REFORMADO PROYECTO BASICO Y EJECUCIÓN DE INSTALACIÓN DE CÉSPED ARTIFICIAL

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1 REFORMADO PROYECTO BASICO Y EJECUCIÓN DE INSTALACIÓN DE CÉSPED ARTIFICIAL ESTADIO DE FÚTBOL MUNICIPAL NUEVO CALVARIO. MONTALBÁN (CÓRDOBA) PROMOTOR: EXCMO. AYUNTAMIENTO MONTALBÁN DE CÓRDOBA MAYO 2009 JUAN ANTONIO ALONSO GONZÁLEZ Telf.: / A R Q U I T E C T O C/ Ancha nº2. Montalbán (Córdoba)

2 I N D I C E I. MEMORIA 1. MEMORIA DESCRIPTIVA Y JUSTIFICATIVA 1.1. AGENTES INFORMACIÓNPREVIA ANTECEDENTES Y CONDICIONES DE PARTIDA EMPLAZAMIENTO ENTORNO FÍSICO NORMATIVAURBANÍSTICA DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO JUSTIFICACIÓN DE LA SOLUCIÓN ADOTADA. PRGRAMA DE NECESIDADES PLAZO DE EJECUCIÓN CALSIFICACIÓN DEL CONTRATISTA RELACIÓN DE NORMATIVA DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO DECLARACIÓN SOBRE LAS CIRCUNSTANCIAS Y NORMATIVA... 7 URBANÍSTICA DE APLICACIÓN 1.6. FICHA JUSTIFICATIVA DEL CUMPLIMIENTO DEL DECRETO 72/ RESUMEN DE SUPERFICIES DE LA ACTUACIÓN RESUMEN ECONÓMICO MEMORIA CONSTRUCTIVA.. 20 A. TRABAJOS PREVIOS. 20 B. REPLANTEO. 20 C. MOVIMIENTO DE TIERRAS.. 20 D. DRENAJE E. RED DE RIEGO F. PAVIMENTACIÓN. 21 G. EQUIPAMIENTO H. CERRAMIENTOS.. 24 II. ESTUDIO SEGURIDAD Y SALUD III. ANEJOS A LA MEMORIA 1. ANEJO GEOLÓGICO Y GEOTÉCNICO PLAN DE OBRA CALCULO DEL COEFICIENTE K DE COSTES INDIRECTOS Y JUSTIFICACIÓN DE PRECIOS CLASIFICACIÓN DEL CONTRATISTA PLAN DE CONTROL DE CALIDAD INSTANCIA COMUNICACIÓN DIRECICÓN DE OBRAS... 6 IV. PLIEGO DE CONDICIONES 1. PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS DISPOSICIONES GENERALES DISPOSICIONES FACULTATIVAS DISPOSICIONES ECONÓMICAS PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARTICULARES PRESCRIPCIONES SOBRE LOS MATERIALES PRESCRIPCIONES EN CUANTO A LA EJECUCIÓN POR UNIDADES DE OBRA PRESCRIPCIONES SOBRE VERIFICACIONES DE LA INSTALACIÓN TERMINADA INSTRUCCIONES DE USO Y MANTENIMIENTO.. 39

3 V. MEDICIONES Y PRESUPUESTO 1. MEDICION Y PRESUPUESTO VI. PLANOS 1. SITUACIÓN Y EMPLAZAMIENTO. 2. ESTADO ACTUAL. 3. ESTADO REFORMADO Y ACOTADO 4. INSTALACIONES: DRENAJE 5. INSTALACIONES: RIEGO 6. DETALLE: PERFIL TRANSVERSAL 7. DETALLES PAVIMENTO 8. ESQUEMAS. 9. MANTENIMIENTO: CEPILLADO Y LASTRADO. DETALLE FIRME 10. EQUIPAMIENTO DEPORTIVO.

4 I. MEMORIA

5 MEMORIA 1. MEMORIA DESCRIPTIVA Y JUSTIFICATIVA 1.1. AGENTES PROMOTOR: Se redacta este proyecto reformado por encargo del Exmo. Ayuntamiento de Montalbán de Córdoba con CIF. P J y domicilio en Plaza Andalucía nº10, de Montalbán de Córdoba (Córdoba) ARQUITECTO Y DIRECTOR DE OBRA Juan Antonio Alonso González con NIF H e incorporado al Colegio Oficial de Arquitectos de Córdoba como colegiado habilitado nº 482. Despacho profesional en C/ Ancha nº2, C.P Montalbán (Córdoba). Telf.: Fax: SEGURIDAD Y SALUD AUTOR DEL ESTUDIO BÁSICO DE SEGURIDAD Y SALUD Juan Antonio Alonso González incorporado al Colegio Oficial de Arquitectos de Córdoba como colegiado habilitado nº INFORMACIÓN PREVIA ANTECEDENTES Y CONDICIONANTES DE PARTIDA Se recibe por parte del Exmo. Ayuntamiento de Montalbán de Córdoba el encargo de la redacción del reformado del proyecto básico y de ejecución de instalación de césped artificial en el actual campo de fútbol de propiedad municipal EMPLAZAMIENTO: Estadio de Futbol Municipal Nuevo Calvario, Montalbán (Córdoba) DESCRIPCIÓN DE LA FINCA Y ENTORNO. Las instalaciones deportivas se encuentran ubicadas en el actual complejo Polideportivo. El actual campo de futbol tiene una superficie aproximada de m2 y esta rodeado de unas pistas de atletismo. La actuación se realizará sobre el campo existente NORMATIVA URBANÍSTICA Son de aplicación plena las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Montalbán, teniendo presente que el solar en cuestión se encuentra en Suelo No Urbanizable definido como equipamiento y áreas libres, sujeto a las normas de ordenación para la zona. REFORMADO PROYECTO BÁSICO Y EJECUCION DE INSTALACION DE CESPED ARTIFICIAL EN ESTADIO MUNICIPAL MONTALBAN. 1

6 MEMORIA 1.3. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO JUSTIFICACIÓN DE LA SOLUCIÓN ADOPTADA. PROGRAMA DE NECESIDADES. Se plantea la necesidad de remodelar las instalaciones municipales del campo de fútbol municipal, para reconvertirlas en unas nuevas instalaciones más modernas, dotando al terreno de juego, actualmente de tierra, con césped artificial de última generación. El proyecto tiene por objeto la descripción y valoración de las obras a realizar para la construcción de citadas instalaciones deportivas, con ello se pretende dotar al municipio de unas instalaciones acordes a la nueva reglamentación vigente en la materia PLAZO DE EJECUCIÓN. El plazo de ejecución para el desarrollo de las obras indicadas en el presente proyecto es de CUATRO (4) MESES contados a partir de la firma del Acta de Comprobación de Replanteo CLASIFICACIÓN EXIGIDA AL CONTRATISTA. La clasificación del adjudicatario deberá ser, según se indica en el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio (BOE 21/06/2000), la clasificación mínima es la siguiente: GRUPO G SUBGRUPO 6 CATEGORIA E. REFORMADO PROYECTO BÁSICO Y EJECUCION DE INSTALACION DE CESPED ARTIFICIAL EN ESTADIO MUNICIPAL MONTALBAN. 2

7 MEMORIA 1.4. RELACIÓN DE NORMATIVA DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO En la ejecución de las obras definidas en el presente Proyecto regirán, además del Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, y subsidiariamente con respecto a él, los Pliegos de Prescripciones Técnicas Generales y Normas que se relacionan a continuación, así como aquella otra normativa (Nacional, de la Unión Europea, Autonómica, Provincial y Local), no incluidas en esa relación, vigente en el momento del desarrollo de las mismas CONTRATACIÓN - Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio (BOE 21/06/2000). - Ley 30/2007 de 30 de octubre de Contratos del Sector Público. - Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre (BOE 26/10/2001). - Pliego de Cláusulas Administrativas Generales para la contratación de obras del Estado aprobado por Decreto 3854/1970 de 31 de diciembre (BOE 16/02/1971) OBRAS DE CARRETERAS General - Ley 25/1988, de 29 de julio, de Carreteras (BOE 30/07/1988) y sus modificaciones posteriores. - Reglamento General de Carreteras, aprobado por el Real Decreto 1812/1994, de 2 de septiembre (BOE 23/09/1994) y sus modificaciones posteriores. Trazado y diseño - Instrucción de Carreteras 3.1- IC Trazado, aprobada por la Orden Ministerial de 27 de diciembre de 1999 (BOE 28/02/2000 ). - Recomendaciones para el proyecto y diseño de viario urbano publicadas por la Dirección General de la Vivienda, la Arquitectura y el Urbanismo en el año Obras de Fábrica y estructuras. - Orden Ministerial de 3 de junio de 1986 por la que se aprueba la Colección de pequeñas obras de paso, 4.2-IC., (BOE 20/06/86). Drenaje. - Instrucción de Carreteras 5.2- IC Drenaje Superficial, aprobada por la Orden Ministerial de 14 de mayo de 1990 (BOE 23/05/1990). - Instrucción de Carreteras 5.1- IC Drenaje, aprobada por la Orden Ministerial de 21 de junio de 1965, en la parte no derogada por la Instrucción 5.2-IC. - Método de cálculo Máximas Lluvias Diarias en la España Peninsular, MAXPLU. Publicado por el Ministerio de Fomento en Firmes. - Instrucción de Carreteras 6.1 y 6.2- IC Secciones de Firme, aprobada por la Orden Ministerial de 23 de mayo de 1989 (BOE 30/06/1989). - Instrucción de Carreteras 6.3- IC Refuerzo de Firmes, aprobada por la Orden Ministerial de 26 de marzo de (BOE 31/05/1980). - Orden Circular 9/02, de 24 de mayo de 2002, sobre Rehabilitación de firmes. Plantaciones. - Instrucción de Carreteras 7.1- IC Plantaciones en las Zonas de Servidumbre de las Carreteras, aprobada por la Orden Ministerial de 21 de marzo de 1963 (BOE 08/04/1963). Señalización, balizamiento y defensa. - Instrucción de Carreteras 8.1 IC Señalización Vertical, aprobada por la Orden Ministerial de 28 de diciembre de 1999 (BOE 29/01/2000). - Instrucción de Carreteras 8.2 IC Marcas Viales, aprobada por la Orden Ministerial de 16 de julio 1987 (BOE 04/08/87 y 29/09/87). - Instrucción de Carreteras 8.3 IC Señalización, Balizamiento, Defensa, Limpieza y Terminación de Obras Fijas en Vías Fuera de Poblado, aprobada por la Orden Ministerial de 31 de agosto de 1987 (BOE 18/09/87). Pliegos de Prescripciones Técnicas Generales. - Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para Obras de Carreteras y Puentes, PG-3/75, aprobado por la Orden Ministerial de 6 de Febrero de 1976 (BOE 07/07/1976) y con efecto legal REFORMADO PROYECTO BÁSICO Y EJECUCION DE INSTALACION DE CESPED ARTIFICIAL EN ESTADIO MUNICIPAL MONTALBAN. 3

8 MEMORIA conferido por la Orden Ministerial de 2 de Julio de 1976, con las modificaciones posteriores siguientes: - Orden Ministerial de 31 de julio de 1986 (BOE 05/08/1986). (Artículos 500, 501, 516 y 517). - Orden Circular 294/87 T, de 28 de mayo, de Recomendaciones sobre riegos con ligantes hidrocarbonados. (Artículo 534, supresión). - Orden Circular 297/88 T, de 29 de marzo, de Recomendaciones sobre estabilizaciones de suelos in situ y tratamientos superficiales con ligantes hidrocarbonados. (Artículos 510, 511, 512 y 533). - Orden Ministerial de 28 de septiembre de 1989 (BOE 09/10/89). (Artículo 104). - Orden Ministerial de 27 de diciembre de 1999 (BOE 22/01/2000). (Artículos 200, 201, 202, 203, 210, 211, 212, 213, 214, 215 y 216). - Orden Ministerial de 28 de diciembre de 1999 (BOE 28/01/2000). (Artículos 278, 279, 289, 700, 701, 702, 703 y 704). - Orden Circular 5/2001, de 24 de mayo, sobre Riegos Auxiliares, mezclas bituminosas y pavimentos de hormigón. (Artículos 530, 531, 532, 540, 542, 543 y 550). - Orden Ministerial de 13 de febrero de 2002 (BOE 06/03/2002). (Artículos 240, 241, 242, 243, 244, 245, 246, 247, 248, 250, 251,252, 253, 254, 260, 261, 280, 281, 283, 285, 287, 610, 610A y 620). - Orden Ministerial de 16 de mayo de 2002 (BOE 11/06/2002). (Artículos 290, 300, 301, 302,303, 304, 320, 321, 322, 330, 331, 332, 333, 340, 341, 400, 401, 410, 411, 412, 420, 421, 422, 658, 659, 670, 671, 672, 673, 674, 675, 676, 677) RECEPCIÓN DE MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN - Instrucción para la Recepción de Cementos RC 97, aprobada por el 779/1997 de 30 de mayo (BOE 13/06/97). - Real Decreto 1313/1988 de 28 de octubre (BOE de 11/11/88) sobre la obligatoriedad de la homologación de cementos para la fabricación de hormigones y morteros. - Orden de 21 de diciembre de 1995 por la que se establecen los criterios para la realización del control de producción de los hormigones fabricados en central (BOE 09/01/96). - Pliego General de Condiciones para la Recepción de Yesos y Escayolas en las obras de Construcción (RY-85), aprobado por la Orden de 31 de mayo de 1985 (BOE 10/06/85). - Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para la Recepción de Bloques de Hormigón en las Obras de Construcción (RB-90), aprobado por la Orden de 4 de julio de 1990 (BOE 11/7/90). - Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para la Recepción de Ladrillos cerámicos en las Obras de Construcción (RL-88), aprobado por la Orden de 27 de julio de 1988 (BOE 03/08/88). - Instrucción para la recepción de cales en obras de estabilización de suelos, aprobada por la Orden de 18 de diciembre de 1992, RCA-92 (BOE 26/12/92) OBRAS DE HORMIGÓN - Instrucción de Hormigón Estructural (EHE), aprobada por el Real Decreto 2661/1998 de 11 de diciembre (BOE 13/01/99) y cuya disposición transitoria única ha sido posteriormente modificada, por el Real Decreto 996/1999, de 11 de junio (BOE 24/06/99). - Instrucción para el Proyecto y la Ejecución de Forjados Unidireccionales de Hormigón Armado o Pretensado (EF-96). Real Decreto 2.608/1996 de 20 de diciembre INSTALACIONES DE AGUA POTABLE - Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para Tuberías de Abastecimiento de Agua, aprobado por la Orden Ministerial de 28 de julio de 1974 (BOE de 2 y 3/10/74). - Reglamentación Técnico-Sanitaria para Abastecimiento y Control de Calidad de las Aguas Potables de Consumo Público, aprobada por el Real Decreto 1138/1990 de 14 de septiembre (BOE de 20/09/90) SENEAMIENTO - Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para Tuberías de Saneamiento de Poblaciones, aprobado por la Orden Ministerial de 15 de septiembre de 1986 (BOE de 23/9/86). - Ley 2/1992 de Saneamiento de Aguas Residuales de la Comunidad Valenciana, de 26 de marzo, del Gobierno Valenciano (DOGV 08/04/1992). REFORMADO PROYECTO BÁSICO Y EJECUCION DE INSTALACION DE CESPED ARTIFICIAL EN ESTADIO MUNICIPAL MONTALBAN. 4

9 MEMORIA - Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Aguas (BOE 24/07/01). - Real Decreto 849/86 de 11 de Abril por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico (BOE 30/04/86), modificado parcialmente por el Real Decreto 1315/1992, de 30 de Octubre (BOE 01/12/92) INSTALACIONES ELÉCTRICAS - Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión, aprobado por el Decreto 2413/1973 de 20 de septiembre (BOE de 9/10/73), e Instrucciones Técnicas Complementarias ITC-MI-BT, así como sus modificaciones posteriores. - Reglamento de Líneas Eléctricas Aéreas de Alta Tensión, aprobado por el Decreto 3151/1968 de 28 de noviembre (BOE 27/12/68). - Reglamento sobre Condiciones Técnicas y Garantías de Seguridad en Centrales Eléctricas, Subestaciones y Centros de Transformación, aprobado por el Real Decreto 3275/1982 de 12 de noviembre (BOE de 1/12/82), e Instrucciones Técnicas Complementarias ITC-MIE-RAT, así como sus modificaciones posteriores. - Reglamento sobre Acometidas Eléctricas, aprobado por el Real Decreto 2949/1982 de 15 de octubre (BOE 12/11/82). - Especificaciones técnicas de los candelabros metálicos (báculos y columnas de alumbrado exterior y señalización de tráfico) y su homologación, aprobadas por el Real Decreto 2642/1985 (BOE 24/01/86), y sus modificaciones posteriores por la Orden de 11 de julio de 1987 (BOE 21/07/87), la Orden de 16 de mayo de 1989 (BOE 15/07/89) y por el Real Decreto 401/1985 de 14 de abril (BOE 26/04/89). - Orden de 20 de diciembre de 1992 de la Conselleria d Industria, por la que se aprueba la Norma Técnica para Instalaciones de Media y Baja Tensión (DOGV 07/04/92). - Orden de 15 de julio de 1994 de la Conselleria d Industria, sobre Protección contra Contactos Directos e Indirectos en Instalaciones de Alumbrado Público (DOGV 08/09/94). - Resoluciones de 12 de mayo de 1994 y 2 de diciembre de 1994 de la Dirección General de Industria y Energía por la que se aprueban los proyectos tipo de las instalaciones de distribución, y las normas de ejecución y recepción técnica de las instalaciones. - Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico (BOE28/11/1997) URBANISMO - Ley 6/1998, de 13 de abril, del Régimen del Suelo y Valoraciones (BOE 14/04/98). - Artículos del Texto Refundido de la Ley sobre el Régimen del Suelo y Ordenación Urbana aprobado por en Real Decreto 1/1992, de 26 de junio (BOE 30/06/92) no derogados por la Ley 6/ Ley de Expropiación Forzosa de 1954, de 16 de diciembre. - Ley 1/1998 de la Generalitat Valenciana, de 5 de mayo, de Accesibilidad y Supresión de Barreras Arquitectónicas (DOGV 07/05/98). - Normas para la accesibilidad y eliminación de barreras arquitectónicas, aprobada por el Decreto 193/1988, de 12 de diciembre, del Consell de la Generalitat Valenciana (DOGV de 2/2/89) SEGURIDAD Y SALUD - O. M. de 28 de Agosto de 1970, que aprueba la Ordenanza Laboral de la Construcción, Vidrio y Cerámica. - O. M. de 9 de Marzo de 1971, que aprueba la Ordenanza de Seguridad Social e Higiene en el Trabajo (Título II). - O. M. de 20 de Septiembre de 1973, que aprueba el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión. - O. M. de 23 de Mayo de 1977, que aprueba el Reglamento de Aparatos Elevadores para obras. - Directiva (CEE) nº 89/391, de 12 de Junio de 1989, sobre medidas para promover la mejora de seguridad y salud de los trabajadores en el trabajo. - Ley 31/1995, de 8 de Noviembre, sobre prevención de riesgos laborables. - Instrucción de 26 de Febrero de 1996, sobre aplicación de la Ley 31/1995, de 8 de Noviembre, en la Administración del Estado. - R.D. 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención. REFORMADO PROYECTO BÁSICO Y EJECUCION DE INSTALACION DE CESPED ARTIFICIAL EN ESTADIO MUNICIPAL MONTALBAN. 5

10 MEMORIA - R.D. 485/1997, de 14 de Abril, sobre señalización de seguridad y salud en el trabajo. - R.D. 486/1997, de 14 de Abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en lugares de trabajo. - O.M. de 22 de Abril de 1997, sobre regulación del funcionamiento de las Mutuas de Accidentes de Trabajo en el desarrollo de actividades de prevención de riesgos laborales. - Real Decreto 664/1997, de 12 de Mayo, sobre protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo. - Real Decreto 665/1997, de 12 de Mayo, sobre protección de los trabajadores contra riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo. - Real Decreto 773/1997, de 30 de Mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización de los trabajadores de equipos de protección individual. - O.M. de 27 de Junio de 1997, desarrollando el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, sobre servicios de prevención. - Real Decreto 1.215/1997, de 18 de Julio, sobre utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo. - Real Decreto 1.627/1997, de 24 de Octubre, sobre seguridad y salud en las obras de construcción, por el que se establece la obligatoriedad de la inclusión de un Estudio de Seguridad y Salud en el Trabajo, en los proyectos de Edificación y de Obras Públicas ACTIVIDADES CALIFICADAS, RESIDUOS Y MEDIO AMBIENTE - Decreto 2414/1961, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas. - Orden Ministerial de 15 marzo de 1963, que da instrucciones Complementarias para la aplicación del Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas (BOE 02/04/1963). - Ley de la Generalitat Valenciana 3/1989, de 2 de mayo de Actividades Calificadas (DOGV 04/05/1989). - Decreto 54/1990, de 26 de marzo, del Consell de la Generalitat Valenciana, por el que se aprueba el Nomenclátor de actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas, en cumplimiento de lo establecido en el artículo primero de la Ley 3/1989, de 2 de mayo, sobre Actividades Calificadas (DOGV 24/04/1990) - Ley 38/1972, de 22 de diciembre, de Protección del Ambiente Atmosférico (BOE 26/12/1972). - Real Decreto 547/1979, de 20 de febrero (BOE 23/03/1979), sobre modificación del Decreto 833/1975, de 6 de febrero, por el que se desarrolla la Ley de Protección del Ambiente Atmosférico. - Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos (BOE 22/04/98). - Ley 10/2000, de 12 de diciembre, de Residuos de la Comunidad Valenciana (DOGV 15/12/2000) - Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias (BOE 24/03/1995). - Plan Nacional de Residuos de Construcción y Demolición, aprobado por Resolución de 14 de junio de 2001 (BOE 12/07/2001). - Directiva 1999/31/CE, del Consejo, de 26 de abril, relativa al vertido de residuos (BOE 16/07/1999) OTRAS DISPOSICIONES - Normas UNE, - Normas NLT - Normas ASTM, DIN - Normas ISO. - Normas Tecnológicas de la Edificación (NTE). - Recomendaciones para el Control de Calidad en Obras de Carreteras. - Normas particulares de las compañías concesionarias de los servicios públicos que se vean afectados por la ejecución de las obras. REFORMADO PROYECTO BÁSICO Y EJECUCION DE INSTALACION DE CESPED ARTIFICIAL EN ESTADIO MUNICIPAL MONTALBAN. 6

11 MEMORIA 1.5. DECLARACIÓN SOBRE LASCUNSTANCIAS Y NORMATIVA URBANÍSTICA DE APLICACIÓN *A LOS EFECTOS DEL ARTÍCULO 47.1 DEL REGLAMENTO DE DISCIPLINA URBANÍSTICA Proyecto de INSTALACION DE CESPED ARTIFICIAL Situación: CAMPO DE FUTBOL MUNICIPAL Promotores: EXCMO. AYUNTAMIENTO DE MONTALBÁN Arquitecto: JUAN ANTONIO ALONSO GONZALEZ Planeamiento Vigente: Calificación del Suelo: Zonificación: Otros: Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Montalbán de Córdoba Suelo No Urbanizable Equipamiento y áreas libres NORMATIVA VIGENTE PROYECTO OBSERVACIONES P A R C E L A U S O S Usos regulados Art Equipamientos y servicios Usos regulados Art Equipamientos y servicios A L T U R A V O L U M E N O C U P A C I O N S I T U A C I Ó O T R O S El Arquitecto redactor DECLARA bajo su exclusiva responsabilidad, que el trabajo profesional referenciado, en el aspecto urbanístico del visado: (Colocar una X donde proceda) X NO CONTIENE infracción urbanística grave y manifiesta de conformidad con lo establecido en el art. 262 de la Ley del Suelo y 46 del Reglamento de Disciplina Urbanística. CONTIENE las incidencias que se expresan a continuación: INCIDENCIAS URBANÍSTICAS: FECHA: MAYO de 2009 El/Los Arquitecto/s REFORMADO PROYECTO BÁSICO Y EJECUCION DE INSTALACION DE CESPED ARTIFICIAL EN ESTADIO MUNICIPAL MONTALBAN. 7

12 MEMORIA 1.6. FICHA JUSTIFICATIVA DEL CUMPLIMIENTO DEL DECRETO 72/1992 NORMAS TÉCNICAS PARA LA ACCESIBILIDAD Y LA ELIMINACIÓN DE BARRERAS ARQUITECTÓNICAS, URBANÍSTICAS Y EN EL TRANSPORTE EN ANDALUCÍA. Decreto 72/1992, de 5 de Mayo, de la Consejería de la Presidencia de la Junta de Andalucía. (Publicación del texto original en el BOJA n.º 44 de 23 de Mayo de 1992, y de una corrección de erratas en el BOJA n.º 50 de 6 de Junio de El Régimen Transitorio regulado en Decreto 133/1992, se publicó en el BOJA n.º 70 de 23 de Julio de 1992). JUSTIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LA NORMA TITULO: INSTALACIÓN DE CESPED ARTIFICIAL UBICACIÓN: ESTADIO DE FUTBOL MUNICIPAL MONTALBÁN (CÓRDOBA) PROMOTORES: EXCMO. AYUNTAMIENTO DE MONTALBÁN ARQUITECTO: JUAN ANTONIO ALONSO GONZÁLEZ REFORMADO PROYECTO BÁSICO Y EJECUCION DE INSTALACION DE CESPED ARTIFICIAL EN ESTADIO MUNICIPAL MONTALBAN. 8

13 MEMORIA ENTRADA EN VIGOR DEL DECRETO 72/1992 PUBLICACIÓN de Mayo de 1992 VIGENCIA de Julio de 1992 RÉGIMEN TRANSITORIO (Decreto 133/1922): No será preceptiva la aplicación del Decreto a: a) Obras en construcción y proyectos con licencia anterior al 23 de Julio de b) Proyectos aprobados por las Administraciones Públicas o visados por los Colegios Profesionales antes del 23 de Julio de 1992, así como los que se presentaran para su aprobación o visado antes del 23 de Octubre de c) Obras que se realicen conforme a los proyectos citados en el apartado b), siempre que la licencia se solicitara antes del 23 de Julio de ÁMBITO DE APLICACIÓN: a) Redacción y planeamiento urba., o de las ordenanzas de uso del suelo y edificación Redacción de proyectos de urbanización b) Obras de infraestructura y urbanización X Mobiliario urbano RELLENAR ANEXO I c) Construcción, reforma o alteración de uso de: Espacios y dependencias extreriores e interiores de utilización colectiva de los edificios, establecimientos e instalaciones (de propiedad privada) destinadas a un uso que implique concurrencia de público.(ver lista no exhaustiva en Notas) Todas las áreas tanto exteriores como interiores de los edificios, establecimientos e instalaciones de las Administraciones y Empresas públicas. ANEXO I (Para exteriores) ANEXO II (Para interiores) d) Construcción o reforma de: Viviendas destinadas a personas con minusvalía Espacios exteriores, instalaciones, dotaciones y elementos de uso comunitario correspondientes a viviendas, sean de promoción pública o privada ANEXO IV, ANEXO I (Para exteriores excepto los *) ANEXO II (Para Instalaciones o Dotaciones de uso comunitario solo *) los *) ANEXO III para interiores e) Sistemas de transporte público colectivo y sus instalaciones complementarias ANEXO v TIPO DE ACTUACIÓN: 1. Nueva Construcción 2. Reforma (ampliación, mejora, modernización, adaptación, adecuación o refuerzo) X 3. Cambio de uso NOTA: En todos los casos se refiere la norma tanto a obras de nueva planta como a las de reforma y cambio de uso. En los casos de reformas o cambios de uso la norma se aplica únicamente a los elementos o partes afectadas por la actuación. Por establecimiento se refiere la norma a los locales cerrados y cubiertos no destinados a vivienda, en el interior de los edificios. Por instalaciones se refiere a construcciones y dotaciones abiertas y descubiertas total o parcialmente destinadas a fines deportivos, recreativos, etc... En el Anexo de la norma se recogen los siguientes usos como de pública concurrencia: Administrativos, asistenciales, comerciales, culturales, deportivos, docentes, espectáculos, garajes y aparcamientos, hoteleros, penitenciarios, recreativos, religiosos, residenciales, restaurantes, bares, cafeterías, sanitarios y transportes, así como cualquier otro de una naturaleza análoga a los anteriormente relacionados. REFORMADO PROYECTO BÁSICO Y EJECUCION DE INSTALACION DE CESPED ARTIFICIAL EN ESTADIO MUNICIPAL MONTALBAN. 9

14 MEMORIA ANEXO I INFRAESTRUCTURA, URBANIZACIÓN Y MOBILIARIO URBANO (Aplicable a zonas de uso colectivo en edificaciones privadas y a todas las zonas en edificaciones públicas) ITINERARIOS PEATONALES DE USO COMUNITARIO VADO PARA PASO VEHÍCULOS VADO PARA PASO PEATONES PASOS DE PEATONES (No en zonas exteriores de viviendas) NORMA TRAZADO Y DISEÑO Ancho mínimo > 1,20 mts. 1.ª Elementos de Urbanización e Infraestructura. Pendiente longitudinal (tramos < 3 mts.) < 12 %. Pendiente transversal < 2 %. (tramos > 3 mts.) < 8 %. Altura de bordillos < 14 cms., y rebajados en pasos de peatones y esquinas. PAVIMENTOS: Serán antideslizantes variando la textura y color en las esquinas y en cualquier obstáculo. Los registros y los alcorques estarán en el mismo plano del nivel del pavimento. Si los alcorques son de rejilla la anchura máxima de la malla será de 2 cms. PROYECTO Pendiente longitudinal (tramos < 3 mts.) < 12 %. < 10 %. (tramos > 3 mts.) < 8 %. Pendiente transversal < 2 %. < 1 %. Se situará como mínimo uno en cada curva de calles o vías de circulación. Las pendientes del plano inclinado entre dos niveles a comunicar: Longitudinal < 8 %. Transversal < 2 %. Anchura > 1,80 mts. Desnivel sin plano inclinado < 2 cms. Se salvarán los niveles con vados de las características anteriores. Dimensiones mínimas de las isletas para parada intermedia: Anchura > 1,80 mts. Largo > 1,20 mts. ESCALERAS Prohibido salvarlos con escalones, debiendo completarse o sustituirse por rampas, ascensores o tapices rodantes. Cualquier tramo de escaleras se complementará con una rampa. Quedan prohibidos los desniveles que se salven con un único escalón debiendo complementarse con una rampa. Serán preferentemente de directriz recta o ligeramente curva. Dimensiones Huella > 30 cms. (en escalones curvos se medirán a 40 cms.del borde interior) Tramos < 16 peldaños. Contrahuella < 16 cms Longitud libre peldaños > 1,20 mts Longitud descansillos > 1,20 mts No se admiten mesetas en ángulo, ni partidas, ni escaleras compensadas. Pasamanos a altura > 90 cms. y < 95 cms. Barandillas no escalables si hay ojo de escalera. Huellas con material antideslizante. Disposición de bandas de diferente textura y color con 0,60 mts. de anchura, colocadas al principio y al final de la escalera. REFORMADO PROYECTO BÁSICO Y EJECUCION DE INSTALACION DE CESPED ARTIFICIAL EN ESTADIO MUNICIPAL MONTALBAN. 10

15 MEMORIA ANEXO I INFRAESTRUCTURA, URBANIZACIÓN Y MOBILIARIO URBANO RAMPAS 1.ª Elementos de Urbanización e Infraestructura. NORMA Directriz recta o ligeramente curva. Anchura libre > 1,20 mts. Pavimento antideslizante. Pendiente longitudinal (recorrido < 3 mts.) < 12 %. (recorrido > 3 mts.) < 8 %. Transversal < 2 %. Pasamanos de altura entre 70 y 95 cms. Barandillas no escalables si existe hueco. PROYECTO 1 ASEO DE LOS OBLIGADOS POR NORMATIVA ESPECÍFICA (No en zonas exteriores de viviendas) APARCAMIENTOS (No en zonas exteriores de viviendas) Serán accesibles. Al menos un lavabo y un inodoro estarán adaptados. (Ver este apartado en el Anexo II Edificios de Pública Concurrencia) 1 Plaza cada 50 o fracción. Situación próxima a los accesos peatonales. Estarán señalizadas. Dimensiones mínimas 5,00 x 3,60 mts. MOBILIARIO URBANO NORMA 2.ª Mobiliario Urbano Los elementos verticales en la vía pública se colocarán: a) En el tercio exterior a la acera si la anchura libre restante es > 90 cms. b) Junto al encuentro de la fachada con la acera si la anchura libre restante es < 90 cms. La altura del borde inferior de elementos volados > 2,10 mts. No existirán obstáculos verticales en los pasos peatonales. Papeleras y teléfonos a altura < 1,20 mts. Las obras que se realicen en las vías públicas se rodearán con vallas sólidamente instaladas y se señalizarán con balizas con luces rojas encendidas durante todo el día. Estas vallas estarán sólidamente fijadas y separadas al menos 0,50 mts. de las obras. Donde haya asientos, al menos un 2 % tendrá estas características: Altura = 50 cms. Anchura > 40 cms. Fondo > 50 cms. Altura de grifos y caños en bebederos 70 cms. Altura de boca de buzones 90 cms. En el caso de existir trinquetes o barreras, se habilitará un acceso libre con ancho > 1 m. PROYECTO REFORMADO PROYECTO BÁSICO Y EJECUCION DE INSTALACION DE CESPED ARTIFICIAL EN ESTADIO MUNICIPAL MONTALBAN. 11

16 MEMORIA ANEXO II EDIFICIOS, ESTABLECIMIENTOS O INSTALACIONES DE PÚBLICA CONCURRENCIA (Aplicable a zonas de uso colectivo en edificios privados y a todas las zonas en edificios públicos) ESPACIOS EXTERIORES ITINERARIOS PRACTICABLES (Para contesta afirmativamente a estos apartados hay que cumplir la normativa exigida en todos los apartados siguientes) ACCESO PLANTAS DISTINTAS ACCESO DESDE EL EXTERIOR (Aplicable para inst. y dot. comunitarias de viv.) VESTÍBULOS (Aplicable para inst. y dot. comunitarias de viv.) PASILLOS (Aplicable para inst. y dot. comunit. de viv.) HUECOS DE PASO (Aplicable para inst. y dot. comunitarias de viv.) MOSTRADORES Y VENTANILLAS TELÉFONOS NORMA Las zonas y elementos de urbanización de uso público situadas en los espacios exteriores de los edificios, establecimientos e instalaciones, cumplirán lo indicado en el apartado de Infraestructura y Urbanización. (Rellenar Impreso de Infraestructura y Urbanización en Anexo I). Comunicación entre exterior e interior del edificio, establecimiento o instalación. En el caso de edificio, establecimiento o instalación de las Administraciones y Empresas Públicas, la comunicación entre un acceso y la totalidad de sus áreas o recintos. En el caso del resto de los edificios, establecimientos instalaciones (de propiedad privada), la comunicación entre un acceso y las áreas y dependencias de uso público. El acceso al menos a un aseo adaptado. Con independencia de que existan escaleras, el acceso a las zonas destinadas a uso y concurrencia pública, situadas en las distintas plantas de los edificios, establecimientos e instalaciones y a todas las áreas y recintos en los de las Administraciones y Empresas Públicas, se realizará mediante ascensor, rampa o tapiz rodante. Desnivel < 12 cms. Salvado con plano inclinado Pendiente < 60 % Ancho < 0,80 mts. Desnivel > 12 cms. Salvado con rampa que se ajuste a la norma. Ø 1,50 mts. Prohibidos desniveles salvados únicamente con escalones, debiendo ser sustituidos o completados por rampas accesibles. Anchura libre > 1,20 mts. Prohibidos desniveles salvados únicamente con escalones, debiendo ser sustituidos o complementados por rampas accesibles. Anchura de puertas de entrada de > 0,80 mts Anchura de salidas de emergencia > 1,00 mts. A ambos lados de las puertas existirá un espacio libre horizontal no barrido por puertas > 1,20 mts. Entre puertas dobles deberá existir un espacio libre de Ø 1,50 mts. Si hay torniquetes, barreras, puertas giratorias u otros elementos de control de entrada que obstaculicen el paso, se dispondrán huecos de paso alternativos accesibles. Las puertas automáticas de cierre de corredera irán provistas de dispositivos de apertura automáticos en caso de aprisionamiento. Deben llevar una banda indicativa de color a una altura > 0,60 y < 1,20 mts. Las puertas abatibles de cierre automático deberán llevar zócalo protector de 0,40 mts. de altura y banda señalizadora horizontal a altura > 0,60 mts. y < 1,20 mts. La apertura de las salidas de emergencia será por presión simple. Los mostradores tendrán un tramo > 0,80 mts. con altura > 0,70 mts. y < 0,80 mts. Las ventanillas de atención al público tendrán una altura < 1,10 mts. Existe al menos uno con altura > 0,90 mts. y < 1,20 mts PROYECTO REFORMADO PROYECTO BÁSICO Y EJECUCION DE INSTALACION DE CESPED ARTIFICIAL EN ESTADIO MUNICIPAL MONTALBAN. 12

17 MEMORIA ANEXO II EDIFICIOS, ESTABLECIMIENTOS O INSTALACIONES DE PÚBLICA CONCURRENCIA NORMA PROYECTO * ESCALERAS (Aplicable para inst. y dot. comunitarias de viv.) Directriz recta o ligeramente curva. Longitud libre de peldaños > 1,20 mts. Dimensiones de peldaños Huella > 29 cm.(en caso de escalones curvos se medirán a 40 cms. de su borde interior) Contrahuella < 17 cm. No se admiten mesetas partidas, ni en ángulo, ni escaleras compensadas. Fondo de las mesetas Intermedias > 1,20 mts. De acceso > 1,20 mts. Distania de la arista de peldaños a puertas > 25 cms. Tramos < 16 peldaños. Altura de pasamanos > 0,90 mts. y < 0,95 mts. Si hay ojo de escalera la barandilla no será escalable. RAMPAS Directriz recta o ligeramente curva. Anchura > 1,20 mts. Pavimento antideslizante Pendiente longitudinal Tramos longitud < 3 mts. < 12 %. Tramos longitud > 3 mts. < 8 %. Pendiente transversal < 2 %. Si hay hueco la barandilla no será escalable. ESCALERAS MECÁNICAS Luz libre > 1,00 mts. Velocidad < 0,50 mts./sg. Número de peldaños enrasados a entrada y salida > 2,5 peldaños. Dispondrán de un ralentizador a la entrada y otro a la salida que las detengan suavemente durante 5 segundos, realizándose igual la recuperación TAPICES RODANTES Luz libre > 1,00 mts. Acuerdo con la horizontal en la entrada y salida > 1,50 mts. Los tapices inclinados cumplirán las condiciones específicas de las rampas, excepto la de la luz libre que podrá ser > 1,00 mts. 1 ASCENSOR DE LOS OBLIGADOS POR LA NORMATIVA ESPECÍFICA Puertas de recinto y cabina automáticas, y con indicador acústico. Anchura de puertas > 0,80 mts Fondo de cabina > 1,20 mts. Ancho de cabina > 0,90 mts. Pasamanos en cabina con altura > 0,80 mts. y < 0,90 mts. Cuando existan aparcamientos en plantas de sótano, el ascensor llegará a todas ellas. REFORMADO PROYECTO BÁSICO Y EJECUCION DE INSTALACION DE CESPED ARTIFICIAL EN ESTADIO MUNICIPAL MONTALBAN. 13

18 MEMORIA ANEXO II EDIFICIOS, ESTABLECIMIENTOS O INSTALACIONES DE PÚBLICA CONCURRENCIA NORMA PROYECTO MECANISMOS ELEC- TRÓNICOS 1 ASEO DE LOS OBLIGADOS POR LA NORMATIVA ESPECÍFICA (Aplicable para inst. y dot. comunitarias de las viviendas) Serán fácilmente manejables. Prohibidos los de accionamiento rotatorio. Espacio libre Ø 1,50 mts. Un lavabo no tendrá obstáculos en su parte inferior. No es admisible la grifería de pomo redondo. Altura de accesorios y mecanismos > 0,80 mts. y < 1,20 mts. Altura borde inferior del espejo < 0,90 mts. Inodoro con espacio lateral libre de anchura > 0,70 mts. y dos barras abatibles de 0,50 mts. de longitud y 0,75 mts. de altura. 1 VESTUARIO Y 1 DUCHA DE LOS DE OBLIGADOS POR LA NORMATIVA ESPECÍFICA Espacio libre de 1,50 mts. Ø. Asiento adosado a la pared de: Altura repisas > 0,80 mts. y < 1,20 mts. Altura perchas > 1,20 mts. y < 1,40 mts. Longitud 0,70 mts Anchura 0,45 mts. Fondo 0,40 mts. Se dispondrán barras metálicas horizontales a 0,75 mts. de altura. (En vestuarios y duchas) Dimensiones mínimas del recinto destinado a ducha. Largo > 1,80 mts. Ancho > 1,20 mts Las puertas de acceso abrirán hacia afuera o serán de vaivén. ESPACIOS RESERVADOS (En Aulas, Salas de Reuniones, Locales de Espectáculos y Análogos) Reservas señalizadas obligatorias: Hasta personas > 2.00 % De a personas > 1,00 % Más de personas > 0,50 % Condiciones de los espacios reservados, que estarán señalizados: Con asientos en graderío: - Se situarán próximas a los accesos, plazas para usuarios de sillas de ruedas... - Se destinarán otras adecuadas a personas con déficit visuales y auditivos ubicadas donde se reduzcan estas dificultades... Con asientos no dispuestos en graderío: - Se dispondrán espacios para los usuarios de sillas de ruedas junto al pasillo, teniendo los pasillos una anchura > 1,20 mts. APARCAMIENTOS Se reservará una plaza cada 50 plazas o fracción. Se ubicarán próximas a los accesos peatonales. Dimensiones 5,00 x 3,60 mts. REFORMADO PROYECTO BÁSICO Y EJECUCION DE INSTALACION DE CESPED ARTIFICIAL EN ESTADIO MUNICIPAL MONTALBAN. 14

19 MEMORIA ANEXO III EDIFICIOS DE VIVIENDAS (Aplicable a zonas de uso comunitario: elementos comunes) ESPACIOS EXTERIORES NORMA Las zonas y elementos de urbanización de uso comunitario situadas en los espacios exteriores de las edificaciones de viviendas se ajustarán a lo indicado específicamente para este caso en el apartado de Infraestructura y Urbanización. (Rellenar impreso de Infraestructura y Urbanización en Anexo I, salvo apartados excluidos. PROYECTO ANEXO I INSTALACIONES Y DOTACIONES COMUNITARIAS COMPLEMENTARIAS ITINERARIOS PRACTICABLES (Para contestar afirmativamente a estos apartados hay que cumplir la normativa exigida en todos las apartados siguientes) El acceso desde el exterior e interior, los vestíbulos, pasillos, huecos de paso, escaleras y mecanismos eléctricos se ajustarán a lo establecido en los correspondientes apartados de la normativa. (Rellenar apartados específicos del impreso de Edificios de uso público en Anexo II). Comunicación entre el exterior y el interior. ANEXO II Comunicación entre zonas comunes y viviendas - Si hay ascensor obligatorio, 1 acceso hasta el ascensor. - - ACCESO DESDE EL ESPACIO EXTERIOR Desnivel <12 cms. Salvado con plano inclinado Pendiente < 60 %. Ancho > 0,80 mts - - Desnivel > 12 cms. Salvado con rampa que se ajuste a la norma - VESTÍBULOS Ø 1,50 mts. - Prohibidos desniveles salvados únicamente con escalones, debiendo ser sustituidos o completados por rampas accesibles - PASILLOS Anchura libre > 1,20 mts. - Prohibidos desniveles salvados únicamente con escalones, debiendo ser sustituidos o completados por rampas accesibles. - HUECOS DE PASO Anchura de puertas de entrada de > 0,80 mts. - Anchura de salidas de emergencia >1,00 mts. - A ambos lados de las puertas existirá un espacio libre horizontal no barrido por puertas > 1,20 mts. - Entre puertas dobles deberá existir un espacio libre de Ø 1,50 mts - Si hay torniquetes, barreras, puertas giratorias u otros elementos de control de entrada que obstaculicen el paso, se dispondrán huecos de paso alternativos accesibles. Las puertas automáticas de cierre de corredera irán provistas de dispositivos de apertura automáticos en caso de aprisionamiento. Deben llevar una banda indicativa de color a una altura > 0,60 y <1,20 mts. Las puertas abatibles de cierre automático deberán llevar un mecanismo de minoración de velocidad. Las puertas de cristal deberán ser de vidrio de seguridad con un zócalo protector de 0,40 mts. de altura y banda señalizadora horizontal a altura > 0,60 mts. y <1,20 mts La apertura de las salidas de emergencia será por presión simple - REFORMADO PROYECTO BÁSICO Y EJECUCION DE INSTALACION DE CESPED ARTIFICIAL EN ESTADIO MUNICIPAL MONTALBAN. 15

20 MEMORIA ANEXO III EDIFICIOS DE VIVIENDAS NORMA PROYECTO ESCALERAS Directriz recta o ligeramente curva. - Longitud libre de peldaños >1,00 mts. - Dimensión de los peldaños Huella > 27 cms. (En caso de escaleras curvas se medirán a 40 cms. de su borde interior) - Contrahuella <18,5 cms - No se admiten mesetas partidas, ni en ángulo, ni escaleras compensadas. - Fondo de las mesetas Intermedias > 1,00 mts. - De acceso a viviendas > 1,20 mts - Distancia de la arista de peldaños a puertas > 25 cms. - Tramos < 16 peldaños. - Altura de pasamanos > 0,90 mts. y < 0,95 mts. - Si hay ojo de escalera la barandilla no será escalable. - RAMPAS Directriz recta o ligeramente curva. - Anchura > 1,20 mts. - Pavimento antideslizante. - Pendiente longitudinal Tramos longitud < 3 mts. < 12 %. - - Tramos longitud > 3 mts. < 8 %. - Pendiente transversal < 2 %. - Si hay hueco la barandilla no será escalable. - 1 ASCENSOR DE LOS EXIGIDOS POR LA NORMATIVA ESPECÍFICA (Planeamiento Municipal. Normativa V.P.O. en su caso. Normalmente son obligatorios para >PB+3) Puertas de recinto y cabina automáticas y con indicado acústico. - Anchura de puertas > 0,80 mts. - Fondo de cabina > 1,20 mts. - Ancho de cabina > 0,90 mts. - Pasamanos en cabina con altura > 0,80 mts. y < 0,90 mts. - Cuando existan aparcamientos en plantas de sótano, el ascensor llegará a todas ellas. - MECANISMOS ELÉCTRICOS Serán fácilmente manejables. Prohibidos los de accionamiento rotatorio. - REFORMADO PROYECTO BÁSICO Y EJECUCION DE INSTALACION DE CESPED ARTIFICIAL EN ESTADIO MUNICIPAL MONTALBAN. 16

21 MEMORIA ANEXO IV VIVIENDAS PARA MINUSVÁLIDOS USUARIOS DE SILLAS DE RUEDAS NORMA PROYECTO PREVISIÓN PUERTAS En los proyectos de V.P.O. y de cualquier otro carácter que se construyan, promuevan o subvencionen por las Administraciones Públicas y demás entidades dependientes o vinculadas al sector público, se reservará un mínimo del 3 % del total de las viviendas para personas con minusvalías usuarias de sillas de ruedas. N.º total de viviendas Viviendas minusválidos De 0 a De 34 a De 67 a De 100 a (etc). Anchura de puerta de acceso a vivienda > 0,80 mts. Anchura de puerta de acceso a estancia principal > 0,80 mts. Anchura de resto de puertas > 0,70 mts. Todas las puertas deberán poder abrirse y maniobrarse con una sola mano. En los cuartos de baño abrirán hacia fuera o serán correderas. PASILLOS RECIBIDOR COCINA Anchura:... En línea recta... > 0,90 mts. En cambios de dirección... > 1,00 mts. En frente a las puertas que no son perpendiculares al sentido del avance... > 1,00 mts. Espacio libre Ø 1,20 mts. Frente a puerta, libre Ø 1,20 mts. Frente a fregadero, libre Ø 1,20 mts. (Se admite considerar hueco el espacio inferior) Distancia libre de paso entre mobiliario > 0,70 mts. Si lleva equipamiento, estará adaptado para minusválidos. 1 DORMITORIO Y LA ESTANCIA Espacio frente a puerta de acceso y junto a un lado de la cama Ø 1,20 mts. Distancia libre entre mobiliario > 0,70 mts. 1 CUARTODE BAÑO Espacio libre Ø 1,20 mts. Espacio libre frente al lavabo >0,70 mts. Espacio libre lateralmente a la bañera, ducha e inodoro > 0,70 mts. (Podrá prescindirse del bidé) La cisterna debe llevar un sistema de descarga permitiendo el uso por personas con dificultad motora en miembros superiores. La grifería será fácilmente manipulable, no permitiéndose la de pomo redondo. Los mecanismos eléctricos se dispondrán a alturas entre 0,80 mts. y 1,20 mts. Si lleva equipamiento, estará adaptado para minusválidos. REFORMADO PROYECTO BÁSICO Y EJECUCION DE INSTALACION DE CESPED ARTIFICIAL EN ESTADIO MUNICIPAL MONTALBAN. 17

22 MEMORIA OBSERVACIONES: DECLARACIÓN DE LAS CIRCUNSTANCIAS QUE INCIDEN EN EL EXPEDIENTE X Se cumplen todas las disposiciones de la Norma. No se cumple alguna prescripción específica de la Norma debido a las condiciones físicas del terreno, que imposibilitan su cumplimiento, justificándose en el proyecto. Por actuarse en edificio declarado B.I.C. o con expediente incoado, o estar incluido en el Catálogo Municipal se sujeta al régimen previsto en la ley 16/1985 del Patrimonio Histórico Español y en la ley 1/1991 del Patrimonio Histórico de Andalucía. Fecha MAYO de 2009 El/ Los Arquitecto/s REFORMADO PROYECTO BÁSICO Y EJECUCION DE INSTALACION DE CESPED ARTIFICIAL EN ESTADIO MUNICIPAL MONTALBAN. 18

23 MEMORIA 1.7. RESUMEN DE SUPERFICIES DE LA ACTUACIÓN TOTAL SUPERFICIE m² 1.8. RESUMEN ECONÓMICO El Presupuesto de Ejecución Material de las obras proyectadas, en función de la superficie construida de cada zona, multiplicada por el módulo de referencia, es el que sigue: (I3) Pistas de Césped ó Pavimentos especiales 7.264,68 m² x 55,472 /m² ,33 Total Presupuesto Ejecución Material ,33 MAYO de 2009 Fdo.: Juan Antonio Alonso González Arquitecto REFORMADO PROYECTO BÁSICO Y EJECUCION DE INSTALACION DE CESPED ARTIFICIAL EN ESTADIO MUNICIPAL MONTALBAN. 19

24 MEMORIA 2. MEMORIA CONSTRUCTIVA A. TRABAJOS PREVIOS B. REPLANTEO Se retirarán todos aquellos elementos existentes sobre el terreno de juego: porterías y barandillas perimetrales, banquillos, banderines y se transportarán los restos a vertedero. Antes del inicio de las obras se hará un replanteo del terreno, marcando los vértices del campo de fútbol, así como sus ejes principales y todas aquellas referencias que se consideren necesarias y suficientes para la correcta ejecución de los trabajos. Se reflejará la existencia de cualquier servicio o elemento existente en la instalación deportiva que pueda ser causa de afección. C. MOVIMIENTO DE TIERRAS Se procederá a realizar excavación de la superficie de existente, con una profundidad de 20 cm para, posteriormente, ejecutar la subbase. A la vez que se excava el terreno de juego, se establecerá una pendiente a dos aguas en el terreno excavado, esta será del 0.8% hacia los lados largos del campo. Además se realizará una excavación en zanja para ubicación de los tubos de saneamiento, tanto los principales como los secundarios, la longitud será la indicada en los planos, y tendrán la misma pendiente que el resto del campo. Una vez ejecutada toda la excavación del campo se procederá a compactarlo hasta alcanzar un grado de compactación de 95% del Proctor Modificado, deberán compactarse y rasantearse también, los fondos de excavación de las zanjas. Se aplicará un tratamiento a la superficie existente, con un herbicida químico de contacto, que evitará el nacimiento de malas hierbas que pudiesen contaminar la obra a construir. A continuación se procederá a rellenar con una capa material granular 15/20, de 12 cm de espesor, debiendo este presentar una granulometría de 15/20 mm. Posteriormente, se colocará una capa de 3 cm de arena de sílice con granulometría de mm. Ambas capas deberán alcanzar un grado de compactación de 95% del Proctor Modificado. D. DRENAJE 2.D.1. Colectores. Por la zona exterior al campo de fútbol, se realizará la excavación correspondiente en ambos laterales y fondos. Una vez realizada ésta excavación se procederá a colocar los tubos colectores, estos serán de PVC Ø200 mm corrugado de rígidez sn=8k/m2, unión por copa y junta polimérica y pdte. 0.5% e irán conectados a los sumideros a través de arquetas. Con el fin de evitar posibles atascos en la red de saneamiento, se construirán arquetas registrables de hormigón prefabricado de dimensiones interiores 40x40 cm y profundidad variable, longitudinalmente cada 25 m. aproximadamente, en cambios de dirección y puntos de conexión con marco y tapa de fundición 40x40, de modo que se pueda acceder al tubo colector y proceder a su limpieza y mantenimiento. Los colectores de las bandas se unirán al pozo de registro visitable, y este por medio de un colector de PVC Ø315 mm corrugado de rígidez sn=8k/m2, unión por copa y junta polimérica evacuará a la red de pluviales. Toda la conducción irá protegida con arena fina de granulometría mm. y se dotará a los tubos colectores de una pendiente longitudinal del 0,5%. El resto de la zanja se rellenará con material procedente de la excavación. REFORMADO PROYECTO BÁSICO Y EJECUCION DE INSTALACION DE CESPED ARTIFICIAL EN ESTADIO MUNICIPAL MONTALBAN. 20

25 MEMORIA 2.D.2. Canaletas. Una vez colocados y enterrados los colectores, se procederá a colocar, sobre un lecho de hormigón de 15 cm, una canaleta prefabricada de hormigón polímero, material totalmente ecológico ante la acción de agentes climatológicos, de dimensiones exteriores de 130mm y anchura interior 100 mm, cubierta con rejilla superior galvanizada y presillas para poder retener el césped artificial. Con el fin de encauzar las aguas recogidas por las canaletas y llevarlas hasta el tubo colector de evacuación de aguas, se colocarán arquetas-areneros prefabricadas cada 25m. aproximadamente de las mismas características que la canaleta y coicidiendo con las arquetas de unión de colectores. Las arquetas-areneros serán de hormigón polímero y tendrán incluida una cesta extraíble metálica. Estas se conectarán directamente a arquetas mediante tubo de PVC de 110 mm de diámetro, el cual encauzará las aguas hasta el punto de recogida de pluviales más próximo. Estas arquetas dispondrán de cestas de acero galvanizado para su limpieza y mantenimiento. E. RED DE RIEGO El sistema riego estará totalmente automatizado y compuesto por un total de 6 cañones de riego, distribuidos 3 en cada lateral del campo, 2 en cada corner y otro a la altura del centro del campo, según se especifica en los planos correspondientes. Estos cañones de alto caudal serán regulables y tendrán un alcance mínimo de 45 m y 58m. de alcance máximo, con lo que se asegura un riego suficiente y homogéneo en todo el terreno de juego. El cañón está provisto de un brazo hidráulico o electrónico, conectado al sistema de control de pivote, que tapa la boquilla. El brazo es externo, lo que elimina las pérdidas de carga, las turbulencias y los riesgos de atasco. Los cañones iran aéreos a 2m. del suelo. Cada cañón contará con protectores de cañones de riego en fibra de vidrio. Las electroválvulas irán instaladas en arquetas de polipropileno de 40x40 cm. Para suministrar el agua a los cañones se realizará una conducción en anillo cerrado enterrada que estará formada por una tubería de polietileno de alta densidad de Ø90 mm de diámetro para una presión de trabajo de 10 atm. PN 10, completamente electrosoldada. Además de una conducción de tubo corrugado de Ø63 mm de diámetro por la que se introducirá un cable 06/1 Kv de 4x1.5mm 2 que transmitirá las ordenes del programador a las electroválvulas a través de una señal eléctrica de 24V. Las electroválvulas se instalarán en arquetas de polipropileno de dimensiones 40x40x40cm con cerco y tapa de fudición. Se automatiza la instalación con un programador híbrido de 6 estaciones con doble programa. Se concluirá la instalación de riego con la colocación de un grupo de hidroneumático de presión con dos bombas de impulsión de 30CV y 45 m.c.a. para riego a presión constante. El funcionamiento de las bombas se realiza mediante variador de frecuencia y captadora de presión. El funcionamiento de las bombas es del modo principal más auxiliar (la auxiliar solamente trabaja cuando la principal es insuficiente) y rotativo (cada dia cambia el orden principal-auxiliar para el uso homogéneo de ambas) en caso de avería de una de las bombas la otra asume automáticamente el papal principal (anula la rotación) y notifica el fallo, completamente instalado. Se instalara un cuadro eléctrico con protecciones y elementos de maniobra necesarios. Se instalará un depósito cilíndrico aéreo en caseta para almacenamiento de agua, de litros de capacidad de poliéster reforzado con fibra de vidrio (PRFV). F. PAVIMENTACIÓN 2.F.1. Bordillos REFORMADO PROYECTO BÁSICO Y EJECUCION DE INSTALACION DE CESPED ARTIFICIAL EN ESTADIO MUNICIPAL MONTALBAN. 21

ANEXO IV: FICHAS JUSTIFICATIVAS DEL CUMPLIMIENTO DE LA NORMA SOBRE ACCESIBILIDAD.

ANEXO IV: FICHAS JUSTIFICATIVAS DEL CUMPLIMIENTO DE LA NORMA SOBRE ACCESIBILIDAD. ANEXO IV: FICHAS JUSTIFICATIVAS DEL CUMPLIMIENTO DE LA SOBRE ACCEBILIDAD. S TÉCNICAS PARA LA ACCEBILIDAD Y LA ELIMINACIÓN DE BARRERAS ARQUITECTÓNICAS, URBANÍSTICAS Y EN EL TRANSPORTE EN ANDALUCÍA. (Según

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