República de Colombia Departamento de Casanare DESPACHO DEL GOBERNADOR

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1 MANUAL ESPECIFICO DE FUNCIONES, COMPETENCIAS LABORALES Y REQUISITOS MÍNIMOS PARA LOS EMPLEOS DE LA PLANTA DE PERSONAL DE LA ADMINISTRACION CENTRAL DEL DEPARTAMENTO DE CASANARE 2006

2 MANUAL ESPECIFICO DE FUNCIONES Y DE COMPETENCIAS LABORALES PARA LOS EMPLEOS DE LA PLANTA DE PERSONAL DE LA ADMINISTRACION CENTRAL DEL DEPARTAMENTO DE CASANARE INDICE Nivel Directivo Denominación del empleo Código Grado Página Gobernador Secretario de Despacho Director Departamento Administrativo Director Administrativo Jefe de Oficina Director Técnico Nivel Asesor Jefe de Oficina Asesora Asesor Nivel Profesional Almacenista General Profesional Especializado Profesional Especializado Profesional Universitario Profesional Universitario Profesional Universitario Profesional Universitario Piloto de Aviación Nivel Técnico Denominación del empleo Código Grado Página Técnico Administrativo Técnico Administrativo Técnico Administrativo

3 Técnico Administrativo Técnico Administrativo Técnico Administrativo Técnico Administrativo Técnico Administrativo Técnico Área Salud Técnico Área Salud Nivel Asistencial Denominación del empleo Código Grado Página Secretario Auxiliar Administrativo Auxiliar Administrativo Auxiliar Administrativo Auxiliar Administrativo Auxiliar Administrativo Auxiliar Área Salud Conductor Mecánico Operario Auxiliar Servicios Generales COMPETENCIAS COMUNES A LOS SERVIDORES PÚBLICOS 247 COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES POR NIVEL JERÁRQUICO DE EMPLEOS 248 EQUIVALENCIAS ENTRE ESTUDIOS Y EXPERIENCIA 253

4 RESOLUCIÒN No DE 2006 Por la cual se ajusta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales para los empleos que conforman la planta de personal de la Administración Central del. EL GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DE CASANARE, En ejercicio de las facultades conferidas por la Constitución Política de Colombia, en el numeral 7 artículo 305 y, los artículos 13, 27, 28, 29 y 32 del Decreto Ley 785 de 2005, RESUELVE: ARTICULO 1º. Ajustar el Manual Específico de Funciones y de Competencias laborales, para los empleos que conforman la planta de personal de la Gobernación de Casanare fijada por el Decreto No de 2001 y 0159 de 2002, cuyas funciones deben ser cumplidas por los empleados con criterios de eficiencia y eficacia en orden al logro de la misión, objetivos y funciones que la Ley y los reglamentos le señalan a la Gobernación de Casanare, así: MANUAL ESPECIFICO DE FUNCIONES Y DE COMPETENCIAS LABORALES I. IDENTIFICACION DEL EMPLEO Nivel: Directivo Denominación del Empleo: Gobernador Código: 001 Grado: 10 No. de cargos: Uno (1) Dependencia: Despacho del Gobernador Ejercer las funciones que le competen como primera autoridad y representante legal del Departamento, para el mantenimiento del orden público y para la ejecución de la política económica general y hacer cumplir los objetivos estratégicos que surjan de los convenios entre la nación y el Departamento. Además de las funciones generales establecidas en la Constitución Política de Colombia, en el Estatuto Básico y en la Estructura Interna, el Gobernador tiene las siguientes: 1. Cumplir y hacer cumplir la Constitución, las leyes, los decretos del Gobierno y las ordenanzas de la Asamblea Departamental. 2. Interpretar y aplicar políticas departamentales. 3. Coordinar y supervisar las diferentes áreas bajo su dependencia estimulando el trabajo en equipo y la obtención de resultados. 4. Adelantar investigaciones que permitan identificar las necesidades del Departamento y elaborar planes para dar solución oportuna a las mismas. 5. Diseñar planes y programas que permitan llevar a cabo los objetivos estratégicos e incrementar el desarrollo del Departamento. 6. Interpretar las leyes, decretos y Normas establecidas por el Gobierno y la Asamblea Departamental para luego hacerlas cumplir. 7. Proponer soluciones a problemas de la Institución que se ubiquen dentro de las políticas del Departamento. 8. Administrar adecuadamente los recursos cedidos por la nación para el beneficio del Departamento.

5 9. Proveer los cargos de Secretarios de Despacho, Director del Departamento Administrativo, Jefes de Oficina y de Oficina Asesora, Directores Técnicos y Administrativos de la Administración Central Departamental de acuerdo con las normas de provisión de empleos de Gerencia Pública consagradas en la Ley de Carrera Administrativa y Empleo Público y sus decretos Reglamentarios. 10. Dirigir y coordinar la acción administrativa del Departamento y actuar en su nombre como gestor y promotor del desarrollo integral de su territorio, de conformidad con la Constitución y las leyes. 11. Fusionar y suprimir cargos de su dependencia, señalar las funciones especiales sujeto a la ley y a las ordenanzas respectivas. 12. Dirigir y coordinar los servicios nacionales en las condiciones de la delegación que le confiera el Presidente de la República. 13. Colaborar con la Asamblea Departamental y presentar el informe anual de su administración. 14. Administrar y ejecutar el presupuesto y dirigir su adecuada administración. 15. Promulgar y sancionar los proyectos de ordenanza y devolver aquellos que considere inconstitucionales y/o inconvenientes. 16. Presentar oportunamente a la Asamblea Departamental los proyectos de Ordenanza sobre planes y programas de desarrollo económico y social, obras públicas y presupuesto anual de rentas y gastos. 17. Ejercer la potestad reglamentaria, expidiendo los decretos, órdenes y resoluciones necesarios para asegurar la debida ejecución de las Ordenanzas. 18. Dirigir, coordinar, controlar y evaluar la ejecución de los programas y el cumplimiento de las funciones generales de la Institución. 19. Conservar el orden público en el Departamento y tomar las medidas para su restablecimiento cuando fuere turbado, todo de conformidad con la ley y las órdenes e instrucciones que reciba del Presidente de la República. 20. Fomentar, de acuerdo con los planes y programas generales, las empresas, industrias y actividades convenientes al desarrollo cultural, social y económico del departamento que no correspondan a la Nación y a los municipios. 21. Revisar los actos de los Concejos municipales y de los alcaldes y por motivos de inconstitucionalidad o ilegalidad, remitirlos al Tribunal competente para que decida sobre su validez. 22. Convocar a la asamblea departamental a sesiones extraordinarias cuando sea necesario para tratar temas que estén relacionados estrictamente con el Departamento. 23. Velar por la exacta recaudación de las rentas departamentales, de las entidades descentralizadas y las que sean objeto de transferencia por la Nación. 24. Celebrar los contratos de la administración central, de conformidad con la ley y las ordenanzas. 25. Coordinar las actividades y servicios de los establecimientos públicos, sociedades de economía mixta y empresas industriales y comerciales del orden departamental. 26. Resolver las consultas que sobre el contenido y alcance de las leyes le hagan los empleados municipales del orden administrativo o las corporaciones administrativas que funcionen dentro del Departamento. 27. Dar instrucciones a los alcaldes para la recta ejecución de las órdenes superiores en las materias que corresponda; resolver las consultas que a este respecto le formulen, y dar cuenta de sus resoluciones al gobierno nacional, cuando la gravedad del caso lo requiera. 28. Revocar los actos de sus subalternos que sean contrarios a las leyes u órdenes superiores, a menos que dichos actos tengan carácter de definitivos o corresponda su revisión a otra autoridad. 29. Proveer los empleos de los gerentes o jefes secciónales de los establecimientos públicos del nivel descentralizado que operen en el Departamento, de acuerdo con la ley que rija la materia. 30. Ejercer las funciones administrativas que le delegue el Presidente de la República. 31. Llevar la vocería del Departamento y representarlo en los negocios administrativos y judiciales, pudiendo delegar esta representación de conformidad con la ley. 32. Dirigir y orientar la implementación del el Sistema de Control Interno en las áreas de la Gobernación. 33. Dirigir la implementación y el mantenimiento del Sistema de Gestión de Calidad en la Administración Central del Departamento en cumplimiento a las normas que regulan la materia, y proporcionar evidencia de su compromiso con el desarrollo e implementación del sistema de gestión de Calidad, así como de la mejora contínua de su eficacia, eficiencia y efectividad. 34. Revisar, a intervalos planificados por lo menos una vez al año, el funcionamiento del Sistema de Gestión

6 de Calidad para asegurarse de su conveniencia, adecuación, eficacia, eficiencia y efectividad contínuas, e incluír en dicha revisión la evaluación de las oportunidades de mejora y la necesidad de efectuar cambios en el Sistema de gestión de Calidad incluídos la Política de Calidad y los Objetivos de calidad Las demás que le señalen la Constitución, las leyes y las ordenanzas. 1. La implementación y ejecución de los proyectos de gobierno están ajustados a las normas. 2. Los planes y programas de desarrollo presentados están de acuerdo con las Normas y Políticas del Departamento. 3. La colaboración y coordinación con la Asamblea Departamental responde al trabajo en equipo y al continuo desarrollo de los objetivos. 4. La interpretación y adaptación de las normas establecidas permite que las tareas y funciones se realicen oportunamente. 5. La identificación y el reconocimiento de las causas de los problemas analiza, define y aplica posibles soluciones. 6. La aplicación de los conocimientos adquiridos crea, diseña y formula planes y programas de desarrollo. 7. La adecuada administración de los recursos incrementa el desarrollo de los objetivos estratégicos. 8. Las investigaciones de las necesidades del departamento programa acciones para el beneficio y crecimiento del mismo. 9. Los nombramientos o supresión de cargos están sujetos a la ley. 10. La presentación anual de un informe de la administración del Gobernador valora el desempeño y el mejoramiento continuo de sus funciones. 11. La implementación y mantenimiento del Sistema de Gestión de Calidad de la Entidad se cumple ciñéndose a las normas de calidad y las demás reglamentaciones que rigen la materia. 1. Constitución política de Colombia, leyes nacionales, decretos y ordenanzas. 2. Normas sobre administración de personal, presupuesto y contratación. 3. Metodologías de investigación y diseño de proyectos. 4. Capacidad de trabajo en equipo. 5. Sistema de Gestión de Calidad. 6. Formulación, implementación, evaluación y seguimiento de proyectos de inversión. 7. Gerencia Pública. 8. Control de Gestión. 9. Planeación de procesos. 10. Planes de Desarrollo. 11. Evaluación de resultados de la inversión. 12. Planeación de recursos humanos, físicos y financieros. 13. Plan financiero. 14. Marco fiscal a mediano plazo. Los exigidos en la Constitución Política de Colombia y las leyes correspondientes.

7 Nivel: Denominación del Empleo: Código: Grado: No. de cargos: Dependencia: Cargo del Jefe Inmediato: I. IDENTIFICACION DEL EMPLEO Directivo Secretario de Despacho Ocho (8) Donde se designe Gobernador AREA SECRETARIA PRIVADA Adelantar funciones de asistencia, apoyo gerencial y administrativo tendientes a lograr el cumplimiento oportuno y eficiente de los asuntos del Despacho del Gobernador. Además de garantizar el ejercicio de las funciones generales de la dependencia establecidas en el Estatuto Básico de la Administración Departamental y la Estructura, el Secretario Privado, tendrá las siguientes: 1. Asistir al Gobernador en la preparación y atención de su agenda de compromisos, coordinando sus actividades con la Oficina de Comunicaciones, la Secretaría General y los encargados de los temas referentes a la Gerencia Social. 2. Ejecutar las funciones de apoyo gerencial y administrativo requeridas para el despacho oportuno y eficiente de los asuntos de competencia del Gobernador. 3. Preparar documentos e informes, en coordinación con la Oficina de Comunicaciones, acerca de los asuntos que le solicite el Gobernador o que puedan ser de su interés, guardando la reserva apropiada, de acuerdo con las circunstancias. 4. Coordinar y supervisar la gestión de los proyectos de tipo asistencial, social, educativo, recreativo y cultural no asignados a otra dependencia, que adelante la Administración Departamental. 5. Revisar las dependencias administrativas y demás documentos que deben someterse a la aprobación del Gobernador y que sean de competencia de la Secretaría Privada. 6. Actuar como canal de comunicación y consulta entre el Gobernador, los funcionarios departamentales y los de otros niveles de gobierno que requieran tramitar asuntos ante el Despacho y cuya competencia no esté asignada a otras dependencias de la administración departamental. 7. Coordinar las audiencias concedidas por el Gobernador. 8. Analizar la correspondencia dirigida al Gobernador, informar a éste sobre el control de respuesta y darle tramite a otras dependencias conforme les corresponda. 9. Administrar y responder por el manejo de la Caja Menor asignada al Despacho del Gobernador. 10. Coordinar las labores del personal operativo y asistencial adscrito al Despacho del Gobernador. 11. Actuar en representación del Gobernador en los actos o Juntas para los cuales reciba delegación. 12. Estudiar y conceptuar sobre los asuntos confidenciales que le asigne el Gobernador. 13. Atender funcionarios y personas que tramiten asuntos ante el Despacho y cuya competencia no esté expresamente asignada a otra unidad administrativa. 14. Programar las actividades del personal adscrito al Despacho, velar por su correcta ejecución y evaluar su desempeño. 15. Colaborar en la búsqueda del mejoramiento de los servicios administrativos y de apoyo del Despacho. 16. Efectuar el seguimiento y la evaluación de las actividades programadas y ejecutadas. 17. Autorizar pedidos de elementos de consumo y devolutivos de almacén para el desarrollo de las funciones de la Gobernación. 18. Coordinar, bajo la dirección del Gobernador del Departamento, la implementación y el mantenimiento del Sistema de Gestión de Calidad en las unidades administrativas adscritas a su Despacho, en cumplimiento a las normas que regulan la materia, y proporcionar evidencia de su compromiso con el desarrollo e implementación del sistema de gestión de Calidad, así como de la mejora contínua de su eficacia, eficiencia y efectividad.

8 19. Coordinar junto con los demás Secretarios de Despacho y el Jefe del Departamento Administrativo de Planeación y bajo la dirección del Gobernador del Departamento, la revisión, a intervalos planificados por lo menos una vez al año, del funcionamiento del Sistema de Gestión de Calidad para asegurarse de su conveniencia, adecuación, eficacia, eficiencia y efectividad contínuas, e incluír en dicha revisión la evaluación de las oportunidades de mejora y la necesidad de efectuar cambios en el Sistema de gestión de Calidad incluídos la Política de Calidad y los Objetivos de calidad. 1. Las funciones de apoyo gerencial y administrativo realizadas por el despacho se efectuaron eficientemente y se llevaron a cabo en los asuntos que le competen al Gobernador. 2. Las actividades del personal, programadas tienen asistencia oportuna y su ejecución y desempeño se desarrollan correcta y eficientemente. 3. El ejercicio y desarrollo de sus funciones sirve para que el canal de comunicación entre el Gobernador, los funcionarios y la comunidad sea constante y los trámites respectivos se desarrollen ágil y eficazmente. 4. Los documentos e informes elaborados se encuentran bajo reserva de acuerdo a las circunstancias. 5. La administración y manejo de la caja menor se practica adecuadamente, con el compromiso y la responsabilidad de acuerdo a las normas legales e instrucciones dadas por el jefe inmediato. 6. Los pedidos y elementos de consumo presentados al almacén están de acuerdo con las necesidades de la Secretaría. 7. La atención a los usuarios internos (servidores de la entidad) y externos del área se basan en normas de cordialidad y claridad de acuerdo a los estándares de calidad de la Gobernación. 12. La información y entrega de elementos e insumos a los usuarios internos (servidores de la entidad) y externos del área se suministra de acuerdo a los procedimientos y competencias del área. 8. La implementación y mantenimiento del Sistema de Gestión de Calidad de la Entidad se cumple ciñéndose a las normas de calidad y las demás reglamentaciones que rigen la materia. 1. Constitución Política de Colombia, leyes nacionales, decretos y ordenanzas. 2. Normas sobre administración de personal, presupuesto y contratación. 3. Compromiso con la Entidad para el desarrollo de sus funciones. 4. Capacidad de trabajo en equipo. 5. Cooperación para el logro de los objetivos y los compromisos que adquiere. 6. Informática Básica. 7. Clasificación documental. 8. Técnicas de archivo. 9. Sistema de gestión documental institucional. 10. Sistema de Gestión de Calidad. 11. Formulación, implementación, evaluación y seguimiento de proyectos de inversión. 12. Gerencia Pública. 13. Control de Gestión. 14. Planeación de procesos. 15. Posibilidades de financiamiento. 16. Planeación de recursos humanos, físicos y financieros. Titulo de formación profesional en: Derecho, Economía, Administración Pública o Sociología y Tarjeta Profesional. Título de postgrado en la modalidad de especialización en áreas relacionadas con las funciones del cargo. 24 meses de experiencia profesional relacionada.

9 AREA SECRETARIA GENERAL I. PROPOSITO PRINCIPAL Planear, dirigir, ejecutar y evaluar programas y proyectos en materia de recursos humanos, físicos y de apoyo logístico para las dependencias de la Gobernación. II. DESCRIPCION DE FUNCIONES ESENCIALES Además de garantizar el ejercicio de las funciones generales de la dependencia establecidas en el estatuto básico y la estructura interna, el Secretario General, tiene las siguientes: 1. Planear, organizar y dirigir las funciones administrativas de la Institución. 2. Velar por el cumplimiento de las normas de la Entidad y de las demás disposiciones que regulen los procedimientos y los tramites administrativos. 3. Apoyar y garantizar los medios para que las dependencias puedan cumplir los objetivos de la Gobernación en materia productiva y tecnológica. 4. Someter a consideración del Gobernador los proyectos y demás actos administrativos que se requieren para el normal funcionamiento de la Entidad. 5. Llevar y mantener bajo su custodia los libros de actas de las reuniones que presida como titular y/o delegado del Gobernador. 6. Expedir certificaciones sobre los actos de la Comisión de Personal y comunicarlos. 7. Supervisar al personal a su cargo y el adecuado uso de las instalaciones, equipos y archivos de su Dependencia. 8. Refrendar actos administrativos y expedir las copias de los documentos que reposan en los archivos de la Secretaría. 9. Atender las funciones de Juntas o Consejos de los que forme parte y preparar el orden del día y los actos correspondientes a cada reunión y llevar los libros debidamente actualizados y firmados. 10. Llevar el control de los inventarios de la dependencia y descentralizar la custodia de los mismos cuando así se requiera. 11. Informar oportuna y adecuadamente a su personal a cargo sobre planes, proyectos, programas y procedimientos a ejecutar. 12. Velar por la adecuada capacitación y adiestramiento del recurso humano a cargo. 13. Establecer los planes y programas correspondientes a la selección, transferencia, eliminación y limpieza de los archivos a su cargo, dentro de las políticas fijadas por la Entidad, garantizando así el cumplimiento de las actividades del sistema archivístico en las cuales se encuentran involucrados los archivos de gestión de la Gobernación. 14. Administrar adecuadamente el talento humano y los recursos físicos, tecnológicos y financieros que se le encomienden para el desarrollo de su trabajo. 15. Asesorar al Gobernador en la formulación de políticas, programas y proyectos en relación con la gestión del talento humano, recursos físicos y de apoyo logístico a todas las dependencias de la Administración Central. 16. Proponer y someter a consideración del Gobernador, proyectos de actos administrativos tendientes a mejorar los sistemas de administración de personal, recursos físicos, servicios de apoyo y de sistemas de información. 17. Presidir el Comité de Selección y Descarte de Documentos, la Junta de Compras y Licitaciones, la Comisión de Personal y los Comités de Sistemas e Informática y Comunicaciones. 18. Coordinar con los organismos competentes la prestación de los servicios médico-asistenciales para los trabajadores al servicio del Departamento, así como el reconocimiento y pago de la nómina y sus prestaciones sociales. 19. Fijar las políticas para garantizar la seguridad e integridad de las oficinas, equipos, muebles, parque automotor y demás elementos de propiedad del Departamento. 20. Adoptar los programas de suministro, almacenamiento, transporte, recibo y entrega de elementos a las dependencias, de acuerdo con las normas que rigen estos procesos y los manuales correspondientes y controlar su cumplimiento. 21. Dirigir y controlar el trámite de las quejas, reclamos y sugerencias que se presenten ante la Administración Central.

10 22. Aprobar los programas de reposición y mantenimiento de los equipos de oficina y bienes muebles en general al servicio del departamento. 23. Aprobar los programas para la recepción, registro, entrega y envío de correspondencia y el servicio de archivo central, controlando su operación eficiente. 24. Dirigir la elaboración de estudios e investigación de necesidades de capacitación, recreación y bienestar social y salud ocupacional y estructurar los programas para su desarrollo. 25. Estudiar y evaluar el Plan General de Compras preparado por la Dirección de Servicios Administrativos y que se someterá a consideración de la Junta de Compras y Licitaciones. 26. Asistir al Consejo de Gobierno, al Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno y demás organismos colegiados de los cuales forme parte o se le invite, preparando los estudios o conceptos que le solicite el Gobernador y rindiendo los informes correspondientes. 27. Presentar al Gobernador las propuestas para la conformación de Grupos de Trabajo para las diversas reparticiones administrativas de la Secretaría y asignar o redistribuir funciones entre ellos. 28. Firmar la correspondencia oficial de carácter externo que deba efectuar el Departamento en relación con las funciones de la Secretaría. 29. Evaluar el desempeño de los funcionarios adscritos al Despacho de la Secretaría, de los Directores de Servicios Administrativos, de Talento Humano y del Jefe de la oficina de Sistemas e informática. 30. Autorizar pedidos de elementos de consumo y devolutivos de almacén para el desarrollo de las funciones de la Secretaría. 31. Asistir al Gobernador en la formulación de políticas, normas y procedimientos para la administración del Talento Humano y de los recursos, físicos, económicos y financieros de la entidad. 32. Dirigir, coordinar y controlar la ejecución de los programas y actividades relacionados con los asuntos presupuestales, financieros, de administración de personal, de contratación y de servicios administrativos relacionados con su Dependencia. 33. Coordinar con la Oficina Asesora Jurídica la elaboración o revisión de los proyectos de decretos, resoluciones y demás actos administrativos que deban someterse a aprobación y trámite del Gobernador. 34. Dirigir y coordinar los procedimientos para la recepción, conservación, clasificación y análisis de la documentación de la institución. 35. Velar por la integridad, autenticidad, veracidad y fidelidad de la información de los documentos de archivo y responder por su organización, radicación y conservación, así como la prestación de los servicios archivísticos. 36. Dirigir y administrar el sistema de quejas, reclamos y sugerencias que se presenten a la entidad, propiciando la oportuna atención de las mismas. 37. Coordinar, bajo la dirección del Gobernador del Departamento, la implementación y el mantenimiento del Sistema de Gestión de Calidad en las unidades administrativas adscritas a su Despacho, en cumplimiento a las normas que regulan la materia, y proporcionar evidencia de su compromiso con el desarrollo e implementación del sistema de gestión de Calidad, así como de la mejora contínua de su eficacia, eficiencia y efectividad. 38. Coordinar junto con los demás Secretarios de Despacho y el Jefe del Departamento Administrativo de Planeación y bajo la dirección del Gobernador del Departamento, la revisión, a intervalos planificados por lo menos una vez al año, del funcionamiento del Sistema de Gestión de Calidad para asegurarse de su conveniencia, adecuación, eficacia, eficiencia y efectividad contínuas, e incluír en dicha revisión la evaluación de las oportunidades de mejora y la necesidad de efectuar cambios en el Sistema de gestión de Calidad incluídos la Política de Calidad y los Objetivos de calidad. III. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES 1. La prestación de servicios archivísticos, así como su radicación y conservación están de acuerdo con las políticas y normas de la Entidad. 2. El sistema de quejas y reclamos se evalúa de acuerdo a los principios de eficiencia, eficacia y transparencia de la Gestión Pública. 3. Los proyectos y demás actos administrativos considerados cumplen con los procedimientos y normas de

11 la Entidad para su respectiva ejecución y desarrollo. 4. La supervisión del personal a su cargo se realiza constantemente haciendo uso adecuado de los recursos de la Entidad. 5. Los programas de suministro, almacenamiento, transporte, recibo y entrega de elementos a cada dependencia practicados están controlados de acuerdo a las normas de la Gobernación. 6. La seguridad e integridad de los equipos, oficinas, muebles y enseres contribuye al desarrollo de las funciones. 7. Las quejas, sugerencias y reclamos atendidos se presentaron a la administración central y se resolvieron oportuna y adecuadamente. 8. Las evaluaciones de desempeño de los funcionarios adscritos al despacho de la secretaria, realizadas contribuyen al mejoramiento continuo de la Entidad. 9. La información manejada por la secretaria es administrada correctamente y de acuerdo a las normas de la Entidad. 10. La implementación y mantenimiento del Sistema de Gestión de Calidad de la Entidad se cumple ciñéndose a las normas de calidad y las demás reglamentaciones que rigen la materia. I 1. Constitución política de Colombia, leyes nacionales, decretos y ordenanzas. 2. Normas sobre administración de personal, presupuesto y contratación. 3. Compromiso con la Entidad para el desarrollo de sus funciones. 4. Cooperación para el logro de los objetivos y los compromisos que adquiere. 5. Informática Básica. 6. Clases de documentos. 7. Técnicas de archivo. 8. Sistema de gestión documental institucional. 9. Normas sobre administración de personal. 10. Sistema de Gestión de Calidad. 11. Formulación, implementación, evaluación y seguimiento de proyectos de inversión. 12. Gerencia Pública. 13. Control de Gestión. 14. Planeación de procesos. 15. Posibilidades de financiamiento. 16. Planeación de recursos humanos, físicos y financieros. 17. Indicadores de calidad y cobertura del sector. 18. Formulación de políticas sectoriales. 19. Procedimientos de seguimiento del proceso de adquisición de bienes. 20. Seguimiento a los ingresos físicos a inventarios. V. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA Titulo de formación profesional en Derecho, Economía, Administración Pública, Administración de Empresas o Ingeniería Industrial y Tarjeta Profesional. Título de postgrado en la modalidad de especialización en áreas del derecho, administrativas o económicas. Veinticuatro (24) meses de experiencia profesional relacionada.

12 AREA SALUD Dirigir el Sistema Departamental de Seguridad Social en Salud, garantizando a la población de su jurisdicción el acceso a los servicios de salud con calidad, a partir de la comprensión de sus necesidades de salud y la cofinanciación de proyectos de inversión y de la prestación de servicios. Además de garantizar el ejercicio de las funciones generales de la dependencia establecidas en el estatuto básico y la estructura interna, el Secretario de Salud, tiene las siguientes: 1. Dirigir, coordinar, controlar y vigilar el sector salud y el Sistema General de Seguridad Social en Salud en el ámbito departamental. 2. Dirigir y ejercer la autoridad sanitaria en el ámbito departamental, entre ellas las competencias sancionatorias que la Ley le confiere. 3. Dirigir en el ámbito departamental, la aplicación de las normas, políticas, estrategias, planes, programas y proyectos del sector salud y del Sistema General de Seguridad Social en Salud, que formule y expida la Nación y el Departamento. 4. Dirigir la prestación de los servicios de salud de la población pobre en lo no cubierto con subsidios a la demanda. 5. Definir y dirigir la implementación de las políticas de gestión financiera del sector salud en el ámbito territorial. 6. Administrar, supervisar y controlar los recaudos y la aplicación de los recursos propios, los cedidos por la nación y los del Sistema General de Participaciones con destinación específica para Salud. 7. Dirigir y evaluar la prestación de los servicios de salud de los diferentes planes de beneficios del Sistema General de Seguridad Social en Salud. 8. Formular planes, programas y proyectos para el desarrollo del sector salud y del Sistema General de Seguridad Social en Salud, en armonía con las disposiciones del orden nacional. 9. Promover la integración funcional de todas sus dependencias y ejercer las funciones que expresamente le delegue el Ministerio de Protección Social. 10. Ordenar y Coordinar las acciones de todas las dependencias de la Secretaría, de sus entidades adscritas y vinculadas y de las demás entidades públicas y privadas del Sector Salud en las áreas de su competencia. 11. Garantizar y promover el ejercicio del control interno de que trata la Constitución Política y propender por la modernización institucional. 12. Velar por el cumplimiento de las decisiones adoptadas en el Consejo Territorial de Seguridad Social en Salud. 13. Programar y velar por la distribución equitativa de los recursos recaudados para el sector salud a fin de garantizar la prestación adecuada de los servicios correspondientes. 14. Promover y fomentar la participación de las entidades privadas y comunitarias en la prestación de servicios. 15. Coordinar, bajo la dirección del Gobernador del Departamento, la implementación y el mantenimiento del Sistema de Gestión de Calidad en las unidades administrativas adscritas a su Despacho, en cumplimiento a las normas que regulan la materia, y proporcionar evidencia de su compromiso con el desarrollo e implementación del sistema de gestión de Calidad, así como de la mejora contínua de su eficacia, eficiencia y efectividad. 16. Coordinar junto con los demás Secretarios de Despacho y el Jefe del Departamento Administrativo de Planeación y bajo la dirección del Gobernador del Departamento, la revisión, a intervalos planificados por lo menos una vez al año, del funcionamiento del Sistema de Gestión de Calidad para asegurarse de su conveniencia, adecuación, eficacia, eficiencia y efectividad contínuas, e incluír en dicha revisión la evaluación de las oportunidades de mejora y la necesidad de efectuar cambios en el Sistema de gestión de Calidad incluídos la Política de Calidad y los Objetivos de calidad. 17. Las demás que correspondan a la naturaleza de la Secretaría Departamental de Salud.

13 1. La asistencia técnica prestada contribuye al desarrollo de las políticas, planes, programas y proyectos de la Entidad para la obtención de resultados. 2. Las estrategias implementadas mejoran la prestación de servicios y la satisfacción del cliente teniendo en cuenta las políticas establecidas por la Entidad. 3. La asesoría prestada permite que se cumplan los lineamientos de Aseguramiento y garantía de calidad y contribuye al desarrollo de los objetivos. 4. Las investigaciones desarrolladas permiten establecer el grado de satisfacción de los usuarios y la necesidad de implementar acciones correctivas o preventivas dentro de la Entidad. 5. Los controles internos adoptados guiaron las actuaciones de los funcionarios bajo los estatutos de la entidad. 6. Las funciones de apoyo gerencial y administrativo realizado en el despacho se efectuaron eficientemente y se llevo a cabo en los asuntos que le competen por delegación o directamente. 7. Las actividades del personal, programadas tienen asistencia oportuna y su ejecución y desempeño se desarrolló correcta y eficientemente. 8. El ejercicio y desarrollo de sus funciones sirve para que el canal de comunicación entre el Gobernador, los funcionarios y la comunidad sea constante y los trámites respectivos se desarrollen ágil y eficazmente. 9. Los documentos e informes elaborados se encuentran bajo reserva de acuerdo a las circunstancias. 10. Los pedidos y elementos de consumo presentados al almacén están de acuerdo con las necesidades de la secretaria. 11. La implementación y mantenimiento del Sistema de Gestión de Calidad de la Entidad se cumple ciñéndose a las normas de calidad y las demás reglamentaciones que rigen la materia. 1. Constitución política de Colombia, leyes nacionales, decretos y ordenanzas. 2. Normas sobre administración de personal, presupuesto y contratación. 3. Compromiso con la Entidad para el desarrollo de sus funciones. 4. Cooperación para el logro de los objetivos y los compromisos que adquiere. 5. Informática Básica. 6. Clases de documentos. 7. Técnicas de archivo. 8. Sistema de gestión documental institucional. 9. Sistema de Gestión de Calidad. 10. Formulación, implementación, evaluación y seguimiento de proyectos de inversión. 11. Salud ambiental. 12. Zoonosis. 13. Medicamentos y sustancias tóxicas. 14. Factores de riesgo del ambiente. 15. Laboratorio de salud pública. 16. Gestión en salud pública. 17. Plan de atención básica. 18. Promoción y prevención en salud. 19. Salud sexual y reproductiva. 20. Cobertura régimen subsidiado. 21. Diseño e implementación de la vigilancia del Sistema General de Seguridad Social en Salud. 22. Organizaciones comunitarias en salud. 23. Salud mental. 24. Enfermedades crónicas. 25. PAI. 26. Lepra y TBC. 27. Prevención y atención de emergencias y desastres. 28. Enfermedades transmitidas por vectores. 29. Normas sobre administración de personal.

14 30. Administración de bienes y servicios. 31. Control de Gestión y normatividad de Control Interno. 32. Gerencia Pública. 33. Planeación de procesos. 34. Posibilidades de financiamiento. 35. Planeación de recursos humanos, físicos y financieros. Titulo de formación Profesional en: Medicina, Enfermería, Odontología, Derecho, Trabajo Social, Psicología o Administración Pública y Tarjeta Profesional. Título de postgrado en la modalidad de especialización en Gerencia en Salud, Salud Pública o Administración en Salud. 48 meses de experiencia profesional en el sector de salud.

15 AREA DE HACIENDA I. PROPOSITO PRINCIPAL Planear, dirigir, ejecutar y evaluar políticas financieras, con el propósito de generar y agenciar recursos para apoyar e impulsar los programas del Gobierno Departamental. II. DESCRIPCION DE FUNCIONES ESENCIALES Además de las funciones generales establecidas en el Estatuto Básico y la Estructura, el Secretario de Hacienda, tiene las siguientes: 1. Asesorar al Gobernador en la formulación de políticas, programas y proyectos de Hacienda pública. 2. Formular las políticas del Departamento, bajo la dirección del Gobernador, conducentes a la obtención de recursos financieros adecuados y suficientes para apoyar el logro de los objetivos generales y el desarrollo de los programas departamentales. 3. Dirigir la preparación de los balances, estudios y estados financieros del Departamento. 4. Coordinar el recaudo y consecución de los recursos financieros, así como la atención de las diferentes obligaciones del Departamento, de acuerdo con la programación establecida. 5. Dirigir la conformación de base de datos para la planificación y cuantificación de los servicios a cargo de la Secretaría. 6. Convocar foros, seminarios y eventos similares de carácter técnico, con fines de intercambios de información y cooperación interinstitucional para mejorar la gestión de la Secretaría. 7. Evaluar económica y financieramente los diferentes proyectos departamentales y emitir conceptos, en coordinación con el Departamento Administrativo de Planeación. 8. Controlar, coordinar y evaluar el movimiento general de ingresos y egresos y responder por su correcto manejo. 9. Controlar y evaluar el sistema contable y el flujo de información fiscal financiera. 10. Coordinar y dirigir los estudios sobre capacidad de endeudamiento. 11. Asesorar a la Asamblea Departamental durante la discusión de proyectos de ordenanza que traten asuntos referidos a la hacienda pública. 12. Dirigir la elaboración de estudios sobre las finanzas públicas departamentales, su evolución y comportamiento. 13. Establecer mecanismos para evitar y prevenir la elusión o la evasión contributivas y, cuando sea del caso, ordenar las investigaciones correspondientes. 14. Dirigir la elaboración del presupuesto general del Departamento, coordinando esta labor con el Departamento Administrativo de Planeación. 15. Rendir al Gobernador, al Contralor Departamental, a la Asamblea, al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, a la Contaduría y al Departamento Nacional de Planeación y demás organismos competentes, los informes que le soliciten. 16. Asesorar a las entidades públicas descentralizadas del Departamento en la formulación y ejecución de sus presupuestos de funcionamiento e inversión y demás aspectos relacionados. 17. Dirigir y coordinar el levantamiento y actualización del inventario de los bienes inmuebles del Departamento y velar por su saneamiento. 18. Evaluar los programas de fiscalización, de control sobre las rentas y, en general, de gestión tributaria que se presenten ante las instancias competentes para su aprobación. 19. Autorizar la apertura de cuentas bancarias del Departamento. 20. Aprobar el proyecto de plan financiero y someterlo a consideración de la instancia competente. 21. Analizar y aprobar el proyecto de decreto de liquidación del presupuesto y someterlo a consideración del Gobernador. 22. Estudiar y evaluar el proyecto de Programa Anual de Caja, proponiendo las modificaciones y ajustes derivados de su ejecución durante la vigencia respectiva. 23. Asistir ante los organismos colegiados de los cuales forme parte o se le invite, preparando los estudios o conceptos que corresponda a los que le solicite el Gobernador y rindiendo los informes correspondientes. 24. Presentar al Gobernador las propuestas para la conformación de Grupos de Trabajo para las diversas reparticiones administrativas de la Secretaría y asignar o redistribuir funciones entre ellos.

16 25. Velar por la aplicación adecuada de los controles internos diseñados y adoptados para guiar las actuaciones de los funcionarios de la Secretaría. 26. Firmar la correspondencia oficial de carácter externo que deba efectuar el Departamento en relación con las funciones de la Secretaría. 27. Canalizar las propuestas que se formulen ante el Gobernador en relación con modificaciones a las disposiciones sobre asuntos de competencia de la Secretaría, en Especial el Estatuto Orgánico del Presupuesto Departamental, el Estatuto de Rentas, Procedimiento Tributario y Régimen sancionatorio del Departamento y el Reglamento Interno de Tesorería. 28. Evaluar el desempeño de los funcionarios adscritos al Despacho de la Secretaría y de los Directores de Tesorería, Presupuesto, Contabilidad y Rentas. 29. Autorizar pedidos de elementos de consumo y devolutivos de almacén para el desarrollo de las funciones de la Secretaría. 30. Coordinar, bajo la dirección del Gobernador del Departamento, la implementación y el mantenimiento del Sistema de Gestión de Calidad en las unidades administrativas adscritas a su Despacho, en cumplimiento a las normas que regulan la materia, y proporcionar evidencia de su compromiso con el desarrollo e implementación del sistema de gestión de Calidad, así como de la mejora contínua de su eficacia, eficiencia y efectividad. 31. Coordinar junto con los demás Secretarios de Despacho y el Jefe del Departamento Administrativo de Planeación y bajo la dirección del Gobernador del Departamento, la revisión, a intervalos planificados por lo menos una vez al año, del funcionamiento del Sistema de Gestión de Calidad para asegurarse de su conveniencia, adecuación, eficacia, eficiencia y efectividad contínuas, e incluír en dicha revisión la evaluación de las oportunidades de mejora y la necesidad de efectuar cambios en el Sistema de gestión de Calidad incluídos la Política de Calidad y los Objetivos de calidad. 32. Las demás que le sean asignadas por el Gobernador, acorde con la naturaleza del cargo. III. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES 1. Los recursos financieros obtenidos permitieron el logro de objetivos generales y el desarrollo de programas departamentales de acuerdo con las normas y necesidades institucionales de la Entidad. 2. Los balances y estudios financieros del departamento preparados están de acuerdo con el desarrollo de las actividades programadas por la Entidad. 3. Las bases de datos de la secretaria organizadas planifican, dirigen y cuantifican los servicios que presta el puesto de trabajo a otras dependencias. 4. La actualización de información y el mejoramiento continuo expresados contribuyen al crecimiento de la productividad en el desarrollo de las funciones propias del empleo. 5. La valoración y calificación de los proyectos económicos y financieros del departamento permiten hacer sugerencias y correcciones que beneficien e incrementen los resultados después de su ejecución. 6. Los estudios financieros departamentales presentados fueron dirigidos y valorados constantemente controlando su evolución y cumplimiento. Los aspectos administrativos y técnicos dirigidos están programados, ejecutados y controlados de acuerdo al presupuesto departamental. 7. La información suministrada por las diferentes dependencias está consolidada y se elaboran proyectos de presupuesto para las actividades programadas teniendo en cuenta las directrices del estatuto orgánico de presupuesto. 8. El proyecto anual mensualizado de caja de funcionamiento preparado es dirigido y consolidado con el de las demás dependencias y con el departamento administrativo de planeación para conformar el PAC general del departamento de Casanare en coordinación con el tesorero del departamento. 9. Los documentos tramitados y certificados presupuestalmente que permiten cumplir con los compromisos adquiridos son registrados y archivados para mantener un adecuado manejo de información en la dependencia. 10. El manejo de presupuesto supervisado de las dependencias cumple las políticas y normas gubernamentales.

17 11. La liquidación anual del presupuesto preparada se establece bajo proyecto de decreto para su adecuado cumplimiento. 12. Las modificaciones o adiciones que puedan afectar el presupuesto son dirigidas y debidamente registradas en documentos que permiten el acceso adecuado a la información para la toma decisiones. 13. Los inventarios de los bienes inmuebles departamentales elaborados están de acuerdo con las existencias actuales y su procedimiento se efectuó de manera dirigida y ordenada. 14. La apertura de cuentas bancarias del Departamento ordenadas fueron aprobadas y autorizadas con anterioridad y se le hace un seguimiento constante. 15. Todos los proyectos del Departamento presentados fueron analizados, dirigidos, aprobados, valorados de acuerdo a las políticas y normas de la Entidad. 16. El desempeño de los funcionarios adscritos a la secretaria, así como los directores de Tesorería, Presupuesto, Contabilidad y Rentas fue evaluado para fomentar e implementar el mejoramiento continuo. 17. Los documentos tramitados y certificados presupuestalmente que permiten cumplir con los compromisos adquiridos son registrados y archivados para mantener un adecuado manejo de información en la dependencia. 18. El manejo de presupuesto supervisado de las dependencias cumple las políticas y normas gubernamentales. 19. La liquidación anual del presupuesto preparada se establece bajo proyecto de decreto para su adecuado cumplimiento. 20. Las modificaciones o adiciones que puedan afectar el presupuesto son dirigidas y debidamente registradas en documentos que permiten el acceso adecuado a la información para la toma decisiones. Las actividades relacionadas con el control y determinación de tributos departamentales son administradas, dirigidas y evaluadas y contribuyen, previenen y evitan fraudes departamentales. 21. Las políticas tributarias coordinadas con su funcionario responsable están asesoradas y están cobijadas bajo las normas respectivas. 22. Los impuestos y las rentas departamentales establecidos para la administración de la entidad están cobijadas y valoradas por las normas correspondientes. 23. El se somete al Plan Anual de Fiscalización diseñado previamente. 24. El control y liquidación de contribuyentes morosos realizado es tramitado directamente para empezar su proceso de cobro. 25. El manejo adecuado de la información tributaria permite identificar y liquidar a los contribuyentes morosos, así como, proferir las multas y sanciones respectivas bajo la normatividad vigente. 26. Las políticas de rentas permiten crear campañas para prevenir el fraude o evasión de obligaciones contributivas. 27. Las funciones realizadas integran el cumplimiento de los compromisos adquiridos, la eficacia del manejo de los recursos y la calidad de servicio prestado. 28. El uso responsable y claro de los recursos públicos garantiza la discreción en su utilización y permite el acceso a la información gubernamental. 29. Las acciones planificadas tienen en cuenta su repercusión y el presupuesto gubernamental. 30. Los cambios en las actividades presentadas se llevan a cabo cuando se detectan dificultades o se ponen en práctica estrategias para optimizar el desempeño. 31. La responsabilidad en el desarrollo de sus funciones contribuye el cumplimiento de los objetivos. 32. Las decisiones económicas o financieras tomadas en el desempeño y desarrollo de sus actividades se ajustan a cada uno de los proyectos o programas planeados con anterioridad. 33. La información y documentos manipulados que involucren su responsabilidad y firma están manejados de acuerdo a las normas legales vigentes en el Departamento. 34. Los balances financieros y estados contables revisados y remitidos están registrados y archivados para su continuo acceso y para permitir su manipulación a las partes interesadas. 31. La ejecución de sus funciones contribuye a la eficiente administración, control, actualización y vigilancia de las rentas departamentales aplicando las normas legales y garantizando su estricto

18 cumplimiento. 32. Las operaciones de recaudo de ingresos y pago de obligaciones se programaron, ejecutaron y controlaron permitiendo una administración, conservación e incremento del patrimonio del departamento. 33. Los procesos y procedimientos realizados son estrictamente registrados y mantienen actualizado el sistema para rendir cuentas a la Nación siempre que sea necesario. 34. La implementación y mantenimiento del Sistema de Gestión de Calidad de la Entidad se cumple ciñéndose a las normas de calidad y las demás reglamentaciones que rigen la materia. 1. Normas, Decretos, y leyes departamentales y del Gobierno Nacional. 2. Normas y procedimientos sobre Finanzas, Hacienda Pública y Contratación Estatal. 3. Compromiso con la Entidad para el desarrollo de sus funciones. 4. Cooperación para el logro de los objetivos y los compromisos que adquiere. 5. Informática Básica. 6. Clases de documentos. 7. Técnicas de archivo. 8. Sistema de gestión documental institucional. 9. Software de archivo. 10. Orientación a resultados. 11. Orientación al usuario y al ciudadano. 12. Normas sobre Administración de Personal. 13. Sistema de Gestión de Calidad. 14. Formulación, implementación, evaluación y seguimiento de proyectos de inversión. 15. Gerencia Pública. 16. Control de Gestión. 17. Normas y políticas presupuestales. 18. Manejo de información financiera. 19. Liderazgo de grupos de trabajo. 20. Asesoría en materias propias de su campo de conocimiento. 21. Finanzas públicas territoriales. 22. Políticas, planes y programas de Rentas Departamentales. 23. Disposiciones establecidas en el Estatuto de Rentas. 24. Procedimientos Tributarios. 25. Régimen Sancionatorio Departamental. 26. Asesoría Tributaria. 27. Planes de Fiscalización Tributaria. 28. Liquidación oficial. 29. Jurisdicción y cobro coactivo. Estados financieros. 30. Procedimientos contables. 31. Manejo de créditos. 32. Movimientos bancarios. 33. Recaudo público. 34. Estados contables. 35. Conciliaciones. 36. Inventarios. 37. Deuda publica Nacional, departamental y Municipal. 38. Normas y procedimientos determinados por la contaduría general de la nación. 39. Planeación de procesos. 40. Posibilidades de financiamiento. 41. Planeación de recursos humanos, físicos y financieros. 42. Plan financiero. 43. Marco fiscal a mediano plazo. 44. Programación de pagos. 45. Ingresos contables de los bienes. 46. Recursos disponibles.

19 47. Ejecución presupuestal. 48. Capacidad de endeudamiento. IV. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA Título de Formación profesional, en: Derecho, 24 meses de experiencia profesional relacionada. Economía, Administración Pública, Administración Financiera, Administración de Empresas o Contaduría Pública y Tarjeta Profesional. Título de postgrado en la modalidad de especialización en áreas económicas, financieras o administrativas. AREA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y MEDIO AMBIENTE I. PROPOSITO PRINCIPAL Dirigir, coordinar y controlar los planes, programas, proyectos, procesos y funciones de desarrollo económico de su área, ejecutando y desarrollando las políticas, planes, y proyectos de la Gobernación; aplicar conocimientos propios de la formación profesional para realizar investigaciones o desarrollar actividades que requieran capacidad de análisis y de proyección para concebir, formular, desarrollar y evaluar planes, programas y proyectos. II. DESCRIPCION DE FUNCIONES ESENCIALES Además de las funciones generales establecidas en el Estatuto Básico y la Estructura Interna, el Secretario de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, tiene las siguientes: 1. Llevar la iniciativa en la conformación de las políticas, planes, programas y proyectos, que en materia de desarrollo económico estén a cargo de la Secretaría, y una vez aprobados, velar por su debida ejecución. 2. Dirigir la conformación de bases de datos para la planificación y cuantificación de los servicios a cargo de la Secretaría. 3. Convocar foros, seminarios y eventos similares de carácter técnico y científico, orientados hacia el intercambio de información y al establecimiento de programas de cooperación interinstitucional en materia ambiental, agropecuaria, forestal, de recursos naturales y piscícolas. 4. Garantizar el cumplimiento de las funciones asignadas al Departamento como integrante del Sistema Nacional Ambiental y del Sistema Agropecuario. 5. Servir de enlace y coordinador entre las autoridades nacionales, departamentales y locales en materia de desarrollo rural y reforma agraria. 6. Diseñar planes operativos para las actividades de la Secretaría. 7. Ejercer el autocontrol en todas las funciones que le sean asignadas. 8. Aplicar el sistema de Gestión Documental del área. 9. Coordinar, bajo la dirección del Gobernador del Departamento, la implementación y el mantenimiento del Sistema de Gestión de Calidad en las unidades administrativas adscritas a su Despacho, en cumplimiento a las normas que regulan la materia, y proporcionar evidencia de su compromiso con el desarrollo e implementación del sistema de gestión de Calidad, así como de la mejora contínua de su eficacia, eficiencia y efectividad. 10. Coordinar junto con los demás Secretarios de Despacho y el Jefe del Departamento Administrativo de Planeación y bajo la dirección del Gobernador del Departamento, la revisión, a intervalos planificados por lo menos una vez al año, del funcionamiento del Sistema de Gestión de Calidad para asegurarse de su conveniencia, adecuación, eficacia, eficiencia y efectividad contínuas, e incluír en dicha revisión la evaluación de las oportunidades de mejora y la necesidad de efectuar cambios en el Sistema de gestión de Calidad incluídos la Política de Calidad y los Objetivos de calidad. 11. Las demás funciones asignadas por el Gobernador, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de

20 desempeño del cargo. III. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES 1. Las políticas de desarrollo y sostenimiento ambiental establecidas están de acuerdo con las Normas establecidas por el gobierno Nacional y velan por el mantenimiento de los recursos naturales del departamento. 2. Los programas de protección de los recursos naturales del Departamento concuerdan con los propósitos y prioridades establecidos en el Plan de desarrollo. 3. Las metas específicas en medio ambiente formuladas involucraron recursos, insumos y procesos teniendo en cuenta el impacto que generan en el ambiente circundante. 4. Los defectos que originan deterioro ambiental fueron identificados, analizados y valorados para su posterior mejoramiento, además se establecieron estrategias que permitieron superar la situación. 5. Todos los proyectos forestales realizados cuentan con la colaboración de la comunidad y la aplicación y ejecución de los mismos se efectúa por todas las personas que tienen acceso al territorio en donde se desarrollan dichos proyectos. 6. Las necesidades ambientales de la comunidad son atendidos y valorados de acuerdo con los procedimientos de la Entidad. 7. El mejoramiento continuo de los recursos ambientales del Departamento involucra acciones de prevención y corrección para disminuir los posibles riesgos a futuro. 8. El sistema de información ambiental creado proporciona atención inmediata a la comunidad que hace uso de él y trabaja en equipo con las demás dependencias que tenga relación. El desarrollo del sector agropecuario responde a la ejecución de los planes y programas previamente establecidos. 9. La asesoría y asistencia técnica desarrolladas por el Departamento cobijan a todos los municipios en el sector agropecuario para el control y seguimiento de los planes y programas. 10. El desarrollo rural integral propuesto se lleva a cabo mediante estrategias de promoción. 11. Los planes y programas en materia empresarial presentados forman parte del plan de desarrollo del Departamento. 12. Todos los proyectos, planes y programas establecidos responden a las necesidades de la Entidad y del personal que la conforma. 13. La promoción de estrategias empresariales y la divulgación de políticas empresariales contribuyen a la socialización y comunicación para su posterior ejecución. 14. Las gestiones realizadas ante los estamentos nacionales para el crecimiento empresarial del incrementa la colaboración prestada a la Entidad y dirige la atención del Gobierno en los asuntos del Departamento. 15. Las oportunidades de inversión productiva en el Departamento identificadas son comunicadas oportunamente a las personas interesadas. 16. La implementación y mantenimiento del Sistema de Gestión de Calidad de la Entidad se cumple ciñéndose a las normas de calidad y las demás reglamentaciones que rigen la materia. I 1. Sistema de Gestión de Calidad. 2. Formulación, implementación, evaluación y seguimiento de proyectos de inversión. 3. Normas de Presupuesto y Contratación Pública. 4. Administración de recursos naturales. 5. Conservación del medio ambiente. 6. Creatividad e innovación. 7. Mejoramiento continúo. 8. Cadenas forestales. 9. Manejo de Planes de ordenación de cuencas y microcuencas hidrográficas. 10. Planificación y ordenamiento ambiental. 11. Sistemas agroforestales. 12. Conservación de Biodiversidad y ecosistemas. 13. Educación ambiental. 14. Evaluación y monitoreo ambiental.