Sen. Gabriela Cueva Barron Presidenta de la Delegación Permanente del Congreso mexicano ante la Unión Interparlamentaria

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1 COMUNICACIÓN DIRIGIDA AL PRESIDENTE DE LA UNIÓN INTERPARLAMENTARIA Sr. Saber Chowdhury Presidente de la Unión Interparlamentaria Ciudad de México, a 30 de septiembre de 2015 Estimado Sr. Presidente: Conforme a las disposiciones relativas al Reglamento de la Unión Interparlamentaria, en particular al artículo 11.1 del Reglamento de la Asamblea, tenemos el honor de presentar la solicitud de inclusión de un punto de urgencia en la agenda de la 133 Asamblea de la UIP, que tendrá lugar en Ginebra, Suiza, del 17 al 21 de octubre de 2015, titulado: La protección a los derechos humanos en la lucha contra el terrorismo y el combate al extremismo violento. Adjunto encontrarán un breve memorándum explicativo, así como un proyecto de resolución sobre el alcance del tema. Sin otro particular, Sr. Presidente, y agradeciendo de antemano su apoyo para la inclusión de este punto de urgencia, le extendemos un cordial saludo. Sen. Gabriela Cueva Barron Presidenta de la Delegación Permanente del Congreso mexicano ante la Unión Interparlamentaria 1

2 LA PROTECCIÓN A LOS DERECHOS HUMANOS EN LA LUCHA CONTRA EL TERRORISMO Y EL COMBATE AL EXTREMISMO VIOLENTO Memorando explicativo presentado por la delegación de México La delegación parlamentaria de los Estados Unidos Mexicanos ante la Unión Interparlamentaria propone la inclusión de un punto de urgencia en el orden del día de la 133 Asamblea, intitulado La protección a los derechos humanos en la lucha contra el terrorismo y el combate al extremismo violento, por los motivos expuestos a continuación. La proliferación de grupos de extremistas violentos que cometen actos de terrorismo representa un tema que apela a las preocupaciones de la comunidad internacional en su conjunto en tanto constituye una de las principales amenazas a la paz y seguridad internacionales hoy en día. En este sentido, conviene recordar que anteriormente se han presentado otros puntos de urgencia, particularmente en el marco de la 132 Asamblea de la UIP, con el objetivo de abordar el papel de los parlamentos y de esta organización frente a las actividades de grupos terroristas como Boko Haram y el Estado Islámico y que, debido a lo anterior, la UIP ha decidido adoptar un enfoque más proactivo respecto a este tema. En vista de lo anterior se prevé que en 2016 la 134 Asamblea adopte una resolución encaminada a fortalecer la cooperación en la lucha contra el terrorismo. A su vez, las acciones emprendidas por los Estados en la lucha contra el terrorismo y el extremismo violento han tenido importantes repercusiones para la población civil que, en determinados casos, han llegado a ser incluso mortales como fue el caso de los ocho turistas mexicanos fallecidos en el desierto egipcio de Al-Wahat el 13 de septiembre pasado al ser confundidos, de acuerdo con lo informado por el Ministerio del Interior egipcio, con terroristas perseguidos por una fuerza conjunta de la policía y el Ejército de ese país. Este desafortunado evento recuerda muchos otros donde a partir de las acciones gubernamentales contra el terrorismo, las bajas civiles han proliferado. Adicionalmente, se ha abordado ya en distintas resoluciones de la Asamblea General e Informes del Secretario General de la Organización de las Naciones Unidas lo relativo a las consecuencias negativas para los derechos humanos y el derecho humanitario de ciertos desarrollos tecnológicos y su uso en conflictos armados. De acuerdo con el Relator Especial de la ONU sobre los derechos humanos en la lucha contra el terrorismo, el 40% de las muertes de civiles ocasionadas por ataques aéreos de fuerza pro-gubernamentales en Afganistán fueron causadas por aeronaves teledirigidas, conocidas como drones. Tomando en cuenta lo anterior, la delegación parlamentaria de los Estados Unidos Mexicanos busca que la UIP adopte un enfoque con el cual las medidas adoptadas por los Estados, en el combate al terrorismo y la cooperación internacional para dicho fin, se apeguen a las obligaciones que les incumben en virtud del derecho internacional de los derechos humanos y el derecho internacional humanitario. 2

3 LA PROTECCIÓN A LOS DERECHOS HUMANOS EN LA LUCHA CONTRA EL TERRORISMO Y EL COMBATE AL EXTREMISMO VIOLENTO Proyecto de resolución presentado por la delegación de México para ser presentada como un punto de urgencia La 133 Asamblea de la Unión Interparlamentaria, (1) Reiterando que los Estados deben velar por que las medidas encaminadas a combatir al terrorismo se apeguen a las obligaciones que emanan del derecho internacional, en particular el derecho internacional de los derechos humanos, el derecho internacional de los refugiados, y el derecho internacional humanitario, (2) Advirtiendo que las disposiciones del derecho internacional humanitario obligan a cada una de las partes involucradas en un conflicto a distinguir, en toda circunstancia, entre civiles y combatientes, así como entre objetivos civiles y objetivos militares, (3) Condenando enérgicamente todos los actos, métodos y prácticas terroristas por considerarlos criminales e injustificables, así como el financiamiento de dichas actividades, (4) Destacando que, como menciona la resolución 1963 (2010) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, la protección de los derechos humanos y la implementación de medidas eficaces en la lucha contra el terrorismo no son excluyentes, sino propósitos complementarios que se refuerzan mutuamente, (5) Recordando que, en su 28ª sesión el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, y a través de un Comunicado Conjunto con 77 países, incluido México, este organismo internacional se manifestó sobre la necesidad de que cualquier medida contra el extremismo violento debe velar por la aplicación del Pilar 4 de la Estrategia Global de las Naciones Unidas contra el Terrorismo, es decir la promoción y protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales, así como el debido proceso y el estado de derecho, (6) Expresando su preocupación ante el surgimiento de nuevos grupos terroristas y expresiones de extremismo violento, así como por la amenaza a la paz y seguridad internacionales que los abusos y violaciones a derechos humanos perpetrados por estas nuevas formas delictivas representan, (7) Considerando con gran preocupación que los actos indiscriminados de terrorismo siguen causando dolor y sufrimiento a personas inocentes en todo el mundo, (8) Tomando nota de que el turismo mundial aumenta significativamente en todo el mundo y que el tema de seguridad es vital para que cada persona emprenda actividades turísticas, (9) Reconociendo la existencia de la Estrategia Mundial contra el Terrorismo de 2006, uno de cuyos objetivos medulares es velar por el respeto y la defensa a los derechos humanos en la lucha contra el terrorismo, (10) Reconociendo las iniciativas para discutir el tema a nivel internacional como la Primera Conferencia Internacional sobre el Mundo en contra de la Violencia y el 3

4 Extremismo y el foro Hacia una Estrategia Árabe Integral de Lucha contra el Extremismo, (11) Reafirmando que las medidas implementadas por los Estados en la lucha contra el terrorismo y el combate al extremismo violento deben cumplir en todo momento con los principios de necesidad y proporcionalidad, (12) Recordando que la Unión Interparlamentaria se define en sus estatutos como un organismo que contribuye a la defensa y promoción de los derechos humanos, cuyo respeto es un factor esencial de la democracia parlamentaria y el desarrollo, y que debe contribuir a la protección y reparación de los derechos humanos cuando éstos se encuentran en situación de riesgo, (13) Considerando que una de las ramas de cooperación directa que la UIP tiene con el sistema de Naciones Unidas es la de los derechos humanos a fin de que los parlamentarios sean más conscientes de las normas internacionales en la materia y puedan encauzar su trabajo legislativo hacia su defensa y promoción, 1. Condena cualquier acto de violación a los derechos humanos de civiles víctimas de la violencia causada por actos terroristas, así como por las acciones gubernamentales para su combate, 2. Manifiesta su más enérgico repudio al grave incidente por el que perdieron la vida y resultaron heridos turistas mexicanos en el desierto egipcio de Al-Wahat, transmite sus condolencias a los familiares de las víctimas y exhorta a las autoridades egipcias a realizar una investigación exhaustiva que esclarezca lo ocurrido, determine responsabilidades, repare el daño a las víctimas y formule garantías de no repetición, 3. Recomienda a las Naciones Unidas incluir a las personas que son víctimas de la lucha contra el terrorismo, y no sólo de actos terroristas, en sus acciones de solidaridad con las víctimas, 4. Exhorta a la Organización Mundial del Turismo señalar todas las ocasiones en las que turistas de todas las nacionalidades y en todo el mundo sean víctimas de violaciones de derechos humanos producto no sólo de actos terroristas sino de las actividades para su combate al terrorismo, 5. Llama a los parlamentos a que exhorten a sus gobiernos, Estados Miembros de Naciones Unidas, a colaborar con el Equipo Especial de la ONU sobre la Ejecución de la Lucha contra el Terrorismo, específicamente con información sobre asistencia a víctimas, mecanismos de justicia penal y mecanismos de colaboración con otras organizaciones, 6. Convoca a los parlamentarios nacionales a vigilar la efectiva implementación del Plan de Acción Integral de las Naciones Unidas para Prevenir el Extremismo Global, que será sometido, a finales de este año, por el Secretario General de la 4

5 ONU a la consideración de la Asamblea General y que contendrá importantes recomendaciones, según lo ha anunciado el propio Secretario General, para la prevención de factores de riesgo y el establecimiento de un marco jurídico, administrativo y normativo para evitar abusos a nombre del contraterrorismo, 7. Insta a los parlamentos a apoyar la labor de procedimientos especiales, como el Relator Especial del Consejo de Derechos Humanos sobre la protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales en la lucha contra el terrorismo, 8. Exhorta a los parlamentos a realizar una revisión de sus procedimientos, prácticas y legislación con el fin de que las acciones de inteligencia y los operativos policiacos y militares contra el extremismo violento respeten las normas torales del derecho internacional de los derechos humanos y el derecho internacional humanitario, 9. Expresa su preocupación ante las muertes de civiles ocasionadas por aviones no tripulados, entre otras tecnologías que pueden resultar lesivas de los derechos de los no beligerantes o bien que pueden dar lugar a un uso indiscriminado de las mismas en la confrontación al terrorismo, y destaca la importancia de que los Estados velen por que el uso de que las mismas se apegue a las obligaciones que les corresponden de conformidad con el derecho internacional, 10. Invita a los Parlamentos Nacionales a exhortar a sus gobiernos a incluir en las negociaciones relativas al proyecto de convenio general sobre el terrorismo internacional la obligación de respetar los derechos humanos en el combate al terrorismo así como a promover la presentación de resoluciones que atiendan estas preocupaciones en el seno de la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas, 11. Hace votos por que en la resolución que será adoptada en el marco de la 134 Asamblea de la UIP en 2016 se incorpore el vínculo entre la defensa y protección de los derechos humanos y la lucha contra el terrorismo, así como la importancia de que las acciones implementadas por los Estados en el combate al extremismo violento se apeguen a las obligaciones emanadas del derecho internacional de los derechos humanos, el derecho internacional de los refugiados, y el derecho internacional humanitario. 5

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