NORMATIVA DE ACADÉMICA DE LOS ESTUDIOS DE GRADO DE LA UNIVERSITAT JAUME I. CURSO ACADÉMICO

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "NORMATIVA DE ACADÉMICA DE LOS ESTUDIOS DE GRADO DE LA UNIVERSITAT JAUME I. CURSO ACADÉMICO"

Transcripción

1 NORMATIVA DE ACADÉMICA DE LOS ESTUDIOS DE GRADO DE LA UNIVERSITAT JAUME I. CURSO ACADÉMICO 2015/2016 (Aprobada por el Consejo de Gobierno núm.7 de 24 de junio de 2015) INDICE: Exposición de motivos Artículo 1. Matrícula 1.1 Modalidades de matrícula 1.2 Modalidades de pago 1.3 Exenciones y bonificaciones 1.4 Modificaciones de matrícula 1.5 Anulaciones de matrícula 1.6 Consideración administrativa de las asignaturas Prácticas Académicas Externas y Trabajo Final de Grado 1.7 Devolución de precios públicos 1.8 Seguro escolar 1.9 Simultaneidad de estudios 1.10 Programa de segunda titulación / programas interuniversitarios de doble título Artículo 2. Becas y ayudas 2.1 Becas del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte 2.2 Becas de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte 2.3 Becas de colaboración de la Universitat Jaume I 2.4 Ayudas de la Universitat Jaume I Artículo 3. Convocatorias de Evaluación 3.1 Convocatoria adicional 3.2 Convocatoria extraordinaria de finalización de estudios Artículo 4. Valoración de expedientes Artículo 5. Certificados académicos Artículo 6. Expedición de títulos Artículo 7. Normativa de interés para el estudiantado Normativa sobre reconocimiento y transferencia de créditos Normativa de reconocimiento de créditos por actividades universitarias Normativa de los trabajos de final de grado Normativa de evaluación Normativa de permanencia para los estudios universitarios oficiales de grado y master Normativa de compensación curricular en los estudios de grado Vicerrectorado de Estudiantes, Empleo e Innovación Educativa 1

2 EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Esta normativa para los estudios de grado, regulados por el Real decreto 1393/2007, de 29 de octubre, modificado por el Real decreto 861/2010, pretende ser una herramienta que oriente al estudiantado y al profesorado a la hora de hacer los trámites reglamentarios establecidos para estos estudios y permita al personal administrativo actuar con más seguridad y eficiencia en la gestión de los procedimientos. En todo aquello que no esté previsto en los Reales decretos 1393/2007 y 861/2010, la Ley orgánica 4/2007, por la cual se modifica la Ley orgánica 6/2001, de universidades, y esta normativa académica, se aplicará la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. Este documento contiene las normas de aplicación general que afectan al estudiantado de grado de la Universitat Jaume I. El Consejo de Gobierno de la Universitat es el órgano que aprueba la normativa de académica. Esta normativa se revisa cada curso académico, para actualizarla de acuerdo con la normativa estatal y con los criterios de carácter interno que hayan podido modificarse con respecto al curso anterior. El estudiantado solicita, bajo su responsabilidad, cualquier servicio académico (matrícula, reconocimiento de créditos, etc.) y tiene la obligación de conocer y respetar las condiciones de esta normativa académica. Estas normas se tienen que hacer públicas para todo el estudiantado antes del período de matrícula establecido para cada curso académico. Vicerrectorado de Estudiantes, Empleo e Innovación Educativa 2

3 Artículo 1. Matrícula La matrícula es el acto administrativo por el que se formaliza un contrato entre el estudiantado y la Universitat para la realización de una actividad académica. La matrícula debe solicitarse dentro de los plazos establecidos en cada curso. La validez de la matrícula estará condicionada a la revisión de la documentación aportada y a la acreditación de los requisitos exigidos en la normativa aplicable. En el momento de solicitar la matrícula, el estudiantado ha de estar en posesión de los requisitos exigidos. La Universidad podrá anular una matrícula por incumplimiento de requisitos académicos. El alumnado debe pagar íntegramente los precios oficialmente establecidos en el Diario Oficial de la Comunidad Valenciana (DOCV) por prestación de servicios académicos universitarios, excepto si se acoge a cualquiera de las exenciones o bonificaciones establecidas. El importe total de la matrícula no puede ser inferior al que se establece en el decreto de tasas. No obstante, esta cuantía mínima no se aplicará si el alumnado tiene pendiente para acabar sus estudios un número de créditos que no supere esa cantidad mínima. Cuando una persona se matricula de un crédito por segunda o posterior vez, el importe de esta matrícula se incrementa en el recargo establecido en el decreto de tasas. El estudiantado que en dos cursos académicos consecutivos no ha formalizado la matrícula, se entiende que abandona los estudios que cursaba. 1.1 Modalidades de matrícula El estudiantado podrá matricularse en los estudios universitarios oficiales que se imparten en la Universitat Jaume I con una dedicación al estudio a tiempo completo o a tiempo parcial; aunque el régimen de dedicación ordinario del estudiantado de la Universitat Jaume I es el de tiempo completo. El estudiantado que desee realizar estudios a tiempo parcial debe presentar, en el plazo de matrícula, una solicitud en el Registro General justificando los motivos por los que no puede realizar los estudios a tiempo completo. Una vez concedida la modalidad de estudios a tiempo parcial, esta condición se mantendrá en sucesivos cursos, siempre que no cambien las circunstancias iniciales. La continuación o modificación de estas circunstancias se indicaran en el momento de realizar la matrícula. No obstante, la Universidad podrá requerir al estudiantado la justificación documental de la continuación de las circunstancias que han dado lugar a la concesión de los estudios a tiempo parcial. Serán motivos para realizar estudios a tiempo parcial las necesidades educativas especiales, la situación laboral del estudiante, las funciones de representación estudiantil, ser deportistas de alto nivel, la conciliación familiar, la simultaneidad de estudios y otros motivos debidamente justificados al parecer de la Comisión de permanencia. El alumnado tiene que matricularse de los créditos requeridos para estudios a tiempo completo y una vez resuelta la solicitud ajustar su matrícula. Si no lo hace, se entenderá que renuncia a la modalidad de tiempo parcial. Durante el mismo curso académico no se podrán autorizar cambios en el régimen de dedicación al estudio. El número máximo y mínimo de créditos de los cuales el estudiantado ha de matricularse se puede consultar en la dirección Modalidades de pago Las tasas administrativas (seguro escolar, apertura de expediente, certificado de estudios de acceso i carnet) se pagan separadamente del importe de los créditos matriculados y no se pueden fraccionar. Este importe se puede pagar mediante un recibo, tarjeta o domiciliación bancaria. Vicerrectorado de Estudiantes, Empleo e Innovación Educativa 3

4 Para el pago del importe de los créditos, el estudiantado puede optar entre las siguientes modalidades de pago: Un único pago: el pago del importe de los créditos de la matrícula se hace en una sola vez mediante un recibo, tarjeta o domiciliación bancaria, durante el mes de octubre. Fraccionado en dos plazos: se puede fraccionar el pago del importe de los créditos de la matrícula en dos plazos de igual cantidad. El primero se debe durante el mes de octubre y el segundo en la segunda quincena de enero. Estos pagos se pueden realizar mediante tarjeta o domiciliación bancaria. Fraccionado en siete plazos: El importe mínimo para poder solicitar este fraccionamiento es de 200 euros. El primero, del 20%, se ha de pagar en octubre, el segundo, del 20%, en noviembre, el tercero, del 20%, en diciembre, el cuarto, del 10%, en enero, el quinto, del 10%, en febrero, el sexto, del 10%, en marzo y el ultimo, del 10%, en abril. Estos pagos se pueden realizar mediante tarjeta o domiciliación bancaria Para los pagos con recibo o con tarjeta en el momento de cada pago, se recibirá un correo electrónico mediante el cual se podrá acceder a una dirección para efectuar el pago. Los pagos con domiciliación bancaria se envían directamente a la cuenta bancaria facilitada en la matrícula. En el caso que algún pago sea devuelto por el banco, la reclamación de este importe se cobrara por recibo o por tarjeta. El estudiantado solicitante de beca no ha de pagar el importe de los créditos de primera matrícula hasta que se resuelva la solicitud de la beca. 1.3 Exenciones y bonificaciones En el momento de realizar la matrícula telemáticamente, esta tiene la consideración de matrícula ordinaria. Las exenciones y bonificaciones del pago de los precios públicos por matrícula son las que se especifican a continuación. Hay que justificar documentalmente cualquiera de las exenciones y bonificaciones solicitadas en el plazo establecido al efecto. Así mismo, esta documentación tendrá ser en vigor. Beca: el estudiantado está exento de pagar las tasas correspondientes a los créditos matriculados por primera matrícula. Familia numerosa general: el estudiantado debe pagar el 50% de las tasas correspondientes a los créditos matriculados y de las tasas administrativas. Familia numerosa especial: el estudiantado está exento de pagar las tasas correspondientes a los créditos matriculados y de las tasas administrativas. Familia numerosa de países extranjeros: el estudiantado está exento de pagar las tasas correspondientes, de conformidad con la normativa vigente. Matrícula de honor global en el segundo curso de bachillerato o Premio extraordinario de bachillerato: el alumnado está exento de pagar las tasas correspondientes a los créditos matriculados y de las tasas administrativas (solo en primer curso). Personas con discapacidad o asimilados: las personas afectadas por una discapacidad igual o superior al 33% están exentas del pago de las tasas correspondientes a los créditos matriculados y de las tasas administrativas. Víctimas de bandas armadas i elementos terroristas: el estudiantado está exento de pagar las tasas correspondientes a los créditos matriculados y de las tasas administrativas. También pueden solicitar la ayuda los cónyuges no separados legalmente y los hijos. La obtención de matrícula de honor en una o varias asignaturas correspondientes a unos mismos estudios de grado da lugar, en el curso inmediatamente posterior, a una bonificación en la matrícula equivalente al importe del número de créditos de esas asignaturas. Esta bonificación se aplicará sobre el importe del crédito por primera matrícula. Vicerrectorado de Estudiantes, Empleo e Innovación Educativa 4

5 No se abonaran las tasas de reconocimiento de créditos cuando se trate de estudiantes de Grado que obtengan el reconocimiento de créditos, de carácter básico, por estudios universitarios no finalizados realizados en la misma universidad y adscritos a la misma rama de conocimiento que la titulación en la que se lleve a cabo el reconocimiento de créditos. Esta exención se aplicará para un único cambio de titulación y en un único sentido, no siendo aplicable cuando el estudiante regrese a la titulación en la que se matriculó inicialmente. Cuando se tenga que realizar por segunda vez la matricula del trabajo de final de grado, se aplicará la tarifa por crédito de primera matrícula, el segundo año y por una sola vez, siempre que el estudiantado no haya presentado el trabajo final de grado. 1.4 Modificaciones de matrícula a) En el plazo de matrícula En el plazo de matrícula el estudiantado puede hacer cambios en su matrícula, siempre que la organización docente lo permita. Estos cambios se tienen que hacer a través de Internet. b) En los siete días posteriores al cierre de la matrícula En los siete días posteriores al cierre de la matrícula el estudiantado puede solicitar, telemáticamente, modificaciones de matrícula justificando alguno de los siguientes motivos: Ser Deportistas de Elite nivel A i nivel B de la Comunidad Valenciana. Tener contrato laboral con alta en la Seguridad Social Por simultaneidad de estudios universitarios, de Ciclos Formativos de Grado Superior o con el Conservatorio Superior de Música Por conciliación familiar También se podrá realizar una permuta con otro estudiante. En este caso, hay que dirigirse personalmente al Servicio de Gestión de la Docencia y Estudiantes (SGDE) para gestionar el cambio. Fuera del plazo y de los motivos establecidos para realizar modificaciones no se tramitara ninguna petición. c) Finalizado el primer semestre Una vez finalizado el primer semestre, el estudiantdo matriculado puede optar por modificar la matrícula, en el plazo que se establezca durante el mes de febrero, siempre que no tenga recibos pendientes de pago. En este periodo de modificaciones de matrícula se pueden añadir i/o anular asignaturas de segundo semestre (no anuales) así como las asignaturas Prácticas Académicas Externas y Trabajo de final de Grado. 1.5 Anulaciones de matrícula a) Anulación total de matrícula La anulación total de la matrícula se puede solicitar hasta el 15 de diciembre del curso académico en el que se esté matriculado. La anulación de la matrícula será completa y no comportará la devolución de los importes pagados. Se puede solicitar la devolución del importe pagado, excluyendo las tasas administrativas, si la anulación se solicita por motivos de enfermedad grave del alumnado o cualquiera otra causa debidamente justificada. Asimismo, se tiene derecho a la devolución del importe pagado, excluyendo las tasas administrativas, si el estudiante ha estado admitido en otra universidad. Vicerrectorado de Estudiantes, Empleo e Innovación Educativa 5

6 b) Anulación de oficio de la matrícula Una vez transcurrido el período de pago voluntario desde la emisión del recibo o el día siguiente de la devolución del recibo domiciliado por parte de la entidad bancaria, se llevará a cabo el cobro, mediante un requerimiento de pago, de las cantidades pendientes. El plazo máximo para abonar la deuda, o presentar alegaciones, es de 15 días hábiles contadores desde el día siguiente de la notificación de requerimiento de pago. Transcurrido el plazo indicado sin que se haya hecho efectivo el pago o presentadas alegaciones, la Universidad puede anular de oficio la matrícula. No obstante, las tasas administrativas pendientes, se han de pagar como condición previa a la matrícula en sucesivos cursos. El impago de las tasas correspondientes comporta, asimismo, la invalidación de cualquier calificación que se haya podido obtener. La Universidad exigirá el pago de las cantidades pendientes, en cualquiera de sus enseñanzas oficiales, como condición previa de matrícula, expedición de títulos, certificaciones o cualquiera otro documento académico. Se anulará igualmente de oficio la matrícula, previa comunicación a la persona interesada, en cualquier momento en el supuesto de omisión o falseamiento de los datos o incumplimiento de los requisitos exigidos. c) Anulación de asignaturas de primer semestre, de segundo semestre y anuales El estudiantado puede realizar anulaciones parciales de matrícula, sin devolución de tasas, durante la segunda quincena del mes de noviembre del curso académico en que está matriculado, para las asignaturas de primer semestre, y durante la segunda quincena del mes de marzo para las asignaturas del segundo semestre. 1.6 Consideración administrativa de las asignaturas Prácticas Académicas Externas y Trabajo de Final de Grado El estudiantado puede matricularse de las asignaturas de Prácticas Académicas Externas y/o del Trabajo de Final de Grado en el plazo general o en el plazo de modificaciones de matrícula establecido en cada curso académico. El acta de estas asignaturas, que será única, se abrirá en enero y se cerrará antes del 30 de noviembre del curso siguiente. En el expediente académico, la convocatoria que constará será primera ordinaria, independientemente del momento en que se realicen las prácticas o la defensa del trabajo de final de grado. La normativa reguladora de las estancias en prácticas y del trabajo de final de grado de la Universidad Jaime I se puede consultar en la dirección Devolución de precios públicos Se puede solicitar la devolución del importe de los precios públicos satisfechos cuando se considere que estos se han pagado indebidamente. A la solicitud de devolución hay que adjuntar el documento nacional de identidad, la justificación de los motivos por los que se pide la devolución y el documento justificativo original del pago del importe del que se solicita la devolución. No se devolverá el importe correspondiente a las tasas administrativas (seguro escolar, abertura de expediente, certificado de estudios de acceso, carnet... ). Vicerrectorado de Estudiantes, Empleo e Innovación Educativa 6

7 1.8 Seguro escolar De conformidad con la Ley de 17 de julio de 1953 y la Orden de 11 de agosto de 1953 son beneficiarios del seguro escolar todos los estudiantes que no hayan cumplido los 28 años antes del 1 de octubre del año en curso. La cuota es de 1 12 euros, que se pagan cuando se formaliza la matrícula. Las prestaciones del seguro escolar se solicitan mediante los impresos oficiales que facilitan las oficinas del Instituto Nacional de la Seguridad Social. Las prestaciones solicitadas pueden ser económicas y sanitarias 1.9 Simultaneidad de estudios El estudiantado que curse unos estudios universitarios oficiales y desee hacer, al mismo tiempo, otros estudios universitarios oficiales, debe solicitar la simultaneidad de estudios. Para solicitar la simultaneidad estudios se debe tener aprobado un mínimo de 60 créditos en el primer estudio iniciado. Las personas interesadas deben solicitar plaza por preinscripción, en el plazo establecido, en la nueva titulación a la que quieren acceder. Una vez admitidos, deben presentar la solicitud de simultaneidad al decanato o dirección del centro al que corresponde la titulación a la que desea acceder. A la solicitud hay que adjuntar una fotocopia del DNI/NIE y un certificado académico personal. El decanato o dirección tiene que resolver las solicitudes antes de los períodos de matrícula establecidos. La matrícula estará condicionada a la resolución favorable de la solicitud de simultaneidad de estudios. Esta resolución favorable solo será válida para el curso académico en el que se solicita Programa de segunda titulación/ Programas interuniversitarios de doble título El estudiantado que, cumpliendo los requisitos de acceso a un ciclo de enseñanzas oficiales, quiera cursar dos planes de estudios del mismo ciclo que conducen a la obtención del título en cada uno de estos, lo puede hacer mediante algún de los programas siguientes Programa individualizado de segundo título Los programas individualizados de segundo título son aquellos en los que el estudiantado de una primera titulación oficial de la Universidad Jaime I, cursa simultáneamente, materias específicas de una segunda titulación oficial, dentro del mismo ámbito, que no ha cursado en la primera titulación, con el fin de obtener el título en cada uno de estos estudios. Los grados que posibilitan estas segundas titulaciones son: - Grado en Comunicación Audiovisual, Grado en Publicidad y Relaciones Públicas y Grado en Periodismo. - Grado en Humanidades: Estudios Interculturales y Grado en Historia y Patrimonio - Grado en Administración de Empresas, Grado en Economía y Grado en Finanzas y Contabilidad. - Grado en Ingeniería Informática y Grado en Matemática Computacional - Grado en Ingeniería en Tecnologías Industriales, Grado en Ingeniería Mecánica y Grado en Ingeniería Eléctrica. Vicerrectorado de Estudiantes, Empleo e Innovación Educativa 7

8 Puede acceder a este programa el estudiantado que cumpla los siguientes requisitos: - Tener un rendimiento académico excepcional y haber superado, como mínimo, el 50% de los créditos de la primera titulación, o el primer curso completo en el caso de los grados en Ingeniería Informática y Matemática Computacional. Además, la comisión de titulación del segundo título puede establecer criterios adicionales. - Acceder a la segunda titulación mediante el reconocimiento de 30 créditos ECTS. El reconocimiento de estos créditos debe estar avalado por un informe de la comisión de titulación de la segunda titulación. El estudiantado que quiera acogerse a un programa individualizado de segunda titulación debe pedirlo en el plazo establecido. En la resolución de aceptación para cursar la segunda titulación se debe hacer constar, en su caso, las materias que debe superar. En ésta segunda titulación el estudiantado se debe matricular y pedir reconocimiento de las materias que no debe cursar. El estudiantado que se integre en este programa debe cumplir, en cada curso académico y en las dos titulaciones, los requisitos de matrícula, permanencia y el resto de condiciones establecidas en la normativa de la Universidad Programas interuniversitarios de doble título Los programas interuniversitarios de doble título son aquellos establecidos mediante convenios aprobados por el Consejo de Gobierno con otras universidades españolas o extranjeras para que el estudiantado de una titulación oficial de la Universidad Jaime I pueda obtener otro título oficial en otra universidad. Los convenios deben incluir: - Los requisitos que se deben cumplir para acogerse al programa. - Los reconocimientos de créditos ECTS entre las titulaciones de ambas universidades. - La regulación de la movilidad del estudiantado entre la universidad de origen donde cursan la primera titulación y la de destino, donde obtendrán la segunda titulación. Se puede obtener más información sobre estos programas en la Oficina de Relaciones Internacionales. Artículo 2. Becas y ayudas 2.1 Becas del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte convoca anualmente becas para realizar estudios universitarios. En la dirección se puede consultar la convocatoria, los impresos y las instrucciones para cada curso académico. Podéis obtener más información en la página Becas de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte Estas becas tienen como finalidad complementar el sistema general de becas y ayudas que se articula desde el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte para el Estado español. Estas ayudas comportan la compensación del pago del importe de las tasas que se tienen que satisfacer por la prestación del servicio público de educación superior en las universidades públicas valencianas y van Vicerrectorado de Estudiantes, Empleo e Innovación Educativa 8

9 dirigidas al estudiantado que supera la renta establecida en la convocatoria general de becas del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Por lo que respecta a los requisitos y condiciones exigibles, se debe actuar según lo dispuesto en la convocatoria. En la dirección se puede consultar la convocatoria, los impresos y las instrucciones para cada curso académico. 2.3 Becas de colaboración de la Universitat Jaume I La Universitat Jaume I ofrece al estudiantado de cualquiera de las enseñanzas de grado licenciaturas, ingenierías, diplomaturas, ingenieras técnicas y arquitectura técnica, masteres universitarios y doctorado, la posibilidad de realizar tareas de colaboración en los diferentes órganos y servicios de la Universitat. Esta colaboración debe redundar en la formación del estudiantado y comporta la obligación de llevar a cabo las actividades de colaboración que determina la convocatoria. En las convocatorias se establecen los requisitos que el estudiantado debe cumplir y las condiciones de las becas (duración, retribuciones, dedicación, etc.). Las becas de colaboración son compatibles con las becas de las convocatorias generales del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte. Los criterios para convocar becas de colaboración y las convocatorias en vigor se pueden consultar en la web de la Universitat Ayudas de la Universitat Jaume I La Universitat Jaume I puede convocar ayudas con la finalidad de dar soporte al estudiantado de grado teniendo en cuenta las diversas circunstancias económicas o familiares, con el fin de promover a la vez el acceso y la permanencia en los estudios superiores y no dejar desprotegidos a estos estudiantes. En la dirección se puede consultar las convocatorias, los impresos y las instrucciones para cada curso académico. Artículo 3. Convocatorias de evaluación El estudiantado puede presentarse a la evaluación de una asignatura como máximo dos veces por curso académico. Para asignaturas del primer semestre la primera convocatoria se realiza en el mes de enero y la segunda en el mes de junio. Para asignaturas del segundo semestre y anuales la primera convocatoria se realiza en el mes de mayo y la segunda en el mes de junio. 3.1 Convocatoria de evaluación adicional El número máximo de convocatorias por asignatura a que tiene derecho el estudiantado es de cuatro. Si agota las cuatro convocatorias solo dispondrá de dos convocatorias adicionales para poder superar la asignatura. Para utilizar la quinta y sexta convocatoria el estudiantado no debe realizar ningún trámite. Solo se debe matricular en la asignatura y presentarse a las convocatorias establecidas, de acuerdo con la semestralidad de la asignatura. Una vez agotadas estas dos convocatorias adicionales no puede volver a matricularse en la asignatura, de acuerdo con la Resolución de 26 de enero de 2015 por la que se establecen los criterios para la aplicación del número máximo de convocatorias de examen. Vicerrectorado de Estudiantes, Empleo e Innovación Educativa 9

10 La anulación de convocatoria es automática si en el acta de evaluación correspondiente consta la calificación «no presentado». 3.2 Convocatoria extraordinaria de finalización de estudios Puede solicitar esta convocatoria el estudiantado que cumple los siguientes requisitos: - Tener pendiente un máximo de tres asignaturas, excluyendo la asignatura Trabajo de Final de Grado. - Estar matriculado en todas las asignaturas pendientes. - Solicitar esta convocatoria para todas las asignaturas pendientes. - Haber estado matriculado con anterioridad de las asignaturas pendientes para finalizar los estudios. Cada centro debe fijar las fechas de esta convocatoria durante la primera quincena del mes de diciembre. Si no se aprueba alguna de las asignaturas pendientes solo se tiene derecho a una de las convocatorias ordinarias anuales de acuerdo con el carácter semestral o anual de la asignatura. Después de solicitar esta convocatoria extraordinaria de finalización de estudios no se puede pedir la anulación. Artículo 4. Valoración de expedientes De acuerdo con el RD 1125/2003, de 5 de septiembre, por el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones de las titulaciones universitarias de carácter oficial, el cálculo de la nota media del expediente se efectuará mediante el siguiente criterio: suma de los créditos superados, cada uno de ellos multiplicado por el valor de la calificación correspondiente y dividido por el número de créditos totales obtenidos. El resultado se expresa en una escala de 1 a 10 con expresión de un decimal y en una escala de 0 a 4, según la tabla de equivalencias siguiente: Suspenso Aprobado Aprobado 1 punto Notable Notable 2 puntos Sobresaliente 9-10 Sobresaliente 3 puntos Matrícula de honor 9-10 Matrícula de honor 4 puntos Al efecto de valorar los expedientes de planes de estudios nuevos con calificaciones cuantitativas, las materias que aparezcan tan solo con calificación cualitativa serán valoradas de acuerdo con la tabla de equivalencias siguiente: Suspenso 2 5 Aprobado 6 Notable 8 Sobresaliente 9 5 Matrícula de honor 10 Vicerrectorado de Estudiantes, Empleo e Innovación Educativa 10

11 Artículo 5. Certificados académicos Los certificados académicos que se pueden solicitar son: Certificado académico Certificado para la renovación del carné de familia numerosa Certificado de estar matriculado o matriculada Certificado de estudios universitarios iniciales Otros Los certificados para la renovación del carné de familia numerosa y el certificado de estar matriculado o matriculada son gratuitos. Al resto de certificados se les aplica el importe que establece el decreto de precios públicos publicado para cada curso académico. No se emitirá ningún certificado, gratuito o no, si el estudiante tiene recibos pendientes de pago. Los certificados académicos solo se pueden expedir con la solicitud previa de la persona interesada. Para realizar esta petición hay que presentar el DNI/NIE. Los certificados académicos se pueden pedir en valenciano, castellano o inglés. En caso de que sea otra persona, en nombre de la persona interesada, quien solicite el certificado académico, hay que adjuntar una autorización expresa de aquella, acompañada de una copia del DNI/NIE de las dos personas. El certificado académico que se puede obtener mediante la web de la Universitat tiene carácter meramente informativo. No obstante, con el certificado digital, a través de la página web se puede obtener gratuitamente el certificado académico oficial de notas. Artículo 6. Expedición del título Consideraciones previas a la expedición del título A petición del alumnado, no figurarán en la certificación académica oficial las asignaturas o actividades académicas reconocidas, cuyos créditos no sean necesarios para finalizar los estudios iniciados. En la solicitud hay que indicar las asignaturas o actividades académicas concretas que no han de aparecer en la certificación académica oficial. Una vez efectuado el deposito del título el expediente quedara cerrado y no será posible realizar ninguna modificación. Solicitud de expedición del título Una vez cumplidos los requisitos necesarios, el estudiantado tiene derecho a solicitar la expedición del título universitario oficial correspondiente. Para tener derecho a la expedición de un título universitario oficial, como resultado de haber cursado un plan de estudio homologado, se tiene que haber superado, como mínimo, todos los créditos de formación básica, obligatorios, optativos, prácticas externas y el trabajo de final de grado que establece el plan de estudios. Los datos personales se tienen que hacer constar según figuran en el correspondiente documento de identidad vigente, del que se debe adjuntar una fotocopia. En el título aparecerán los datos personales según el documento aportado. Vicerrectorado de Estudiantes, Empleo e Innovación Educativa 11

12 Para poder expedir el título el estudiantado tiene que satisfacer los precios públicos que establece el decreto que anualmente publica la Conselleria. Si tiene derecho a gozar de alguna exención, lo tiene que justificar documentalmente. La certificación acreditativa del pago de los precios públicos para la expedición del título oficial acredita la condición de graduado o graduada de la persona interesada hasta la edición del título. Cuando el título está expedido se comunica a la persona interesada, en la dirección que hizo constar en la solicitud de expedición, que el título está a su disposición. La recogida del título la tiene que efectuar la persona interesada personalmente y debe identificarse con el documento de identidad vigente. Después de comprobar la exactitud de los datos que aparecen en el título, la persona interesada ha de firmarlo. También ha de firmar en el libro de registro para hacer constar que lo ha retirado Se puede autorizar con poder notarial a otra persona para que lo recoja. También se puede solicitar el envío del título a la dependencia oficial más próxima al domicilio, si no se reside en la provincia de Castellón, o a la embajada o consulado de España más próximo, si se reside en el extranjero, abonando las tasas correspondientes. Suplemento Europeo al Título (SET) El Suplemento Europeo al Título es el documento que acompaña a cada uno de los títulos universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, con la información unificada, personalizada para cada titulado universitario, sobre los estudios cursados, los resultados obtenidos, las capacidades profesionales adquiridas y el nivel de su titulación en el sistema nacional de educación superior. Este documento se puede solicitar al mismo momento de realizar el depósito del título. Artículo 7. Normativa de interés para el estudiantado Se puede encontrar en - Normativa de reconocimiento y transferencia de créditos en los estudios oficiales de grado y de master en la Universitat Jaume I (Aprobada por acuerdo de Consejo de Gobierno de 23 de febrero de 2011 y posterior modificación en la sesión número 36 de 25 de junio de 2013) - Normativa de reconocimiento de créditos en los estudios de grado por actividades universitarias (Aprobada por acuerdo de Consejo de Gobierno de 1 de octubre de 2009 y posterior modificación de 23 de febrero de 2011) - Normativa de trabajo de final de grado (Aprobada por acuerdo del Consejo de Gobierno núm. 26 de 26 de julio de 2012 y modificada por el Consejo de Gobierno núm. 30 de 11 de diciembre de 2012 y por el Consejo de Gobierno de 15 de diciembre de 2014) - Normativa de evaluación del estudiantado (Aprobada por acuerdo de Consejo de Gobierno de 13 de julio de 2009) - Normativa de permanencia para los estudios universitarios oficiales de grado y master (Aprobada por el Consejo de Gobierno núm. 11 de 13 de mayo de 2011 y Consejo Social núm. 41 de 18 de julio de 2011 y posterior modificación del Consejo de Gobierno, núm. 48, de 26 de junio de 2014 y Consejo Social núm. 66 de 28 de julio de 2014) - Normativa de compensación curricular en los estudios de grado (Aprobada por el Consejo de Gobierno de 25 de junio 2013) Vicerrectorado de Estudiantes, Empleo e Innovación Educativa 12

NORMATIVA DE GESTIÓN ACADÉMICA DE LOS ESTUDIOS DE PRIMER Y SEGUNDO CICLO DE LA UNIVERSITAT JAUME I CURSO ACADÉMICO 2015/2016

NORMATIVA DE GESTIÓN ACADÉMICA DE LOS ESTUDIOS DE PRIMER Y SEGUNDO CICLO DE LA UNIVERSITAT JAUME I CURSO ACADÉMICO 2015/2016 NORMATIVA DE GESTIÓN ACADÉMICA DE LOS ESTUDIOS DE PRIMER Y SEGUNDO CICLO DE LA UNIVERSITAT JAUME I CURSO ACADÉMICO 2015/2016 (Acuerdo del Consejo de Gobierno núm. 7 de 24 de junio de 2015) INDICE Artículo

Más detalles

NORMATIVA ACADÉMICA GENERAL DEL ESTUDIANTADO DE GRADO DE LA UNIVERSITAT JAUME I

NORMATIVA ACADÉMICA GENERAL DEL ESTUDIANTADO DE GRADO DE LA UNIVERSITAT JAUME I NORMATIVA ACADÉMICA GENERAL DEL ESTUDIANTADO DE GRADO DE LA UNIVERSITAT JAUME I (Acuerdo del Consejo de Dirección nº 42, de 7 de junio de 2011) Este documento contiene las normas de aplicación general

Más detalles

NORMATIVA ACADÉMICA DE LOS ESTUDIOS DE MÁSTER DE LA UNIVERSITAT JAUME I

NORMATIVA ACADÉMICA DE LOS ESTUDIOS DE MÁSTER DE LA UNIVERSITAT JAUME I NORMATIVA ACADÉMICA DE LOS ESTUDIOS DE MÁSTER DE LA UNIVERSITAT JAUME I CURSO ACADÉMICO 2015/16 (Aprobada por el Consejo de Gobierno núm.7 de 24 de junio de 2015) ÍNDICE: Exposición de motivos Artículo

Más detalles

PRECIOS PUBLICOS DE PLANES DE PRIMER Y SEGUNDO CICLO

PRECIOS PUBLICOS DE PLANES DE PRIMER Y SEGUNDO CICLO PRECIOS PUBLICOS DE PLANES DE PRIMER Y SEGUNDO CICLO Los precios públicos por servicios académicos para el curso 2014/2015 han sido fijados por la Comunidad de Madrid a través del Decreto 80/2014 de 17

Más detalles

NORMATIVA SOBRE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS ESTUDIOS UNIVERSITARIOS OFICIALES DE GRADO Y MÁSTER A LA UNIVERSITAT JAUME I

NORMATIVA SOBRE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS ESTUDIOS UNIVERSITARIOS OFICIALES DE GRADO Y MÁSTER A LA UNIVERSITAT JAUME I NORMATIVA SOBRE Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS ESTUDIOS UNIVERSITARIOS OFICIALES DE GRADO Y MÁSTER A LA UNIVERSITAT JAUME I (Acuerdo de Consejo de Gobierno núm. 8 de 23 de febrero de 2011 y posterior

Más detalles

UNIVERSIDAD DE BURGOS

UNIVERSIDAD DE BURGOS NORMAS DE MATRÍCULA DE GRADO, MÁSTER Y 1 er y 2º CICLO AÑO ACADÉMICO 2016-17 Índice I. NORMAS GENERALES DE MATRÍCULA. 1. Tipos de matrícula 2. Modificaciones de matrícula 3. Anulación de matrícula 4. Trabajos

Más detalles

NORMATIVA REGULADORA DEL SISTEMA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS ESTUDIOS DE GRADO (Consejo de Gobierno de 30 de mayo de 2012)

NORMATIVA REGULADORA DEL SISTEMA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS ESTUDIOS DE GRADO (Consejo de Gobierno de 30 de mayo de 2012) NORMATIVA REGULADORA DEL SISTEMA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS ESTUDIOS DE GRADO (Consejo de Gobierno de 30 de mayo de 2012) El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, modificado

Más detalles

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS 1. REGLAMENTO DEL ESTUDIANTE VISITANTE DE LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA. (Aprobado en Consejo de Gobierno de 31 de octubre de 2006 y publicado en el BO-UCLM nº 97 de noviembre de 2006). EXPOSICIÓN

Más detalles

PRECIOS PUBLICOS ESTUDIOS DE GRADO Y MASTER UNIVERSITARIO

PRECIOS PUBLICOS ESTUDIOS DE GRADO Y MASTER UNIVERSITARIO PRECIOS PUBLICOS ESTUDIOS DE GRADO Y MASTER UNIVERSITARIO Los precios públicos por servicios académicos para el curso 2015-2016 han sido fijados por la Comunidad de Madrid a través del Decreto 184/2015

Más detalles

REGLAMENTO SOBRE PROGRAMAS INTERNACIONALES DE MOVILIDAD DE ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD PÚBLICA DE NAVARRA

REGLAMENTO SOBRE PROGRAMAS INTERNACIONALES DE MOVILIDAD DE ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD PÚBLICA DE NAVARRA REGLAMENTO SOBRE PROGRAMAS INTERNACIONALES DE MOVILIDAD DE ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD PÚBLICA DE NAVARRA (Aprobado en sesión de Junta de Gobierno de 3 de julio de 2001. Modificado en sesión de Consejo

Más detalles

Procedimiento interno para los alumnos/as de cursos de Formación Permanente y Títulos Propios: Máster Propios y Expertos Universitarios

Procedimiento interno para los alumnos/as de cursos de Formación Permanente y Títulos Propios: Máster Propios y Expertos Universitarios Procedimiento interno para los alumnos/as de cursos de Formación Permanente y Títulos Propios: Máster Propios y Expertos Universitarios 1. Tipos de cursos Los cursos de Formación Permanente y Títulos Propios

Más detalles

NORMATIVA GENERAL DE LA UNIVERSIDAD PARA LAS ENSEÑANZAS OFICIALES DE GRADO

NORMATIVA GENERAL DE LA UNIVERSIDAD PARA LAS ENSEÑANZAS OFICIALES DE GRADO NORMATIVA GENERAL DE LA UNIVERSIDAD PARA LAS ENSEÑANZAS OFICIALES DE GRADO EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Con motivo de la entrada en vigor del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece

Más detalles

El nombramiento del CAM tendrá una duración de dos años, y sus funciones

El nombramiento del CAM tendrá una duración de dos años, y sus funciones UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA NORMATIVA ACADÉMICA BÁSICA PARA EL DESARROLLO DE LOS MÁSTERES OFICIALES Aprobada por Consejo de Gobierno de 2 de marzo de 2007 Modificadas por Consejo de Gobierno de 27 de febrero

Más detalles

PRECIOS POR CRÉDITO EN EUROS CURSO 2012 / 2013

PRECIOS POR CRÉDITO EN EUROS CURSO 2012 / 2013 PRECIOS POR CRÉDITO EN EUROS CURSO 2012 / 2013 TITULACIONES DOBLE GRADO EN DERECHO- ADMINISTRACIÓN Y DIRECCIÓN DE EMPRESAS DOBLE GRADO EN DERECHO-CIENCIA POLÍTICA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DOBLE GRADO EN

Más detalles

I. Comunidad Autónoma

I. Comunidad Autónoma Página 25031 I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejería de Educación, Cultura y Universidades 7513 Resolución de 16 de junio de 2015, de la Dirección General de Formación Profesional, por

Más detalles

INSTRUCCIONES DE LA CONVOCATORIA DE PRUEBAS DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO SUPERIOR 2013

INSTRUCCIONES DE LA CONVOCATORIA DE PRUEBAS DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO SUPERIOR 2013 INSTRUCCIONES DE LA CONVOCATORIA DE PRUEBAS DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO SUPERIOR 2013 1. Requisitos. - Tener como mínimo 19 años cumplidos en el año de realización de

Más detalles

NORMATIVA SOBRE EL SISTEMA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LAS ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE POSGRADO UNIVERSIDAD DE ALCALÁ

NORMATIVA SOBRE EL SISTEMA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LAS ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE POSGRADO UNIVERSIDAD DE ALCALÁ NORMATIVA SOBRE EL SISTEMA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LAS ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE POSGRADO UNIVERSIDAD DE ALCALÁ 1 ÍNDICE EXPOSICIÓN DE MOTIVOS CAPÍTULO I. DISPOSICIONES

Más detalles

PROCEDIMIENTO Y PLAZOS DE ADMISIÓN Y MATRÍCULA EN EL CURSO 2014-2015

PROCEDIMIENTO Y PLAZOS DE ADMISIÓN Y MATRÍCULA EN EL CURSO 2014-2015 PROCEDIMIENTO Y PLAZOS DE ADMISIÓN Y MATRÍCULA EN EL CURSO 2014-2015 Acuerdo de Consejo de Gobierno de 30 de abril de 2014 Todos los procesos de matrícula y solicitud de plaza para iniciar estudios se

Más detalles

NORMATIVA PARA LA HOMOLOGACIÓN DE LOS TÍTULOS EXTRANJEROS

NORMATIVA PARA LA HOMOLOGACIÓN DE LOS TÍTULOS EXTRANJEROS NORMATIVA PARA LA HOMOLOGACIÓN DE LOS TÍTULOS EXTRANJEROS Acuerdo n.º 48/2011 del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la Normativa para la homologación de los títulos extranjeros Documento aprobado

Más detalles

NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO ACADÉMICO PARA ESTUDIANTES DE INTERCAMBIO EN EL MARCO DEL PROGRAMA SÓCRATES, OTROS PROGRAMAS INTERNACIONALES Y DE

NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO ACADÉMICO PARA ESTUDIANTES DE INTERCAMBIO EN EL MARCO DEL PROGRAMA SÓCRATES, OTROS PROGRAMAS INTERNACIONALES Y DE NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO ACADÉMICO PARA ESTUDIANTES DE INTERCAMBIO EN EL MARCO DEL PROGRAMA SÓCRATES, OTROS PROGRAMAS INTERNACIONALES Y DE CONVENIOS BILATERALES El constante incremento que la Universidad

Más detalles

NOSA 06 - NORMATIVA DE MATRÍCULA Curso de Adaptación al GRADO

NOSA 06 - NORMATIVA DE MATRÍCULA Curso de Adaptación al GRADO NOSA 06 - NORMATIVA DE MATRÍCULA Curso de Adaptación al GRADO 1. REQUISITOS Para realizar un curso de adaptación a un grado se debe ser Diplomado en la titulación equivalente a dicho Grado. Los estudiantes

Más detalles

SOLICITUD DE PLAZA Y MATRÍCULA PARA INICIAR ESTUDIOS CON LÍMITE DE PLAZAS. Publicación 1ª Lista 11 de julio 11 al 16 de julio

SOLICITUD DE PLAZA Y MATRÍCULA PARA INICIAR ESTUDIOS CON LÍMITE DE PLAZAS. Publicación 1ª Lista 11 de julio 11 al 16 de julio PROCEDIMIENTO Y PLAZOS DE EN EL CURSO 2013-2014 Acuerdo de Consejo de Gobierno de 6 de mayo de 2013 Resolución Vicerrector de Estudiantes de 12 de junio de 2013 Todos los procesos de matrícula y solicitud

Más detalles

PROCEDIMIENTOS DE MATRÍCULA EN TITULACIONES OFICIALES DE GRADO Y MÁSTER (Aprobado en Consejo de Gobierno de 30 de abril de 2014 )

PROCEDIMIENTOS DE MATRÍCULA EN TITULACIONES OFICIALES DE GRADO Y MÁSTER (Aprobado en Consejo de Gobierno de 30 de abril de 2014 ) VICERRECTORADO DE DOCENCIA PROCEDIMIENTOS DE MATRÍCULA EN TITULACIONES OFICIALES DE GRADO Y MÁSTER (Aprobado en Consejo de Gobierno de 30 de abril de 2014 ) I. DISPOSICIONES GENERALES Primero. Ámbito de

Más detalles

Capítulo I. Reconocimiento de créditos.

Capítulo I. Reconocimiento de créditos. UflED NORMAS Y CRITERIOS GENERALES DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS PARA LOS GRADOS (Consejo de Gobierno de 28 de junio de 2011, modificación de la normativa aprobada en Consejo de Gobierno

Más detalles

PREGUNTAS FRECUENTES. Matrícula de Grado

PREGUNTAS FRECUENTES. Matrícula de Grado PREGUNTAS FRECUENTES Matrícula de Grado 1. Antes de hacer la matrícula Activación de la cuenta @alumnos.upm.es La dirección electrónica @alumnos.upm.es, es necesaria para acceder a todos los servicios

Más detalles

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Sevilla, 5 de enero 2010 BOJA núm. 2 Página núm. 45 ORDEN de 1 de diciembre de 2009, por la que se establecen convalidaciones entre las Enseñanzas Profesionales de Música y Danza y determinadas materias

Más detalles

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS NORMATIVA DE ADMISIÓN Y MATRÍCULA EN ESTUDIOS UNIVERSITARIOS OFICIALES DE SEGUNDO CICLO, GRADO Y MÁSTER DE LA UNIVERSIDAD DE LA RIOJA PARA EL CURSO 2015-16 (Aprobada en la reunión del Consejo de Gobierno

Más detalles

6. LOS PROCEDIMIENTOS Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, PROMOCIÓN DEL ALUMNADO Y TITULACIÓN DEL ALUMNADO.

6. LOS PROCEDIMIENTOS Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, PROMOCIÓN DEL ALUMNADO Y TITULACIÓN DEL ALUMNADO. 6. LOS PROCEDIMIENTOS Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, PROMOCIÓN DEL ALUMNADO Y TITULACIÓN DEL ALUMNADO. Los criterios de evaluación en las distintas enseñanzas que se imparten en el centro están recogidos en

Más detalles

BECA 6.000 JUNTA DE ANDALUCÍA

BECA 6.000 JUNTA DE ANDALUCÍA BECA 6.000 JUNTA DE ANDALUCÍA En el curso 2009/2010 la Consejería de Educación puso en marcha la convocatoria de la BECA 6000, como una medida que pretende, por una parte, prevenir el abandono prematuro

Más detalles

PRECIOS PUBLICOS ESTUDIOS DE GRADO Y MASTER UNIVERSITARIO

PRECIOS PUBLICOS ESTUDIOS DE GRADO Y MASTER UNIVERSITARIO PRECIOS PUBLICOS ESTUDIOS DE GRADO Y MASTER UNIVERSITARIO Los precios públicos por servicios académicos para el curso 2014-2015 han sido fijados por la Comunidad de Madrid a través del Decreto80/2014 de

Más detalles

1. Estar matriculado de un curso completo o de una parte equivalente a la duración del periodo de intercambio.

1. Estar matriculado de un curso completo o de una parte equivalente a la duración del periodo de intercambio. NORMATIVA DE INTERCAMBIO PARA ALUMNOS QUE REALICEN ESTANCIAS EN OTRAS UNIVERSIDADES EN EL MARCO DE LOS PROGRAMAS SÓCRATES-ERASMUS, SICUE-SÉNECA Y OTROS PROGRAMAS DE INTERCAMBIO SUSCRITOS POR LA FTI PREÁMBULO

Más detalles

NORMATIVA ACADÉMICA ESTUDIOS PROPIOS DE LA UNIVERSIDAD DE ALCALÁ

NORMATIVA ACADÉMICA ESTUDIOS PROPIOS DE LA UNIVERSIDAD DE ALCALÁ NORMATIVA ACADÉMICA ESTUDIOS PROPIOS DE LA UNIVERSIDAD DE ALCALÁ 1 Índice I. TITULACIÓN DE ACCESO...... 3 II. ACCESO CON UN TÍTULO DE EDUCACIÓN SUPERIOR EXPEDIDO CONFORME A SISTEMAS EDUCATIVOS AJENOS AL

Más detalles

Normativa sobre el Sistema de Reconocimiento y Transferencia de créditos en las enseñanzas universitarias oficiales de Posgrado.

Normativa sobre el Sistema de Reconocimiento y Transferencia de créditos en las enseñanzas universitarias oficiales de Posgrado. Normativa sobre el Sistema de Reconocimiento y Transferencia de créditos en las enseñanzas universitarias oficiales de Posgrado. Aprobada por la Comisión de Estudios Oficiales de Posgrado en sesión de

Más detalles

IES Ginés Pérez Chirinos IMPORTANTE INFORMACIÓN ADMINISTRATIVA BÁSICA PARA CICLOS FORMATIVOS

IES Ginés Pérez Chirinos IMPORTANTE INFORMACIÓN ADMINISTRATIVA BÁSICA PARA CICLOS FORMATIVOS IMPORTANTE INFORMACIÓN ADMINISTRATIVA BÁSICA PARA CICLOS FORMATIVOS 1. ANULACIÓN DE MATRICULA (Resolución de 3 de septiembre de 2012 de la Dirección General de Formación Profesional y Educación de Personas

Más detalles

PRUEBA DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE FP, DE GRADO MEDIO Y DE GRADO SUPERIOR. CONVOCATORIA DE 2016.

PRUEBA DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE FP, DE GRADO MEDIO Y DE GRADO SUPERIOR. CONVOCATORIA DE 2016. PRUEBA DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE FP, DE GRADO MEDIO Y DE GRADO SUPERIOR. CONVOCATORIA DE 2016. 1.-NORMATIVA. La prueba de acceso está regulada en: -ORDEN de 16/2016, de 20 de mayo, de la Conselleria

Más detalles

TÍTULO V LIBRE ELECCIÓN CURRICULAR

TÍTULO V LIBRE ELECCIÓN CURRICULAR TÍTULO V LIBRE ELECCIÓN CURRICULAR Artículo 65 Las titulaciones de la Universidad de Córdoba cuyos planes de estudios se hayan estructurado bajo las directrices generales dimanadas del RD 1497/87 de 28

Más detalles

10. PRÁCTICAS EXTERNAS

10. PRÁCTICAS EXTERNAS 10. PRÁCTICAS EXTERNAS 10.1. DEFINICIÓN Las prácticas externas se configuran como actividades formativas integradas en el plan de estudios de las correspondientes enseñanzas artísticas superiores y podrán

Más detalles

3. Ot r a s disposiciones

3. Ot r a s disposiciones Página 34715 I. Comunidad Autónoma 3. Ot r a s disposiciones Consejería de Educación, Formación y Empleo 11479 Resolución de 2 de junio de 2010, del Director General de Formación Profesional y Educación

Más detalles

TÍTULO III: ADAPTACIONES, RECONOCIMIENTOS Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN ESTUDIOS DE GRADO

TÍTULO III: ADAPTACIONES, RECONOCIMIENTOS Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN ESTUDIOS DE GRADO TÍTULO III: ADAPTACIONES, RECONOCIMIENTOS Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN ESTUDIOS DE GRADO 1. DEFINICIONES Titulaciones de origen y de destino Se denominará titulación de origen aquélla que se ha cursado

Más detalles

Normativa para el desarrollo de Trabajos Fin de Grado en los Estudios de Grado de la Facultad de Ciencias de la Salud de la Universidad de León

Normativa para el desarrollo de Trabajos Fin de Grado en los Estudios de Grado de la Facultad de Ciencias de la Salud de la Universidad de León Normativa para el desarrollo de Trabajos Fin de Grado en los Estudios de Grado de la Facultad de Ciencias de la Salud de la Universidad de León Normativa aprobada en reunión de la Comisión de Títulos de

Más detalles

INFORMACIÓN PARA LA MATRÍCULA Y ASUNTOS DE INTERÉS PARA LOS ALUMNOS QUE CONTINUAN ESTUDIOS DE GRADO O DE DIPLOMATURA EN EL CURSO ACADÉMICO 2012-13

INFORMACIÓN PARA LA MATRÍCULA Y ASUNTOS DE INTERÉS PARA LOS ALUMNOS QUE CONTINUAN ESTUDIOS DE GRADO O DE DIPLOMATURA EN EL CURSO ACADÉMICO 2012-13 INFORMACIÓN PARA LA MATRÍCULA Y ASUNTOS DE INTERÉS PARA LOS ALUMNOS QUE CONTINUAN ESTUDIOS DE GRADO O DE DIPLOMATURA EN EL CURSO ACADÉMICO 2012-13 PROCEDIMIENTO Y DOCUMENTACIÓN A APORTAR: Plazos de matrícula:

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL. Junta General del Principado de Asturias. Serie C Régimen Interior. 8 de agosto de 2011 VIII LEGISLATURA Núm. 12

BOLETÍN OFICIAL. Junta General del Principado de Asturias. Serie C Régimen Interior. 8 de agosto de 2011 VIII LEGISLATURA Núm. 12 Junta General del Principado de Asturias BOLETÍN OFICIAL 8 de agosto de 2011 VIII LEGISLATURA Núm. 12 Serie C Régimen Interior 4. SINDICATURA DE CUENTAS Resolución del Síndico Mayor de 20 de julio de 2011

Más detalles

UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA

UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA 14367 UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA RESOLUCIÓN de 20 de mayo de 2016, del Rector, por la que se hace público el calendario de preinscripción y matrícula para el acceso a la Universidad de Extremadura en el

Más detalles

PRECIOS PÚBLICOS ESTUDIOS DE GRADO EN ENFERMERÍA. AÑO ACADÉMICO 2015/16

PRECIOS PÚBLICOS ESTUDIOS DE GRADO EN ENFERMERÍA. AÑO ACADÉMICO 2015/16 PRECIOS PÚBLICOS ESTUDIOS DE GRADO EN ENFERMERÍA. AÑO ACADÉMICO 2015/16 DOGC Núm. 6900 26.06.2015. Decreto 118/2015, de 23 de junio Bonificaciones o exenciones Servicios académicos de carácter Precio/crédito

Más detalles

Artículo 2. Comisión de coordinación de los trabajos de fin de grado

Artículo 2. Comisión de coordinación de los trabajos de fin de grado NORMATIVA DE LOS TRABAJOS FINALES DE GRADO DE LA UNIVERSITAT JAUME I (Aprobada por el Consejo de Gobierno núm. 26 de 26 de julio de 2012, modificada por el Consejo de Gobierno núm.30, de 11 de diciembre

Más detalles

Artículo 3. Acreditación de la superación de los requisitos formativos complementarios

Artículo 3. Acreditación de la superación de los requisitos formativos complementarios REGLAMENTO DE SUPERACIÓN DE REQUISITOS FORMATIVOS COMPLEMENTARIOS PARA LA HOMOLOGACIÓN DE UN TÍTULO EXTRANJERO DE EDUCACIÓN SUPERIOR EN LA UNIVERSIDAD DE HUELVA Aprobado por Consejo de Gobierno de 16 de

Más detalles

ANEXO IV BAREMO PARA LA CONVOCATORIA ESPECÍFICA DE AMPLIACIÓN DE LAS LISTAS DE EMPLEO

ANEXO IV BAREMO PARA LA CONVOCATORIA ESPECÍFICA DE AMPLIACIÓN DE LAS LISTAS DE EMPLEO ANEXO IV BAREMO PARA LA CONVOCATORIA ESPECÍFICA DE AMPLIACIÓN DE LAS LISTAS DE EMPLEO Las personas aspirantes no podrán alcanzar más de 10 puntos por la valoración de sus méritos. APARTADOS 1. EXPERIENCIA

Más detalles

Boletín Oficial de Canarias núm. 92, jueves 26 de julio de 2001 9911

Boletín Oficial de Canarias núm. 92, jueves 26 de julio de 2001 9911 Boletín Oficial de Canarias núm. 92, jueves 26 de julio de 2001 9911 Consejería de Educación, Cultura y Deportes 1067 DECRETO 157/2001, de 23 de julio, por el que se fijan las cuantías de las tasas a satisfacer

Más detalles

Reglamento de la Escuela Universitaria TAI para las convalidaciones, reconocimiento y transferencia de créditos

Reglamento de la Escuela Universitaria TAI para las convalidaciones, reconocimiento y transferencia de créditos Reglamento de la Escuela Universitaria TAI para las convalidaciones, reconocimiento y transferencia de créditos El artículo 36 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificado

Más detalles

DOCTORADO EN ECONOMÍA Y GOBIERNO. Universidad Internacional Menéndez Pelayo (UIMP)

DOCTORADO EN ECONOMÍA Y GOBIERNO. Universidad Internacional Menéndez Pelayo (UIMP) DOCTORADO EN ECONOMÍA Y GOBIERNO Universidad Internacional Menéndez Pelayo (UIMP) Instituto Universitario de Investigación Ortega y Gasset/Fundación José Ortega y Gasset- Gregorio Marañón (IUIOG/FOGM)

Más detalles

NORMATIVA DE TRABAJO FIN DE GRADO Y MÁSTER DE LA UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA

NORMATIVA DE TRABAJO FIN DE GRADO Y MÁSTER DE LA UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA NORMATIVA DE TRABAJO FIN DE GRADO Y MÁSTER DE LA Elaborado por: Vicerrectorado de Docencia y Relaciones Institucionales Revisado por: Servicio de Acceso y Gestión de Estudios de Grado, Servicio de Becas,

Más detalles

REGLAMENTO DE ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE MÁSTER UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD EUROPEA DE CANARIAS. RD 1393/2007

REGLAMENTO DE ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE MÁSTER UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD EUROPEA DE CANARIAS. RD 1393/2007 REGLAMENTO DE ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE MÁSTER UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD EUROPEA DE CANARIAS. RD 1393/2007 Exposición de Motivos El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que

Más detalles

La puesta en marcha de las nuevas titulaciones en Ciencias de la Vida: Retos y soluciones. Encuentro interuniversitario. León, 19 20 Septiembre 2011.

La puesta en marcha de las nuevas titulaciones en Ciencias de la Vida: Retos y soluciones. Encuentro interuniversitario. León, 19 20 Septiembre 2011. La puesta en marcha de las nuevas titulaciones en Ciencias de la Vida: Retos y soluciones. Encuentro interuniversitario. León, 19 20 Septiembre 2011. Implicaciones para el Personal de Administración y

Más detalles

TITULO I.- ESTUDIANTES SOCRATES DE LA UNIVERSIDAD DE SALAMANCA QUE CURSAN ESTUDIOS EN OTRAS UNIVERSIDADES EUROPEAS

TITULO I.- ESTUDIANTES SOCRATES DE LA UNIVERSIDAD DE SALAMANCA QUE CURSAN ESTUDIOS EN OTRAS UNIVERSIDADES EUROPEAS Reglamento del Programa Sócrates/Erasmus de la Universidad de Salamanca (Aprobado en Junta de Gobierno del 24 de Abril de 1997) (Modificado en Junta de Gobierno de 31 de Enero de 2000) (Modificado en Junta

Más detalles

Normas de Permanencia para las Titulaciones Conjuntas

Normas de Permanencia para las Titulaciones Conjuntas Comisión Mixta para el desarrollo y seguimiento de titulaciones conjuntas Universidad de Sevilla-Universidad de Málaga Normas de Permanencia para las Titulaciones Conjuntas UNIVERSIDAD DE SEVILLA Las normas

Más detalles

ANEXO I INSTRUCCIONES RELATIVAS A LA IMPARTICIÓN DE DETERMINADAS MATERIAS DE BACHILLERATO

ANEXO I INSTRUCCIONES RELATIVAS A LA IMPARTICIÓN DE DETERMINADAS MATERIAS DE BACHILLERATO ANEXO I INSTRUCCIONES RELATIVAS A LA IMPARTICIÓN DE DETERMINADAS MATERIAS DE BACHILLERATO Primera. Los centros educativos públicos impartirán las materias opcionales (de modalidad y optativas) de Bachillerato,

Más detalles

NORMATIVA SOBRE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS ESTUDIOS UNIVERSITARIOS OFICIALES DE GRADO Y MÁSTER A LA UNIVERSITAT JAUME I

NORMATIVA SOBRE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS ESTUDIOS UNIVERSITARIOS OFICIALES DE GRADO Y MÁSTER A LA UNIVERSITAT JAUME I NORMATIVA SOBRE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS ESTUDIOS UNIVERSITARIOS OFICIALES DE GRADO Y MÁSTER A LA UNIVERSITAT JAUME I (Acuerdo de Consejo de Gobierno núm. 8 de 23 de febrero de

Más detalles

IV.1.1. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

IV.1.1. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES IV.1. CONVOCATORIAS DE BECAS DE CARÁCTER GENERAL IV.1.1. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Los alumnos que deseen solicitar beca del Ministerio de Educación Cultura y Deporte, deberán cumplimentar el modelo

Más detalles

UNIVERSIDAD DE LLEIDA NORMATIVA ACADÉMICA DE LOS ESTUDIOS UNIVERSITARIOS OFICIALES DE MÁSTER CURSO 2015/16 ÍNDICE

UNIVERSIDAD DE LLEIDA NORMATIVA ACADÉMICA DE LOS ESTUDIOS UNIVERSITARIOS OFICIALES DE MÁSTER CURSO 2015/16 ÍNDICE UNIVERSIDAD DE LLEIDA NORMATIVA ACADÉMICA DE LOS ESTUDIOS UNIVERSITARIOS OFICIALES DE MÁSTER CURSO 2015/16 ÍNDICE TÍTULO PRIMERO PREINSCRIPCIÓN Artículo 1. Ámbito de aplicación Artículo 2. Acceso y preinscripción

Más detalles

Bases del programa de Becas-Colaboración de la Universidad Europea del Atlántico Curso Académico 2015/2016

Bases del programa de Becas-Colaboración de la Universidad Europea del Atlántico Curso Académico 2015/2016 La Universidad Europea del Atlántico posee, entre sus principios educativos, el propósito de proporcionar a su alumnado una formación que sea capaz de compaginar, sin desvirtuar, aquellos aspectos teóricos

Más detalles

I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE

I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE I.1. Consejo de Gobierno I.2.1. Vicerrectorado de Estudiantes Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 14 de julio de

Más detalles

ITINERARIOS EDUCATIVOS Y FORMACIÓN PROFESIONAL

ITINERARIOS EDUCATIVOS Y FORMACIÓN PROFESIONAL III JORNADA SOBRE ORIENTACIÓN: NUEVOS RETOS DE LA FORMACIÓN PROFESIONAL ITINERARIOS EDUCATIVOS Y FORMACIÓN PROFESIONAL VALLADOLID 18 DE NOVIMBRE de 2010 ENSEÑANZA SUPERIOR ENSEÑANZA SECUNDARIA SISTEMA

Más detalles

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE RESOLUCIÓN de 4 de agosto de 2015, del Director General de Planificación y Formación Profesional, por la que se establecen instrucciones para la matrícula a

Más detalles

2. La Junta de Centro establecerá y aprobará este reglamento.

2. La Junta de Centro establecerá y aprobará este reglamento. REGLAMENTO POR EL QUE SE REGULA EL TRABAJO DE FIN DE GRADO (TFG) DE LOS TÍTULOS DE GRADO DE LA FACULTAD DE BIOLOGÍA EN LA UNIVERSIDAD DE MURCIA (Aprobado por la Junta de Facultad el 10 de mayo de 2012)

Más detalles

1ª.- Objeto de la convocatoria

1ª.- Objeto de la convocatoria CONVOCATORIA DE AYUDAS ECONÓMICAS PARA EL PAGO DE MATRÍCULA DE ESTUDIOS UNIVERSITARIOS Y DE ACCESO A LA UNIVERSIDAD PARA MAYORES DE VEINTICINCO y CUARENTA Y CINCO AÑOS, CORRESPONDIENTES AL CURSO 2015-2016

Más detalles

JOAQUÍN LOMBA MAURANDI, SECRETARIO GENERAL DE LA UNIVERSIDAD DE MURCIA

JOAQUÍN LOMBA MAURANDI, SECRETARIO GENERAL DE LA UNIVERSIDAD DE MURCIA JOAQUÍN LOMBA MAURANDI, SECRETARIO GENERAL DE LA UNIVERSIDAD DE MURCIA C E R T I F I C O: Que el Consejo de Gobierno de 13 de febrero de 2014, estando incluido en el orden del día, aprobó la modificación

Más detalles

REGLAMENTO DE TRABAJOS FIN DE GRADO EN LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE CARTAGENA.

REGLAMENTO DE TRABAJOS FIN DE GRADO EN LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE CARTAGENA. REGLAMENTO DE TRABAJOS FIN DE GRADO EN LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE CARTAGENA. Artículo 1. Definición 1) El Trabajo Fin de Grado (TFG) es un trabajo personal y autónomo del estudiante cuya elaboración

Más detalles

NORMATIVA ACADÉMICA GENERAL DEL ESTUDIANTADO DE MÁSTER DE LA UNIVERSITAT JAUME I (Aprobada por el Consejo de Gobierno num. 25 de 25 de junio de 2012)

NORMATIVA ACADÉMICA GENERAL DEL ESTUDIANTADO DE MÁSTER DE LA UNIVERSITAT JAUME I (Aprobada por el Consejo de Gobierno num. 25 de 25 de junio de 2012) NORMATIVA ACADÉMICA GENERAL DEL ESTUDIANTADO DE MÁSTER DE LA UNIVERSITAT JAUME I (Aprobada por el Consejo de Gobierno num. 25 de 25 de junio de 2012) Esta normativa para los estudios de máster universitario,

Más detalles

Para el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Máster se requiere cumplir alguna de las siguientes condiciones:

Para el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Máster se requiere cumplir alguna de las siguientes condiciones: CONVOCATORIA DEL PROCESO DE ADMISIÓN EN ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE MÁSTER UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID Y CENTROS ADSCRITOS* CURSO 2014-2015 I.- REQUISITOS GENERALES Para el acceso a las

Más detalles

IE UNIVERSIDAD REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS TÍTULOS DE GRADO JULIO 2013*

IE UNIVERSIDAD REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS TÍTULOS DE GRADO JULIO 2013* IE UNIVERSIDAD REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS TÍTULOS DE GRADO JULIO 2013* * Revisión aprobada por el Comité Rectoral del 16 de junio de 2014 ÍNDICE PREÁMBULO I. TÍTULO

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL PAÍS VASCO. jueves 12 de noviembre de 2015

BOLETÍN OFICIAL DEL PAÍS VASCO. jueves 12 de noviembre de 2015 OTRAS DISPOSICIONES DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, POLÍTICA LINGÜÍSTICA Y CULTURA 4822 RESOLUCIÓN de 27 de octubre de 2015, del Director de Formación y Aprendizaje, por la que se convocan las pruebas libres

Más detalles

En dicha normativa se establecen dos tipos de Prácticas Externas (PE):

En dicha normativa se establecen dos tipos de Prácticas Externas (PE): NORMATIVA PARA EL DESARROLLO DE LAS PRÁCTICAS EXTERNAS CURRICULARES EN EL GRADO EN BIOLOGIA DE LA UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA (Aprobada en Junta de Sección del 25 de julio de 2014) 1. PREÁMBULO En el titulo

Más detalles

Artículo 2. Comisión de coordinación de los trabajos de fin de máster universitario

Artículo 2. Comisión de coordinación de los trabajos de fin de máster universitario NORMATIVA DE LOS TRABAJOS FINALES DE MÁSTER DE LA UNIVERSITAT JAUME I (Aprobada por el Consejo de Gobierno núm. 26 de 26 de julio de 2012, modificada por el Consejo de Gobierno núm.30, de 11 de diciembre

Más detalles

UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA

UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA 5547 UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA RESOLUCIÓN de 7 de marzo de 2012, de la Gerencia, por la que se ejecuta el Acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno por el que se aprueba la normativa de regulación del

Más detalles

3. El acuerdo del Consejo Social aprobando los precios públicos de los cursos se producirá en las fechas convenientes.

3. El acuerdo del Consejo Social aprobando los precios públicos de los cursos se producirá en las fechas convenientes. NORMAS DE MATRICULA DE TITULOS PROPIOS DE POSGRADO (Reglamento aprobado por la Comisión Permanente de Junta de Gobierno el 16 de Julio de 1999 y modificado el 16 de junio de 2000 y 31 de enero de 2002.)

Más detalles

I. Disposiciones Generales

I. Disposiciones Generales I. Disposiciones Generales DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE ORDEN de 26 de octubre de 2009, de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, que regula la matriculación, evaluación y acreditación

Más detalles

B A S E S 1. DESTINATARIOS

B A S E S 1. DESTINATARIOS RESOLUCIÓN DE 19 DE MAYO DE 2015 DEL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD CARLOS III DE MADRID, POR LA QUE SE CONVOCAN AYUDAS PARA ESTUDIANTES DE NUEVO INGRESO CON MEJORES EXPEDIENTES Se convocan, para el curso académico

Más detalles

CONVOCATORIA AYUDAS AL ESTUDIO UNED-SEVILLA PARA EL CURSO ACADÉMICO 2015/16

CONVOCATORIA AYUDAS AL ESTUDIO UNED-SEVILLA PARA EL CURSO ACADÉMICO 2015/16 CONVOCATORIA AYUDAS AL ESTUDIO UNED-SEVILLA PARA EL CURSO ACADÉMICO 2015/16 Preámbulo El artículo 40.1 del Real Decreto 1791/2010, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto Universitario, reconoce

Más detalles

PRÁCTICAS DE FORMACIÓN ACADÉMICA

PRÁCTICAS DE FORMACIÓN ACADÉMICA Normativa de PRÁCTICAS DE FORMACIÓN ACADÉMICA con reconocimiento por equivalencia de créditos de libre configuración por la realización de PRÁCTICAS en Empresas, Instituciones Públicas o Privadas. PREÁMBULO

Más detalles

AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA TEMPORAL POR REAGRUPACIÓN FAMILIAR

AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA TEMPORAL POR REAGRUPACIÓN FAMILIAR MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN SECRETARIA DE ESTADO DE INMIGRACIÓN Y EMIGRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE INMIGRACIÓN AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA TEMPORAL POR SUBDIRECCIÓN GRAL. DE GESTIÓN DE LA INMIGRACIÓN

Más detalles

I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE.

I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE. I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE. I.2. Consejo de Gobierno I.2.1. Vicerrectorado de Estudios REGLAMENTO PARA LA OBTENCIÓN DE CRÉDITOS DE LIBRE ELECCIÓN

Más detalles

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD Fascículo 84 - Sec. III. - Pág. 16681 Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD 6226 Resolución de la Directora

Más detalles

SISTEMA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS 1. Objeto y ámbito. Este sistema tiene por objeto establecer los procedimientos de

SISTEMA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS 1. Objeto y ámbito. Este sistema tiene por objeto establecer los procedimientos de RESOLUCIÓN 223/2014, de 22 de mayo, del Director General de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se establece el sistema de reconocimiento y transferencia de créditos de las enseñanzas

Más detalles

PROCEDIMIENTO DE TRAMITACIÓN DE LAS PROPUESTAS DE DOBLES TITULACIONES NACIONALES E INTERNACIONALES

PROCEDIMIENTO DE TRAMITACIÓN DE LAS PROPUESTAS DE DOBLES TITULACIONES NACIONALES E INTERNACIONALES PROCEDIMIENTO DE TRAMITACIÓN DE LAS PROPUESTAS DE DOBLES TITULACIONES NACIONALES E INTERNACIONALES Preámbulo Con el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las

Más detalles

REGLAMENTO PARA COLABORACIÓN CON ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS COLEGIO DE INGENIEROS CIVILES CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO PARA COLABORACIÓN CON ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS COLEGIO DE INGENIEROS CIVILES CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO PARA COLABORACIÓN CON ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS COLEGIO DE INGENIEROS CIVILES CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1.- El presente reglamento regula el Programa de Ayuda Estudiantil

Más detalles

BASES BECA DE TRANSPORTE CURSO 2015/16

BASES BECA DE TRANSPORTE CURSO 2015/16 BASES BECA DE TRANSPORTE CURSO 2015/16 Dentro de la política que está llevando a cabo el Ayuntamiento de Riba-roja de Túria de ayuda y apoyo a las familias de la población que tienen estudiantes, el Ayuntamiento

Más detalles

2. NORMATIVA SICUE 6

2. NORMATIVA SICUE 6 2. NORMATIVA SICUE 6 SISTEMA DE INTERCAMBIO ENTRE CENTROS UNIVERSITARIOS ESPAÑOLES (SICUE) Curso 2006-2007 ÍNDICE - Introducción - Sistema de Intercambio entre Centros Universitarios Españoles: A) Principios

Más detalles

Segundo.- Los expedientes a que se refiere el número anterior podrán responder a alguno de los siguientes supuestos:

Segundo.- Los expedientes a que se refiere el número anterior podrán responder a alguno de los siguientes supuestos: ORDEN DE 14 DE MARZO DE 1988 PARA LA APLICACIÓN DE LO DISPUESTO EN EL REAL DECRETO 104/1988, DE 29 DE ENERO, SOBRE HOMOLOGACIÓN Y CONVALIDACIÓN DE TÍTULOS Y ESTUDIOS EXTRANJEROS DE EDUCACIÓN NO UNIVERSITARIA

Más detalles

***** Se adjuntan los artículos correspondientes del anteproyecto de ley. Hermosilla, 3-28001 Madrid Teléfono 91 514 52 00 - Fax 91 399 24 08

***** Se adjuntan los artículos correspondientes del anteproyecto de ley. Hermosilla, 3-28001 Madrid Teléfono 91 514 52 00 - Fax 91 399 24 08 1-2013 Junio, 2013 ANTEPROYECTO DE LEY DE MEDIDAS DE APOYO A LOS EMPRENDEDORES Y SU INTERNACIONALIZACIÓN APROBADO EL 24 DE MAYO DE 2013, RELATIVAS A LA FACILITACIÓN DE LA ENTRADA Y PERMANENCIA EN ESPAÑA

Más detalles

CONVOCATORIAS DE AYUDAS DE LIBROS DE TEXTO PARA EL CURSO 2007/2008

CONVOCATORIAS DE AYUDAS DE LIBROS DE TEXTO PARA EL CURSO 2007/2008 CONVOCATORIAS DE AYUDAS DE LIBROS DE TEXTO PARA EL CURSO 2007/2008 1. Normativa Orden 7520/2006, de 22 de diciembre, de la Consejería de Educación, por la que se aprueban las bases y se convocan ayudas

Más detalles

CONVOCATORIA DE AYUDAS CON CARGO AL FONDO SOCIAL DE ESTUDIANTES DE LA UAM CURSO 2015/16

CONVOCATORIA DE AYUDAS CON CARGO AL FONDO SOCIAL DE ESTUDIANTES DE LA UAM CURSO 2015/16 CONVOCATORIA DE AYUDAS CON CARGO AL FONDO SOCIAL DE ESTUDIANTES DE LA UAM CURSO 2015/16 El Vicerrectorado de Estudiantes de la Universidad Autónoma de Madrid procede, por medio de esta Resolución, a convocar

Más detalles

Técnico en Obras de Interior, Decoración y Rehabilitación Página 1 de 9

Técnico en Obras de Interior, Decoración y Rehabilitación Página 1 de 9 Técnico en Obras de Interior, Decoración y Rehabilitación Página 1 de 9 MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE Orden ECD/.../2012, de XX de xxxxx, por la que se establece el currículo del ciclo formativo

Más detalles

CONVALIDACIÓN/ADAPTACIÓN DE ESTUDIOS

CONVALIDACIÓN/ADAPTACIÓN DE ESTUDIOS SERVICIO DE ALUMNOS Y PLANES DE ESTUDIO CONVALIDACIÓN/ADAPTACIÓN DE ESTUDIOS La Universidad se ajustará para la adaptación/convalidación de estudios cursados en Centros Españoles correspondientes a enseñanzas

Más detalles

CONVOCATORIA DE AYUDAS AL ESTUDIO PARA SITUACIONES SOBREVENIDAS 2015 (PROGRAMA PROPIO DE LA UAH)

CONVOCATORIA DE AYUDAS AL ESTUDIO PARA SITUACIONES SOBREVENIDAS 2015 (PROGRAMA PROPIO DE LA UAH) CONVOCATORIA DE AYUDAS AL ESTUDIO PARA SITUACIONES SOBREVENIDAS 2015 (PROGRAMA PROPIO DE LA UAH) Los Estatutos de la Universidad de Alcalá definen como misión fundamental de esta institución la prestación

Más detalles

Núm. 45. Boletín Oficial de Aragón

Núm. 45. Boletín Oficial de Aragón RESOLUCIÓN de 18 de febrero de 2016, del Director General de Planificación y Formación Profesional, por la que se convocan las pruebas de certificación de los niveles básico, intermedio, avanzado y C1

Más detalles

ERASMUS, SENECA/SICUE, CONVENIOS)

ERASMUS, SENECA/SICUE, CONVENIOS) 1. Puedo solicitar una beca del Programa UAM-Banco Santander? 2. Cómo es la convocatoria? 3. Cómo solicito? 4. Cómo se conceden? 5. Ya me han concedido la beca 1. Puedo solicitar una beca del Programa

Más detalles

Normativa de doctorado Capítulo XII: Homologación de títulos y estudios extranjeros de educación superior al título de doctor español

Normativa de doctorado Capítulo XII: Homologación de títulos y estudios extranjeros de educación superior al título de doctor español Normativa de doctorado Capítulo XII: Homologación de títulos y estudios extranjeros de educación superior al título de doctor español (Aprobada por el Consejo de Gobierno de la UAB, el 19 de enero de 2006)

Más detalles

UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA

UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA 10800 UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA RESOLUCIÓN de 2 de mayo de 2013, del Rector, por la que se hace público el calendario de preinscripción y matrícula para el acceso a la Universidad de Extremadura en el

Más detalles

CONVOCATORIA DE AYUDAS eida3-ceia3 PARA LA REALIZACIÓN DE ESTANCIAS EN 2014 PARA LA OBTENCIÓN DE LA MENCIÓN INTERNACIONAL EN EL TÍTULO DE DOCTOR

CONVOCATORIA DE AYUDAS eida3-ceia3 PARA LA REALIZACIÓN DE ESTANCIAS EN 2014 PARA LA OBTENCIÓN DE LA MENCIÓN INTERNACIONAL EN EL TÍTULO DE DOCTOR CONVOCATORIA DE AYUDAS eida3-ceia3 PARA LA REALIZACIÓN DE ESTANCIAS EN 2014 PARA LA OBTENCIÓN DE LA MENCIÓN INTERNACIONAL EN EL TÍTULO DE DOCTOR El proyecto ceia3 (Agro Alimentación Andalucía), constituido

Más detalles

I. Comunidad Autónoma

I. Comunidad Autónoma Página 914 I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejería de Educación, Formación y Empleo 330 Orden de 14 de diciembre de 2012, de la Consejería de Educación, Formación y Empleo, por la que se

Más detalles