ODEF FINANCIERA, S.A. CONTRATO DE PRESTAMO CON CONSTITUCION DE GARANTIA HIPOTECARIA

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1 ODEF FINANCIERA, S.A. CONTRATO DE PRESTAMO CON CONSTITUCION DE GARANTIA HIPOTECARIA PRESTAMO NO.: Nosotros,,mayor de edad, hondureño(a) con identidad número y con domicilio en (Deudor principal);mayor de edad, hondureño(a) con identidad número y con domicilio en (Aval garante) y SANTA ISABEL SANTELI DE EUCEDA con identidad número mayor de edad, soltera por viudez, Licenciada en Economía y con domicilio en esta ciudad de San Pedro Sula, Cortés, el(la) primero(a) actuando en su condición personal y la segunda, en su condición de Gerente General de la ORGANIZACION DE DESARROLLO EMPRESARIAL FEMENINO (ODEF FINANCIERA, S.A.) y que para efectos del presente contrato, se denominarán EL DEUDOR y ACREEDOR respectivamente; convenimos en celebrar, como al efecto celebramos el presente Contrato de Préstamo con Constitución de Garantía Hipotecaria, el cual sujetamos al tenor de las siguientes cláusulas: PRIMERA: Declara el Deudor que por este acto recibe del Acreedor en carácter de préstamo la cantidad de - lempiras, financiamiento destinado a:, dicho préstamo acreditado a la cuenta de ahorro NO. de la cual el deudor autoriza debitarla en el caso de incumplimiento de pago. Y se obliga a pagar a la orden del Acreedor en esta ciudad o donde éste señale, en moneda de curso legal de la República de Honduras, en los plazos y formas siguientes:, con cuotas de cada una, con un Cat anual de haciendo efectiva la primera cuota a partir del día pagando en iguales fechas los meses subsiguientes y finalizando el día,quedando entendido que todo pago o abono a préstamo deberá hacerse únicamente en las ventanillas de ODEF FINANCIERA S.A. o en los bancos autorizados por el Acreedor, este contrato devengará un interés del anual el cual amortiza en cada una de las cuotas, pudiendo la tasa sufrir variaciones de acuerdo a las condiciones de mercado y autorizadas por el BCH, situación que deberá ser notificada al Deudor por parte del Acreedor, y para garantizar el cumplimiento de la obligación se suscribe una letra de cambio a favor del Acreedor equivalente al monto total de la deuda. SEGUNDA: En caso de mora sobre el financiamiento, producida por falta de pago a la fecha del vencimiento de cada cuota, pagará un recargo de 4% sobre el capital de la cuota vencida; en caso de atraso en el pago del préstamo, al Deudor y a sus avales se les aplicara el proceso de cobro detallado así: De un día mora serán llamados o visitados en los 7 días siguientes de vencida la cuota, Si pasados 8 a 10 días después de vencida la cuota, el cliente aún no ha pagado deberá hacer un compromiso de pago con el asesor de crédito y jefe de la agencia de la cuota atrasada para que sea pagada en el mismo mes, de no cumplir el compromiso anterior se citaran el cliente y sus avales para hacer un arreglo extrajudicial o la realización del embargo extrajudicial utilizando el formato de citación de 24 horas, si después de hacer todos los procedimientos extrajudiciales el cliente no cumple con el pago del valor atrasado, el jefe de agencia enviara el listado de estos préstamos al supervisor de negocios para que éste haga una última gestión de cobro extrajudicial; de no obtener resultados positivos le enviara a la gerencia de negocios los casos que no logre solucionar, explicando el por qué del atraso, si se cumplió el proceso de cobro, la existencia y tipo de garantías y las posibilidades de recuperación por la vía legal, la gerencia legal determinara el proceso de la recuperación del préstamo, la falta de pago al vencimiento de 2 cuotas dará lugar al Acreedor, declarar por vencida la obligación y exigir su pago inmediato por medio del deudor principal y sus Avales, requiriéndolos de pago, embargando bienes muebles e inmuebles, sueldos o rentas y demás, que cubran la obligación objeto de este financiamiento. Vencido totalmente el plazo principal y los intereses, pagarán un interés del cuatro por ciento (4%), de mora mensual. Es entendido y aceptado que toda costa, gasto o cualesquiera otra gestión judicial o extrajudicial correrán por cuenta y a cargo del Deudor, los cuales se cargarán al monto total de La deuda. TERCERA: En caso que el Deudor quiera cancelar todo su préstamo de manera anticipada, deberá pagar el saldo de capital, el interés corriente calculado a la fecha, mas intereses moratorios y seguros a la fecha si los hubiere, CUARTA: El Deudor se compromete a reconocer los ajustes que por devaluación de nuestra moneda pueda efectuar en el futuro del Banco Central de

2 Honduras. QUINTA: Continua manifestando el deudor que para garantizar la obligación que contrae en este acto, constituye a favor del Acreedor, Primera Hipoteca sobre el siguiente bien inmueble: CASA CONSTA DE 2 HABITACIONES, SALA Y CO, Quedando entendido que no podrán hacerse segundas ni posteriores hipotecas o ventas a personas de crédito mercantil o financiero sin previo consentimiento del Acreedor; de mutuo acuerdo se valora el bien inmueble hipotecado para efectos de remate o subasta en la cantidad de (Lps ),El Deudor se compromete a mantener al día el pago de los servicios públicos e impuestos municipales de este bien hipotecado, pagos que correrán por cuenta del Deudor, deduciéndose sobre la base de esto las acciones civiles y criminales que correspondan según su culpabilidad. SEXTA: El Deudor manifiesta que anexo a este contrato y en esta misma fecha, suscribe un adendum (caratula) en el cual se establece un resumen de las principales condiciones del contrato el cual por este acto acepto su contenido. SEPTIMA: En virtud de que este crédito ha sido otorgado en consideración a la solvencia, posición financiera y demás circunstancias particulares del prestatario y de sus fiadores, tal como se presentan a la fecha de este documento ODEF FINANCIERA S.A. podrá dar por terminado anticipadamente el contrato sin responsabilidad de su parte y exigir de inmediato los saldos deudores, intereses, comisiones y gastos (incluidos en estos las costas procesales y personales en que la institución hubiere incurrido en cualquier asunto relacionado con este contrato), si a criterio exclusivo de ODEF FINANCIERA S.A. se produjere un cambio drástico respecto a tales extremos o el acreditado cediera el crédito contra ODEF FINANCIERA S.A. sin el consentimiento escrito y anticipado de este OCTAVA: El acreedor tendrá también el derecho de terminación anticipada y de exigir inmediatamente los saldos deudores y demás conceptos referidos en la cláusula anterior, si comprobare fehacientemente que se proporcionaron declaraciones inexactas o que hubieren circunstancias tales que ODEF FINANCIERA S.A. no habría otorgado el presente crédito o no lo habría dado en las mismas condiciones, si hubiere conocido la verdadera situación económica del cliente al momento de la solicitud de crédito, reservándose el derecho de exigir los daños y perjuicios que hubiere sufrido. NOVENA: Queda entendido que el desvío de los fondos financiados al Deudor y que conforme a la solicitud se haya comprobado que no han si utilizados para su destino, dará lugar al Acreedor el derecho de exigir el pago total de las mensualidades más los intereses y las costas legales respectivas, deduciendo las acciones civiles y criminales que correspondan. DECIMA: El Deudor, sin consentimiento previo y por escrito de ODEF FINANCIERA S.A., no podrá de los fondos provenientes de este Crédito, otorgar préstamos a funcionarios, ni socios de ODEF FINANCIERA S.A., ni contraer nuevos endeudamiento que alteren la relación deuda-capital existente en la fecha de este contrato más allá de los límites generalmente aceptados ni prestar avales, fianzas o incurrir en otras obligaciones contingentes. UNDECIMA: El Deudor se compromete a cumplir las recomendaciones que el Acreedor realice para que el desarrollo de esta actividad no tenga efectos negativos en el medio ambiente. DUODECIMA: Queda acordado entre las partes que se establece un plazo de 30 días firmado el contrato para que el Usuario Financiero interponga su reclamo ante las instancias pertinentes y de 30 días contados a partir de la cancelación del monto total del crédito, para que el cliente pueda presentar cualquier reclamo ante ODEF FINANCIERA S.A. DECIMOTERCERA: Para realizar modificaciones al contrato se realizara un adendum acordado por las partes contratantes. DECIMOCUARTA: El Acreedor declara: Que siendo cierto todo lo manifiesto y consignado por el Deudor en las cláusulas que anteceden, aceptan sus estipulaciones y las garantías reales certificadas a favor de ODEF FINANCIERA S.A., todo ello por ser lo convenido y pactado entre las partes. En virtud de todo lo anteriormente descrito firmamos el presente documento para constancia, en la ciudad de San Pedro Sula, Cortés a los.

3 A continuación se presenta la fórmula usada para el calculo del CAT: Donde: Pt= t-ésimo pago netos (pagos desembolsos), N=numero de pagos, i=costo total, en términos nominales, t=numero de pago del crédito DEUDOR ACREEDOR AVAL GARANTE

4 ADENDUM O CARATULA Nombre del cliente: Número de identidad: PRODUCTO ADQUIRIDO Y CONDICIONES Producto: Monto del crédito: Número de préstamo: Tasa de interés: CAT: Tasa de interés moratoria: Cuota a pagar: Tipo de garantía: HIPOTECARIA Valor de garantía: Frecuencia de pago: Cobro judicial: MONTO DEL PRÉSTAMO COMISION PRÉSTAMOS COMISION PRÉSTAMOS Hasta L 30, % 1.00% L.30, a L.50, % L.50, a L.100, % L.100, a L.500, % 1.00% 1.00% 0.50% Mayores de L.500, % 0.25% Detalle de comisiones y gastos: Papelería: Se utiliza en la elaboración del crédito, contratos, estados de cuenta, etc. representa el 10% de la comisión. Prospección: Visita a la zona donde vive el cliente, en la búsqueda de elementos positivos o negativos sobre su vida y negocio, representa el 40% de la comisión. Levantamiento de información: Visita al domicilio y negocio del cliente para el levantamiento de información con la finalidad de determinar su capacidad y voluntad de pago, representa el 30% de la comisión. comisión. SEGUROS (aplican igual o mayor a L.50,001.00): Seguro de Deuda (Ptm. Productivos y consumo) L.4.5 por millar *Seguro de Daños (Ptm. Vivienda y garantía hipotecarias) L.2.90 por millar *Montos a bajo de L.50, aplica autoseguro: * No aplica seguro de daños para inmuebles de adobe, madera y en proceso de construcción * Si el terreno en garantía cubre el 110% del crédito, no paga seguro de daños Ejemplo de cálculo Seguro de Deuda: Monto del crédito mayor o igual a L.50, Plazo 12 meses (1 año): 50,001.00*4.5/1000 = se deduce en el desembolso 2- Plazo menor a 12 meses: si fuese para 8 meses /12 = 18.75*8 = se deduce en el desembolso 3- Plazo mayor a 12 meses (1 año): valor de la cuota anual/plazo del crédito (si fuese 24 meses plazo) /24= 9.38 mensual en cada cuota.

5 Ejemplo de cálculo Seguro de Daño Menor o igual a 12 meses: monto del préstamo*2.9/1000 ejemplo monto del préstamo L.120, ,000.00*2.9/1000 = % (impt. sobre venta) (emisión de póliza)= deducción en desembols Plazo mayor a 12 meses (1 año): valor de la cuota anual/plazo del crédito (si fuese 24 meses plazo /24= mensual en cada cuota. GASTOS LEGALES Aplica cuando el crédito es con garantía hipotecaría (créditos productivos) Impuesto Registral Monto del crédito Gastos legales Papel Sellado Hasta L. 50, L. 1, L L De L.50, en adelante 1.25% L L AGENCIAS BANCARIAS DONDE SE PUEDEN EFECTUAR PAGOS A PRÉSTAMOS INSTITUCIÓN CUENTA Banco de Occidente Banco del Pais FICOHSA Banco Continental BANHCAFE Banco Atlántida BANADESA BAC HONDURAS S.A ) Incumplir sus obligaciones le genera mayores costos y deteriora su historial crediticio contenido en las 4) En caso de demanda judicial para la recuperación del crédito, corren por cuenta del cliente y los avales 5) En caso de incumplimiento de pago de 2 cuotas se procederá a ejecutar las garantías establecidas en LEGALES 1) Al ser el crédito de tasa variable, los intereses (y las cuotas) pueden aumentar. Centrales de Riesgo Privadas o en las Centrales de Información Crediticia. 3) Frente al incumplimiento, el aval responderá como obligado principal ante la institución financiera. todos los gastos en que se incurran, derivados de dicha demanda. el presente crédito. Autorizo a ODEF FINANCIERA S.A. Para que pueda consultar y verificar en cualquier momento del presente contrato si los impuestos y servicios públicos están al día. Firma de haber recibido Capacitación sobre Educación Financiera, Plan de Pagos, Copia del Contrato de Crédito.