Aprueban Reglamento Técnico sobre Conductores y Cables Eléctricos de consumo masivo y uso general
|
|
- Eugenio Márquez Aguilar
- hace 7 años
- Vistas:
Transcripción
1 Aprueban Reglamento Técnico sobre Conductores y Cables Eléctricos de consumo masivo y uso general DECRETO SUPREMO Nº EF (*) El Anexo del presente Decreto Supremo fue publicado el día enero 00. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la Organización Mundial del Comercio (OMC) y las Decisiones 9 y 5 de la Comisión de la Comunidad Andina (CAN), establecen que los países tienen la facultad de adoptar las medidas necesarias para salvaguardar objetivos legítimos tales como, la protección de la salud, seguridad y vida de las personas; Que, las medidas que pueden ser adoptadas por un País, a fin de alcanzar los objetivos legítimos antes indicados, pueden ser establecidas a través de Reglamentos Técnicos de observancia obligatoria, no debiendo diferenciar entre productos nacionales e importados, ni crear obstáculos innecesarios al comercio; Que, en tal sentido resulta necesario establecer un Reglamento Técnico sobre es y cables eléctricos de consumo masivo y uso general, el que ha sido formulado sobre la base de Normas Técnicas Peruanas, establecidas en el marco de normas internacionales sobre la materia; Que, mediante el citado Reglamento Técnico se persigue cautelar la salud y seguridad de las personas; Que, de acuerdo al Decreto Legislativo Nº 8 se garantiza la libertad de comercio exterior e interior como condición fundamental para lograr el desarrollo del país, así como el libre acceso a la adquisición, transformación y comercialización de bienes, estableciéndose que la adopción de normas técnicas y reglamentos de cualquier índole no constituirán obstáculos al libre flujo de bienes, además de un tratamiento equitativo a los productos similares sean de origen nacional u originarios de cualquier otro país; Que, por su parte, por Decreto Ley Nº 5909 se establece que ninguna entidad, con excepción del Ministerio de Economía y Finanzas, puede arrogarse la facultad de dictar medidas destinadas a restringir o impedir el libre flujo de mercancías mediante la imposición de trámites, requisitos o medidas de cualquier naturaleza que afecten las importaciones o exportaciones; Que, asimismo, el Artículo del Decreto Ley Nº 59, establece que las disposiciones por medio de las cuales se establezcan trámites o requisitos o que afecten de alguna manera la libre comercialización interna o la exportación o importación de bienes o servicios podrán aprobarse únicamente mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el del Sector involucrado; Que, el Decreto Supremo Nº EF establece disposiciones respecto a la competencia del Ministerio de Economía y Finanzas en relación con los trámites o requisitos que afecten la libre comercialización interna o la exportación o importación de bienes; Que, luego de realizar las coordinaciones interinstitucionales con el Ministerio de Economía y Finanzas;
2 De conformidad con el numeral 8) del Artículo 8 de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 307, la Ley Nº 7789 y los Decretos Leyes Nºs y 59; DECRETA: Artículo.- Aprobación Aprobar el Reglamento Técnico sobre Conductores y Cables Eléctricos de consumo masivo y uso general y sus Anexos, los mismos que forman parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo.- Carácter Obligatorio El referido Reglamento Técnico establece los requisitos y especificaciones técnicas mínimas que deben cumplir todo tipo de es y cables eléctricos de consumo masivo y uso general, sean de procedencia nacional o importada, siendo su cumplimiento de carácter obligatorio. Artículo 3.- Infracción Administrativa Constituye infracción administrativa sancionable el incumplimiento de los Artículos y 5 del Reglamento Técnico sobre Conductores y Cables Eléctricos de consumo masivo y uso general. El incumplimiento de los Artículos y 5 del Reglamento, será materia de investigación administrativa y de aplicación de la correspondiente sanción según lo establecido en el Artículo de la Ley Nº 307 -Ley General de Industrias-, y sus disposiciones reglamentarias. Para tal efecto, la primera instancia la constituye la Dirección de Normas Técnicas y Control de la Dirección Nacional de Industria del Ministerio de la Producción, y las Direcciones de Industria o Zonales de las Direcciones Regionales del Sector Producción, dentro del ámbito de su competencia, según corresponda. La segunda instancia administrativa la constituye la Dirección Nacional de Industria, en Lima y Callao, y las Direcciones Regionales del Sector Producción en el interior del país. Artículo.- Autoridades Competentes Las autoridades competentes para supervisar, fiscalizar y sancionar el incumplimiento del Reglamento Técnico que se aprueba, son las que se indican en el Artículo Tercero del presente Decreto Supremo. Los dueños y consignatarios, antes del despacho, a efectos de poder cumplir con las exigencias estipuladas en el presente Reglamento podrán acogerse a lo dispuesto por el Artículo 7 del Reglamento de la Ley General de Aduanas. La mercancía que no cumpla con los requisitos establecidos en el Reglamento Técnico, será reembarcada o sometida al Régimen de Depósito. Si al vencimiento del plazo de dicho régimen; no se cumplieran con los requisitos fijados no podrá ser nacionalizado, debiendo ser reembarcado. Artículo 5.- Vigencia El presente Decreto Supremo entrará en vigencia luego de los seis () meses de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
3 Artículo.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por los Ministros de Economía y Finanzas y de la Producción. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintinueve días del mes de diciembre del año dos mil cinco. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Ministro de Economía y Finanzas DAVID LEMOR BEZDIN Ministro de la Producción
4 ANEXO DECRETO SUPREMO Nº EF (*) El Decreto Supremo fue publicado el día 30 de diciembre de 005. REGLAMENTO TECNICO CONDUCTORES Y CABLES ELECTRICOS Artículo º.- Objeto El presente Reglamento Técnico tiene por finalidad establecer las características técnicas, así como, el rotulado y etiquetado, que deben cumplir los es y cables eléctricos de consumo masivo y uso general, con el fin de que su utilización no sea un peligro para la vida y la seguridad de las personas. Artículo º.- Campo de aplicación El presente Reglamento Técnico se aplica a:. Conductores para cables aislados que conducen energía eléctrica en instalaciones fijas y móviles, a ser utilizados en cables eléctricos y cordones flexibles. Cables aislados con Cloruro de Polivinilo (PVC) para tensiones hasta e inclusive 50/750 V en corriente alterna, que comprenden es de cobre recocido rígidos o flexibles, aislados o aislados y cubiertos con Cloruro de Polivinilo (PVC) a ser utilizados en instalaciones fijas, instalaciones móviles y dentro de aparatos. Los Tipos de cable incluidos son: Tipo de Cable Código IEC del TW IEC 0,5 a 0 ó a 8 AWG TWF IEC 0,5 a 0 THHW IEC 07 0,5 a THHWF IEC 08 0,5 a TWT-70 -,5 a 0 ó a 8 AWG TTR IEC 0,5 a0 TTRF IEC 53 5 a ó a 8 AWG.3 Cables aislados con compuesto termoplástico y termoestable para tensiones hasta e inclusive 00 V, que comprenden es de cobre recocido rígidos o flexibles, aislados o aislados y cubiertos con compuesto termoplástico (PVC) o termoestable (XLPE) a ser utilizados en instalaciones fijas e instalaciones móviles. Los Tipos de cables incluidos son:
5 Tipo de Cable del Conductor THW (75) THWN- (90) XHHW- (90) SPT (0) 0,5 a,5 a 0 ó a 8 AWG,5 a 0 ó a 8 AWG,5 a 0 ó a 8 AWG. Partidas arancelarias: ; Artículo 3º.- Definiciones Para los fines de este Reglamento se aplican las definiciones siguientes: 3. Conductor (de un cable): Parte de un cable que tiene la función específica de conducir la corriente eléctrica. 3. Cable: Un con aislamiento o con aislamiento y otras cubiertas (cable unipolar o multipolar) o una combinación de es aislados entre sí (cable de múltiples es o multipolar) 3.3 Aislamiento (de un cable): Material aislante incorporado a un cable con la función específica de soportar la tensión eléctrica. Permite aislar un de los otros es o de partes as o de la tierra. 3. de un Conductor: Es el área de la sección transversal expresada en milímetros cuadrados. 3.5 Resistencia Eléctrica: La oposición del al paso de la corriente eléctrica y que normalmente es expresada en ohm/km. 3. Resistencia de Aislamiento: La oposición del aislamiento al paso de la corriente eléctrica y que normalmente se expresa en Megaohm-km. 3.7 Esfuerzo a la Tracción: Resistencia a la rotura de un material cuando se le somete a estiramiento en una máquina de tracción, expresada en N/ 3.8 Elongación: Longitud final que alcanza un material al momento de romperse cuando se le somete a un ensayo de tracción, expresada en porcentaje de la longitud inicial. 3.9 Envejecido: Proceso de someter a un material a una temperatura elevada durante un tiempo determinado establecido por las normas para simular un envejecimiento acelerado del material. 3.0 País de Fabricación: País en que la mercancía ha sido manufacturada. Artículo º.- Requisitos Técnicos Los es y cables eléctricos descritos en el artículo º, que son objeto del presente reglamento, deberán cumplir las especificaciones siguientes:
6 . Conductores para cables aislados Los es para cables aislados deberán ser de cobre recocido y deberán cumplir con las especificaciones para la sección, número de alambres por y resistencia eléctrica establecidas en el Anexo A de este Reglamento (Tablas A a A7). Cables aislados con Cloruro de Polivinilo (PVC) para tensiones hasta e inclusive 50/750 V Los cables aislados deberán cumplir con las especificaciones siguientes: a) Del Conductor Los cables deberán ser construidos con es de cobre recocido puro con o sin recubrimiento que cumpla con las especificaciones que se establecen en el artículo º numeral. b) Del aislamiento y la cubierta exterior El material de aislamiento y de la cubierta exterior de los cables deberá consistir de Cloruro de Polivinilo (PVC) que cumpla con las especificaciones establecidas en el Anexo B - Tabla B. De acuerdo al tipo de cable el material de aislamiento a utilizar deberá ser: Tipo de Cable Código IEC Aislamiento Tipo de Compuesto Cubierta TW IEC 0 PVC /C TWF IEC 0 PVC /C THHW IEC 07 PVC /E THHWF IEC 08 PVC /E TWT-70 () - PVC/C PVC/ST TTR IEC 0 PVC /C PVC/ST TTRF IEC 53 PVC /D PVC/ST5 () Conductores paralelos con espesor de cubierta de para todas las formaciones y calibres c) Del Cable aislado Los cables aislados, de acuerdo al tipo indicado en el artículo º numeral. deberán cumplir con las especificaciones por tipo de cable, espesor de aislamiento, diámetro exterior y resistencia al aislamiento establecidas en el Anexo B (Tablas del B al B).3 Cables aislados con compuesto termoplástico y termoestable para tensiones hasta e inclusive 00 V Los cables aislados deberán cumplir con las especificaciones siguientes: a) Del Conductor
7 Los cables deberán ser construidos con es de cobre recocido puro con o sin recubrimiento que cumpla con las especificaciones que se establecen en el artículo º numeral. b) Del aislamiento El material de aislamiento de los cables deberá consistir de Cloruro de Polivinilo (PVC) o Polietileno Reticulado (XLPE) que cumplan con las especificaciones establecidas en el Anexo C - Tabla C. De acuerdo al tipo de cable el material de aislamiento a utilizar deberá ser: Tipo de Cable Aislamiento Tipo de Compuesto THW (75) PVC /75 THWN- (90) PVC /90 XHHW- (90) XLPE SPT (0) PVC /0 c) Del Cable aislado Los cables aislados, de acuerdo al tipo indicado en el artículo º numeral.3 deberán cumplir con las especificaciones por tipo de cable, espesor de aislamiento, diámetro exterior y resistencia al aislamiento establecidas en el Anexo C (Tablas del C al C0) Artículo 5º.- Requisitos de rotulado Los es y cables eléctricos deberán ser marcados en forma indeleble y legible, sobre su superficie, con la siguiente información: 5. En el o cable País de fabricación Nombre del fabricante Tipo de en ó AWG Tensión nominal en volt La marcación se colocará sobre la superficie con un distanciamiento entre marcas que no exceda de: 550 sí la marcación esta hecha sobre la cubierta del cable 75 si la marcación esta hecha: o sobre el aislamiento de un cable no cubierto o sobre el aislamiento de un cable cubierto o sobre una cinta dentro de un cable cubierto 5. En los rollos, carretes o envases Los rollos, carretes o envases de es o cables eléctricos deberán ser rotulados, con la información siguiente: País de fabricación
8 Nombre del fabricante Tipo de en ó AWG Tensión nominal en volt Longitud del expresada en metros Año de fabricación Artículo º.- Muestreo A fin de demostrar el cumplimiento del presente Reglamento, la Certificación de los productos por lote deberá ser realizado por los Organismos de Evaluación de la Conformidad a que se refiere el Artículo 7º, bajo responsabilidad del productor o importador, según corresponda. Tratándose de la fiscalización o inspección efectuada por la autoridad competente, el muestreo deberá realizarse en la fábrica, almacenes o mercado, sin perjuicio de la extracción de muestras que pueda realizar la autoridad aduanera dentro del ejercicio de su potestad, en la forma prevista por el artículo º del Reglamento de la Ley General de Aduanas aprobada mediante Decreto Supremo Nº EF. El muestreo a ser aplicado en la certificación, inspección o fiscalización de cables y es eléctricos, que se presentan en lotes aislados, se deberá aplicar el muestreo indicado en la Tabla, las muestras deben ser tomadas al azar.. De cada lote, por cada tipo y marca de cable o eléctrico se tomará el número de muestras (n) que se indica en la Tabla.. Para la determinación de las características indicadas en el artículo º se realizarán los ensayos e inspección en todas las muestras tomadas..3 La aceptación del lote procederá si todas las muestras cumplen con todos los requisitos establecidos en el presente Reglamento, si no se cumple con alguno de los requisitos el lote será rechazado, de acuerdo al numero de aceptación y rechazo que se indica la Tabla. TABLA - Muestro para Conductores y Cables eléctricos Tamaño del Lote Tamaño de la Muestra (n) Número de aceptación y rechazo Ac Re a a a más 5 0 Artículo 7º.- Evaluación de la Conformidad Los fabricantes nacionales o importadores, deberán asegurar el cumplimiento a través de la presentación del Certificado de Conformidad, de los requisitos, ensayos y rotulado establecidos en este reglamento. Para tal fin deberán presentar cualesquiera de los siguientes documentos: 7. Certificado de Conformidad por lote, en conformidad con el presente Reglamento, de acuerdo al Anexo E, E..
9 7. Certificado de Sello o Marca de Conformidad que contemplen la evaluación del producto, en conformidad con el presente Reglamento; conforme se indica en el Anexo E, E.. Los certificados de conformidad, indicados en 7. y 7. pueden ser emitidos de acuerdo con normas técnicas o reglamentos del país de origen o normas internacionales, siempre que éstas sean equivalentes o superiores al presente Reglamento. Artículo 8.- Organismos de Evaluación de la Conformidad Los Certificados de Conformidad de lote indicados en el artículo 7º, inciso 7. deberán ser emitidos por Organismos de Evaluación de la Conformidad Autorizados por el Ministerio de la Producción. Tratándose de productos importados se reconocerá la validez de los documentos indicados en el artículo 7º, inciso 7., siempre que éstos sean emitidos por Organismos Autorizados por la autoridad administrativa o por Organismos de Certificación Acreditados ante la Autoridad Nacional de Acreditación del país de fabricación del producto u otros países. Los Certificados con Sello o Marca de Conformidad indicados en el artículo 7 inciso 7., deberán ser emitidos por Organismos Autorizados por la autoridad administrativa o por Organismos de Certificación Acreditados ante la Autoridad Nacional de Acreditación del país de fabricación del producto u otros países. Tratándose de Organismos de Certificación Acreditados ante el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, los certificados en referencia serán reconocidos siempre que los Organismos se encuentren inscritos en el Registro de Organismos de Evaluación de la Conformidad Autorizados por el Ministerio de la Producción. Artículo 9.- Constancia de Cumplimiento del Reglamento Técnico El importador solicitará a la Dirección de Normas Técnicas y Control de la Dirección Nacional de Industria del Ministerio de la Producción o a las Direcciones de Industria o Zonales de las Direcciones Regionales del Sector Producción, según corresponda, dentro del ámbito de su competencia, una Constancia de Cumplimiento del Reglamento Técnico. Dicha Constancia será otorgada bajo criterios no discriminatorios, tendrá una vigencia de 0 año computado a partir de la fecha de su emisión, y podrá ser utilizada durante ese lapso, para todos los despachos aduaneros de importación. No surte efectos legales el endoso y/o transferencia de la Constancia de Cumplimiento del Reglamento Técnico. La autoridad competente para expedir la Constancia será determinada en función del domicilio legal de la empresa. La Constancia de Cumplimiento del Reglamento Técnico, será otorgada por cada tipo de o cable eléctrico y la solicitud deberá ser presentada ante la autoridad competente. Para tal efecto, los interesados deberán presentar una solicitud con carácter de declaración jurada, firmada por el representante legal de la empresa, de acuerdo al formato que proporcionará el Ministerio de la Producción, adjuntando los siguientes documentos: a. Lista de tipos de es o cables eléctricos a comercializar señalando la empresa fabricante. b. Copia de cualesquiera de los documentos referidos a la evaluación de la conformidad indicados en el artículo 7º.
10 Artículo 0º.- Productos Importados Para el despacho aduanero de importación de los productos regulados por el presente Reglamento Técnico, la Constancia a la que se refiere el artículo 9º, deberá estar vigente a la fecha de numeración de la Declaración Única de Aduanas o de la Declaración Simplificada Los es y cables eléctricos que no cuenten con la Constancia de Cumplimiento de Reglamento Técnico a que se refiere el artículo 9º del presente Reglamento, no podrán ser sometidos al régimen de importación definitiva, debiendo la autoridad aduanera disponer el reembarque de los mismos según lo establecido en la Ley General de Aduanas. Artículo º.- Autoridad de Fiscalización y/o Supervisión Es competencia de la Dirección de Normas Técnicas y Control de la Dirección Nacional de Industria del Ministerio de la Producción y de las Direcciones de Industria o Zonales de las Direcciones Regionales del Sector Producción, según el ámbito que corresponda, la fiscalización y supervisión del cumplimiento del presente Reglamento Técnico. Artículo º.- De la Fiscalización y/o Supervisión Las autoridades indicadas en el artículo anterior a fin de verificar que los es y cables eléctricos de fabricación nacional, y los importados, una vez nacionalizados y fuera de la competencia de la autoridad aduanera, cumplan con el presente Reglamento Técnico, se encuentran facultados a realizar inspecciones y/o verificaciones en los centros de producción, almacenes y puntos de venta. En la realización de tales diligencias, podrán exigir la presentación de la Constancia de Cumplimiento del Reglamento Técnico, y/o recoger muestras, a fin de someterlos a las pruebas o ensayos por parte de los Organismos de Evaluación de la Conformidad Autorizados por el Ministerio de la Producción. Artículo 3º.- Régimen de Sanciones Constituye infracción administrativa sancionable el incumplimiento de los artículos º y 5º del Reglamento Técnico sobre Conductores y Cables Eléctricos de consumo masivo y uso general. El incumplimiento de los artículos º y 5º del Reglamento, será materia de investigación administrativa y de aplicación de la correspondiente sanción según lo establecido en el artículo º de la Ley Nº 307 Ley General de Industrias-, y sus disposiciones reglamentarias. Para tal efecto, la primera instancia la constituye la Dirección de Normas Técnicas y Control de la Dirección Nacional de Industria del Ministerio de la Producción, y las Direcciones de Industria o Zonales de las Direcciones Regionales del Sector Producción, dentro del ámbito de su competencia, según corresponda. La segunda instancia administrativa la constituye la Dirección Nacional de Industria, en Lima y Callao, y las Direcciones Regionales del Sector Producción en el interior del país. Artículo º.- Vigencia y Derogatoria El presente Reglamento Técnico entrará en vigencia a los meses de su publicación en el Diario Oficial El Peruano y deroga todas las normas que le sean contrarias.
11 ANEXO A Conductores para cables aislados Especificaciones Técnicas TABLA A - Clase - Conductores sólidos para cables unipolares y multipolares Nominal ² Máxima resistencia del a 0º C en corriente continua Conductores circulares de cobre recocido Sin recubrimiento metálico Ω/km Con recubrimiento metálico Ω/km,5,5 0, 7,, 3,08,83, 7,5,70 3,,8 TABLA A - Clase - Conductores cableados para cables unipolares y multipolares Nominal ²,5,5 0 Mínimo número de alambres en el Conductor circular (no compactado) Conductor circular Conductor sectorial Cu Cu Cu Máxima resistencia del a 0º C Conductores de cobre recocido Alambres sin recubrimiento metálico Ω/km, 7,, 3,08,83 Alambres con recubrimiento metálico Ω/km, 7,5,70 3,,8 TABLA A3 - Clase 5 - Conductores Flexibles de Cobre Recocido para Cables Unipolares y Multipolares. nominal ² 0,5 5,5,5 Máximo diámetro de los alambres en el. 0, 0, 0, 0,3 0,3 Máxima resistencia del a 0º C Alambres sin recubrimiento metálico Ω/km 39,0,0 9,5 3,3 7,98,95 3,30 Alambres con recubrimiento metálico Ω/km 0,,7 0,0 3,7 8, 5,09 3,39
12 TABLA A - Clase - Conductores Flexibles de Cobre Recocido para Cables Unipolares y Multipolares. nominal Máximo diámetro de los alambres en el. Máxima resistencia del a 0º C Alambres sin recubrimiento metálico Alambres con recubrimiento metálico ² 0,5 5,5,5 0, Ω/km 39,0,0 9,5 3,3 7,98,95 3,30 Ω/km 0,,7 0,0 3,7 8, 5,09 3,39 TABLA A5- Conductores sólidos para cables unipolares y multipolares Calibres AWG 0 8 ²,3,08 3,3 5, 8,37 Máxima resistencia del Ω/km a 0º C en corriente continua Cobre Unipolar 3,80 8, 5, 3,0, Multipolar,0 8,79 5,5 3,78,87 TABLA A - Conductores cableados para cables unipolares y multipolares Calibres AWG 0 8 ²,3,08 3,3 5, 8,37 Mínimo Nº de Hilos en el Circular no compactado Circular compactado Máxima resistencia del Ω/km a 0º C en corriente continua Unipolar,0 8,79 5,5 3,78,87 Multipolar,3 8,97 5,5 3,57,3
13 TABLA A7 - Conductores flexibles de cobre para cables unipolares y multipolares Calibre AWG ² 0,59 3,3,08 3,3 5, 8,37 Mínimo Nº de hilos del Máxima resistencia del Ω/km a 0º C en corriente continua Unipolar Multipolar 35,5 37,3,3 3,,0,7 8,78 9, 5,5 5,8 3,78 3,5,3,335
14 ANEXO B Cables aislados con Cloruro de Polivinilo (PVC), especificaciones técnicas TABLA B - Requisitos para los ensayos no eléctricos de los aislamientos y cubiertas Nº de referencia Ensayo Unidad Tipo de compuesto PVC/C PVC/ST PVC/D PVC/ST5 Esfuerzo de tracción y elongación a la rotura.. Propiedades al momento de la entrega... Valores a ser obtenidos para el esfuerzo de tracción: - promedio, mínimo. N/²,5 0,0 5,0.. Valores a ser obtenidos para la elongación a la rotura: - promedio, mínimo. % Propiedades después de envejecer en estufa de aire Condiciones de envejecido: - temperatura ºC 80± 80 ± 35 ± - duración del tratamiento H 7 x 7 x 0 x Valores a ser obtenidos para el esfuerzo de tracción: - promedio, mínimo N/²,5 0,0 5,0 - variación (), máximo % ±0 ± 0 ± 5 Valores a ser obtenidos para la elongación a la rotura: - promedio, mínimo % Método de ensayo descrito en () PVC/E IEC/UNE-EN Subcláusula y y 9. - variación (), máximo. % ±0 ±0 ±5 () Variación: diferencia entre el promedio después del envejecido y el promedio sin envejecer, expresado como un porcentaje del ultimo () Ver Anexo D para la referencia de los métodos de ensayo
15 TABLA B - Datos generales para el tipo TW - 70 (07 IEC 0)* (Ensayos no eléctricos del aislamiento: Compuesto tipo PVC/C ) nominal del ² Clase de Tabla A y A Espesor de aislamiento valor especificado Diámetro exterior promedio Límite inferior Límite superior Mínima resistencia de aislamiento a 70º C.,5,5,5,5,,7 3, 3,3 3, 3,3 3,9,0 0,0 0,00 0,00 0,009 3, 3,8,,3,, 5,0 5, 0,0085 0,0077 0,0070 0, ,0,0 *Válido para aislamiento del tipo TWT-70 5,3 5,,,7 0,0070 0,005 TABLA B3 - Datos generales para el tipo TWF -70 (07 IEC 0) (Ensayos no eléctricos del aislamiento: Compuesto tipo PVC/C ) nominal del Espesor de aislamiento valor especificado Diámetro exterior promedio Límite inferior Límite superior Mínima resistencia de aislamiento a 70 ºC ²,5,5,8 3, 3,9, 3,,,8 5,3 0,00 0,009 0,007 0,00 0,0 5,7,8 0,005
16 TABLA B - Datos generales para el tipo THHW-90 (07 IEC 07) (Ensayos no eléctricos del aislamiento: Compuesto tipo PVC/E ) nominal del Espesor de aislamiento valor especificado Diámetro exterior promedio Límite inferior Límite superior Mínima resistencia de aislamiento a 90ºC ² 0,5 5,5 Mm,9,,,,3,5,7 3, 0,05 0,03 0,0 0,0,5 3, 3,, 3,9, 5,0 0,009 0,008 0,007 TABLA B5 - Datos Generales para el Tipo THHWF - 90 (07 IEC 08) (Ensayos no eléctricos del aislamiento: Compuesto tipo PVC/E ) Nominal del Espesor de aislamiento valor especificado Diámetro exterior del promedio Límite inferior Límite superior Mínima resistencia de aislamiento a 90 ºC. ² 0,5 5,5 Mm,,,,8,5,7,8 3, 0,03 0,0 0,00 0,009,5 3, 3,9,,,8 5,3 0,009 0,008 0,008
17 TABLA B - Datos generales para el tipo TTR 70 (07 IEC 0) (Ensayos no eléctricos del aislamiento: Compuesto tipo PVC/ C) Nº de es y sección nominal Nº x ² Clase de Tabla A y A Espesor de aislamiento valor especificado Espesor de cubierta interna valor aproximado Espesor de cubierta externa valor especificado Diámetro exterior promedio Límite Límite inferior superior Mínima resistencia de aislamiento a 70 ºC x,5 x,5 x x x 0 3 x,5 3 x,5 3 x 3 x 3 x 0 x,5 x,5 x x x 0 5 x,5 5 x,5 5 x 5 x 5 x 0,0,0,0,0,0,0,0,0,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,, 7, 7,8 8, 9,0 9, 0,0 0,5,0 3,0 3,5 8,0 8, 9, 9, 0,0 0,5,5,0,0,5 8, 9,0 0,0 0,0,5,0,5 3,0 5,5,0 9, 9,8,0,0,5 3,0 3,5,5 7,0 7,5 0,0 0,5,5,0,5 3,0 3,5,0,5 7,5 0,5,0,0,5 3,0 3,5,5 5,5 7,5 9,0,5,0 3,0 3,5,5 5,0,0 7,0 9,0 0,5,0,5,0,5,0 7,0 7,5 8,5,0,0 0,0 0,00 0,00 0,009 0,0085 0,0077 0,0070 0,005 0,0070 0,005 0,0 0,00 0,00 0,009 0,0085 0,0077 0,0070 0,005 0,0070 0,005 0,0 0,00 0,00 0,009 0,0085 0,0077 0,0070 0,005 0,0070 0,005 0,0 0,00 0,00 0,009 0,0085 0,0077 0,0070 0,005 0,0070 0,005
18 TABLA B7 - Datos Generales para el tipo TTRF -70 (07 IEC 53) (Ensayos no eléctricos del aislamiento: Compuesto tipo PVC/ D) Nº de es y sección nominal Espesor de aislamiento valor especificado Espesor de la cubierta Dimensiones exterior promedio Límite inferior Límite superior Mínima resistencia de aislamiento a 70 ºC. Nº x ² x 5 x x,5 x,5 x x,0,, 5,7 5,9,8 8, 9, 0,5 7, 7,5 8,,9 3, 0,0 0,00 0,00 0,009 0,007 0,00 3 x 5 3 x 3 x,5 3 x,5 3 x 3 x 0,9,,,3,0,3 7, 9, 0,5, 7, 8,0 9,, 3,, 0,0 0,00 0,00 0,009 0,007 0,00 x 5 x x,5 x,5 x x 0,9,0,,,, 7, 8, 0,,, 8,3 9,0 0,5,5, 5, 0,0 0,00 0,00 0,009 0,007 0,00 5 x 5 5 x 5 x,5 5 x,5 5 x 5 x 0,9 0,9,,,,5 7, 7,8 9,3,,,3 9,3 9,8, 3,9 5, 8,0 0,0 0,00 0,00 0,009 0,007 0,00
19 TABLA B8 - Datos generales para el tipo TW - 70 (calibres AWG) (Ensayos no eléctricos del aislamiento: Compuesto tipo PVC/ C) Calibre AWG nominal del Clase de Tabla A y A Espesor de aislamiento valor especificado Diámetro exterior promedio Límite inferior Límite superior Mínima resistencia de aislamiento a 70º C ²,3,3,08,08 Mm,5,7 3,0 3, 3, 3,3 3,7 3,8 0,0 0,00 0,0 0, ,3 3,3 5, 5, 3, 3, 3,9,,,,8 5,0 0,0089 0,0080 0,007 0, ,37 8,37,0,0 5,0 5,3,0,3 0,007 0,007 TABLA B9 - Métodos de Ensayo para los tipos TW - 70 (07 IEC 0), TWF IEC 0), THHW - 90 (07 IEC 07), THHWF - 90 (07 IEC 08) Nº de referen cia Ensayos Eléctricos Ensayo Categoría de ensayo Método de ensayo descrito en IEC Subcláusula. Ensayo de Tensión a: T, S V para TW-70 y TWF V para THHW-90 y THHWF -90. Resistencia al aislamiento a: T º C para TW-70 y TWF-70 90º C para THHW-90 y THHWF 90 Características constructivas y dimensionales estipuladas. Medición del espesor del aislamiento T, S Medición del diámetro exterior T, S Propiedades mecánicas del aislamiento 3. Ensayo de tracción antes de envejecer T Ensayo de tracción después de envejecer T
20 TABLA B0 - Métodos de Ensayo para los tipos TTR - 70 (07 IEC 0) Nº de referen cia Ensayos Eléctricos Ensayo Categoría de ensayo Método de ensayo descrito en () IEC Subcláusula. Ensayo de Tensión a los es 000 V T Ensayo de Tensión al cable terminado a 000 V T, S Resistencia al aislamiento a 70º C T Características constructivas y dimensionales estipuladas. Medición del espesor del aislamiento T, S Medición del espesor de la cubierta T, S Medición del diámetro exterior.3. Promedio T, S Ovalamiento T, S Propiedades mecánicas del aislamiento 3. Ensayo de tracción antes de envejecer T Ensayo de tracción después de envejecer T () Ver Anexo D para la referencia de los métodos de ensayo
21 TABLA B - Métodos de Ensayo para los tipos TTRF - 70 (07 IEC 53) Nº de referen cia Ensayos Eléctricos Ensayo Categoría de ensayo Método de ensayo descrito en () IEC Subcláusula. Ensayo de Tensión a los es de acuerdo al espesor de aislamiento especificado: V hasta e inclusive T V para mayores a T Ensayo de Tensión al cable terminado a 000 V T Resistencia al aislamiento a 70º C T Características constructivas y dimensionales estipuladas. Medición del espesor del aislamiento T, S Medición del diámetro exterior T, S Medición del diámetro exterior.3. Promedio T, S Ovalamiento T, S Propiedades mecánicas del aislamiento 3. Ensayo de tracción antes y después de envejecer () Ver Anexo D para la referencia de los métodos de ensayo T
22 TABLA B - Datos generales para el tipo TTRF - 70 (calibres AWG) (Ensayos no eléctricos del aislamiento: Compuesto tipo PVC/ D) N de es y Nominal N x AWG nominal del Espesor de aislamient o Valor especifica do Espesor de la cubierta Dimensiones exteriores promedio Limite Inferior Limite Superior Mínima resistencia de aislamiento a 70 C Mohm - km x 8 3 5,8 7, 0,0 x,3, 8, 0,0 x,08 0,9 7,8 9,9 0,0 x 3,3, 8,9,3 0,009 x 0 5,, 3,3 0,007 x 8 8,37,, 5, 0,00 3 x 8 3, 7,8 0,0 3 x,3 0,9 7, 9, 0,0 3 x,08, 8,5 0,9 0,0 3 x 3,3, 9,,0 0,009 3 x 0 5,,,, 0,007 3 x 8 8,37,,8,3 0,00 x 8 3, 8, 0,0 x,3,0 8,0 0, 0,0 x,08, 9,3,8 0,0 x 3,3, 3,3 0,009 x 0 5,,, 5,8 0,007 x 8 8,37,5, 8, 0,00 5 x 8 3 0,9 7,3 9,3 0,0 5 x,3, 8,8, 0,0 5 x,08, 0,,8 0,0 5 x 3,3,3,5, 0,009 5 x 0 5,,5 3,7 7, 0,007 5 x 8 8,37,5 5,5 9,7 0,00
23 ANEXO C Cables aislados con compuesto termoplástico y termoestable, especificaciones técnicas TABLA C -Requisitos para los ensayos no eléctricos de los aislamientos Nº de Referen cia Ensayo Esfuerzo de tracción y elongación a la rotura.. Propiedades sin envejecer. Unidad Tipo de Compuesto PVC Método de Ensayo descrito en () XLPE Norma Cláusula.... Valores a ser obtenidos para el esfuerzo de tracción: - promedio mínimo. N/² 0,3 3,8 3,8 0,3 Valores a ser obtenidos para la elongación a la rotura: - promedio mínimo. % UL Propiedades después de envejecer en estufa de aire... Condiciones de envejecido: - temperatura ºC 00 ± ± 3 ± ± - duración del tratamiento h 7 x 7 x 7 x 7 x.. Retención mínima para el esfuerzo de tracción:..3 Retención mínima () para la elongación a la rotura: % Especimenes troquelados % Otros especimenes % 50 5 () Retención: Relación del promedio después del envejecido entre el promedio sin envejecer, expresado como un porcentaje del último. () Ver Anexo D para la referencia de los métodos de ensayo
24 TABLA C - Datos generales para el tipo THW (75) (Ensayos no eléctricos del aislamiento: Compuesto tipo PVC - 75) nominal del ² Clase de Tabla A y A Espesor de aislamiento Promedio mínimo Mínimo en un punto Mínima resistencia de aislamiento 0 ºC 75 ºC,5, ,, 9 9,0, TABLA C3- Datos generales para el tipo THWN - (90) (Ensayos no eléctricos del aislamiento: Compuesto tipo PVC - 90) nominal del ² Clase de Tabla A y A Espesores Aislamiento de PVC Promedio mínimo Mínimo en un punto Mm Cubierta de Nylon Mínimo en un punto Mínima resistencia de aislamiento a 0 º C 90 º C,5.5 0,38 0,38 0,38 0,38 0,33 0,33 0,33 0,33 0,0 0,0 0,0 0, ,09 0,09 0,0 0, ,5 0, ,0 0,0 0,3 0, ,03 0,03 0,030 0,030
25 TABLA C - Datos generales para el tipo XHHW - (90) (Ensayos no eléctricos del aislamiento: Compuesto tipo XLPE 90) nominal del Clase de Tabla A y A Espesor de aislamiento Promedio mínimo Mínimo en un punto Mínima resistencia de aislamiento a 0 º C 90 º C ², ,05 0,05 0,0 0,0 0 0,, 9 9,0, ,03 0,03 0,039 0,039 TABLA C5 - Datos generales para el tipo SPT (0) (Ensayos no eléctricos del aislamiento: Compuesto tipo PVC - 0) nominal del Promedio mínimo Espesor de aislamiento Mínimo en un punto Antes de separar Después de los es separar los es Mínima distancia entre es Mínima resistencia de aislamiento a 0 º C ² 0,5 5,0,5,,, 8,0,0,0 0, ,,03,03,03 0,307 0,307 0,307 0,307,5,03,,79,83,8,5,0,0,0,79,79,79 0,307 0,307 0,307
26 TABLA C - Datos generales para el tipo THW (75) (Calibres AWG) (Ensayos no eléctricos del aislamiento: Compuesto tipo PVC - 75) Calibres AWG nominal del Clase de Tabla A y A Espesor de aislamiento Promedio mínimo Mínimo en un punto Mínima resistencia de aislamiento 0 ºC 75 ºC ²,08,08 3,3 3, ,0 0,0 0,00 0, , 5, 8,37 8,37,, 9 9,0, ,085 0,085 0,085 0,085 TABLA C7 - Datos generales para el tipo THWN - (90) (Calibres AWG) (Ensayos no eléctricos del aislamiento: Compuesto tipo PVC - 90) Calibres AWG nominal del Clase de Tabla A y A Espesores Aislamiento de PVC Promedio mínimo Mínimo en un punto Cubierta de nylon Mínimo en un punto Mínima resistencia de aislamiento a 0 º C 90 º C ²,08,08 3,3 3,3 0,38 0,38 0,38 0,38 0,33 0,33 0,33 0,33 0,0 0,0 0,0 0, ,035 0,035 0,030 0, , 5, 8,37 8,37 0,5 0, ,0 0,0 0,3 0, ,035 0,035 0,035 0,035
27 TABLA C8 - Datos generales para el tipo XHHW - (90) (Calibres AWG) (Ensayos no eléctricos del aislamiento: Compuesto tipo XLPE 90) Calibres AWG nominal del ²,08,08 3,3 3,3 Clase de Tabla A y A Espesor de aislamiento Promedio mínimo Mínimo en un punto Mínima resistencia de aislamiento 0 º C 90 º C ,00 0,00 0,050 0, , 5, 8,37 8,37,, 9 9,0, ,00 0,00 0,05 0,05 TABLA C9 - Datos generales para el tipo SPT (0) (Calibres AWG) (Ensayos no eléctricos del aislamiento: Compuesto tipo PVC - 0) Calibres AWG nominal del Clase de NTP Promedio mínimo Espesor de Aislamiento Mínimo en un punto Antes de separar los es Después de separar los es Mínima distancia entre conducto res Mínima resistencia de aislamiento a 0º C 0 8 ² 0,57,3, ,,,03 8,0,0,83 0,33 8 8,0,,03,03,79 0,307 0,307 0,307 0, ,3 5, 5 5,,79,8,5,0,0,79,79 0,307 0,307
28 TABLA C0 - Ensayos para los tipos THW (75) y THWN- (90), XHHW - (90), SPT (0) Nº de Referenci a Ensayos Eléctricos Ensayo Categoría de Ensayo Método de ensayo descrito en () Norma Cláusula. Ensayo de tensión R UL Resistencia de aislamiento a 0 ºC R UL Medición del espesor de aislamiento. R UL Propiedades mecánicas al aislamiento. 3. Ensayos de tracción y elongación antes de envejecer. 3. Ensayos de tracción y elongación después de envejecer () Ver Anexo D para la referencia de los métodos de ensayo T, S UL T UL
29 ANEXO D Normas Técnicas de Referencia Las siguientes Normas Técnicas de métodos de ensayo constituyen parte de este Reglamento y deberán ser utilizadas en conjunto con el mismo: IEC 07 : 003 Polyvinyl chloride insulated cables of rated voltages up to and including 50/750 V - Part : Test methods IEC 08--: 993 Coon test methods for insulated cables and sheathing materials of electrical cables Part : Methods for general application section One: Measurement of thickness and overall dimensions Test of determining the mechanical properties. UNE-EN 08--:99 Métodos de ensayo comunes para materiales de aislamiento y cubierta de cables eléctricos. Parte : Métodos de aplicación general. : Medida de espesores y diámetros exteriores. Determinación de las propiedades mecánicas. IEC 08--: 985 Coon test methods for insulating and sheathing materials of electric cables - Part : Methods for general application - Section Two: Thermal ageing methods UNE-EN 08--:99 Métodos de ensayo comunes para materiales de aislamiento y cubierta de cables eléctricos y de cables de fibra óptica. Parte : Métodos de aplicación general. : Métodos de envejecimiento térmico. UL 58:00 Reference Standard for Electrical Wires, Cables, and Flexible Cords
30 ANEXO E CERTIFICADOS DE CONFORMIDAD E. Certificados de Conformidad de lote Los certificados de conformidad de lote deberán incluir como mínimo la siguiente información: nombre y dirección del Organismo de Certificación fecha de expedición del certificado número de certificado que lo identifica de forma única nombre y dirección del solicitante nombre, tipo y/o categoría del producto, así como marcas de identificación, código o número de serie del producto identificación y tamaño del lote referencia a este Reglamento Técnico u otros Reglamentos o Normas Técnicas de acuerdo a lo establecido en los artículos 7º y 8º requisitos y resultados obtenidos en los ensayos observaciones conclusiones indicando la conformidad del producto con las especificaciones firma de la(s) persona(s) autorizada(s). E. Sello o Marca de Conformidad Los documentos del otorgamiento del sello o marca de conformidad deberán contener como mínimo la información siguiente: nombre y dirección del Organismo de Certificación fecha de expedición del certificado vigencia de la certificación nombre y dirección del fabricante nombre, tipo y/o categoría del producto referencia a este Reglamento Técnico u otros Reglamentos o Normas Técnicas de acuerdo a lo establecido en los artículos 7º y 8º firma de la(s) persona(s) autorizada(s).
DECRETO SUPREMO N PRODUCE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: DECRETO SUPREMO N 0-005-PRODUCE Que, el Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la Organización Mundial del Comercio (OMC) y las Decisiones 9 y 5 de
Más detallesREGLAMENTO TECNICO CONDUCTORES Y CABLES ELECTRICOS
REGLAMENTO TECNICO CONDUCTORES Y CABLES ELECTRICOS Artículo º Objeto.- El presente Reglamento Técnico tiene por finalidad establecer las características técnicas, así como, el rotulado y etiquetado, que
Más detallesReglamentos Técnicos. Ing. Julia Canchucaja Ruiz SETIEMBRE, 2006
Reglamentos Técnicos Ing. Julia Canchucaja Ruiz SETIEMBRE, 2006 PRODUCTOS CARACTERISTICAS - CALIDAD MERCADO CARACTERISTICAS CALIDAD PRODUCTO FABRICANTE (PROVEEDOR) CLIENTE CONSUMIDOR NECESIDADES 1 PRODUCTOS
Más detallesESPECIFICACIÓN TÉCNICA E.T. 05.09/1 CABLES DE POTENCIA PARA ESTACIONES (AISLACIÓN Y CUBIERTA DE PVC) FECHA DE APROBACIÓN: 12/08/03
ESPECIFICACIÓN TÉCNICA E.T. 05.09/1 CABLES DE POTENCIA PARA ESTACIONES (AISLACIÓN Y CUBIERTA DE PVC) FECHA DE APROBACIÓN: 12/08/03 E.T.05.09/1-12/08/03 I N D I C E 1. - OBJETO Y CAMPO DE APLICACION...
Más detalles6.3 Variación máxima del aislamiento XLPE después del envejecimiento +/- 25 %.
REVISIÓN: 0 FECHA: 20-0-08 ESPECIFICACIONES GENERALES MATERIAL. Material del conductor:.. Fases Aluminio duro 50..2 Neutro portante NOTA.2 Tipo de aislamiento Polietileno reticulado extruido XLPE, de elevada
Más detallesLos conductores serán circulares compactos, de clase 2 según la norma UNE 21022, y estarán formados por varios alambres de aluminio cableados.
Hoja 2 de 13 1 OBJETO La presente norma tiene por objeto especificar la construcción, dimensiones y requerimientos de ensayo de los cables unipolares de 0,6/1 kv de tensión asignada, para su utilización
Más detallesCABLE DE ALUMINIO PREENSAMBLADO AISLADO CON XLPE 0.6 / 1 KV. CABLES DE FASE DE ALUMINIO AISLADOS CON XLPE EN mm 2 DIA COND AISL PESO CONDUC
TABLA I CABLES DE FASE DE ALUMINIO AISLADOS CON XLPE EN mm 2 ESPE AISL INTEN CORRIEN mm 2 BRES mm mm Kg/Km Amp Ohm/Km 25 7 1.4 9.0 98 75 1.200 35 7 1.6 10.5 135 100 0.8683 50 7 1.6 11.4 173 120 0.641 70
Más detallesNo. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO:
No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52 de la Constitución de la República del Ecuador, Las personas
Más detallesAPRUEBAN REGLAMENTO TECNICO PARA NEUMATICOS DE AUTOMOVIL, CAMION LIGERO, BUSES Y CAMIONES. DECRETO SUPREMO N 019-2005-PRODUCE
Publicado en el Diario El Peruano Lima, 05 de mayo de 2005 Fecha de inicio de vigencia 06 de noviembre de 2005 APRUEBAN REGLAMENTO TECNICO PARA NEUMATICOS DE AUTOMOVIL, CAMION LIGERO, BUSES Y CAMIONES.
Más detallesPROTOCOLO DE ENSAYOS PARA MÓDULOS FOTOVOLTAICOS
PROTOCOLO DE ENSAYOS PARA MÓDULOS FOTOVOLTAICOS PMFV Nº 01 : XX.XX.XXXX PRODUCTO : Módulos Fotovoltaicos. NORMAS : IEC 61215 2ED 2005-04; Cualificación de diseño y tipo para módulos Fotovoltaicos de Silicio
Más detallesRESOLUCIÓN No. 15 026 MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO:
RESOLUCIÓN No. 15 026 MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52 de la Constitución de la República del Ecuador,
Más detallesRESOLUCIÓN No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO:
RESOLUCIÓN No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52 de la Constitución de la República del Ecuador, Las
Más detallesR~GLAMENTO TÉCNICO SOBRE ETIQUETADO DE LOS CONDUCTORES ELECTRICOS DE BAJA TENSIÓN DE MATERIALES DISTINTOS AL COBRE
R~GLAMENTO TÉCNICO SOBRE ETIQUETADO DE LOS CONDUCTORES ELECTRICOS DE BAJA TENSIÓN DE MATERIALES DISTINTOS AL COBRE Artículo 1.- Objeto El presente reglamento técnico tiene por objeto establecer las características
Más detallesRESOLUCIÓN No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO:
RESOLUCIÓN No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52 de la Constitución de la República del Ecuador, Las
Más detallesNo. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO:
No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52 de la Constitución de la República del Ecuador, Las personas
Más detallesNo. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO:
No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52 de la Constitución de la República del Ecuador, Las personas
Más detallesRESOLUCIÓN No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO:
RESOLUCIÓN No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52 de la Constitución de la República del Ecuador, Las
Más detallesNORMA GE CNL00100 CABLES UNIPOLARES PARA
ASIGNADA 0,6/1 kv Hoja 1 de 19 INDICE 1 OBJETO... 3 2 CARACTERISTICAS CONSTRUCTIVAS... 3 2.1 Conductor... 3 2.2 Cables tipo RV, cubierta de PVC... 3 2.2.1 Aislamiento... 3 2.2.2 Espesor de aislamiento...
Más detallesCOMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD
COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD ALAMBRE Y CABLE DE ACERO CON RECUBRIMIENTO ABRIL 2003 REVISA Y SUSTITUYE A LA EDICIÓN DE JULIO 1999 MÉXICO 1 de 3 1 OBJETIVO Esta especificación establece las características
Más detallesRESOLUCIÓN No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO:
RESOLUCIÓN No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52 de la Constitución de la República del Ecuador, Las
Más detallesNo. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO:
No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52 de la Constitución de la República del Ecuador, Las personas
Más detallesRESOLUCIÓN No. 14 364 MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO:
RESOLUCIÓN No. 14 364 MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52 de la Constitución de la República del Ecuador,
Más detallesRepublicofEcuador EDICTOFGOVERNMENT±
RepublicofEcuador EDICTOFGOVERNMENT± Inordertopromotepubliceducationandpublicsafety,equaljusticeforal, abeterinformedcitizenry,theruleoflaw,worldtradeandworldpeace, thislegaldocumentisherebymadeavailableonanoncommercialbasis,asit
Más detallesDECRETO SUPREMO N 017-2014-MTC EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:
Decreto Supremo que suspende y precisa la aplicación de infracciones G.58 y G.64, respectivamente, contenidas en el Anexo I: Cuadro de Tipificación, Sanciones y Medidas Preventivas aplicables a las Infracciones
Más detallesAPRUEBAN REGLAMENTO DE LA LEY DE ROTULADO DE PRODUCTOS INDUSTRIALES MANUFACTURADOS LEY N DECRETO SUPREMO N PRODUCE
Publicado el jueves 26 de mayo de 2005 APRUEBAN REGLAMENTO DE LA LEY DE ROTULADO DE PRODUCTOS INDUSTRIALES MANUFACTURADOS LEY N 28405 DECRETO SUPREMO N 020-2005-PRODUCE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:
Más detallesDECRETO SUPREMO PRODUCE (Publicado en El Diario Oficial El Peruano el )
DECRETO SUPREMO 020-2005-PRODUCE (Publicado en El Diario Oficial El Peruano el 26.05.2005) EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Artículo 1º de la Ley Nº 28405 estableció de manera obligatoria
Más detallesRepublicofEcuador EDICTOFGOVERNMENT±
RepublicofEcuador EDICTOFGOVERNMENT± Inordertopromotepubliceducationandpublicsafety,equaljusticeforal, abeterinformedcitizenry,theruleoflaw,worldtradeandworldpeace, thislegaldocumentisherebymadeavailableonanoncommercialbasis,asit
Más detallesNo. EL MINISTRO DE INDUSTRIAS Y COMPETITIVIDAD CONSIDERANDO:
No. EL MINISTRO DE INDUSTRIAS Y COMPETITIVIDAD CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el numeral 7 del artículo 23 de la Constitución Política de la República del Ecuador, es deber del
Más detallesMINISTERIO DE MINAS Y ENERGIA
REPUBLICA DE COLOMBIA ATRAS MINISTERIO DE MINAS Y ENERGIA MINISTERIO DE TRANSPORTE RESOLUCIÓN 180790 de ( 31 de Julio de 2002 ) Por la cual se establecen los requisitos de calidad, de almacenamiento, transporte
Más detallesAprueban Reglamento para la Inafectación del IGV, ISC y derechos arancelarios a las Donaciones DECRETO SUPREMO Nº 096-2007-EF
Aprueban Reglamento para la Inafectación del IGV, ISC y derechos arancelarios a las Donaciones DECRETO SUPREMO Nº 096-2007-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el inciso k) del artículo
Más detallesRESOLUCIÓN No. 15 053 MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO:
RESOLUCIÓN No. 15 053 MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52 de la Constitución de la República del Ecuador,
Más detallesEspecificación Técnica
Página 1 de 10 Índice 1.- Objeto 2.- Alcance 3.- Desarrollo Metodológico Recuerde que esta Documentación en FORMATO PAPEL puede quedar obsoleta. Para consultar versiones actualizadas acuda al Web Responsable
Más detallesMANUAL DE FICHAS TECNICAS
1 DE 5 1. ALCANCE. Esta especificación establece las características técnicas y requisitos de calidad de los cables monopolares con conductor de cobre y aislación sólida extruída de polietileno reticulado
Más detallesNo. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO:
2013-011 No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52 de la Constitución de la República del Ecuador, Las
Más detallesESPECIFICACIÓN TÉCNICA: CABLES UNIPOLARES AISLADOS DE BAJA TENSIÓN (E-BT-001)
CABLES UNIPOLARES AISLADOS DE BAJA TENSIÓN () Página 2 de 40 ESPECIFICACIÓN TÉCNICA: CABLES UNIPOLARES AISLADOS DE BAJA TENSIÓN Preparada por: Gerencia Regional de Distribución y Servicios Editada : Revisada
Más detallesNo. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO:
No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52 de la Constitución de la República del Ecuador, Las personas
Más detallesRESOLUCIÓN No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO:
RESOLUCIÓN No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52 de la Constitución de la República del Ecuador, Las
Más detallesINNOEMPRESA APOYO A LA INNOVACIÓN DE LAS PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS DE LA COMUNIDAD DE MADRID
INNOEMPRESA APOYO A LA INNOVACIÓN DE LAS PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS DE LA COMUNIDAD DE MADRID 1 Recientemente se ha publicado la ORDEN de 3 de febrero de, por la que se aprueban las bases reguladoras
Más detallesTubos de plástico corrugados para canalizaciones subterráneas
Página 1 de 6 Índice 1.- Objeto 2.- Alcance 3.- Desarrollo Metodológico Redacción Verificación Aprobación Responsable Redactor Dpto. de Normalización Dirección de Ambiente, Sostenibilidad, Innovación y
Más detallesSECCIÓN 3: ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE MATERIALES Y EQUIPOS DEL SISTEMA DE DISTRIBUCIÓN
CABLE DE Cu, DESNUDO, CABLEADO SUAVE, n AWG, 7 MATERIAL Cobre. NOTA. Calibre AWG Ver especificaciones particulares. NOTA. Formación No. hilos 7. Adecuado para Instalación (especificar) De acuerdo a usos
Más detallesNORMA DE DISTRIBUCIÓN N.MA.01.27/0 GUANTES DIELÉCTRICOS PARA BT Y AT Y CORRESPONDIENTES GUANTES DE PROTECCIÓN MECÁNICA FECHA: 09/07/98
NORMA DE DISTRIBUCIÓN N.MA.01.27/0 GUANTES DIELÉCTRICOS PARA BT Y AT Y CORRESPONDIENTES GUANTES DE PROTECCIÓN MECÁNICA FECHA: 09/07/98 N.MA.01.27/0 Í N D I C E 1. - OBJETO... 1 2. - MARCAS... 1 3. - CARACTERÍSTICAS
Más detallesAspectos relacionados con el comercio exterior de medicamentos veterinarios
Aspectos relacionados con el comercio exterior de medicamentos veterinarios Francisco de Asís Ortega Huedo Jefe de sección Área de Farmacovigilancia, Comercio Exterior y Defectos de Calidad S. G. de Medicamentos
Más detallesDECRETO SUPREMO Nº 004-2008-PCM
Aprueban Reglamento de la Ley Nº 29091 - Ley que modifica el párrafo 38.3 del artículo 38 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, y establece la publicación de diversos dispositivos
Más detalleswww.lecomex.com Resolución 2250 del 31 de abril de 2013 Diario Oficial 48825
MINISTERIO DE COMERCIO INDUSTRIA Y TURISMO RESOLUCIÓN NÚMERO 2250 DEL 31 DE MAYO DE 2013 Por la cual se modifican las Resoluciones números 933 del 21 de abril de 2008 y 1950 del 17 de julio de 2009. El
Más detallesPROCEDIMIENTO TÉCNICO DEL COMITÉ DE OPERACIÓN ECONÓMICA DEL SINAC CALCULO DE LOS COSTOS MARGINALES DE ENERGIA DE CORTO PLAZO
COES SINAC PROCEDIMIENTO TÉCNICO DEL COMITÉ DE OPERACIÓN ECONÓMICA DEL SINAC PR 07 CALCULO DE LOS COSTOS MARGINALES DE ENERGIA DE CORTO PLAZO Aprobado en S.D. N 18 del 18 de octubre de 1995. Modificación
Más detallesCABLES TIPO VOLTALENE (aislamiento de XLPE)
CABLES TIPO VOLTALENE (aislamiento de XLPE) CABLES TIPO VOLTALENE DESIGNACIÓN DE LOS CABLES VOLTALENE Para facilitar la comprensión del modo de designación de los cables VOLTALENE se tomará un ejemplo:
Más detallesReglamento Particular
Reglamento Particular de la Marca AENOR para tubos flexibles metálicos corrugados de seguridad y rosca para la conexión de aparatos que utilizan combustibles gaseosos Revisión 17 RP 53.08 Fecha 2015-03-23
Más detallesDECRETO SUPREMO Nº 24673 21 DE JUNIO DE 1997 APRUEBA REGLAMENTO NORMATIVO DE LA CALIDAD DE CARBURANTES Y LUBRICANTES GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
DECRETO SUPREMO Nº 24673 21 DE JUNIO DE 1997 APRUEBA REGLAMENTO NORMATIVO DE LA CALIDAD DE CARBURANTES Y LUBRICANTES GONZALO SANCHEZ DE LOZADA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que
Más detallesTERMINALES DE ALUMINIO ESTAÑADOS PARA IDENTACION PROFUNDA, EN CONDUCTORES DE ALUMINIO DE BAJA Y MEDIA TENSION, ESPECIALES
1 GENERALIDADES TERMINALES DE ALUMINIO ESTAÑADOS PARA 1.1 OBJETO DE LA ESPECIFICACION Hoja Nº 1 DE 8 Esta especificación técnica establece las condiciones que deben satisfacer los terminales de aluminio
Más detallesDECRETO 481 18/02/2004. Por el cual se dictan normas tendientes a incentivar la oferta de medicamentos vitales no disponibles en el país
DIARIO OFICIAL 45.466 DECRETO 481 18/02/2004 Por el cual se dictan normas tendientes a incentivar la oferta de medicamentos vitales no disponibles en el país El Presidente de la República de Colombia,
Más detallesMATERIALES PARA OBRAS E INSTALACIONES SANITARIAS
MATERIALES PARA OBRAS E INSTALACIONES SANITARIAS Con fecha 28 de Enero del presente año, fue publicado en el Diario Oficial el Decreto Nº 50 del Ministerio de Obras Publicas, el cual entrega el reglamento
Más detallesANEXO III CERTIFICADO DE ORIGEN E INSTRUCTIVO DE LLENADO
ANEXO III CERTIFICADO DE ORIGEN E INSTRUCTIVO DE LLENADO República de El Salvador y la República de Honduras Certificado de Origen (Instrucciones en la parte de atrás) Este certificado deberá ser llenado
Más detallesESTUDIO DE IMPACTO ECONOMICO EN LAMPARAS DE BAJO CONSUMO
ESTUDIO DE IMPACTO ECONOMICO EN LAMPARAS DE BAJO CONSUMO El Gobierno ha tomado la política del uso racional de la energía. En la búsqueda de la racionalización del uso de los recursos energéticos y del
Más detallesMINISTERIO DE COMERCIO INDUSTRIA Y TURISMO DECRETO 430 DEL 16 DE FEBRERO DE 2004
MINISTERIO DE COMERCIO INDUSTRIA Y TURISMO DECRETO 430 DEL 16 DE FEBRERO DE 2004 Por el cual se crea el Mecanismo Público de Administración de Contingentes Agropecuarios y se modifica el Decreto 2685 de
Más detallesENERGIA Y MINAS DECRETO SUPREMO Nº 001 2004 EM
ENERGIA Y MINAS Aprueban Reglamento de la Ley Nº 27757 Ley de Prohibición de la Importación de Bienes, Maquinaria y Equipos Usados que utilicen Fuentes Radiactivas EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:
Más detallesREGLAMENTO DEL ACUERDO ENTRE PERU Y ECUADOR SOBRE FERIAS Y FESTIVALES DE FRONTERA CAPITULO I FERIAS DE FRONTERA
REGLAMENTO DEL ACUERDO ENTRE PERU Y ECUADOR SOBRE FERIAS Y FESTIVALES DE FRONTERA CAPITULO I FERIAS DE FRONTERA Artículo 1º.- Las Ferias de Frontera son eventos públicos de carácter promocional del comercio
Más detallesGUÍA TÉCNICA DE APLICACIÓN: INSTALACIONES INTERIORES INSTALACIONES ELÉCTRICAS EN MUEBLES 0. ÍNDICE...1 1. OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN...
0. ÍNDICE 0. ÍNDICE...1 1. OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN...2 2. MUEBLES NO DESTINADOS A INSTALARSE EN CUARTOS DE BAÑO...2 2.1 Aspectos generales...2 2.2 Canalizaciones...3 2.3 Sección de los conductores...4
Más detallesDirección Ejecutiva de Ingresos
Dirección Ejecutiva de Ingresos Temas Tratados de Libre Comercio Origen de las Mercancías Reglas de Origen Procedimientos Aduaneros en Materia de Origen Definición de Procedimientos Aduaneros en materia
Más detallesNORMA TÉCNICA 32-2009 AUTORIZACIÓN DE ESTUPEFACIENTES Y SICOTRÓPICOS A ESTABLECIMIENTOS DE SALUD PRIVADOS Y NACIONALES Y A PROFESIONALES DE LA SALUD
1 MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL DIRECCIÓN GENERAL DE REGULACIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL DE LA SALUD, A TRAVÉS DEL DEPARTAMENTO DE REGULACIÓN Y CONTROL DE PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y AFINES,
Más detallesNTE : INEN 2483 ASTM A123 4.1.2 Espesor del galvanizado mínimo promedio en la pieza 85 micras 5 EMBALAJE 5.1 Empaque del lote 5.2 Unidades por lote
SECCIÓN 3: ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE MATERIALES Y EQUIPOS DEL SISTEMA DE DISTRIBUCIÓN CRUCETA DE ACERO GALVANIZADO UNIVERSAL, PERFIL "L" REVISIÓN: 05 FECHA: 2013-04-15 ESPECIFICACIONES GENERALES ITEM
Más detallesNo. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO:
No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52 de la Constitución de la República del Ecuador, Las personas
Más detallesNORMA DE DISTRIBUCIÓN NO-DIS-MA-0511 CABLES PROTEGIDOS PARA LÍNEAS AÉREAS CONVENCIONALES DE BAJA TENSION
NORMA DE DISTRIBUCIÓN NO-DIS-MA-0511 CABLES PROTEGIDOS PARA LÍNEAS AÉREAS CONVENCIONALES DE BAJA TENSION FECHA DE APROBACIÓN: 27/11/2012 ÍNDICE 0.- REVISIONES... 3 1.- OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN... 4
Más detallesAPRUEBAN REGLAMENTO TECNICO PARA PILAS Y BATERIAS DE ZINC CARBON. DECRETO SUPREMO N PRODUCE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Publicado en el Diario El Peruano Lima, 05 de mayo de 2005 Fecha de inicio de vigencia 06 de noviembre de 2005 APRUEBAN REGLAMENTO TECNICO PARA PILAS Y BATERIAS DE ZINC CARBON. DECRETO SUPREMO N 018-2005-PRODUCE
Más detallesN I 72.54.02. Transformadores de tensión inductivos de medida y protección en alta tensión desde 145 hasta 420 kv. Marzo de 2003 EDICION: 3ª
N I 72.54.02 Marzo de 2003 EDICION: 3ª NORMA IBERDROLA Transformadores de tensión inductivos de medida y protección en alta tensión desde 145 hasta 420 kv DESCRIPTORES: Medida. Protección. Transformador.
Más detallesESTOPÍN DE FRICCIÓN INICIADOR DE MECHA TIPO MOD.1
ET - DEF 489 / 01 07 DICIEMBRE 2011 ESPECIFICACIÓN TÉCNICA DE ESTOPÍN DE FRICCIÓN INICIADOR DE MECHA TIPO MOD.1 Todos los comentarios, sugerencias o preguntas sobre este documento deben dirigirse a la
Más detallesPRINCIPIOS PARA LA INSPECCIÓN Y CERTIFICACIÓN DE IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES DE ALIMENTOS
PRINCIPIOS PARA LA INSPECCIÓN Y CERTIFICACIÓN DE IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES DE ALIMENTOS SECCIÓN 1 INTRODUCCIÓN CAC/GL 20-1995 1. Los sistemas oficiales y oficialmente reconocidos de inspección y certificación
Más detallesCARTILLA DE INFORMACION PARA TRAMITES ADMINISTRATIVOS
CARTILLA DE INFORMACION PARA TRAMITES ADMINISTRATIVOS ASIGNACIÓN DEL CÓDIGO DE IDENTIFICACIÓN MUNDIAL DEL FABRICANTE (WMI) O PRIMERA SECCIÓN DEL NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN VEHICULAR (VIN) PARA VEHÍCULOS
Más detallesET123 Alambre monopolar de cobre para alumbrado público
ET123 Alambre monopolar de cobre para alumbrado público ESPECIFICACIÓN TÉCNICA Elaborado por: Revisado por: DISEÑO DE LA RED DISEÑO DE LA RED Revisión #: Entrada en vigencia: ET 123 03/02/2016 -Esta información
Más detallesUNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO ESCUELA NACIONAL DE MÚSICA REGLAMENTO INTERNO DE SERVICIO SOCIAL
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO ESCUELA NACIONAL DE MÚSICA REGLAMENTO INTERNO DE SERVICIO SOCIAL Coyoacán, D.F., enero de 2014 INTRODUCCIÓN El servicio social universitario es considerado como
Más detallesCERTIFICACIÓN ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL
CERTIFICACIÓN ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL 1 CERTIFICACIÓN OBLIGATORIA de EPP Resolución 896/99 Requisitos esenciales que deberán cumplir los equipos, medios y elementos de protección personal que
Más detallesContenido de la Resolución conjunta Nro. 1182 del Ministerio para el Poder Popular de las Finanzas y Nro. 440 del Ministerio del Poder Popular
Base Legal: Capítulos 61, 62 y 64 del Arancel de Aduanas; El Contenido de la Resolución conjunta Nro. 1181 del Ministerio para el Poder Popular de las Finanzas y Nro. 439 del Ministerio del Poder Popular
Más detallesLEGAL FLASH I GRUPO DE DERECHO PÚBLICO - ENERGÍA
Febrero de 2016 REAL DECRETO 56/2016, DE 12 DE FEBRERO, POR EL QUE SE TRANSPONE LA DIRECTIVA 2012/27/UE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, DE 25 DE OCTUBRE DE 2012, RELATIVA A LA EFICIENCIA ENERGÉTICA,
Más detallesESPECIFICACIÓN TÉCNICA E.T. 12.04/1 CONECTORES ELÁSTICOS TIPO CUÑA PARA PUESTA A TIERRA
ESPECIFICACIÓN TÉCNICA E.T. 12.04/1 CONECTORES ELÁSTICOS TIPO CUÑA PARA PUESTA A TIERRA FECHA DE APROBACIÓN: 09/04/02 E.T. 12.04/1-02/05/00 I N D I C E 1.- OBJETO...1 2.- CAMPO DE APLICACIÓN...1 3.- DESIGNACIÓN...1
Más detallesANEXO XVII AUTORIZACIONES TEMPORALES DE CIRCULACIÓN. I) Permisos temporales para particulares
ANEXO XVII AUTORIZACIONES TEMPORALES DE CIRCULACIÓN I) Permisos temporales para particulares De acuerdo con lo establecido en el artículo 43, apartado 3 de este Reglamento, para la concesión de las autorizaciones
Más detallesSección 3 Lista de México. Notas para la Lista de México. 1. México aplicará un arancel-cupo, de conformidad con lo siguiente:
Sección 3 Lista de México Notas para la Lista de México Los términos y condiciones en las siguientes notas que se indican con los números en serie del 1 al 25, se aplicarán a los bienes originarios importados
Más detallesMINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO
MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO DECRETO NÚMERO 3803 (31 de Octubre de 2006) "Por el cual se establecen disposiciones relacionadas con las solicitudes de registro y licencia de importación"
Más detallesNORMA DE DISTRIBUCIÓN N.MA.20.01 TERMINALES PARA CABLE SUBTERRÁNEO DE BAJA TENSIÓN FECHA: 27/07/06
/0 TERMINALES PARA CABLE SUBTERRANEO DE B. 1 NORMA DE DISTRIBUCIÓN N.MA.20.01 TERMINALES PARA CABLE SUBTERRÁNEO DE BAJA TENSIÓN FECHA: 27/07/06 N.MA.20.01 27/07/2006 TERMINALES PARA CABLE SUBTERRANEO DE
Más detallesFORMULARIO DE PEDIDO EVALUACIÓN DE MATERIAL RODANTE
FORMULARIO DE PEDIDO EVALUACIÓN DE MATERIAL RODANTE Orden en respuesta a la oferta Nº: INFORMACIÓN GENERAL Datos del Solicitante Tipo de solicitante: Fabricante/Propietario/Usuario Representante autorizado
Más detallesObligaciones y Responsabilidades de la Empresa
Obligaciones y Responsabilidades de la Empresa Información general DUE Prevención de Riesgos Laborales, entidad acreditada, a nivel nacional, como servicio de Prevención de Riesgos Laborales ajenos (número
Más detallesAPRUEBAN CONTENIDOS MÍNIMOS ESPECÍFICOS DE ESTUDIOS DE PREINVERSIÓN DE PROGRAMAS DE INVERSIÓN PÚBLICA Y PROYECTOS DE INVERSIÓN PÚBLICA
APRUEBAN CONTENIDOS MÍNIMOS ESPECÍFICOS DE ESTUDIOS DE PREINVERSIÓN DE PROGRAMAS DE INVERSIÓN PÚBLICA Y PROYECTOS DE INVERSIÓN PÚBLICA Resolución Directoral N 008-2012-EF/63.01 (Publicada en el Diario
Más detallesEL GRUPO MERCADO COMÚN RESUELVE:
MERCOSUR/GMC/RES. N 07/08 REGLAMENTO TÉCNICO MERCOSUR SOBRE CONTROL METROLÓGICO DE PRODUCTOS PREMEDIDOS COMERCIALIZADOS EN UNIDADES DE MASA Y VOLUMEN DE CONTENIDO NOMINAL IGUAL (DEROGACIÓN DE LAS RES.
Más detallesPROYECTO REGLAMENTO TÉCNICO DE ETIQUETADO DE CALZADO
PROYECTO REGLAMENTO TÉCNICO DE ETIQUETADO DE CALZADO Artículo 1.- Carácter Obligatorio El presente Reglamento Técnico establece los requisitos mínimos de etiquetado aplicables a todo tipo de calzado, sea
Más detallesESPECIFICACIONES TECNICAS
COBRE SPT SPT 2x20 ESPECIFICACIONES TECNICAS Código: MET 00 Edición: 1 Fecha: Abril, 04 CONDUCTORES DE COBRE PRODUCTO: CABLE SPT 2x20 AWG DESCRIPCION: DOS CONDUCTORES DE CIRCUITO BONCHADOS FLEXIBLES, DISPUESTOS
Más detallesESPECIFICACIÓN TÉCNICA GERENCIA DE ABASTECIMIENTOS
ESPECIFICACIÓN TÉCNICA GERENCIA DE ABASTECIMIENTOS CONDUCTORES ELÉCTRICOS AISLADOS EN PVC PARA BAJA TENSIÓN Y CONDUCTORES DESNUDOS DE COBRE PARA PUESTA A TIERRA Nombre y cargo: Elaborado por: Revisado
Más detallesDECRETO PARA EL ESTABLECIMIENTO DE EMPRESAS DE COMERCIO EXTERIOR
DECRETO PARA EL ESTABLECIMIENTO DE EMPRESAS DE COMERCIO EXTERIOR (Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11/04/1997) Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.-
Más detallesOCTUBRE 2015 SEPTIEMBRE 2015 NOVIEMBRE 2015 DICIEMBRE 2015 FEBRERO 2016 ENERO 2016 ABRIL 2016 MARZO 2016 MAYO 2016 JUNIO 2016. [15] - Inicio Curso
[15] - Inicio Curso SEPTIEMBRE 2015 OCTUBRE 2015 1 2 3 4 [12] - Fiesta Nacional de España 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 28 29 30 26 27 28 29 30 31 [2] - Por traslado, Fiesta
Más detallesESPECIFICACIONES TECNICAS
BIMETAL SPT SPT 2x16 ESPECIFICACIONES TECNICAS Código: MET 00 Edición: 1 Fecha: Abril, 04 CONDUCTORES COPPER-CLAD ALUMINUM PRODUCTO: CABLE SPT 2x16 AWG CCA 10% DESCRIPCION: DOS CONDUCTORES DE CIRCUITO
Más detallesREPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE TRANSPORTE (9 DIC. 2004) Por el cual se reglamenta la Ley 903 de 2004 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA
REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE TRANSPORTE DECRETO No. 4116 de 2004 (9 DIC. 2004) EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las
Más detallesCircular N 345. El día de hoy se ha publicado en el Diario Oficial El Peruano, la siguiente norma de interés:
CONTÁCTENOS KPMG EN PERU Lima, 26 de marzo de 2015 Circular N 345 Modifican el Reglamento de la Ley del IGV e ISC para regular las comunicaciones a la SUNAT por los dos nuevos supuestos de conceptos no
Más detallesLey del Servicio Comunitario
Ley del Servicio Comunitario Gaceta Oficial N 38.272 del 14-09-05 La Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela Decreta la siguiente, Ley de Servicio Comunitario del Estudiante de Educación
Más detallesMINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA DIRECCIÓN GENERAL DE COSTES DE PERSONAL Y PENSIONES PÚBLICAS RESOLUCIÓN de 26 de septiembre de 2008 por la que se aprueban formularios normalizados para su presentación
Más detallesDatos técnicos. Datos generales Función del elemento de conmutación NAMUR, N.A. Distancia de conmutación de medición s n 11...
0102 Referencia de pedido Características Para la detección de granulado icopor seco Datos técnicos Datos generales Función del elemento de conmutación NAMUR, N.A. Distancia de conmutación de medición
Más detallesET/5002. Fusibles de B.T. Fusibles de Cuchillas
Página 1 de 10 INDICE 1.- OBJETO 2.- ALCANCE 3.- DESARROLLO METODOLÓGICO RESPONSABLE FECHA REDACCIÓN REDACTOR 20/10/2005 VERIFICACIÓN DEPARTAMENTO DE INGENIERIA 20/10/2005 APROBACIÓN DIRECCIÓN DE CALIDAD
Más detallesNORMAS DE MATERIALES PARA REDES AÉREAS SOPORTE PARA TRANSFORMADOR
1. ALCANCE La norma hace parte del grupo de materiales normalizados y tiene como propósito fundamental determinar todas las características que deberán tener los herrajes y accesorios que se usen e instalen
Más detallesANEXO Nº 7 MEDIDAS RELATIVAS A LA NORMALIZACION Y METROLOGIA
ANEXO Nº 7 MEDIDAS RELATIVAS A LA NORMALIZACION Y METROLOGIA ARTÍCULO 1.- Este Anexo es de aplicación a las medidas relativas a la normalización y metrología de los Países Signatarios, tanto de nivel nacional
Más detallesCondiciones de Certificación de Guantes de protección contra sustancias químicas
Condiciones de Certificación de Guantes de protección contra Clave EPPr05 1. OBJETIVO Página 1 de 7 Establecer las condiciones bajo las cuales el IMNC otorga, mantiene, renueva, suspende y retira la certificación
Más detallesPROCEDIMIENTO PARA REGISTRO DE PRODUCTORES POR CONTRATO DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS.
GRUPO REGULACION Y CONTROL DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS PROCEDIMIENTO PARA REGISTRO DE PRODUCTORES POR CONTRATO DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS. 1. OBJETO ALCANCE Este procedimiento aplica a toda persona
Más detallesElongación inicial a la rotura, mínimo en % (de la Tracción inicial mínima) 250 %
SECCIÓN : ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE MATERIALES Y EQUIPOS DEL SISTEMA DE DISTRIBUCIÓN CABLE DUPLEX DE Al, AAC, CABLEADO, NEUTRO DESNUDO, 600 V, XLPE, x n AWG - NOTA REVISIÓN: 0 FECHA: 0-0-0 MATERIAL.
Más detalles