PLIEGO DE CONDICIONES
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- María Elena Aranda Moya
- hace 9 años
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1 PLIEGO DE CONDICIONES [ CLÁUSULA PRIMERA. Objeto y Calificación Constituye el objeto del contrato la enajenación por este Ayuntamiento del bien inmueble Nueve enteros y noventa y dos centésimas por ciento de Finca Registral 8048, obrante en folio 103, Tomo 629, que supone la utilización de la plaza de aparcamiento 18, sita en planta sótano -2, de 15,65 m2 y trastero número 24 de 3,5 m2 de superficie., de propiedad municipal ubicado en Cl/ El Molino 18, Graus, de este Municipio, para destinarlo a Aplicación a remanente de Tesorería Negativo. Descripción de inmueble: Nueve enteros y noventa y dos centésimas por ciento de Finca Registral 8048, obrante en folio 103, Tomo 629, del Registro de la Propiedad de Benabarre, que supone la utilización de la plaza de aparcamiento 18, sita en planta sótano -2, de 15,65 m2 y trastero número 24 de 3,5 m2 de superficie. d) Título de adquisición: Decreto 1049 de la Diputación Provincial de Huesca por el que se procede a la adjudicación directa a favor del Ayuntamiento de Graus, del expresado bien. f) Cargas o gravámenes: no existen g) Destino del bien: Aplicación a remanente de Tesorería Negativo. h).- Graus, Tomo 629, Folio 161, Finca 8048&3 del Registro de la Propiedad de Benabarre. El presupuesto de valoración del inmueble aportado por el técnico asciende a ,00 euros, iva excluido. El contrato definido tiene la calificación de contrato privado, tal y como establece el artículo 4.1.p) del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre. CLÁUSULA SEGUNDA. Procedimiento de Selección y Adjudicación La forma de adjudicación de la enajenación será la subasta, en la que cualquier interesado podrá presentar una oferta. Para la valoración de las ofertas y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a un solo criterio de adjudicación, que deberá ser
2 necesariamente el del mejor precio. CLÁUSULA TERCERA. El Perfil de Contratante Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual, y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, este Ayuntamiento cuenta con el Perfil de contratante al que tendrá acceso según las especificaciones que se regulan en la página web siguiente: CLÁUSULA CUARTA. Tipo de Licitación El tipo de licitación al alza es el de ,00 euros iva incluido. El precio resultante se abonará en el plazo de diez días a contar desde el siguiente de la notificación de la adjudicación con ingreso en la siguiente cuenta corriente: BENEFICIARIO: Ayuntamiento de Graus ENTIDAD: Ibercaja Banco SAU AGENCIA: Cl/ Salamero 14 POBLACION : Graus CIF: P J CODIGO IBAN: ES CLÁUSULA QUINTA. Órgano de Contratación A la vista del importe del contrato que asciende a ,00 euros, el órgano competente para efectuar la presente contratación y tramitar el expediente, de conformidad con la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, será el Alcalde puesto que en relación con el órgano competente para resolver, de conformidad con la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, corresponde a los Alcaldes y a los Presidentes de las Entidades Locales la adjudicación de concesiones sobre los bienes de las mismas y la adquisición de bienes inmuebles y derechos sujetos a la legislación patrimonial cuando su valor no supere el 10 por ciento de los recursos ordinarios del presupuesto ni el importe de tres millones de euros, así como la enajenación del patrimonio, cuando su valor no supere el porcentaje ni la cuantía indicado.
3 CLÁUSULA SEXTA. Capacidad Podrán presentar ofertas, por sí mismas o por medio de representantes, las personas naturales y jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad para ello y que no se encuentren incluidos en los supuestos de prohibición recogidos en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre. CLÁUSULA SÉPTIMA. Acreditación de la Aptitud para Contratar Podrán presentar ofertas las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y no estén incursas en prohibiciones para contratar. 1. La capacidad de obrar del empresario se acreditará: a) En cuanto a personas físicas, mediante la fotocopia compulsada del documento nacional de identidad. b) En cuanto a personas jurídicas, mediante la fotocopia compulsada del CIF y la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. CLÁUSULA OCTAVA. Presentación de Ofertas y Documentación Administrativa Las ofertas se presentarán en el Ayuntamiento Plaza Mayor, 15, en horario de atención al público, dentro del plazo de 20 días contados a partir del día siguiente al de publicación del anuncio de licitación en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca y en el Perfil de Contratante. Las ofertas podrán presentarse, por correo, por telefax, o por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Cuando las ofertas se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día, consignándose el número del expediente, título completo del objeto del contrato y nombre del licitador.
4 La acreditación de la recepción del referido télex, fax o telegrama se efectuará mediante diligencia extendida en el mismo por Secretaria-intervención municipal. Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la oferta si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación. En todo caso, transcurridos diez días siguientes a esa fecha sin que se haya recibido la documentación, esta no será admitida. Cada licitador no podrá presentar más de una oferta. La presentación de una oferta supone la aceptación incondicionada por el empresario de las cláusulas del presente Pliego. Las ofertas para tomar parte en la licitación se presentarán en dos sobres cerrados, firmados por el licitador y con indicación del domicilio a efectos de notificaciones, en los que se hará constar la denominación del sobre y la leyenda «Oferta para licitar la enajenación del bien inmueble patrimonial sito en Cl/ El Molino 18, Graus». La denominación de los sobres es la siguiente: Sobre «A»: Documentación Administrativa. Sobre «B»: Oferta Económica. Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas, conforme a la Legislación en vigor. Dentro de cada sobre, se incluirán los siguientes documentos así como una relación numerada de los mismos: SOBRE «A» DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA a) Documentos que acrediten la personalidad jurídica del empresario. Documentos acreditativos de la personalidad Jurídica: Persona Física: copia auténtica del DNI si es persona física Persona Jurídica: Poder de representación otorgado a favor del firmante y certificado del Registro Mercantil que acredite la inscripción del citado poder. En ambos casos: declaración responsable de no estar incurso en prohibición de contratar así como certificado de estar al corriente en cumplimiento de obligaciones tributarias ( estatales y locales, ayuntamiento y comarca) y Tª de la Seguridad Social b) Documentos que acrediten la representación.
5 Los que comparezcan o firmen ofertas en nombre de otro, presentarán copia notarial del poder de representación, bastanteado por Secretaria-intervención de la Corporación. Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil, cuando sea exigible legalmente. Igualmente la persona con poder bastanteado a efectos de representación, deberá acompañar fotocopia compulsada administrativamente o testimonio notarial de su documento nacional de identidad. d) Resguardo acreditativo de haber constituido la garantía provisional por importe de 5% del valor de tasación del bien[1]. SOBRE «B» OFERTA ECONÓMICA Oferta económica. Se presentará conforme al siguiente modelo: «D., con domicilio a efectos de notificaciones en, c/, n.º, con DNI n.º, en representación de la Entidad, con CIF n.º, enterado del expediente para la enajenación del bien inmueble patrimonial sito en Cl/ El Molino 18, Graus mediante subasta precio, anunciado en el Boletín Oficial de la Provincia n.º, de fecha, y en el Perfil de Contratante, hago constar que conozco el Pliego que sirve de base al contrato y lo acepto íntegramente, tomando parte de la licitación y comprometiéndome a llevar a cabo el objeto del contrato por el importe de ,00 euros En, a de de 20. Firma del licitador, Fdo.:».
6 CLÁUSULA NOVENA. Mesa de Contratación[2] La Mesa de Contratación, estará presidida por el Presidente, que podrá ser un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos 4 vocales. Conforman la Mesa de Contratación los siguientes miembros: José Antonio Lagüéns Martín, que actuará como Presidente de la Mesa. Maria Antonia Besa Recasens, Vocal (Secretaria-intervención de la Corporación[3]). José Gairín Azcón, Vocal (Secretaria-intervención de la Corporación). Angel Laguarta Gallán, Vocal. Carlos González Sanz CLÁUSULA DÉCIMA. Apertura de Ofertas La apertura de las ofertas deberá efectuarse en el plazo máximo de un mes contado desde la fecha de finalización del plazo para presentar las ofertas. La Mesa de Contratación se constituirá el 10 día hábil tras la finalización del plazo de presentación de las ofertas, a las 12 horas. Calificará la documentación administrativa contenida en los sobres «A» La Mesa podrá conceder, si lo estima conveniente, un plazo no superior a tres días para que el licitador corrija los defectos u omisiones subsanables observados en la documentación presentada. Y posteriormente, procederá a la apertura y examen del sobre «B». El órgano de contratación clasificará, por orden decreciente, las ofertas presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales. Para realizar dicha clasificación, atenderá a los criterios de adjudicación señalados en el pliego o en el anuncio pudiendo solicitar para ello cuantos informes técnicos estime pertinentes. Cuando el único criterio a considerar sea el precio, se entenderá que la oferta económicamente más ventajosa es la incorpora el precio más alto. [
7 CLÁUSULA UNDÉCIMA. Requerimiento de Documentación A la vista de la valoración de las ofertas, la Mesa de Contratación propondrá al licitador que haya presentado la mejor oferta. El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la mejor oferta para que, dentro del plazo de 5 días, a contar desde el siguiente al de la recepción del requerimiento, presente documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.. CLÁUSULA DECIMOSEGUNDA. Fianza No se exige fianza definitiva CLÁUSULA DECIMOTERCERA. Adjudicación del Contrato Recibida la documentación solicitada, el órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los 5 días hábiles siguientes a la recepción de la documentación. La adjudicación deberá ser motivada y notificada al adjudicatario. En la notificación realizada, se fijará la fecha prevista para la formalización del contrato de enajenación. CLÁUSULA DECIMOCUARTA. Formalización del Contrato Se deberá producir la formalización del contrato en escritura pública. CLÁUSULA DECIMOSÉPTIMA. Régimen Jurídico del Contrato Este contrato tiene carácter privado, su preparación y adjudicación se regirá por lo establecido en este Pliego, y para lo no previsto en él, será de aplicación la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón; el Decreto 347/2002, de 19 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras; el Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales; los principios extraídos de la legislación contenida en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre y sus disposiciones de desarrollo, para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho
8 administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado. En cuanto a sus efectos y extinción se regirá por las Normas de Derecho privado. El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente el conocimiento de las cuestiones que se susciten en relación con la preparación y adjudicación de este contrato. El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en relación con los efectos, cumplimiento y extinción del contrato. En Graus, a fecha de firma electrónica de Alcalde-Presidente, Fdo. : José Antonio Lagüéns Martín.
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