ACTIVOS APTOS PARA LA INVERSIÓN DE LAS INSTITUCIONES DE INVERSIÓN COLECTIVA

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "ACTIVOS APTOS PARA LA INVERSIÓN DE LAS INSTITUCIONES DE INVERSIÓN COLECTIVA"

Transcripción

1 ACTIVOS APTOS PARA LA INVERSIÓN DE LAS INSTITUCIONES DE INVERSIÓN COLECTIVA Rodrigo Díaz, Socio del Sector Financiero de Deloitte, Antonio Ríos, Gerente del Sector Financiero de Deloitte. La presente colaboración tiene por objeto realizar un análisis de los activos aptos recogidos por la legislación española en la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de instituciones de inversión colectiva (en adelante, la Ley de IIC), en el Real Decreto 1309/2005, de 4 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de instituciones de inversión colectiva (en adelante, el Reglamento o el Reglamento de la LIIC), en la Orden EHA/888/2008, de 27 de marzo, sobre operaciones de las instituciones de inversión colectiva de carácter financiero con instrumentos financieros derivado y, en general, en la demás normativa de desarrollo de la Ley de IIC. Las Instituciones de Inversión Colectiva son el principal vehículo de ahorro/inversión para gran cantidad de inversores en España. Gran parte de su éxito se debe a la seguridad que dichos vehículos proporcionan a los inversores y, en gran medida, esta seguridad viene dada por la regulación que se hace de los activos en los que pueden invertir (es decir, los activos aptos) y a la diversificación que deben tener las carteras. La publicación de la Ley de IIC y toda su normativa de desarrollo han supuesto para el mercado español la ampliación de la gama de activos en los que las instituciones de inversión colectiva españolas pueden invertir y su homologación con el resto de instituciones de inversión colectiva gestionadas en Europa. No obstante, este proceso continuará con la futura publicación de la Directiva UCITS IV 1. Pero esta ampliación de la gama de activos aptos se ha realizado, en todo caso, 1. EL RÉGIMEN DE ACTIVOS APTOS EN LA NORMATIVA COMUNITARIA A nivel europeo, el mercado de instituciones de inversión colectiva se encuentra regulado por distintas Directivas Comunitarias que reciben el nombre genérico de Directivas UCITS siendo la más importante de todas ellas la Directiva 85/611/EEC que posteriormente fue modificada por, entre otras, la Directiva Comunitaria 2001/108/CE del parlamento europeo y del consejo de 21 de enero de 2002 también conocida como Directiva UCITS III. En estas Directivas se define un marco común de actuación para las instituciones de inversión colectiva de carácter financiero domiciliadas en el territorio de la Unión Europea. Dentro de este marco común, uno de los aspectos fundamentales regulados por las Directivas es el de los activos que pueden ser 1 Con fecha 16 de julio de 2008 la Comisión Europea publico la propuesta de Directiva UCITS IV que, de acuerdo al calendario estimado por la propia Comisión Europea podría ser aprobada en el segundo trimestre de

2 SITUACIÓN ACTUAL Y PERSPECTIVAS DE LAS INSTITUCIONES DE INVERSIÓN COLECTIVA considerados como aptos para la inversión de las instituciones de inversión colectiva. Así, el artículo 19 de la Directiva 85/611/EEC establece cuales serán los activos elegibles para la inversión de las IIC. Pero dicho catálogo de activos aptos recoge una serie de definiciones genéricas que requieren ser clarificadas. En este sentido, el CESR 2 dentro de su función como órgano encargado del desarrollo de la normativa comunitaria de Nivel 3 en materia de instrumentos financieros ha publicado diferentes documentos que recogen las directrices necesarias para aclarar que activos deben ser considerados como aptos para la inversión de las Instituciones de Inversión Colectiva (IIC). En este contexto, la normativa española se encuentra, tras la publicación de la Ley de IIC y las demás normas que la desarrollan y, en particular, el Reglamento de la LIIC, plenamente armonizadas con la normativa comunitaria. Así, las IIC españolas se encuentran equiparadas a sus homólogas europeas en cuanto a las posibilidades de inversión. En el siguiente apartado realizaremos una descripción de las reglas aplicables a las IIC españolas para la definición de sus activos aptos. 2. EL RÉGIMEN DE ACTIVOS APTOS EN LA NORMATIVA ESPAÑOLA En la normativa española, la aptitud de un activo como inversión para las instituciones de inversión colectiva (en adelante, IIC) es definida en función de varios criterios: 2 El CESR (Comité of European Securities Regulators) agrupa a los reguladores europeos con los objetivos de mejorar la coordinación de los diferentes reguladores, asesorar a la Comisión Europea y asegurar que la legislación europea en materia de mercados de capitales se desarrolla de forma consistente y puntual en cada uno de los países miembros de la Unión Europea. En función de la tipología de la IIC: la norma española diferencia entre tipos de IIC definiendo para cada una de ellas un catálogo de activos aptos distinto. Los inmuebles constituyen un activo apto para las IIC de naturaleza inmobiliaria mientras que, en términos generales, no resultan un activo elegible para las IIC de naturaleza financiera. En función de la propia naturaleza del activo: existen activos que, en cuanto tales, son definidos como aptos o no por al norma. Así por ejemplo, las materias primas como el petróleo o los metales preciosos como el oro no son activos aptos para la inversión de las IIC. En función de las características propias del activo o de su emisor: el activo como tal puede ser considerado como apto siempre y cuando reúna determinados requisitos establecidos por la norma. Este sería el caso de, por ejemplo, los valores de renta variable no cotizados cuya aptitud depende de que, entre otros requisitos, el emisor del valor este sujeto a auditoría anual durante los dos últimos ejercicios con opinión favorable en el último de ellos. En función del nivel de concentración del activo: en ocasiones la aptitud o no del activo vendrá dada por su nivel de concentración en el patrimonio de la IIC. La norma española define límites de concentración por activos, emisores o grupos económicos que deben ser cumplidos por las IIC. Así ocurre que un valor de renta variable cotizada en el mercado español es activo apto para las IIC de carácter financiero siempre y cuando no sobrepase los límites legalmente establecidos en la norma. En función del reglamento de gestión y el folleto de las IIC: los reglamentos de gestión y los folletos de las IIC pueden, en ocasiones, definir un catálogo de activos aptos más reducido que el dispuesto por la normativa. En estos casos y dado que el cumplimiento del reglamento de gestión es obligatorio, la aptitud de un activo vendrá 74

3 ACTIVOS APTOS PARA LA INVERSIÓN DE LAS INSTITUCIONES DE INVERSIÓN COLECTIVA limitada por lo explicitado en el reglamento de gestión. Así puede ocurrir que el reglamento de gestión de una IIC establezca que todos los activos de renta fija en los que se invierta tengan un rating crediticio no inferior a un determinado nivel de manera que todos los activos de renta fija por debajo de ese rating crediticio se convierten, automáticamente, en activos no aptos para esa IIC. En esta colaboración trataremos la aptitud en función de los dos primeros criterios: la tipología de las IIC y la naturaleza de los activos. En los siguientes apartados se realizará una breve descripción de los activos aptos para las IIC de inversión libre y las IIC de naturaleza inmobiliaria y, finalmente, se analizarán los activos que pueden ser considerados como aptos para las IIC de carácter financiero ACTIVOS APTOS EN LAS IIC DE INVERSIÓN LIBRE Las IIC de inversión libre se configuran como vehículos de inversión/ahorro destinados a inversores con cierta sofisticación ya que, entre otros requisitos, exige una inversión mínima de euros y la firma por parte del inversor de un documento de consentimiento en el que afirma conocer los riesgos fundamentales de este tipo de inversiones. Este carácter de instrumentos destinados a inversores «especializados» hace que las IIC de inversión libre cuenten con un régimen de activos aptos mucho más amplio que el de otras IIC de carácter financiero. Así, se establece que podrán invertir en cualquier tipo de instrumentos financieros y en instrumentos financieros derivados, cualquiera que sea la naturaleza de su subyacente, atendiendo a los principios de liquidez, diversificación del riesgo y transparencia. Adicionalmente, no están sujetos a ningún tipo de restricción en cuanto a la concentración de las inversiones. Desde el punto de vista regulatorio, estas IIC no se ajustan a los requisitos establecidos en la Directiva UCITS De esta manera, podría concluirse que, en la práctica, las IIC de inversión libre no están sujetas a ningún tipo de restricción a la hora de materializar su cartera ni en razón de la naturaleza del instrumento ni de la concentración de la inversión pudiendo invertir en activos tales como los derivados sobre materias primas, etc ACTIVOS APTOS EN LAS IIC DE NATURALEZA INMOBILIARIA Las IIC de naturaleza inmobiliaria tienen como objetivo la inversión en bienes inmuebles de naturaleza urbana para destinarlos al arrendamiento, que supondrá el origen principal de sus rendimientos. No obstante, es necesario diferenciar este tipo de vehículos de los Real Estate Investment Trust (también conocidos como REIT) o Sociedades Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario (SOCIMI) como posiblemente serán denominadas en la normativa española. Los REIT, a diferencia de las IIC de naturaleza inmobiliaria, están sujetos a determinadas condiciones en cuanto a la distribución vía dividendos de los resultados de cada ejercicio y, como principal elemento diferenciador, deben estar cotizados en un mercado secundario organizado. Con el fin de cumplir adecuadamente con este objetivo de inversión, la norma define como activos aptos para la inversión los siguientes: Los inmuebles de naturaleza urbana incluyendo tanto los inmuebles finalizados, como aquellos en fase de construcción o incluso las opciones de compra de este tipo de inmuebles o los derechos reales sobre los mismos. Las concesiones administrativas. 75

4 SITUACIÓN ACTUAL Y PERSPECTIVAS DE LAS INSTITUCIONES DE INVERSIÓN COLECTIVA Efectivo, depósitos, cuentas a la vista en una entidad de crédito o en activos o instrumentos de renta fija con plazo de vencimiento o remanente de amortización inferior a 18 meses y compraventas con pacto de recompra de valores de deuda pública, siempre que se negocien en mercados secundarios para la cobertura del coeficiente de liquidez exigido a este tipo de instituciones. Valores admitidos a cotización en bolsas de valores o en otros mercados o sistemas organizados de negociación. Como podemos observar, el catálogo de activos aptos de las IIC de naturaleza inmobiliaria incluye, como principal elemento diferenciador, la posibilidad de invertir en inmuebles quedando la inversión en activos financieros limitada a dar cobertura al coeficiente de liquidez establecido o como vía de obtención de una rentabilidad adicional de las puntas de tesorería pero siempre dando primacía a la liquidez de los activos frente a cualquier otro tipo de criterio ACTIVOS APTOS EN LAS IIC DE CARÁCTER FINANCIERO Las IIC de naturaleza financiera son vehículos de ahorro/inversión destinados a todo tipo de inversores sin que exista, a priori, ninguna restricción o limitación en cuanto a la tipología del partícipe. En consecuencia, la norma española ha querido definir un catálogo de activos aptos que, ofreciendo a los gestores gran número de alternativas de inversión, permita, en todo momento, la protección de los inversores menos informados. Esta protección se plasma en la prohibición de invertir en activos distintos de los definidos como activos aptos. El artículo 36 del Reglamento de LIIC, establece cuales serán los activos aptos para la inversión del patrimonio de las IIC de carácter financiero. En dicho artículo se incluyen los siguientes activos: Valores o instrumentos financieros admitidos a cotización en bolsas de valores o en otros mercados o sistemas organizados de negociación. Los valores e instrumentos financieros respecto de los cuales esté solicitada su admisión a negociación en alguno de los mercados o sistemas mencionados anteriormente. Las acciones y participaciones de otras IIC autorizadas conforme a la Directiva 85/611/CEE, siempre que el reglamento de los fondos o los estatutos de las sociedades cuyas participaciones o acciones se prevea adquirir no autorice a invertir más de un 10 por ciento del patrimonio de la institución en participaciones y acciones de otras IIC. 1. Las acciones y participaciones de otras IIC de carácter financiero no autorizadas conforme a la Directiva 85/611/CEE, siempre que cumplan los siguientes requisitos: 2. Que el reglamento de los fondos o los estatutos de las sociedades cuyas participaciones o acciones se prevea adquirir no autorice a invertir más de un 10 por ciento del patrimonio de la institución en participaciones de otras IIC. 3. Que las IIC subyacentes tengan su sede o estén radicadas en un Estado miembro de la OCDE excluyendo aquellos que carezcan de mecanismos de cooperación e intercambio de información con las autoridades supervisoras españolas. 4. Que las normas sobre régimen de inversiones, segregación de activos, endeudamiento, apalancamiento y ventas al descubierto sean similares a las de la normativa española. Que se informe de su actividad en un informe semestral y otro anual para permitir la evaluación de los activos y pasivos, ingresos y operaciones durante el periodo objeto de la información. Los depósitos en entidades de crédito que sean a la vista o puedan hacerse líquidos, con 76

5 ACTIVOS APTOS PARA LA INVERSIÓN DE LAS INSTITUCIONES DE INVERSIÓN COLECTIVA un vencimiento no superior a 12 meses, bajo determinadas condiciones. Los instrumentos financieros derivados negociados en un mercado o sistema de negociación siempre que el activo subyacente consista en activos o instrumentos negociados en bolsas de valores o en otros sistemas o mercados organizados de negociación, instituciones de inversión colectiva, riesgo de crédito, volatilidad, índices financieros, tipos de interés, tipos de cambio, divisas, materias primas e inflación en los que la IIC de carácter financiero pueda invertir según su política de inversión declarada en el folleto. Los instrumentos financieros derivados no negociados en un mercado o sistema de negociación siempre que: 1. El activo subyacente consista en activos o instrumentos negociados en bolsas de valores o en otros sistemas o mercados organizados de negociación, instituciones de inversión colectiva, riesgo de crédito, volatilidad, índices financieros, tipos de interés, tipos de cambio, divisas, materias primas e inflación. 2. Las contrapartes sean entidades financieras domiciliadas en Estados miembros de la OCDE sujetas a supervisión prudencial u organismos supranacionales de los que España sea miembro, dedicadas de forma habitual y profesional a la realización de operaciones de este tipo y que tengan solvencia suficiente. A estos efectos, se presumirá que la contraparte tiene solvencia suficiente cuando cuente con calificación crediticia favorable de una agencia especializada en calificación de riesgos de reconocido prestigio. 3. Exista un compromiso, del emisor o de una entidad financiera, para dar cotizaciones en firme diariamente, con un diferencial máximo del que se informará en los documentos informativos periódicos. Los instrumentos del mercado monetario, siempre que sean líquidos y tengan un valor que pueda determinarse con precisión en todo momento, no negociados en un mercado o sistema organizado de negociación, siempre que se cumpla alguno de los siguientes requisitos: 1. Que estén emitidos o garantizados por el Estado, las comunidades autónomas, las entidades locales, el Banco de España, el Banco Central Europeo, la Unión Europea, el Banco Europeo de Inversiones, el banco central de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea, cualquier Administración pública de un Estado miembro de la Unión Europea, un tercer país o, en el caso de Estados federales, por uno de los miembros integrantes de la Federación, o por un organismo público internacional al que pertenezcan uno o más Estados miembros de la Unión Europea. 2. Que estén emitidos por una empresa cuyos valores se negocien en un mercado o sistema organizado de negociación. 3. Que estén emitidos o garantizados por una entidad sujeta a supervisión prudencial. 4. Que estén emitidos por entidades pertenecientes a las categorías que determine la CNMV. A estos efectos, se considerarán instrumentos del mercado monetario aquellos activos de renta fija cuyo plazo de vencimiento sea inferior a 18 meses. Además, se considerarán líquidos: Si existen mecanismos para realizarlos a su valor de mercado, o Si existe un compromiso de recompra por parte del emisor o de una entidad financiera. El artículo 36.1.j del Reglamento de la LIIC establece que con un límite conjunto del 10% del patrimonio de la institución de inversión colectiva tendrán también la consideración de activos aptos: 77

6 SITUACIÓN ACTUAL Y PERSPECTIVAS DE LAS INSTITUCIONES DE INVERSIÓN COLECTIVA 1. Las acciones y activos de renta fija admitidos a negociación en cualquier mercado o sistema de negociación que no se rija por unas reglas semejantes a las de los mercados y sistemas de negociación españoles o que dispongan de otros mecanismos que garanticen su liquidez al menos con la misma frecuencia con la que la IIC inversora atienda los reembolsos de sus acciones o participaciones. 2. Las acciones o participaciones de IIC no autorizadas conforme a la Directiva 85/611/CEE, en las que no se cumpla alguna de las siguientes condiciones: Que el reglamento de los fondos o los estatutos de las sociedades cuyas participaciones o acciones se prevea adquirir no autorice a invertir más de un 10 por ciento del patrimonio de la institución en participaciones de otras IIC. Que las IIC subyacentes tengan su sede o estén radicadas en un Estado miembro de la OCDE excluyendo aquellos que carezcan de mecanismos de cooperación e intercambio de información con las autoridades supervisoras españolas. Que las normas sobre régimen de inversiones, segregación de activos, endeudamiento, apalancamiento y ventas al descubierto sean similares a las de la normativa española. Que se informe de su actividad empresarial en un informe semestral y otro anual para permitir la evaluación de los activos y pasivos, ingresos y operaciones durante el periodo objeto de la información. 3. Las acciones o participaciones de IIC de inversión libre y de IIC de IIC de inversión libre, tanto las reguladas en los artículos 43 y 44 del Reglamento de la LIIC como las instituciones extranjeras similares. 4. Los valores no cotizados con, entre otros, los siguientes límites: La entidad emisora debe tener su domicilio social en OCDE excluidos paraísos fiscales. Su entidad emisora debe estar sujeta al requisito de auditoría anual obligatoria. No pueden estar emitidos, en términos generales, ni por la entidad gestora de la IIC, ni por entidades del grupo de la IIC ni por personas vinculadas a la IIC. Límites de concentración reforzados en cuanto a porcentajes individualmente invertidos en un único activo no cotizado o en el total de activos no cotizados. 5. Las acciones y participaciones de las entidades de capital-riesgo reguladas en la Ley reguladora de las entidades de capital-riesgo y de sus sociedades gestoras. 6. Los depósitos en entidades de crédito que no venzan a la vista o con un vencimiento superior a 12 meses. Este límite conjunto del 10% del patrimonio establecido en la normativa será de aplicación a la suma de todas las inversiones que se mantengan en activos de los recogidos en la anterior enumeración. De esta forma, una IIC de carácter financiero podría invertir un porcentaje de su patrimonio en derivados sobre riesgo de crédito, en IIC de inversión libre y en valores no cotizados siempre y cuando la suma de lo invertido en estos tres tipos de valores no superara el 10% del patrimonio de la IIC. Por último, en el caso de instituciones de inversión colectiva que revistan forma societaria, los bienes muebles e inmuebles indispensables para el ejercicio directo de su actividad, con un límite máximo del 15 por ciento del patrimonio de la IIC. 78

7 ACTIVOS APTOS PARA LA INVERSIÓN DE LAS INSTITUCIONES DE INVERSIÓN COLECTIVA Estas normas sobre activos aptos en las IIC se complementan con otras destinadas a limitar la concentración en un determinado activo o emisor. No obstante, en cuanto a estos límites de diversificación existen excepciones por lo que respecta a los denominados fondos garantizados (en tanto en cuanto su cartera está destinada a la consecución de un determinado objetivo de rentabilidad) y a los fondos índices y fondos cotizados (o ETF), ya que el objetivo de los mismos es replicar un determinado índice de mercado. Como puede observarse, el catálogo de activos aptos es lo suficientemente amplio como para ofrecer a los gestores la posibilidad de diversificar la inversión entre diferentes tipos de activos y conseguir disminuir el riesgo sistémico de la cartera mediante la adecuada combinación de los diferentes mercados. Pero también podremos observar que aunque extensa, la lista no nos presenta un catálogo cerrado de instrumentos sino que más bien ofrece unas guías que determinan la aptitud general de un activo lo que hace fundamental la interpretación que de la norma pueda hacer tanto el gestor como el supervisor. 3. PRINCIPALES NOVEDADES EN LAS IIC FINANCIERAS RESPECTO DEL RÉGIMEN ESTABLECIDO EN LA NORMATIVA ANTERIOR La Ley de IIC y su Reglamento supusieron la clasificación como activos aptos de determinados instrumentos financieros que, hasta ese momento, o bien eran objeto de prohibición como activo elegible para la inversión de la cartera de las IIC de carácter financiero o bien aún siendo considerados como activos ya aptos, estaban sujetos al cumplimiento de determinados requisitos o límites de concentración reforzados. Los principales activos que tienen reconocimiento como aptos por primera vez en la Ley de IIC y sus desarrollos posteriores son: Los depósitos en entidades de crédito. Los instrumentos financieros derivados cuyo activo subyacente consiste en riesgo de crédito, en volatilidad, en IIC de inversión libre, en materias primas o en inflación. Las acciones y participaciones de IIC de Inversión Libre e IIC de IIC de Inversión Libre y de vehículos extranjeros de naturaleza semejante. Las acciones y participaciones de Entidades de Capital Riesgo domiciliadas en territorio español y sujetas a la Ley de Entidades de Capital Riesgo española. A continuación se realizará una breve descripción de las principales características de cada uno de estos activos aptos así como de los aspectos más destacables a considerar a la hora de incluirlos en las carteras de las IIC de carácter financiero DEPÓSITOS EN ENTIDADES DE CRÉDITO Hasta la publicación de la Ley de IIC, las entidades tenían limitada la inversión en depósitos a los ofertados por la entidad depositaria de la IIC. La Ley de IIC abrió la posibilidad de considerar los depósitos como un instrumento financiero más en el que la IIC podía invertir su patrimonio. La autorización de los depósitos como activo apto de las IIC de naturaleza financiera junto con la coyuntura económica que venimos observado en el segundo semestre del 2008 en la que las entidades financieras están ofertando tipos de interés cada vez más elevados para la captación de pasivo, han supuesto un incremento notable en el atractivo de la inversión en depósitos. Así hemos asistido al nacimiento de los denominados comercialmente fondepósitos. Estas IIC de naturaleza financiera se caracterizan por invertir una parte sustancial de su patrimonio en depósitos de entidades financieras a corto plazo con una adecuada diversificación por contraparte. 79

8 SITUACIÓN ACTUAL Y PERSPECTIVAS DE LAS INSTITUCIONES DE INVERSIÓN COLECTIVA Las principales ventajas de los fondepósitos residen en la posibilidad de que el inversor particular pueda acceder a un nivel de diversificación superior a su capacidad de diversificación individual y de aprovechar el favorable régimen de traspaso de participaciones entre IIC sin la obligación de tributar en ese momento por la plusvalía generada. Los fondepósitos se han convertido así en una alternativa de inversión a los depósitos ofertados por las entidades de crédito INSTRUMENTOS FINANCIEROS DERIVADOS SOBRE RIESGO DE CRÉDITO, VOLATILIDAD, IIC DE INVERSIÓN LIBRE, INFLACIÓN Y MATERIAS PRIMAS La Ley de IIC y su Reglamento ampliaron la gama de activos subyacentes para la operativa con instrumentos derivados. Así, se incluyeron como activos aptos los instrumentos financieros derivados sobre los riesgos de crédito o sobre la volatilidad. Estos instrumentos derivados permiten a las entidades dar cobertura a los riesgos asumidos en todo o parte de su cartera. Adicionalmente, la Orden EHA/888/2008, de 27 de marzo, sobre operaciones de las instituciones de inversión colectiva de carácter financiero con instrumentos financieros derivado ha supuesto la ampliación de los activos subyacentes que podrán ser considerados como aptos para la operativa con derivados. Así, la nueva Orden recoge la posibilidad de que: Materias primas para las que exista un mercado secundario de negociación. Las acciones o participaciones en IIC de inversión libre, así como en instituciones extranjeras similares a éstas La inflación de países o zonas geográficas siempre y cuando sus reglas de cálculo, transparencia y difusión sean equivalentes a las establecidas para el índice de precios de consumo armonizado de la Unión Europea. Estos subyacentes podrán ser considerados como activos subyacentes aptos para los instrumentos financieros derivados empleados por las IIC de carácter financiero siempre y cuando en ningún caso la liquidación del instrumento derivado suponga la incorporación al patrimonio de la IIC de un activo no financiero. Con este último desarrollo normativo, las IIC de carácter financiero domiciliadas en España se encuentran en línea con el resto de IIC comunitarias en cuanto a oportunidades de inversión de su patrimonio LAS IIC DE INVERSIÓN LIBRE E IIC DE IIC DE INVERSIÓN LIBRE Con anterioridad a la publicación del Reglamento de la LIIC, no existía en el ordenamiento jurídico español de la figura de la IIC de inversión libre (conocidos internacionalmente como hedge funds) ni la figura de la IIC de IIC de inversión libre (fondos de hedge funds). La creación de las IIC de inversión libre y las IIC de IIC de inversión libre y su simultáneo reconocimiento como activos aptos para la inversión de las IIC de naturaleza financiera supuso la apertura de una amplia gama de alternativas de diversificación a los gestores. Bajo la denominación de IIC de inversión libre y de hedge funds se encuadran un amplio y heterogéneo abanico de estrategias de inversión con grandes diferencias. Así, entre los hedge funds encontraremos, entre otras, las siguientes estrategias de inversión: Arbitraje de convertibles: consistente en la adquisición de bonos convertibles y la venta en corto del título de conversión. Distressed securities: consistente en la adquisición de de instrumentos emitidos por compañías que se encuentran en situaciones económicas desfavorables (tensiones de liquidez, reestructuraciones, etc.). 80

9 ACTIVOS APTOS PARA LA INVERSIÓN DE LAS INSTITUCIONES DE INVERSIÓN COLECTIVA Event-driven: que pretenden aprovechar circunstancias específicas referidas a una determinada entidad como por ejemplo un anuncio de fusión, la segregación de una rama de actividad, etc. Macro: consistente en anticipar los futuros movimientos de los mercados financieros (de valores, de tipos de interés, de divisas, etc) empleando el apalancamiento de las operaciones para maximizar el resultado. Market timing: que intenta predecir los cambios de tendencia en un determinado mercado o activo para tomar las posiciones que anticipen el movimiento. Merger arbitrage: que analiza el mercado en busca de oportunidades de fusión de empresas o tomas de control para posicionarse en alguna de las compañías afectadas. Short selling: consistente en la venta en corto de títulos aprovechando los movimientos del mercado. Long/short: consistente en la toma de posiciones largas y cortas en valores para aprovechar los movimientos del mercado. También se implementan otras políticas basadas en la toma de posiciones en renta fija o renta variable que buscan aprovechar las ineficiencias del mercado a la hora de fijar los precios o bien el posicionamiento en determinados activos o sectores (como por ejemplo, las estrategias de renta fija ABS consistentes en la inversión en Asset Backed Securities o las estrategias de renta variable sectorial). A estas estrategias habría que añadir la existencia de fondos que invierten a su vez en otros hedge funds (las IIC de IIC de inversión libre) que desarrollan alguna o varias estrategias de inversión de las antes definidas. Como se puede observar, la heterogeneidad de las estrategias de inversión de los hedge funds así como de los activos en que se materializan no permite que pueda considerar que a priori y sin necesidad de mayor análisis todos los hedge funds puedan ser considerados como activos aptos para la inversión de las IIC de naturaleza financiera. Los principales factores que deberán ser objeto de análisis a la hora de determinar la aptitud de un hedge fund como activo apto para la inversión de una IIC de carácter financiero serán: La periodicidad del cálculo del valor liquidativo del hedge fund: de acuerdo a la normativa, las cotizaciones de las inversiones de las IIC deberán tener una publicidad periódica suficiente para que las IIC inversoras cumplan con sus obligaciones en cuanto al cálculo del valor liquidativo de sus participaciones o acciones. Así, la aptitud de un hedge fund que calcula valor liquidativo dos veces al año puede ser discutida en el caso de una IIC que de acuerdo a su reglamento de gestión haya establecido una periodicidad del cálculo de valor liquidativo diaria. En este caso, el desfase existente entre ambas periodicidades podría suponer para la IIC inversora la imposibilidad de poder aplicar diariamente una valoración fiable de su inversión en el hedge fund. Pensemos que el valor liquidativo del hedge fund permanecerá inalterable desde, por ejemplo, el día 1 de enero hasta el 29 de junio de forma que cuanto más cercana sea esta última fecha menos ajustado a su valor razonable será la valoración que se esté aplicando a la participación en el hedge fund (que se correspondía con el valor liquidativo a día 1 de enero, es decir, de un valor liquidativo con seis meses menos un día de antigüedad). La periodicidad de las suscripciones y reembolsos del hedge fund: según establece la norma, las IIC inversoras deberán asegurarse de que, para aquellos hedge funds en los que los reembolsos de participaciones se realicen con cargo a su patrimonio, la periodicidad de los reembolsos de participaciones es suficiente para que las IIC inversoras pue- 81

10 SITUACIÓN ACTUAL Y PERSPECTIVAS DE LAS INSTITUCIONES DE INVERSIÓN COLECTIVA dan cumplir con sus obligaciones de reembolsos. Asimismo, en el caso de hedge funds que no garanticen los reembolsos de participaciones con cargo a su patrimonio, las IIC inversoras deberán comprobar que los vehículos en los que desean invertir cotizan en un mercado o sistema de negociación que cuente con una difusión suficiente o mecanismos de liquidez que garanticen la liquidez suficiente de las participaciones o acciones del hedge fund. En el mercado no es extraño encontrar hedge funds en los que se establece un período mínimo de permanencia en el que el régimen de reembolsos se encuentra suspendido. Este período mínimo de permanencia tiene como objetivo el permitir que el hedge fund pueda desarrollar adecuadamente su estrategia de inversión sin que se vea afectado por una coyuntural salida masiva de partícipes. La existencia de este tipo de cláusulas de permanencia supondría, en la práctica, una mayor dificultad para poder justificar la aptitud del hedge fund como activo elegible para una IIC de carácter financiero que hubiese establecido un régimen de reembolsos diario. Las inversiones subyacentes del hedge fund: en ocasiones, los hedge funds realizan inversiones en activos que, desde un punto de vista de la normativa española, no son aptos como podría ser el caso de la inversión en materias primas (como el petróleo o el cobre) o metales preciosos (como el oro o la plata). La realización de este tipo de inversiones en activos aptos puede suponer la posible consideración de estos vehículos como no aptos para la inversión de las IIC de naturaleza financiera. La estructura jurídica del hedge fund: la misma heterogeneidad que muestran las estrategias de inversión implementadas por los hedge funds se pone también de manifiesto cuando analizamos la estructura jurídica de los hedge funds. Los hedge funds adoptan en la práctica la forma jurídica más adecuada en función de: las características de sus inversores la flexibilidad a la hora de implementar políticas de inversión la optimización de las cargas fiscales soportadas por el binomio vehículoinversor. De esta forma, no es difícil encontrar vehículos que, domiciliándose en países como Estados Unidos, adopten la forma de Partnership o Trust en los que conviven la figura del gestor (denominado General Partner) con la figura de los inversores (agrupados en Limited Partnership) y cuyo funcionamiento vendrá determinado por lo acordado entre las partes en el Partnership Agreement junto con otros vehículos como las IIC de Inversión Libre españolas con una estructura jurídica perfectamente definida y en las que las relaciones entre gestor e inversores están definidas por ley. En este caso, es necesario analizar hasta que punto dichas estructuras jurídicas pueden ser consideradas como similares a las de las IIC de Inversión Libre ya que es esta la condición expresada por el regulador para que puedan ser considerado como activos aptos. En concreto, el supervisor ha definido que, al menos, un hedge fund debe cumplir los siguientes requisitos para ser considerado como similar a una IIC de Inversión Libre española: 1. Tener una política de gestión alternativa. 2. Atender a la liquidez con una frecuencia equivalente a la mínima exigida por la normativa española a las IIC de Inversión Libre. 3. Tener obligaciones de información periódica a sus inversores equiparables a las previstas en la normativa española. 82

11 ACTIVOS APTOS PARA LA INVERSIÓN DE LAS INSTITUCIONES DE INVERSIÓN COLECTIVA 4. Estar domiciliadas en la OCDE o que su gestión haya sido encomendada a una gestora o entidad domiciliada en un país de la OCDE que desarrolle funciones similares a las de la sociedad gestora, con análogas exigencias de responsabilidad y sujeta a supervisión. En conclusión, dada la heterogeneidad de los hedge funds, como paso previo antes de la inversión en este tipo de vehículos será siempre necesario que la IIC de carácter financiero o su entidad gestora realicen una adecuada due diligence encaminada a asegurar que, en todo momento, se cumplen todos los requisitos que conviertan al hedge fund en activo apto LAS ENTIDADES DE CAPITAL RIESGO La ley de IIC y su Reglamento de desarrollo autorizaron por primera vez la inversión en entidades de capital riesgo españolas no cotizadas en un mercado secundario. Hasta ese momento, las IIC de naturaleza financiera sólo podían invertir en entidades de capital riesgo cotizadas ya que, en estos casos, el carácter cotizado del valor prevalecía sobre su caracterización como entidad de capital riesgo lo que las convertía en activos aptos. En el momento de la publicación de la Ley de IIC y de su Reglamento, las entidades de capital riesgo autorizadas por la Ley de entidades de capital riesgo eran las sociedades y los fondos de capital riesgo denominados de inversión directa, esto es, especializados en la toma de participaciones en entidades no cotizadas en mercado secundarios de valores o en empresas cotizadas para su exclusión de cotización. La publicación de una nueva ley de entidades de capital riesgo en el año 2005 supuso la autorización de una nueva figura de entidades de capital riesgo: las entidades de capital riesgo (bien bajo la figura de fondos o bien de sociedades) especializadas en la inversión en otras entidades de capital riesgo españolas o en otras entidades similares domiciliadas en el extranjero. Así, actualmente, las IIC de carácter financiero pueden invertir en los siguientes tipos de entidades de capital riesgo: Fondos de capital riesgo de inversión directa: carentes de personalidad jurídica propia y cuya gestión debe estar encomendada a una Sociedad Gestora de Entidades de Capital Riesgo (en adelante, SGECR). Sociedades de capital riesgo de inversión directa: con personalidad jurídica propia y cuya gestión puede estar encomendada a una Sociedad Gestora de Entidades de Capital Riesgo (en adelante, SGECR) aunque no de forma obligatoria. Fondos de entidades de capital riesgo: carentes de personalidad jurídica propia y cuya gestión debe estar encomendada a una Sociedad Gestora de Entidades de Capital Riesgo (en adelante, SGECR). Sociedades de entidades de capital riesgo: con personalidad jurídica propia y cuya gestión puede estar encomendada a una Sociedad Gestora de Entidades de Capital Riesgo (en adelante, SGECR) aunque no de forma obligatoria. Respecto a la consideración de la entidades de capital riesgo como activos aptos, el artículo 36.1.j del Reglamento de la LIIC establece explícitamente que las entidades de capital riesgo serán por naturaleza activos aptos. No obstante, a la hora de concluir en particular sobre la posibilidad o no de inversión en una entidad de capital riesgo la IIC deberá considerar la exigencia normativa de contar con un mercado lo suficientemente profundo como para procurar la liquidación ordenada de sus posiciones. A modo de resumen, la consideración de las entidades de capital riesgo como activos aptos para la inversión de las IIC de carácter financiero ha permitido a sus gestores contar con un instrumento de diversificación de 83

12 SITUACIÓN ACTUAL Y PERSPECTIVAS DE LAS INSTITUCIONES DE INVERSIÓN COLECTIVA riesgos muy potente ya que este tipo de vehículos se caracteriza por presentar menores correlaciones con los mercados de valores y una menor volatilidad en cuanto a sus valoraciones (especialmente en el caso de aquellas entidades de capital riesgo no cotizadas en mercados secundarios). * * * La Ley de IIC y todos sus posteriores desarrollos legislativos han definido un catálogo de activos aptos para la inversión de las IIC con una amplia gama de alternativas de inversión que permiten a los gestores conseguir una adecuada diversificación de riesgos a través de la inversión en activos con bajos niveles de correlación. Pero además, el catálogo de activos aptos definido por la normativa cumple otra función muy importante: garantizar la seguridad de las IIC en cuanto vehículos de ahorro/inversión destinados a todo tipo de inversores. Las normas referidas a activos aptos junto con los límites legales en cuanto a concentración de las inversiones hacen de las IIC como uno de los vehículos de inversión/ahorro más seguros. La alta diversificación de las carteras de las IIC supone que el impacto de cualquier activo sobre el patrimonio de la IIC sea, necesariamente, muy pequeño, como se ha puesto de manifiesto en lo que llevamos del año Sin embargo, esta seguridad no ha supuesto que las IIC no hayan incrementado su catálogo de inversiones. Durante los últimos años se han añadido a la lista de activos aptos para la inversión los depósitos en entidades bancarias, las IIC de Inversión Libre, las entidades de capital riesgo, los Real Estate Investment Trust (también conocidos como REIT), los Exchange Traded Funds o ETF, los instrumentos derivados sobre subyacentes de riesgo de crédito, de volatilidad, de inflación, de materias primas, las activos del mercado monetario no cotizados La autorización para el empleo de estos instrumentos en las carteras de las IIC españolas ha permitido su equiparación, en términos de capacidad y diversidad, al del resto de IIC comunitarias. Sin embargo, la norma continúa evolucionando. Constantemente siguen apareciendo nuevos productos financieros, cada vez más complejos, que serán susceptibles de ser empleados como inversiones del patrimonio de las IIC y cuyo encaje en cualquiera de las categorías de activos aptos definidas por la normativa esté sujeta a interpretación e incluso a modificación de las normas legales. Por esta razón, las entidades gestoras de IIC deberán seguir reforzando sus sistemas de control interno para alcanzar una total seguridad en lo referente a si los activos adquiridos son o no aptos para la inversión, si satisfacen los requisitos exigidos por la norma y adaptando sus procedimientos de autorización de inversión en nuevos activos de manera que se asegure el conocimiento del instrumento en el que se invierte, su funcionamiento, sus características económicas y sus riesgos. 84

INFORMACIÓN ACERCA DE DETERMINADOS INSTRUMENTOS FINANCIEROS NO COMPLEJOS

INFORMACIÓN ACERCA DE DETERMINADOS INSTRUMENTOS FINANCIEROS NO COMPLEJOS INFORMACIÓN ACERCA DE DETERMINADOS INSTRUMENTOS FINANCIEROS NO COMPLEJOS INTRODUCCIÓN Este documento presenta un aproximación a las características de los instrumentos financieros considerados como no

Más detalles

PLUSFONDO MIXTO, F.P.

PLUSFONDO MIXTO, F.P. PLUSFONDO MIXTO, F.P. DECLARACIÓN COMPRENSIVA DE PRINCIPIOS DE POLÍTICA DE INVERSIÓN DEL PLUSFONDO MIXTO, F.P. La vocación inversora del Fondo se define como un fondo de Renta Fija Mixta. El objetivo del

Más detalles

BOLSAS Y MERCADOS ESPAÑOLES, SISTEMAS DE NEGOCIACIÓN, S.A.

BOLSAS Y MERCADOS ESPAÑOLES, SISTEMAS DE NEGOCIACIÓN, S.A. CIRCULAR 5/2016 NORMAS DE CONTRATACIÓN DE ACCIONES DE SOCIEDADES DE INVERSIÓN DE CAPITAL VARIABLE, VALORES EMITIDOS POR ENTIDADES DE CAPITAL RIESGO (ECR) Y VALORES EMITIDOS POR INSTITUCIONES DE INVERSIÓN

Más detalles

PLUSFONDO MIXTO, F.P.

PLUSFONDO MIXTO, F.P. PLUSFONDO MIXTO, F.P. DECLARACIÓN COMPRENSIVA DE PRINCIPIOS DE POLÍTICA DE INVERSIÓN DE PLUSFONDO MIXTO, F.P. La vocación inversora del Fondo se define como un fondo de Renta Fija Mixta. El objetivo del

Más detalles

DECLARACIÓN COMPRENSIVA DE LOS PRINCIPIOS DE LA POLÍTICA DE INVERSIÓN DE EDM PENSIONES DOS RVI, FONDO DE PENSIONES.

DECLARACIÓN COMPRENSIVA DE LOS PRINCIPIOS DE LA POLÍTICA DE INVERSIÓN DE EDM PENSIONES DOS RVI, FONDO DE PENSIONES. DECLARACIÓN COMPRENSIVA DE LOS PRINCIPIOS DE LA POLÍTICA DE INVERSIÓN DE EDM PENSIONES DOS RVI, FONDO DE PENSIONES. VOCACIÓN DE INVERSIÓN. El fondo se define como un fondo de pensiones con un perfil de

Más detalles

DECLARACIÓN DE PRINCIPIOS DE INVERSIÓN DE ALTEGUI PREVISION EPSV

DECLARACIÓN DE PRINCIPIOS DE INVERSIÓN DE ALTEGUI PREVISION EPSV DECLARACIÓN DE PRINCIPIOS DE INVERSIÓN DE ALTEGUI PREVISION EPSV 1.- VOCACIÓN Y OBJETIVO Altegui Previsión EPSV consta de 7 planes: Plan de Previsión Individual ALTEGUI Renta Fija Plan de Previsión Individual

Más detalles

UNIFONDO PENSIONES XI, F.P.

UNIFONDO PENSIONES XI, F.P. UNIFONDO PENSIONES XI, F.P. DECLARACIÓN COMPRENSIVA DE PRINCIPIOS DE POLÍTICA DE INVERSIÓN DEL UNIFONDO PENSIONES XI, F.P. La vocación inversora del Fondo se define como un fondo de Renta Fija Corto Plazo.

Más detalles

Dirección de Compliance RENTA VARIABLE FONDOS DE INVERSIÓN. Definición

Dirección de Compliance RENTA VARIABLE FONDOS DE INVERSIÓN. Definición RENTA VARIABLE FONDOS DE INVERSIÓN Definición Los fondos de inversión son Instituciones de Inversión Colectiva; esto implica que los resultados individuales están en función de los rendimientos obtenidos

Más detalles

PROYECTO DE ORDEN EHA/XX/2008 SOBRE EL PRÉSTAMO DE VALORES DE LAS INSTITUCIONES DE INVERSIÓN COLECTIVA.

PROYECTO DE ORDEN EHA/XX/2008 SOBRE EL PRÉSTAMO DE VALORES DE LAS INSTITUCIONES DE INVERSIÓN COLECTIVA. Sleg3777 26-6-2008 PROYECTO DE ORDEN EHA/XX/2008 SOBRE EL PRÉSTAMO DE VALORES DE LAS INSTITUCIONES DE INVERSIÓN COLECTIVA. El objeto de la presente orden es desarrollar el marco normativo para las operaciones

Más detalles

PLUSFONDO RENTA FIJA, F.P.

PLUSFONDO RENTA FIJA, F.P. PLUSFONDO RENTA FIJA, F.P. DECLARACIÓN COMPRENSIVA DE PRINCIPIOS DE POLÍTICA DE INVERSIÓN DEL PLUSFONDO RENTA FIJA, F.P. La vocación inversora del Fondo se define como un fondo de Renta Fija Largo Plazo.

Más detalles

VIGENCIA: Entrada en vigor el 16 de diciembre de 2012.

VIGENCIA: Entrada en vigor el 16 de diciembre de 2012. TÍTULO: Orden ECC/2682/2012, de 5 de diciembre, por la que se modifica la Orden EHA/2688/2006, de 28 de julio, sobre convenios de colaboración relativos a Fondos de Inversión en Deuda del Estado. REGISTRO

Más detalles

INSTRUCCIONES PARA TRASPASOS A) PERSONAS FÍSICAS 1- DATOS DE IDENTIFICACIÓN DESTINO

INSTRUCCIONES PARA TRASPASOS A) PERSONAS FÍSICAS 1- DATOS DE IDENTIFICACIÓN DESTINO INSTRUCCIONES PARA TRASPASOS A) PERSONAS FÍSICAS 1- DATOS DE IDENTIFICACIÓN DESTINO Se deben cumplimentar con los datos de todos los titulares o el autorizado de la cuenta. 2- DATOS DE IDENTIFICACIÓN ORIGEN

Más detalles

FONDOS INVERSIÓN LIBRE.

FONDOS INVERSIÓN LIBRE. FONDOS INVERSIÓN LIBRE. Este documento refleja la información necesaria para poder formular un juicio fundado sobre su inversión. Esta información podrá ser modificada en el futuro. Definición: Los Fondos

Más detalles

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: 12 de diciembre de 2009

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: 12 de diciembre de 2009 Orden EHA/3364/2008, de 21 de noviembre, por la que se desarrolla el artículo 1 del Real Decreto-ley 7/2008, de 13 de octubre, de Medidas Urgentes en Materia Económico-Financiera en relación con el Plan

Más detalles

RENTA FIJA MIXTA ESPAÑA FLEXIBLE GLOBAL FI

RENTA FIJA MIXTA ESPAÑA FLEXIBLE GLOBAL FI RENTA FIJA MITA ESPAÑA FLEIBLE GLOBAL FI Nº Registro CNMV: 4707 Informe: del Tercer trimestre 2015 Gestora: RENTA 4 GESTORA, S.G.I.I.C., S.A. Grupo Gestora: RENTA 4 GESTORA, S.G.I.I.C., S.A. Auditor: DELOITTE,

Más detalles

Consulta 3/2014, relativa al concepto de aportación patrimonial en el marco de la Ley

Consulta 3/2014, relativa al concepto de aportación patrimonial en el marco de la Ley Solicitante: Ayuntamiento de la Villa de Ingenio Consulta 3/2014, relativa al concepto de aportación patrimonial en el marco de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de

Más detalles

CRITERIOS DE GESTIÓN Y SELECCIÓN DE INVERSIONES FINANCIERAS V. Borrador

CRITERIOS DE GESTIÓN Y SELECCIÓN DE INVERSIONES FINANCIERAS V. Borrador 1 AMBITO DE APLICACIÓN En cumplimiento de lo señalado, el presente Código se aplicará a las Inversiones de los fondos de que disponga la entidad durante el tiempo que medie entre la obtención de los recursos

Más detalles

5- FOLLETO INFORMATIVO SIMPLFICADO ABACO GLOBAL VALUE OPPORTUNITIES A

5- FOLLETO INFORMATIVO SIMPLFICADO ABACO GLOBAL VALUE OPPORTUNITIES A INSTRUCCIONES PARA TRASPASOS A) PERSONAS FÍSICAS 1- DATOS DE IDENTIFICACIÓN DESTINO Se deben cumplimentar con los datos de todos los titulares o el autorizado de la cuenta. 2- DATOS DE IDENTIFICACIÓN ORIGEN

Más detalles

DECLARACIÓN DE PRINCIPIOS DE POLÍTICA DE INVERSIÓN. BBVA EMPLEO TREINTA Y TRES, F.P.

DECLARACIÓN DE PRINCIPIOS DE POLÍTICA DE INVERSIÓN. BBVA EMPLEO TREINTA Y TRES, F.P. GESTION DE PREVISIÓN Y PENSIONES BBVA EMPLEO TREINTA Y TRES, F.P. DECLARACIÓN DE PRINCIPIOS DE POLÍTICA DE INVERSIÓN. BBVA EMPLEO TREINTA Y TRES, F.P. I. OBJETIVO DEL FONDO DE PENSIONES El patrimonio del

Más detalles

Recomendaciones sobre el contenido de la Información Financiera Trimestral

Recomendaciones sobre el contenido de la Información Financiera Trimestral Recomendaciones sobre el contenido de la Información Financiera Trimestral DIRECCIÓN GENERAL DE MERCADOS DEPARTAMENTO DE INFORMES FINANCIEROS Y CORPORATIVOS Diciembre 2011 Índice Objetivo y alcance 1 Información

Más detalles

PLAN DE PREVISION GEROKOA MONETARIO REGLAMENTO

PLAN DE PREVISION GEROKOA MONETARIO REGLAMENTO PLAN DE PREVISION GEROKOA MONETARIO REGLAMENTO Marzo 2011 DISPOSICIONES PREVIAS Artículo 1. Los Planes de Previsión de Gerokoa E.P.S.V. Al objeto de alcanzar los fines descritos en el artículo 4 de los

Más detalles

FICHA DE INSTITUCIONES DE INVERSIÓN COLECTIVA

FICHA DE INSTITUCIONES DE INVERSIÓN COLECTIVA FICHA DE INSTITUCIONES DE INVERSIÓN COLECTIVA Noviembre 2007 Página 1 de 11 Índice 1. DEFINICIÓN 2. PARTICULARIDADES 3. RIESGOS 4. COSTES 5. CATEGORIAS DE FONDOS 6. IIC DE INVERSION LIBRE - HEDGE FUNDS

Más detalles

FONDOS DE INVERSIÓN DIVERSIFICACIÓN FLEXIBILIDAD RENTABILIDAD LA DECISIÓN QUE GENERA VALOR

FONDOS DE INVERSIÓN DIVERSIFICACIÓN FLEXIBILIDAD RENTABILIDAD LA DECISIÓN QUE GENERA VALOR FONDOS DE INVERSIÓN DIVERSIFICACIÓN FLEXIBILIDAD RENTABILIDAD LA DECISIÓN QUE GENERA VALOR LA DECISIÓN QUE GENERA VALOR FONDOS DE INVERSIÓN: DIVERSIFICACIÓN, FLEXIBILIDAD Y RENTABILIDAD. El propósito de

Más detalles

Código de conducta de la Fundación Princesa de Asturias para la realización de inversiones

Código de conducta de la Fundación Princesa de Asturias para la realización de inversiones 1. Marco Regulador Código de conducta de la Fundación Princesa de Asturias para la realización de inversiones La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones dispone, en su artículo 14.2, que corresponde

Más detalles

DECLARACIÓN COMPRENSIVA DE LOS PRINCIPIOS DE LA POLÍTICA DE INVERSIÓN DE EDM PENSIONES UNO, FONDO DE PENSIONES.

DECLARACIÓN COMPRENSIVA DE LOS PRINCIPIOS DE LA POLÍTICA DE INVERSIÓN DE EDM PENSIONES UNO, FONDO DE PENSIONES. DECLARACIÓN COMPRENSIVA DE LOS PRINCIPIOS DE LA POLÍTICA DE INVERSIÓN DE EDM PENSIONES UNO, FONDO DE PENSIONES. VOCACIÓN DE INVERSIÓN. El fondo se define como un fondo de pensiones con un perfil de inversión

Más detalles

CRITERIOS APLICABLES A LOS FONDOS MUTUOS

CRITERIOS APLICABLES A LOS FONDOS MUTUOS CRITERIOS APLICABLES A LOS FONDOS MUTUOS 1. INTRODUCCIÓN Con fundamento en los artículos 1, 2, 5, fracción XVI, 43 párrafo cuarto y 45 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro (LSAR); las Disposiciones

Más detalles

PLAN DE PREVISION GEROKOA GARANTIZADO 10 GEROKOA, E.P.S.V. REGLAMENTO

PLAN DE PREVISION GEROKOA GARANTIZADO 10 GEROKOA, E.P.S.V. REGLAMENTO PLAN DE PREVISION GEROKOA GARANTIZADO 10 GEROKOA, E.P.S.V. REGLAMENTO Julio 2014 DISPOSICIONES PREVIAS Artículo 1. Los Planes de Previsión de Gerokoa E.P.S.V. Al objeto de alcanzar los fines descritos

Más detalles

(BOE, de 15 de febrero de 2008)

(BOE, de 15 de febrero de 2008) Circular 1/2008, de 30 de enero, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, sobre información periódica de los emisores con valores admitidos a negociación en mercados regulados relativa a los informes

Más detalles

Grupo Gestora: BCO. POPULAR. Grupo Depositario: ROYAL BANK OF CANADA DENOMINACIÓN DEL COMPARTIMENTO

Grupo Gestora: BCO. POPULAR. Grupo Depositario: ROYAL BANK OF CANADA DENOMINACIÓN DEL COMPARTIMENTO Folleto Nº Registro Fondo CNMV: 4845 PBP CARTERA ACTIVA, Fondo por compartimentos El valor del patrimonio en un fondo de inversión, cualquiera que sea su política de inversión, está sujeto a las fluctuaciones

Más detalles

Registrado en la CNMV el 1 de agosto de 2007 Página 1 de 7

Registrado en la CNMV el 1 de agosto de 2007 Página 1 de 7 FOLLETO de FONCAIXA GESTION ESTRELLA E1, FI Constituido con fecha 09-12-2005 e inscrito en el Registro de la CNMV con fecha 23-12-2005 y nº 3342 0) INFORMACIÓN GENERAL SOBRE FONDOS DE INVERSIÓN. Este documento

Más detalles

Comunicación de la CNMV sobre medidas de refuerzo de la transparencia en la comercialización de IIC.

Comunicación de la CNMV sobre medidas de refuerzo de la transparencia en la comercialización de IIC. Comunicación de la CNMV sobre medidas de refuerzo de la transparencia en la comercialización de IIC. DIRECCIÓN GENERAL DE ENTIDADES 23 de enero de 2015 Durante el año 2014 las IIC españolas, y en especial

Más detalles

FOLLETO INFORMATIVO DE TARIFAS MÁXIMAS EN OPERACIONES Y SERVICIOS DEL MERCADO DE VALORES INDICE

FOLLETO INFORMATIVO DE TARIFAS MÁXIMAS EN OPERACIONES Y SERVICIOS DEL MERCADO DE VALORES INDICE INDICE Capitulo Contenido. Operaciones de intermediación en mercados. Custodia y administración de valores. Gestión de carteras. Asesoramiento en materia de inversión. Operaciones de Deuda Pública Española.

Más detalles

CASTILLA-LA MANCHA / SEPTIEMBRE 2002 LOGSE / ECONOMÍA Y ORGANIZACIÓN DE EMPRESAS / EXAMEN COMPLETO

CASTILLA-LA MANCHA / SEPTIEMBRE 2002 LOGSE / ECONOMÍA Y ORGANIZACIÓN DE EMPRESAS / EXAMEN COMPLETO Esta prueba consta de tres bloques: en el primero el alumno elegirá cinco preguntas de ocho posibles; en el segundo bloque, elegirá dos temas de cuatro posibles; y en el tercer bloque, el alumno elegirá

Más detalles

LIBERTY HIGH-70, FONDO DE PENSIONES.

LIBERTY HIGH-70, FONDO DE PENSIONES. DECLARACIÓN DE PRINCIPIOS DE POLITICA DE INVERSION DE LOS FONDOS DE PENSIONES DE LIBERTY SEGUROS Las alternativas de inversión de los planes de pensiones combinan distintos niveles de riesgo y rentabilidad

Más detalles

PROYECTO DE ORDEN EHA/XX/2008 SOBRE EL PRÉSTAMO DE VALORES DE LAS INSTITUCIONES DE INVERSIÓN COLECTIVA.

PROYECTO DE ORDEN EHA/XX/2008 SOBRE EL PRÉSTAMO DE VALORES DE LAS INSTITUCIONES DE INVERSIÓN COLECTIVA. Sleg3713 4-3-2008 PROYECTO DE ORDEN EHA/XX/2008 SOBRE EL PRÉSTAMO DE VALORES DE LAS INSTITUCIONES DE INVERSIÓN COLECTIVA. Exposición de motivos El objeto de la presente orden es desarrollar el marco normativo

Más detalles

CODIGO DE CONDUCTA Para la realización de inversiones financieras temporales

CODIGO DE CONDUCTA Para la realización de inversiones financieras temporales CODIGO DE CONDUCTA Para la realización de inversiones financieras temporales I. ASEPEYO es una Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social que con el numero 151,

Más detalles

Política de Salvaguarda de Activos

Política de Salvaguarda de Activos ORGANIZACIÓN Fecha de publicación 5 de agosto de 2015 Banco Mediolanum Número de publicación 000045 Número de versión 02 Política de Salvaguarda de Activos Aprobado por el Consejero Delegado el 7 de abril

Más detalles

MANUAL de SICAV y FONDOS de INVERSION EXTRANJEROS

MANUAL de SICAV y FONDOS de INVERSION EXTRANJEROS MANUAL de SICAV y FONDOS de INVERSION EXTRANJEROS Mar Barrero Muñoz es licenciada en Ciencias de la Información por la Universidad Complutense y máster en Información Económica. Redactora del semanario

Más detalles

En este artículo os ofrecemos unas instrucciones claras de cómo agilizar los trámites de presentación mediante las herramientas de Telematel.

En este artículo os ofrecemos unas instrucciones claras de cómo agilizar los trámites de presentación mediante las herramientas de Telematel. 1 / 16 Un año más, las empresas debemos hacer frente a nuestra obligación de realizar las llamadas declaraciones informativas. Debido a su complejidad y a los cambios en los últimos años, el 347 (Declaración

Más detalles

ALTERALIA DEBT FUND, FIL

ALTERALIA DEBT FUND, FIL ALTERALIA DEBT FUND, FIL Nº Registro CNMV: 55 Informe Semestral del Primer Semestre 2015 Gestora: 1) NMAS1 ASSET MANAGEMENT, SGIIC, S.A. Depositario: RBC INVESTOR SERVICES ESPAÑA, S.A. Auditor: DELOITTE,

Más detalles

INFORME DE ADMINISTRADORES JUSTIFICATIVO DE LA PROPUESTA DE ACUERDO DE AUTORIZACIÓN AL ÓRGANO DE ADMINISTRACIÓN DE RENTA CORPORACIÓN REAL ESTATE, S.

INFORME DE ADMINISTRADORES JUSTIFICATIVO DE LA PROPUESTA DE ACUERDO DE AUTORIZACIÓN AL ÓRGANO DE ADMINISTRACIÓN DE RENTA CORPORACIÓN REAL ESTATE, S. INFORME DE ADMINISTRADORES JUSTIFICATIVO DE LA PROPUESTA DE ACUERDO DE AUTORIZACIÓN AL ÓRGANO DE ADMINISTRACIÓN DE RENTA CORPORACIÓN REAL ESTATE, S.A. PARA LA EMISIÓN DE VALORES DE RENTA FIJA, SIMPLES,

Más detalles

EL IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO

EL IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO EL IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO 1. INTRODUCCIÓN Y NORMATIVA 2. ORIGEN DE LOS DATOS Y FUENTE DE INFORMACIÓN 3. PRINCIPALES CARACTERÍSTICAS DEL IMPUESTO 3.1. Características generales 3.2 La base imponible

Más detalles

PARA COMERCIANTES Y AUTÓNOMOS. INFORMACIÓN SOBRE TARJETAS DE CRÉDITO.

PARA COMERCIANTES Y AUTÓNOMOS. INFORMACIÓN SOBRE TARJETAS DE CRÉDITO. PARA COMERCIANTES Y AUTÓNOMOS. INFORMACIÓN SOBRE TARJETAS DE CRÉDITO. QUÉ DEBES SABER CUANDO ACEPTAS UNA TARJETA COMO FORMA DE PAGO EN TU ESTABLECIMIENTO? Hace ya muchos años que la mayoría de las microempresas

Más detalles

Productos Cotizados de Apalancamiento de BNP Paribas WARRANTS

Productos Cotizados de Apalancamiento de BNP Paribas WARRANTS Productos Cotizados de Apalancamiento de BNP Paribas WARRANTS En los últimos tiempos los Hedge Funds se han hecho muy famosos por sus capacidades de obtener rentabilidad sea cual sea la tendencia de mercado,

Más detalles

Ence Energía y Celulosa, S.A. R.M.M, h. 14.837. F.33. T.2.363 general y 1.720, secc. 3ª libro sociedades. N.I.F.: A-28212264

Ence Energía y Celulosa, S.A. R.M.M, h. 14.837. F.33. T.2.363 general y 1.720, secc. 3ª libro sociedades. N.I.F.: A-28212264 INFORME QUE FORMULA EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE ENCE ENERGÍA Y CELULOSA, S.A. EN RELACIÓN CON LA PROPUESTA DE AUTORIZACIÓN AL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN PARA EMITIR VALORES NEGOCIABLES DE RENTA FIJA

Más detalles

Renta 4 Cartera FI. Fondos de Inversión Renta 4. Fondo de Inversión Renta 4 Cartera Selección Dividendo FI

Renta 4 Cartera FI. Fondos de Inversión Renta 4. Fondo de Inversión Renta 4 Cartera Selección Dividendo FI Renta 4 Cartera FI Fondos de Inversión Renta 4 Fondo de Inversión Renta 4 Cartera Selección Dividendo FI Indice ESTRUCTURA DEL FONDO POLITICA DE GESTION PROCESO DE GESTION ESTADISTICA / PERFORMANCE POR

Más detalles

fondos de inversión qué cómo cuándo dónde por qué y otras preguntas de int rés

fondos de inversión qué cómo cuándo dónde por qué y otras preguntas de int rés fondos de inversión qué cómo cuándo dónde por qué y otras preguntas de int rés índice 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 Qué es un fondo de inversión? Cuáles son los tipos de fondos de inversión? Es una buena

Más detalles

Manual básico de gestión económica de las Asociaciones

Manual básico de gestión económica de las Asociaciones Manual básico de gestión económica de las Asociaciones El control económico de una Asociación se puede ver desde dos perspectivas: Necesidades internas de información económica para: * Toma de decisiones

Más detalles

IE UNIVERSIDAD REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS TÍTULOS DE GRADO JULIO 2013*

IE UNIVERSIDAD REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS TÍTULOS DE GRADO JULIO 2013* IE UNIVERSIDAD REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS TÍTULOS DE GRADO JULIO 2013* * Revisión aprobada por el Comité Rectoral del 16 de junio de 2014 ÍNDICE PREÁMBULO I. TÍTULO

Más detalles

FONDO FONCAIXA RENTA FIJA DOLAR, FI 600 6 1,175% 0,125%

FONDO FONCAIXA RENTA FIJA DOLAR, FI 600 6 1,175% 0,125% Apreciado partícipe: Apreciada partícipe: Barcelona, 8 de febrero de 2013 Nombre_primer Nombre_segundo DOMICILIO COD Nos complace ponernos en contacto con Usted, como partícipe de fondos de inversión gestionados

Más detalles

POLITICA DE INVERSIONES, CATEGORIAS Y VALORACIÓN EN ESPAÑA. Antonio Moreno - CNMV España

POLITICA DE INVERSIONES, CATEGORIAS Y VALORACIÓN EN ESPAÑA. Antonio Moreno - CNMV España POLITICA DE INVERSIONES, CATEGORIAS Y VALORACIÓN EN ESPAÑA. Antonio Moreno - CNMV España Montevideo Noviembre 2013 Introducción Esquema: La política de inversión como elemento clave del folleto y de la

Más detalles

FOLLETO INFORMATIVO DE TARIFAS MÁXIMAS EN OPERACIONES Y SERVICIOS DEL MERCADO DE VALORES INDICE

FOLLETO INFORMATIVO DE TARIFAS MÁXIMAS EN OPERACIONES Y SERVICIOS DEL MERCADO DE VALORES INDICE INDICE Capitulo Contenido. Operaciones de intermediación en mercados. Custodia y administración de valores. Gestión de carteras. Asesoramiento en materia de inversión. Operaciones de Deuda Pública Española.

Más detalles

TÍTULO IV REGLAMENTO PARA OPERACIONES DE REPORTO DE LOS VALORES OBJETO DE REPORTO, DE LAS OPERACIONES DE REPORTO Y DE LAS OBLIGACIONES

TÍTULO IV REGLAMENTO PARA OPERACIONES DE REPORTO DE LOS VALORES OBJETO DE REPORTO, DE LAS OPERACIONES DE REPORTO Y DE LAS OBLIGACIONES AUTORIDAD DE SUPERVISIÓN DEL SISTEMA FINANCIERO TÍTULO IV REGLAMENTO PARA OPERACIONES DE REPORTO TABLA DE CONTENIDO Capítulo I: DISPOSICIONES GENERALES Pág. Sección 1: Disposiciones Generales 1/3 : DE

Más detalles

UBS (ES) ALPHA SELECT HEDGE FUND, IICIICIL (EN LIQUIDACION)

UBS (ES) ALPHA SELECT HEDGE FUND, IICIICIL (EN LIQUIDACION) UBS (ES) ALPHA SELECT HEDGE FUND, IICIICIL (EN LIQUIDACION) Nº Registro CNMV: 12 Informe Semestral del Segundo Semestre 2014 Gestora: 1) UBS GESTION, S.G.I.I.C., S.A. Depositario: UBS BANK, S.A. Auditor:

Más detalles

Ley 35/2006 arts 7-v, 25-3-a, DA 3, DT 14, RD 1775/2004 art. 15, RD 439/2007 art. 17

Ley 35/2006 arts 7-v, 25-3-a, DA 3, DT 14, RD 1775/2004 art. 15, RD 439/2007 art. 17 Jurisdicción: Vía administrativa Consulta vinculante. Seguro. Tributos Estatales. Órgano SG DE OPERACIONES FINANCIERAS Fecha-salida 30/05/2007 Normativa Ley 35/2006 arts 7-v, 25-3-a, DA 3, DT 14, RD 1775/2004

Más detalles

i) Vida residual de los préstamos.

i) Vida residual de los préstamos. i) Vida residual de los préstamos. El siguiente cuadro muestra la distribución de los préstamos hipotecarios, en función de la vida residual de los mismos, en los siguientes intervalos expresados en meses.

Más detalles

NOTA TÉCNICA DERECHO DE SEPARACIÓN DEL SOCIO EN CASO DE FALTA DE DISTRIBUCIÓN DE DIVIDENDOS.

NOTA TÉCNICA DERECHO DE SEPARACIÓN DEL SOCIO EN CASO DE FALTA DE DISTRIBUCIÓN DE DIVIDENDOS. MERCANTIL DERECHO DE SEPARACIÓN DEL SOCIO POR NO DISTRIBUCIÓN DE DIVIDENDOS Al encontrarnos dentro del periodo de aprobación de cuentas anuales, hemos considerado conveniente recordar que, desde el 2 de

Más detalles

INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA PARA CLIENTES [V5-2012]

INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA PARA CLIENTES [V5-2012] INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA PARA CLIENTES [V5-2012] CLASIFICACIÓN DE LOS CLIENTES Banco Finantia Sofinloc (en adelante el Banco), ha procedido a clasificar a cada uno de los clientes de acuerdo con los

Más detalles

DOCUMENTO DE DATOS FUNDAMENTALES DEL PLAN DE PENSIONES KUTXABANK PLUS 8

DOCUMENTO DE DATOS FUNDAMENTALES DEL PLAN DE PENSIONES KUTXABANK PLUS 8 DOCUMENTO DE DATOS FUNDAMENTALES DEL PLAN DE PENSIONES KUTXABANK PLUS 8 1. Indicador de Riesgo del plan de pensiones.

Más detalles

COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS RECOMENDACIÓN DE LA COMISIÓN

COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS RECOMENDACIÓN DE LA COMISIÓN ES ES ES COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS Bruselas, 30.4.2009 C(2009) 3177 RECOMENDACIÓN DE LA COMISIÓN que complementa las Recomendaciones 2004/913/CE y 2005/162/CE en lo que atañe al sistema de remuneración

Más detalles

EL MERCADO DE DIVISAS

EL MERCADO DE DIVISAS EL MERCADO DE DIVISAS FINANCIACIÓN INTERNACIONAL 1 CIA 1 DIVISAS: Concepto y Clases La divisa se puede definir como toda unidad de cuenta legalmente vigente en otro país. El tipo de cambio es el precio

Más detalles

Política de Salvaguarda de Instrumentos Financieros

Política de Salvaguarda de Instrumentos Financieros Enero 2016 Política de Salvaguarda de Instrumentos Financieros Para cumplir con los objetivos de protección al cliente que la normativa española establece en el artículo 193 del Real Decreto Legislativo

Más detalles

Dos meses después, en la fecha de vencimiento del Warrant, suponemos que Telefónica ha subido y se ha revalorizado hasta los 16 euros.

Dos meses después, en la fecha de vencimiento del Warrant, suponemos que Telefónica ha subido y se ha revalorizado hasta los 16 euros. 1. Cómo funcionan los Warrants La inversión en Warrants puede tener como finalidad: La Inversión, o toma de posiciones basada en las expectativas que tenga el inversor acerca del comportamiento futuro

Más detalles

Norma 1ª. Adaptación del contenido de la norma 20.3 de la Circular sobre discrepancias en requisito de solvencia de las contrapartes.

Norma 1ª. Adaptación del contenido de la norma 20.3 de la Circular sobre discrepancias en requisito de solvencia de las contrapartes. PROYECTO DE CIRCULAR CIRCULAR XX/2012, DE XX DE XXXX, DE LA COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES, QUE MODIFICA LA CIRCULAR 6/2010, DE 21 DE DICIEMBRE, DE LA COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES,

Más detalles

Bancaja Europa Financiero, F.I.

Bancaja Europa Financiero, F.I. Bancaja Europa Financiero, F.I. Constituido con fecha 06-04-1999 e inscrito en el Registro de la CNMV con fecha 04-05-1999 y nº 1801 Fondos de Inversión Folleto simplificado I) Personas que asumen la responsabilidad

Más detalles

NORMATIVA APLICABLE A DETERMINADAS SOCIEDADES MERCANTILES, ENTIDADES Y ENTES PÚBLICOS, FUNDACIONES Y CONSORCIOS

NORMATIVA APLICABLE A DETERMINADAS SOCIEDADES MERCANTILES, ENTIDADES Y ENTES PÚBLICOS, FUNDACIONES Y CONSORCIOS NORMATIVA APLICABLE A DETERMINADAS SOCIEDADES MERCANTILES, ENTIDADES Y ENTES PÚBLICOS, FUNDACIONES Y CONSORCIOS Decreto 13/2007, de 14 de febrero, por el que se establece la documentación que determinadas

Más detalles

I. RATIOS DE SOLVENCIA

I. RATIOS DE SOLVENCIA I. Se entiende por solvencia la capacidad financiera (capacidad de pago) de la empresa para cumplir sus obligaciones de pago tanto a corto como a largo plazo. Para que una empresa cuente con solvencia

Más detalles

Modificación del Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones 01/08/2014

Modificación del Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones 01/08/2014 Plan de Pensiones de Segurcaixa Adeslas 31.- Guía Resumen CREACIÓN Y ACTUALIZACIONES FECHA VERSIÓN NATURALEZA DEL CAMBIO Nº PAG. 10/10/2014 01 Actualización 8 Pág.:2/8 1 2 El viernes 1 de agosto 2014,

Más detalles

SEGURFONDO INVERSION FII (EN LIQUIDACION) INFORME DEL TERCER TRIMESTRE DE 2015. Nº Registro CNMV: 002

SEGURFONDO INVERSION FII (EN LIQUIDACION) INFORME DEL TERCER TRIMESTRE DE 2015. Nº Registro CNMV: 002 SEGURFONDO INVERSION FII (EN LIQUIDACION) INFORME DEL TERCER TRIMESTRE DE 215 Nº Registro CNMV: 2 Informe Trimestral del Tercer Trimestre del Año 215 Gestora: INVERSEGUROS GESTION, SA SGIIC Depositario:

Más detalles

7. TARIFAS MÁXIMAS EN OPERACIONES Y SERVICIOS DEL MERCADO DE VALORES

7. TARIFAS MÁXIMAS EN OPERACIONES Y SERVICIOS DEL MERCADO DE VALORES Epígrafe 7. Página 1 7. TARIFAS MÁXIMAS EN OPERACIONES Y SERVICIOS DEL MERCADO DE VALORES IDENTIFICACIÓN DE LA ENTIDAD Denominación: BANCO PASTOR, S.A. Domicilio Social: C/ CANTÓN PEQUEÑO, 1-15003 A CORUÑA

Más detalles

NOTICIAS Y NOVEDADES

NOTICIAS Y NOVEDADES PRODUCTOS FINANCIEROS Y NIVEL DE RIESGO Proyecto de Orden Ministerial sobre obligaciones de información y clasificación de productos financieros El Ministerio de Economía y Competitividad remitió, a mediados

Más detalles

A. CIFRAS SIGNIFICATIVAS

A. CIFRAS SIGNIFICATIVAS A. CIFRAS SIGNIFICATIVAS A continuación se muestran el Estado Consolidado de Situación Financiera y el Estado Consolidado del Resultado correspondientes al periodo finalizado el 30 de septiembre de 2011.

Más detalles

TEST DE IDONEIDAD BORRADOR.

TEST DE IDONEIDAD BORRADOR. TEST DE IDONEIDAD BORRADOR. 31 de Octubre de 2007 Introducción Uno de los principales cambios que incorpora la MiFID y su normativa de desarrollo para las entidades incluidas en su ámbito de aplicación,

Más detalles

REGLAMENTO DE GESTIÓN FONCAIXA DINERO 12, F.I.A.M.M.

REGLAMENTO DE GESTIÓN FONCAIXA DINERO 12, F.I.A.M.M. REGLAMENTO DE GESTIÓN FONCAIXA DINERO 12, F.I.A.M.M. - 1 - CAPITULO I. DATOS GENERALES Artículo 1.- Artículo 2.- Artículo 3.- Denominación y régimen jurídico. Objeto. Duración. CAPITULO II. LA SOCIEDAD

Más detalles

Principios generales para invertir PLANES DE PENSIONES

Principios generales para invertir PLANES DE PENSIONES Principios generales para invertir PLANES DE PENSIONES 03 Categorías & Riesgos de Planes de Pensiones 04 Aportaciones 05 Tipos de Aportaciones 06 Rescate & Prestaciones 07 Traspasos & Comisiones Qué es

Más detalles

MANUAL FONDOS DE INVERSION. Cuarta EDICION, revisada y actualizada con los últimos cambios fiscales*

MANUAL FONDOS DE INVERSION. Cuarta EDICION, revisada y actualizada con los últimos cambios fiscales* MANUAL DE FONDOS DE INVERSION Cuarta EDICION, revisada y actualizada con los últimos cambios fiscales* La actualización y revisión de esta cuarta edición del Manual de Fondos de Inversión ha corrido a

Más detalles

INFORME DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE PROSEGUR COMPAÑÍA DE SEGURIDAD, S.A

INFORME DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE PROSEGUR COMPAÑÍA DE SEGURIDAD, S.A INFORME DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE PROSEGUR COMPAÑÍA DE SEGURIDAD, S.A. EN RELACIÓN CON LA PROPUESTA DE MODIFICACIÓN ESTATUTARIA A QUE SE REFIERE EL PUNTO CUARTO DEL ORDEN DEL DÍA DE LA JUNTA GENERAL

Más detalles

COMISIÓN DE AUDITORÍA Y CONTROL DE CAIXABANK, S.A.

COMISIÓN DE AUDITORÍA Y CONTROL DE CAIXABANK, S.A. COMISIÓN DE AUDITORÍA Y CONTROL DE CAIXABANK, S.A. INFORME ANUAL DE SEGUIMIENTO DEL EJERCICIO 2014 RELATIVO AL CUMPLIMIENTO DEL PROTOCOLO INTERNO DE RELACIONES (EL INFORME ) 1. Introducción Desde el 1

Más detalles

Principios generales para invertir FONDOS DE INVERSIÓN

Principios generales para invertir FONDOS DE INVERSIÓN Principios generales para invertir FONDOS DE INVERSIÓN 02 Funcionamiento de los Fondos 04 Tipos de Fondos 05 Comisiones en los Fondos 06 Riesgo de los Fondos 07 Fiscalidad de los Fondos Qué es un Fondo?

Más detalles

BONUS CAP, UN EXTRA PARA SU INVERSIÓN. Asegure el precio de venta de un activo, incluso en un mercado moderadamente bajista

BONUS CAP, UN EXTRA PARA SU INVERSIÓN. Asegure el precio de venta de un activo, incluso en un mercado moderadamente bajista PRODUCTOS COTIZADOS BONUS CAP, UN EXTRA PARA SU INVERSIÓN Asegure el precio de venta de un activo, incluso en un mercado moderadamente bajista 900 20 40 60 www.sgbolsa.es Una alternativa a la inversión

Más detalles

Modificaciones Reglamentación Fondos de Inversión Colectiva (antes Carteras Colectivas) Decreto 1242 de 2013

Modificaciones Reglamentación Fondos de Inversión Colectiva (antes Carteras Colectivas) Decreto 1242 de 2013 Modificaciones Reglamentación Fondos de Inversión Colectiva (antes Carteras Colectivas) Decreto 1242 de 2013 Cronología Reglamentación Los portafolios de inversión administrados por las sociedades fiduciarias

Más detalles

FOLLETO INFORMATIVO DE TARIFAS MÁXIMAS EN OPERACIONES Y SERVICIOS DEL MERCADO DE VALORES INDICE

FOLLETO INFORMATIVO DE TARIFAS MÁXIMAS EN OPERACIONES Y SERVICIOS DEL MERCADO DE VALORES INDICE UNICORP PATRIMONIO, SOCIEDAD, S.A. INDICE Capitulo Contenido. Operaciones de intermediación en mercados. Custodia y administración de valores. Gestión de carteras. Asesoramiento en materia de inversión.

Más detalles

SICAV SOCIEDAD DE INVERSIÓN DE CAPITAL VARIABLE

SICAV SOCIEDAD DE INVERSIÓN DE CAPITAL VARIABLE SICAV SICAV SOCIEDAD DE INVERSIÓN DE CAPITAL VARIABLE Qué es una SICAV? Las sociedades de inversión son aquellas instituciones de inversión colectiva que adoptan la forma de sociedad anónima y cuyo objeto

Más detalles

NIFBdM C-7 OTRAS INVERSIONES PERMANENTES

NIFBdM C-7 OTRAS INVERSIONES PERMANENTES NIFBdM C-7 OTRAS INVERSIONES PERMANENTES OBJETIVO Establecer los criterios de valuación, presentación y revelación para el reconocimiento inicial y posterior de las otras inversiones permanentes del Banco.

Más detalles

FOLLETO INFORMATIVO DE TARIFAS MÁXIMAS EN OPERACIONES Y SERVICIOS DEL MERCADO DE VALORES INDICE

FOLLETO INFORMATIVO DE TARIFAS MÁXIMAS EN OPERACIONES Y SERVICIOS DEL MERCADO DE VALORES INDICE INDICE Capitulo Contenido. Operaciones de intermediación en mercados. Custodia y administración de valores. Gestión de carteras. Asesoramiento en materia de inversión * Los importes del presente folleto

Más detalles

Comunidad Autónoma de la Región de Murcia

Comunidad Autónoma de la Región de Murcia Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en la Región de Murcia en materia de Tributos Cedidos, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 5 de

Más detalles

Comentarios al Real Decreto 1619/2012 por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación realizados por el REAF

Comentarios al Real Decreto 1619/2012 por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación realizados por el REAF Comentarios al Real Decreto 1619/2012 por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación realizados por el REAF 0. Introducción Esta norma, de aplicación a partir

Más detalles

Nos ponemos una vez más en contacto con Vdes. para informarle sobre las novedades en el ámbito fiscal que afectarán al ejercicio 2013

Nos ponemos una vez más en contacto con Vdes. para informarle sobre las novedades en el ámbito fiscal que afectarán al ejercicio 2013 Gijón, a 3 de enero de 2013 Estimado cliente: Nos ponemos una vez más en contacto con Vdes. para informarle sobre las novedades en el ámbito fiscal que afectarán al ejercicio 2013 En el Boletín Oficial

Más detalles

7. FINANZAS Y ACTIVIDAD MERCANTIL

7. FINANZAS Y ACTIVIDAD MERCANTIL 7. FINANZAS Y ACTIVIDAD MERCANTIL Conceptos Banco de España. Entidad control del sistema bancario, que asume dos tipos de funciones: asesoramiento e instrumentación de la política monetaria y crediticia,

Más detalles

I. DISPOSICIONES GENERALES

I. DISPOSICIONES GENERALES POLÍTICA DE CLASIFICACIÓN DE CLIENTES I. DISPOSICIONES GENERALES 1.1. El propósito de esta Política de Clasificación de Clientes de DELTASTOCK es establecer normas internas para la clasificación de los

Más detalles

CAJA ESPAÑA DE INVERSIONES, CAJA DE AHORROS Y MONTE DE PIEDAD

CAJA ESPAÑA DE INVERSIONES, CAJA DE AHORROS Y MONTE DE PIEDAD TRIPTICO-RESUMEN DEL FOLLETO INFORMATIVO COMPLETO CAJA ESPAÑA DE INVERSIONES, SOCIEDAD DE PARTICIPACIONES PREFERENTES, S.A., SOCIEDAD UNIPERSONAL EMISIÓN DE PARTICIPACIONES PREFERENTES SERIE C Por importe

Más detalles

Las razones financieras ayudan a determinar las relaciones existentes entre diferentes rubros de los estados financieros

Las razones financieras ayudan a determinar las relaciones existentes entre diferentes rubros de los estados financieros Razones financieras Uno de los métodos más útiles y más comunes dentro del análisis financiero es el conocido como método de razones financieras, también conocido como método de razones simples. Este método

Más detalles

CAPÍTULO 1: INTRODUCCIÓN. Todas las personas sabemos que la gran mayoría de las actividades humanas conllevan lo

CAPÍTULO 1: INTRODUCCIÓN. Todas las personas sabemos que la gran mayoría de las actividades humanas conllevan lo CAPÍTULO 1: INTRODUCCIÓN 1.1. Planteamiento del problema Todas las personas sabemos que la gran mayoría de las actividades humanas conllevan lo que conocemos como riesgo, pero qué es en realidad el riesgo?,

Más detalles

IDENTIFICACIÓN DE LA ENTIDAD

IDENTIFICACIÓN DE LA ENTIDAD EPÍGRAFE 8 Página 1 de 11 IDENTIFICACIÓN DE LA ENTIDAD DENOMINACIÓN: Caixa de Crédit dels Enginyers-Caja de Crédito de los Ingenieros, S. Coop. de Crédito. DOMICILIO SOCIAL: Via Laietana, 39 08003 Barcelona

Más detalles

MANUAL de SICAV y FONDOS de INVERSION EXTRANJEROS

MANUAL de SICAV y FONDOS de INVERSION EXTRANJEROS MANUAL de SICAV y FONDOS de INVERSION EXTRANJEROS Mar Barrero Muñoz es licenciada en Ciencias de la Información por la Universidad Complutense y máster en Información Económica. Redactora del semanario

Más detalles

FOLLETO INFORMATIVO DE TARIFAS MÁXIMAS EN OPERACIONES Y SERVICIOS DEL MERCADO DE VALORES INDICE

FOLLETO INFORMATIVO DE TARIFAS MÁXIMAS EN OPERACIONES Y SERVICIOS DEL MERCADO DE VALORES INDICE INDICE Capitulo Contenido. Operaciones de intermediación en mercados. Custodia y administración de valores. Operaciones de Deuda Pública Española. Servicios prestados diversos * Los importes del presente

Más detalles

TEMA 6. LA INVERSIÓN COLECTIVA O COMO COMPARTIR LA INVERSIÓN CON OTROS: LOS FONDOS Y LAS SOCIEDADES DE INVERSIÓN

TEMA 6. LA INVERSIÓN COLECTIVA O COMO COMPARTIR LA INVERSIÓN CON OTROS: LOS FONDOS Y LAS SOCIEDADES DE INVERSIÓN TEMA 6. LA INVERSIÓN COLECTIVA O COMO COMPARTIR LA INVERSIÓN CON OTROS: LOS FONDOS Y LAS SOCIEDADES DE INVERSIÓN 6.1 Cuáles son las características de la inversión colectiva?. 6.2 Qué tipos de inversiones

Más detalles

CARTERA FONDOS NUNCA PIERDE

CARTERA FONDOS NUNCA PIERDE CARTERA FONDOS NUNCA PIERDE INTRODUCCIÓN CARTERA DE FONDOS ANÁLISIS DE LA INVERSIÓN Se crea una cartera de inversión en base a INTRODUCCIÓN Perfil inversor: MUY CONSERVADOR Objetivo: NO PERDER EN NINGÚN

Más detalles

EL SISTEMA FINANCIERO: MERCADOS, INSTITUCIONES E INSTRUMENTOS (MATERIAL DE CLASE)

EL SISTEMA FINANCIERO: MERCADOS, INSTITUCIONES E INSTRUMENTOS (MATERIAL DE CLASE) 6. EL SISTEMA FINANCIERO: MERCADOS, INSTITUCIONES E INSTRUMENTOS (MATERIAL DE CLASE) ETEA/ 2 EL SISTEMA FINANCIERO: MERCADOS, INSTITUCIONES E INSTRUMENTOS 0. TÉRMINOS MÁS USUALES 1. CONCEPTO 2. CARACTERÍSTICAS

Más detalles