REGLAMENTO FONDO DE SOLIDARIDAD FONCHALVER

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1 REGLAMENTO Por el cual se reglamenta el COMITÉ DE SOLIDARIDAD del FONDO DE EMPLEADOS DE LABORATORIOS CHALVER FONCHALVER 1. Que el principio de solidaridad humana se inspira fundamentalmente en el sistema de Fondos Especiales. 2. Tanto las leyes colombianas sobre los fondos de Empleados como la ley vigente determinan un porcentaje mínimo tomado de los excedentes para formación del Fondo de Solidaridad. ARTICULO 1ro. OBJETIVOS El Fondo de Solidaridad tiene como finalidad auxiliar, colaborar, ayudar en parte o totalmente a los asociados a Fonchalver principalmente y a sus familiares, en caso de comprobada y verdadera calamidad a través del Comité de Solidaridad también se entiende por solidaridad cualquier ayuda que se pueda prestar al asociado en algún beneficio personal. en las modalidades y conforme lo establece el presente reglamento. 1. Auxilio Funerario 1 Brindar un Auxilio a un familiar del Asociado, en caso de muerte de este Conyugue / Compañero(a) Padres Hijos 2. Auxilio Funerario 2 Brindar un Auxilio al Asociado en caso de fallecimiento de un familiar: Conyugue / Compañero (a) Padres Hijos - 1 -

2 3. Auxilio Medico Auxiliar al asociado en caso de incurrir en gastos médicos (Exámenes, procedimientos y medicamentos), que la EPS no cubra y que el asociado no este en capacidad de cumplir, para acceder a este auxilio es necesario adjuntar a la Carta de Solicitud de Auxilio todos los soportes pertinentes, como Facturas, Cuentas de Cobro, recibos, pagares, y demas documentos que soporten lo solicitado. Este Auxilio se podrá extender a los familiares del asociado dependiendo del criterio del Comité de Solidaridad. 4. Auxilio de Calamidad Domestica Brindar un Auxiliar al Asociado en caso de calamidad domestica grave Desastres Naturales Incendio Inundación Siempre y cuando estos desastres afecten el lugar donde este habitando el Asociado 5. Auxilio de Casos Especiales * Propuestas * Tarjeta de Cumpleaños al Asociado. * Bono por Graduación del Asociado (Bachiller, Universitario, Diplomado) * Kit Escolar (2 Cuadernos, 1 Lápiz, 2 Esferos, 1 Borrador) En asocio con el Comité de Educación Este auxilio se planteo para ser estudiado dependiendo de la partida inicial de Presupuesto otorgado para este comité. Para acceder a un Auxilio el Asociado debera enviar una Carta Al comité de Solidaridad, o la Gerencia de Fonchalver, detallando la situacion en la cual se encuentra y aclarando el destino del auxilio que solicita, adjuntando para todo caso facturas de los gastos incurridos. ARTICULO 2do. CONFORMACION DEL COMITÉ El Comité a partir del año 2007 y hasta nueva actualización estará integrado por cuatro (4) miembros principales elegidos por la Junta Directiva de FONCHALVER. A - 2 -

3 los cuales la Junta Directiva delega la responsabilidad de estudiar, analizar y autorizar cada asunto que allí llegue. ARTICULO 3ro. PERIODO Los integrantes del Comité de Solidaridad designados serán elegidos o reelegidos por un periodo de un (1) año y podrán ser removidos total o parcialmente a juicio de la Junta Directiva siempre y cuando se compruebe un mal manejo de los Fondos otorgados al Comite. ARTICULO 4to. REUNIONES El comité de Solidaridad se reunirá una vez al mes o cuando lo convoque el coordinador, el Gerente de Fonchalver o el Presidente de la Junta Directiva. ARTICULO 5to. FUNCIONES Son funciones del Comité de Solidaridad: 1. Elegir el Coordinador y Secretario del Comité. 2. Evaluar cada caso de forma objetiva y verificar los documentos de comprobación presentados 3. Aprobar los auxilios y su cuantía mediante acta debidamente referenciada, previa presentación de todos los documentos exigidos. 4. Informa a la Junta Directiva o al Gerente de Fonchalver según sea el caso, las irregularidades observadas o comprobadas en los tramites de solicitud de los asociados 5. Controlar los recursos asignados al Fondo de Solidaridad - 3 -

4 6. Evaluar diferentes calamidades en que pueda incurrir el Asociado para poder otorgar el auxilio 7. Cumplir y hacer cumplir las Funciones anteriormente descritas. ARTICULO 6to. RECURSOS 1. El Diez por ciento (10%) como mínimo de los excedentes que resulten del ejercicio contable anual de FONCHALVER o el porcentaje que determinen los estatutos, o el aprobado por la Asamblea. 2. Los saldos existentes por cualquier concepto que no fueren solicitados por los asociados a un tiempo determinado. 3. Los que reciba a titulo de donación o herencia de personas Naturales o Jurídicas, con destinación especifica al Fondo de Solidaridad. 4. Los demás recursos que considere El comité de Solidaridad o la Junta Directiva de Fonchalver. ARTICULO 7mo. BENEFICIARIOS Podrán ser beneficiarios de los auxilios brindados por el Comité de Solidaridad: El Asociado Esposa (o), Compañera (o), Hijos Padres Otros * (Según Caso) Según estudio realizado por el Comité de Solidaridad - 4 -

5 ARTICULO 8vo. CLASES DE CALAMIDAD El Fondo de Solidaridad reconocerá como calamidad para otorgar Auxilio de Solidaridad, los siguientes casos: CALAMIDAD MONTO * REQUISITOS Fallecimiento del $ ,00 Carta de Solicitd de Auxilio Asociado Certificado de defunción del Afiliado * Este auxilio se le brindara al Familiar del Facturas de Gastos incurridos Asociado siempre y cuando cumpla con lo estipulado: Haber estado afiliado a Conyugue / Compañero (a) Fonchalver minimo 3 meses antes Padres de su muerte Hijos Fallecimiento de un Familiar del Asociado * Este auxilio se le brindara al Asociado a Fonchalver por fallecimiento de: Conyugue / Compañero (a) Padres Hijos Accidente y/o enfermedad del Asociado o Familiar del Asociado * Este auxilio se brindara por: Hospitalización Procedimientos Medicamentos que la EPS no cubra El Comité de Solidaridad tendrá la potestad de estudiar, analizar y autorizar cada caso. $ Carta de Solicitd de Auxilio Certificado de defunción Facturas de Gastos incurridos Se calculara de acuerdo a los Carta de Solicitd de Auxilio gastos incurridos Certificado Medico Formula Medica Recibos de Pago y Demás documentos Pertinentes Estar afiliado a Fonchalver Daño o destrucción parcial de la Vivienda donde habite el Asociado El monto se otorga de acuerdo al estudio realizado por el Comité de Solidaridad Carta de Solicitd de Auxilio Certificación expedida por la autoridad Competente Acta de Visita realizada por mínimo dos de los Miembros del Comité de Solidaridad. Recibos de Pago y Demás documentos Pertinentes * Para efectos de solicitud de Auxilios se debe tener en cuenta: Pasar la carta de solicitud dentro de los 30 días habiles siguientes al suceso, una vez cumplido este plazo prescribe por parte de Fonchalver toda obligatoriedad

6 ARTICULO 9no. CONTROL DEL AUXILIO FONCHALVER por medio de la Gerencia mantendrá el control permanente de los auxilios concedidos, y si se llegare a comprobar fraude en el otorgamiento del los mismos, el Asociado infractor reintegrara el dinero del Auxilio (Descontándose de sus aportes) y acarreara las sanciones pertinentes del Fondo de Solidaridad. ARTICULO 10mo. SANCIONES DEL 1. Si se comprueba que el Asociado adjunta soportes falsos 2. Si se comprueba fraude en la solicitud del Auxilio (Mentiras) 3. Y las demás que considere el Comité de Solidaridad. En estos casos el Comité de Solidaridad no volverá a otorgarle auxilio a dicho asociado. ARTICULO 11mo. OTORGAMIENTO DE AUXILIOS Los auxilios se otorgaran de acuerdo al orden de recibida la solicitud por parte del Asociado con todos los soportes pertinentes o necesarios que el Comité considere apropiado

7 ARTICULO 12vo. PLAZO DE SOLICITUD DE AUXILIOS El Asociado cuenta con un plazo máximo de 30 Días hábiles para solicitar el Auxilio correspondiente, una vez cumplido este plazo prescribe por parte del COMITÉ DE SOLIDARIDAD toda obligatoriedad con su asociado. El Comité de Solidaridad tendrá un plazo de 15 Días Hábiles contados a partir de la fecha de recibida la Solicitud del Auxilio siempre y cuando estén adjuntos todos los soportes solicitados. Comuníquese y cúmplase. Comité de Solidaridad: Luz Helena Loaiza --- Coordinadora Martha Rocío Londoño ----> Secretaria Guillerminda Castañeda --- Dado en Bogota a los 30 Días del mes de Mayo de 2007 Actualización del Reglamento autorizado el 12 de Abril de

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