Colegio Nacional de Abogados de Panamá Boletín Informativo del 20 al 27 de abril de 2015
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- Carla Venegas Cuenca
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1 Colegio Nacional de Abogados de Panamá Boletín Informativo del 20 al 27 de abril de 2015 MENSAJE DEL PRESIDENTE EL EXAMEN PROFESIONAL El Colegio Nacional de Abogados, bajo la presidencia de la licenciada Martha López de Martín, celebró el Primer Congreso Nacional de Estudiantes de Derecho y Abogados los días 15, 16 y 17 de mayo de 2008 en la Ciudad de Panamá. El objetivo principal de ese evento fue el de explicarles a los futuros abogados principios fundamentales para un correcto, ético y exitoso ejercicio de la profesión. El programa estuvo lleno de temas que no se imparten en las aulas universitarias. Es muy diferente la vida de un abogado a la de un estudiante. Nuestras facultades de Derecho enseñan nociones sobre como litigar, términos para interponer recursos, naturaleza jurídica de los contratos, etc., pero no enseñan ética profesional ni cómo se cobran los honorarios de un abogado, ni en qué consiste la política conozca su cliente, ni cómo se lleva la contabilidad de una oficina de abogados, etc. Dentro de los temas tratados en el Congreso, todos muy importantes, hubo uno sobre el cual quiero llamar la atención, y es el referente a la necesidad de analizar y discutir entre los requisitos para ejercer la profesión de abogado el de establecer, mediante ley aprobar un examen profesional o de barra. Es decir, o se sigue con el actual sistema o lo cambiamos. A la fecha en que usted lee este artículo tendremos más de 23,000 abogados. El promedio de expedición de certificados de idoneidad es de más de 3 abogados por día, no importa el día, si es sábado, domingo, martes de carnaval, navidad, año nuevo. Y el promedio aumenta cada año. Tampoco la Corte verifica y es que legalmente no puede hacerlo, si el aspirante a la idoneidad sabe, o no, derecho. Muchos abogados me preguntan Qué hace el Colegio frente a esta situación? No se preguntan, cómo lo hizo el insigne presidente estadounidense John F. Kennedy, Qué puedo hacer yo para ayudar al Colegio frente a esta situación? Para abordar el tema, dentro del Congreso hubo una conferencia magistral la cual fue dictada por el doctor Luis Delgado De Molina. El doctor Delgado De Molina fue presidente de la Unión Internacional de Abogados, una organización mundial de abogados con sede en París. El doctor Delgado De Molina, como miembro del Consejo General de la Abogacía Española, le correspondió participar en las discusiones que tuvieron lugar sobre la Ley de acceso a la profesión en España, de reciente aprobación y entrada en vigencia. Los requisitos para obtener la idoneidad como abogado para ejercer en Panamá son en extremo simples y hoy día las exigencias para graduarse de licenciado en Derecho en las facultades que imparten la carrera son, igualmente, sencillas. Ya la tesis o trabajo de graduación es cosa del pasado, el estudiante que decida hacer una tesis es considerado casi un héroe, pues se han establecidos otros requisitos muchos más fáciles de cumplir. Pero frente a la política universitaria de flexibilizar los requisitos, los abogados y la sociedad panameña debemos exigir una mejor preparación académica. Esta excelencia en la formación cultural va unida a la inmensa cantidad de denuncias que tramita el Tribunal de Honor y Disciplina. Conozco por experiencia (fui 4 años miembro del Tribunal) que muchas de esas denuncias no son faltas a la ética, si no malas prácticas, es decir, simple y sencillamente el colega equivocó el recurso y por eso el caso se perdió; y
2 el Tribunal de Honor del Colegio no castiga, ni puede hacerlo, la falta de conocimientos jurídicos. Tampoco puede convertirse en Tribunal de Revisión de casos Judiciales. Y como la Revista LEX (agosto 2009) donde aparece la referida conferencia del doctor Luis Delgado de Molina está agotada, nos permitimos citar algunas partes de esa elocuente y documentada intervención: <<Existía una identidad plena entre el Licenciado en Derecho y el Abogados en ejercicio. Cualquier Licenciado por Facultad habilitada para ello, podía, al día siguiente de su Licenciatura, presentar la documentación de ingreso en un Colegio de Abogados y comenzar a ejercer si traba alguna, incluso ante el Tribunal Supremo o ante el Tribunal Constitucional. Esto dio lugar a que numerosas sentencias de los Tribunales pusieran de manifiesto que el sistema era profundamente perjudicial para el servicio público de la Administración de Justicia. La realidad social hizo que la sociedad arbitrara los medios precisos para evitar todas las disfunciones que se producían como consecuencias de esta posibilidad de acceso profesional a Abogados sin capacitación técnica suficiente. El medio buscado y puesto en práctica fue el de la PASANTIA TRADICIONAL. El Letrado recién licenciado, comenzada sus prácticas en un Estudio de un Letrado veterano (tutor), quien lo formaba durante períodos de tiempo que oscilaban entre seis y dieciocho meses. Y de este modo, el Licenciado, adquiría los conocimientos precisos para tal ejercicio profesional. Este sistema, vigente (aclaramos en España) durante más de ochenta años, carecía de toda normativa, rigiéndose por los acuerdos Abogado Tutor Pasante. Y, durante su aplicación, los Colegios de Abogados reclamaron de los respectivos gobiernos, con tanta insistencia cuanta inutilidad, el cambio de sistema a uno diferente que supusiera un período de aprendizaje postgrado y unas pruebas de acceso (1919, Congreso de San Sebastián). Y mientras ello ocurría, las Universidades siguieron manteniendo que la formación académica que impartían era suficiente para abordar, de inmediato, el ejercicio de la Abogacía. Esta situación a mi juicio injusta por lo que de simplista tenía- hizo que el número de Abogados tutores dispuestos a formar Abogados noveles descendiera notablemente, lo cual, junto con el aumento del número jóvenes Licenciados que deseaban incorporarse al ejercicio profesional, dio lugar a que, ante la pasividad del Gobierno, se buscaran métodos alternativos de formación por los Colegios a través de la creación de las Escuelas de Práctica Jurídica, en las que los jóvenes Licenciados podían adquirir en dos curso de ocho meses cada uno con exámenes finales los conocimientos prácticos que precisaban para el ejercicio profesional y de los que, manifiestamente, carecían. >> <<En 1995, el Congreso Nacional de la Abogacía Española, abordó la situación existente, denunció la pasividad gubernamental para solucionar un problema que dañaba los derechos de los ciudadanos y ofreció, a través de una Ponencia que tuvo unas 1,200 enmiendas, un texto consensuado de lo que podía ser una futura Ley de Acceso. Tuve la responsabilidad y el honor- de ostentar la Presidencia del equipo de redacción y debate del proyecto.>> <<****La formación universitaria no es, en sí misma, suficiente para formar a un Abogado de modo que le permita dar una respuesta profesional seria y responsable, frente a su actuación en la defensa de los intereses económicos o personales que les son encomendados por las clientes. (El subrayado es nuestro). Desde mi conocimiento del tema tanto a nivel nacional cuanto internacional estimo que la formación universitaria considerando la misma como rigurosa, completa y de calidad- sirve para que el universitario que termina su período docente, adquiera una serie de conocimientos básicos imprescindibles pero no bastantes- para el ejercicio profesional de la Abogacía. La formación universitaria en materia de leyes sirve para que la persona formada a través de los ciclos de enseñanza adquiera unos conocimientos del derecho, tanto en su aspecto de derecho positivo, cuanto cultural en la materia que es la base esencial de muchas actividades relacionas (redacción de documentos,
3 docencia universitaria, investigación, oposiciones a cuerpos jurídicos, etc.), pero que requiere, tras ella, una formación práctica que la Universidad no está capacitada para dar por no ser ese su papel en el sistema de formación de abogados (derecho procesal práctico, contencioso, ética y deontología profesional, relaciones con el cliente, actuaciones ante Juzgados y Tribunales, etc.).>> <<****La formación universitaria básica, debe reunir las condiciones precisas para que pueda dar lugar a jóvenes titulados y tituladas con el bagaje intelectual necesario para acceder a los conocimientos postuniversitarios precisos para el ejercicio profesional de la Abogacía. (El subrayado es nuestro). Parto de la base de que la calidad de la formación universitaria es competencia del Estado (Central o Federal según los sistemas de gobierno) o de la propia Autoridad Universitaria a través de su autorregulación en los países en que esté autorizado dicho sistema. Y esta afirmación, debe conducirme al hecho de que los Colegios de Abogados, en cumplimiento del fin social que tienen y que deben cumplir, pueden y deben pedir del Gobierno o de las Autoridades universitarias, celo y rigor en el desarrollo de dicho ciclo de formación superior.>> <<Ocurre que, a veces, el sistema universitario puede no ofrecer las garantías de calidad y formación adecuadas, convirtiéndose en fábricas de titulaciones que, realmente, no están respaldadas por un profesorado mínimamente formado, unos planes de estudio serios y unas pruebas y controles de conocimiento y una formación adecuada para el alumno o la alumna.>> <<Producida esa disfunción, el resultado es que estos Centros se convierten en fábricas de títulos que pueden llegar a contar con reconocimientos oficiales, pero que no están respaldados por una formación seria y eficiente del alumno/a. Estaríamos, pues, ante unas auténticas fábricas de títulos que con mayor o menor reconocimiento oficial, pueden producir los siguientes perversos para un país: a) La existencia de profesionales no preparados debidamente pero amparados en una titulación oficial, vacía de contenido científico. En resumen, estaremos ante profesionales no formados en la materia de que se trate. b) El perjuicio que estos profesionales, no preparados debidamente, pueden causar a los ciudadanos que acudan a ellos creídos de su competencia como consecuencia del título que puedan exhibir, en la materia de que se trate. c) El mal funcionamiento que estos profesionales a los que me refiero causan, a nivel de Estado, en el campo en que desarrollen su actividad, al degradar su nivel de calidad (transporte, educación, enseñanza, justicia, etc.) d) Y por último, el descrédito general que causan para todos los profesionales del país que han seguidos programas de estudios rigurosos (Recordemos las figuras de las Universidades fantasmas existentes en algunos países iberoamericanos, cuyas actuaciones fuera de toda norma docente, dio lugar a la Directiva Comunitaria sobre reconocimiento de títulos que impidió que otros jóvenes, bien formados, vieran reconocidos sus esfuerzos más allá de sus propias fronteras).>> <<Y contando con un texto legal que regule el acceso, la existencia de un EXAMEN que acredite la bondad del período de formación del joven titulado, parece es el único sistema junto con la evaluación continuada- que pueda arrojar una luz al problema. El resultado que no es sino EL BIEN DE LA CIUDADANIA Y EL SERVICIO PUBLICO DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA CON EL CIUDADANO COMO ENTE Y SUJETO PRINCIPAL DE CADA UNO DE NUESTROS PAISES, LE MERECE.>> Estamos víspera de presentar en conjunto con la Corte Suprema de Justicia- un proyecto de ley que implanta el examen profesional. A la fecha, dicho documento ha sido ampliamente consultado. Esperamos que la Asamblea General le brinde al país esa tan necesaria ley. Panamá, 20 de abril de 2015 JOSÉ ALBERTO ÁLVAREZ Presidente
4 VISITAS DE CORTESÍA El pasado lunes 13 de abril, el presidente José Alberto Álvarez recibió a los doctores Pere Lluis Huguet Tous, vicepresidente del Consejo General de la Abogacía Española, y Horacio Roberto Granero, de la Pontificia Universidad Católica Argentina, que se encontraban en el país con motivo de la celebración de la II Jornada Internacional de Derecho de las Nuevas Tecnologías en el ámbito de las empresas que se llevó a cabo con el auspicio de nuestra asociación gremial. Con este encuentro se estrecharon lazos de amistad y esfuerzos para el desarrollo de actividades conjuntas entre estas instituciones. ************************************* Entrevista con el Lic. Holguer Guerrero De la Cruz, Asesor de Presidencia de la Corte Constitucional del Ecuador, quien vino acompañado por el Lic. Javier Llorca Vega, Primer Secretario de la embajada del Ecuador en Panamá. La visita realizada en la mañana de hoy, tuvo como propósito entregar al presidente del CNA el libro Rendición de Cuentas de la Corte Constitucional del Ecuador, informar acerca de la creación de la Red Interamericana de Comunicadores Constitucionales de la Corte Constitucional del Ecuador e invitar para que Panamá forme parte de la esta red. Bajo el planteamiento de crear la llamada Inter Cortes, que será la plataforma virtual más grande del mundo para obtener los fallos de las cortes, tribunales y salas constitucionales de Iberoamérica, plantea la realización del Primer Curso para comunicadores y periodistas de México, El Salvador, Nicaragua, Cuba, República Dominicana, Guatemala, Honduras, Panamá, Puerto Rico y Costa Rica en el mes de junio de Para obtener información al respecto se les puede contactar en la siguiente dirección: escuela@cce.gob.ec Estas reuniones fueron propicias para que el presidente del CNA les hiciera entrega del libro Los Presidentes del Colegio Nacional de Abogados de Panamá y de ediciones de las Revistas Lex.
5 CONFERENCIA SOBRE LA NUEVA LEY DE VALORES Y GOBIERNO CORPORATIVO EN PANAMÁ La Comisión de Derecho Mercantil del Colegio Nacional de Abogados organizó esta actividad realizada el 13 de abril, en donde los asistentes pudieron escuchar las magistrales ponencias de la Licda. Marelissa Quintero de Stanziola, nueva Superintendente del Mercado de Valores, y del Licdo. Oscar Rawlins, Jefe de la Unidad de Normativa y Asuntos Internacionales de la Superintendencia. Esa Comisión trabaja incesantemente apoyando a la Junta Directiva para actualizar y llevar temas de interés a los agremiados. En tal sentido, efectuará una próxima jornada académica el 27 de abril sobre Fideicomiso.
6 PRIMERA CAPACITACIÓN NOTARIAL 2015 Esta actividad promovida por el Colegio de Notarios Públicos de Panamá, dirigida a notarios, abogados y colaboradores, se desarrolló durante el día de hoy con el apoyo del Colegio Nacional de Abogados y la participación de nuestro presidente José Alberto Álvarez. Expertos en la materia como el Dr. Daniel Sedar Senghor, Presidente de la Unión Internacional del Notariado Latino; Dr. Dennis Martínez Colón, Vicepresidente de la Unión Internacional del Notariado Latino y Expresidente del Colegio de Notarios de Puerto Rico; el Dr. Álvaro Rojas Charry, Presidente de la Comisión de Asuntos Americanos C.A.A de la U.I.N.L y Presidente de la U.C.N.C.; Dr. Mario Fernández Herrera y la Dra. María Inés Ortiz Barbosa, hablaron acerca de los principios fundamentales del notario en el mundo de hoy, los retos y modernización del notariado del Siglo XX y la experiencia colombiana, el control de legalidad en materia contractual, entre otros temas de interés. Se condecoró a los licenciados Alma Montenegro de Fletcher, Abel Augusto Zamorano y al Expresidente del CNA, Rubén Elías Rodríguez Ávila, con una medalla de reconocimiento por sus trayectorias otorgada por la Unión Internacional del Notariado Latino. CONGRESO DE DERECHO AGRARIO
7 OTROS EVENTOS DECÁLOGO DE SAN IVO ( ) ABOGADO PATRONO DE LA JUSTICIA I. El abogado debe pedir ayuda a Dios en sus trabajos, pues Dios es el primer protector de la Justicia. II. III. IV. Ningún abogado aceptará la defensa de casos injustos, porque son perniciosos a la Conciencia y al decoro profesional. El abogado no debe cargar al cliente con gastos excesivos. Ningún abogado debe utilizar, en el patrocinio de los casos que le sean confiados, Medios ilícitos o injustos. V. Debe tratar el caso de cada cliente como si fuera el suyo propio. VI. VII. VIII. IX. No debe evitar trabajo ni tiempo para obtener la victoria del caso que tenga Encargado. Ningún abogado debe aceptar más causas de las que el tiempo disponible le permite. El abogado debe amar la justicia y la honradez, tanto como las niñas de sus ojos. La demora y la negligencia de un abogado causan perjuicio al cliente y cuando eso Acontece, debe indemnizarlo. X. Para hacer una buena defensa el abogado debe ser verídico, sincero y lógico. DISTINTIVOS IMPRESCINDIBLES PARA LOS ORGULLOSAMENTE MIEMBROS DEL CNA Identifícate como miembro del CNA adquiriendo los productos que ofrece nuestra asociación gremial: Suéter (polo) ($15.00), Pin ($12.00), Calcomanías de miembro para los parabrisas de los autos ($2.00). Asimismo, el carné de identificación, que se expide a un costo mínimo de $ No dejes de identificarte como miembro de nuestro colegio. WIFI GRATUITO Los agremiados pueden disfrutar del acceso a internet gratuito vía WIFI, en la sede principal del Colegio Teléfonos: / Fax: Correos electrónicos: cnapma@cwpanama.net /cnapma@cwempresario.com info@cna-panama.com /Web:
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