RES. EXENTAN» SANTIAGO
|
|
|
- Adolfo Luna Castro
- hace 9 años
- Vistas:
Transcripción
1 APRUEBA MODIFICACIÓN DEL CONVENIO CON LA FUNDACIÓN DE AYUDA AL NIÑO LIMITADO COANIL, RELATIVA AL PROYECTO DENOMINADO "RAD LOS MAITENES", QUE SE EJECUTA EN LA REGIÓN METROPOLITANA. RES. EXENTAN» SANTIAGO VISTOS: Lo dispuesto en los artículos 3, 5 N8s 1, 3, 4, 5, 7 y 12 del Decreto Ley N 2.465, de 1979, que crea el Servicio Nacional de Menores y fija el texto de su ley orgánica; en la Ley N , que establece sistema de atención a la niñez y adolescencia a través de la red de colaboradores del SENAME, y su régimen de subvención; en la Ley N" , que establece registros de las personas jurídicas receptoras de fondos públicos; en los Decretos Supremos N 356, de 1980, N 841, de 2005 y N" 208, de 2007, todos del Ministerio de Justicia; en el Decreto Supremo N* 375, de 2003, del Ministerio de Hacienda, que aprueba reglamento de la Ley N , que establece registros de las personas jurídicas receptoras de fondos públicos; en la Resolución N" 297, de 2014; en la Resolución Exenta de la Dirección Nacional del SENAME N 0032/B, de 2007, en la Resoluciones Exentas N" 0331, 0595, 806, 764 todas de 2014 de Sename; en la Resolución N 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; y, CONSIDERANDO: 1 Que, la Ley NS y el Decreto Supremo N? 841, de 200S, del Ministerio de Justicia, son los textos legales que constituyen el marco normativo regulador del sistema de atención a la niñez y adolescencia que se presta a través de la red de colaboradores acreditados del Servicio, siendo un sistema único de transferencia. 2 Que, precisamente la ley y su reglamento, contenido en el citado Decreto disponen, que es requisito previo para transferir subvención que se haya efectuado un concurso público de proyectos. 3" Que, mediante Resolución Exenta N^ 0331, de 2014, de la Direcc^Brn'lMacional del SENAME, se autorizó el Cuarto Concurso Público de Proyectos, para las' Líneas de Acción Centros Residenciales, Modalidad Residencias de Protección para Mayores con Programas de Protección Especializados con Intervención Residencial (REM-PER) y Residencias Especiales para niños/as y adolescentes con discapacidad mental grave o profunda con Programas de Protección Especializados con Intervención Residencial (RAD-PER), Programas de Protección en General, Modalidad Programas de Prevención Focalizada (PPF) y Programas de Familias de Acogida Especializada (FAE), y aprobó las bases que lo rigen. 4 Que, por medio de Resolución Exenta N" 806, de 2014, de la Dirección Nacional del SENAME, se adjudicó el código N' 2765, al colaborador acreditado FUNDACIÓN DE AYUDA AL NIÑO LIMITADO COANIL.
2 5" Que, mediante convenio celebrado con fecha 28 de marzo de 2014, entre el SENAME y la FUNDACIÓN DE AYUDA AL NIÑO LIMITADO COANIL, aprobado por Resolución Exenta N 764 de 28 de marzo de 2014, de esta Dirección Regional, dicho colaborador acreditado se comprometió a ejecutar el proyecto denominado "RAD LOS MAITENES", a contar del día 30 de marzo de 2014, cuya vigencia se extenderá por 2,5 años. 6' Que, mediante Carta N 6, de la FUNDACIÓN DE AYUDA AL NIÑO LIMITADO COANIL, recibida en Oficina de Partes de esta Dirección Regional con fecha 2 de mayo de 2014, del Gerente General de la Institución relativa al Proyecto "RAD LOS MAITENES" informa la modificación de domicilio del proyecto; siendo la nueva dirección, la siguiente: calle Sucre N 652, comuna de Ñuñoa. 7 Que, por su parte, en Informe Integrado Informa Cambio de domicilio de fecha 13 de mayo de 2014, suscrito por Supervisora Técnica, Supervisora Financiero, Coordinador de la Unidad de Protección de Derechos y por Coordinadora de la Unidad de Supervisión Financiera; se concluye que el cambio solicitado "de acuerdo a lo solicitud realizada por a Institución respecto al cambio de domicilio de! RAD-PER Los Maitenes, es dable consignar que si bien, actual dependencia no cumple en detalle con lo ofrecido para la ejecución del RAD, según proyecto de funcionamiento licitado, se estima de acuerdo a la supervisión técnica realizada a inmueble ubicado en calle Sucre N 652 comuna de Ñuñoa, que este cuenta con las adecuadas condiciones para poner en marcha la Residencia, en relación a la necesidad de habilitar los dormitorios, servicios higiénicos, oficinas para el equipo psicosocial y dirección, recepción, entre otras. " 8 Que, las partes, por medio del presente instrumento, han acordado cambiar el domicilio del Proyecto "RAD Los Maitenes". RESUELVO: Ü b íj\_. ÍK 1 APRUÉBESE la modificación de convenio celebrada con fecha, entre el Servicio Nacional de Menores y el Organismo Colaborador Fundación De Ayuda Al Niño Limitado Coanil, cuyo tenor es el siguiente: "En Santiago, a, comparecen la Fundación De Ayuda Al Niño Limitado Coanil, en adelante, el "COLABORADOR ACREDITADO", RUT N? domiciliado en Julio Prado N2 1761, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana, representado por don ALVARO CHACÓN HIRIART, cédula nacional de identidad N K, del mismo domicilio; y el SERVICIO NACIONAL DE MENORES, en adelante, "SENAME", Servicio Público dependiente del Ministerio de Justicia, creado por Decreto Ley N , de 1979, representado por su Directora Regional Metropolitana, doña MARÍA JOSÉ MONTERO BARRA, cédula nacional de identidad N , ambos domiciliados en Avenida Pedro de Valdivia N 4.070, comuna de Ñuñoa, quienes acuerdan modificar el convenio que se precisa con el alcance que se indica: PRIMERA: Cun techa?8 de marzo do?014, el SENAML y la Fundación De Ayudd Al Niño limitado Coanil, suscribieron convenio, aprobado por Resolución Exenta N 764, de la misma fecha, en virtud del cual la institución se obligó a ejecutar el proyecto denominado "RAD LOS MAITENES"; siendo su domicilio, el siguiente: Purísima N 257, comuna de Buín, Región Metropolitana. SEGUNDA: Que, mediante Carta N 6, de la FUNDACIÓN DE AYUDA AL NIÑO LIMITADO COANIL, recibida en Oficina de Partes de esta Dirección Regional con fecha 2 de mayo de 2014, del Gerente General de la Institución relativa al Proyecto "RAD LOS MAITENES" informa la modificación de domicilio del proyecto; siendo la nueva dirección, la siguiente: calle Sucre N" 652, comuna de Ñuñoa. Que, por su parte, en Informe Integrado Informa Cambio de domicilio de fecha 13 de mayo de 2014, suscrito por Supervisora Técnica, Supervisora Financiero, Coordinador de la Unidad de Protección de Derechos y por Coordinadora de la Unidad de Supervisión Financiera; se concluye que el cambio solicitado "de acuerdo a la solicitud realizada por la Institución respecto al cambio de domicilio del RAD-PER Los Maitenes, es dable consignar que si bien, actual dependencia no
3 cumple en detalle con lo ofrecido para la ejecución del RAD, según proyecto de funcionamiento licitado, se estima de acuerdo a la supervisión técnica realizada a inmueble ubicado en calle Sucre N 652 comuna de Ñuñoa, que este cuenta con las adecuadas condiciones para poner en marcha la Residencia, en relación a la necesidad de habilitar los dormitorios, servicios higiénicos, oficinas para el equipo psicosocial y dirección, recepción, entre otras. " TERCERA: Por medio del presente convenio, las partes vienen en modificar el instrumento antes señalado, estableciendo el domicilio en el cual se ejecuta el proyecto, cuya sede estará ubicada en: calle Sucre N 652, comuna de Ñuñoa. CUARTA: En lo no modificado por este instrumento, rigen íntegramente las estipulaciones contenidas en el convenio señalado en la cláusula primera del presente instrumento. QUINTA: La presente modificación de convenio comienza a regir a contar de la total tramitación de la resolución que la aprueba. SEXTA: La presente modificación de convenio, se extiende en tres ejemplares de igual valor, tenor y fecha, quedando dos en poder de SENAME, y uno en poder de la institución. SÉPTIMA: La personería de doña MARÍA JOSÉ MONTERO BARRA, para representar a SENAME, consta en la Resolución N" 297, de 30 de abril de 2014 y la Resolución Exenta N? 0032/B del 2007, todas del Servicio Nacional de Menores. La personería de don ALVARO CHACÓN HIRIART, para representar a la institución, consta en el Acta de Sesión Ordinaria de Directorio de fecha 30 de junio de 2011, reducida a escritura pública con fecha 13 de octubre de 2011, ante doña Andrea Schjeftan Jerez, Abogado, Notario Público Suplente de don Juan Eugenio Del Real Armas, Notario Público Titular de la Primera Notaría De Ñuñoa." Hay firmas de las partes. 2" El cumplimiento de la presente Resolución Exenta, no irrogará gastos para el Servicio Nacional de Menores. ANÓTESE Y COMUNÍQUESE.- MARIA/JOSrraONTERO BARRA DIRECTORA REGIONAL METROPOLITANA SERVICIO NACIONAL DE MENORES K Distribución: Institución. Unidad Jurídica regional. Unidad de Protección de Derechos. Unidad de Administración y Finanzas. Unidad de Supervisión Financiera. Unidad de Auditoría Interna. Departamento de Protección de Derechos. Departamento Jurídico, Departamento de Administración v Finanzas. Sub Unidad de Proceso v Pagos. Oficina de Partes Dirección Regional. Opto. DEPLAE.
4 CONVENIO En Santiago, a _JJ U_- '''' ""'^, comparecen la Fundación De Ayuda Al Niño Limitado Coanil, en adelante, el "COLABORADOR ACREDITADO", RUT N$ domiciliado en Julio Prado NS 1761, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana, representado por don ALVARO CHACÓN HIRIART, cédula nacional de identidad N K, del mismo domicilio; y el SERVICIO NACIONAL DE MENORES, en adelante, "SENAME", Servicio Público dependiente del Ministerio de Justicia, creado por Decreto Ley N , de 1979, representado por su Directora Regional Metropolitana, doña MARÍA JOSÉ MONTERO BARRA, cédula nacional de identidad N^ , ambos domiciliados en Avenida Pedro de Valdivia N" 4.070, comuna de Ñuñoa, quienes acuerdan modificar el convenio que se precisa con el alcance que se indica: PRIMERA: Con fecha 28 de marzo de 2014, el SENAME y la Fundación De Ayuda Al Niño Limitado Coanil, suscribieron convenio, aprobado por Resolución Exenta N 764, de la misma fecha, en virtud del cual la institución se obligó a ejecutar el proyecto denominado "RAD LOS MAITENES"; siendo su domicilio, el siguiente: Purísima N 257, comuna de Buin, Región Metropolitana. SEGUNDA: Que, mediante Carta N 6, de la FUNDACIÓN DE AYUDA AL NIÑO LIMITADO COANIL, recibida en Oficina de Partes de esta Dirección Regional con fecha 2 de mayo de 2014, del Gerente General de la Institución relativa al Proyecto "RAD LOS MAITENES" informa la modificación de domicilio del proyecto; siendo la nueva dirección, la siguiente: calle Sucre N 652, comuna de Ñuñoa. Que, por su parte, en Informe Integrado Informa Cambio de domicilio de fecha 13 de mayo de 2014, suscrito por Supervisora Técnica, Supervisora Financiero, Coordinador de la Unidad de Protección de Derechos y por Coordinadora de la Unidad de Supervisión Financiera; se concluye que el cambio solicitado "de acuerdo a la solicitud realizada por la Institución respecto al cambio de domicilio del ftad-per Los Maitenes, es dable consignar que si bien, actual dependencia no cumple en detalle con lo ofrecido para la ejecución del RAD, según proyecto de funcionamiento licitado, se estima de acuerdo a la supervisión técnica realizado a inmueble ubicado en calle Sucre N"652 comuna de Ñuñoa, que este cuenta con las adecuadas condiciones para poner en marcha la Residencia, en relación a la necesidad de habilitar los dormitorios, servicios higiénicos, oficinas para el equipo psicosocial y dirección, recepción, entre otras. " TERCERA: Por medio del presente convenio, as partes vienen en modificar el instrumento antes señalado, estableciendo el domicilio en el cual se ejecuta el proyecto, cuya sede estará ubicada en: calle Sucre N" 652, comuna de Ñuñoa. CUARTA: En lo no modificado por este instrumento, rigen íntegramente las estipulaciones contenidas en el convenio señalado en la cláusula primera del presente instrumento. QUINTA: La presente modificación de convenio comienza a regir a contar de la total tramitación de la resolución que la aprueba. SEXTA: La presente modificación de convenio, se extiende en tres ejemplares de igual valor, tenor V fecha, quedando dos en poder de SENAME, y uno en poder de la institución. SÉPTIMA: La personería de doña MARÍA JOSÉ MONTERO BARRA, para representar a SENAME, consta en la Resolución N" 297, de 30 de abril de 2014 y la Resolución Exenta N^ 0032/B del 2Q todas del Servicio Nacional de Menores.
5 La personería de don ALVARO CHACÓN HIRIART, para representar a la institución, consta en el Acta de Sesión Ordinaria de Directorio de fecha 30 de junio de 2011, reducida a escritura pública con fecha 13 de octubre de 2011, ante doña Andrea Schueftan Jerez, Abogado, Notario Público Suplente de don Juan Eugenio Del Real Armas, Notario Público Titular de la Primera Notaría De Ñuñoa." Hay firmas de las partes. MARÍA JO5É MONTERO BARRA DIRECTORA REGIONAL METROPOLITANA SERVICIO NACIONAL DE MENORES 1ACON HIRIART ÍESENTANTE LEGAL FUNDACIÓN DE AYUDA AL NIÑO LIMITADO COANIL
Transparencia RESOLUCIÓN EXENTA N 48/2010. Santiago, 30 de Marzo de 2010 VISTO:
APRUEBA MODIFICACIÓN DE CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS CON LA "UNIVERSIDAD DE CHILE" PARA LA REALIZACIÓN DEL ESTUDIO DE UN MODELO ORGANIZACIONAL PARA EL CONSEJO PARA LA TRANSPARENCIA EN SU NUEVA FUNCIÓN
Bolivia 1. REQUISITOS LEGALES. 1.1.Legislación de referencia
CONSELLERIA DE BIENESTAR SOCIAL D.GRAL DEL MENOR Bolivia 1. REQUISITOS LEGALES 1.1.Legislación de referencia 1.1.1. Legislación española: estatal y autonómica valenciana España ha firmado y ratificado
INFORME I. ASUNTO II. CONTENIDO DEL INFORME. Adecuación jurídica. III. FUNDAMENTO Y VALOR DEL INFORME
AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA ALCALDÍA ÁREA DE PRESIDENCIA Y SEGURIDAD Dirección General de la Asesoría Jurídica Ref: AJRB. Nº: AJRB-100/2014.. Fecha: 26-2-2014. Asunto: Convenio de colaboración
EXENTA NO SANTIAGO. 1. Las facultades que me otorga el artículo 5' letra f) N'2, de 1 967, del Ministerio del Trabajo y Previsión Socíall
Departamento Administración y Finanzas APRUEBA MODIFICACIÓN DE CONTRATO QUE INDICA, AUTORIZA GASTO Y ORDENA PAGO. EXENTA NO SANTIAGO VISTOS D 7 MAR 2QIB del D.F.L 1. Las facultades que me otorga el artículo
RESOLUCION. SEXTO: La personería de ambas partes no se inserta por ser conocida por ambas partes.
V 4.- D.S. N 32/15, del MINSAL, que prorroga designación de Director del Servicio de Salud Araucanía Sur. 5.- Resolución 1600/08 de la Contraloría Gral. de la República, RESOLUCION 1.-APRUEBASE actualización
3. La constante preocupación de SENAME por el bienestar de los niños y niñas, ha llevado a materializar el presente convenio de coiaboración.
REF: CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LOS ÁNGELES Y LA DIRECCIÓN REGIONAL DE SENAME, REGIÓN DEL BIO-BIO, PARA FUNCIONAMIENTO DEL "FAE BIO BIO - NUBLE". RESOLUCIÓN EXENTA N 438
- Pr-C -~-(t//"1ig/;q ;~'EI;~:~""'\[
C~RFO; JMM/MCP DIRECCiÓN REGIONAL DE LA ARAUCANíA 02-05-2016 REF.: ENVIO CONVENIO PROYECTO "ZONIFICACiÓN DE LA APTITUD PRODUCTIVA DE FRUTALES Y BERRIES EN LA REGiÓN DE LA ARAUCANIA", Código 12BPCR-16S92
CONVENIO DE ACUERDO ENTRE CENTRO CULTURAL PALACIO DE LA MONEDA Y REGIONAL METROPOLITANO COLEGIO DE PROFESORES DE CHILE A.G
CONVENIO DE ACUERDO ENTRE CENTRO CULTURAL PALACIO DE LA MONEDA Y REGIONAL METROPOLITANO COLEGIO DE PROFESORES DE CHILE A.G En Santiago, a 30 de julio de 2017comparecen, por una partefundación CENTRO CULTURAL
FORMATO DE DEMANDA DE ALIMENTOS SEÑOR JUEZ DE NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Y/O MULTICOMPETENTE DEL CANTÓN
FORMATO DE DEMANDA DE ALIMENTOS SEÑOR JUEZ DE NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Y/O MULTICOMPETENTE DEL CANTÓN nombre de la actor/a y/o celular Obligado/a principal de la prestación de alimentos nombre del demandado/a
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Contraloría Regional Atacama
Contraloría Regional Atacama intorme Investigación Especial Denuncia por Posibles Irregularidades en los Convenios de Prácticas Curriculares y Profesionales con Instituciones del Nivel Superior Municipalidad
Transparencia. 5. Que para el desarrollo de sus funciones, los municipios pueden celebrar convenios con organismos públicos o privados.
consejo para la Transparencia APRUEBA CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN SUSCRITO ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE PORVENIR Y EL CONSEJO PARA LA TRANSPARENCIA RESOLUCIÓN EXENTA N 2:)5 SANTIAGO ' 27 MAYO 2013 VISTOS:
Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado
CONVENIO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL ENTRE LA FUNDACIÓN PARA EL DEPORTE DEL ESTADO LARA (FUNDELA) Y LA UNIVERSIDAD CENTROCCIDENTAL LISANDRO ALVARADO (UCLA) Entre la Fundación para el Deporte del
CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE LA AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS Y LA SOCIEDAD ESPAÑOLA DE INFORMATICA DE LA SALUD
CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE LA AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS Y LA SOCIEDAD ESPAÑOLA DE INFORMATICA DE LA SALUD 1 En Madrid, a 11 de mayo de dos mil cinco REUNIDOS De una parte, el Ilmo.
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Trámite de denuncias por mal servicio y/o uso indebido de recursos transferidos por la Institución. JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL Septiembre 2013 PROCEDIMIENTO Coordinado por: Leonardo
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA DIRECCIÓN GENERAL DE COSTES DE PERSONAL Y PENSIONES PÚBLICAS RESOLUCIÓN de 26 de septiembre de 2008 por la que se aprueban formularios normalizados para su presentación
Resolución Ministerial
Resolución Ministerial N 118-2011-MINCETUR/DM Lima, 20 de abril de 2011 Visto, el Memorándum N 157-2011-MINCETUR/SG/OGPPD, de la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo; CONSIDERANDO:
Programa de Apoyo a estudios de especialización en ciberseguridad (Programa 00215) Resolución de modificación (solicitud 007-002/15/A UC3M)
Programa de Apoyo a estudios de especialización en ciberseguridad (Programa 00215) Resolución de modificación (solicitud UC3M) D. Miguel Rego Fernández, mayor de edad en su calidad de Director General
CONVENIO DE SERVICIOS DE RECAUDACIÓN
CONVENIO DE SERVICIOS DE RECAUDACIÓN COMPARECIENTES: Comparecen a la celebración del presente convenio por una parte, el Banco Central del Ecuador, al que en adelante se el podrá denominar BCE, representado
D I R E C C I Ó N N A C I O N A L D E L S E R V I C I O C I V I L
GOBIERNO DE CHILE MINISTERIO DE HACIENDA DIRECCIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL APRUEBA REGLAMENTO DE REGISTRO DE CONSULTORES EXTERNOS ESPECIALIZADOS PARA LA PREPARACIÓN Y EJECUCIÓN DE LOS CONCURSOS ESTABLECIDOS
SANTIAGO,Z 1 ABR 201~
.~. SANTIAGO Secretaría Municipal Asuntos Municipales SECC.2a.- N rljj5 r SANTIAGO,Z 1 ABR 201~ VISTOS: Antecedentes IDOC N 2.70S.151! teniendo presente lo dispuesto en la Ley N 19.880, de 2003, que establece
CONVENIO DE TITULARIDAD Y USO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Y/O INDUSTRIAL
CONVENIO DE TITULARIDAD Y USO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Y/O INDUSTRIAL En Talca, a.. de.. de 2016, comparecen: UNIVERSIDAD DE TALCA, persona jurídica de derecho público sin fines de lucro, N 70.885.500-6,
YRIAM AMIGO ARANCIB 21a MOTARÍA DE SANTIAGO
YRIAM AMIGO ARANCIB 21a MOTARÍA DE SANTIAGO AHUMADA 3! 2 OF. 236 - SANTIAGO CRA/MBS REPERTORIO N 10.222.- O.T. CONVENIO DE APORTE COMPLEMENTARIO INSTITUTO NACIONAL DE DEPORTES DE CHILE ILUSTRE MUNICIPALIDAD
Artículo 3.- Fíjanse las siguientes disposiciones para el diseño y cálculo de muros especiales de hormigón armado:.
Tipo Norma :Decreto 118 Fecha Publicación :25-02-2011 Fecha Promulgación :05-11-2010 Organismo Título :MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO :APRUEBA REGLAMENTO QUE FIJA LOS REQUISITOS DE DISEÑO Y CÁLCULO
ACCIONES PARA PUESTA EN MARCHA DE LA LEY DE RESPONSABILIDAD PENAL JUVENIL. Servicio Nacional de Menores
ACCIONES PARA PUESTA EN MARCHA DE LA LEY DE RESPONSABILIDAD PENAL JUVENIL Servicio Nacional de Menores MISION Contribuir a proteger y promover los derechos de los niños, niñas y adolescentes que han sido
11 ' RESUELVO: MODIFICACIÓN DE CONVENIO
11 ' \ / 1 lcj Aprueba modificación de convenio DIRECON -Asociación Gremial de Vinos de Chile Concurso Silvoagropecuario y Productos del Mar 1 Llamado, Proyecto N 1276649 Santiago, 20 de diciembre de 2012.
USC-SSO2-98 1/5 DECLARACIONES
USC-SSO2-98 1/5 CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL GOBIERNO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL C. (1), EN SU CARACTER
Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones
Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones LEY Nº 27791 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: La Comisión Permanente del Congreso de la República ha dado la Ley
I. Comunidad Autónoma
Página 21815 I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejería de Sanidad y Política Social 6538 Orden de 11 de mayo de 2015, de la Consejería de Sanidad y Política Social, por la que se atribuye
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N. 036-2016/SUNAT MODIFICAN EL REGLAMENTO PARA LA PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN ANUAL DE OPERACIONES CON TERCEROS
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N. 036-2016/SUNAT MODIFICAN EL REGLAMENTO PARA LA PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN ANUAL DE OPERACIONES CON TERCEROS Lima, 08 de febrero de 2016 CONSIDERANDO: Que mediante
LEY MUNICIPAL AUTONÓMICA Nº 045 GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE LA PAZ. Omar Oscar Rocha Rojo PRESIDENTE DEL CONCEJO MUNICIPAL DE LA PAZ
Omar Oscar Rocha Rojo PRESIDENTE DEL Por cuanto, el Concejo Municipal de La Paz ha sancionado la siguiente Ley Municipal Autonómica: EXPOSICIÓN DE MOTIVOS.- La Constitución Política del Estado establece
