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1 HERRIZAINGO SAILA Genero-indarkeriaren Biktimei Laguntzeko Zuzendaritza DEPARTAMENTO DE INTERIOR Dirección de Atención a las Víctimas de la Violencia de Género AYUDAS ECONÓMICAS A MUJERES VÍCTIMAS DE LA VIOLENCIA DE GÉNERO

2 VÍCTIMAS DE VG 2011 (1) Espíritu de la Orden: Es una ayuda económica de PAGO ÚNICO cuyo objeto es ayudar económicamente a las mujeres víctimas de VG a salir de esa situación, de manera que el hecho de depender económicamente del agresor no sea un obstáculo.

3 VÍCTIMAS DE VG 2011 (2) Requisitos Estar empadronada a la fecha de solicitud, en la CAE con una antigüedad de seis meses. La condición de los 6 meses de antigüedad no será necesaria si la mujer ha estado con anterioridad empadronada en cualquier municipio de la CAE durante al menos el mismo período. Carecer de rentas que, en cómputo mensual, superen el 75 por ciento del salario mínimo interprofesional vigente, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias. (Art. 4.3.) Tener especiales dificultades para obtener un empleo, que se acreditará a través de informe emitido por Lanbide-Servicio Vasco de Empleo (herramienta informática). No haber percibido esta ayuda, establecida al amparo de la Ley Orgánica 1/2004, con anterioridad, ni en la CAE, ni en ninguna otra Comunidad Autónoma. No convivirconelagresor. Acreditar la situación de violencia de género, no habiendo transcurrido más de un año entre la entrada en vigor de las medidas de protección y la fecha de solicitud de esta ayuda.

4 VÍCTIMAS DE VG 2011 (3) Cómo acreditar la situación de víctima de VG: Sentencia condenatoria por hechos constitutivos de violencia de género, en la que se acuerdan medidas de protección a favor de la víctima. Orden de protección a favor de la víctima en vigor a la fecha de la solicitud. Excepcionalmente, será título de acreditación de esta situación el informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la denunciante es víctima de violencia de género en tanto se dicta la orden de protección.

5 VÍCTIMAS DE VG 2011 (4) Documentación a aportar: Anexos solicitud ( Formulario de solicitud+ Apéndice de datos a la solicitud de ayuda económica a víctimas de VG ) En estos anexos se recogen los datos personales, idioma elegido, declaraciones personales y consentimientos, protección de datos de carácter personal. D.N.I., pasaporte, permiso de residencia o similar. Documento acreditativo de la situación de violencia de género. Certificado de empadronamiento colectivo, que incluirá la relación de todas las personas residentes, y en el que no aparezca el agresor. Informe de empleabilidad emitido por Lanbide(Servicio Vasco de Empleo) Vida laboral (Tesorería General de la Seguridad Social) de la solicitante y de todas las personas a su cargo que formen parte de la unidad convivencial y que estén en edad laboral.

6 VÍCTIMAS DE VG 2011 (5) Documentación a aportar (continuación): Cartilla de paro de todas las personas a su cargo integrantes en la unidad familiar en edad laboral o en su caso certificado de estar estudiando. Certificados bancarios relativos al estado de cuentas y títulos bancarios, de la solicitante y de las personas que se encuentren a su cargo. Anexo Alta de Terceros oficial del GV. En caso de tener menores a su cargo, copia del Libro de familia o en su caso del documento acreditativo de la guarda, custodia o tutela. En caso de que la solicitante o las personas a su cargo tengan reconocida una discapacidad con un porcentaje igual o superior al 33%, acreditación de discapacidad vigente emitido por la institución competente. Copia de la última declaración del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas de la solicitante y de las personas miembros de la unidad de convivencia que se encuentren a su cargo o, en su caso, copia del certificado de no haber tenido obligación de declarar en Hacienda Foral.

7 VÍCTIMAS DE VG 2011 (6) Mujer sola Con 1 familiar o menor a su cargo Con 2 ómas familiares o menores a su cargo Mujer sin discapacidad Mujer con discapacidad = ó> al 33% Mujer con 1 familiar o menor a su cargo con discapacidad = ó> al 33% Mujer con discapacidad = ó> al 65% Ocon un familiar o menor a su cargo con discapacidad = ó> al 65% Mujer con discapacidad = ó> al 33% Ycon un familiar o menor a su cargo con discapacidad = ó> al 33%

8 VÍCTIMAS DE VG 2011 (7) Compatibilidades: Con las ayudas previstas en la Ley 35/1995, de 11 dediciembre, de Ayudas y Asistencia a las Víctimas de Delitos Violentos y contra la Libertad Sexual (para víctimas directas e indirectas de delitos dolosos y violentos con resultado de muerte, lesiones corporales graves, o daños graves en la salud física o mental). Con cualquier otra otorgada por administraciones públicas o cualquiera de sus organismos, entes o sociedades, así como por entidades privadas, siempre que no sea requisito para su obtención ser víctima de violencia de género: COMPATIBLE CON LA RGI (Renta de Garantía de Ingresos) pero COMPUTABLE (caso mujer sola). Incompatibilidades: Con RAI (Renta Activa de Inserción), porque precisamente el requisito necesario para solicitar esta ayuda es ser víctima de violencia de género. MUJERES INMIGRANTES juridika@biltzen.org

9 VÍCTIMAS DE VG 2011 Supuestos SUPUESTO 1: Una mujer sin persona(s) a cargo que cobra RGI Legislación a aplicar: Artículo 17 de la Orden de ayudas 30 de mayo; punto 1: Será compatible con cualquier otra ayuda siempre que ésta no esté destinada al mismo fin, es decir que no sea una ayuda cuya condición sea ser víctimas de violencia de género. Artículo 17 de la Orden de ayudas 30 de mayo; punto 3: o cualquier otra ayuda deberácomputarse como ingreso con el fin de determinar si cumple el requisito de carencias de rentas establecido en el artículo 4 de la presente Orden Determinación de rentas: Renta mínima: Artículo 2 punto b): carecer de rentas que, como cómputo mensual superen el 75% del salario mínimo interprofesional (481,05 por persona a computar) Ver cuánto cobra de RGI. Cómo resolvemos: Si supera esta cantidad (481,05 ), no tiene derecho. Si no supera esta cantidad (481,05 ), tiene derecho a la ayuda.

10 VÍCTIMAS DE VG Supuestos SUPUESTO 2: Una mujer con dos personas a cargo que cobra RGI Legislación a aplicar: Artículo 17 de la Orden de ayudas 30 de mayo; punto 1: Será compatible con cualquier otra ayuda siempre que ésta no esté destinada al mismo fin, es decir que no sea una ayuda cuya condición sea ser víctimas de violencia de género. Artículo 17 de la Orden de ayudas 30 de mayo; punto 3: o cualquier otra ayuda deberácomputarse como ingreso con el fin de determinar si cumple el requisito de carencias de rentas establecido en el artículo 4 de la presente Orden Determinación de rentas: Renta mínima: Artículo 2 punto b): carecer de rentas que, como cómputo mensual superen el 75% del salario mínimo interprofesional (481,05 por persona a computar; en este caso 481,05 x 3) Ver cuánto cobra de RGI Cómo resolvemos: Si supera esta cantidad (1.443,15 ) no tiene derecho Si no supera esta cantidad (1.443,15 ) tiene derecho a la ayuda.

11 VÍCTIMAS DE VG Supuestos SUPUESTO 3: Una mujer sin personas a cargo que cobra RAI Legislación a aplicar: Artículo 17 de la Orden de ayudas 30 de mayo; punto 1: Será compatible con cualquier otra ayuda siempre que ésta no estédestinada al mismo fin, es decir que no sea una ayuda cuya condición sea ser víctimas de violencia de género. Real Decreto 1369/2006 de 24 de noviembre, por el que se regula el programa de renta activa de inserción para desempleados con especiales necesidades económica y dificultad para encontrar empleo, artículo 10 e): La renta activa de inserción seráincompatible con las ayudas sociales que se pudieran reconocer a las víctimas de violencia de género que no puedan participar en programas de empleo. Cómo resolvemos: Negativamente: La RAI es incompatible con esta ayuda; esta ayuda está destinada a mujeres que no pueden trabajar (asílo indica el informe de empleabilidad), la RAI sin embargo estádestinada a mujeres que suscribirán un compromiso de actividad.

12 VÍCTIMAS DE VG Supuestos SUPUESTO 4: Una mujer sin familiares a cargo, sin permiso de residencia ni de trabajo Legislación a aplicar: Artículo31 bis de laleyorgánica2/2009, de 11 de diciembre, de reformade la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social: las mujeres extranjeras víctimas de la violencia de género, cualquiera que sea su situación administrativa, tienen garantizados los derechos reconocidos en la Ley Orgánica 1/2004, de 28 dediciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género. Cómo proceder: Como con cualquier solicitud. Solicitar informe de empleabilidad en Lanbide, Servicio Vasco de Empleo. Solicitar permiso de residencia y trabajo. Cómo resolvemos: Como el resto de solicitudes. Si cumple condiciones, se resolverá en positivo.

13 VÍCTIMAS DE VG Supuestos SUPUESTO 5: Una mujer sin familiares a cargo, que cobra paro (460 /mes p.ejem.) Legislación a aplicar: Artículo 4.3 de la Orden (30 de mayo): Se considerarán rentas o ingresos computables cualesquiera bienes, derechos o rendimientos de que disponga El informe de empleabilidad seráde mujer empleable. Cómo resolvemos: Negativamente, ya que no obtendría informe de empleabilidad; no cumpliría el punto c) del artículo 2 de la Orden de 30 de mayo: tener especiales dificultades para obtener un empleo que se acreditará a través de informe emitido por el servicio público de empleo.

14 SOLICITUD DE AYUDAS: Cómo proceder Cómo proceder cuando tenemos que orientar a una mujer víctima de violencia de género a solicitar ayudas para su mejora. NO es EMPLEABLE Solicita la ayuda para mujeres víctimas de la violencia de género regulada en la Orden de 30 de mayo de 2011, del consejero de Interior. Solicita la RGI. Es EMPLEABLE Solicita la RAI beneficiándose también de los cursos etc, que para su adaptación al mercado de trabajo se le propongan. Solicita la RGI.

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