Acusamos recibo de su escrito por el que nos remite informe en relación a la queja de referencia, formulada por ( ) y otros/as.

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1 "Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos (...)". Art. 1 de la Declaración Universal de los DD HH "Tots els éssers humans naixen lliures i iguals en dignitat i drets (...)". Art. 1 de la Declaració Universal dels DD HH SÍNDIC DE GREUGES DE LA COMUNITAT VALENCIANA REGISTRE GENERAL 18/02/2016 Ayuntamiento de Pinoso Sr. Alcalde-President Pl. d'espanya, 1 Pinoso (Alicante) EIXIDA NÚM ================== Ref. queja núm y acumuladas ================== (Asunto. Principio de igualdad. Control horario empleados públicos). Sr. Alcalde-Presidente: Acusamos recibo de su escrito por el que nos remite informe en relación a la queja de referencia, formulada por ( ) y otros/as. Los/as autores/as de las quejas en sus escritos sustancialmente manifestaban los hechos y consideraciones siguientes: (...) Los empleados públicos del Excmo. Ayuntamiento de Pinoso que trabajamos en el centro de trabajo del edificio Casa Consistorial del Ayuntamiento de Pinoso, nos sentimos discriminados por la falta de igualdad en el control de presencia al implantarse un sistema de control horario solo en este edificio donde solo fichamos 3 laborales y 19 funcionarios de un total de 101 laborales y 49 funcionarios. 1. No se respeta el principio fundamental recogido en la Constitución, en concreto, en su artículo 14 donde se establece la igualdad para todos, y en este caso no se puede discriminar por razón de estar adscrito a un servicio u otro distinto, o estar en la Casa Consistorial o fuera. 2. El artículo 2 del reglamento sobre control horario del Excmo. Ayuntamiento de Pinoso establece: todo el personal que presta servicios en el ayuntamiento de Pinoso está sometido a control de puntualidad, asistencia y permanencia. Las instrucciones contenidas en el presente reglamento serán de aplicación a todos los empleados públicos que prestan sus servicios en el Ayuntamiento de Pinoso. Reglamento Código de validación: LNVO0G6Q1VSIJDKI Fecha de registro: 18/02/2016 Página: 1 C/. Pascual Blasco, ALACANT Tels / Fax Correo electrónico: consultas_sindic@gva.es

2 aprobado el 26 noviembre de 2013 por el Pleno del Excmo. Ayuntamiento Pinoso. 3. Destacamos sentencia de la sala de lo contencioso administrativo del tribunal superior de justicia de la comunidad Valenciana en sentencia recaída a una demanda sindical contra la universidad de Valencia (29/11/2008) por discriminación en el sistema de control horario. El fondo de la sentencia viene a decir que de existir sistema de control horario, si así se ha acordado, ha de ser para todo el personal, sin ningún tipo de excepción,.../....../... Porque de lo contrario se incumpliría uno de los principios fundamentales de la constitución española como es de igualdad, esto significa, la aplicación de los mismos criterios a iguales situaciones de relación a todos los empleados municipales. Asimismo, de la documentación remitida por los/as interesados/as se desprendía que en fechas 10/04/2014 y 2/02/2015, a través de las organizaciones sindicales, le fue trasladada al Ayuntamiento la cuestión planteada en la presente queja. Admitida a trámite la queja, solicitamos informe del Ayuntamiento de Pinoso que, a través de su Alcalde Presidente, nos comunicó en fecha 24/06/2015 lo siguiente: (...) Por la presente, y en debida respuesta al escrito de fecha 12 de junio del presente, y recibido en el Ayuntamiento el pasado día 16, procedo a dar cumplimiento a la obligación de remitir información suficiente acerca los datos que obran en la documentación remitida dentro de la queja n por don (...). Tras la aprobación inicial, a finales del año 2013, del Reglamento de Control Horario del Personal al Servicio del Ayuntamiento de Pinoso, en el segundo trimestre de 2014 se procedió al inicio del control horario del mismo mediante el denominado sistema de reloj, es decir, fichaje a la entrada y a la salida del trabajo mediante el control a través de las huellas dactilares. Dicho sistema de control abordado previamente en Mesa de Negociación en debido cumplimiento de lo establecido en el artículo 37 de la ley 7/2007 por la que se aprueba el Estatuto Básico del Empleado Público, fue aplicado, en principio, a los funcionarios que prestan sus servicios en la Casa Consistorial, habiéndose informado en la referida mesa que en lo sucesivo se iría ampliando la aplicación a los empleados públicos del resto de centros municipales (Casa de la Cultura, Medio Ambiente, Policía Local, etc.). El motivo de la demora en la aplicación del control al conjunto de las dependencias recayó en que el horario especial de estos centros y las características de la jornada de los empleados públicos que allí trabajan (salidas de inspección, servicios de urgencia, jornada laboral irregular en la permanencia en los centros incluso en lo que se refiere a la entrada y a la salida), requerían de un estudio detallado de los casos de los empleados públicos que allí trabajan a fin de lograr un control justo y equitativo en función de las características especiales antes señaladas. Así, en la Mesa de Negociación celebrada antes de la entrada en vigor del sistema de control, se asumió por parte del Equipo de Gobierno el compromiso de ir instalando los sistemas de control digital en cada uno de los centros municipales. En virtud de dicho compromiso, se están estudiando las peculiaridades horarias de los empleados públicos ajenos a las funciones de administración general a fin de Código de validación: LNVO0G6Q1VSIJDKI Fecha de registro: 18/02/2016 Página: 2

3 implantar el sistema de control horario para ellos más justo y equitativo posible, tal y como antes se hacía referencia. En virtud de lo anterior, procede concluir con que ha sido voluntad de los miembros de la Junta de Gobierno Local, desde un principio, la aplicación del sistema de control horario a la totalidad de los empleados públicos y centros municipales, todo ello en aras del cumplimiento, precisamente, del principio de igualdad al que se alude en el escrito de queja, principio de igualdad que, para su cumplimiento efectivo, requiere que se sepan apreciar las características horarias distintas de todos los trabajadores municipales y que desembocará, a corto plazo, y tal y como se anunció en Mesa de Negociación a los representantes de los empleados municipales, en la instalación del sistema de control horario para todos ellos» (el subrayado es nuestro). Del contenido del informe dimos traslado a los/as autores/as de las quejas al objeto de que, si lo consideraban oportuno, presentaran escrito de alegaciones, como así hicieron en fechas 20/07/15 y 28/08/15. Llegados a este punto, resolvemos la queja con los datos obrantes en el expediente. La Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico de los Empleados Públicos (en adelante EBEP), en su artículo 47, Jornada de trabajo de los funcionarios públicos, señala lo siguiente: Las Administraciones Públicas establecerán la jornada general y las especiales de trabajo de sus funcionarios públicos. La jornada de trabajo podrá ser a tiempo completo o a tiempo parcial. Por lo que se refiere a la jornada de trabajo del personal laboral, el artículo 51 establece Para el régimen de jornada de trabajo, permisos y vacaciones del personal laboral se estará a lo establecido en este Capítulo y en la legislación laboral correspondiente. De la anterior normativa, se desprende que existe un principio de libertad de cada Administración para definir el sistema de control de horarios y permanencia de sus empleados públicos. No obstante, de conformidad con lo previsto en el artículo 37 del EBEP, estamos ante materias que son objeto de negociación, (...) en su ámbito respectivo y en relación con las competencias de cada Administración Pública, y con el alcance que legalmente proceda en cada caso... las referencias a calendario laboral, horarios y jornadas. A este respecto, el Ayuntamiento de Pinoso en el Pleno de 26/11/2013 aprobó el Reglamento de Control y Presencia de los empleados públicos del Ayuntamiento de Pinoso. Por otro lado, de lo informado por la administración, se deduce que tras la entrada en vigor del sistema de control (...) se están estudiando las peculiaridades horarias de los empleados públicos ajenos a las funciones de administración general Código de validación: LNVO0G6Q1VSIJDKI Fecha de registro: 18/02/2016 Página: 3

4 Consideramos que, sin perjuicio de la autonomía municipal y de la potestad de autoorganización del Ayuntamiento, el sistema de control y permanencia de los empleados públicos deberá respetar, en todo caso, el principio constitucional de igualdad. A este respecto, el principio de igualdad ha de entenderse en función de las circunstancias que concurren en cada supuesto o caso concreto, puede decirse, pues, que el principio de igualdad encierra una prohibición de discriminación, de tal manera que, ante situaciones iguales, deben darse tratamientos iguales. Sólo podría producirse la quiebra del principio de igualdad cuando, dándose los requisitos previos de una igualdad de situaciones entre los sujetos afectados por la norma, se produce un tratamiento diferenciado de los mismos en razón de una conducta arbitraria o no justificada de los poderes públicos. En este sentido, puede resultar ilustrativo el fundamento jurídico segundo de la Sentencia del Tribunal Constitucional 49/1982, de 14 de julio de La regla general de la igualdad ante la Ley contenida en el art. 14 de la Constitución contempla, en primer lugar, la igualdad en el trato dado por la Ley o igualdad en la Ley y constituye desde este punto de vista un límite puesto al ejercicio del poder legislativo, pero es asimismo igualdad en la aplicación de la Ley, lo que impone que un mismo órgano no puede modificar arbitrariamente el sentido de sus decisiones en casos sustancialmente iguales y que cuando el órgano en cuestión considere que debe apartarse de sus precedentes tiene que ofrecer para ello una fundamentación suficiente y razonable En conclusión, consideramos que puede existir un trato diferenciado del control de horario y permanencia siempre que el motivo sea razonable y no arbitrario, es decir, si atendiendo a las circunstancias particulares del caso se justifica un tratamiento diverso. No obstante, en el Reglamento del Ayuntamiento de Control de Horarios y Permanencia establece en su artículo 8.5 in fine: (...) La realización de horarios especiales no exime de la realización de la jornada anual pactada en Mesa General de Negociación. Los horarios especiales se negociarán previamente con los representantes de los empleados públicos, siempre respetando el cómputo anual y siendo oídos los interesados directos. La obligación administrativa de cumplir escrupulosamente con las normas que rigen los procedimientos, cuidando al máximo de todos los trámites que constituyen el expediente, dimana directamente del mandato constitucional del Art. 103 de una Administración eficaz que sirve con objetividad a los intereses generales y que actúa con sometimiento pleno a la Ley y al Derecho, sometimiento que se articula mediante la sujeción de la actuación pública al procedimiento administrativo establecido por la Ley y según los principios garantizados por la Constitución española en su Art Por cuanto antecede y de conformidad con lo previsto en el Art. 29 de la Ley de la Generalitat Valenciana 11/1988, de 26 de diciembre, reguladora de esta Institución, RECOMIENDO al Ayuntamiento de Pinoso que, en la gestión del sistema de control de horario y permanencia de sus empleados públicos, extreme al máximo la aplicación del principio constitucional de igualdad. Código de validación: LNVO0G6Q1VSIJDKI Fecha de registro: 18/02/2016 Página: 4

5 Lo que se le comunica para que, en el plazo máximo de un mes, nos informe si acepta estas recomendaciones o, en su caso, nos ponga de manifiesto las razones que estime para no aceptarlas, y ello, de acuerdo con lo prevenido en el art. 29 de la Ley 11/1988, reguladora de esta Institución. Para su conocimiento, le hago saber, igualmente, que, a partir de la semana siguiente a la fecha en la que se ha dictado la presente resolución, ésta se insertará en la página Web de la Institución. Agradeciendo por anticipado la remisión del preceptivo informe, Atentamente le saluda, José Cholbi Diego Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana Código de validación: LNVO0G6Q1VSIJDKI Fecha de registro: 18/02/2016 Página: 5

SÍNDIC DE GREUGES DE LA COMUNITAT VALENCIANA

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Acusamos recibo de su escrito por el que nos remite informe en relación a la queja de referencia, formulada por ( ). "Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos (...)". Art. 1 de la Declaración Universal de los DD HH "Tots els éssers humans naixen lliures i iguals en dignitat i drets (...)".

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Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas Hble. Sra. Consellera C/ Castán Tobeñas, 77 - CA9O - Torre 3 València (València) 05/06/2018

Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas Hble. Sra. Consellera C/ Castán Tobeñas, 77 - CA9O - Torre 3 València (València) 05/06/2018 "Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos (...)". Art. 1 de la Declaración Universal de los DD HH "Tots els éssers humans naixen lliures i iguals en dignitat i drets (...)".

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SÍNDIC DE GREUGES DE LA COMUNITAT VALENCIANA

SÍNDIC DE GREUGES DE LA COMUNITAT VALENCIANA "Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos (...)". Art. 1 de la Declaración Universal de los DD HH "Tots els éssers humans naixen lliures i iguals en dignitat i drets (...)".

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- Que su trabajo supone un importante esfuerzo físico al tener que atender a niños/as de 0 a 3 años de edad.

- Que su trabajo supone un importante esfuerzo físico al tener que atender a niños/as de 0 a 3 años de edad. "Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos (...)". Art. 1 de la Declaración Universal de los DD HH "Tots els éssers humans naixen lliures i iguals en dignitat i drets (...)".

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================ Ref. Queja nº ================ Asunto: molestias por malos olores y ruidos derivados del Camping La Pirámide.

================ Ref. Queja nº ================ Asunto: molestias por malos olores y ruidos derivados del Camping La Pirámide. "Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos (...)". Art. 1 de la Declaración Universal de los DD HH "Tots els éssers humans naixen lliures i iguals en dignitat i drets (...)".

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SÍNDIC DE GREUGES DE LA COMUNITAT VALENCIANA "Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos (...)". Art. 1 de la Declaración Universal de los DD HH "Tots els éssers humans naixen lliures i iguals en dignitat i drets (...)".

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En fecha 24/02/2017 se recibió el informe solicitado que indicaba lo siguiente:

En fecha 24/02/2017 se recibió el informe solicitado que indicaba lo siguiente: "Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos (...)". Art. 1 de la Declaración Universal de los DD HH "Tots els éssers humans naixen lliures i iguals en dignitat i drets (...)".

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================ Ref. Queja nº ================ (Asunto: Supuesta atención médica no respetuosa. Solicitud de cambio de especialista).

================ Ref. Queja nº ================ (Asunto: Supuesta atención médica no respetuosa. Solicitud de cambio de especialista). "Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos (...)". Art. 1 de la Declaración Universal de los DD HH "Tots els éssers humans naixen lliures i iguals en dignitat i drets (...)".

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En su informe de 21 de abril de 2010 la Conselleria de Bienestar Social nos indicaba entre otras cuestiones lo siguiente:

En su informe de 21 de abril de 2010 la Conselleria de Bienestar Social nos indicaba entre otras cuestiones lo siguiente: "Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos (...)". Art. 1 de la Declaración Universal de los DD HH "Tots els éssers humans naixen lliures i iguals en dignitat i drets (...)".

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================== Ref. queja núm ================== (Asunto: Falta de resolución expresa de recurso administrativo de reposición).

================== Ref. queja núm ================== (Asunto: Falta de resolución expresa de recurso administrativo de reposición). "Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos (...)". Art. 1 de la Declaración Universal de los DD HH "Tots els éssers humans naixen lliures i iguals en dignitat i drets (...)".

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24/05/2016. ================== Ref. queja núm ================== (Asunto: Manipulación del contador. Falta de respuesta) Hble. Sr.

24/05/2016. ================== Ref. queja núm ================== (Asunto: Manipulación del contador. Falta de respuesta) Hble. Sr. "Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos (...)". Art. 1 de la Declaración Universal de los DD HH "Tots els éssers humans naixen lliures i iguals en dignitat i drets (...)".

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S/Ref. Informe de la Directora de Recursos Humanos de fecha registro de salida nº de 10/01/2017)

S/Ref. Informe de la Directora de Recursos Humanos de fecha registro de salida nº de 10/01/2017) "Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos (...)". Art. 1 de la Declaración Universal de los DD HH "Tots els éssers humans naixen lliures i iguals en dignitat i drets (...)".

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================ Ref. Queja nº ================ (Asunto: Falta de contestación a recurso de reposición. Tasa de recogida de basuras)

================ Ref. Queja nº ================ (Asunto: Falta de contestación a recurso de reposición. Tasa de recogida de basuras) "Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos (...)". Art. 1 de la Declaración Universal de los DD HH "Tots els éssers humans naixen lliures i iguals en dignitat i drets (...)".

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Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas Hble. Sra. Consellera C/ Castán Tobeñas, 77 - CA9O - Torre 3 València (València) 06/07/2018

Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas Hble. Sra. Consellera C/ Castán Tobeñas, 77 - CA9O - Torre 3 València (València) 06/07/2018 "Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos (...)". Art. 1 de la Declaración Universal de los DD HH "Tots els éssers humans naixen lliures i iguals en dignitat i drets (...)".

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Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas Hble. Sra. Consellera C/ Castán Tobeñas, 77 - CA9O - Torre 3 València (València) 04/08/2017

Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas Hble. Sra. Consellera C/ Castán Tobeñas, 77 - CA9O - Torre 3 València (València) 04/08/2017 "Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos (...)". Art. 1 de la Declaración Universal de los DD HH "Tots els éssers humans naixen lliures i iguals en dignitat i drets (...)".

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Este documento ha sido firmado electrónicamente el 03/01/2019 a las 9:57:15

Este documento ha sido firmado electrónicamente el 03/01/2019 a las 9:57:15 Este documento ha sido firmado electrónicamente el 03/01/2019 a las 9:57:15 "Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos (...)". Art. 1 de la Declaración Universal de los DD HH

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2.-Es un servicio general y de recepción obligatoria...

2.-Es un servicio general y de recepción obligatoria... "Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos (...)". Art. 1 de la Declaración Universal de los DD HH "Tots els éssers humans naixen lliures i iguals en dignitat i drets (...)".

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================== Ref. queja núm ================== (Asunto: Demora en la actualización de la Bolsa de Trabajo de instituciones sanitarias).

================== Ref. queja núm ================== (Asunto: Demora en la actualización de la Bolsa de Trabajo de instituciones sanitarias). "Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos (...)". Art. 1 de la Declaración Universal de los DD HH "Tots els éssers humans naixen lliures i iguals en dignitat i drets (...)".

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Con fecha 7/2/2018 se presentó en esta Institución escrito firmado por D. ( ), que quedó registrado con el número arriba indicado.

Con fecha 7/2/2018 se presentó en esta Institución escrito firmado por D. ( ), que quedó registrado con el número arriba indicado. "Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos (...)". Art. 1 de la Declaración Universal de los DD HH "Tots els éssers humans naixen lliures i iguals en dignitat i drets (...)".

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Este documento ha sido firmado electrónicamente el 12/05/2016 a las 17:07:49

Este documento ha sido firmado electrónicamente el 12/05/2016 a las 17:07:49 Este documento ha sido firmado electrónicamente el 12/05/2016 a las 17:07:49 "Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos (...)". Art. 1 de la Declaración Universal de los DD

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Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas Hble. Sra. Consellera C/ Castán Tobeñas, 77 - CA9O - Torre 3 València (València) 05/07/2017

Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas Hble. Sra. Consellera C/ Castán Tobeñas, 77 - CA9O - Torre 3 València (València) 05/07/2017 "Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos (...)". Art. 1 de la Declaración Universal de los DD HH "Tots els éssers humans naixen lliures i iguals en dignitat i drets (...)".

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Lamento esta espera y los inconvenientes que la misma hayan generado a la persona que formula la queja, que seguro son muchos.

Lamento esta espera y los inconvenientes que la misma hayan generado a la persona que formula la queja, que seguro son muchos. "Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos (...)". Art. 1 de la Declaración Universal de los DD HH "Tots els éssers humans naixen lliures i iguals en dignitat i drets (...)".

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================ Ref. Queja nº ================ (Asunto: Reclamación contra Iberdrola. Falta de información de la Administración)

================ Ref. Queja nº ================ (Asunto: Reclamación contra Iberdrola. Falta de información de la Administración) "Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos (...)". Art. 1 de la Declaración Universal de los DD HH "Tots els éssers humans naixen lliures i iguals en dignitat i drets (...)".

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Acusamos recibo de su último escrito por el que nos informa en relación a la queja de referencia formulada por (...).

Acusamos recibo de su último escrito por el que nos informa en relación a la queja de referencia formulada por (...). "Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos (...)". Art. 1 de la Declaración Universal de los DD HH "Tots els éssers humans naixen lliures i iguals en dignitat i drets (...)".

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La autora de la queja nº , en su escrito inicial, exponía los siguientes hechos y consideraciones:

La autora de la queja nº , en su escrito inicial, exponía los siguientes hechos y consideraciones: "Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos (...)". Art. 1 de la Declaración Universal de los DD HH "Tots els éssers humans naixen lliures i iguals en dignitat i drets (...)".

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SÍNDIC DE GREUGES DE LA COMUNITAT VALENCIANA "Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos (...)". Art. 1 de la Declaración Universal de los DD HH "Tots els éssers humans naixen lliures i iguals en dignitat i drets (...)".

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Este documento ha sido firmado electrónicamente el 08/07/2015 a las 11:23:31

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Admitida a trámite la queja, solicitamos informe al Ayuntamiento de Alicante, quien nos comunicó lo siguiente:

Admitida a trámite la queja, solicitamos informe al Ayuntamiento de Alicante, quien nos comunicó lo siguiente: Este documento ha sido firmado electrónicamente el 03/04/2012 a las 13:25:35 "Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos (...)". Art. 1 de la Declaración Universal de los DD

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================== Ref. queja núm ================== (Asunto: Disconformidad Inspección y sanción. Manipulación del contador) "Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos (...)". Art. 1 de la Declaración Universal de los DD HH "Tots els éssers humans naixen lliures i iguals en dignitat i drets (...)".

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Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas Hble. Sra. Consellera C/ Castán Tobeñas, 77 - CA9O - Torre 3 València (València) 11/07/2018

Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas Hble. Sra. Consellera C/ Castán Tobeñas, 77 - CA9O - Torre 3 València (València) 11/07/2018 "Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos (...)". Art. 1 de la Declaración Universal de los DD HH "Tots els éssers humans naixen lliures i iguals en dignitat i drets (...)".

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================== Ref. queja núm ================== (Asunto: Impago impuestos. Vivienda Procedimiento ejecución hipotecaria)

================== Ref. queja núm ================== (Asunto: Impago impuestos. Vivienda Procedimiento ejecución hipotecaria) "Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos (...)". Art. 1 de la Declaración Universal de los DD HH "Tots els éssers humans naixen lliures i iguals en dignitat i drets (...)".

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================ Ref. Queja nº 091497 ================ Asunto: Reclamación de intereses por deuda económica del Ayuntamiento.

================ Ref. Queja nº 091497 ================ Asunto: Reclamación de intereses por deuda económica del Ayuntamiento. "Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos (...)". Art. 1 de la Declaración Universal de los DD HH "Tots els éssers humans naixen lliures i iguals en dignitat i drets (...)".

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Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas Hble. Sra. Consellera C/ Castán Tobeñas, 77 - CA9O - Torre 3 València (València) 19/09/2018

Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas Hble. Sra. Consellera C/ Castán Tobeñas, 77 - CA9O - Torre 3 València (València) 19/09/2018 "Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos (...)". Art. 1 de la Declaración Universal de los DD HH "Tots els éssers humans naixen lliures i iguals en dignitat i drets (...)".

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Tercera: La falta de contestación al escrito presentado por la autora de la queja en fecha 7/4/2017.

Tercera: La falta de contestación al escrito presentado por la autora de la queja en fecha 7/4/2017. "Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos (...)". Art. 1 de la Declaración Universal de los DD HH "Tots els éssers humans naixen lliures i iguals en dignitat i drets (...)".

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En esta reclamación, plantea igualmente, el ser valorada en persona.

En esta reclamación, plantea igualmente, el ser valorada en persona. "Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos (...)". Art. 1 de la Declaración Universal de los DD HH "Tots els éssers humans naixen lliures i iguals en dignitat i drets (...)".

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Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas Hble. Sra. Consellera C/ Castán Tobeñas, 77 - CA9O - Torre 3 València (València) 12/09/2017

Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas Hble. Sra. Consellera C/ Castán Tobeñas, 77 - CA9O - Torre 3 València (València) 12/09/2017 "Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos (...)". Art. 1 de la Declaración Universal de los DD HH "Tots els éssers humans naixen lliures i iguals en dignitat i drets (...)".

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Relato de la tramitación de la queja y antecedentes

Relato de la tramitación de la queja y antecedentes "Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos (...)". Art. 1 de la Declaración Universal de los DD HH "Tots els éssers humans naixen lliures i iguals en dignitat i drets (...)".

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SÍNDIC DE GREUGES DE LA COMUNITAT VALENCIANA "Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos (...)". Art. 1 de la Declaración Universal de los DD HH "Tots els éssers humans naixen lliures i iguals en dignitat i drets (...)".

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Las octavillas anunciaban una empresa, ( ). Esta empresa tiene su razón social en la C/ ( ) de Novelda, siendo su Gerente el [interesado].

Las octavillas anunciaban una empresa, ( ). Esta empresa tiene su razón social en la C/ ( ) de Novelda, siendo su Gerente el [interesado]. "Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos (...)". Art. 1 de la Declaración Universal de los DD HH "Tots els éssers humans naixen lliures i iguals en dignitat i drets (...)".

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Asunto: Vulneración derechos de participación pública.

Asunto: Vulneración derechos de participación pública. "Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos (...)". Art. 1 de la Declaración Universal de los DD HH "Tots els éssers humans naixen lliures i iguals en dignitat i drets (...)".

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SÍNDIC DE GREUGES DE LA COMUNITAT VALENCIANA "Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos (...)". Art. 1 de la Declaración Universal de los DD HH "Tots els éssers humans naixen lliures i iguals en dignitat i drets (...)".

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================ Ref. Queja nº ================ (Asunto: extravío de la reclamación formulada en el año 2009.)

================ Ref. Queja nº ================ (Asunto: extravío de la reclamación formulada en el año 2009.) "Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos (...)". Art. 1 de la Declaración Universal de los DD HH "Tots els éssers humans naixen lliures i iguals en dignitat i drets (...)".

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(S/Ref. Informe de fecha 27/09/2017. Registro de salida nº 1282 de 28/09/2017).

(S/Ref. Informe de fecha 27/09/2017. Registro de salida nº 1282 de 28/09/2017). "Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos (...)". Art. 1 de la Declaración Universal de los DD HH "Tots els éssers humans naixen lliures i iguals en dignitat i drets (...)".

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================ Ref. Queja nº ================ Asunto: Bolsa interna de personal. Hospital Clínico Universitario de Valencia

================ Ref. Queja nº ================ Asunto: Bolsa interna de personal. Hospital Clínico Universitario de Valencia "Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos (...)". Art. 1 de la Declaración Universal de los DD HH "Tots els éssers humans naixen lliures i iguals en dignitat i drets (...)".

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(S/ Ref. Dirección General para la Calidad y Atención al Paciente. Exp. 2151/11). - Que sufría un problema de obesidad mórbida.

(S/ Ref. Dirección General para la Calidad y Atención al Paciente. Exp. 2151/11). - Que sufría un problema de obesidad mórbida. "Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos (...)". Art. 1 de la Declaración Universal de los DD HH "Tots els éssers humans naixen lliures i iguals en dignitat i drets (...)".

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Este documento ha sido firmado electrónicamente el 13/10/2014 a las 11:59:42

Este documento ha sido firmado electrónicamente el 13/10/2014 a las 11:59:42 Este documento ha sido firmado electrónicamente el 13/10/2014 a las 11:59:42 "Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos (...)". Art. 1 de la Declaración Universal de los DD

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Que producidos los hechos, los comunicó al Excmo. Ayuntamiento de Torres Torres, que como respuesta le indicó:

Que producidos los hechos, los comunicó al Excmo. Ayuntamiento de Torres Torres, que como respuesta le indicó: "Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos (...)". Art. 1 de la Declaración Universal de los DD HH "Tots els éssers humans naixen lliures i iguals en dignitat i drets (...)".

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