Cierre sus cuentas con seguridad
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- Eugenia Álvarez San Segundo
- hace 6 años
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1 Vida útil Es el lapso de tiempo durante el cual se espera obtener rendimiento del elemento de inmovilizado en cuestión. Inicio de la amortización La amortización debe iniciarse a partir del momento en que el bien esté a disposición de la empresa y en condiciones de funcionamiento. Un bien tiene un valor de euros y una vida útil de 8 años (lo que supone una amortización del 12,5% anual). Si entra en funcionamiento el 1 de julio, la amortización del primer año será de euros (la mitad de la amortización anual), ya que sólo habrá estado en funcionamiento durante seis meses. Por otro lado, los elementos del inmovilizado deben amortizarse uno a uno, excepto que amortizándolos en bloque pueda saberse la parte de amortización acumulada de cada elemento patrimonial. Apunte. Por ello es recomendable, o bien llevar libros auxiliares que permitan dicho control, o bien contabilizar cada elemento, así como su amortización acumulada, en cuentas separadas (subcuentas). Contabilización Con carácter general, para que la dotación a la amortización sea fiscalmente deducible, debe estar previamente contabilizada. Existen algunas excepciones que se comentan más adelante. Amortización según tablas El sistema más práctico de amortización consiste en seguir los criterios establecidos en las tablas oficiales de amortización aprobadas por Hacienda. Apunte. Si su empresa amortiza sus activos según los porcentajes establecidos en ellas, Hacienda no pondrá trabas a la deducción fiscal de dicha amortización. No obstante, las tablas pueden aplicarse de diferentes formas. A continuación se las exponemos. Amortización lineal Es la más sencilla de todas, y la que utilizan la mayoría de las empresas. Se trata, en definitiva, de aplicar sobre el valor amortizable el porcentaje de amortización fijado en las tablas antes indicadas. Apunte. Dado que las tablas no establecen un porcentaje fijo, sino un intervalo, usted puede escoger el plazo de vida útil que más le convenga (aunque fiscalmente siempre es mejor amortizar el bien en el menor tiempo posible). El día 1 de enero su empresa ha adquirido un bien con un valor amortizable de euros, cuyo porcentaje máximo de amortización, según tablas, es del 20% y cuyo período máximo de amortización (también según tablas) es de 10 años (lo que implica una amortización anual mínima del 10%). Si usted elige amortizar su activo al 20% (lo que supone una vida útil de 5 años), las amortizaciones anuales serán las siguientes: 10
2 Año Valor de adquisición Amortización del año Amortización acumulada Valor neto contable Apunte. Hacienda acepta que un año se amortice en un determinado porcentaje y otro año en otro, siempre dentro de los intervalos fijados por las tablas (en el caso del ejemplo, el intervalo estaría entre el 10% y el 20%). Atención! Lo que no es aceptable es que, una vez iniciada la amortización de un determinado elemento por el sistema lineal, se pase al sistema degresivo (el que le explicamos a continuación). Amortización degresiva por porcentaje constante Otro sistema de amortización es el degresivo, que puede aplicarse a todos los activos excepto edificaciones, mobiliario y enseres. Apunte. Este sistema permite amortizar un mayor importe durante los primeros años de vida útil del elemento en cuestión, y un importe más pequeño en los últimos. El cálculo de las cuotas anuales de amortización no es complicado. Deberá seguir los pasos que se indican a continuación: La amortización degresiva no puede aplicarse sobre edificaciones, mobiliario y enseres; pero es beneficiosa fiscalmente, ya que permite retrasar el pago de impuestos, con el ahorro financiero que ello comporta. Localice en las tablas el porcentaje de amortización anual aplicable al elemento en cuestión. Multiplique el porcentaje obtenido por los coeficientes correctores que se indican a continuación, con la finalidad de obtener el llamado porcentaje constante (que en ningún caso puede ser inferior al 11%). Período de amortización del bien Coeficientes correctores Menos de 5 años 1,5 Entre 5 y 8 años 2 Más de 8 años 2,5 El coeficiente obtenido será el porcentaje de amortización anual que, en lugar de aplicarse sobre el valor de adquisición del bien, se aplicará sobre el valor pendiente de amortización en cada ejercicio. Y en el año en que finalice la vida útil del bien se amortizarán las cantidades pendientes. Siguiendo con el ejemplo anterior, el porcentaje del 20% corresponde a una vida útil estimada de 5 años. Esto supondrá multiplicar el porcentaje de amortización por el coeficiente 2, y aplicar una amortización degresiva por porcentaje constante del 40%: Año Base amortización Amortización del año Amortización acumulada Valor neto contable (1) (1) En el último año de vida útil se amortiza todo el valor pendiente. 11
3 Amortización degresiva por número de dígitos También quedan excluidos de este sistema los edificios, mobiliario y enseres. Los pasos a seguir para aplicar este método de amortización son los que siguen: Localice en las tablas oficiales de amortización el coeficiente aplicable al elemento a amortizar. Asigne a cada período de amortización un número que es, para el primer período, el número de años de vida útil. Para el siguiente, dicho número menos 1 y así sucesivamente hasta que el último período tenga asignado el número 1. Obtenga la suma de todos los números asignados (suma de dígitos). Obtenga la cuota de amortización para cada dígito dividiendo el valor amortizable entre el importe total de la suma de dígitos. La amortización anual consistirá en el resultado de multiplicar la cuota por dígito por el número asignado al período. Siguiendo con el activo de euros y una vida útil de 5 años, la suma de dígitos sería de 15 ( ), y la amortización por dígito de 1.333,33 euros ( / 15). Año Dígito aplicable Cuota por dígito Dotación anual Valor neto contable , , , , , , , , , , , , , ,36 0 Apunte. La amortización degresiva, en cualquiera de sus dos modalidades, le permite retrasar el pago de impuestos. En el CD encontrará una hoja excel de que le permitirá calcular los ahorros conseguidos con este sistema. Bienes utilizados en más de un turno de trabajo La normativa fiscal permite amortizar más rápidamente los bienes que tengan un uso intensivo por su utilización en más de un turno de trabajo. Se trata de una variación del sistema lineal, y se permite calcular la cuota máxima de amortización según la siguiente fórmula: Nuevo porcentaje máximo = = Coeficiente mínimo + [(Coeficiente máximo coeficiente mínimo) x (número de horas de uso / 8)] Con la máquina utilizada en los ejemplos anteriores, que tiene un coeficiente máximo de amortización del 20% y un coeficiente mínimo del 10%, el nuevo coeficiente lineal máximo aplicable si hubiese dos turnos de trabajo sería del 30%: 10% + [(20%-10%) x (16/8)] = 30% 12
4 Activos adquiridos usados La normativa fiscal permite la aplicación de coeficientes de amortización superiores para aquellos elementos que, por haber sido adquiridos ya usados, se prevé que tendrán una vida útil inferior a la establecida en las tablas oficiales. Se trata de una variación sobre el método lineal, y los activos podrán amortizarse según uno de los siguientes sistemas: Podrá amortizar más rápidamente los bienes utilizados en más de un turno de trabajo y los bienes adquiridos usados. Aplicando el doble del coeficiente de amortización máximo según tablas. O bien aplicando el coeficiente de amortización máximo según tablas sobre el precio de adquisición originario, es decir, el que tuvo cuando se adquirió nuevo (si se conoce). Planes especiales de amortización Si usted considera que sus activos, por su especial naturaleza, tienen una vida útil distinta a la fijada en las tablas aprobadas por Hacienda, puede presentar una propuesta de amortización para que la Administración se la apruebe. Apunte. Transcurridos tres meses desde la solicitud sin haber recibido respuesta, ésta se entenderá aprobada. En este CD encontrará un modelo de solicitud, donde se le indica también la documentación que conviene aportar. Amortización en las empresas de reducida dimensión Las empresas de reducida dimensión (las que en el ejercicio anterior tuvieron una cifra de negocio inferior a 8 millones de euros), gozan de incentivos especiales en materia de amortizaciones, y a efectos fiscales las pueden acelerar. Apunte. Ello les permite retrasar el pago de impuestos (de la misma forma que la amortización degresiva permite retrasar el pago de impuestos respecto de la lineal). Las empresas de reducida dimensión pueden amortizar sus activos más rápidamente a efectos fiscales, con lo que consiguen retrasar el pago de impuestos y obtienen un ahorro financiero derivado de dicho retraso. Atención! Pero la aceleración de la amortización que pueden aplicar estas empresas no es necesario que se haga en la contabilidad, sino mediante unos ajustes en su Impuesto sobre Sociedades. Así, estas compañías: Deben imputar en su contabilidad la amortización contable de sus activos, en los términos indicados anteriormente (lineal, degresiva, planes especiales...). Y, en su declaración del Impuesto sobre Sociedades, pueden realizar unos ajustes sobre el resultado contable y aumentar la amortización deducible (por lo que se reduce la base del Impuesto sobre Sociedades y la cantidad que deben pagar). En los siguientes años, cuando el bien ya está amortizado fiscalmente pero se sigue amortizando en contabilidad, esta amortización contable ya no es deducible, por lo que deberá practicarse un ajuste al resultado contable del ejercicio, de signo inverso al practicado anteriormente. Apunte. Pero, en cualquier caso, se consigue un importante retraso en el pago de impuestos, sin ningún tipo de coste financiero para la empresa. 13
5 Amortización de bienes de escaso valor Las empresas de reducida dimensión tienen libertad de amortización para los activos de escaso valor (aquellos por valor unitario inferior a 601,01 euros) y con un límite anual de ,24 euros. Su empresa ha comprado varias mesas y sillas por un valor total de euros. Ninguna de ellas supera los 601,01 euros unitarios: La amortización contable es del 10% anual (800 euros). En su declaración del Impuesto sobre Sociedades puede hacer un ajuste negativo de euros, en concepto de amortización libre. De esta forma reduce la base del Impuesto sobre Sociedades y el coste de este tributo es menor. La amortización contable de los siguientes años (800 euros) ya no será deducible (porque con el ajuste negativo inicial los muebles ya quedaron fiscalmente amortizados), de forma que cada año se harán ajustes de signo contrario en el Impuesto sobre Sociedades, hasta compensar el ajuste negativo realizado el primer año. Amortización de inmovilizado material nuevo e inmovilizado inmaterial Las empresas de reducida dimensión pueden amortizar fiscalmente los activos materiales que hayan adquirido nuevos por el doble del coeficiente según tablas. Si, por ejemplo, una empresa normal amortiza su mobiliario en un 10% anual, una empresa de reducida dimensión puede amortizarlo en un 10% contablemente y, además, hacer un ajuste negativo en su declaración del Impuesto sobre Sociedades de un 10% adicional. En el caso de determinados activos inmateriales, esta aceleración de la amortización es algo inferior, del 150% (en lugar del 200%). Amortización de inversiones con creación de empleo Las empresas de reducida dimensión que realicen inversiones en activos materiales nuevos y, a la vez, aumenten su plantilla, pueden aplicar la libertad de amortización sobre dichos activos. Los parámetros de este incentivo son los siguientes: El importe que puede acogerse a la libertad de amortización es de euros por cada persona de incremento medio de plantilla. A efectos del incremento medio de plantilla se compara la plantilla media del ejercicio en que se realiza la inversión y del siguiente, en comparación con la plantilla media de los 12 meses anteriores. Una vez fijado el incremento, éste debe mantenerse durante un período adicional de otros 24 meses. Su empresa ha hecho inversiones importantes en el año Durante este ejercicio y el siguiente (datos previstos) estima que tendrá una plantilla media anual de 16,5 personas, y en el año 2005 su plantilla media fue de 15 personas. Dado que el incremento de plantilla es de 1,5 personas, la cantidad de inversión que podrá acogerse a la libertad de amortización es de euros ( x 1,5). Y el promedio de plantilla de los años 2008 y 2009 también deberá mantenerse en un mínimo de 16,5 personas. Esa libertad de amortización ya podrá aplicarse en el ejercicio 2006, de forma provisional. Si en los siguientes ejercicios se incumpliese el requisito de aumento o de mantenimiento de plantilla, usted debería devolver las cantidades ingresadas de menos, más los intereses de demora, pero sin sanciones. 14
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