CONDICIONES GENERALES DE APERTURA DE CUENTA A LA VISTA ELECTRONICA.
|
|
- Julio Casado Márquez
- hace 8 años
- Vistas:
Transcripción
1 CONDICIONES GENERALES DE APERTURA DE CUENTA A LA VISTA ELECTRONICA. 1. Las Cuentas Vista Electrónicas abiertas por el Banco tendrán una duración indefinida y se regirán por las Normas e Instrucciones emanadas del Banco Central de Chile y por aquellas contenidas en la Recopilación Actualizada de Normas impartidas por la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, sus modificaciones posteriores, la Ley de Protección a los Derechos del Consumidor y por las demás disposiciones legales y reglamentarias actualmente vigentes sobre la materia o que se dicten en el futuro, las que se entenderán automáticamente incorporadas al presente instrumento, para todos los efectos legales. Los dineros depositados en esta cuenta serán en moneda nacional (pesos chilenos) y no devengarán intereses ni reajuste alguno y tendrán el carácter de depósito a la vista. 2. La Cuenta Vista Electrónica podrá ser operada mediante una tarjeta magnetizada que se entregará al Cliente, a través de la red de cajeros automáticos del Banco y/o de cualquier empresa que opere redes de cajeros automáticos o procese tarjetas magnetizadas siempre que el Banco se asocie o afilie a ella. El Cliente podrá solicitar tarjetas adicionales, bajo su exclusiva responsabilidad. Además podrá realizar depósitos en la Cuenta Vista Electrónica, en efectivo o con documentos, por cualquiera de los mecanismos que se establezcan. 3. Los depósitos que no consistan en dinero efectivo y que se hagan en la Cuenta Vista Electrónica, especialmente los realizados por medio de cheques, vales a la vista u otros instrumentos mercantiles depositables, sean éstos girados en contra del mismo Banco o de otras instituciones y sin distinción de cuál sea el lugar de su pago, no constituirán fondos disponibles para el Titular, sino una vez efectuado el cobro de estos documentos e instrumentos por el Banco. Mientras el cobro no se haya realizado, el abono que efectúe el Banco en la cuenta del Titular por el valor de esos documentos tendrá sólo el carácter de condicional y el Titular de la cuenta no podrá girar con cargo a los depósitos efectuados en esta forma, salvo que el Banco autorice previamente tales giros de una manera expresa. No obstante, lo anterior tratándose de transferencias electrónicas, es decir, aquellas operaciones realizadas por medios electrónicos que originen cargos o abonos de dinero en cuentas, tales como: traspasos automatizados de fondos efectuados por un Cliente de una cuenta a otra; órdenes de pago para abonar cuentas de terceros (proveedores, empleados, accionistas, etc.); utilización de tarjetas de débito en puntos de venta; recaudaciones mediante cargos a cuentas corrientes (impuestos, imposiciones previsionales, servicios, etc.); giros de dinero mediante cajeros automáticos, etc., y que comprenden las descritas y cualquier otra operación que se efectúe por aquellos medios, en que un Usuario habilitado para ello instruye o ejecuta movimientos de dinero en una o más cuentas, se aplicará lo dispuesto en el del Capítulo atingente a ellas de la Recopilación Actualizada de Normas. En el evento que los cheques u otros documentos recibidos en depósito no sean pagados por los librados u obligados, el Banco quedará autorizado para dejar sin efecto el respectivo abono condicional, mediante el correspondiente débito en la Cuenta Vista Electrónica del Titular por el valor de los cheques y documentos no pagados y en todo caso, y aunque el endoso
2 sea en comisión de cobranza, el Banco podrá retener los documentos no pagados, si la Cuenta Vista Electrónica tuviere saldo deudor, una vez rebajados los fondos disponibles. A mayor abundamiento, y sin perjuicio de los derechos que al Banco confiere el artículo 29 de la ley , el Titular confiere poder al Banco para el cobro judicial y extrajudicial de los cheques y documentos contra los terceros que pudieren estar obligados a su pago, con facultad de delegar y conferir poder para el cobro judicial a un abogado habilitado para el ejercicio profesional, todo ello para los efectos que el Banco se reembolse los créditos producidos a su favor. 4. El Banco queda autorizado para abonar en la Cuenta Vista Electrónica del Titular el valor o producto de los documentos descontados o en cobranza, así como cualquier otra acreencia que tenga el Titular con el Banco. 5. Si el Titular fuere declarado en quiebra, todos los abonos que se hayan efectuado en su Cuenta Vista Electrónica, producto de descuentos o préstamos de cualquier naturaleza, quedarán de inmediato sin efecto. El Banco asentará la correspondiente contrapartida y podrá retener los documentos representativos de créditos siempre que la cuenta quede con saldo deudor, a fin de obtener el pago de dichas deudas. 6. El Banco queda facultado para debitar en la Cuenta Vista Electrónica del Titular, el valor de cualquier obligación y/o documento que no fuere pagado a su vencimiento, como también el valor de los documentos de que el Banco fuere beneficiario, tenedor o endosatario, en garantía, avalados o afianzados por el Titular o a cuyo pago éste estuviere obligado solidariamente a cualquier otro título, cuando tales documentos no hubieren sido pagados en el término legal por el aceptante, suscriptor u otro cualquiera obligado a su pago. Lo mismo podrá hacerse con los costos de cobranza judicial y extrajudicial y con los intereses, comisiones e impuestos y con cualquiera otra deuda vigente o vencida que el Titular tuviere para con el Banco, o cualquier pago o gasto que el Banco realice en interés o por cuenta del Titular. Igualmente, el Banco queda facultado para debitar en la Cuenta Vista Electrónica del Titular los desembolsos por instrucciones de pago enviadas u ordenadas por el Cliente por cualquier medio electrónico, telefónico, computacional y/o aquellos operados a distancia. La facultad establecida en esta cláusula a favor del Banco se entenderá vigente incluso si la Cuenta Vista se cierra, en cuyo caso los cobros afectarán el saldo que pudiere existir a favor del Titular. El Titular queda obligado a dar su aceptación en la copia de cargo interna del Banco, a todo débito que le sea efectuado en su Cuenta Vista Electrónica; pero aún sin este requisito, esos cargos se entenderán aceptados por él si no fueran objetados dentro del plazo de 30 días contados desde la fecha en que se efectuó el cargo respectivo, o desde la fecha de la comunicación por la que el Banco le informe sobre el movimiento de su cuenta, cualquiera de los dos hechos que ocurriere primero. 7. El Banco podrá establecer y cobrar comisiones por mantención y manejo de la Cuenta Vista Electrónica con arreglo a la legislación vigente y sus modificaciones posteriores, quedando facultado para variar esas comisiones en la forma que éste determine. El Titular declara conocer y aceptar el Anexo Tarifario que se adjunta por manejo de Cuenta Vista Electrónica vigente a esta fecha. De igual modo, el Banco informará la correspondiente
3 tarifa en los estados de cuenta que periódicamente envíe al Titular o en un volante anexo a dichos estados. Igualmente, el Banco deberá dar a conocer las tarifas mediante avisos colocados en sus locales de atención al público, como también en su sitio web. Toda modificación que el Banco decida implantar al régimen de comisiones, y que impliquen aumentos de costos, serán comunicadas al Cliente, con 2 meses de anticipación a la fecha en que comiencen a operar. Cualquier aumento de las comisiones deberá contar con el consentimiento del Cliente para ser aplicado. En todo caso, si el Cliente manifestare su rechazo al nuevo sistema tarifario, tendrá la facultad de poner término al respectivo contrato en forma inmediata. Este aviso de término no tendrá costo alguno para el cliente, sin perjuicio de las deudas que este último mantenga con el Banco. Si fuere el Banco el que ejerciere ese derecho, la terminación se producirá una vez transcurridos dos meses contados desde la fecha que se comunique al Cliente la decisión de cierre. Igualmente, si el Cliente no manifestare su consentimiento en forma expresa y no hiciera uso del respectivo producto en el plazo de al menos dos meses contados desde la fecha de inicio del nuevo sistema tarifario, las partes tendrán derecho de poner término al contrato en forma inmediata informando a la otra parte por escrito. Este aviso de término no tendrá costo alguno para el cliente, sin perjuicio de las deudas que este último mantenga con el Banco. El Banco deberá informar por escrito a cada Cliente, a lo menos una vez al año de las comisiones cobradas mensualmente por cada servicio que haya utilizado. 8. El Cliente se obliga a mantener fondos disponibles en la Cuenta Vista Electrónica a fin de que el Banco efectúe los cobros y cargos que se señalan en el párrafo precedente. El no cumplimiento de esta obligación por parte del Cliente faculta al Banco para proceder al inmediato cierre de la Cuenta Vista Electrónica, de acuerdo a lo establecido en el punto 11 siguiente. 9. Los comprobantes que el Banco entregue al interesado como constancia de los depósitos hechos por él en la Cuenta Vista Electrónica quedan sujeta a las presentes condiciones generales y no surtirán ningún efecto legal si no llevan el timbre de caja y la firma de los empleados autorizados para tal efecto. 10. En el evento que el Cliente abra más de una Cuenta Vista Electrónica, el conjunto de ellas se considerará como una sola para los efectos de su conclusión, liquidación y demás fines generales, sin perjuicio de la facultad del Banco para aplicar a cada una de las cuentas que sean deudoras los intereses convenidos. 11. El Banco y el Cliente podrán unilateralmente y conforme lo establecido en la normativa vigente, cerrar de inmediato y en cualquier época la Cuenta Vista Electrónica. El Cliente lo podrá hacer entregando un aviso por escrito al Banco que manifieste su intención de cerrar la Cuenta. Este aviso de término no tendrá costo alguno para el cliente, sin perjuicio de las deudas que este último mantenga con el Banco. Por su parte, el Banco lo podrá hacer dando aviso previo y por escrito al cliente con a lo menos 3 días hábiles de anticipación al cierre, si el Cliente infringiera cualquier norma legal, reglamentaria o convencional aplicable al contrato de Cuenta Vista Electrónica: si hiciera mal uso, en cualquier forma de su Cuenta Vista; si dejare de pagar en tiempo y forma cualquier obligación que tuviere para con el Banco, no importando su naturaleza, título o
4 causa; si el Banco estima conveniente hacerlo de acuerdo a su política sobre Cuentas Vistas. 12. Cerrada la Cuenta Vista Electrónica por cualquier causa, los fondos que se encuentren depositados en ella, estarán a disposición del Cliente, a partir del día hábil bancario siguiente a la fecha de restitución de la (s) tarjeta (s) magnetizada (s). Dichos fondos se pagarán por su valor nominal, cualquiera sea la fecha de su cobro y no devengarán intereses, ni reajustes de ninguna clase. 13. El Cliente libera al Banco y a sus empleados de toda responsabilidad que pudiera afectarle con motivo o por causa de errores u omisiones de cualquier clase ajenos a la voluntad del Banco y que se puedan producir en el movimiento de su Cuenta Vista Electrónica, ya sea que las omisiones o errores provengan del Banco, de sus sistemas computacionales o de terceros, pero ajenos totalmente a la institución. Al efecto, faculta al Banco para que proceda a debitar los abonos o a reversar los movimientos erróneos efectuados en su Cuenta Vista Electrónica, así como los provenientes de devoluciones extemporáneas de documentos depositados. Los errores u omisiones en que se incurra con ocasión del llenado de los comprobantes de depósito u otros documentos de la Cuenta Vista Electrónica, por el Cliente o un tercero, serán de exclusiva responsabilidad del cliente. 14. El Cliente es el único responsable por el uso de la (s) Tarjeta (s) que el Banco le proporcione, ya sea esta (s) de uso del Titular o adicionales que haya solicitado. Se deja constancia que la (s) referida (s) tarjeta (s) es (son) de propiedad del Banco. Asimismo, el Cliente se obliga a grabar su número secreto personal en la tarjeta magnetizada que se le entregue en la primera oportunidad que utilice algún cajero automático. El Cliente responderá de todo retiro que se efectúe a través de los cajeros automáticos usando la tarjeta magnetizada (Titular o adicionales) y su número secreto, aceptando desde ya los cargos que por este concepto se efectúen en la cuenta, por el sólo hecho de encontrarse registrados dichos retiros en los cajeros automáticos con su número de Cuenta Vista Electrónica. 15. En caso de extravío, hurto o falsificación, mal uso o cualquiera otra circunstancia que afecte a la (s) tarjeta (s) magnetizada (s), (Titular o adicionales), el Cliente deberá dar aviso de inmediato al Banco en cualquiera de sus Oficinas y por cualquiera de los medios permanentes que el Banco disponga al efecto, asumiendo expresamente, desde ya, la plena responsabilidad por perjuicios ocasionados al Banco o a terceros, por cualquiera de tales eventos, sea que ellos provengan de su hecho o culpa o de caso fortuito o de fuerza mayor, liberando al Banco de responsabilidad. Cesará la responsabilidad del Cliente desde el momento que el Banco reciba el correspondiente aviso por cualquiera de los medios permanentes que este haya puesto a disposición del Titular para tales efectos. 16. Si el Titular ha otorgado u otorgare mandato a terceros para que actúen en su representación ante el Banco, las modificaciones, revocaciones o renuncias de los mandatos otorgados por aquél no le afectarán al Banco mientras éste no reciba la correspondiente comunicación escrita del Titular, y no haya transcurrido un plazo
5 prudencial para tomar debida nota de ella, por las distintas secciones u oficinas, y aún cuando se haya publicado, anotado o inscrito legalmente. 17. La cuenta terminará por fallecimiento, interdicción, demencia, quiebra o cualquier otro suceso legal que prive al Titular de la libre administración de sus bienes. En caso de fallecimiento del titular, las obligaciones para con el Banco se considerarán activa y pasivamente indivisibles para sus herederos, los cuales deberán actuar a través de un representante común. 18. Producida la muerte del Titular de una Cuenta Vista Electrónica, el Banco suspenderá la devolución de los fondos existentes en la cuenta, hasta que la sucesión haya dado cumplimiento a las disposiciones contenidas en la Ley , Ley de Impuesto a las Herencias, Asignaciones y Donaciones.
CONVENIO PRESTACIÓN DE SERVICIOS MEDIANTE CANALES DE AUTOSERVICIO ( Personas Naturales )
CONVENIO PRESTACIÓN DE SERVICIOS MEDIANTE CANALES DE AUTOSERVICIO ( Personas Naturales ) En..., a......, entre CORP BANCA, Rol Unico Tributario Nº 97.023.000-9, representado por don..., cédula nacional
Más detallesREGISTRO CUENTA DE AHORRO. Nombre Completo (Nombres, Apellido Paterno, Apellido Materno):
BANCOESTADO REGISTRO CUENTA DE AHORRO Antecedentes del Cliente: Fecha Solicitud: RUT: Fecha Nacimiento: Nombre Completo (Nombres, Apellido Paterno, Apellido Materno): Domicilio en el exterior (Calle N
Más detallesI. GENERALIDADES II. ENTIDADES AUTORIZADAS PARA EMITIR U OPERAR SISTEMAS DE TARJETAS DE CREDITO
COMPENDIO DE NORMAS FINACIERAS DEL BANCO CENTRAL CAPITULO III.J.1-1. NORMAS FINANCIERAS. ACUERDO Nº 363-04-940721 ( Circular Nº 3013-204) SOBRE EMISION U OPERACION DE TARJETAS DE CREDITO I. GENERALIDADES
Más detallesCONDICIONES COMUNES AL CONTRATO PARA OPERAR A TRAVÉS DE CAJEROS AUTOMÁTICOS Y DEMÁS MEDIOS ELECTRÓNICOS O SISTEMAS BANCARIOS AUTOMATIZADOS Y REMOTOS
CONDICIONES COMUNES AL CONTRATO PARA OPERAR A TRAVÉS DE CAJEROS AUTOMÁTICOS Y DEMÁS MEDIOS ELECTRÓNICOS O SISTEMAS BANCARIOS AUTOMATIZADOS Y REMOTOS Por este acto, el Banco Santander Chile, en adelante
Más detallesCapítulo I: Contrato de Cuenta(s) Corriente(s)
CONTRATO ÚNICO DE PRODUCTOS PERSONA NATURAL Y PERSONA NATURAL CON GIRO Por este acto, el Banco Santander Chile, en adelante también El Banco, representado por su(s) apoderado(s) que firma(n) al final del
Más detalles8.- Tabla de desarrollo de los mutuos.
Capítulo 8-4 Pág. 4 8.- Tabla de desarrollo de los mutuos. Las instituciones acreedoras deberán protocolizar en una Notaría las tablas de desarrollo de los mutuos hipotecarios de que se trata y dejar constancia,
Más detallesCONDICIONES GENERALES DE APERTURA CUENTAS A LA VISTA BBVA LINK
CONDICIONES GENERALES DE APERTURA CUENTAS A LA VISTA BBVA LINK Las cuentas de depósito a la Vista denominadas BBVA LINK que se contraten en Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Chile, en adelante el Banco
Más detallesCONTRATO DE OPERACIONES Y SERVICIOS BANCARIOS CUENTA CORRIENTE PERSONA JURÍDICA
Fecha de Afiliación NOMBRES/RAZÓN SOCIAL Número Cuenta Corriente Banco Oficina Cuenta D.C. DOC. IDENTIDAD/RUC: DOMICILIO: PERSONA: MONEDA: MODALIDAD DE FIRMAS: CONTRATO DE OPERACIONES Y SERVICIOS BANCARIOS
Más detallesCONTRATO DE SUSCRIPCIÓN DE CUOTAS FONDO MUTUO CORP DEUDA LATAM SERIE
CONTRATO DE SUSCRIPCIÓN DE CUOTAS FONDO MUTUO CORP DEUDA LATAM SERIE Fecha Hora A. IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES. 1. Información Relativa a la Administradora. - Razón Social: Corpbanca Administradora General
Más detallesFecha de Afiliación. Número Cuenta Corriente NOMBRES/RAZÓN SOCIAL DOC. IDENTIDAD/RUC: DOMICILIO: PERSONA: MONEDA: MODALIDAD DE FIRMAS: M0201
Fecha de Afiliación NOMBRES/RAZÓN SOCIAL Número Cuenta Corriente BancoOficina Cuenta D.C. DOC. IDENTIDAD/RUC: DOMICILIO: PERSONA: MONEDA: MODALIDAD DE FIRMAS: CONTRATO DE OPERACIONES Y SERVICIOS BANCARIOS
Más detallesREGLAMENTO SUPERPUNTOS (Vigente a partir de 1 de Septiembre de 2005)
REGLAMENTO SUPERPUNTOS (Vigente a partir de 1 de Septiembre de 2005) 1. DESCRIPCION DEL PROGRAMA SUPERPUNTOS SUPERPUNTOS es un Programa de acumulación de puntaje (denominados superpuntos ) y otorgamiento
Más detallesCONDICIONES COMUNES AL CONTRATO DE CUENTA CORRIENTE. (Personas Naturales)
CONDICIONES COMUNES AL CONTRATO DE CUENTA CORRIENTE (Personas Naturales) Por este acto, el Banco Santander Chile, en adelante también el Banco, representado por su(s) apoderado(s) que firma(n) al final
Más detallesCAPITULO X TITULO DE CRÉDITO HIPOTECARIO NEGOCIABLE
CAPITULO X TITULO DE CRÉDITO HIPOTECARIO NEGOCIABLE Una de las novedades que nos trae la nueva Ley General del Sistema Financiero son precisamente los Títulos de Crédito Hipotecario Negociable, al que
Más detallesCómo abrir Mi Cuenta Corriente?
Cómo abrir Mi Qué es una cuenta corriente bancaria? Es un contrato entre un banco y una persona, en el que el cliente se compromete a depositar dinero en la cuenta y el banco a cumplir sus órdenes de pago
Más detallesCOOPERATIVA ALIANZA LTDA
PAGARE EN BLANCO Pagare No _ Valor _ Fecha de vencimiento _ Yo (Nosotros) _ nos obligamos a pagar solidariamente, incondicional e indivisible a la orden de COOPERATIVA ALIANZA LTDA o a quien sus derechos
Más detallesCONTRATO DE SUSCRIPCION DE CUOTAS FONDO MUTUO BICE MASTER. Fecha Hora. Código Agente N Confirmatorio
CONTRATO DE SUSCRIPCION DE CUOTAS FONDO MUTUO BICE MASTER Fecha Hora Código Agente N Confirmatorio Nombre Agente Por este acto el Partícipe hace entrega de la suma de para ser invertida en cuotas del FONDO
Más detallesBANCO CENTRAL DE RESERVA DEL PERÚ
CIRCULAR No. 004-2003-EF/90 Lima, 19 de febrero del 2003 Ref.: Medios de pago distintos al dinero en efectivo Con la finalidad de contar con estadísticas de los medios de pago distintos al dinero en efectivo
Más detallesCONTRATO DE OPERACIONES Y SERVICIOS BANCARIOS CUENTA CORRIENTE PERSONA NATURAL
Fecha de Afiliación NOMBRES/RAZÓN SOCIAL Número Cuenta Corriente Banco Oficina Cuenta D.C. DOC. IDENTIDAD/RUC: DOMICILIO: PERSONA: MONEDA: MODALIDAD DE FIRMAS: CONTRATO DE OPERACIONES Y SERVICIOS BANCARIOS
Más detallesLo que necesito saber de mi Cuenta Corriente
Lo que necesito saber de mi Cuenta Corriente Informativo cuenta corriente bancaria (persona natural) Cómo abrir Mi Cuenta Corriente? 1 2 3 Qué es una cuenta corriente bancaria? Es un contrato entre un
Más detallesLo que necesito saber de mi Cuenta Corriente
Lo que necesito saber de mi Cuenta Corriente Informativo cuenta corriente bancaria (persona natural) Cómo abrir Mi Qué es una cuenta corriente bancaria? Es un contrato entre un banco y una persona, en
Más detallesLo que necesito saber de mi Cuenta Corriente
Lo que necesito saber de mi Cuenta Corriente Informativo cuenta corriente bancaria (persona natural) Cómo abrir Mi Cuenta Corriente? 1 Qué es una cuenta corriente bancaria? Es un contrato entre un banco
Más detallesFolleto Explicativo Tarjeta de Débito
Folleto Explicativo Tarjeta de Débito Estimado Tarjetahabiente: Banco Promerica de Costa Rica, S.A. le brinda todos los beneficios que usted espera encontrar en una Tarjeta de Débito. En este folleto explicativo
Más detallesTRANSFERENCIA ELECTRONICA DE INFORMACION Y FONDOS. 1.- Aplicación de las presentes normas.
CAPITULO 1-7 (Bancos y Financieras) MATERIA: TRANSFERENCIA ELECTRONICA DE INFORMACION Y FONDOS. 1.- Aplicación de las presentes normas. Las presentes normas se refieren a la prestación de servicios bancarios
Más detalles2. Retención aplicable a los depósitos constituidos mediante documentos en cobro.
Hoja 1 CAPÍTULO 3-1 VALORES EN COBRO 1. Valores en cobro. Para los efectos de estas normas, se entiende por "valores en cobro" los importes aún no percibidos de los documentos cuyo pago los bancos deben
Más detallesUniversidad Diego Portales Condiciones Generales de Matrícula. Matrícula Alumnos Nuevos Año Académico 2012
Universidad Diego Portales Condiciones Generales de Matrícula Matrícula Alumnos Nuevos Año Académico 2012 El ingreso del alumno a la Universidad Diego Portales, en adelante LA UNIVERSIDAD, se formaliza
Más detallesCUENTA DE AHORRO VOLUNTARIO
CUENTA DE AHORRO VOLUNTARIO Qué es una Cuenta de Ahorro Voluntario (CAV)? Es una cuenta independiente y distinta de las Cuentas de Capitalización Individual, que el afiliado puede abrir en forma voluntaria
Más detallesCapítulo III. Contrato de Ahorro Previsional Voluntario Colectivo
Compendio de Normas del Sistema de Pensiones 1 Libro II, Título IV Regulación conjunta de los Depósitos de Ahorro Previsional Voluntario Colectivo Capítulo III. Contrato de Ahorro Previsional Voluntario
Más detallesInformativo Legal. Qué es una Cuenta de Ahorro Voluntario (CAV)? Qué requisitos se exigen para abrir una. Cuenta de Ahorro Voluntario
14 Cuenta de Ahorro Voluntario Qué es una Cuenta de Ahorro Voluntario (CAV)? Es una cuenta independiente y distinta de las Cuentas de Capitalización Individual que el afiliado puede abrir en forma voluntaria
Más detallesSolicitud de apertura de Cuenta Corriente Pesos Chilenos ANTECEDENTES PERSONALES. Domicilio Comercial: Teléfono :
Nombre o Razón Social : Solicitud de apertura de Cuenta Corriente Pesos Chilenos ANTECEDENTES PERSONALES RUT N : Actividad : Domicilio Particular: Teléfono : Domicilio Comercial: Teléfono : Nacionalidad
Más detallesCONTRATO DE SUSCRIPCIÓN DE CUOTAS FONDO MUTUO SANTANDER MONETARIO SANTANDER ASSET MANAGEMENT S.A. ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS. N Confirmatorio.
CONTRATO DE SUSCRIPCIÓN DE CUOTAS FONDO MUTUO SANTANDER MONETARIO SANTANDER ASSET MANAGEMENT S.A. ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS Nº. Fecha. Hora. Código Agente. N Confirmatorio. Nombre Agente. Por este
Más detallesCONTRATO DE SUSCRIPCION DE CUOTAS FONDO MUTUO BICE BENEFICIO. Fecha Hora. Código Agente N Confirmatorio
CONTRATO DE SUSCRIPCION DE CUOTAS FONDO MUTUO BICE BENEFICIO Fecha Hora Código Agente N Confirmatorio Nombre Agente Por este acto el Partícipe hace entrega de la suma de para ser invertida en cuotas del
Más detallesHoja Resumen CONTRATO DE CUENTA VISTA BBVA LINK PLUS
Hoja Resumen CONTRATO DE CUENTA VISTA BBVA LINK PLUS Cliente Titular. Fecha. Producto Principal Cuenta Vista Tarjeta de Débito Operaciones a Distancia Comisiones Concepto Monto Periodicidad Cartola Física
Más detalles/ vivibancogt VIVIBANCO, S.A. REGLAMENTO DE CUENTAS DE DEPÓSITOS DE AHORRO
/ vivibancogt VIVIBANCO, S.A. REGLAMENTO DE CUENTAS DE DEPÓSITOS DE AHORRO VIVIBANCO, S.A. REGLAMENTO DE CUENTAS DE DEPÓSITOS DE AHORRO Artículo 1. Régimen legal. Las cuentas de depósitos de ahorro que
Más detallesREGLAMENTO DE RIPLEY PUNTOS
REGLAMENTO DE RIPLEY PUNTOS Ripley Puntos es un programa diseñado por Ripley Compañía de Financiamiento ( Ripley ) para fidelizar a sus clientes, otorgándoles incentivos por su preferencia y frecuencia
Más detallesPUBLICACIONES EN EL BOLETIN DE INFORMACIONES COMERCIALES. I.- ENVIO DE INFORMACION AL BOLETIN DE INFORMA- CIONES COMERCIALES.
CAPITULO 20-6 (Bancos y Financieras) MATERIA: PUBLICACIONES EN EL BOLETIN DE INFORMACIONES COMERCIALES. I.- ENVIO DE INFORMACION AL BOLETIN DE INFORMA- CIONES COMERCIALES. 1.- Envío de nómina de cheques
Más detallesOFERTA PÚBLICA CONDICIONES PARTICULARES DE LA CUENTA CORRIENTE CON INTERESES CALCULADOS SOBRE SALDOS DIARIOS DE BANCRECER, S.A BANCO DE DESARROLLO
OFERTA PÚBLICA CONDICIONES PARTICULARES DE LA CUENTA CORRIENTE CON INTERESES CALCULADOS SOBRE SALDOS DIARIOS DE BANCRECER, S.A BANCO DE DESARROLLO Yo, MIRYAM ELIZABETH BEDOYA, peruana, casada, mayor de
Más detallesContrato de Plan de. Personas Naturales
Contrato de Plan de Servicios Financieros Personas Naturales RESUMEN DE CONTRATO Estimado Cliente: Junto con darle una cordial bienvenida al Banco Santander, queremos informarle algunos puntos del Contrato
Más detallesBASES Y CONDICIONES PROGRAMA ITAPUNTOS
BASES Y CONDICIONES PROGRAMA ITAPUNTOS El presente documento describe los términos y condiciones generales de adhesión al Programa PUNTOS. Cualquier cliente que desee acceder a los beneficios del programa
Más detallesCONDICIONES COMUNES AL CONTRATO DE PLAN DE SERVICIOS FINANCIEROS
CONDICIONES COMUNES AL CONTRATO DE PLAN DE SERVICIOS FINANCIEROS Por este acto, el Banco Santander Chile, en adelante también el Banco, representado por su(s) apoderado(s) que firma(n) al final del presente
Más detallesPAGARE EXPORTADORES (Dólares de los Estados Unidos de América)
PAGARE EXPORTADORES (Dólares de los Estados Unidos de América) D7 Debo y pagaré (Debemos y pagaremos) solidaria e incondicionalmente, el de del año a la orden de CORPBANCA, en su oficina de calle Nº de
Más detallesCONTRATO DE SUSCRIPCION DE CUOTAS FONDO MUTUO BICE INDEX. Fecha Hora. Código Agente N Confirmatorio
CONTRATO DE SUSCRIPCION DE CUOTAS FONDO MUTUO BICE INDEX Fecha Hora Código Agente N Confirmatorio Nombre Agente Por este acto el Partícipe hace entrega de la suma de para ser invertida en cuotas del FONDO
Más detallesOFERTA PÚBLICA CONDICIONES PARTICULARES DE LA CUENTA CORRIENTE SIN INTERESES DE BANCRECER, S.A. BANCO DE DESARROLLO
OFERTA PÚBLICA CONDICIONES PARTICULARES DE LA CUENTA CORRIENTE SIN INTERESES DE BANCRECER, S.A. BANCO DE DESARROLLO Yo, MIRYAM ELIZABETH BEDOYA, peruana, casada, mayor de edad, domiciliada en Caracas y
Más detallesCUENTAS DE AHORRO A PLAZO PARA FINES ESPECÍFICOS I. CUENTAS DE AHORRO A PLAZO PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR.
Hoja 1 CAPÍTULO 2-9 CUENTAS DE AHORRO A PLAZO PARA FINES ESPECÍFICOS I. CUENTAS DE AHORRO A PLAZO PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR. 1. Cuentas de Ahorro a Plazo para la Educación Superior. De conformidad con
Más detallesCONDICIONES CONTRACTUALES LINEA HOGAR PREPAGO
CONDICIONES CONTRACTUALES LINEA HOGAR PREPAGO 1. EL SERVICIO 1.1 Telefónica Chile S.A. (TCH) suministrará al Cliente, en modalidad de prepago, el Servicio Público Telefónico Local (el Servicio), que le
Más detalles2. Devolución al tomador del importe de un Vale Vista emitido a favor de un tercero.
Hoja 1 CAPÍTULO 2-6 DEPÓSITOS A LA VISTA I. VALES A LA VISTA. 1. Emisión de vales a la vista. Los vales a la vista o vales vista que emiten los bancos por cuenta de terceros, pueden originarse solamente
Más detallesTarjeta de Credito. campaña de la cultura financiera. www.sbs.gob.pe
www.sbs.gob.pe campaña de la cultura financiera Tarjeta de Credito Información para que tomes buenas decisiones con tu dinero INFORMATE SOBRE TUS DERECHOS CONSULTAS Y ORIENTACIÓN Plataforma de Atención
Más detallesCONTRATO DE LINEA DE CREDITO PARA CUENTA CORRIENTE (Personas Jurídicas y Naturales con Giro)
CONTRATO DE LINEA DE CREDITO PARA CUENTA CORRIENTE (Personas Jurídicas y Naturales con Giro) Entre CORPBANCA, sociedad del giro bancario, en adelante "el Banco", por una parte, y por la otra, "el Comitente",
Más detallesLEY N 20.572 (1) Reprogramación de Créditos Universitarios
LEY N 20.572 (1) Reprogramación de Créditos Universitarios Artículo primero.- Apruébase la siguiente ley de reprogramación de créditos universitarios: (2) Artículo 1º.- Los deudores de los Fondos Solidarios
Más detallesANEXO DE INVERSIÓN A PÓLIZA DE SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL Registro No. 01032011-1413-A-37-VIANVIIR 026
ANEXO DE INVERSIÓN A PÓLIZA DE SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL Registro No. 01032011-1413-A-37-VIANVIIR 026 METLIFE COLOMBIA SEGUROS DE VIDA S.A., QUE PARA EFECTOS DE ESTA PÓLIZA SE DENOMINA LA COMPAÑÍA, CON
Más detallesI. DISPOSICIONES GENERALES
POLÍTICA DE CLASIFICACIÓN DE CLIENTES I. DISPOSICIONES GENERALES 1.1. El propósito de esta Política de Clasificación de Clientes de DELTASTOCK es establecer normas internas para la clasificación de los
Más detallesSOLICITUD DE PRESTAMO Nº
SOLICITUD DE PRESTAMO Nº Fecha Recepción ( Completar con letra imprenta ) IDENTIFICACIÓN DEL SOCIO R.U.T. Nº APELLIDO PATERNO APELLIDO MATERNO NOMBRES DOMICILIO PARTICULAR (Calle, Nº, Depto., Villa o Población)
Más detallesPOLITICAS GENERALES ALTA DE CLIENTES
POLITICAS GENERALES Grupo Loma del Norte S.A de C.V. se reserva el derecho de modificar en cualquier momento: términos, precios, condiciones y descuentos en cualquier producto, así como en promociones,
Más detallesMANUAL DE TRATAMIENTO Y RESOLUCIÓN DE CONFLICTO DE INTERESES EN LA GESTIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE CARTERAS DE APV DE TERCEROS
MANUAL DE TRATAMIENTO Y RESOLUCIÓN DE CONFLICTO DE INTERESES EN LA GESTIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE CARTERAS DE APV DE TERCEROS CONSORCIO CORREDORES DE BOLSA S.A. ÍNDICE PÁGINA N INTRODUCCIÓN. DEFINICIONES.
Más detallesLey N 30308, Ley que modifica diversas normas para promover el financiamiento a través del Factoring y el descuento
Ley N 30308, Ley que modifica diversas normas para promover el financiamiento a través del Factoring y el descuento La Ley busca dar celeridad y seguridad jurídica a las operaciones crediticias para impulsar
Más detallesCONVENIO SOBRE OTORGAMIENTO DE GARANTIA BANCARIA
CONVENIO SOBRE OTORGAMIENTO DE GARANTIA BANCARIA Conste el presente documento, un Convenio para emisión de Garantía Bancaria, contenido al tenor de las siguientes cláusulas y estipulaciones: PRIMERA: COMPARECIENTES.-
Más detallesOFERTA PÚBLICA CONDICIONES PARTICULARES DE LA CUENTA CORRIENTE CUENTA GLOBAL REMUNERADA DEL BANCO DE VENEZUELA, S.A.
OFERTA PÚBLICA CONDICIONES PARTICULARES DE LA CUENTA CORRIENTE CUENTA GLOBAL REMUNERADA DEL BANCO DE VENEZUELA, S.A. BANCO UNIVERSAL Yo, MICHEL J. GOGUIKIAN, venezolano, mayor de edad, de este domicilio,
Más detallesBIENES RECIBIDOS O ADJUDICADOS EN PAGO DE OBLIGACIONES
Hoja 1 CAPÍTULO 10-1 BIENES RECIBIDOS O ADJUDICADOS EN PAGO DE OBLIGACIONES 1. Bienes que pueden recibirse o adjudicarse en pago de obligaciones. Conforme al N 5 del artículo 84 de la Ley General de Bancos,
Más detallesLos promedios antes señalados se determinarán considerando los saldos al cierre de cada uno de los días corridos del respectivo "período mensual".
Hoja 1 CAPÍTULO 4-1 ENCAJE Para el cumplimiento del encaje dispuesto en el Capítulo III.A.1 del Compendio de Normas Financieras del Banco Central de Chile, los bancos deberán atenerse a los siguientes
Más detallesREF. : RECONOCIMIENTO DE DEUDA PREVISIONAL Y PAGO ATRASADO DE COTIZACIONES PREVISIONALES POR INTERNET
CIRCULAR N 1423 VISTOS: Las facultades que confiere la ley a esta Superintendencia, se imparten las siguientes instrucciones de cumplimiento obligatorio para la Sociedad Administradora de Fondos de Cesantía.
Más detallesLey 19.083 (1) Establece normas sobre Reprogramación de deudas del Crédito Fiscal Universitario
Ley 19.083 (1) Establece normas sobre Reprogramación de deudas del Crédito Fiscal Universitario Artículo 1.- Los beneficiarios del crédito fiscal universitario establecido en el decreto con fuerza de ley
Más detallesSolicitud de apertura de Cuenta a la Vista. Razón Social Completa del Comitente:... Giro del Negocio:...
Pag.1 Solicitud de apertura de Cuenta a la Vista CUENTA A LA VISTA MONEDA EXTRANJERA Nro.... Santiago,...de...de 20... Razón Social Completa del Comitente:... Giro del Negocio:... :...N Ciudad:...Código
Más detallesREGLAMENTO DEL PLAN DE PROTECCION CONTRA ROBO Y FRAUDE DE LAS TARJETAS DE DEBITO DE BANCO LAFISE BANCENTRO
REGLAMENTO DEL PLAN DE PROTECCION CONTRA ROBO Y FRAUDE DE LAS TARJETAS DE DEBITO DE BANCO LAFISE BANCENTRO El presente Reglamento contiene las regulaciones del Servicio de Plan de Protección contra Robo
Más detallesBANCO INFORMACIÓN ADICIONAL ADJUNTA A LA CARTILLA DE INFORMACIÓN PRODUCTOS PASIVOS
BANCO INFORMACIÓN ADICIONAL ADJUNTA A LA CARTILLA DE INFORMACIÓN PRODUCTOS PASIVOS LA INFORMACIÓN SE PROPORCIONA CON ARREGLO A LA LEY 28587 Y AL REGLAMENTO DE TRANSPARENCIA DE INFORMACIÓN Y CONTRATACIÓN
Más detallesNo hay inconveniente legal para que dos o más personas abran una cuenta corriente conjunta en un banco.
Pág. 5 1.5.- Apertura de cuentas corrientes bipersonales o multipersonales. No hay inconveniente legal para que dos o más personas abran una cuenta corriente conjunta en un banco. En estas cuentas lo normal
Más detallesReglamento Cuenta BAC Objetivos
Reglamento Cuenta BAC Objetivos Reglamento, Requisitos Y Condiciones De La Cuenta De Ahorro Bac Objetivos Del Bac San José Primero: Objeto. El presente reglamento contiene las regulaciones del servicio
Más detallesIncorporada al Depósito de Pólizas bajo el código CAD 2 10 145
CLAUSULA DE AHORRO, ADICIONAL A: POLIZA DE SEGURO DE VIDA DE PROTECCION MULTIPLE REAJUSTABLE, COD. POL 2 91 046, POLIZA DE SEGURO DE VIDA DE PROTECCION FAMILIAR TEMPORAL FLEXIBLE, COD. POL 2 03 037 Incorporada
Más detallesCONDICIONES DEL CONTRATO DE FINANCIAMIENTO: MONTO A FINANCIAR:
CONDICIONES DEL CONTRATO DE FINANCIAMIENTO: MONTO A FINANCIAR: CLÁUSULA PRIMERA: EL PRESTATARIO que suscribe declara que ha recibido en este acto de MERCANTIL FINANCIADORA DE PRIMAS, C. A., en lo sucesivo
Más detallesCONTRATO DE OPERACIONES BANCARIAS PARA PERSONAS NATURALES
CONTRATO DE OPERACIONES BANCARIAS PARA PERSONAS NATURALES "PLAN CUENTA CORRIENTE BBVA" Entre Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Chile, en adelante el Banco, por una parte y por la otra el cliente, debidamente
Más detallesREGLAMENTO INTERNO DE FONDO MUTUO PENTA MONEY MARKET PESOS
REGLAMENTO INTERNO DE FONDO MUTUO PENTA MONEY MARKET PESOS A. CARACTERÍSTICAS DEL FONDO 1. Características generales Sociedad Administradora : PENTA ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS S.A. Tipo de fondo
Más detallesACUERDO PARA LA PRESTACIÓN Y UTILIZACIÓN DE SERVICIOS A TRAVÉS DE CANALES REMOTOS
ACUERDO PARA LA PRESTACIÓN Y UTILIZACIÓN DE SERVICIOS A TRAVÉS DE CANALES REMOTOS Entre Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Héroes, en adelante Los Héroes, RUT: 70.016.330-K, representada por
Más detallesCONTRATO MARCO PARA EL OTORGAMIENTO DE CARTAS FIANZAS
CONTRATO MARCO PARA EL OTORGAMIENTO DE CARTAS FIANZAS Conste que el presente documento privado denominado Contrato Marco para el Otorgamiento de Cartas Fianzas (EL CONTRATO) que celebran, de una parte
Más detallesPAGARE (Moneda Nacional No Reajustable Cuotas Desiguales)
PAGARE (Moneda Nacional No Reajustable Cuotas Desiguales) Debo y Pagaré (Debemos y Pagaremos) incondicionalmente a la orden de CORPBANCA, en su oficina de calle Nº comuna de la suma de pesos, moneda chilena,
Más detallesCAPITULO III LOS DEPÓSITOS DE AHORROS
CAPITULO III LOS DEPÓSITOS DE AHORROS Considerados en la Legislación Bancaria como depósitos irregulares de dinero que permiten conservar parte de los ingresos de las personas en previsión de necesidades
Más detallesBANCO CENTRAL DE RESERVA DEL PERÚ
CIRCULAR No.018-2007-BCRP Lima, 7 de setiembre de 2007 Ref.: Instrumentos y medios de pago distintos al dinero en efectivo La presente circular tiene la finalidad de mejorar la calidad de la información
Más detallesREGLAMENTO DE CERTIFICADOS DE DEPÓSITO A TÉRMINO DESMATERIALIZADOS LA HIPOTECARIA COMPAÑÍA DE FINANCIAMIENTO S.A. CAPÍTULO I - CLAUSULADO GENERAL
REGLAMENTO DE CERTIFICADOS DE DEPÓSITO A TÉRMINO DESMATERIALIZADOS LA HIPOTECARIA COMPAÑÍA DE FINANCIAMIENTO S.A. CAPÍTULO I - CLAUSULADO GENERAL El presente Reglamento rige las relaciones contractuales
Más detallesCONTRATO DE DEPÓSITO A PLAZO FIJO
CONTRATO DE DEPÓSITO A PLAZO FIJO Conste por el presente documento el CONTRATO DE DEPÓSITO A PLAZO FIJO, que celebran de una parte La Financiera Efectiva S.A., con RUC N 20441805960, con domicilio legal
Más detallesCONVENIO DE CRÉDITO PROVEEDOR COMPRADOR
CONVENIO DE CRÉDITO PROVEEDOR COMPRADOR Entre BANCOLOMBIA S.A., establecimiento bancario legalmente constituido con domicilio principal en Medellín, representado en este acto por, identificado con la cédula
Más detallesMANUAL DE TITULOS REPRESENTATIVOS DE FACTURAS BOLSA DE PRODUCTOS DE CHILE, BOLSA DE PRODUCTOS AGROPECUARIOS S. A.
MANUAL DE TITULOS REPRESENTATIVOS DE FACTURAS BOLSA DE PRODUCTOS DE CHILE, BOLSA DE PRODUCTOS AGROPECUARIOS S. A. MANUAL DE TITULOS REPRESENTATIVOS DE FACTURAS BOLSA DE PRODUCTOS DE CHILE, BOLSA DE PRODUCTOS
Más detallesCODIFICACION DE REGULACIONES DEL BANCO CENTRAL DEL ECUADOR LIBRO I POLITICA MONETARIA - CREDITICIA TÍTULO OCTAVO: SISTEMA NACIONAL DE PAGOS
CODIFICACION DE REGULACIONES DEL BANCO CENTRAL DEL ECUADOR LIBRO I POLITICA MONETARIA - CREDITICIA TÍTULO OCTAVO: SISTEMA NACIONAL DE PAGOS CAPÍTULO IX. DEL SISTEMA DE COBROS INTERBANCARIOS Sección I Definición
Más detallesCómo se hace para? Deben efectuar este trámite los sujetos o responsables del pago de los impuestos contemplados en la Ley.
EFECTUAR DECLARACIÓN Y PAGO DE IMPUESTO DE TIMBRES Y ESTAMPILLAS (Formulario N 24) Importante: esta información que entrega el Servicio de Impuestos Internos, es sólo una guía de apoyo para los contribuyentes.
Más detallesCONDICIONES GENERALES Y OPERACIONALES SERVICIOS BANCARIOS BCI
CONDICIONES GENERALES Y OPERACIONALES SERVICIOS BANCARIOS BCI CONDICIONES GENERALES Y OPERACIONALES SERVICIOS, BANCARIOS BCI PROTO- COLIZADAS CON FECHA 06 DE ENERO DE 2011 EN LA NOTARIA DE SANTIAGO DE
Más detallesP A G A R E. Debo y pagaré (debemos y pagaremos) a la orden de CORPBANCA, en su oficina de. Nº, Comuna de, el día de de 20, la suma de
P A G A R E Línea de Sobregiro Empresa y Persona Natural con Giro Debo y pagaré (debemos y pagaremos) a la orden de CORPBANCA, en su oficina de, de calle Nº, Comuna de, el día de de 20, la suma de pesos.
Más detallesADQUISICION Y ENAJENACION DE INSTRUMENTOS PARA LOS FONDOS DE PENSIONES,
CIRCULAR N 1347 VISTOS.: Las facultades que confiere la Ley a esta Superintendencia, se imparten las siguientes instrucciones de cumplimiento obligatorio, para todas las Administradoras de Fondos de Pensiones.
Más detallesREGLAMENTO GENERAL DE FONDOS ASSET ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS S.A. Capítulo Primero De la Sociedad Administradora
REGLAMENTO GENERAL DE FONDOS ASSET ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS S.A. Capítulo Primero De la Sociedad Administradora Artículo Primero. Asset Administradora General de Fondos S.A. (la Administradora
Más detallesCONDICIONES GENERALES Y OPERACIONALES SERVICIOS BANCARIOS BCI
CONDICIONES GENERALES Y OPERACIONALES SERVICIOS BANCARIOS BCI 1 CONDICIONES GENERALES Y OPERACIONALES SERVICIOS BANCARIOS BCI PROTOCOLIZADAS CON FECHA 28 DE AGOSTO DE 2006 BAJO EL NÚMERO 1560 EN LA NOTARIA
Más detallesCONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS
CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS En Santiago de Chile, entre Sistema Nacional de Comunicaciones Financieras S.A., RUT Nº 96.523.710-0, representada en este acto, según se acreditará, por su Gerente
Más detallesREGLAMENTO UNIVERSAL DE PRODUCTOS Y/O SERVICIOS FINANCIEROS TÍTULO SEGUNDO CLÁUSULAS ESPECIALES DE PRODUCTOS Y/O SERVICIOS FINANCIEROS
REGLAMENTO UNIVERSAL DE PRODUCTOS Y/O SERVICIOS FINANCIEROS TÍTULO SEGUNDO CLÁUSULAS ESPECIALES DE PRODUCTOS Y/O SERVICIOS FINANCIEROS CAPÍTULO QUINTO TARJETA DE CRÉDITO PRIMERA. OBJETO.- La Tarjeta de
Más detallesQué es el Fondo de Seguro de Depósito?
Qué es el Fondo de Seguro de Depósito? El FSD es una institución cuyo objetivo es proteger a los depositantes en caso la institución financiera miembro de FSD donde mantiene su depósitos quiebre. El Fondo
Más detallesBANCO CENTRAL DE RESERVA DEL PERÚ
CIRCULAR No. 019-2011-BCRP Créditos de Regulación Monetaria CONSIDERANDO: Que el Directorio de este Banco Central, en uso de la facultad que le es atribuida en los artículos 24, 58º y 59º de su Ley Orgánica,
Más detallesMéxico, D.F., a 13 de julio de 2007. A LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO:
Circular 6/2007 TEXTO COMPILADO DE LAS REGLAS A LAS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO RESPECTO DE LAS CUENTAS BÁSICAS DE NÓMINA Y PARA EL PÚBLICO EN GENERAL, A LAS QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO
Más detalles7.3.- Endoso de cheques nominativos.
Capítulo 2-2 Pág. 25 7.3.- Endoso de cheques nominativos. De acuerdo con la Ley, los cheques extendidos en forma nominativa sólo pueden ser endosados a un banco en comisión de cobranza. Cuando se trate
Más detallesNo se podrán constituir cuentas conjuntas o colectivas entre personas naturales y jurídicas.
1. DEPOSITOS A LA VISTA Características Dependiendo del número de titulares y de las firmas requeridas para la constitución y entrega de los fondos, las cuentas se pueden clasificar en individuales, conjuntas
Más detallesBASES Y CONDICIONES PROGRAMA TARJETA DE PUNTOS GRUPO TATA SUPERMERCADOS PROGRAMA DE FIDELIDAD
BASES Y CONDICIONES PROGRAMA TARJETA DE PUNTOS GRUPO TATA SUPERMERCADOS PROGRAMA DE FIDELIDAD 1. OBJETO DEL PROGRAMA 1.1 Con el propósito de beneficiar y premiar a nuestros clientes, TA-TA, MULTI AHORRO,
Más detallestema 1 1. LEGISLACIÓN MERCANTIL BÁSICA 1.1. Documentos físicos de cobro y pago contenido, características y ventajas A. El recibo
tema 1 Legislación mercantil básica La gestión de cobros en pequeños negocios o microempresas Fórmulas de reclamación de impagados 1. LEGISLACIÓN MERCANTIL BÁSICA 1.1. Documentos físicos de cobro y pago
Más detallesCONTRATO SUSCRIPCIÓN DE CUOTAS BCI ASSET MANAGEMENT ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS S.A. Fecha: Hora : Fondos S.A.
No. FOLIO CONTRATO SUSCRIPCIÓN DE CUOTAS BCI ASSET MANAGEMENT ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS S.A. Contrato de aporte para: FONDO MUTUO BCI DE PERSONAS Fecha Hora Razón Social Administradora R.U.T : 96.530.900-4
Más detallesCONTRATO AHORRO PROGRAMADO
CONTRATO AHORRO PROGRAMADO Conste por el presente documento un contrato de Ahorro Programado No, el mismo que se celebra al tenor de las siguientes cláusulas: 1.- COMPARECIENTES.- Comparecen, por una parte,
Más detallesREGLAMENTO GENERAL PROGRAMA DE PUNTOS REALES
REGLAMENTO GENERAL PROGRAMA DE PUNTOS REALES El presente Reglamento rige la relación entre CITI, (en adelante denominadas como LAS EMPRESAS ) y sus clientes respectivos en lo referente a la tarjeta de
Más detallesCIRCULAR 14/2011. I. Fomenten que un mayor segmento de la población tenga acceso a servicios bancarios;
CIRCULAR 14/2011 México, D.F., 17 de junio de 2011. A LAS INSTITUCIONES DE BANCA MÚLTIPLE: ASUNTO: MODIFICACIONES A LA CIRCULAR 2019/95 El Banco de México, con el objeto de continuar promoviendo el sano
Más detalles