. 1. La Universidad Autónoma de Asunción (UAA), institución sin fines de lucro, comprometida con la sociedad paraguaya en la formación de recursos humanos
Más detallesREGLAMENTO DE INTERNADO PARA ESTUDIANTES DE MEDICINA HUMANA
REGLAMENTO DE INTERNADO PARA ESTUDIANTES DE MEDICINA HUMANA G. I DE SU NATURALEZA ARTICULO 1. El presente Reglamento contiene las disposiciones académicas y administrativas del internado de medicina de
Más detallesAsunto: convocatoria de empresas privadas de la provincia de Pontevedra para participar en el II Plan de práctica laboral de la Diputación 2013
Asunto: convocatoria de empresas privadas de la provincia de Pontevedra para participar en el II Plan de práctica laboral de la Diputación 2013 La Diputación de Pontevedra ha previsto poner en marcha un
Más detallesCAPITULO I: DISPOSICIONES GENERALES.
ORDENANZA REGULADORA PARA LA CONCESION DE AYUDAS ECONÓMICAS POR NACIMIENTO DE HIJO O ADOPCIÓN DE MENORES QUE SE EMPADRONEN EN EL TERMINO MUNICIPAL DE TORREBLACOPEDRO. Artículo 1. Objeto. CAPITULO I: DISPOSICIONES
Más detallesQue a fs. 16/22 de autos la Comisión de Asuntos Académicos aconseja aprobar lo solicitado. DICTAMEN C.A.A.Nº 096/15.
SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 de setiembre de 2015 VISTO el Expediente S - 1507/2015 mediante el cual la Secretaría de Asuntos Académicos de esta Universidad, solicita modificación del REGLAMENTO DE INGRESO
Más detallesPLAN DE AYUDAS A COLEGIADOS/AS 2015
PLAN DE AYUDAS A COLEGIADOS/AS 2015 PLAN DE AYUDAS PARA COLEGIADOS/AS 2015 1. INTRODUCCIÓN Con este sistema de ayudas, se quiere prestar un servicio a todos los colegiados/as que así lo soliciten. El Colegio
Más detallesAYUNTAMIENTO DE MONTEALEGRE DEL CASTILLO
AYUNTAMIENTO DE MONTEALEGRE DEL CASTILLO BASES DE CONVOCATORIA DE PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN POR EL SISTEMA DE CONCURSO, PARA LA CONTRATACION TEMPORAL POR UN MES, DE UN ARQUEOLOGO, UN TECNICO DE SISTEMAS
Más detallesREGLAMENTO DE BECAS COOPEUCH HIJOS DE SOCIOS
REGLAMENTO BECAS COOPEUCH LTDA. -------------------------- REGLAMENTO DE BECAS COOPEUCH HIJOS DE SOCIOS I. DE LA CONVOCATORIA ARTÍCULO 1 La Cooperativa del Personal de la Universidad de Chile (Coopeuch
Más detallesUNIVERSIDAD SALVADOREÑA ALBERTO MASFERRER USAM REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE MAESTRÍA CONSIDERANDO:
UNIVERSIDAD SALVADOREÑA ALBERTO MASFERRER USAM REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE MAESTRÍA CONSIDERANDO: 1) Que el Art. 17 del Reglamento General de la Ley de Educación Superior establece la facultad para
Más detallesREGLAMENTO PROGRAMA DE MAGISTER EN ASENTAMIENTOS HUMANOS Y MEDIO AMBIENTE MHM. TITULO I De las Normas Generales
REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGISTER EN ASENTAMIENTOS HUMANOS Y MEDIO AMBIENTE MHM TITULO I De las Normas Generales Artículo 1º El presente Reglamento establece las disposiciones generales y normas para la
Más detallesLineamientos del Programa de Becas de Grado para la Excelencia Académica de INTEL ASDC. Becas 2010
Lineamientos del Programa de Becas de Grado para la Excelencia Académica de INTEL ASDC Becas 2010 1. MISIÓN DEL PROGRAMA... 3 2. OBJETIVOS DEL PROGRAMA... 3 3. ESTRUCTURA DE LAS BECAS... 3 4. COMUNICACIÓN
Más detallesIES Ginés Pérez Chirinos IMPORTANTE INFORMACIÓN ADMINISTRATIVA BÁSICA PARA CICLOS FORMATIVOS
IMPORTANTE INFORMACIÓN ADMINISTRATIVA BÁSICA PARA CICLOS FORMATIVOS 1. ANULACIÓN DE MATRICULA (Resolución de 3 de septiembre de 2012 de la Dirección General de Formación Profesional y Educación de Personas
Más detallesREGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN DESARROLLO URBANO - MDU. TITULO I De las Normas Generales
REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN DESARROLLO URBANO - MDU TITULO I De las Normas Generales Artículo 1º El presente Reglamento establece las disposiciones generales y normas para la administración académica
Más detallesREGLAMENTA EL ACCESO A LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE AVELLANEDA DE ASPIRANTES MAYORES DE 25 AÑOS.
REGLAMENTA EL ACCESO A LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE AVELLANEDA DE ASPIRANTES MAYORES DE 25 AÑOS. VISTO Lo establecido por los artículos, 1 y 6 de la Ley 26543, de creación de la Universidad Nacional de Avellaneda
Más detallesB A S E S D E L A C O N V O C A T O R I A
RESOLUCIÓN RECTORAL DE 2 DE NOVIEMBRE DE 2010 POR LA QUE SE CONVOCA UNA BECA DE FORMACIÓN (INFORMATICA) EN EL CONSEJO SOCIAL DE LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA. La Universidad de Sevilla, como Administración
Más detallesRESOLUCION DE 5 DE AGOSTO DE 2002, DEL INSTITUTO DE ESTUDIOS FISCALES, POR LA QUE SE CONVOCAN CINCO BECAS DE FORMACIÓN DE PERSONAL INVESTIGADOR
RESOLUCION DE 5 DE AGOSTO DE 2002, DEL INSTITUTO DE ESTUDIOS FISCALES, POR LA QUE SE CONVOCAN CINCO BECAS DE FORMACIÓN DE PERSONAL INVESTIGADOR El Real Decreto 63/2001 de 26 de enero, por el que se aprueba
Más detallesCorporación Vitivinícola Argentina Asociación Ad Hoc de IDi. Apoyo a la formación de Recursos Humanos
Corporación Vitivinícola Argentina Asociación Ad Hoc de IDi Apoyo a la formación de Recursos Humanos Reglamento de Becas de Investigación Científica y Tecnológica Artículo 1. DENOMINACION Se denominan
Más detallesORDENANZA REGULADORA DE LAS AYUDAS ECONOMICAS DE CARÁCTER SOCIAL A CONCEDER A PERSONAS FÍSICAS.
ORDENANZA REGULADORA DE LAS AYUDAS ECONOMICAS DE CARÁCTER SOCIAL A CONCEDER A PERSONAS FÍSICAS. ARTICULO 1º. DEFINICIÓN Y OBJETIVOS. 1º.- Se considera ayudas económicas de carácter social las que concede
Más detallesDirigido a personas creativas que quieran. emprender una actividad empresarial en. Cáceres.
Dirigido a personas creativas que quieran emprender una actividad empresarial en Cáceres. AYUNTAMIENTO DE CÁCERES Noviembre 2010 BASE REGULADORA DE LA II EDICIÓN DEL PROGRAMA DE IDEAS EMPRENDEDORAS JUSTIFICACIÓN
Más detallesREGLAMENTO DE BECAS TITULO I DEFINICIONES. Para todos los efectos de este Reglamento, deberán considerarse las siguientes definiciones:
REGLAMENTO DE BECAS El Reglamento de Becas es un documento normativo que establece los procedimientos y condiciones para la postulación y/o asignación de las becas internas de la Universidad SEK. Artículo
Más detallesREGLAMENTO DE BECAS DE FINANCIAMIENTO COMPARTIDO COLEGIO CRISTIANO CONOSUR
REGLAMENTO DE BECAS DE FINANCIAMIENTO COMPARTIDO COLEGIO CRISTIANO CONOSUR El Colegio Cristiano Conosur, consciente de las necesidades económicas que afectan a la comunidad escolar y de acuerdo con las
Más detallesREGLAMENTO PARA OTORGAR BECAS DE ESTUDIO AL PERSONAL DE LA UNIVERSIDAD
REGLAMENTO PARA OTORGAR BECAS DE ESTUDIO AL PERSONAL DE LA UNIVERSIDAD Capitulo I Disposiciones Generales Artículo1.- La Universidad Tecnológica de la Costa, por el presente ordenamiento establecerá y
Más detallesANEXO III CONTROL DE ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD, INCORPORACIONES Y CESES DEL PROFESORADO
RESOLUCIÓN N.º DE LA VICECONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES POR LA QUE SE DICTAN INSTRUCCIONES PARA IMPULSAR DURANTE EL CURSO 2015-2016 EL PROCESO DE MEJORA CONTINUA EN LOS CENTROS DOCENTES PÚ- BLICOS
Más detallesConvocatoria 2015 XI Convocatoria de becas para la formación de especialistas en el diagnostico y prevención de la lepra.
CONVOCATORIA Se convocan Becas para la formación de especialistas en el diagnóstico y tratamiento de la lepra, por la Fundación San Lázaro a través del de la Orden Militar y Hospitalaria de San Lázaro
Más detallesBASES PARA LA CONCESIÓN DE 19 BECAS DE FORMACIÓN POR EL AYUNTAMIENTO DE UTIEL EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE LA DIPUTACIÓN DE VALENCIA LA DIPU TE BECA.
BASES PARA LA CONCESIÓN DE 19 BECAS DE FORMACIÓN POR EL AYUNTAMIENTO DE UTIEL EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE LA DIPUTACIÓN DE VALENCIA LA DIPU TE BECA. BASE PRIMERA. OBJETO Y NÚMERO DE BECAS. El objeto de
Más detalles/ 5 ORDENANZA SOBRE BECAS Y AYUDAS PARA ESTUDIOS ESPECIALES
1 REPÚBLICA DE VENEZUELA ESTADO CARABOBO CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO GUACARA El Concejo Municipal del Municipio Guacara del Estado Carabobo, en ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley
Más detallesBASE PRIMERA. OBJETO Y NÚMERO DE BECAS.
BASES PARA LA CONCESIÓN DE 7 BECAS DE FORMACIÓN POR EL AYUNTAMIENTO DE VILLAR DEL ARZOBISPO EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE LA DIPUTACIÓN DE VALENCIA LA DIPU TE BECA. El objetivo primordial de las presentes
Más detallesResolución Nº 343-2014-CU-R-UNS Del 18 junio 2014 REGLAMENTO DE MATRICULA
Resolución Nº 343-2014-CU-R-UNS Del 18 junio 2014 REGLAMENTO DE MATRICULA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SANTA Escuela de Postgrado REGLAMENTO DE MATRÍCULA CAPÍTULO I FIN Y MARCO LEGAL Art. 1º El presente Reglamento
Más detallesORDENANZA ESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO DE LA ESCUELA DE POSTGRADO Y EDUCACIÓN CONTINUA DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA
Nº 1-3-015-02-2013 Aprobada en: 31ª Sesión Ordinaria del Consejo Directivo Fecha: 28/5/13 ORDENANZA ESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO DE LA ESCUELA DE POSTGRADO Y EDUCACIÓN CONTINUA DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA
Más detallesUNIVERSIDAD AUTÓNOMA CHAPINGO
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA CHAPINGO DIRECCIÓN GENERAL ACADÉMICA DEPARTAMENTO DE INTERCAMBIO ACADÉMICO Y ASUNTOS INTERNACIONALES REGLAMENTO DE INTERCAMBIO ACADÉMICO DE ESTUDIANTES CHAPINGO, MÉXICO, NOVIEMBRE
Más detallesPor ello, LA COMISIÓN NACIONAL DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN UNIVERSITARIA RESUELVE:
1 RESOLUCIÓN N : 539/15 ASUNTO: Acreditar la carrera de Especialización en Inmunología y Alergia, del Instituto Universitario Italiano de Rosario, Escuela de Medicina, Centro Formador Sanatorio Británico,
Más detallesRecursos humanos. Rubro: Apoyo a la formación en posgrados en el exterior
UNIVERSIDAD DE LA REPÚBLICA PRO RECTORADO DE ENSEÑANZA COMISIÓN SECTORIAL DE ENSEÑANZA LLAMADO: Recursos humanos Rubro: Apoyo a la formación en posgrados en el exterior MODALIDAD : PROYECTOS CONCURSABLES
Más detallesdisfrutase de gratuidad por norma legal o convencional, en los siguientes supuestos:
Asiento: Asiento: R-XXX/2012 R-615/2013 Fecha-Hora: 29/07/2013 01/01/2012 09:58:20 12:00:00 En esta zona de la página se autorellena el asiento, la fecha-hora y el objeto de la resolución. RESOLUCIÓN DEL
Más detallesREGLAMENTO SOBRE PROGRAMAS INTERNACIONALES DE MOVILIDAD DE ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD PÚBLICA DE NAVARRA
REGLAMENTO SOBRE PROGRAMAS INTERNACIONALES DE MOVILIDAD DE ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD PÚBLICA DE NAVARRA (Aprobado en sesión de Junta de Gobierno de 3 de julio de 2001. Modificado en sesión de Consejo
Más detallesLineamientos de Educación Profesional a Distancia de la Universidad Autónoma del Estado de México
Lineamientos de Educación Profesional a Distancia de la Universidad Autónoma del Estado de México OFICINA DEL ABOGADO GENERAL LINEAMIENTOS DE EDUCACIÓN PROFESIONAL A DISTANCIA DE LA UAEM CAPÍTULO I DE
Más detallesEL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Aprueban el Reglamento de Apertura, conversión, traslado o cierre de oficinas, uso de locales compartidos, cajeros automáticos y cajeros corresponsales RESOLUCIÓN SBS Nº 6285-2013 Lima, 18 de octubre de
Más detalles