Prestación de asistencia personalizada a Emprendedores y Empresas Innovadoras de creación reciente.
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- Julio Ruiz Ortega
- hace 7 años
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1 1. PROGRAMA DE ASISTENCIA AL EMPRENDEDOR Dirigido a: Fecha límite: Centros Europeos de Empresas Innovadoras de la Red IMPIVA y entidades sin fin de lucro Anualidad 2009: Desde 1 de Noviembre de 2008 hasta el 20 de Enero de 2009 Objeto Crear y ejecutar una oferta de servicios especializados para emprendedores y empresas innovadoras de reciente creación, aplicados de forma personalizada, con el fin de facilitar la conversión de ideas innovadoras en proyectos viables y la rápida expansión de las empresas que se encuentran en los primeros años de actividad y tienen potencial de crecimiento. En lo que se refiere a las ayudas a la inversión se trata de mejorar la capacidad de acción de las entidades para reforzar su utilidad para emprendedores y empresas de reciente creación. Beneficiarios Podrán acogerse a estas ayudas los Centros Europeos de Empresas Innovadoras de la Red IMPIVA y en general las entidades sin fin de lucro radicadas en la Comunitat Valenciana dedicadas al apoyo a emprendedores y a empresas de reciente creación que innoven o diversifiquen el tejido empresarial de la Comunitat Valenciana. En la actuación 3 del Programa tan sólo podrán acogerse las entidades sin ánimo de lucro que cumplan la definición de PYME, según la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión, de 6 de mayo de 2003, sobre la definición de pequeñas y medianas empresas, (DO L 124 de , p.36). Actuaciones apoyables Prestación de asistencia personalizada a Emprendedores y Empresas Innovadoras de creación reciente. Inversiones en activos fijos físicos (maquinaria y equipos) destinadas a la creación de un establecimiento nuevo y a la ampliación de uno ya existente, con el fin de facilitar las acciones de apoyo y asesoramiento a los emprendedores innovadores en los primeros años de actividad. Tipo de ayuda En las actuaciones de asistencia individualizada a emprendedores y empresas (Actuación2) subvención a fondo perdido de hasta el 100% de los costes reales en que incurra la entidad, cuando se trate de entidades en posesión de certificación nacional o europea y hasta el 75% si carecen de ella. Este porcentaje de ayuda se aplicará exclusivamente a los costes reales y no al margen razonable. En las inversiones (Actuación 3) subvención a fondo perdido para: Los beneficiarios ubicados en los municipios de Valencia y Mislata de hasta un máximo del 15% en el caso de pequeñas empresas y de hasta un máximo del 7,5 % en el caso de medianas empresas. Los beneficiarios ubicados en el resto del territorio de la Comunidad Valenciana de hasta el 30% del coste de adquisición, siempre que la entidad beneficiaria ostente la condición de PYME descrita en la recomendación 2003/361/CE de la Comisión, de 6 de mayo de 2003, sobre la definición de pequeñas y medianas empresas (DO L 124 de , p. 36). No obstante lo anterior, la Comisión del programa podrá establecer un límite de ayuda por beneficiario o por proyecto: Para las ayudas concedidas a beneficiarios ubicados en los municipios de Valencia y Mislata, cuando los proyectos
2 alcancen los 25 millones de euros de costes subvencionables la intensidad de las ayudas no podrá superar el 7,5 % para pequeñas empresas y el 3,7% para empresas medianas. Para las ayudas concedidas a beneficiarios ubicados en el resto del territorio de la Comunidad Valenciana, cuando los proyectos alcancen los 25 millones de euros de costes subvencionables la intensidad de las ayudas no podrá alcanzar el 13,50%. En ningún caso, la cuantía total de la ayuda podrá alcanzar los 15 millones de euros. Costes subvencionables Podrán considerarse a efectos de justificación del gasto, los costes subvencionables producidos entre el día de presentación en el registro de entrada de la solicitud de ayuda y la fecha límite de justificación indicada en la notificación de la ayuda. Los presupuestos habrán de ser coherentes con los resultados que se pretenden obtener así como con los recursos aportados y los valores de mercado, tanto en sus cifras totales como en sus costes unitarios. Serán subvencionables los costes reales en que incurra la entidad sin ánimo de lucro para prestar servicios relativos a: a) Asesoría en materia de innovación: Consultoría de gestión; formación; consultoría para la adquisición, protección y comercio de Derechos de Propiedad Intelectual y acuerdos de licencias. b) Apoyo a la innovación: locales para oficinas; investigación de mercados. Dichos costes consistirán en: a) Gastos de personal imputables a la prestación del servicio. b) Gastos de servicios externos en la parte que se dedique exclusivamente a la prestación del servicio. c) Gastos de funcionamiento derivados de la prestación del servicio. d) Amortización de las inversiones directamente imputables a la prestación del servicio. 06. Inversiones no productivas. Inversiones en maquinaria y equipos necesarias para la prestación de los servicios y el desarrollo de las actividades y proyectos de la entidad. La imputación de gastos al proyecto deberá hacerse con un método justo y equitativo debidamente explicitado. Plazos Desde el día 1 de noviembre de 2008 hasta el 20 de enero de Criterios de valoración A. Calidad del proyecto: Ajuste de los objetivos del proyecto y resultados previstos a las necesidades de los emprendedores y de las empresas innovadoras de nueva creación del área de actuación de la entidad. Utilización de sistemas de apoyo a emprendedores y empresas innovadoras de creación reciente normalizados, de calidad contrastable y controlables en sus resultados. Formación y experiencia profesional de los técnicos que han de prestar el asesoramiento a emprendedores y empresas innovadoras. Coherencia de las actuaciones con las líneas de promoción de las actitudes emprendedoras desarrolladas por la entidad y otras instituciones de la Comunidad Valenciana. Complementariedad e integración con otras actuaciones desarrolladas en la Comunidad Valenciana con los mismos objetivos. Garantía de difusión de las actuaciones a una porción amplia del territorio, a través de los acuerdos de
3 colaboración pertinentes con otras entidades, particularmente las de ámbito de actuación comarcal. B.Viabilidad técnica y económico-financiera: Coherencia del presupuesto del proyecto con los objetivos a alcanzar. Definición del proyecto, sus fases, plan de trabajo y presupuesto de ejecución. Dimensión equilibrada de los recursos humanos y de los gastos necesarios. C. Características del solicitante: Grado de importancia en sus fines, actuaciones y presupuestos de las actividades de apoyo a emprendedores y empresas innovadoras y diversificadoras de reciente creación. Capacidad demostrada para desarrollar sistemas y metodologías y facilitar información y orientación a emprendedores, tanto personas físicas interesadas en crear empresas como quienes han constituido la empresa e iniciado sus actividades. Integración en el Sistema Valenciano de Innovación y su colaboración con otros agentes vinculados con la creación de empresas innovadoras en la Comunitat Valenciana. Grado de incorporación e integración de los distintos agentes del sistema regional de promoción del emprendedurismo y la innovación en los órganos de Gobierno de la Entidad. Disponibilidad de locales para Vivero de Empresas donde los emprendedores puedan iniciar su proyecto empresarial en proximidad a otros emprendedores innovadores y a los técnicos de la entidad que prestan orientación y facilitan los contactos con potenciales inversores. D. Aspectos socio-económicos: Influencia del proyecto, así como del conjunto de actuaciones de la entidad, en la creación de oportunidades y aprovechamiento de sus capacidades entre colectivos con especial dificultad para emprender actividades económicas y, en particular, la creación de empresas. Adecuación de los objetivos del proyecto a las líneas de actuación de la Conselleria de Industria, Comercio e Innovación y del IMPIVA. Se valorarán positivamente los proyectos presentados por entidades que hayan incrementado el porcentaje de discapacitados en su plantilla respecto al año anterior y los proyectos que tengan especial interés para colectivos socialmente desfavorecidos. A. Calidad del proyecto: Adecuación de las inversiones a realizar para desarrollar las acciones de fomento de las actitudes emprendedoras y/o las labores de asesoramiento a emprendedores y empresas innovadoras de creación reciente. Utilidad, en su caso, de las instalaciones para acoger a emprendedores o empresas recién creadas durante los primeros años de su andadura, atendiendo a las necesidades y expectativas de este tipo de empresas. Coherencia de las inversiones a ejecutar con el resto de actuaciones y líneas de promoción de las actitudes emprendedoras desarrolladas por la entidad y otras instituciones de la Comunidad Valenciana. Garantía de disponibilidad de las instalaciones para emprendedores y empresas innovadoras en igualdad de condiciones. B.Viabilidad técnica y económico-financiera: Coherencia del presupuesto del proyecto con los objetivos a alcanzar. Definición del proyecto, sus fases, plan de trabajo y presupuesto de ejecución. Dimensión equilibrada de la inversión a realizar con el resto de instalaciones de la entidad. C. Características del solicitante: Grado de importancia en sus fines, actuaciones y presupuestos de las actividades de apoyo a emprendedores y empresas innovadoras y diversificadoras de reciente creación. Capacidad demostrada para desarrollar sistemas y metodologías y facilitar información y orientación a emprendedores, tanto personas físicas interesadas en crear empresas como quienes han constituido la empresa e iniciado sus actividades. Integración en el Sistema Valenciano de Innovación y su colaboración con otros agentes vinculados con la creación de empresas innovadoras en la Comunitat Valenciana. Grado de incorporación e integración de los distintos agentes del sistema regional de promoción del emprendedurismo y la innovación en los órganos de Gobierno de la Entidad. Experiencia demostrada, en su caso, en la gestión de locales en alquiler de un Vivero de Empresas
4 dedicado a emprendedores y empresas innovadoras de reciente creación. D. Aspectos socio-económicos: Influencia del proyecto, así como del conjunto de actuaciones de la entidad, en la creación de oportunidades y aprovechamiento de sus capacidades entre colectivos con especial dificultad para emprender actividades económicas y, en particular, la creación de empresas. Adecuación de los objetivos del proyecto a las líneas de actuación de la Conselleria de Industria, Comercio e Innovación y del IMPIVA. Se valorarán positivamente los proyectos presentados por entidades que hayan incrementado el porcentaje de discapacitados en su plantilla respecto al año anterior y los proyectos que tengan especial interés para colectivos socialmente desfavorecidos. Otros El desarrollo de las actuaciones contempladas en este programa se podrá formalizar mediante un Convenio singular de colaboración entre el IMPIVA y la entidad correspondiente. La entidad solicitante, con carácter general en todas las acciones relacionadas con el objetivo del programa, y en particular con las actividades que generen los proyectos subvencionados, es responsable de su difusión debiendo hacer conocedor y partícipe al IMPIVA de todas las acciones promocionales y de comunicación previstas tanto en la fase previa de solicitud como, con la suficiente antelación, a lo largo del desarrollo de las mismas, incluida la difusión de los resultados en soportes físicos o electrónicos, debiendo utilizar para ello la normativa de imagen que determinen el IMPIVA y los Fondos Europeos. En caso de que la entidad desarrolle actividades de carácter económico y no económico deberá disponer de herramientas en su contabilidad que permitan distinguir con claridad entre ambos tipos de actividades y entre sus respectivos costes y financiación. La entidad solicitante se obliga a mantener una contabilidad analítica que permita separar con claridad los costes incurridos en cada una de las actuaciones así como en otras actividades no apoyadas por el IMPIVA. Solicitud y documentación 1. Presentación de solicitudes Solicitud normalizada y documentación que debe acompañarla Los solicitantes deberán presentar una solicitud normalizada cumplimentada utilizando el programa informático que se puede descargar desde la dirección de Internet del IMPIVA: o que se pondrá a disposición de los solicitantes en cualquiera de las sedes del IMPIVA que se indican en artículos posteriores Documentación que debe acompañar a la solicitud normalizada. Cada entidad solicitante podrá presentar como máximo un proyecto a cada una de las actuaciones contempladas en el programa. Memoria técnica del proyecto, según modelo que puede obtenerse descargándolo de la dirección de Internet del IMPIVA: así como también: Memoria de Actividades provisional del año Plan Estratégico de Actividades para el año Presupuesto de ingresos y gastos para el año Toda la documentación que se presente deberá hacerse en papel y en soporte electrónico. Documentación relativa a la personalidad jurídica del solicitante: Estatutos vigentes y poder de representación del firmante de la solicitud, o acta de nombramiento o apoderamiento. No será necesaria la presentación de esta documentación si ya obra en poder del IMPIVA y se mantiene vigente, aportando al efecto declaración de vigencia según modelo disponible en la dirección de Internet del
5 IMPIVA: Con el fin de potenciar el logro de los objetivos de la presente resolución, el IMPIVA podrá trasladar las solicitudes a otros programas o convocatorias de ayudas La presentación de la solicitud conlleva la autorización al IMPIVA, salvo manifestación en contrario por el solicitante, para recabar los certificados a emitir por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, por la Unidad recaudadora de la Hacienda Pública Valenciana y por la Tesorería General de la Seguridad Social, en los que se acredite que el solicitante se encuentra al corriente en sus obligaciones con dichas administraciones. En cualquier caso el IMPIVA se reserva el derecho a requerir directamente al solicitante en caso de que la información obtenida presente alguna incidencia Si la solicitud aportada fuera incompleta o presentara errores subsanables se requerirá al interesado para que en el plazo de 10 días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con advertencia de que si no lo hiciese se le tendrá por desistido de su solicitud. 2. Modo de presentación de solicitudes. Los requerimientos a los que se hace referencia en este artículo, así como cualquier otro que pudiera realizarse por el IMPIVA podrán efectuarse por fax o por correo electrónico al número de fax o a la dirección indicada por el solicitante en el impreso de solicitud, siempre que quede constancia de la recepción por aquél. 3. Plazo de presentación de solicitudes. Anualidad 2009: Desde el día 1 de noviembre de 2008 hasta el 20 de enero de Lugar de presentación de solicitudes Las solicitudes y la documentación anexa podrán presentarse en cualquiera de las sedes del IMPIVA indicadas a continuación en horario de a horas, de lunes a viernes, y de a horas, de lunes a jueves: IMPIVA Alicante-Oficina PROP: C/Churruca, Alicante. IMPIVA Castellón-Oficina PROP: Av. Hermanos Bou, Castellón de la Plana. IMPIVA Valencia: Plaza del Ayuntamiento, Valencia También podrán presentarse en las formas previstas en el artículo de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En el caso de que se optara por presentar la solicitud en una Oficina de Correos, deberá hacerse en sobre abierto para que sea fechada y sellada por la Oficina de Correos antes de ser certificada.
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