LA PARTICIPACION COMUNITARIA EN SALUD: UN DERECHO Y UN DEBER
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- María Teresa Páez Aguilera
- hace 8 años
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1 LA PARTICIPACION COMUNITARIA EN SALUD: UN DERECHO Y UN DEBER
2 Los antecedentes de la institucionalización de la participación comunitaria en salud en Colombia se inician en 1975 a través de los Decretos 056 y 350, mediante los cuales se crea el Sistema Nacional de Salud y en los que se contempló la creación de Comités Comunitarios de Salud, que fueron conformados en todo el territorio nacional alrededor de programas de control epidemiológico y, a la vez, para responder a problemas locales de salud por lo general relacionados con plantas físicas y dotación de salud. A principios de los años ochenta y en desarrollo de la estrategia de Atención Primaria en Salud, los Comités Comunitarios se amplian para participar en la planeación y desarrollo de las acciones de atención primaria de su barrio o vereda, adquieren un papel importante en la medida en que se establecen vínculos entre los equipos de salud y la comunidad y alcanzan logros reconocidos en los procesos de promoción del auto cuidado de la salud y aumento en las coberturas de vacunación. Con las modificaciones del sistema de salud, la participación social adquiere un nuevo sentido: la comunidad debe participar como un actor mas del sistema que demanda servicios, ejerciendo control social sobre los actores que intervienen en el mercado. Dentro de este nuevo enfoque el Decreto 1216 de 1989 crea los Comités de Participación Comunitaria (CPC), ampliando la esfera de participación y establece que la comunidad debe participar en las juntas directivas de los organismos de salud conformados como establecimientos públicos. El Decreto 1416 de 1990 avanza, con respecto al 1216, al incorporar en la conformación de los COPACOS al jefe de la dirección de salud municipal o departamental y al sector educativo. La Ley 100 de 1993 mediante la cual se crea el actual Sistema General de Seguridad Social en Salud, establece la participación como
3 uno de sus principios, y el Decreto reglamentario 1757 establece como formas organizativas de Participación Comunitaria en Salud: 1. Los Comités de Participación Comunitaria en Salud - COPACOS. 2. Las Asociaciones o Alianzas de Usuarios 3. Los Comités de Ética Hospitalaria En Bogotá existen en la actualidad 20 COPACOS, 22 Asociaciones de Usuarios de Empresas Sociales del Estado (ESE), 9 Asociaciones de Usuarios de EPS Subsidiadas y 22 Comités de Ética Hospitalaria, organizaciones a las que va dirigida esta cartilla como una herramienta que aporte a su fortalecimiento interno y a motivar a los ciudadanos y ciudadanas para que se vinculen a estas organizaciones contribuyendo a la ampliación de sus bases sociales, a su consolidación y a su gestión social por la salud y la calidad de vida. EL DECRETO 1757 DE 1994 ESTABLECE COMO FORMAS DE PARTICIPAR EN SALUD: La Participación Ciudadana como el ejercicio de los derechos y deberes del individuo para buscar su salud individual, familiar y colectiva y aportar a los procesos de planeación, gestión y veeduría en salud. La Participación Comunitaria como el derecho que tienen las organizaciones comunitarias para participar en las decisiones de planeación, gestión, evaluación y veeduría en salud
4 La Participación Social que incluye la participación ciudadana y comunitaria y se expresa en procesos de planeación y veeduría en salud EN ESTA CARTILLA PROFUNDIZAREMOS SOBRE LAS FORMAS ORGANIZATIVAS DE PARTICIPACIÓN COMUNITARIA EN SALUD COMITÉS DE PARTICIPACIÓN COMUNITARIA EN SALUD (COPACOS) Son un espacio de discusión, concertación y gestión, presidido por el Alcalde o Alcaldesa Local, participan representantes de diferentes organizaciones sociales legal o socialmente reconocidas que tienen presencia en la localidad, representantes del sector educativo, la Iglesia y el Gerente del Hospital Público de Primer Nivel de la Localidad. Recordemos que la presencia del Gerente es indelegable. QUÉ QUIERE DECIR QUE EN EL COPACOS PUEDEN PARTICIPAR REPRESENTANTES DE ORGANIZACIONES LEGAL O SOCIALMENTE RECONOCIDAS? Esto quiere decir que en el COPACOS pueden participar representantes de organizaciones sociales que tienen personería jurídica, por ejemplo, las Juntas de Acción Comunal, pero igualmente representantes de organizaciones sociales que trabajan por la salud y calidad de vida en la localidad, por ejemplo; los núcleos de gestión de la salud en territorios de Salud a su Hogar, las redes del buen trato, las redes de discapacidad, las madres comunitarias, grupos de derechos humanos, etc. Estos son grupos que aún cuando no tienen personería jurídica tienen conocimientos, experiencias y propuestas que son muy importantes para llevar al COPACOS como espacio de concertación y gestión. El Decreto 1757 trae ejemplos de este tipo de organizaciones:
5 las Urocs (Unidades de rehidratación oral comunitarias), los Madres comunitarias, los gestores de salud, entre otros. Cuáles son los objetivos del COPACOS? 1. Posibilitar el encuentro de autoridades locales, instituciones y organizaciones comunitarias en torno a la identificación, priorización y establecimiento de soluciones integrales a la problemática local de salud. 2. Facilitar a las diferentes organizaciones sociales que trabajan por la salud y el mejoramiento de las condiciones de vida de la localidad su participación en el proceso de Planeación Local, en una forma organizada y sostenida. 3. Promover a nivel local el reconocimiento, fortalecimiento e integración de diferentes organizaciones comunitarias que trabajan por la salud y la calidad de vida en territorios y ámbitos de vida cotidiana. 4. Lograr a través de los integrantes del COPACOS permear las organizaciones sociales en él representadas con temas y acciones tendientes a la promoción de la salud y la prevención de la enfermedad. 5. Facilitar la respuesta social, integral y organizada a las problemáticas priorizadas en la localidad. 6. Ejercer control social sobre planes, programas, proyectos y recursos de salud de la localidad. Y cuáles son las funciones de esta organización? 7. El Decreto 1757 le asigna 17 funciones al COPACOS, que de acuerdo con su naturaleza, las podemos agrupar así: 8. Las relacionadas con planeación local: Intervenir en las actividades de planeación, asignación de recursos, vigilancia y control del gasto en todo lo referente al
6 Sistema General de Seguridad Social en Salud en su jurisdicción respectiva. 9. Participar en el proceso de diagnóstico, programación, control y evaluación de los servicios de salud. 10. Presentar planes, programas y prioridades en salud a la Junta Directiva de la entidad de salud o a quien haga sus veces. 11. Gestionar la inclusión de planes, programas y proyectos en el Plan de Desarrollo de la respectiva entidad territorial y participar en la priorización, toma de decisiones y distribución de recursos. 12. Presentar proyectos en salud ante la respectiva entidad territorial para que bajo las formalidades, requisitos y procedimientos establecidos en las disposiciones legales, sean cofinanciados por el Fondo de Inversión Social (FIS) u otros fondos de cofinaciación en el ámbito nacional. Las relacionadas con gestión de salud Proponer y participar prioritariamente en los programas de atención preventiva, familiar, extrahospitalaria y de control del medio ambiente. Seguridad Social en Salud y con las instituciones públicas y privadas de otros sectores, todas las actividades de atención a las personas y al ambiente que se vayan a realizar en el área de influencia del comité con los diferentes organismos o entidades de salud, teniendo en cuenta la integración funcional. er a quien corresponda, la realización de programas de capacitación e investigación según las necesidades determinadas en el Plan Local de Salud.
7 consultas populares para asuntos de interés en salud que sean de importancia general o que comprometan la reorganización del servicio y la capacidad de inversión del municipio y/o el departamento, conforme a las disposiciones de la ley estatutaria que define este mecanismo. Las relacionadas con control social financiamiento se administren adecuadamente y se utilicen en función de las prioridades establecidas en el Plan de Salud de la comunidad del área de influencia del respectivo organismo o entidad. enfermedad, destinados a la gestión social de la salud, se incluyan en los planes de salud de la entidad territorial y se ejecuten debidamente, conforme a las disposiciones legales sobre la materia. Las relacionadas con su fortalecimiento interno y delegación de sus representantes a otros espacios de representatividad Directiva de la Empresa Social del Estado de la respectiva entidad territorial, conforme las disposiciones legales sobre la materia. influencia sobre las actividades y discusiones del comité y las decisiones de las juntas directivas de los respectivos organismos o entidades de salud. departamental, en especial, a través de su participación en las juntas directivas de las instituciones prestadoras de servicios de salud.
8 la Asamblea General de representantes de los Comités de Participación Comunitaria en Salud o COPACOS de la respectiva entidad territorial. nto y definir la periodicidad y coordinación de las reuniones, los responsables de las actas y demás aspectos inherentes a su organización y funcionamiento. correctivos necesarios cuando fuere necesario. El Decreto 1757 qué dispone en lo relacionado con periodos de los representantes de los COPACOS y sobre su acreditación ante esta organización? Comités de Participación Comunitaria en Salud serán elegidos por su organización por períodos de tres (3) años; podrán ser reelegidos máximo por otro período. COPACOS deberán estar acreditados por la organización que representen. representatividad de la organización que los eligió a través de una carta de representatividad firmada por el representante legal de la organización, en caso que esta tenga personería jurídica, o por el coordinador, secretario, o las firmas de los integrantes del grupo u organización que representan cuando éstas no tengan personería jurídica. Es importante que hayan sido elegidos colectivamente por la
9 respectiva organización. Las designaciones personales no generan compromisos colectivos. correspondiente, por el secretario del COPACOS y revisadas periódicamente como insumo para la depuración de las bases de datos de la organización, la cual debe estar actualizada permanentemente como soporte de verificación de quórum en las Asambleas. Recordemos que la no verificación de quórum o su verificación a partir de bases de datos desactualizadas, son frecuentemente motivo de impugnación y anulación de elecciones de representantes de COPACOS ante Juntas Directivas. Todos los aspectos no contemplados en el Decreto 1757 relacionados con el funcionamiento del COPACOS deben ser incluidos en su reglamento interno, siempre y cuando no sean violatorios de lo establecido en este Decreto. Qué aspectos son importantes reglamentar, pues el no hacerlo trae futuros conflictos, impugnaciones, descontento y dificultades para el cumplimiento de misión y objetivos?: otras instancias. -asambleas y asambleas.
10 Aspectos que se deben tener en cuenta en las Asambleas para elegir representantes a Juntas Directivas y otros espacios de representatividad. s. Qué son las comisiones de trabajo del COPACOS? Las comisiones de trabajo son instancias ejecutoras de las diferentes funciones del COPACOS, su funcionamiento, aún cuando autónomo, está enmarcado dentro de lo establecido en el reglamento interno y en el plan de acción anual de esta organización. Los integrantes del COPACOS se inscriben voluntariamente a la comisión de trabajo de su interés, cada comisión establece su reglamento de trabajo e internamente eligen por y entre sus miembros su coordinador y secretario para el periodo y en la forma establecida
11 en su propio reglamento. En las Asambleas del COPACOS se socializan los avances, dificultades y propuestas de cada una de las comisiones. De acuerdo con su naturaleza, y para facilitar el cumplimiento de sus funciones y objetivos, es importante que cada COPACOS cuente por lo menos con cuatro comisiones de trabajo: Control Social, Salud Pública o Gestión de la Salud, Planeación y Comunicaciones. A manera de ejemplo y a partir de las experiencias de COPACOS de diferentes localidades del Distrito Capital, las siguientes son algunas de las funciones propuestas para las cuatro comisiones de trabajo: Comisión de Planeación: activamente en los procesos de su actualización o territorios de Salud a su Hogar, en torno a procesos de actualización de diagnósticos locales o seguimiento y evaluación de planes y proyectos. Se participa de acuerdo con el lugar de residencia de los integrantes de la comisión. ORGANICÉMONOS EN COMISIONES DE TRABAJO! El COPACOS de acuerdo con su estructura, objetivos y funciones, debe jugar un papel muy importante en los procesos de planeación local, de gestión territorial de salud y de control social sobre planes, programas, proyectos y recursos de salud de la localidad. Y qué hacer para que todos los integrantes participen en estos procesos?
12 espacios de encuentro, discusión, análisis y reflexión sobre la problemática de salud de la localidad. Desarrollo Local y participar en la priorización, toma de decisiones y distribución de recursos, a partir de la identificación de necesidades sociales. diferentes entidades de índole local, distrital, nacional e internacional, en coordinación con las demás comisiones de trabajo, con las ESE y con la Alcaldía Local. s de trabajo y encuentros ciudadanos locales convocados para la construcción de Planes de Desarrollo Local o de priorización de la inversión local, llevando propuestas previamente concertadas en la Asamblea General del COPACOS y que respondan a las necesidades detectadas como prioritarias por la comunidad. y rendición de cuentas, llevando propuestas fruto del control social ejercido por las diferentes comisiones de trabajo del COPACOS sobre planes, programas, proyectos y recursos sus comisiones de trabajo, así como proponer estrategias para su seguimiento y evaluación. particular y para el COPACOS en general, en aspectos relacionados con planeación y elaboración y gestión de proyectos.
13 Consejo Local de Planeación, en los términos establecidos en el Decreto 1757 de 1994, y que este tenga el apoyo necesario para cumplir con su cometido. COPACOS sobre el desarrollo de sus actividades, logros y dificultades. ajo, donde se definen periodicidad de las reuniones, responsable de las actas y elaboración de informes y demás aspectos inherentes a su organización y funcionamiento. gestión y demás informes solicitados por las organizaciones comunitarias representadas en el COPACOS, por las autoridades locales, distritales o por los organismos de control. y distritales, la información actualizada. ajustes o correctivos cuando fuere necesario. La Comisión de Planeación debe establecer mecanismos de coordinación con las Oficinas de Planeación de la Alcaldía Local y de la ESE, con el objetivo de recibir y socializar información relacionada con los procesos de planeación local, recibir capacitación, asesoría y concertar acciones. Comisión de Salud Pública o de gestión de la salud:
14 organizaciones que representan en los procesos de gestión local de salud que se desarrollen en territorios y ámbitos de la localidad, en coordinación con la respectiva ESE (Salud a su Hogar, Salud al Colegio, ámbito laboral, salud mental, red del buen trato, rehabilitación basada en comunidad (RBC), prevención y control de enfermedad respiratoria, enfermedades diarreicas, aumento de coberturas de vacunación, programas para mujeres, personas mayores, adolescentes, entre otros). comunitaria en coordinación con los funcionarios responsables de Vigilancia en salud pública de la respectiva ESE. el COPACOS en pleno, unidades de análisis sobre temas prioritarios de salud de la localidad en coordinación con Salud Pública de la ESE relacionados con vigilancia en salud pública comunitaria, promoción de la salud y prevención de la enfermedad. sobre indicadores de salud en la localidad, programas y proyectos de salud pública y sobre el desarrollo de sus actividades, logros y dificultades. periodicidad de las reuniones, responsable de las actas y elaboración de informes y demás aspectos inherentes a su organización y funcionamiento.
15 mo los informes trimestrales de gestión y demás informes solicitados por las autoridades locales o distritales, por las organizaciones comunitarias representadas en el COPACOS o por los organismos de control. ajustes o correctivos cuando fuere necesario. nto y aplicar los comunidad relacionadas con planes, programas o proyectos de salud que se están desarrollando o que van a desarrollar en la localidad y transmitírselas, preferiblemente por escrito, a los responsables de los mismos. como en el distrito, el desarrollo de acciones en torno al fortalecimiento del control social en toda la localidad y a la aplicación efectiva de las normas. relacionados con control social. ea General del COPACOS, sobre el desarrollo de sus actividades, logros y dificultades. periodicidad de las reuniones, responsable de las actas y elaboración de informes y demás aspectos inherentes a su organización y funcionamiento. ormes trimestrales generales de gestión y demás informes solicitados por las autoridades
16 locales o distritales, las organizaciones comunitarias representadas en el COPACOS o los organismos de control. ajustes o correctivos cuando fuere necesario. licar los La Comisión de Salud Pública o de Gestión de la Salud del COPACOS debe trabajar en estrecha coordinación con los equipos de Salud Pública y Salud a Su Hogar de la ESE con quienes coordinará acciones y de quienes recibirá asesoría y capacitación. Comisión de Control Social: lo referente al Sistema General de Seguridad Social en Salud de la localidad. fuentes de financiación se administren adecuadamente y se utilicen en función de las prioridades establecidas en el diagnóstico local de salud y en el plan de desarrollo local. de la enfermedad que se encuentran en los planes de salud de la localidad, se destinen recursos para la gestión social de la salud y que estos se ejecuten debidamente de acuerdo con las disposiciones legales sobre la materia. Acciones Colectivas en Salud (PAC) Decreto 3039 de 2007 (antiguo PAB) que se están desarrollando o se van a iniciar en la localidad, a fin de verificar que se está ejerciendo veeduría sobre los mismos.
17 La Comisión de Control Social debe establecer vínculos de coordinación con Veeduría Distrital, Personería Local, interventoras de planes, programas y proyectos, así como también integrarse a la Red Distrital de Veedurías. Comisión de Comunicaciones COPACOS en pleno así como sus diferentes comisiones de trabajo, a fin de darles difusión local y distritalmente. consecución de recursos para el desarrollo de las diferentes iniciativas de la comisión en coordinación con la comisión de planeación. ntener actualizada una cartelera en la sede del COPACOS, donde se registre la programación de eventos, actividades desarrolladas y los logros alcanzados por el COPACO. divulgación a través de diferentes medios (boletines, carteleras, volantes, plegables, emisoras locales, parabólica). de Comunicadores Comunitarios en Salud y apoyar a su delegado. citación para la comisión en aspectos relacionados con comunicación social. COPACOS sobre el desarrollo de actividades, logros y dificultades.
18 se defina periodicidad de las reuniones, responsable de las actas y elaboración de informes y demás aspectos inherentes a su organización y funcionamiento. de gestión y demás informes solicitados por las autoridades locales o distritales, por las organizaciones representadas en el COPACOS o por los organismos de control. ajustes o correctivos cuando fuere necesario. demás que se requieran según la dinámica de los procesos. La Comisión de Comunicaciones debe establecer estrecha coordinación con las Oficinas de Comunicaciones de la Alcaldía, la ESE, y con las referentes de la estrategia de comunicaciones de la Dirección de Participación Social y Servicio al Ciudadano, con el fin de recibir y socializar información, presentar propuestas, coordinar acciones y recibir asesoría, asistencia técnica y capacitación. Para coordinar y articular la acción de las comisiones de trabajo, algunos COPACOS han organizado la Comisión de Coordinación y Organización, integrada por los coordinadores de cada una de las demás comisiones, el delegado(a) a la Junta Directiva y el (la) secretario(a) general del COPACOS. Comisión de Coordinación y Organización: comisiones
19 anual del COPACOS funcionamiento y proponer los ajustes necesarios. aspectos relacionados con su organización. n instituciones de salud y autoridades locales y distritales con miras a facilitar el desarrollo de los proyectos y actividades del COPACOS y el fortalecimiento de esta forma organizativa. y liderar el proceso de consolidación y organización del COPACOS. requiera. Recordemos que el Decreto 1757 también establece que: Los servidores públicos o los trabajadores que laboren el Sistema General de Seguridad Social en Salud en el ámbito de la respectiva jurisdicción territorial, bien sean de empresas públicas, mixtas o privadas podrán asistir y ser convocados a las sesiones de los comités de participación comunitaria a fin de que aclaren o expliquen aspectos que el comité considere indispensables. Los servidores públicos o trabajadores citados podrán delegar a otro que estimen tenga mayor conocimiento del tema y/o capacidad de decisión sobre el asunto requerido. ALIANZAS O ASOCIACIONES DE USUARIOS
20 De acuerdo con el Decreto 1757 la Alianza o Asociación de Usuarios es una agrupación de afiliados al régimen contributivo y subsidiado del Sistema General de Seguridad Social en Salud, que tiene derecho a utilizar los servicios de salud de acuerdo con su sistema de afiliación, velarán por la calidad del servicio y la defensa del usuario. Todas las personas afiliadas al Sistema General de Seguridad Social en Salud podrán participar en las instituciones del sistema formando asociaciones o alianzas de usuarios que los representarán ante las instituciones prestadoras de servicios de salud y ante las empresas promotoras de salud, del orden público, mixto y privado. Con un criterio de equidad y considerando que aún es alto el porcentaje de personas que no están afiliadas al régimen subsidiado, ni al régimen contributivo, y que son consideradas como población vinculada, estas personas también tienen el derecho de formar parte de la Asociación de Usuarios de su ESE o IPS. CUÁLES SON LOS OBJETIVOS DE UNA ALIANZA O ASOCIACIÓN DE USUARIOS? de sus obligaciones sociales. EPS. los asociados y la IPS, ESE o
21 representatividad (Juntas Directivas, Comités Locales de Planeación). ciados en aspectos relacionados con planes de beneficios, derechos y obligaciones sociales. atención de los ciudadanos que acuden a los servicios de ESE, IPS o EPS, según el caso y para avanzar en la garantía de la salud como derecho. En dónde deben funcionar las Alianzas o Asociaciones de Usuarios? primer, segundo y tercer nivel de atención, ya sean de carácter público, privado o mixto y en aquellas que se hayan transformado como Empresas Sociales del Estado. como contributivo. Cuáles son las funciones de una Alianza o Asociación de Usuarios? Recordemos que cuando se trata de ESE de Primer Nivel de atención, por el solo hecho de vivir en la localidad del área de influencia del Hospital, una persona puede formar parte de la Asociación de Usuarios, a pesar de que no acuda a servicios asistenciales de curación y rehabilitación el, ella y su familia son sujetos de acciones individuales y colectivas de salud pública (vacunación, citologías, acciones desarrolladas por los equipos de salud en territorios de Salud a su Hogar, o de ámbitos de vida cotidiana, programas de vacunación canina, programas ambientales, programas educativos, entre otros)
22 El Decreto 1757 le asigna a las Asociaciones o Alianzas de Usuarios 14 funciones que de acuerdo con su naturaleza, las podemos agrupar así: Las relacionadas con asesoría a los asociados: Promotora de Salud, las Instituciones Prestadoras de Servicios y/o los profesionales adscritos o con vinculación laboral a la entidad promotora de salud, dentro de las opciones por ella ofrecidas. Las relacionadas con control social: apliquen según lo acordado. formar a las instancias que corresponda y a las instituciones prestatarias y empresas promotoras, si la calidad del servicio prestado no satisface la necesidad de sus afiliados. condiciones socio - económicas de los distintos grupos de la comunidad y que se apliquen de acuerdo con lo que para tal efecto se establezca. de los servicios y vigilar que se tomen los correctivos del caso. representantes ante las empresas promotoras y/o ante las oficinas de atención al usuario.
23 Las relacionadas con la defensa de los derechos de los asociados y propuestas para el mejoramiento de la calidad de los servicios salud e Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS), sean públicas o mixtas, para proponer y concertar las medidas necesarias para mantener y mejorar la calidad de los servicios y la atención al usuario. En el caso de las privadas, se podrá participar conforme a lo que dispongan las disposiciones legales sobre la materia. conocer sus inquietudes y demandas para hacer propuestas ante la Junta Directiva de la Institución Prestadora de Servicios de Salud (IPS)y la Empresa Promotora de Salud (EPS). salud los días y horarios de atención al público de acuerdo con las necesidades de la comunidad, según las normas de administración de personal del respectivo organismo. técnica y humana de los servicios de salud y preserven su menor costo y vigilar su cumplimiento. Las relacionadas con la delegación de sus representantes a otros espacios de las empresas promotoras y las instituciones prestatarias de servicios de carácter hospitalario que correspondan, por y entre sus asociados, para períodos máximos de dos (2) años.
24 Hospitalaria y el Comité de Participación Comunitaria por periodos máximos de dos (2) años. Consejo Territorial de Seguridad Social en Salud conforme a lo dispuesto en las disposiciones legales sobre la materia. Para facilitar la gestión y el cumplimiento de objetivos y actividades, las Alianzas o Asociaciones de Usuarios también se han organizado en comisiones de trabajo: Control Social, Gestión Institucional, trabajo para mejorar la atención de grupos vulnerables (personas mayores, niños, gestantes, etc.), de integración a redes del buen trato, de discapacidad, materno e infantil, de salud mental, entre otras. Estas comisiones de trabajo se organizan internamente, eligiendo sus coordinadores y secretarios y estableciendo sus propias funciones y reglamentos internos.
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