Protocolo para la celebración del proceso electoral en los. Comités Autonómicos de UNICEF Comité Español
|
|
- Juan Francisco Molina Méndez
- hace 7 años
- Vistas:
Transcripción
1 Protocolo para la celebración del proceso electoral en los Comités Autonómicos de UNICEF Comité Español El 1 de febrero de 2016, vence el mandato de todos los cargos que integran los Comités Autonómicos, en consecuencia, se celebran elecciones para designar a los integrantes de los nuevos Comités de UNICEF. Pueden concurrir a las elecciones, como electores y elegibles, todos los Colaboradores Voluntarios de la organización, entendiendo por tales, de acuerdo con los Estatutos, aquellas personas físicas que, de forma solidaria y desinteresada, contribuyen a la consecución de los fines de la Fundación formando parte de la organización, participando activa y regularmente en el funcionamiento de la misma. Igualmente, se consideran Colaboradores Voluntarios aquellos que, desde antes de las elecciones, hayan participado en actividades temporales u ocasionales. La condición de elector y elegible se predica de todo Colaborador Voluntario. Aquellas personas que deseen integrarse en una candidatura sin ser Colaborador Voluntario, podrán hacerlo, para lo cual deberán, en todo caso, hacerse socios de la organización con anterioridad a la celebración de las elecciones y comprometerse por escrito a colaborar activamente en la labor de la misma, considerándose que este compromiso supone acceder a la categoría de Colaborador Voluntario. Basta con el compromiso tipo que habitualmente firman todos los colaboradores voluntarios. En cuanto a los electores, podrán serlo todos aquellos que sean Colaboradores Voluntarios en el momento en que se convoquen las elecciones, por lo que de manera simultánea a la convocatoria de elecciones se habrá de proceder, por cada Comité Autonómico, a la aprobación del Censo de Colaboradores Voluntarios, pudiendo aquellos que se consideren indebidamente excluidos recurrir su falta de inclusión en el Censo en
2 el plazo de siete días desde la aprobación del Censo por el Comité Autonómico. Dicho recurso deberá interponerse ante la Mesa Electoral Central, regulada en este protocolo. Todos aquellos candidatos que no sean Colaboradores Voluntarios en la fecha de convocatoria de las elecciones, no podrán votar en el proceso electoral. Tampoco podrán participar los empleados de UNICEF Comité Español, que no tienen la consideración de Colaboradores Voluntarios. En cuanto a las reglas que regirán el proceso electoral y de acuerdo con el artículo 12 del Reglamento Interno, aprobado el 15 de marzo de 2006, estas son las siguientes: A) Aquellos candidatos que opten a ocupar un cargo en el Comité Autonómico deberán presentarse en una candidatura conjunta en la que figurarán, necesariamente, un Presidente, un Vicepresidente, un Tesorero y un Secretario. En la candidatura se mencionará el nombre de todos los que la integren, su DNI, su dirección, su número de socio y la firma de los candidatos. Si alguna candidatura o algún candidato no fuese aceptada por el Comité, los candidatos rechazados podrán recurrir en tres días ante la Mesa Electoral Central. B) Para presentarse al cargo de Presidente, el candidato deberá tener una edad inferior a los 75 años al convocarse las elecciones. C) Las Asambleas Electorales deberán ser convocadas con una antelación mínima de 25 días naturales, por medio de comunicación escrita desde el Comité Autonómico, indicándose claramente el motivo de la convocatoria y el plazo de presentación por escrito o ante el Comité Autonómico de candidaturas que deberán comprender los cuatro cargos antes mencionados. El Comité Autonómico deberá recibir la candidatura antes del décimo día natural anterior a la fecha de celebración de la Asamblea. D) Las Asambleas Electorales deberán celebrarse el martes 19 de enero de Si algún Comité Autonómico tuviese problemas para celebrarlas en dicha fecha, puede convocarlas cualquier otro día de la misma semana. Se habilitará el horario para votar que al Comité Autonómico le resulte conveniente. En aquellos casos en que únicamente
3 se celebre Asamblea de Ratificación de la candidatura, cada Comité Autonómico fijará la hora de convocatoria de la Asamblea, aunque es recomendable que se haga tras la terminación de la jornada laboral normal. E) En aquellos casos en que se celebren elecciones, los votos de los presentes y los recibidos por correo se depositarán en una urna en sobre cerrado. Bastará con que en el sobre se exprese claramente la identidad del Presidente de la candidatura. La Mesa Electoral tomará nota de las personas que ejercen su derecho al voto y de los votos que hayan sido recibidos por correo. F) También podrá depositarse el voto en los tres días laborales previos a la fecha de las elecciones, en una urna colocada al efecto en la sede y siempre que se haga ante un miembro del Comité Autonómico, que tomará nota del hecho de haberse ejercido el derecho a voto e identificando al elector. G) Tanto si se celebran Elecciones como si se convoca Asamblea de Ratificación de la candidatura, los electores que no puedan acudir personalmente podrán votar por correo. Para ello, bastará con que dirijan una carta al Comité Autonómico manifestando su intención de votar por correo, firmando la misma y acompañando una copia de su DNI. A dicha documentación deberán acompañar un sobre cerrado con la candidatura por ellos elegida basta con identificar al Presidente- o manifestando estar a favor o en contra de la única candidatura que se presente. Los votos enviados por correo serán contabilizados al término del recuento electoral o de la ratificación. Será necesario, para que el voto pueda ser computado, que el mismo sea recibido en el Comité Autonómico con anterioridad al día de las elecciones. H) Aquellos miembros de las Juntas de los Comités Autonómicos que hayan ocupado el cargo durante dos períodos de cuatro años, podrán continuar en el Comité como Vocales o ejerciendo un cargo distinto al ya desempeñado durante un período adicional de otros cuatro años sin posibilidad de otra reelección.
4 I) Los participantes en el proceso electoral tendrán derecho a voto siempre que estuvieran inscritos en el Censo de Colaboradores Voluntarios en el momento de convocatoria de las elecciones. J) Todos los plazos que se mencionan en este protocolo deben computarse en días naturales. K) Cuando en un Comité Autonómico se celebren Elecciones por concurrir varias candidaturas, los Presidentes de las diversas candidaturas tendrán derecho a recibir una copia del Censo Electoral de la Comunidad Autónoma. L) Tanto en la reunión de la junta que proceda a computar el resultado electoral y a abrir las urnas como en la Asamblea Electoral que ratifique a la única lista presentada, actuarán como Presidente el miembro de más edad de entre los Colaboradores Voluntarios que, estando presente, no figure en ninguna candidatura y, como Secretario, el de menos edad en iguales circunstancias. Si alguno de estos no quisiera asumir el cargo podrá delegar en el siguiente miembro de mayor o menor edad y así sucesivamente. A quien presida la Asamblea le corresponderá elevar al Patronato el resultado de la misma. En el plazo de tres días desde la celebración del proceso electoral o de la Asamblea, aquellos Colaboradores Voluntarios de UNICEF Comité Español que no estén conformes con el resultado podrán impugnar el mismo ante la Mesa Electoral Central. LL) El Patronato de la Fundación UNICEF Comité Español podrá dictar normas que complementen las reglas electorales. Entre éstas, se ha considerado procedente exigir a cada candidatura que concurra al proceso electoral la presentación de un programa escrito en el que se concreten los compromisos que asume el Comité Autonómico, que opta a ser elegido. M) Para la dirección de todo el proceso electoral, se constituye la Mesa Electoral Central, integrada por los dos Vicepresidentes de UNICEF Comité Español y el Secretario General, entre cuyas competencias estarán las siguientes:
5 Aprobar las altas y bajas de miembros y cualquier otra modificación que proceda realizar en el Censo Electoral. Resolver, en un plazo máximo de 48 horas, las consultas de las Juntas y Asambleas Autonómicas y Mesas Electorales y dictar instrucciones a las mismas para el mejor funcionamiento de las Elecciones. Desarrollar y aclarar si fuera necesario, las normas electorales. Supervisar el proceso electoral, velando por el correcto desarrollo del mismo. Aprobar definitivamente las Actas de las Asambleas Autonómicas. Resolver, en última instancia, las impugnaciones y reclamaciones de todos los actos electorales. Dar cuenta al Patronato de la Fundación UNICEF Comité Español de los resultados electorales. N) Por mandato estatutario y poniendo en ejecución anteriores acuerdos del Patronato de UNICEF Comité Español, a partir de estas Elecciones sólo existirán Comités Autonómicos, extinguiéndose, en su caso y si existiesen, los Comités Provinciales y Locales. A partir del 2016, los directivos voluntarios que ejercen como tales en el ámbito provincial o local ostentarán la denominación de Delegados (provinciales o locales), sin perjuicio de que, como directivos, formen parte del Comité Autonómico. Madrid, diciembre de 2015.
ASOCIACION DE ANTIGUOS ALUMNOS DEL MÁSTER EN DIPLOMACIA Y RELACIONES INTERNACIONALES DE LA ESCUELA DIPLOMÁTICA REGLAMENTO ELECTORAL
REGLAMENTO ELECTORAL 1 CONVOCATORIA Artículo 1. Las elecciones serán convocadas por la Junta Directiva con, al menos 1 mes de antelación a su fecha de celebración, expresando los puestos a cubrir si se
Más detallesREGLAMENTO ELECTORAL
ASOCIACIÓN NACIONAL DE AGRUPACIONES DE VOLUNTARIOS DE PROTECCIÓN CIVIL REGLAMENTO ELECTORAL PREAMBULO Los estatutos de la Asociación Nacional de Agrupaciones de Voluntarios de Protección Civil (ANAV),
Más detallesASAMBLEAS LOCALES Y DE DISTRITO (2017) TITULO I. De la convocatoria
Página1 INSTRUCCIONES ELECTORALES ASAMBLEAS LOCALES Y DE DISTRITO (2017) TITULO I De la convocatoria Artículo 1. Las Asambleas Locales y de Distrito podrán ser ordinarias o extraordinarias. La Asamblea
Más detallesREGLAMENTO ELECTORAL
REGLAMENTO ELECTORAL PREAMBULO Los estatutos de la Asociación de la Asociación Española de Gerentes de Golf no regulan el régimen electoral general por lo que en la asamblea celebrada el día 25 de octubre
Más detallesREGLAMENTO ELECTORAL
1 REGLAMENTO ELECTORAL Abril 2018 2 REGLAMENTO ELECTORAL PREÁMBULO. Este Reglamento Electoral regula la elección del Comité Ejecutivo de la Federación de Asociaciones de Empresas de Tecnologías de la Información,
Más detallesElecciones a la Comisión Ejecutiva Reglamento General Orgánico: Régimen Electoral
Elecciones a la Comisión Ejecutiva Reglamento General Orgánico: Régimen Electoral Reglamento aprobado por la Comisión Ejecutiva el 15 de octubre de 2015 en la ciudad de San Salvador (El Salvador) DISPOSICIONES
Más detallesREGLAMENTO ELECTORAL AVILÉS STADIUM CLUB DE FÚTBOL
REGLAMENTO ELECTORAL AVILÉS STADIUM CLUB DE FÚTBOL INDICE Artículo 1. Articulo 2. Articulo 3. Articulo 4. Artículo 5. Artículo 6. Artículo 7. Artículo 8. Artículo 9. Artículo 10. Artículo 11. Artículo
Más detallesConsejo de Gobierno Sesión Ordinaria de 19/12/03 Punto 6 ANEXO 9
Consejo de Gobierno Sesión Ordinaria de 19/12/03 Punto 6 ANEXO 9 ACUERDO PARA LA RENOVACIÓN DE JUNTAS DE FACULTAD O ESCUELA DE LA UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA La disposición transitoria 7.2 de los Estatutos
Más detallesPROCEDIMIENTO DE ELECCIONES
PROCEDIMIENTO DE ELECCIONES Abril 2009-1 - ÍNDICE 1. Objetivo Pág. 3 2. Extensión Pág. 3 3. Documento de Apoyo Pág. 3 4. Definiciones Pág. 3 5. Método Operativo Pág. 3 6. Documentación Pág. 5-2 - 1.- OBJETIVO
Más detallesREGLAMENTO ELECTORAL CLUB DEPORTIVO BASICO GIJON MARINERS FUTBOL AMERICANO
REGLAMENTO ELECTORAL CLUB DEPORTIVO BASICO GIJON MARINERS FUTBOL AMERICANO De conformidad con lo dispuesto en los Estatutos, se convocan elecciones a Presidente del club. COMISIÓN ELECTORAL Y MESA ELECTORAL
Más detallesArtículo 1.- Elección de la Junta Directiva: promoción del proceso electoral.
REGIMEN Y PROCEDIMIENTO ELECTORAL Artículo 1.- Elección de la Junta Directiva: promoción del proceso electoral. La Junta Directiva acordará la promoción del proceso electoral en los siguientes supuestos:
Más detallesELECCIONES 2017 RENOVACIÓN JUNTA DIRECTIVA
ELECCIONES 2017 RENOVACIÓN JUNTA DIRECTIVA De conformidad con lo establecido en el artículo 42 de los Estatutos de la Sociedad Española de Enfermería Neurológica y con el artículo 29 sobre la composición
Más detallesCLUB VOLEIBOL AMARIÓN ELECCIONES 2016
Estimados socios/as: Nos dirigimos a todos vosotros para daros a conocer el inicio del proceso electoral a la presidencia del Club Voleibol Amarión para los próximos cuatro años. A tal fin os ofrecemos
Más detallesREGLAMENTO SOBRE EL PROCEDIMIENTO ELECTORAL
REGLAMENTO SOBRE EL PROCEDIMIENTO ELECTORAL DEL CONSEJO GENERAL DE COLEGIOS OFICIALES DE MEDICOS DE ESPAÑA Enero, 2007 REGLAMENTO SOBRE EL PROCEDIMIENTO ELECTORAL Artículo 1. Condiciones generales. 1.
Más detallesCONVOCATORIA DE ELECCIONES A LA JUNTA DIRECTIVA
CLUB ESCUELA DE FUTBOL CONCEPCIÖN CONVOCATORIA DE ELECCIONES A LA JUNTA DIRECTIVA Con motivo de concluir el mandato de la actual Junta Directiva del Club Escuela de Fútbol Concepción el próximo mes de
Más detallesREGLAMENTO DE LA MESA DE HOSPITALES DEL ILUSTRE COLEGIO OFICIAL DE MÉDICOS DE MADRID (ICOMEM)
REGLAMENTO DE LA MESA DE HOSPITALES DEL ILUSTRE COLEGIO OFICIAL DE MÉDICOS DE MADRID (ICOMEM) Página 1 de 6 REGLAMENTO DE LA MESA DE HOSPITALES DEL ILUSTRE COLEGIO OFICIAL DE MÉDICOS DE MADRID (ICOMEM).
Más detallesDesarrollo del artículo 36 de los Estatutos del Colegio (RD 377/2015) Aprobado en la Asamblea Ordinaria del Colegio de Geógrafos de 6 de mayo de 2017
REGLAMENTO DE RÉGIMEN ELECTORAL (Adaptación a los Estatutos del Colegio de Geógrafos) Desarrollo del artículo 36 de los Estatutos del Colegio (RD 377/2015) Aprobado en la Asamblea Ordinaria del Colegio
Más detallesREGLAMENTO DE ELECCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO Y DE LOS CAPÍTULOS ESTATALES DEL COLEGIO MEXICANO DE NUTRIÓLOGOS, A.C.
REGLAMENTO DE ELECCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO Y DE LOS CAPÍTULOS ESTATALES DEL COLEGIO MEXICANO DE NUTRIÓLOGOS, A.C. Capítulo Primero DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Las elecciones del Vicepresidente
Más detallesANEXO CALENDARIO ELECTORAL - PERIODO PRIMERA FASE - ASAMBLEAS Y PRESIDENTES DE FEDERACIONES INTERINSULARES
1 de 5 ANEXO CALENDARIO ELECTORAL - PERIODO 2018-20 PRIMERA FASE - ASAMBLEAS Y PRESIDENTES DE FEDERACIONES INTERINSULARES MES DIA ACTO Convocatoria por parte de la FCF de elecciones a las Asambleas y Presidencias
Más detallesREGLAMENTO ELECTORAL DE LA FEDERACION DE EMPRESARIOS DEL METAL DE SEVILLA (FEDEME).
REGLAMENTO ELECTORAL DE LA FEDERACION DE EMPRESARIOS DEL METAL DE SEVILLA (FEDEME). Artículo núm. 1. Todos los cargos directivos de la Federación de Empresarios del Metal de Sevilla, enumerados en Capítulo
Más detallesANUNCIO DEL PROCESO ELECTORAL PARA LA RENOVACION DE LA "JUNTA DIRECTIVA" DE LA SECCION DE ASISTENCIA PRIVADA DE LA SEGO PARA 2016.
ANUNCIO DEL PROCESO ELECTORAL PARA LA RENOVACION DE LA "JUNTA DIRECTIVA" DE LA SECCION DE ASISTENCIA PRIVADA DE LA SEGO PARA 2016. En Madrid, a 5 de Noviembre de 2015. Estimados Socios de la Sección, Por
Más detallesANEXO III REGLAMENTO VOTACIONES PRESENCIALES PARA ELEGIR A LAS PERSONAS REPRESENTANTES DE LOS CÍRCULOS EN EL CONSEJO CIUDADANO DE PODEMOS MADRID
1.Objeto Esta convocatoria se dirige a los militantes que trabajan cada día en los círculos construyendo política y haciendo de su circulo un espacio de encuentro y solidaridad en la comunidad. Su objeto
Más detallesREGLAMENTO ELECTORAL DE LA SOCIEDAD ESPAÑOLA DE GRADUADOS EN RADIOLOGÍA (SEGRA)
REGLAMENTO ELECTORAL DE LA SOCIEDAD ESPAÑOLA DE GRADUADOS EN RADIOLOGÍA (SEGRA) Artículo 1. Las elecciones serán convocadas por la Junta Directiva con, al menos, 60 días de antelación, expresando los puestos
Más detallesCLUB DE ATLETISMO RÍA FERROL ELECCIONES A PRESIDENTE NORMATIVA ELECTORAL
El Presidente del Club de Atletismo Ría Ferrol se elegirá en Asamblea General Extraordinaria mediante sufragio libre, igual, directo y secreto de los socios de número con derecho a voto. El Presidente
Más detallesCONVOCATORIA DE ELECCIONES PARA LA CONSTITUCION DE JUNTA DE GOBIERNO DEL COLEGIO OFICIAL DE PSICOLOGOS DE LA REGIÓN DE MURCIA.
CONVOCATORIA DE ELECCIONES PARA LA CONSTITUCION DE JUNTA DE GOBIERNO DEL COLEGIO OFICIAL DE PSICOLOGOS DE LA REGIÓN DE MURCIA. De conformidad con el artículo 62 y capítulo VI de los Estatutos del Colegio
Más detallesNORMATIVA PARA LA ELECCION DE VOCALES REPRESENTANTES DE LAS ASOCIACIONES EN LOS CONSEJOS DE DISTRITO
NORMATIVA PARA LA ELECCION DE VOCALES REPRESENTANTES DE LAS ASOCIACIONES EN LOS CONSEJOS DE DISTRITO CAPITULO I.- DERECHO DE SUFRAGIO ACTIVO Art.1.- La condición de elector corresponde a las Asociaciones
Más detallesESTATUTO DE LOS CLUBES MUNICIPALES DE JUBILADOS Y PENSIONISTAS.
ESTATUTO DE LOS CLUBES MUNICIPALES DE JUBILADOS Y PENSIONISTAS. SUMARIO: CAPITULO I: DE LOS CLUBES Y SUS SOCIOS CAPITULO II: DE LOS ORGANOS DE GOBIERNO CAPITULO III: NORMAS REGULADORAS DEL PROCESO ELECTORAL
Más detallesREGLAMENTO PARA LA ELECCIÓN DE CARGOS RECTORES DE LA SEC AÑO 2017
REGLAMENTO PARA LA ELECCIÓN DE CARGOS RECTORES DE LA SEC AÑO 2017 Elaborado por el Dpto. Presidencia. Aprobado por el Comité Ejecutivo de la SEC (26 de mayo de 2017) El presente Reglamento ( Reglamento
Más detallesCLUB DEPORTIVO AZUATIL CONVOCATORIA ELECCIONES.
CLUB DEPORTIVO AZUATIL CONVOCATORIA ELECCIONES. De conformidad con lo previsto en nuestros Estatutos, una vez finalizado el mandato de 4 años y para cumplir el compromiso adquirido por la Junta Directiva
Más detallesREGLAMENTO DE ELECCIONES PRIMARIAS DE GANEMOS PELIGROS
Artículo 0. Ámbito de aplicación El presente reglamento regula el proceso de selección de candidatos de Ganemos Peligros para las elecciones municipales de 2015. Sección 1. De los participantes en el proceso
Más detallesII. Procedimiento de votación, escrutinio y proclamación
CONVOCATORIA DE ELECCIONES A JUNTA DE GOBIERNO 2016 En cumplimiento del acuerdo de la Junta de Gobierno del 18 de diciembre de 2015 y de orden del señor presidente, se convocan Elecciones a Junta de Gobierno
Más detallesAprobado en el Consejo Político de 15 de julio de votos a favor, 2 en contra y 7 abstenciones.
PROCEDIMIENTO PARA LA ELECCION DEL/A COORDINADOR/A DE IU DE ASTURIAS Y LOS/AS COORDINADORES/AS LOCALES POR EL PROCEDIMIENTO DE PRIMARIAS ENTRE LA MILITANCIA. Aprobado en el Consejo Político de 15 de julio
Más detallesGarantías en la elaboración del censo
Garantías en la elaboración del censo La inscripción en el censo es obligatoria y los Ayuntamientos la tramitan de oficio. (Art. 32 LOREG) Tiene carácter permanente y se actualiza mensualmente. (art. 35
Más detallesREGLAMENTO PARA LAS ELECCIONES
Pág.: 1/5 Los Estatutos de la Federación Española de Sociedades de Archivística, Biblioteconomía, Documentación y Museística (FESABID) regulan la composición, las funciones y el procedimiento de constitución
Más detallesREGLAMENTO ELECTORAL DE LA ASOCIACIÓN DE MADRES Y PADRES DE ALUMNOS FELIPE RINALDI DEL COLEGIO SALESIANO SAN FRANCISCO DE SALES DE CÓRDOBA
REGLAMENTO ELECTORAL DE LA ASOCIACIÓN DE MADRES Y PADRES DE ALUMNOS FELIPE RINALDI DEL COLEGIO SALESIANO SAN FRANCISCO DE SALES DE CÓRDOBA La renovación de la Junta Directiva de la Asociación de Madres
Más detallesELECCIONES A LA PRESIDENCIA DE LA ASOCIACIÓNDE CICLISTAS PROFESIONALES
ELECCIONES A LA PRESIDENCIA DE LA ASOCIACIÓNDE CICLISTAS PROFESIONALES 1.- PROCEDIMIENTO. El procedimiento será el previsto en los Estatutos de la ACP, complementado por las normas aprobadas por la Junta
Más detallesREGLAMENTO DE LA MESA DE MÉDICOS EN FORMACIÓN DEL ILUSTRE COLEGIO OFICIAL DE MÉDICOS DE MADRID (ICOMEM)
REGLAMENTO DE LA MESA DE MÉDICOS EN FORMACIÓN DEL ILUSTRE COLEGIO OFICIAL DE MÉDICOS DE MADRID (ICOMEM) Página 1 de 7 REGLAMENTO DE LA MESA DE MÉDICOS EN FORMACIÓN DEL ILUSTRE COLEGIO OFICIAL DE MÉDICOS
Más detallesIlustre Colegio Oficial de Médicos de Madrid
REGLAMENTO DE LA MESA DE ATENCIÓN PRIMARIA DEL ILUSTRE COLEGIO OFICIAL DE MÉDICOS DE MADRID (ICOMEM) INTRODUCCIÓN Las Vocalías de Médicos de Atención Primaria y de Médicos Titulares y Rurales del Ilustre
Más detallesColegio Oficial de Trabajo Social de la Región de Murcia
Convocatoria de elecciones para cubrir la presidencia y secretaría de la Junta de Garantías del Colegio Oficial de Trabajo Social de la Región de Murcia Murcia, 22 de noviembre de 2016 La Junta de Gobierno
Más detallesANEXO 1. Reglamento para la elección de Presidente de la Asociación Española de la Clase Snipe- SCIRA ESPAÑA
ANEXO 1 Reglamento para la elección de Presidente de la Asociación Española de la Clase Snipe- SCIRA ESPAÑA Artículo 1. Derecho electoral 1.1 Son electores todos las personas determinadas en los Estatutos
Más detallesREGLAMENTO DE PROCEDIMIENTO ELECTORAL
REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTO ELECTORAL para la elección de PRESIDENTA Y JUNTA DIRECTIVA DE AMEDNA APROBADOS POR LA JUNTA DIRECTIVA EN SESIÓN DE 22 ABRIL DE 2013. ÍNDICE I) Proceso Electoral... 3 II) Votaciones...
Más detallesREGLAMENTO ELECTORAL DEL SINDICATO DE MÉDICOS DE ARAGÓN CESMARAGON
REGLAMENTO ELECTORAL DEL SINDICATO DE MÉDICOS DE ARAGÓN CESMARAGON Artículo 1.- Convocatoria. El Comité Ejecutivo del Sindicato de Médicos de Aragón CESMARAGON realizará la convocatoria para la elección
Más detallesESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE ARCHIVEROS DE LA COMUNIDAD DE MADRID
ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE ARCHIVEROS DE LA COMUNIDAD DE MADRID Art. 1.- Definición 1. La Asociación de Archiveros de la Comunidad de Madrid se constituye, dentro de la Federación de Asociaciones de
Más detallesCONVOCATORIA DE ELECCIONES 2018 Sociedad Española de Fertilidad NORMAS ELECTORALES
CONVOCATORIA DE ELECCIONES 2018 Sociedad Española de Fertilidad En cumplimiento de lo dispuesto en los Estatutos de la Sociedad Española de Fertilidad, aprobados por la Asamblea General Extraordinaria
Más detallesELECCIONES A CLAUSTRO, JUNTAS DE FACULTAD Y CONSEJOS DE DEPARTAMENTO 2015 INSTRUCCIONES PARA EL DESARROLLO DEL PROCESO ELECTORAL
ELECCIONES A CLAUSTRO, JUNTAS DE FACULTAD Y CONSEJOS DE DEPARTAMENTO 2015 INSTRUCCIONES PARA EL DESARROLLO DEL PROCESO ELECTORAL Por Resolución del Rector de 24 de septiembre de 2015 se convocan elecciones
Más detalles19 de octubre LUNES 20 de octubre MARTES 22 de octubre MIÉRCOLES
19 de octubre 20 de octubre MARTES 22 de octubre 27 de octubre MARTES 28 de octubre 11 de noviembre 12 de noviembre JUEVES 16 de noviembre 26 de noviembre JUEVES 27 de noviembre VIERNES 30 de noviembre
Más detallesREGLAMENTO ELECTORAL DEL COLEGIO OFICIAL DE INGENIEROS INDUSTRIALES DE MADRID
REGLAMENTO ELECTORAL DEL COLEGIO OFICIAL DE INGENIEROS INDUSTRIALES DE MADRID APROBADO EN JUNTA DE GOBIERNO DE 17 DE SEPTIEMBRE DE 2018 Preámbulo.- La Disposición Adicional Primera de los vigentes Estatutos
Más detallesCIRCULAR Nº 536 CARGOS DE LA JUNTA ELECTORAL
CIRCULAR Nº 536 CARGOS DE LA JUNTA ELECTORAL A las 18,00 horas del día 5 de junio de 2017, reunidos en Junta en la sede del Colegio en Cartagena, los colegiados que salieron elegidos por sorteo para constituir
Más detallesARTÍCULO 32 REFERENTE AL PROCEDIMIENTO DE LAS ELECCIONES DEL ESTATUTO DE LA ASOCIACIÓN DE MINAS, METALURGISTAS Y GEÓLOGOS Y DE MÉXICO, A.C.
MODIFICACIÓN DE LOS INCISOS a), d), j), k), l), m), n), y r) DEL ARTÍCULO 32 REFERENTE AL PROCEDIMIENTO DE LAS ELECCIONES DEL ESTATUTO DE LA ASOCIACIÓN DE MINAS, METALURGISTAS Y GEÓLOGOS Y DE MÉXICO, A.C.
Más detallesDIRECTRICES PARA EL DESARROLLO DE LAS ELECCIONES DE DELEGADOS DE GRUPO, DE TITULACIÓN Y DE FACULTAD O ESCUELA DE LA URJC.
DIRECTRICES PARA EL DESARROLLO DE LAS ELECCIONES DE DELEGADOS DE GRUPO, DE TITULACIÓN Y DE FACULTAD O ESCUELA DE LA URJC. El Consejo de Gobierno de la Universidad Rey Juan Carlos, en cumplimiento del artículo
Más detallesPROPUESTA MODIFICACIÓN PUNTUAL ESTATUTOS MAYO DE 1014
PROPUESTA MODIFICACIÓN PUNTUAL ESTATUTOS MAYO DE 1014 4.- RÉGIMEN ELECTORAL. MESAS ELECTORALES, VOTO POR CORREO, VOTO ELECTRÓNICO. ARTS. 95 Y 98 A 100. REDACCIÓN ACTUAL. MESAS ELECTORALES ART. 95 En cada
Más detallesReglamento de Elecciones Primarias
Reglamento de Elecciones Primarias Barcelona, 1 de Noviembre de 2014. MARCO ESTATUTARIO El artículo 5.4 de los Estatutos de Ciudadanos Partido de la Ciudadanía, aprobados en su Tercera Asamblea General,
Más detallesCONVOCATORIA DE APERTURA DEL PROCEDIMIENTO PARA RENOVACION DE LA JUNTA DIRECTIVA.
CONVOCATORIA DE APERTURA DEL PROCEDIMIENTO PARA RENOVACION DE LA JUNTA DIRECTIVA. En cumplimiento a la 3ª Asamblea Ordinaria celebrada por la Asociación Motorista Grupo Ángeles Verdes de fecha 22 de abril
Más detallesPREGUNTAS FRECUENTES ELECCIONES A DECANA O DECANO DE FACULTAD Y DIRECTOR O DIRECTORA DE ESCUELA
PREGUNTAS FRECUENTES ELECCIONES A DECANA O DECANO DE FACULTAD Y DIRECTOR O DIRECTORA DE ESCUELA ÍNDICE 1 ELECTORES Y ELEGIBLES... 3 2 CONVOCATORIA, CALENDARIO ELECTORAL Y CAUSA DE ABSTENCIÓN.. 3 3 CÓMPUTO
Más detallesGUÍA PARA LOS MIEMBROS DE LAS MESAS ELECTORALES EN LAS ELECCIONES A JUNTAS DE FACULTAD Y ESCUELA Y CONSEJOS DE DEPARTAMENTO
GUÍA PARA LOS MIEMBROS DE LAS MESAS ELECTORALES EN LAS ELECCIONES A JUNTAS DE FACULTAD Y ESCUELA Y CONSEJOS DE DEPARTAMENTO CONSTITUCIÓN DE LA MESA Para cada Mesa electoral serán designados un Presidente
Más detallesCentro Asociado Madrid-Sur
NORMATIVA ELECTORAL DE CONVOCATORIA DEL CLAUSTRO DEL CENTRO ASOCIADO DE MADRID-SUR COMPLEMENTARIA AL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO ASOCIADO TÍTULO I: ELECCIONES DE LOS MIEMBROS
Más detallesREGLAMENTO DE ELECCIONES SERAM
REGLAMENTO DE ELECCIONES SERAM DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- OBJETO. El presente reglamento tiene por objeto regular las elecciones para la Junta Directiva de la SERAM de conformidad con lo previsto
Más detallesNORMATIVA DE ELECCIONES PARCIALES PARA EL CLAUSTRO DE LA UNIVERSIDAD DE ALCALÁ. (Octubre de Enero de 2018)
NORMATIVA DE ELECCIONES PARCIALES PARA EL CLAUSTRO DE LA UNIVERSIDAD DE ALCALÁ (Octubre de 2017- Enero de 2018) De acuerdo con lo establecido en el artículo 14.3 de los Estatutos de la Universidad de Alcalá
Más detallesREGLAMENTO ELECTORAL DE LA ASOCIACION SOCIEDAD ESPAÑOLA DE HIPERTENSIÓN LIGA ESPAÑOLA PARA LA LUCHA CONTRA LA HIPERTENSIÓN ARTERIAL S.E.H. L.E.L.H.A.
REGLAMENTO ELECTORAL DE LA ASOCIACION SOCIEDAD ESPAÑOLA DE HIPERTENSIÓN LIGA ESPAÑOLA PARA LA LUCHA CONTRA LA HIPERTENSIÓN ARTERIAL S.E.H. L.E.L.H.A. CONVOCATORIA Artículo 1. Las elecciones serán convocadas
Más detallesPROCEDIMIENTO PARA LA ELECCIÓN DE CANDIDATO O CANDIDATA A LA PRESIDENCIA DEL GOBIERNO DE ESPAÑA Comité Federal, 28 de mayo de 2011
1 PROCEDIMIENTO PARA LA ELECCIÓN DE CANDIDATO O CANDIDATA A LA PRESIDENCIA DEL GOBIERNO DE ESPAÑA Comité Federal, 28 de mayo de 2011 Ámbito institucional objeto de la convocatoria En el período comprendido
Más detallesREGLAMENTO ELECTORAL CAPITULO No. 173 ISACA-BOLIVIA
REGLAMENTO ELECTORAL CAPITULO No. 173 ISACA-BOLIVIA Capítulo I ELECCION DE JUNTA DIRECTIVA DEL CAPITULO Artículo 1.- Elección El Directorio del Capítulo deberá ser renovado cada DOS (2) años y ser elegido
Más detallesPREGUNTAS FRECUENTES ELECCIONES A DIRECTOR O DIRECTORA DE DEPARTAMENTO
PREGUNTAS FRECUENTES ELECCIONES A DIRECTOR O DIRECTORA DE DEPARTAMENTO ÍNDICE 1 ELECTORES Y ELEGIBLES... 3 2 CONVOCATORIA, CALENDARIO ELECTORAL Y CAUSA DE ABSTENCIÓN.. 3 3 CÓMPUTO DE PLAZOS...5 4 CANDIDATURAS...5
Más detallesREGLAMENTO PARA LA CELEBRACIÓN DE LAS ASAMBLEAS CONSTITUYENTES DE LAS DELEGACIONES TERRITORIALES
REGLAMENTO PARA LA CELEBRACIÓN DE LAS ASAMBLEAS CONSTITUYENTES DE LAS DELEGACIONES TERRITORIALES CAPITULO I: OBJETO DEL REGLAMENTO Y FUNCIONES DE LA ASAMBLEA CONSTITUYENTE DE LAS DELEGACIONES TERRITORIALES
Más detallesNormativa para las elecciones a Consejo de Gobierno de la Universidad de Murcia 1 TÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES
Normativa para las elecciones a Consejo de Gobierno de la Universidad de Murcia 1 TÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º Esta Normativa tiene por objeto determinar la composición del próximo Consejo
Más detallesNORMATIVA REGULADORA DEL PROCEDIMIENTO ELECTORAL
NORMATIVA REGULADORA DEL PROCEDIMIENTO ELECTORAL DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. La presente normativa tiene por objeto regular el procedimiento electoral de las elecciones a la Comisión Ejecutiva
Más detallesESTATUTOS DE LA SECCIÓN DE ABOGADOS ESPECIALISTAS EN MATERIA EN DERECHO DE CONSUMO
ESTATUTOS DE LA SECCIÓN DE ABOGADOS ESPECIALISTAS EN MATERIA EN DERECHO DE CONSUMO TÍTULO PRIMERO Denominación, objeto, domicilio y ámbito. PRIMERO.- Con la denominación de Abogados especialistas en Derecho
Más detallesREGLAMENTO DE ELECCIONES PRIMARIAS
REGLAMENTO DE ELECCIONES PRIMARIAS CÓDIGO DE BUENAS PRÁCTICAS ÍNDICE PREÁMBULO... 1 ARTICULADO... 2 Artículo 1. Comisión Electoral del partido... 2 Artículo 2. Censos. Condición de elector y elegible...
Más detallesProcedimiento Electoral Asociación de Empresarios del Henares
1 Procedimiento Electoral Asociación de Empresarios del Henares ORGANOS QUE INTERVIENEN EN EL PROCESO ELECTORAL 2 Secretaria General Comité Ejecutivo Junta Electoral Mesa Electoral SECRETARIA GENERAL (SG)
Más detallesSecretaría de Acción Sindical
ELECCIONES SINDICALES Uno de los derechos básicos de las trabajadoras y trabajadores es la participación en la empresa, como establece el artículo 4.1.g) del Estatuto de los Trabajadores (TE), la cual,
Más detallesESTATUTOS DE LA SECCIÓN DE ABOGADOS ESPECIALISTAS EN DERECHO CIVIL (PROPIEDAD HORIZONTAL Y ARRENDAMIENTOS URBANOS)
ESTATUTOS DE LA SECCIÓN DE ABOGADOS ESPECIALISTAS EN DERECHO CIVIL (PROPIEDAD HORIZONTAL Y ARRENDAMIENTOS URBANOS) TÍTULO PRIMERO Denominación, objeto, domicilio y ámbito. PRIMERO.- Con la denominación
Más detallesColegio Oficial de Trabajo Social de la Región de Murcia
Convocatoria de elecciones 2016-2020 Junta de Gobierno y Junta de Garantías Murcia, 1 de abril de 2016 La Junta de Gobierno del Colegio Oficial de Trabajo Social de la Región de Murcia, en sesión celebrada
Más detallesNo tendrán la condición de elegibles: a) Los que no reúnan los requisitos establecidos en el artículo anterior.
REGLAMENTO ELECTORAL DEL COLEGIO PROFESIONAL DE PERIODISTAS DE ANDALUCÍA Artículo 1. Objeto El objeto del presente Reglamento Electoral es la regulación del procedimiento de elección de la junta de gobierno
Más detallesCONVOCATORIA DE ELECCIONES PARA LA JUNTA DIRECTIVA DEL COLEGIO DE MÉDICOS DE TERUEL.
CONVOCATORIA DE ELECCIONES PARA LA JUNTA DIRECTIVA DEL COLEGIO DE MÉDICOS DE TERUEL. Transcurrido el periodo de mandato de la Junta Directiva actual, del Colegio de Médicos de Teruel, se convocan elecciones
Más detallesPROTOCOLO DEL PROCESO ELECTORAL PARA ELECCIONES A PRESIDENCIA, Y JUNTA DIRECTIVA DE LA PLATAFORMA DEL VOLUNTARIADO DE LA COMUNIDAD VALENCIANA
PROTOCOLO DEL PROCESO ELECTORAL PARA ELECCIONES A PRESIDENCIA, Y JUNTA DIRECTIVA DE LA PLATAFORMA DEL VOLUNTARIADO DE LA COMUNIDAD VALENCIANA Con el fin de garantizar la transparencia y confiabilidad de
Más detallesPROCESO DE ELECCIÓN REPRESENTANTE DE DEPORTISTA EN LA COMISIÓN TÉCNICA DE BOCCIA DE LA FMDPC
PROCESO DE ELECCIÓN REPRESENTANTE DE DEPORTISTA EN LA COMISIÓN TÉCNICA DE BOCCIA DE LA FMDPC El presente documento tiene por objeto regular el proceso de elección del representante de los deportistas para
Más detallesREGLAMENTO DEL COMITÉ ELECTORAL UNIVERSITARIO CAPÍTULO I DEL COMITÉ ELECTORAL
REGLAMENTO DEL COMITÉ ELECTORAL UNIVERSITARIO 1 2 3 4 Disposiciones Generales CAPÍTULO I DEL COMITÉ ELECTORAL Artículo 1.- El Comité Electoral de la Universidad ESAN es la máxima autoridad electoral, es
Más detallesExposición de motivos. Título Preliminar
REGLAMENTO DE ELECCIONES DE REPRESENTANTES DE ESTUDIANTES, APROBADO POR EL CONSEJO DE GOBIERNO EN SESIÓN DE 30 DE SEPTIEMBRE DE 2010 Exposición de motivos La reciente modificación de los Estatutos de la
Más detallesASAMBLEA GENERAL VITORIA GASTEIZ, 22 de enero de 2013 Orden del Día
ASAMBLEA GENERAL VITORIA GASTEIZ, 22 de enero de 2013 Orden del Día PUNTO UNICO - Elección de Presidente y Junta Directiva de la Federación Vasca de Futbol DESARROLLO DE LA ASAMBLEA GENERAL DE LA EFF-FVF
Más detallesREGLAMENTO PARA LA CELEBRACIÓN DE LOS CONGRESOS LOCALES
REGLAMENTO PARA LA CELEBRACIÓN DE LOS CONGRESOS LOCALES 2017-2018 Artículo 1. Congresos Locales y ámbito de aplicación. El Congreso Local es el órgano supremo del Partido a nivel local. Podrá ser de naturaleza
Más detallesELECCIONES A LA JUNTA DIRECTIVA DEL APA
ELECCIONES A LA JUNTA DIRECTIVA DEL APA JUNTA DIRECTIVA Presidente Vicepresidente Tesorero Secretario Al menos 4 vocales ARTICULO 23.- La Junta de Gobierno está compuesta como mínimo por OCHO (8) miembros
Más detallesREGLAMENTO ELECTORAL. Comisión Electoral
REGLAMENTO ELECTORAL Comisión Electoral 1- La Comisión Electoral velará por todo el proceso electoral y se disolverá una vez concluido el mismo, con la elección de Presidente/a del club. Tendrá tres miembros
Más detallesSOCIEDAD MEXICANA DE INVESTIGACIÓN DE OPERACIONES
SOCIEDAD MEXICANA DE INVESTIGACIÓN DE OPERACIONES Propuestas de Modificaciones a Estatutos Vigentes 27- Oct- 2016 Propuesta 1: Se propone que la frecuencia del Congreso de la Sociedad sea de carácter bi-
Más detallesReglamento de Elección de Delegados de Clase. Artículo 1: Objeto del presente Reglamento
Artículo 1: Objeto del presente Reglamento Este reglamento tiene por objeto regular la figura de los Delegados y Subdelegados de clase de la Universidad de Almería, así como establecer el procedimiento
Más detallesDECRETO 327/2010, DE 13 DE JULIO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO ORGÁNICO DE LOS INSTITUTOS DE EDUCACIÓN SECUNDARIA.
MARCO NOATIVO PARA LA PARTICIPACIÓN DECRETO 327/2010, DE 13 DE JULIO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO ORGÁNICO DE LOS INSTITUTOS DE EDUCACIÓN SECUNDARIA. (Corregido) REGLAMENTO ORGÁNICO DE LOS INSTITUTOS
Más detalles9 10 de mayo La Junta Directiva acuerda convocar elecciones y la fecha de
ACTA DE CONSTITUCIÓN DE JUNTA ELECTORAL EN LAS ELECCIONES PARA LA RENOVACIÓN PARCIAL DE LOS CARGOS ELEGIBLES DE LA JUNTA DIRECTIVA, 2013 En cumplimiento de los acuerdos de la Junta Directiva de AIDIPE,
Más detallesREGLAMENTO ELECTORAL DEL CONSEJO GENERAL DE COLEGIOS DE ADMINISTRADORES DE FINCAS DE ESPAÑA
REGLAMENTO ELECTORAL DEL CONSEJO GENERAL DE COLEGIOS DE ADMINISTRADORES DE FINCAS DE ESPAÑA 1.- El presente Reglamento tiene por objeto la regulación de las elecciones del Consejo General de Colegios de
Más detalles1 Revista de la Confederación General del Trabajo en AtoS Elecciones Sindicales en AtoS Madrid (2011) ELECCIONES SINDICALES EN ATOS MADRID
1 ELECCIONES SINDICALES EN ATOS MADRID Como consecuencia del preaviso de elecciones lanzado por CCoo, el 5 de octubre se constituyó la Mesa Electoral en AtoS Spain Madrid, iniciándose de esta manera el
Más detallesREGLAMENTOS REGLAMENTO ELECTORAL DE LA ASOCIACION ESPAÑOLA DE PSICOGERONTOLOGIA
REGLAMENTOS REGLAMENTO ELECTORAL DE LA ASOCIACION ESPAÑOLA DE PSICOGERONTOLOGIA AEPG 2015 REGLAMENTO ELECTORAL DE LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE PSICOGERONTOLOGÍA CAPITULO I. LA JUNTA DIRECTIVA Artículo 1.
Más detallesSECRETARÍA GENERAL. CIRCULAR No. 01 DE III Proceso de elección del representante de Directivas Académicas ante el Consejo Superior
SECRETARÍA GENERAL CIRCULAR No. 01 DE FECHA: PARA: ASUNTO: III Proceso de elección del representante de Directivas Académicas ante el Consejo Superior Resolución 1762 de 2017 se A continuación se darán
Más detallesGUÍA PARA LOS MIEMBROS DE LAS MESAS ELECTORALES EN LAS ELECCIONES A RECTOR O RECTORA
GUÍA PARA LOS MIEMBROS DE LAS MESAS ELECTORALES EN LAS ELECCIONES A RECTOR O RECTORA CONSTITUCIÓN DE LA MESA Para cada Mesa electoral serán designados un Presidente y dos Vocales y sus respectivos suplentes,
Más detallesANEXO I PROCESO ELECTORAL PARA LA ELECCIÓN DEL PRESIDENTE A. PROMOCIÓN DEL PROCESO ELECTORAL
ANEXO I PROCESO ELECTORAL PARA LA ELECCIÓN DEL PRESIDENTE A. PROMOCIÓN DEL PROCESO ELECTORAL Podrá promoverse el proceso electoral: Con tres meses de antelación a la extinción del periodo de cuatro años
Más detallesACTA DE REUNIÓN DE LA JUNTA ELECTORAL DEL CLUB NÁUTICO PLAYA SAN MAROS Y ELABORACIÓN DEL ORDEN DEL DÍA.
ACTA DE REUNIÓN DE LA JUNTA ELECTORAL DEL CLUB NÁUTICO PLAYA SAN MAROS Y ELABORACIÓN DEL ORDEN DEL DÍA. En la secretaría del Club Náutico Playa san Marcos, siendo las 14:00 p.m. del día 01 de julio de
Más detallesReglamento Interno de la Asociación Española de Profesionales del Análisis Sensorial
Reglamento Interno de la Asociación Española de Profesionales del Análisis Sensorial Preámbulo El reglamento interno tiene por objetivos precisar los estatutos de la Asociación Española de Profesionales
Más detallesACTA DE LA ASAMBLEA GENERAL
ACTA DE LA ASAMBLEA GENERAL ASISTENTES: Directivos: 1. Ángel Manzano (Presidente) 2. Tomás Manzano (Vicepresidente) 3. Julio Manzano (Tesorero) 4. Bernabé Acero (Secretario) 5. Consuelo Bordona (Vocal)
Más detallesEDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA Y DE LOS CENTROS PÚBLICOS ESPECÍFICOS DE EDUCACIÓN ESPECIAL. (CORREGIDO) ESPECÍFICOS DE EDUCACIÓN ESPECIAL
MARCO NOATIVO PARA LA PARTICIPACIÓN DECRETO 328/2010, DE 13 DE JULIO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO ORGÁNICO DE LAS ESCUELAS INFANTILES DE SEGUNDO CICLO, DE LOS COLEGIOS DE EDUCACIÓN PRIMARIA, DE
Más detallesAsociación METROPOLIS
Asociación METROPOLIS Asociación francesa ley 1901 REGLAMENTO INTERNO 20 de mayo 2015 El presente reglamento interno completa y precisa ciertos artículos de los estatutos de la asociación modificados y
Más detalles