Guía de Beneficios Mineduc
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- Veronica de la Cruz Figueroa
- hace 8 años
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1 Guía de Beneficios Mineduc Beneficios plantas, contratas y honorarios Beneficios sólo funcionarios: Plantas y Contratas Beneficios para funcionarios afiliados a Bienestar Días Administrativos 6 días libres al año, previa autorización de la jefatura. Se deben solicitar lo menos con 48 horas de anticipación. Para plantas y contratas pueden dividirse en medios días. Feriado Legal (Vacaciones) Es el descanso anual que tienen los funcionarios con goce remuneraciones. Se requiere un año de servicio en la Adm. Pública para hacer uso de este derecho. Por cuánto tiempo se extiende? 15 días hábiles con menos de 15 años de servicio. 20 días hábiles entre 15 y 20 años de servicio. 25 días con 20 o más años de servicio. 5 días hábiles adicionales, para quienes se desempeñan en regiones extremas, siempre y cuando se desplacen fuera de estas. Para el reconocimiento de tiempo servido se debe presentar la cartola histórica de AFP. Canela Permiso sin goce de sueldo Hasta por seis meses cada año. Este permiso es por días calendario (no hábiles). Si el funcionario permanece en el extranjero, este plazo se extiende hasta por 2 años. Previo acuerdo jefatura. En caso de Honorarios este permiso se extiende hasta por 3 meses. Licencias Médicas Es el derecho de ausentarse o reducir la jornada de trabajo durante un determinado tiempo debido a razones de salud. En este periodo, el funcionario continúa gozando del total de sus remuneraciones. Se debe presentar licencia a RRHH en un plazo máximo de 3 días desde el inicio de descanso indicado en la licencia. Descanso Maternal La trabajadora tiene derecho a un descanso de maternidad de seis semanas antes del parto y doce semanas después de él. Este derecho no puede ser
2 renunciado por la trabajadora, quedando prohibido durante dichos períodos el trabajo de las mujeres embarazadas y puérperas. Para acreditar el derecho al descanso maternal, sea el prenatal o el postnatal, la dependiente debe presentar la correspondiente licencia médica, debiendo el empleador tramitarla en la institución de salud que corresponda dentro del plazo de tres días hábiles siguientes a la fecha de recepción del documento. Derecho a alimentar a hijo menor de 2 años las trabajadoras tienen derecho a disponer, a lo menos, de una hora al día, para dar alimento a sus hijos menores de dos años, derecho que puede ejercerse de algunas de las siguientes formas a acordar con el empleador: a) en cualquier momento dentro de la jornada de trabajo, b) dividiéndolo, a solicitud de la interesada, en dos porciones, y c) postergando o adelantando en media hora, o en una hora, el inicio o el término de la jornada de trabajo. Si la trabajadora tiene hijos de una misma edad o nacidos en parto múltiple o de distinta edad menores de dos años, el tiempo máximo de una hora que tiene derecho para alimentar a sus hijos es por cada hijo menor de dos años. Para el caso de Permiso Paternal El padre tendrá derecho a un permiso pagado de 5 días en caso de nacimiento de un hijo, el que podrá utilizar a su elección desde el momento del parto, y en este caso será de forma continua, excluyendo el descanso semanal, o distribuirlo dentro del primer mes desde la fecha de nacimiento. Este permiso se otorga también al padre que se le conceda la adopción de un hijo, contado desde la respectiva sentencia definitiva. Cabe indicar que la norma legal establece que el derecho al permiso por nacimiento de un hijo es irrenunciable. Se deberá presentar el certificado de nacimiento y la solicitud de permiso previo a hacer uso del permiso. Para el caso de Permisos por Fallecimiento de Familiar Se otorgarán 7 días por fallecimiento de hijo o cónyuge, y 3 días por muerte de padres o hijo en gestación (Ley Nº ). Para el caso de Fundación Arturo López Pérez Cobertura nacional. Atenciones, tratamiento y
3 hospitalización oncológica sin costo en la Clínica Oncológica de la Fundación. Sin Preexistencia. El diagnóstico de cáncer debe ser posterior a la fecha de inscripción. Valores: mensuales: $4.500 Individual $9.000 Plan familiar. (incluye pareja e hijos menores de 25 años. $4.500 Adicional menos de 40 años. Informaciones FALP: (02) o Más información en: Portal Plantas, Contratas y Honorarios. Club Deportivo Mineduc Convenios Gimnasio, talleres, masajes y clases de baile en las oficinas centrales. Plantas, Contratas y Honorarios. clubdeportivo@mineduc.cl Joceline Sandoval Fono: El jefe Superior de la Institución, el Secretario Regional Ministerial o el Director Regional de servicios nacionales descentralizados puede ordenar trabajos después de la jornada ordinaria, en día sábado, domingo o festivos; cuando sea necesario cumplir con tareas impostergables. El trabajo extraordinario será compensado con descanso complementario (Tiempo) o con recargo en las remuneraciones, equivalente a un 25% de valor hora (diurna) o 50% del valor hora (trabajo nocturno, sábado, domingo o festivo) Horas a Compensar: son aquellas horas extraordinarias pagadas en tiempo mediante Resolución. Mientras no esté totalmente tramitada la Resolución que las autoriza, los funcionarios no podrán hacer uso de ellas. Es importante señalar, que no pueden ser utilizadas para evitar descuentos por atraso. Incentivos al Desempeño Bonos trimestrales (Marzo, Junio, Septiembre y Diciembre) Componente Base: 15% Institucional (PMG): 7,6% Convenio de Desempeño Colectivo: 8% Equipo Remuneraciones RRHH: Sonia Santander ANEXO 4371, Jorge Avila ANEXO 4337, María Inés Salazar ANEXO 4335, Rosa Guerra ANEXO4336 Aguinaldos Fiestas Patrias: $ (Remuneración Bruta mensual promedio inferior a $ ) y de $ (mas que $ y menos de $ ) Navidad: Por definir mes de Diciembre. Equipo Remuneraciones RRHH: Sonia Santander ANEXO 4371, Jorge Avila ANEXO 4337, María Inés Salazar ANEXO 4335, Rosa Guerra ANEXO4336 Horas Extraordinarias y Horas a Compensar Fuero Maternal
4 Imposibilidad del empleador para despedir a una trabajadora sin previa autorización judicial, en el período comprendido entre la fecha de la concepción hasta un año después de concluido el descanso postnatal. Pago Sala Cuna Pago de sala cuna que comprende desde los 84 días hasta los 2 años de edad, con un tope de 7 UF mensuales. Mujeres con calidad jurídica Planta y Contrata. Pago Jardín Infantil Este beneficio consiste en una subvención del pago del jardín infantil el cual se otorgará desde los 2 años hasta los 4 años de edad. El porcentaje de subvención se define conforme con el ingreso Per cápita de grupo familiar para lo cual se hace un estudio de la situación socioeconómica. Este beneficio se otorga conforme a la disponibilidad presupuestaria del Ministerio previa cobertura del 100% de Sala Cuna. Mujeres y hombres con calidad jurídica Planta y Contrata. Cobertura Accidentes Laborales Seguro Social Obligatorio contra Riesgo de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, (Ley N ) y tiene acceso a todas las prestaciones medicas y pecuniarias que otorga el organismo administrativo en Cobertura: accidentes del trabajo, accidente de trayecto, enfermedades causadas por el ejercicio de la profesión. En el caso de un accidente se debe dar el aviso al Depto. de RRHH, en un máximo de 24 horas. Plantas y Contratas. Ricardo Aranda anexo: 5378 Bono post laboral Ley Nº Bono de $ mensuales de por vida (reajustable anualmente de acuerdo con IPC). Funcionarios Planta y Contrata con más de 20 años de servicio que se acojan a jubilación y que impongan en AFP. Hector Gabriel Fuentes anexo: 4304, Sergio Mollo anexo: 4307 Bono Escolar Ley Nº /2010, se concede bono de escolaridad para personas con cargas familiares (reconocidas vigentes al 1 de marzo de cada año), que estén cursando estudios en los niveles de enseñanza pre-básica, básica o media, educ. superior o educ. especial, en establecimientos educacionales del Estado o reconocidos por éste, y cuyas remuneraciones brutas, en los meses de marzo y junio 2011, sean iguales o inferiores a $ Este bono se concede una vez por cada hijo de entre 4 y 24 años de edad, y asciende a la suma de $ Se concede una bonificación adicional de $ por cada hijo que cause este derecho, a los
5 funcionarios(as) que tengan una remuneración líquida igual o inferior a $ sus afiliados en compensación para aquellos casos en el caso que el seguro complementario no reembolsará. Más información en: Portal Lucinda Montero, Teléfono: Préstamos de Auxilio y Salud SERVICIO DE BIENESTAR Beneficios de carácter médico, subsidios sociales, Seguro complementario de salud, vida y enfermedades catastróficas, préstamos y convenios. Costo Mensual: 1.2% de la renta imponible + cuota de incorporación de 0,1% de la renta imponible). Préstamo de auxilio hasta $ y de hasta $200 mil para gastos médicos y dentales. Descuento por planilla en un máximo de 08 cuotas y se aplica un 1% de interés. Más información en: Portal Susana Núñez, Teléfono: y sus cargas legales (Plantas y Contratas). Más información en portal Seguro Complementario de Salud ING CONVENIOS Convenios con diferentes empresas e instituciones como centros médicos, dentales e instituciones financieras entre otros. Más información en: Portal Monto Seguro Salud: 400 UF anual por beneficiario. Monto Seguro Catastrófico: UF por grupo familiar. De carácter curativo, cobertura nacional, sin preexistencias, sin restricción de edad para la cobertura. Más información en: Portal y sus cargas legales. Mónica Díaz, teléfono: Reembolsos y subsidios directos de gastos médicos y subsidios sociales Tabla de reembolsos que otorga el área de Bienestar a
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