Imagen 4. Fotografía de personal jubilado y pensionado

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "Imagen 4. Fotografía de personal jubilado y pensionado"

Transcripción

1 CAPITULO IV. PENSIONES Y JUBILACIONES La finalidad del Departamento de Pensiones y Jubilaciones es otorgar a los derechohabientes y familiares las prestaciones económicas y sociales que se establecen a partir del capítulo séptimo de la Ley 38 reformada vigente, las cuales se inician con la recepción de la solicitud para el trámite de constancia de tiempo cotizado, pago póstumo ordinario y extraordinario, ayuda de gastos de funeral, seguro de retiro y como principal actividad atender las solicitudes de pensión y jubilación de los derechohabientes. Imagen 4. Fotografía de personal jubilado y pensionado En el capítulo que anteriormente se citó, se enumeran los tipos de pensión que otorga el ISSSTESON a sus derechohabientes que cumplan con los requisitos que para cada caso establece la misma Ley 38 reformada vigente. En ese tenor se describen los requisitos para cada una de los tipos de pensiones: 37

2 A quién se otorga? 4.1 Jubilación Se otorga a los trabajadores que cumplen 30 años o más y las trabajadoras con 28 o más años cotizados al 30 de junio del 2005 recibirán sus jubilaciones con base en el último salario cotizado. En el caso de trabajadores que conforman las generaciones actuales, el tiempo cotizado requerido para jubilarse se modifica en los siguientes términos: En el caso de los trabajadores: Fuente: Departamento de pensiones y jubilaciones; Ley 38 reformada En el caso de las trabajadoras: Fuente: Departamento de pensiones y jubilaciones; Ley 38 reformada. 38

3 Los restantes trabajadores o trabajadoras con un número de años cotizados, recibirán su jubilación con base en el sueldo regulador ponderado (promedio de los últimos tres años) Pensión por vejez La pensión por vejez, se otorga a los trabajadores que habiendo cumplido 55 años de edad, tuviesen 15 años de servicio como mínimo e igual tiempo cotizado al Instituto Cesantía en edad avanzada Este tipo de pensión se otorga a los trabajadores que cumplen por lo menos con diez años de servicios e igual tiempo de cotizaciones, encontrarse en servicio activo y tener 60 años de edad mínimo Pensión por invalidez Procede conceder pensión por invalidez al trabajador que se inhabilite física o mentalmente por causas ajenas al trabajo y tenga un mínimo de 10 años de servicio e igual tiempo de cotizaciones al Instituto Pensión por viudez Procede conceder pensión por viudez, a la esposa supérstite o concubina acreditada legalmente del trabajador o pensionista que fallece, siempre que éste al momento del deceso, haya tenido un mínimo de 10 años de servicios e igual tiempo de cotización al Instituto. 39

4 4.1.5 Pensión por Orfandad Esta pensión se otorga a los hijos del trabajador o pensionista que fallece, habidos dentro o fuera del matrimonio menores de 18 años, siempre y cuando al momento del deceso, haya tenido un mínimo de 10 años de servicios e igual tiempo de cotización al Instituto Pensión por ascendencia Procede otorgar esta pensión a los padres del trabajador o pensionista que fallezca, siempre que falte un cónyuge, los hijos, la concubina y que hayan dependido económicamente del trabajador o pensionista durante los cinco años anteriores a su muerte; además de que el trabajador al momento del deceso, haya tenido un mínimo de 10 años de servicios igual tiempo de cotización Discapacitados mayores de edad Se otorga la pensión por orfandad a los hijos del trabajador o pensionista discapacitados mayores de edad que no pudieren mantenerse por su propio trabajo debido a una enfermedad duradera, defectos físicos o afectación psíquica, ya sean habidos dentro y fuera del matrimonio; el pago de la pensión se prorrogará por el tiempo que subsista su inhabilitación El trabajador que se le declare una incapacidad total y permanente, se le concederá la pensión igual al sueldo íntegro que venía disfrutando y sobre el cual hubiesen pagado las cuotas correspondientes, cualquiera que sea el tiempo que hubiese estado en funciones. 40

5 4.1.8 Pagos póstumos ordinario y extraordinario Se otorga a los beneficiarios de todo derechohabiente que haya cotizado para obtener dicha prestación al momento de su fallecimiento Ayuda para gastos de funeral Al fallecer un pensionado o jubilado, el Instituto entregará a sus herederos legítimos o a las personas que se hubiesen hecho cargo de la inhumación, el importe de siete veces el salario mínimo general mensual en la capital del Estado de Sonora Seguro de retiro I.- Se otorga al trabajador con 30 años de servicio y 15 años de contribución al Instituto, que causen baja del servicio; la suma será 2.6 veces el salario mínimo general mensual vigente. II.- A los trabajadores con 15 años o más de servicios e igual tiempo de aportaciones al Instituto y que cumplan con 55 años de edad que causen baja definitiva del servicio; la suma será la que resulte de aplicar a la cantidad de 2.6 veces el salario mínimo según los años de servicio el porcentaje que le corresponda. III.- A los trabajadores que causen baja del servicio por incapacidad o invalidez total y permanente: a) Tratándose de accidentes o enfermedades profesionales, la suma será igual que en la fracción I. b) Tratándose de invalidez por causas ajenas al servicio, la suma será igual que en la fracción II, sin tomar en cuenta la edad. 41

6 4.2 Documentos Requeridos Jubilación Acta de nacimiento original o copia certificada por Oficial del Registro Civil. Hoja de servicios actualizada. (No aplica para trabajadores de la educación en el Estado) Pensión por vejez 55 años de edad y mínimo 15 años cotizados. Acta de nacimiento original o copia certificada. Hoja de servicios actualizada Cesantía por edad avanzada 60 años de edad, ser activo y 10 años de cotizaciones Acta de nacimiento original o copia certificada. Hoja de servicios actualizada Pensión por invalidez Acta de nacimiento original o copia certificada. Hoja de Servicios Actualizada. 42

7 Dictamen de valoración médica expedida por el Departamento de Salud Ocupacional del ISSSTESON Pensión por viudez Acta de matrimonio original o documento legal que acredite el concubinato. Acta de defunción original o copia certificada. Acta de Nacimiento original o copia certificada de la interesada. Hoja de servicios actualizada. (requisito no indispensable si es pensionado) 10 años cotizados, si al momento de fallecer era trabajador activo. Con cualquier tiempo cotizado si fue accidente de trabajo y dictamen médico que lo certifique Pensión por orfandad Acta de nacimiento original o copia certificada de los menores. Hoja de servicios actualizada. (requisito no indispensable si es pensionado) Constancia de Estudios. 10 años cotizados, si al momento de fallecer era trabajador activo. Con cualquier tiempo cotizado si fue accidente de trabajo y dictamen médico que lo certifique Pensión por ascendencia Acta de nacimiento original o copia certificada de los interesados. 43

8 Hoja de servicios actualizada. (requisito no indispensable si es pensionado) 10 años cotizados, si al momento de fallecer era trabajador activo. Con cualquier tiempo cotizado si fue accidente de trabajo y dictamen médico que lo certifique. Acreditar dependencia económica por lo menos de los últimos 5 años Discapacitados mayores de edad Acta de nacimiento original o copia certificada del hijo discapacitado. Hoja de servicios actualizada. (requisito no indispensable si es pensionado) 10 años cotizados, si al momento de fallecer era trabajador activo. Con cualquier tiempo cotizado si fue accidente de trabajo y dictamen médico que lo certifique. Valoración médica que certifique la incapacidad Pensión por accidente de trabajo o enfermedad profesional Llenar formato de solicitud Dictamen médico que certifique la invalidez por accidente de trabajo o enfermedad profesional. Acta de nacimiento original o copia certificada. Hoja de Servicios Actualizada Pagos póstumos ordinarios y extraordinarios Cédula Testamentaria. Llenar formato de solicitud de pago póstumo. Credencial de afiliación. 44

9 Último talón de cheque del pensionado fallecido Ayuda para gastos de funeral Factura de Gastos de Funeral. Llenar formato de Ayuda de Gastos de Funeral Seguro de retiro Firmar el recibo para el trámite de la prestación. 45

Pensiones y Jubilaciones

Pensiones y Jubilaciones Pensiones y Jubilaciones Jubilación La jubilación se le otorga al trabajador o trabajadora que cuenta con los tiempos de servicio establecidos por Isssteson (hombres 30 años, mujeres 28 años). Tres últimos

Más detalles

REGLAMENTO DE PENSIONES Y JUBILACIONES PARA LOS TRABAJADORES DEL MUNICIPIO DE URIANGATO, GUANAJUATO. Capítulo I Disposiciones Generales.

REGLAMENTO DE PENSIONES Y JUBILACIONES PARA LOS TRABAJADORES DEL MUNICIPIO DE URIANGATO, GUANAJUATO. Capítulo I Disposiciones Generales. Reglamento publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato, en fecha 31 de diciembre del 2012; entrando en vigor a partir del 4 de enero del 2013, en atención al artículo único

Más detalles

Plan de Pensiones del Banco de México

Plan de Pensiones del Banco de México Plan de Pensiones del Banco de México Seminario Internacional de Pensiones ISSEG, Noviembre 2015 Plan de Pensiones del Banco de México El sistema de pensiones del Banco de México es suplementario (adicional)

Más detalles

Comentarios ISSSTE. Ley del. www.medigraphic.com. a la LAS PENSIONES. Prof. Juan Felipe Hernández Reza* AAPAUNAM Informa

Comentarios ISSSTE. Ley del. www.medigraphic.com. a la LAS PENSIONES. Prof. Juan Felipe Hernández Reza* AAPAUNAM Informa AAPAUNAM Informa Comentarios a la Ley del ISSSTE Prof. Juan Felipe Hernández Reza* LAS PENSIONES a Pensión de los trabajadores es uno de los aspectos fundamentales de la Seguridad Social, ya que L hace

Más detalles

Accidentes o enfermedades no profesionales que le impidan al trabajador continuar desempeñando su labor.

Accidentes o enfermedades no profesionales que le impidan al trabajador continuar desempeñando su labor. Qué es el Seguro de Invalidez y Vida? Este Seguro se refiere a la protección del trabajador ante la presencia de situaciones contingentes durante la trayectoria laboral activa que provoquen la pérdida

Más detalles

Análisis del Régimen de Pensiones y Jubilaciones para el Estado de Baja California Por: Lic. Juan Meneses Jiménez

Análisis del Régimen de Pensiones y Jubilaciones para el Estado de Baja California Por: Lic. Juan Meneses Jiménez Análisis del Régimen de Pensiones y Jubilaciones para el Estado de Baja California Por: Lic. Juan Meneses Jiménez Director de Estudios de Administración Pública Mexicali, B.C., a 25 de marzo del 2014 1

Más detalles

Retiro Cesantía en edad avanzada y Vejez RCV

Retiro Cesantía en edad avanzada y Vejez RCV PENSIONES ISSSTE Retiro Cesantía en edad avanzada y Vejez RCV Existe Cesantía cuando el Trabajador queda privado de trabajo remunerado a partir de los sesenta años de edad o al cumplir 65 años de edad

Más detalles

Reformas a la Ley del ISSSTE. Act. Daniel Peregrino Gómez.

Reformas a la Ley del ISSSTE. Act. Daniel Peregrino Gómez. Reformas a la Ley del ISSSTE. Act. Daniel Peregrino Gómez. Temario Puntos destacados en la reforma. Comparativo con la Ley del IMSS. Efectos en el Sector Asegurador y AFORE. Mesa de discusión. Puntos destacados

Más detalles

Determinación del monto de pensión, de una incapacidad permanente total, producida por un accidente de trabajo.

Determinación del monto de pensión, de una incapacidad permanente total, producida por un accidente de trabajo. CASO PRÁCTICO 1 Determinación del monto de pensión, de una incapacidad permanente total, producida por un accidente de trabajo. El Sr. Juan López Garcia, sufre un accidente de trabajo, que le produce una

Más detalles

Qué es una AFORE? Cómo opera una AFORE? Cuáles son las funciones principales de la AFORE? Qué es una SIEFORE? A dónde irán los recursos de SAR?

Qué es una AFORE? Cómo opera una AFORE? Cuáles son las funciones principales de la AFORE? Qué es una SIEFORE? A dónde irán los recursos de SAR? Qué es una AFORE? Las AFORES son las Administradoras de Fondos para el Retiro, y se crearon para la administración del ahorro para el futuro de millones de trabajadores del país, dichas instituciones están

Más detalles

PENSIONES DEL SEGURO OBLIGATORIO DE VEJEZ E INVALIDEZ (SOVI)

PENSIONES DEL SEGURO OBLIGATORIO DE VEJEZ E INVALIDEZ (SOVI) PENSIONES DEL SEGURO OBLIGATORIO DE VEJEZ E INVALIDEZ (SOVI) El SOVI es un régimen residual que se aplica a aquellos trabajadores y sus derechohabientes que, reuniendo los requisitos exigidos por la legislación

Más detalles

PENSIONES Y JUBILACIONES

PENSIONES Y JUBILACIONES PENSIONES Y JUBILACIONES I N T R O D U C C I Ó N En la oficina de Pensiones y jubilaciones se realizan los siguientes tramites: JUBILACIONES Y PENSIONES(Por años de servicio, por edad y tiempo, por cesantía

Más detalles

Publicado en el Periódico Oficial No. 25, de fecha 10 de septiembre de 1984, Tomo XCI. CAPITULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES

Publicado en el Periódico Oficial No. 25, de fecha 10 de septiembre de 1984, Tomo XCI. CAPITULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE PENSIONES A LOS ASEGURADOS DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL GOBIERNO Y MUNICIPIOS DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA Publicado en el

Más detalles

Los requisitos para tener derecho a una Incapacidad Permanente:

Los requisitos para tener derecho a una Incapacidad Permanente: La pensión por Incapacidad Permanente Total se otorga al asegurado que sufre un accidente o enfermedad en ejercicio o con motivo de su trabajo y esto le ocasiona la pérdida de sus facultades, aptitudes

Más detalles

TÍTULO VII DE LOS BENEFICIARIOS Y BENEFICIOS

TÍTULO VII DE LOS BENEFICIARIOS Y BENEFICIOS TÍTULO VII DE LOS BENEFICIARIOS Y BENEFICIOS DE LOS BENEFICIARIOS Artículo 19.-Será necesario que el socio esté al corriente en todos sus pagos de aportaciones y adeudos al Fideicomiso para que pueda recibir

Más detalles

REGIMENDE ASIGNACIONESFAMILIARES

REGIMENDE ASIGNACIONESFAMILIARES DE LA NACION REGIMENDE ASIGNACIONESFAMILIARES m Se instituye, con carácter nacional y obligatorio, y sujeto a las disposiciones de la presente ley, un régimen de asignaciones familiares basado en: a) Un

Más detalles

Caso práctico: Pensión de invalidez Quién la obtiene y cómo calcularla?

Caso práctico: Pensión de invalidez Quién la obtiene y cómo calcularla? Caso práctico: Pensión de invalidez Quién la obtiene y cómo calcularla? L. D. Thania Grecia Galicia Martagon Dpto. de Capacitación tgalicia@vlex.com www.vlex.com Caso práctico: Pensión de invalidez Quién

Más detalles

La Discapacidad y Seguridad Social en Chile

La Discapacidad y Seguridad Social en Chile La Discapacidad y Seguridad Social en Chile En nuestro país, de acuerdo al Primer Estudio Nacional de la Discapacidad realizada por FONADIS (2004), la población con discapacidad representa el 12,9%, esto

Más detalles

REQUISITOS SOLICITUD DE PRESTACIONES

REQUISITOS SOLICITUD DE PRESTACIONES REQUISITOS SOLICITUD DE PRESTACIONES INCAPACIDAD TRANSITORIA Acreditar en las oficinas de Alter Mutua, mediante informe médico dentro de los 7 primeros días de la baja, en el que se especifique la fecha

Más detalles

Prestación que se abona a todo afiliado al Sistema Integrado Previsional Argentino

Prestación que se abona a todo afiliado al Sistema Integrado Previsional Argentino Los trabajadores que a raíz de una enfermedad o un accidente se encuentran imposibilitados para continuar trabajando, pero aún no tienen la edad para jubilarse: 1) Pueden jubilarse? Tienen la posibilidad

Más detalles

Puede enlazar a la sección Trámites y Gestiones para ver una versión simplificada.

Puede enlazar a la sección Trámites y Gestiones para ver una versión simplificada. Pensiones del Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI) Puede enlazar a la sección Trámites y Gestiones para ver una versión simplificada. El SOVI es un régimen residual que se aplica a aquellos trabajadores

Más detalles

Sobre la JUBILACIÓN. Los derechos pasivos son imprescriptibles, inembargables e irrenunciables.

Sobre la JUBILACIÓN. Los derechos pasivos son imprescriptibles, inembargables e irrenunciables. Sobre la JUBILACIÓN Los funcionarios de carrera de la Admón. de justicia están incluidos en el Régimen de Clases Pasivas del Estado, menos los que provienen de las antiguas Magistraturas de Trabajo, que

Más detalles

Regulación.- Desde el artículo 136 hasta el artículo 144 de la Ley General de la Seguridad Social

Regulación.- Desde el artículo 136 hasta el artículo 144 de la Ley General de la Seguridad Social PENSIONES CONTRIBUTIVAS DE INVALIDEZ Regulación.- Desde el artículo 136 hasta el artículo 144 de la Ley General de la Seguridad Social Definición: Se produce cuando, después de haber recibido tratamiento,

Más detalles

PRESTACIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL

PRESTACIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL PRESTACIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL 1) Qué es la Seguridad Social? Cuáles son los principios de la Seguridad Social? La Seguridad Social es la rama del derecho que trata de crear a favor de todos los miembros

Más detalles

VIII. Temas importantes que usted debe tener en cuenta sobre el beneficio de sobrevivencia que ofrece el SPP

VIII. Temas importantes que usted debe tener en cuenta sobre el beneficio de sobrevivencia que ofrece el SPP VIII. Temas importantes que usted debe tener en cuenta sobre el beneficio de sobrevivencia que ofrece el SPP La pensión de sobrevivencia es una de las prestaciones o beneficios que ofrece el Sistema Privado

Más detalles

Unión Nacional de Educadores. Sindicato Nacional (UNE-SN) Subsidio solidario (SS)

Unión Nacional de Educadores. Sindicato Nacional (UNE-SN) Subsidio solidario (SS) (UNE-SN) Subsidio solidario (SS) Reglamento del subsidio Solidario de la UNION NACIONAL DE EDUCADORES SINDICATO NACIONAL (UNE.SN), aprobado por Congreso Extraordinario realizado el 01 de abril de 2011

Más detalles

PREGUNTAS MÁS FRECUENTES SOBRE LA REFORMA DEL ISSSTE: 2. Los trabajadores van a perder sus derechos adquiridos?

PREGUNTAS MÁS FRECUENTES SOBRE LA REFORMA DEL ISSSTE: 2. Los trabajadores van a perder sus derechos adquiridos? PREGUNTAS MÁS FRECUENTES SOBRE LA REFORMA DEL ISSSTE: 1. Los servicios del ISSSTE se privatizarán? 2. Los trabajadores van a perder sus derechos adquiridos? 3. El gobierno ya no aportará recursos para

Más detalles

Pensiones de Invalidez y Sobrevivencia Originadas por Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales Ley 16.744

Pensiones de Invalidez y Sobrevivencia Originadas por Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales Ley 16.744 Pensiones de Invalidez y Sobrevivencia Originadas por Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales Ley 16.744 Es un beneficio, al que tienen derecho los trabajadores que padezcan una enfermedad

Más detalles

CONCEPTOS Y DEFINICIONES

CONCEPTOS Y DEFINICIONES CONCEPTOS Y DEFINICIONES 1. POBLACIÓN PROTEGIDA: Total de personas que tienen acceso a los beneficios del Seguro Social, siempre y cuando se cumplan los requisitos legales establecidos a tal fin. Comprende

Más detalles

FONDO DE PRESTACIONES SOCIALES DE LOS EMPLEADOS PERMANENTES DE LA EMPRESA NACIONAL DE ENERGIA ELECTRICA FPS ENEE

FONDO DE PRESTACIONES SOCIALES DE LOS EMPLEADOS PERMANENTES DE LA EMPRESA NACIONAL DE ENERGIA ELECTRICA FPS ENEE FONDO DE PRESTACIONES SOCIALES DE LOS EMPLEADOS PERMANENTES DE LA EMPRESA NACIONAL DE ENERGIA ELECTRICA FPS ENEE CREACION DEL FONDO DE PRESTACIONES SOCIALES: Fue creado el 1 de Septiembre de 1986, por

Más detalles

PENSIONES PENSION DE SOBREVIVIENTES

PENSIONES PENSION DE SOBREVIVIENTES BOLETIN 20 PENSION DE SOBREVIVIENTES En la pensión de sobrevivientes los beneficiarios son aquellos individuos que se encuentren en primer grado de consanguinidad y primer grado de afinidad es decir el

Más detalles

Qué se entiende por Incapacidad Permanente?

Qué se entiende por Incapacidad Permanente? Qué se entiende por Incapacidad Permanente? La incapacidad supone una alteración continuada de la salud que imposibilita o limita a quien la padece para la realización de una actividad profesional. Se

Más detalles

SECRETARÍA ADMINISTRATIVA DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL NUEVA LEY DEL ISSSTE

SECRETARÍA ADMINISTRATIVA DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL NUEVA LEY DEL ISSSTE SECRETARÍA ADMINISTRATIVA DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL NUEVA LEY DEL ISSSTE OCTUBRE 2007 LEY ANTERIOR NUEVA LEY Publicada en el DOF el día 31 de marzo del 2007 Artículos Ordinarios 192 Artículos Ordinarios

Más detalles

Asignaciones Familiares Provincia de Buenos Aires

Asignaciones Familiares Provincia de Buenos Aires 1 VISTO el Expediente 2.305-4.951/04 del Ministerio de Economía, por el cual se propicia el dictado de un Decreto que fije un nuevo Régimen de Asignaciones Familiares, y CONSIDERANDO: Que dentro de los

Más detalles

REGLAMENTO DE PRESTACIONES ASEGURADORAS O DE SEGUROS CAPITULO I REGIMEN JURIDICO, FUNDAMENTO Y PRINCIPIO DE LAS PRESTACIONES Y COTIZACIONES

REGLAMENTO DE PRESTACIONES ASEGURADORAS O DE SEGUROS CAPITULO I REGIMEN JURIDICO, FUNDAMENTO Y PRINCIPIO DE LAS PRESTACIONES Y COTIZACIONES REGLAMENTO DE PRESTACIONES ASEGURADORAS O DE SEGUROS CAPITULO I REGIMEN JURIDICO, FUNDAMENTO Y PRINCIPIO DE LAS PRESTACIONES Y COTIZACIONES Artículo 1. El presente Reglamento se rige por lo dispuesto en

Más detalles

NOVEDADES LEGISLATIVAS

NOVEDADES LEGISLATIVAS NOVEDADES LEGISLATIVAS Prestaciones Familiares 2015. Cuantías actualizadas por la Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2015 Nº 4/2015 PRESTACIONES FAMILIARES CONTRIBUTIVAS

Más detalles

REQUISITOS PARA SOLICITUD DE AYUDA ECONOMICA PARA LA COMPRA DE MATERIAL QUIRURGICO Y EXAMENES ESPECIALES. 1.- Llenar el formato de solicitud. 2.- Presentar la receta médica donde se le está indicando lo

Más detalles

Derecho de la Seguridad Social

Derecho de la Seguridad Social Derecho de la Seguridad Social Lectura No.9 El seguro de invalidez y vida. Los sistemas para el retiro Contextualización Cada trabajador al prestar servicio dentro de un centro de trabajo, debe solicitar

Más detalles

FINANZAS PÚBLICAS SERIE: REFORMA SOCIAL. México 2014 Volumen 6 Número 15 ISSN: 2007-154X ISS ISS. Presentación Lic. Raúl Mejía González

FINANZAS PÚBLICAS SERIE: REFORMA SOCIAL. México 2014 Volumen 6 Número 15 ISSN: 2007-154X ISS ISS. Presentación Lic. Raúl Mejía González México 2014 Volumen 6 Número 15 ISSN: 2007-154X ISS ISS FINANZAS PÚBLICAS Presentación Lic. Raúl Mejía González SERIE: REFORMA SOCIAL Cuentas Individuales en la Ley del Seguro Social y en la Ley del ISSSTE.

Más detalles

Cuadro comparativo Mayo 2014

Cuadro comparativo Mayo 2014 Cuadro comparativo Mayo 2014 "Ley del Seguro Social de 1973 Artículo 104. En caso de enfermedad no profesional, el asegurado tendrá derecho a un subsidio en dinero que se otorgará cuando la enfermedad

Más detalles

Prestaciones económicas

Prestaciones económicas Prestaciones económicas Pago directo Quién puede solicitar la prestación económica de pago directo? Cualquier trabajador de una empresa acogida a la Mutua Asepeyo para la cobertura de accidentes de trabajo/enfermedad

Más detalles

Sistema Previsional. Qué tipos de jubilaciones existen?

Sistema Previsional. Qué tipos de jubilaciones existen? Sistema Previsional Jubilaciones Qué tipos de jubilaciones existen? Jubilación Ordinaria: Ley 24.241 / 1994 Las personas (con o sin discapacidad) podrán acogerse a este beneficio cumpliendo con el requisito

Más detalles

Pensión de Sobrevivencia

Pensión de Sobrevivencia Pensión de Sobrevivencia Es un beneficio previsional al que tienen derecho los integrantes del grupo familiar del afiliado fallecido, siempre que su fallecimiento no sea a causa o con ocasión de su trabajo

Más detalles

Taller práctico de las Prestaciones y Derechos de los Derechohabientes y Plan de Jubilación

Taller práctico de las Prestaciones y Derechos de los Derechohabientes y Plan de Jubilación Taller práctico de las Prestaciones y Derechos de los Derechohabientes y Plan de Jubilación Expositores: Lic. Juan Felipe Sánchez Rodríguez Lic. Cesar Gallegos Domínguez IMSS Prestaciones en Especie Constitución

Más detalles

CONCEPTOS Y DEFINICIONES

CONCEPTOS Y DEFINICIONES CONCEPTOS Y DEFINICIONES ACCIDENTE DE TRABAJO: Es toda lesión corporal o perturbación funcional que el trabajador sufra, sea en la ejecución, con ocasión o por consecuencia del trabajo, y que dicha perturbación

Más detalles

Exposición de Motivos

Exposición de Motivos QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LAS LEYES DEL SEGURO SOCIAL, DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANAS, Y GENERAL DE SALUD, A CARGO DEL DIPUTADO GABRIEL GÓMEZ

Más detalles

X. PRESTACIÓN POR DESEMPLEO

X. PRESTACIÓN POR DESEMPLEO X. PRESTACIÓN POR DESEMPLEO 93.- Quién tiene derecho a cobrar el "paro"? La prestación por desempleo, conocida como el "paro", se abona por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), www.sepe.es, que

Más detalles

Reconocimiento de Pensión de Jubilación Anticipada y/o Pensión de Vejez

Reconocimiento de Pensión de Jubilación Anticipada y/o Pensión de Vejez Página 1 de 6 1. Objetivo y Alcance Gestionar e informar de los requisitos establecidos en la ley 100 de 1993 que debe cumplir un Empleado Público (Administrativo o Docente). Este procedimiento aplica

Más detalles

PENSIONES PENSIÓN DE INVALIDEZ

PENSIONES PENSIÓN DE INVALIDEZ PENSIONES PENSIÓN DE INVALIDEZ Se otorga cuando como trabajador asegurado te encuentras imposibilitado para procurarte, mediante un trabajo igual al que venías desarrollando, un salario superior al 50%

Más detalles

Derecho de la Seguridad Social

Derecho de la Seguridad Social Derecho de la Seguridad Social Derecho de la Seguridad Social 1 Sesión No. 9 Nombre: El seguro de invalidez y vida. Los sistemas para el retiro Contextualización Cada trabajador al prestar servicio dentro

Más detalles

Reglamento de Retiro, Pensiones y Jubilaciones

Reglamento de Retiro, Pensiones y Jubilaciones Reglamento de Retiro, Pensiones y Jubilaciones ARTÍCULO 1: Se crea el Fondo de Retiro, Pensiones y Jubilaciones. La contribución al mismo tiene un carácter obligatorio para todos los integrantes remunerados

Más detalles

SUPERINTENDENCIA DE PENSIONES F-A SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS PRUEBA GENERAL DE ACREDITACION DE CONOCIMIENTOS PARA ASESORES PREVISIONALES

SUPERINTENDENCIA DE PENSIONES F-A SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS PRUEBA GENERAL DE ACREDITACION DE CONOCIMIENTOS PARA ASESORES PREVISIONALES PRUEBA GENERAL DE ACREDITACION DE CONOCIMIENTOS PARA ASESORES PREVISIONALES MAYO 2010 PRIMERA PARTE Verdadero (V) o Falso (F) : 1. Si el asegurado que ha contratado una póliza de seguro como plan APV,

Más detalles

INICIATIVA DE DECRETO POR LA QUE SE REFORMAN DIVERSOS ARTÌCULOS DE LA LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL DEL ESTADO DE TABASCO

INICIATIVA DE DECRETO POR LA QUE SE REFORMAN DIVERSOS ARTÌCULOS DE LA LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL DEL ESTADO DE TABASCO 1 Con el permiso de la Mesa Directiva Público asistente Medios de Comunicación Me permito presentar propuesta de : INICIATIVA DE DECRETO POR LA QUE SE REFORMAN DIVERSOS ARTÌCULOS DE LA LEY DEL INSTITUTO

Más detalles

Ley de Riesgos del Trabajo Nº 24.557. Capitulo IV Prestaciones dinerarias (Art. 11 al 19)

Ley de Riesgos del Trabajo Nº 24.557. Capitulo IV Prestaciones dinerarias (Art. 11 al 19) Ley de Riesgos del Trabajo Nº 24.557 Capitulo IV Prestaciones dinerarias (Art. 11 al 19) Incapacidad Laboral Permanente (ILP) Existe Incapacidad Laboral Permanente cuando el daño sufrido por el trabajador

Más detalles

La pensión la podrás obtener por:

La pensión la podrás obtener por: Qué es una pensión? Es el resultado de un esfuerzo de toda la vida laboral para ti, contar con ella ofrece tranquilidad y seguridad para poder disponer mensualmente de una pensión que te permitirá vivir

Más detalles

REGLAMENTO DEL FONDO DE AYUDA MUTUA ASEOVI

REGLAMENTO DEL FONDO DE AYUDA MUTUA ASEOVI REGLAMENTO DEL FONDO DE AYUDA MUTUA ASEOVI INDICE Página CAPITULO I: Disposiciones Generales 2 CAPITULO II: De los Recursos Económicos 2 CAPITULO III: Del Manejo de los Fondos 3 CAPITULO IV: De los beneficiarios

Más detalles

Art. 4.- Corresponderá al asegurado o familiares por el Seguro:

Art. 4.- Corresponderá al asegurado o familiares por el Seguro: Ley No. 82 Art. 1- (Restauración por la Ley No. 44 de fecha 29 de octubre de 1970). Se instituye como obligación el Seguro de Vida, Cesantía e Invalidez para todo el Funcionario y Empleado Públicos que

Más detalles

Pensión de Vejez. En Qué Consiste?

Pensión de Vejez. En Qué Consiste? Pensión de Vejez En Qué Consiste? La pensión por vejez tiene como finalidad reemplazar dentro de ciertos límites, los sueldos o salarios que deja de percibir el asegurado, al retirarse de la ocupación

Más detalles

PENSIÓN POR DÉCIMO TRANSITORIO

PENSIÓN POR DÉCIMO TRANSITORIO PENSIÓN POR DÉCIMO TRANSITORIO TIPOS DE PENSIÓN REQUISITOS GENERALES ESTA PRESENTACIÓN ES SÓLO DE CARÁCTER INFORMATIVO Nota: En cualquier caso la autoridad podrá solicitar la documentación Nota: En cualquier

Más detalles

La presente es la Modificación de 3 Artículos del Reglamento del Fondo de Ayuda Mutua.

La presente es la Modificación de 3 Artículos del Reglamento del Fondo de Ayuda Mutua. La presente es la Modificación de 3 Artículos del Reglamento del Fondo de Ayuda Mutua. Los artículos a modificar son: 1) ARTÍCULO VIGENTE ARTÍCULO PROPUESTO CAPITULO VI, ARTÍCULO 22 El retiro, suspensión

Más detalles

RESOLUCION Nº 39,389-2007-J.D. (De 8 de febrero de 2007)

RESOLUCION Nº 39,389-2007-J.D. (De 8 de febrero de 2007) 1 RESOLUCION Nº 39,389-2007-J.D. (De 8 de febrero de 2007) La Junta Directiva de la Caja de Seguro Social en uso de sus facultades legales y reglamentarias, y; CONSIDERANDO: Que conforme a lo previsto

Más detalles

ALGUNOS ASPECTOS JURISPRUDENCIALES EN MATERIA PENSIONAL: AUXILIO FUNERARIO, PENSIÓN DE INVALIDEZ Y MESADA 13 Y 14.

ALGUNOS ASPECTOS JURISPRUDENCIALES EN MATERIA PENSIONAL: AUXILIO FUNERARIO, PENSIÓN DE INVALIDEZ Y MESADA 13 Y 14. ALGUNOS ASPECTOS JURISPRUDENCIALES EN MATERIA PENSIONAL: AUXILIO FUNERARIO, PENSIÓN DE INVALIDEZ Y MESADA 13 Y 14. Por: Ángela María Bedoya Murillo -Abogada Gerencia de Asuntos Legales Suramericana S.A.-

Más detalles

UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO SEGURO DE VIDA REGLAMENTO DEL SEGURO DE GRUPO

UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO SEGURO DE VIDA REGLAMENTO DEL SEGURO DE GRUPO UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO SEGURO DE VIDA REGLAMENTO DEL SEGURO DE GRUPO Artículo 1º. Para la celebración del seguro del Grupo, en los términos del artículo 191 de la Ley sobre el Contrato

Más detalles

GUÍA DE AYUDAS SOCIALES ACTIVA MUTUA

GUÍA DE AYUDAS SOCIALES ACTIVA MUTUA GUÍA DE AYUDAS SOCIALES ACTIVA MUTUA Dirigido a: Empresas asociadas. Trabajadores por cuenta ajena al servicio de empresas asociadas que hayan sufrido un accidente de trabajo o enfermedad profesional.

Más detalles

RESUMEN DE APLICACIÓN DE LAS PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL: AÑO 2015

RESUMEN DE APLICACIÓN DE LAS PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL: AÑO 2015 RESUMEN DE APLICACIÓN DE LAS PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL: AÑO 2015 PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS Invalidez REQUISITOS: A) Ser mayor de 18 años y menor de 65 años en la fecha de la solicitud

Más detalles

http://wwws.gva.es/prop/htdocs/detalles/procedimientos/versionimprimible.jsp?id_proc=1...

http://wwws.gva.es/prop/htdocs/detalles/procedimientos/versionimprimible.jsp?id_proc=1... Página 1 de 6 Qué se puede solicitar? Nombre del trámite Solicitud de Pensión No Contributiva (PNC) de INVALIDEZ. Objeto del trámite Obtener la protección adecuada frente a esta contingencia. Quién puede

Más detalles

PENSIONES POR AÑOS DE SERVICIOS ENTRE LEY DEL ISSSTE Y LEY DEL ISSFAM

PENSIONES POR AÑOS DE SERVICIOS ENTRE LEY DEL ISSSTE Y LEY DEL ISSFAM PENSIONES POR AÑOS DE SERVICIOS ENTRE LEY DEL ISSSTE Y LEY DEL ISSFAM LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO (ISSSTE) PENSIÓN DE ACUERDO AL ARTÍCULO DÉCIMO TRANSITORIO.

Más detalles

SUMARIO CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO II COMISIÓN MIXTA DE PENSIONES Y JUBILACIONES CAPITULO III DETERMINACIÓN DE CUANTÍAS CAPITULO IV

SUMARIO CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO II COMISIÓN MIXTA DE PENSIONES Y JUBILACIONES CAPITULO III DETERMINACIÓN DE CUANTÍAS CAPITULO IV SUMARIO CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO II COMISIÓN MIXTA DE PENSIONES Y JUBILACIONES CAPITULO III DETERMINACIÓN DE CUANTÍAS CAPITULO IV JUBILACIÓN CAPITULO V TIPO DE PENSIONES 1. PENSIÓN POR

Más detalles

Supongamos que un trabajador solicita su jubilación el 31 de enero de 2012, teniendo acreditadas unas determinadas bases de cotización.

Supongamos que un trabajador solicita su jubilación el 31 de enero de 2012, teniendo acreditadas unas determinadas bases de cotización. GUÍA PRÁCTICA DE JUBILACIÓN Cálculos para la pensión de jubilación REFORMA DE LA JUBILACIÓN SEGÚN PROYECTO GOBIERNO 2011 NUESTRO SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL ES CONTRIBUTIVO, NO DE CAPITALIZACIÓN, POR CONSIGUIENTE

Más detalles

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE PENSIONES DE LOS TRABAJADORES SUJETOS AL RÉGIMEN R DEL ARTÍCULO DÉCIMO D TRANSITORIO DEL DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE LA LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES

Más detalles

SINDICATURA MUNICIPAL

SINDICATURA MUNICIPAL SINDICATURA MUNICIPAL DIRECCIÓN DE NORMATIVIDAD NORMA TÉCNICA No. 39 PAGO DE SEGURO DE VIDA A POLICÍAS ADSCRITOS A SEGURIDAD PÚBLICA 1 I N D I C E Antecedentes 3 Marco legal 4 Objetivos 5 Dependencias

Más detalles

FORMACIÓN Y ORIENTACIÓN LABORAL

FORMACIÓN Y ORIENTACIÓN LABORAL FORMACIÓN Y ORIENTACIÓN LABORAL 1. Concepto y estructura 1.1 Concepto y características Sistema público por el que el Estado garantiza a las personas incluidas dentro de su campo de aplicación, la protección

Más detalles

NOVEDADES LEGISLATIVAS

NOVEDADES LEGISLATIVAS NOVEDADES LEGISLATIVAS Prestaciones Familiares 2014. Cuantías actualizadas por la Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2014. Nº 4/2014 PRESTACIONES FAMILIARES CONTRIBUTIVAS

Más detalles

Siempre cerca de ti. Los funcionarios y personal asimilado dispondrán dos pagas extras en los meses de junio y diciembre.

Siempre cerca de ti. Los funcionarios y personal asimilado dispondrán dos pagas extras en los meses de junio y diciembre. Con motivo de publicación en el BOE de 30 de octubre de 2015 de la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016, que entra en vigor el 1 de enero de 2016, desde

Más detalles

ACUERDO Nº 59-22-ESSALUD-99

ACUERDO Nº 59-22-ESSALUD-99 ACUERDO Nº 59-22-ESSALUD-99 TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Definiciones Para la aplicación del presente Reglamento se entiende por: a. Prestaciones económicas: Comprenden los subsidios por

Más detalles

HOJA DE VIDA DE TRÁMITES Y SERVICIOS

HOJA DE VIDA DE TRÁMITES Y SERVICIOS Entidad: Municipio de Sabaneta Dependencia: Secretaría de Educación y Cultura Definición Trámite X Servicio Nombre Sustitución Pensional Y Pensión Post-Mortem 20 Y 18 Años, Seguro Por Muerte Y Auxilio

Más detalles

Informativo Legal. Pensión de Invalidez. Qué es la Pensión de Invalidez? INVALIDEZ TRANSITORIA PARCIAL

Informativo Legal. Pensión de Invalidez. Qué es la Pensión de Invalidez? INVALIDEZ TRANSITORIA PARCIAL Informativo Legal 2 Pensión de Invalidez Qué es la Pensión de Invalidez? Es el beneficio al que tienen derecho los afiliados declarados inválidos mediante dictamen de alguna de las comisiones médicas dependientes

Más detalles

AFILIADO INDEPENDIENTE

AFILIADO INDEPENDIENTE AFILIADO INDEPENDIENTE Definición Toda persona natural que sin estar subordinada a un empleador, ejerza individualmente una actividad mediante la cual obtiene rentas de trabajo. La ley 20.255 estableció

Más detalles

Seguro, servicio o prestación: Servicios Derivados de los Seguros de Pensiones. 12. Retiro de recursos SAR-ISSSTE 92.

Seguro, servicio o prestación: Servicios Derivados de los Seguros de Pensiones. 12. Retiro de recursos SAR-ISSSTE 92. Seguro, servicio o prestación: Servicios Derivados de los Seguros de Pensiones. 12. Retiro de recursos SAR-ISSSTE 92. DESCRIPICIÓN DEL SERVICIO: Retiro de recursos acumulados SAR- ISSSTE 92 de la cuenta

Más detalles

GUIA SOBRE RECURSOS ECONÓMICOS A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL ÁMBITO COTIDIANO DE LA VIDA ORDINARIA VOLUMEN I: PENSIONES Y

GUIA SOBRE RECURSOS ECONÓMICOS A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL ÁMBITO COTIDIANO DE LA VIDA ORDINARIA VOLUMEN I: PENSIONES Y GUIA SOBRE RECURSOS ECONÓMICOS A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL ÁMBITO COTIDIANO DE LA VIDA ORDINARIA VOLUMEN I: PENSIONES Y ASIGNACIONES ECONÓMICAS DERIVADAS DE LA LEGISLACIÓN DE LA SEGURIDAD

Más detalles

VISTA: La Ley 87-01, de fecha 9 de mayo de 2001 que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social;

VISTA: La Ley 87-01, de fecha 9 de mayo de 2001 que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social; RESOLUCIÓN 103-03 QUE MODIFICA LA RESOLUCION 72-03 SOBRE BENEFICIOS DE PENSIÓN DEL RÉGIMEN CONTRIBUTIVO: PENSIÓN POR VEJEZ, PENSIÓN POR CESANTÍA POR EDAD AVANZADA, PENSIÓN POR DISCAPACIDAD Y PENSIÓN DE

Más detalles

Nuevo Reglamento de Pensiones por Jubilación, Vejez e Incapacidad, para los Trabajadores contratados a partir del 15 de diciembre de 2000, de La

Nuevo Reglamento de Pensiones por Jubilación, Vejez e Incapacidad, para los Trabajadores contratados a partir del 15 de diciembre de 2000, de La Nuevo Reglamento de Pensiones por Jubilación, Vejez e Incapacidad, para los Trabajadores contratados a partir del 15 de diciembre de 2000, de La Universidad Autónoma de San Luis Potosí TÍTULO PRIMERO

Más detalles

CAPÍTULO 6. ALTERNATIVA DE UN PLAN PRIVADO DE PENSIONES PARA ATLIXCO. Para poder ingresar al plan privado de pensiones deben contar con una antigüedad

CAPÍTULO 6. ALTERNATIVA DE UN PLAN PRIVADO DE PENSIONES PARA ATLIXCO. Para poder ingresar al plan privado de pensiones deben contar con una antigüedad CAPÍTULO 6. ALTERNATIVA DE UN PLAN PRIVADO DE PENSIONES PARA ATLIXCO 6.1 Diseño del Plan Privado de Pensiones 6.1.1 Requisito de elegibilidad Para poder ingresar al plan privado de pensiones deben contar

Más detalles

Pensión de Invalidez

Pensión de Invalidez Pensión de Invalidez El D.L. 3.500 de 1980, creó un sistema de pensiones basado en un régimen de capitalización individual. Este es administrado por instituciones creadas especialmente para tal efecto,

Más detalles

RÉGIMEN DE APORTACIÓN ESCALA REDUCIDA REGLAMENTACIÓN TÍTULO I DE LA APORTACIÓN REDUCIDA

RÉGIMEN DE APORTACIÓN ESCALA REDUCIDA REGLAMENTACIÓN TÍTULO I DE LA APORTACIÓN REDUCIDA RÉGIMEN DE APORTACIÓN ESCALA REDUCIDA REGLAMENTACIÓN TÍTULO I DE LA APORTACIÓN REDUCIDA ARTICULO 1º: En conformidad a la facultad establecida por el Art. 35 inc. h segundo párrafo de la Ley 12.207, establécense

Más detalles

COLEGIADO DE PENSIONES Y JUBILACIONES

COLEGIADO DE PENSIONES Y JUBILACIONES SNTE SECCION 3 COLEGIADO DE PENSIONES Y JUBILACIONES TRÁMITES Y REQUISITOS PROFR. JESÚS ÁNGEL ORTIZ AVILÉS COLEGIADO DE SEGURIDAD Y DERECHOS SOCIALES (PENSIONES Y JUBILACIONES) 1 ÍNDICE PREJUBILACIÓN 3

Más detalles

REGLAMENTO DE BENEFICIOS EDUCATIVOS PARA SOCIOS DE LA COOPERATIVA DE TELECOMUNICACIONES, SANTA CRUZ LTDA. COTAS LTDA..

REGLAMENTO DE BENEFICIOS EDUCATIVOS PARA SOCIOS DE LA COOPERATIVA DE TELECOMUNICACIONES, SANTA CRUZ LTDA. COTAS LTDA.. REGLAMENTO DE BENEFICIOS EDUCATIVOS PARA SOCIOS DE LA COOPERATIVA DE TELECOMUNICACIONES, SANTA CRUZ LTDA. COTAS LTDA.. Artículo 1º.- Condiciones Generales Cotas Ltda. ha definido realizar un programa de

Más detalles

SUBSIDIO POR ENFERMEDAD COMUN

SUBSIDIO POR ENFERMEDAD COMUN SUBSIDIO POR ENFERMEDAD COMUN 1/ 9 SUBSIDIOS ENFERMEDAD COMÚN Qué es el Subsidio Por Enfermedad Común? Es la prestación en dinero que se otorga a través de la institución al empleado afectado por una Discapacidad

Más detalles

Gerencia de Asesoría y Servicios de Crédito

Gerencia de Asesoría y Servicios de Crédito Gerencia de Asesoría y Servicios de Crédito Identificación de cambios Fecha Noviembre de 2007 Revisión general y cambio de formato. Descripción de la modificación y ubicación Febrero de 2008 Agosto de

Más detalles

SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL.

SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL. SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL. TITULAR: PROFR. ZEFERINO SOLIS RIEGULES AUXILIAR: PROFR. AGUSTIN HERNANDEZ CONTRERAS ACUERDO ANTE I.P.E. POR JUBILACIÓN: 1. Llenar el formato correspondiente. 2. Acta de

Más detalles

REGLAMENTO DE BENEFICIOS OTORGADOS POR ASENACSA ASOCIACIÓN SOLIDARISTA DE EMPLEADOS DE LA NACION, SUBSIDIARIAS Y AFINES (ASENACSA)

REGLAMENTO DE BENEFICIOS OTORGADOS POR ASENACSA ASOCIACIÓN SOLIDARISTA DE EMPLEADOS DE LA NACION, SUBSIDIARIAS Y AFINES (ASENACSA) Objetivo: La finalidad del reglamento es ordenar y regular los preceptos que, por autoridad competente, se dan para la gestión del servicio de otorgamiento de beneficios de ASENACSA. Este reglamento establece

Más detalles

REGLAMENTO DEL COMITÉ PARA LA ADMINISTRACION DEL FONDO DE PENSIONES POR JUBILACION DEL PERSONAL SINDICALIZADO DE LA UNIVERSIDAD AUTONOMA DE TAMAULIPAS

REGLAMENTO DEL COMITÉ PARA LA ADMINISTRACION DEL FONDO DE PENSIONES POR JUBILACION DEL PERSONAL SINDICALIZADO DE LA UNIVERSIDAD AUTONOMA DE TAMAULIPAS REGLAMENTO DEL COMITÉ PARA LA ADMINISTRACION DEL FONDO DE PENSIONES POR JUBILACION DEL PERSONAL SINDICALIZADO DE LA UNIVERSIDAD AUTONOMA DE TAMAULIPAS FINES E INTEGRACION ART. 1º. El Comité para la Administración

Más detalles

ACUERDO No. 105 (De 15 de diciembre de 2005) Por el cual se modifica el Reglamento de Administración de Personal de la Autoridad del Canal de Panamá

ACUERDO No. 105 (De 15 de diciembre de 2005) Por el cual se modifica el Reglamento de Administración de Personal de la Autoridad del Canal de Panamá ACUERDO No. 105 (De 15 de diciembre de 2005) Por el cual se modifica el Reglamento de Administración de Personal de la Autoridad del Canal de Panamá LA JUNTA DIRECTIVA DE LA AUTORIDAD DEL CANAL DE PANAMÁ

Más detalles

OFICINA DEL ABOGADO GENERAL Reglamento de Prestaciones Sociales

OFICINA DEL ABOGADO GENERAL Reglamento de Prestaciones Sociales OFICINA DEL ABOGADO GENERAL Reglamento de Prestaciones Sociales Segundo Nivel Torre de Rectoría. Campus Universitario Av. Agustín Melgar sin número Campeche, Campeche México CONTENIDO REGLAMENTO DE PRESTACIONES

Más detalles

CONTRATO INDEFINIDO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD

CONTRATO INDEFINIDO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD CONTRATOS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD CONTRATO INDEFINIDO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD REQUISITOS DE LOS TRABAJADORES Ser trabajador con discapacidad con un grado igual o superior al 33% reconocido

Más detalles

MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS DE DESARROLLO Y ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL

MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS DE DESARROLLO Y ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL PROCEDIMIENTO: 061 LICENCIAS POR TRÁMITE DE PENSIÓN ANTE ISSEMYM, GRAVIDEZ, ADOPCIÓN, ASUNTOS PERSONALES Y OTRAS OBJETIVO: Atender oportunamente las solicitudes de licencia que presenten los servidores

Más detalles

NORTH AMERICAN COLLEGE Towars a future with faith (Hacia un futuro con Fé) REGLAMENTO DE BECAS

NORTH AMERICAN COLLEGE Towars a future with faith (Hacia un futuro con Fé) REGLAMENTO DE BECAS NORTH AMERICAN COLLEGE REGLAMENTO DE BECAS ARTÍCULO 1 En conformidad a lo dispuesto en el Decreto con fuerza de ley Nº2 de Educación de 20.08.98 y lo agregado en el Artículo 2, N 6 de la ley 19.532, se

Más detalles

SUPERINTENDENCIA DE PENSIONES NCG N SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS NCG N

SUPERINTENDENCIA DE PENSIONES NCG N SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS NCG N SUPERINTENDENCIA DE PENSIONES NCG N SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS NCG N VISTOS: Las facultades que confiere la ley a estas Superintendencias, en particular el artículo 94 número 6 del D.L. N 3.500

Más detalles

La Plata: Sede Anexo 3- Calle 44 N 389 (entre 2 y 3); de lunes a viernes de 08:30 a 14:00 hs. Otros lugares: Centros de Atención Previsional (CAP)

La Plata: Sede Anexo 3- Calle 44 N 389 (entre 2 y 3); de lunes a viernes de 08:30 a 14:00 hs. Otros lugares: Centros de Atención Previsional (CAP) Setiembre 2014 REQUISITOS DE INICIACIÓN DE TRÁMITES PENSIÓN DIRECTA (Agente fallleciido en activiidad) Según Decreto- Ley 9650/80 (Art. 34-35-36-37-38-39) Donde se inicia: La Plata: Sede Anexo 3- Calle

Más detalles

DECRETO 1730 DE 2001

DECRETO 1730 DE 2001 DECRETO 1730 DE 2001 (agosto 27) Diario Oficial No. 44.534, de agosto 28 de 2001 MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO Por medio del cual se reglamentan los artículos 37, 45 y 49 de la Ley 100 de 1993

Más detalles