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1 BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EXCEPCIONALES PARA PALIAR LOS DAÑOS PRODUCIDOS POR LAS INUNDACIONES PRODUCIDAS EN EL MUNICIPIO DE ÉCIJA ENTRE LOS DÍAS SEIS A TREINTA Y UNO DE DICIEMBRE DE Artículo 1.- Objeto y ámbito de aplicación. Las presentes Bases tienen por objeto establecer ayudas y medidas de carácter excepcional para reparar los daños ocasionados por las inundaciones acaecidas entre los días 6 a 31 de diciembre de 2010, en el término municipal del Excmo. Ayuntamiento de Écija. Artículo 2.- Naturaleza de las medidas. Las medidas establecidas en las presentes Bases tendrán el carácter de excepcionales y se considerarán compatibles respecto de cualquier otro sistema de cobertura de daños, público o privado, nacional o internacional, del que puedan ser beneficiarios los afectados, sin perjuicio de las excepciones que en particular se señalen. Artículo 3.- Beneficiarios. 1.- Podrán ser beneficiarios de las ayudas a las que se refieren estas Bases: a) Los propietarios, los usufructuarios o arrendatarios de las viviendas directamente afectadas por las inundaciones acaecidas entre los días 6 a 31 de diciembre de 2010, siempre y cuando las mismas constituyan su domicilio habitual y permanente, con anterioridad al seis de diciembre de b) Los propietarios, los usufructuarios o arrendatarios de plazas de garaje directamente afectados por las inundaciones acaecidas entre los días 6 a 31 de diciembre de c) Las Comunidades de Propietarios de las viviendas directamente afectadas, por daños en elementos comunes. d) Los propietarios personas físicas o jurídicas- de locales de negocio u otros establecimientos directamente afectados por las inundaciones acaecidas entre los días 6 a 31 de diciembre de pág. 1

2 2.- Los particulares que soliciten las ayudas previstas en el presente artículo deberán acreditar, por cualquier medio admisible en derecho, que reúnen los siguientes requisitos: a) La condición de propietario, usufructuario o arrendatario del inmueble dañado siempre y cuando que, en su caso, la vivienda afectada constituya su domicilio habitual y permanente con anterioridad al 6 de diciembre de b) La condición de propietario, usufructuario o arrendatario de la plaza de garaje afectada por las inundaciones, con anterioridad al 6 de diciembre de c) En el caso de que los peticionarios sean comunidades de bienes, hereditarias o proindiviso, deberán aportar un acuerdo de todos los integrantes, en el que deberá contemplarse la designación del representante o representantes encargados de gestionar y cobrar la misma. d) Los propietarios personas físicas o jurídicas- de locales de negocio u otros establecimientos directamente afectados por las inundaciones, deberán reunir los siguientes requisitos: Ejercer en los locales o establecimientos afectados por las inundaciones, una actividad empresarial o profesional. Haber sufrido daños directos como consecuencia del temporal producido entre el 6 y el 31 de diciembre de 2010, relacionados con sus edificaciones, maquinaria, mobiliario, vehículos, instalaciones o mercancías afectas a la actividad empresarial o profesional. Tener el empresario o profesional que ejerza la actividad, la condición de propietario, arrendatario u ocupante por cualquier otro título legalmente admisible del establecimiento o local dañado por el temporal de referencia. Estas condiciones para ser beneficiarios deberán darse en el momento de la presentación de la solicitud, en el momento de la concesión y en el del pago. pág. 2

3 Artículo 4.- Ayudas excepcionales e importes. El Excmo. Ayuntamiento de Écija concederá las siguientes subvenciones: A.- Para los propietarios, los usufructuarios o arrendatarios de las viviendas dañadas en las inundaciones, como máximo: 1ª.- 2ª.- 3ª.- 4ª.- 5ª.- 6ª.- Importe del primer recibo de la Tasa Municipal por Recogida de Residuos Sólidos Urbanos de Importe del primer recibo de la Tasa por Transferencia y tratamiento de residuos sólidos urbanos de 2011 de la Mancomunidad de Municipios de la Comarca de Écija. Esta medida se considera incompatible con la concesión de la subvención por idéntico concepto. Importe total de la Tasa Abastecimiento de Agua Potable y Alcantarillado correspondiente al mes de diciembre de Importe ejercicio de la Tasa por ocupación de terrenos de uso público con mercancías, materiales de construcción, escombros, vallas puntales, asnillas, andamios y otras instalaciones análogas en los supuestos de rehabilitación de los inmuebles dañados en los hechos acaecidos durante el mes de diciembre de Importe - ejercicio de la Tasa por entrada de vehículos a través de las aceras de las zonas afectadas por las pasadas inundaciones de diciembre de Importe de la Tasa por licencias de obras de aquellos damnificados, incluidos o no en el Plan Municipal de Rehabilitación de Viviendas, que acometan reformas en sus viviendas por los daños sufridos en las inundaciones de Esta medida se mantendrá vigente durante el ejercicio B.- Para los propietarios, los usufructuarios o arrendatarios de plazas de garaje dañados en las inundaciones, como máximo: - Importe - ejercicio de la Tasa por entrada de vehículos a través de las aceras de las zonas afectadas por las pasadas inundaciones de diciembre de pág. 3

4 C. Para las Comunidades de Propietarios de las viviendas directamente afectadas, por daños en elementos comunes, como máximo: - Importe total de la Tasa Abastecimiento de Agua Potable y Alcantarillado correspondiente al mes de diciembre de D.- Los propietarios personas físicas o jurídicas- de locales de negocio u otros establecimientos directamente afectados por las inundaciones, como máximo: 1ª.- 2ª.- 3ª.- Importe del primer recibo de la Tasa Municipal por Recogida de Residuos Sólidos Urbanos de Importe del primer recibo de la Tasa por Transferencia y tratamiento de residuos sólidos urbanos de 2011 de la Mancomunidad de Municipios de la Comarca de Écija. Esta medida se considera incompatible con la concesión de la subvención por idéntico concepto aprobada por la Corporación Municipal en Pleno el 28 de diciembre de Importe total de la Tasa Abastecimiento de Agua Potable y Alcantarillado correspondiente al mes de diciembre de ª.- Importe de la Tasa por instalación de kioscos en la vía pública durante 2011 para aquellos propietarios de kioscos damnificados por las inundaciones. 5ª.- 6ª.- 7ª.- Importe ejercicio de la Tasa por ocupación de terrenos de uso público con mercancías, materiales de construcción, escombros, vallas puntales, asnillas, andamios y otras instalaciones análogas en los supuestos de rehabilitación de los inmuebles dañados en los hechos acaecidos durante el mes de diciembre de Esta medida se mantendrá vigente durante el ejercicio Importe - ejercicio de la Tasa por ocupación de terrenos de uso público por mesas y sillas con finalidad lucrativa y puestos, barracas, casetas de ventas, espectáculos o atracciones situadas en terrenos de uso público e industrias callejeras ambulantes; en referencia a todos aquellos establecimientos de la hostelería y espectáculos dañados por las pasadas inundaciones de diciembre de Importe - ejercicio de la Tasa por entrada de vehículos a través de las aceras de las zonas afectadas por las pasadas inundaciones de diciembre de pág. 4

5 8ª.- 9ª.- Importe de la Tasa por el otorgamiento de nuevas licencias de apertura por el traslado de establecimientos afectados por las recientes inundaciones, durante el año Importe de la Tasa por licencias de obras de aquellos inmuebles damnificados, que acometan reformas en sus viviendas o locales de negocio por los daños sufridos en las inundaciones de 2010, durante el año Artículo 5.- Procedimiento de concesión. Las presentes ayudas se otorgarán por el procedimiento de concesión directa, a que se refiere el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y se tramitarán por el procedimiento de urgencia previsto en el artículo 50 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El despacho de los respectivos expedientes tendrá carácter prioritario. Artículo 6.- Formulación de la solicitud. 1.- Los interesados deberán dirigir su formulario de solicitud de subvención al Alcalde- Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Écija, según el modelo normalizado. El formulario de solicitud deberá encontrarse debidamente firmado por el solicitante, representante legal de la entidad en caso de persona jurídica o comunidad de propietarios- e irá acompañado de la siguiente documentación, que deberá ser presentada en original o copia compulsada: 1.1. Documentación general: a) Documento Nacional de Identidad y, en su caso, Número de identificación fiscal de la empresa o persona jurídica (CIF), del solicitante. b) Acreditación de la representación del firmante de la solicitud, cuando actúe como representante, de acuerdo con lo previsto en el artículo 32 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico y de Procedimiento Administrativo Común Documentación específica: a) Acreditación, por cualquier medio admisible en derecho, de la condición de propietario, usufructuario o arrendatario del inmueble (vivienda) dañado o de la plaza de garaje afectada por las inundaciones. pág. 5

6 b) En el caso de que los peticionarios sean comunidades de bienes, hereditarias o proindiviso, acreditación de la representación del firmante de la solicitud, cuando actúe como representante, de acuerdo con lo previsto en el artículo 32 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico y de Procedimiento Administrativo Común. c) Los propietarios personas físicas o jurídicas- de locales de negocio u otros establecimientos directamente afectados por las inundaciones: Escritura pública en su caso-, que contenga los estatutos vigentes de la sociedad, inscrita en el registro correspondiente. Acreditación de la representación del firmante de la solicitud, cuando actúe como representante, de acuerdo con lo previsto en el artículo 32 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico y de Procedimiento Administrativo Común. d) Declaración responsable del solicitante sobre el carácter de directamente afectado por las inundaciones acaecidas entre los días 6 a 31 de diciembre de 2010 (ANEXO II). e) Declaración responsable del solicitante de ser sujeto pasivo de la Tasa o Tasas, que se consideran como bases de cuantificación del importe de la subvención (ANEXO III) Con independencia de la documentación señalada, desde el Excmo. Ayuntamiento de Écija, se podrá requerir en todo momento, la documentación y/o información complementaria que en función de la subvención solicitada o de los datos facilitados se estime necesaria. Artículo 7.- Subsanación y mejora de la solicitud. 1. Recibido el formulario de solicitud de ayudas, desde el Excmo. Ayuntamiento de Écija, por el órgano competente para instruir el expediente se comprobará y se verificará que se hallan debidamente cumplimentadas y documentadas de conformidad con lo establecido en la presente Resolución. 2. Si el formulario de solicitud no se presentase acompañado de la totalidad de la documentación exigida en la presente convocatoria, el órgano instructor requerirá al interesado para que la subsane en el plazo máximo e improrrogable de diez días, con apercibimiento de que, si no lo hiciese, se le tendrá por desistido en su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 71 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común. pág. 6

7 3. Se podrá recabar del solicitante la modificación o mejora voluntaria de las solicitudes, así como cuantos informes o datos se estimen necesarios para resolver adecuadamente las peticiones. Artículo 8.- Instrucción. 1. Los interesados deberán dirigir su formulario de solicitud de subvención al Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Écija, según modelo normalizado. El formulario de solicitud deberá presentarse debidamente firmado por el solicitante titular del bien inmueble o del establecimiento industrial o de servicios, e irá acompañada de la documentación exigida que deberá ser presentada en original o copia compulsada. 2. Dentro del Excmo. Ayuntamiento de Écija, el Área de Administración Municipal, Hacienda y Coordinación, será el órgano competente para la instrucción de los procedimientos derivados de las presentes bases, y al objeto solicitará cuantos informes o documentación estime necesario, para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos aportados en las solicitudes de subvención. 3. Instruido el expediente, el órgano instructor lo elevará a la Junta de Gobierno Local, junto con la oportuna propuesta de acuerdo de concesión. Artículo 9.- Lugar de presentación de solicitudes. 1. El formulario de solicitud de subvención, cuyo modelo se adjunta como ANEXO I, se presentará completo (según instrucciones de cumplimentación), acompañado de la documentación requerida, en el Registro General de entrada de documentos del Excmo. Ayuntamiento de Écija, o por cualquiera de los medios previstos en el art. 38 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/99, del 13 de enero. Si en uso de este derecho, el formulario de solicitud es remitido por correo, deberá ser presentado en sobre abierto para que sea fechado y sellado por personal de Correos, antes de que se proceda a su certificación. 2. La presentación de la solicitud de subvención implica el conocimiento y aceptación de las bases reguladoras. Conllevará la autorización para recabar los certificados a emitir por el Excmo. Ayuntamiento de Écija, como órgano administrativo competente por razón de la materia para instruir el expediente. pág. 7

8 El solicitante, mediante la presentación de un escrito a tal fin, podrá denegar su consentimiento para que desde el Excmo. Ayuntamiento de Écija se recaben los citados certificados, debiendo en este caso ser aportados por el mismo, acompañando al formulario de solicitud. 3. Los formularios de solicitud estarán a disposición de los interesados en las dependencias del Excmo. Ayuntamiento de Écija. También será válida una adaptación informática con idéntica estructura, paginación y contenido a la del modelo normalizado que se adjunta a la presente convocatoria como anexo. Se podrá obtener asimismo a través de Internet en la dirección, Artículo 10.- Plazo de presentación de solicitudes 1. El plazo de presentación de solicitudes con carácter genérico- a la convocatoria pública de estas subvenciones, será de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de las presentes Bases en el Tablón Municipal de Anuncios del Excmo. Ayuntamiento de Écija, así como en la dirección de Internet, 2. En los supuestos contemplados en el Artículo 4. A) 6ª y D) 5ª, 8ª y 9ª, el plazo de presentación de solicitudes a la convocatoria pública de estas subvenciones, se mantendrá vigente durante todo el ejercicio DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA.- Régimen de las subvenciones Las ayudas se concederán de forma directa, al acreditarse razones de interés público, social, económico y humanitario derivado de las excepcionales circunstancias que concurren, y se regirán por las presentes Bases Reguladoras. DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA.- Financiación La financiación del coste de las subvenciones reguladas en las presentes Bases se concretará antes de la concesión de las ayudas, una vez conocida la valoración de las mismas. Asimismo, deberá garantizarse, con carácter previo a la concesión, la existencia de crédito adecuado y suficiente para hacer frente a las medidas y ayudas previstas en estas Bases. pág. 8

9 DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA.- Modificaciones presupuestarias. Se tramitarán las modificaciones presupuestarias que sean necesarias para la financiación de las subvenciones previstas en estas Bases, en la forma legalmente establecida, para los supuestos de siniestros, catástrofes o causas de fuerza mayor. DISPOSICIÓN ADICIONAL CUARTA.- Cesión de datos. 1.- La presentación de la solicitud de subvención implicará la aceptación de la cesión de los datos contenidos en la misma, así como la de los relativos a la subvención, a efectos de estadística, evaluación y seguimiento se realice a favor de otras Administraciones Públicas. 2. Todos los datos suministrados al Excmo. Ayuntamiento de Écija, al amparo de las presentes bases, en la medida que les resulte de aplicación quedarán sometidos a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. DISPOSICIÓN FINAL.- Se autoriza al Alcalde- Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Écija a dictar las disposiciones que sean necesarias para la ejecución de lo establecido en estas Bases. pág. 9

10 ANEXO I MODELOS DE SOLICITUD DE SUBVENCIONES EXCEPCIONALES PARA PALIAR LOS DAÑOS PRODUCIDOS POR LAS INUNDACIONES PRODUCIDAS EN EL MUNICIPIO DE ÉCIJA ENTRE LOS DÍAS SEIS A TREINTA Y UNO DE DICIEMBRE DE pág. 10

11 SOLICITUD DE SUBVENCIONES EXCEPCIONALES PARA PALIAR LOS DAÑOS PRODUCIDOS POR LAS INUNDACIONES PRODUCIDAS EN EL MUNICIPIO DE ÉCIJA ENTRE LOS DÍAS SEIS A TREINTA Y UNO DE DICIEMBRE DE MODELO DE SOLICITUD DE SUBVENCIÓN (PROPIETARIOS, USUFRUCTUARIOS O ARRENDATARIOS DE LAS VIVIENDAS DAÑADAS EN LAS INUNDACIONES) En su propio nombre En representación de: Cómo acredita la representación Poder notarial Comparecencia Domicilio a efectos de notificación: CONCEPTOS POR LO QUE SE SOLICITA SUBVENCIÓN: Importe del primer recibo de la Tasa Municipal por Recogida de Residuos Sólidos Urbanos de Importe del primer recibo de la Tasa por Transferencia y tratamiento de residuos sólidos urbanos de 2011 de la Mancomunidad de Municipios de la Comarca de Écija. Esta medida se considera incompatible con la concesión de la subvención por idéntico concepto. Importe total de la Tasa Abastecimiento de Agua Potable y Alcantarillado de diciembre de Importe, durante 2011 de la Tasa por ocupación de terrenos de uso público con mercancías, materiales de construcción, escombros, vallas puntales, asnillas, andamios y otras instalaciones análogas en los supuestos de rehabilitación de los inmuebles dañados en los hechos acaecidos durante el mes de diciembre de Importe, durante 2011 de la Tasa por entrada de vehículos a través de las aceras de las zonas afectadas por las pasadas inundaciones de diciembre de Importe de la Tasa por licencias de obras de aquellos damnificados, incluidos o no en el Plan Municipal de Rehabilitación de Viviendas, que acometan reformas en sus viviendas por los daños sufridos en las inundaciones de Esta medida se mantendrá vigente durante el ejercicio En Écija, a. de. de 2011 Firma: A/A.- ALCALDE EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ÉCIJA - Área de Administración Municipal y Hacienda pág. 11

12 SOLICITUD DE SUBVENCIONES EXCEPCIONALES PARA PALIAR LOS DAÑOS PRODUCIDOS POR LAS INUNDACIONES PRODUCIDAS EN EL MUNICIPIO DE ÉCIJA ENTRE LOS DÍAS SEIS A TREINTA Y UNO DE DICIEMBRE DE MODELO DE SOLICITUD DE SUBVENCIÓN (PROPIETARIOS, USUFRUCTUARIOS O ARRENDATARIOS DE PLAZAS DE GARAJE DAÑADOS EN LAS INUNDACIONES) En su propio nombre En representación de: Cómo acredita la representación Poder notarial Comparecencia Domicilio a efectos de notificación: CONCEPTOS POR LO QUE SE SOLICITA SUBVENCIÓN: Importe, durante 2011 de la Tasa por entrada de vehículos a través de las aceras de las zonas afectadas por las pasadas inundaciones de diciembre de En Écija, a. de. de 2011 Firma: A/A.- ALCALDE EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ÉCIJA - Área de Administración Municipal y Hacienda pág. 12

13 SOLICITUD DE SUBVENCIONES EXCEPCIONALES PARA PALIAR LOS DAÑOS PRODUCIDOS POR LAS INUNDACIONES PRODUCIDAS EN EL MUNICIPIO DE ÉCIJA ENTRE LOS DÍAS SEIS A TREINTA Y UNO DE DICIEMBRE DE MODELO DE SOLICITUD DE SUBVENCIÓN (COMUNIDADES DE PROPIETARIOS DE LAS VIVIENDAS DIRECTAMENTE AFECTADAS, POR DAÑOS EN ELEMENTOS COMUNES) En su propio nombre En representación de: COMUNIDAD DE PROPIETARIOS: Cómo acredita la representación Poder notarial Comparecencia Domicilio a efectos de notificación: CONCEPTOS POR LO QUE SE SOLICITA SUBVENCIÓN: Importe total de la Tasa Abastecimiento de Agua Potable y Alcantarillado de diciembre de En Écija, a. de. de 2011 Firma: A/A.- ALCALDE EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ÉCIJA - Área de Administración Municipal y Hacienda pág. 13

14 SOLICITUD DE SUBVENCIONES EXCEPCIONALES PARA PALIAR LOS DAÑOS PRODUCIDOS POR LAS INUNDACIONES PRODUCIDAS EN EL MUNICIPIO DE ÉCIJA ENTRE LOS DÍAS SEIS A TREINTA Y UNO DE DICIEMBRE DE MODELO DE SOLICITUD DE SUBVENCIÓN (PROPIETARIOS PERSONAS FÍSICAS O JURÍDICAS- DE LOCALES DE NEGOCIO U OTROS ESTABLECIMIENTOS DIRECTAMENTE AFECTADOS POR LAS INUNDACIONES) En su propio nombre En representación de: Cómo acredita la representación Poder notarial Comparecencia Domicilio a efectos de notificación: CONCEPTOS POR LO QUE SE SOLICITA SUBVENCIÓN: Importe del primer recibo de la Tasa Municipal por Recogida de Residuos Sólidos Urbanos de Importe del primer recibo de la Tasa por Transferencia y tratamiento de residuos sólidos urbanos de 2011 de la Mancomunidad de Municipios de la Comarca de Écija. Esta medida se considera incompatible con la concesión de la subvención por idéntico concepto. Importe total de la Tasa Abastecimiento de Agua Potable y Alcantarillado de diciembre de Importe de la Tasa por instalación de kioscos en la vía pública durante 2011 para aquellos propietarios de kioscos damnificados por las inundaciones. Importe durante 2011 de la Tasa por ocupación de terrenos de uso público con mercancías, materiales de construcción, escombros, vallas puntales, asnillas, andamios y otras instalaciones análogas en los supuestos de rehabilitación de los inmuebles dañados en los hechos acaecidos durante el mes de diciembre de Esta medida se mantendrá vigente durante el ejercicio Importe durante 2011 de la Tasa por ocupación de terrenos de uso público por mesas y sillas con finalidad lucrativa y puestos, barracas, casetas de ventas, espectáculos o atracciones situadas en terrenos de uso público e industrias callejeras ambulantes; en referencia a todos aquellos establecimientos de la hostelería y espectáculos dañados por las pasadas inundaciones de diciembre de Importe durante 2011 de la Tasa por entrada de vehículos a través de las aceras de las zonas afectadas por las pasadas inundaciones de diciembre de Importe de la Tasa por el otorgamiento de nuevas licencias de apertura por el traslado de establecimientos afectados por las recientes inundaciones, durante el año Importe de la Tasa por licencias de obras de aquellos inmuebles damnificados, que acometan reformas en sus viviendas o locales de negocio por los daños sufridos en las inundaciones de 2010, durante el año En Écija, a. de. de 2011 Firma: A/A.- ALCALDE EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ÉCIJA - Área de Administración Municipal y Hacienda pág. 14

15 5.- INSTRUCCIONES DE CUMPLIMENTACIÓN (Común para todos los modelos) 1.- Los interesados deberán dirigir su formulario de solicitud de subvención al Alcalde- Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Écija, según el modelo normalizado (ANEXO I). El formulario de solicitud deberá encontrarse debidamente firmado por el solicitante, representante legal de la entidad en caso de persona jurídica o comunidad de propietarios- e irá acompañado de la siguiente documentación, que deberá ser presentada en original o copia compulsada: 1.1. Documentación general: a) Documento Nacional de Identidad o Número de identificación fiscal de la empresa (CIF), del solicitante. b) Acreditación de la representación del firmante de la solicitud, cuando actúe como representante, de acuerdo con lo previsto en el artículo 32 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico y de Procedimiento Administrativo Común Documentación específica: a) Acreditación, por cualquier medio admisible en derecho, de la condición de propietario, usufructuario o arrendatario del inmueble (vivienda) dañado o de la plaza de garaje afectada por las inundaciones. b) En el caso de que los peticionarios sean comunidades de bienes, hereditarias o proindiviso, acreditación de la representación del firmante de la solicitud, cuando actúe como representante, de acuerdo con lo previsto en el artículo 32 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico y de Procedimiento Administrativo Común. c) Los propietarios personas físicas o jurídicas- de locales de negocio u otros establecimientos directamente afectados por las inundaciones: - Escritura pública, que contenga los estatutos vigentes de la sociedad, inscrita en el registro correspondiente. - Acreditación de la representación del firmante de la solicitud, cuando actúe como representante, de acuerdo con lo previsto en el artículo 32 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico y de Procedimiento Administrativo Común. d) Declaración responsable del solicitante sobre el carácter de directamente afectado por las inundaciones acaecidas entre los días 6 a 31 de diciembre de 2010 (ANEXO II). e) Declaración responsable del solicitante de ser sujeto pasivo de la Tasa o Tasas, que se consideran como bases de cuantificación del importe de la subvención (ANEXO III) Con independencia de la documentación señalada, desde el Excmo. Ayuntamiento de Écija, se podrá requerir en todo momento, la documentación y/o información complementaria que en función de la subvención solicitada o de los datos facilitados se estime necesaria. 2.- Subsanación y mejora de la solicitud Si el formulario de solicitud no se presentase acompañado de la totalidad de la documentación exigida en la presente convocatoria, el órgano instructor requerirá al interesado para que la subsane en el plazo máximo e improrrogable de diez días, con apercibimiento de que, si no lo hiciese, se le tendrá por desistido en su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 71 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común Se podrá recabar del solicitante la modificación o mejora voluntaria de las solicitudes, así como cuantos informes o datos se estimen necesarios para resolver adecuadamente las peticiones. 3.- Lugar de presentación de solicitudes El formulario de solicitud de subvención, se presentará completo, acompañado de la documentación requerida, en el Registro General de entrada de documentos del Excmo. Ayuntamiento de Écija, o por cualquiera de los medios previstos en el art. 38 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/99, del 13 de enero. Si en uso de este derecho, el formulario de solicitud es remitido por correo, deberá ser presentado en sobre abierto para que sea fechado y sellado por personal de Correos, antes de que se proceda a su certificación La presentación de la solicitud de subvención implica el conocimiento y aceptación de las bases reguladoras. Conllevará la autorización para recabar los certificados a emitir por el Excmo. Ayuntamiento de Écija, como órgano administrativo competente por razón de la materia para instruir el expediente. 4.- Plazo de presentación de solicitudes 4.1. El plazo de presentación de solicitudes con carácter genérico- a la convocatoria pública de estas subvenciones, será de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de las presentes Bases en el Tablón Municipal de Anuncios del Excmo. Ayuntamiento de Écija, así como en la dirección de Internet, En los supuestos contemplados en el Artículo 4. A) 4ª y 6ª y D) 5ª, 8ª y 9ª, el plazo de presentación de solicitudes a la convocatoria pública de estas subvenciones, se mantendrá vigente durante todo el ejercicio pág. 15

16 ANEXO II DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL SOLICITANTE SOBRE EL CARÁCTER DE DIRECTAMENTE AFECTADO POR LAS INUNDACIONES ACAECIDAS ENTRE LOS DÍAS 6 A 31 DE DICIEMBRE DE 2010 En su propio nombre En representación de: Cómo acredita la representación Poder notarial Comparecencia Domicilio a efectos de notificación: Declara bajo su exclusiva responsabilidad y ante el órgano competente del Excmo. Ayuntamiento de Écija, que el inmueble sito en C/., nº, fue directamente afectado por las inundaciones acaecidas en Écija entre los días 6 a 31 de diciembre de En Écija, a. de. de 2011 Firma: pág. 16

17 ANEXO III DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL SOLICITANTE DE SER SUJETO PASIVO DE LA TASA O TASAS, QUE SE CONSIDERAN COMO BASES DE CUANTIFICACIÓN DEL IMPORTE DE LA SUBVENCIÓN En su propio nombre En representación de: Cómo acredita la representación Poder notarial Comparecencia Domicilio a efectos de notificación: Declara bajo su exclusiva responsabilidad y ante el órgano competente del Excmo. Ayuntamiento de Écija, que es sujeto pasivo de las tasas - «marcadas en el correspondiente Anexo»- que se consideran como bases de cuantificación del importe de la subvención excepcional para paliar los daños producidos por las inundaciones producidas en el municipio de Écija entre los días seis a treinta y uno de diciembre de En Écija, a. de. de 2011 Firma: pág. 17

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