MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE INSTITUTOS TECNOLÓGICOS

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1 SUBSECRETARIA DE EDUCACIÓN E INVESTIGACIÓN TECNOLÓGICAS MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE INSTITUTOS TECNOLÓGICOS ENERO, 2002

2 ÍNDICE PRESENTACIÓN... 5 ANTECEDENTES HISTÓRICOS... 6 BASE LEGAL... 8 ATRIBUCIONES OBJETIVO ESTRUCTURA ORGÁNICA ORGANIGRAMA DIRECCIÓN GENERAL DE INSTITUTOS TECNOLÓGICOS COORDINACIÓN SECTORIAL DE PLANEACIÓN Y DESARROLLO DEL SISTEMA DIRECCIÓN DE PROGRAMACIÓN PRESUPUESTAL E INFRAESTRUCTURA COORDINACIÓN DE PROGRAMACIÓN Y EVALUACIÓN PRESUPUESTAL COORDINACIÓN DE INFRAESTRUCTURA FÍSICA Y MANTENIMIENTO DIRECCIÓN DE DESARROLLO DEL SISTEMA COORDINACIÓN DE PLANEACIÓN COORDINACIÓN DE SISTEMAS Y PROCESOS ADMINISTRATIVOS COORDINACIÓN DE PROYECTOS ESTRATÉGICOS DIRECCIÓN DE TELEINFORMÁTICA COORDINACIÓN DE INGENIERÍA DE CÓMPUTO Y CONTROL DE SERVICIOS COORDINACIÓN DE DESARROLLO DE SISTEMAS Y PROGRAMAS DE CÓMPUTO COORDINACIÓN SECTORIAL DE DIFUSIÓN CULTURAL Y VINCULACIÓN DIRECCIÓN DE PROMOCIÓN CULTURAL COORDINACIÓN DE PROMOCIÓN DE LA MÚSICA Y DANZA COORDINACIÓN DE PROMOCIÓN DE LAS ARTES VISUALES COORDINACIÓN DE CENTROS DE INFORMACIÓN DIRECCIÓN DE PROMOCIÓN DEPORTIVA COORDINACIÓN DE PROMOCIÓN DEL ATLETISMO Y DEPORTES INDIVIDUALES

3 COORDINACIÓN DE PROMOCIÓN DEL DEPORTE DE CONJUNTOS DIRECCIÓN DE PROYECTOS Y CONVENIOS DE VINCULACIÓN COORDINACIÓN DE PROYECTOS Y CONVENIOS CON EL SECTOR PRIVADO COORDINACIÓN DE PROYECTOS Y CONVENIOS CON EL SECTOR PÚBLICO DIRECCIÓN DE NORMATIVIDAD PARA LA VINCULACIÓN COORDINACIÓN DE NORMATIVIDAD PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EXTERNOS COORDINACIÓN DE NORMATIVIDAD PARA LA PROMOCIÓN PROFESIONAL COORDINACIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL COORDINACIÓN SECTORIAL DE NORMATIVIDAD ACADÉMICA DIRECCIÓN DE DOCENCIA COORDINACIÓN DE CIENCIAS BÁSICAS COORDINACIÓN DE CIENCIAS ECONÓMICO-ADMINISTRATIVAS COORDINACIÓN DE CIENCIAS DE LA INGENIERÍA COORDINACIÓN DE DESARROLLO ACADÉMICO COORDINACIÓN DE APOYO A LA FUNCIÓN DOCENTE DIRECCIÓN DE ESTUDIOS DE POSGRADO E INVESTIGACIÓN COORDINACIÓN DE POSGRADO COORDINACIÓN DE INVESTIGACIÓN COORDINACIÓN DE INTERCAMBIO ACADÉMICO COORDINACIÓN DE DESARROLLO PROFESIONAL COORDINACIÓN DE EVENTOS ACADÉMICOS COORDINACIÓN SECTORIAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL DE CALIDAD DIRECCIÓN DE VERIFICACIÓN DE NORMAS DE CALIDAD COORDINACIÓN DE APLICACIÓN DE INSTRUMENTOS DE EVALUACIÓN ACADÉMICA COORDINACIÓN DE APLICACIÓN DE INSTRUMENTOS DE EVALUACIÓN ADMINISTRATIVA COORDINACIÓN DE VISITAS DE SUPERVISIÓN Y CONTROL COORDINACIÓN DE CONTROL ESCOLAR COORDINACIÓN DE SERVICIOS ESTUDIANTILES

4 DIRECCIÓN DE EVENTOS DE CAPACITACIÓN Y DESARROLLO COORDINACIÓN DE EVENTOS DE FORMACIÓN DE DIRECTIVOS COORDINACIÓN DE EVENTOS DE CAPACITACIÓN Y DESARROLLO DEL PERSONAL DE APOYO A LA EDUCACIÓN DIRECCIÓN DE DIFUSIÓN CIENTÍFICA COORDINACIÓN DE PRODUCCIÓN EDITORIAL COORDINACIÓN DE PRODUCCIÓN DE MEDIOS ELECTRÓNICOS COORDINACIÓN DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN DIRECCIÓN DE INSTITUTOS TECNOLÓGICOS DESCENTRALIZADOS COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA COORDINACIÓN DE RECURSOS HUMANOS COORDINACIÓN DE RECURSOS FINANCIEROS COORDINACIÓN DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS

5 PRESENTACIÓN Con el propósito de enfrentar con éxito los grandes desafíos que se presentan en el siglo XXI y de cumplir cabalmente con los compromisos del Plan Nacional de Desarrollo de desarrollo social y humano y del Programa Nacional de Educación, la Dirección General de Institutos Tecnológicos se vió en la necesidad de reflexionar sobre su quehacer como órgano rector y se propuso mejorar la eficiencia, calidad y productividad con que ofrece sus servicios. En este sentido, se diseñó una nueva estructura orgánica con base en los principios del rediseño de las corporaciones que es una filosofía administrativa para el alto desempeño que incluye en su operación principios y herramientas de las cuales destacan las siguientes: el análisis profundo de la base jurídica; la organización centrada en el cliente; modelos de calidad total y de competencias; organización generadora de conocimientos; planeación estratégica, desarrollo organizacional; reingeniería de procesos; organización de redes y procesos; y, evaluación del desempeño que se complementan con una capacitación y desarrollo permanente del personal. Así, la estructura orgánica y el presente manual de organización son los primeros resultados de la aplicación de esta filosofía, que busca cumplir plenamente con la visión, misión y propósitos establecidos para este órgano rector. El documento contiene los antecedentes históricos, desde la formación de los institutos tecnológicos hasta la época actual revelando los principales cambios que se han dado en la unidad administrativa; la base legal que sustenta la actividad de la misma; sus atribuciones expresadas en el Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública; el objetivo de éste órgano rector; su estructura orgánica; el organigrama que define la relación de jerarquía que guardan entre sí las unidades orgánicas; y, las funciones de cada una de ellas. El ámbito de aplicación del presente manual será la Dirección General de Institutos Tecnológicos. En este sentido los responsables de los órganos administrativos deberán tener especial cuidado en cumplir con las disposiciones que en él se detallan, considerando también el Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública y la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos. Con el propósito de cumplir con el objetivo del manual, la actualización de éste se convierte en un proceso permanente de revisión, en tal virtud cualquier sugerencia o aportación a su contenido podrá enviarse a la Dirección General de Institutos Tecnológicos. 5

6 ANTECEDENTES HISTÓRICOS Los institutos tecnológicos nacen con el propósito de impulsar la educación tecnológica en todo el país, evitando la centralización; es así que en 1948 se crearon los institutos tecnológicos de Chihuahua y Durango. En un principio fueron incorporados al Instituto Politécnico Nacional: a través del Departamento de Capacitación para Trabajadores e Institutos Tecnológicos. Para 1953 los institutos tecnológicos se ubican en la Oficina de Institutos Tecnológicos y Escuelas Foráneas y se forma la Comisión de Estudios de los Institutos Tecnológicos. En 1957 se forma la Oficina de Institutos Tecnológicos Foráneos con dependencia administrativa directa del Secretario del Ramo, teniendo a su cargo la orientación pedagógica y la administración técnica de los institutos. En 1958 los institutos tecnológicos regionales integraron, por un tiempo, el Departamento de Enseñanzas Especiales dependiente de la Dirección General de Segunda Enseñanza. Este departamento se convierte posteriormente en la Dirección General de Enseñanzas Tecnológicas, Industriales y Comerciales. Los institutos tecnológicos regionales fueron ubicados en la Subdirección de Institutos Tecnológicos Regionales. En 1964 se reorganiza la Dirección General de Enseñanzas Tecnológicas, Industriales y Comerciales elevando a rango de dirección al sector administrativo responsable del manejo de los institutos tecnológicos. Al año siguiente nuevamente es colocado al nivel de subdirección, apareciendo las subdirecciones técnicas y administrativas con lo cual comienza un proceso de especialización. En 1969, con la incorporación de nuevas instituciones cambia la denominación de la Dirección General de Enseñanzas Tecnológicas, Industriales y Comerciales a Dirección General de Enseñanzas Tecnológicas conformándose con nueve subdirecciones. A partir de diciembre de 1970 los institutos tecnológicos regionales constituyen la espina dorsal de la Dirección General de Educación Superior. Acorde con el proceso de Reforma Educativa, en 1976, se crean las subdirecciones de Planeación y Desarrollo y de la Graduados e Investigación; al concluir esta etapa se contaba con 41 institutos tecnológicos regionales. En 1977, ante el crecimiento de los institutos tecnológicos regionales, se crea la Dirección General de Institutos Tecnológicos Regionales, conformándose por tres direcciones de área: la administrativa, la operativa y la técnica (única ocasión en que así se le denominaría). 6

7 En 1978 se da la primera reestructuración de la dirección general cambiando la denominación de Dirección Técnica a Dirección Académica, creándose la Subdirección de Extensión Educativa y fortaleciéndose la Dirección de Operación. El 24 de abril de 1981 cambia su denominación a Dirección General de Institutos Tecnológicos, según el oficio No.234-3/13257 del 24 de agosto de A partir de esta fecha se reestructura la dirección general buscando hacer más acorde la denominación de las distintas áreas con las funciones asignadas. En este mismo año se da un cambio en la denominación de los planteles de Instituto Tecnológico Regional a Instituto Tecnológico, debido a que su carácter federal los hacía atender no sólo la demanda local y regional sino que abarcaba, incluso, el nivel nacional. En 1986 las áreas de recursos humanos, financieros y materiales son agrupados en la Coordinación Administrativa, con lo cual la Dirección de Planeación y Administración modifica sus funciones y denominación a Dirección de Apoyo Técnico. En 1989 se reestructura nuevamente la Dirección General de Institutos Tecnológicos quedando conformada por tres direcciones de área, una coordinación administrativa y veinte departamentos, el objetivo de esta reestructuración fue optimizar los recursos disponibles a través de la mejor definición de las funciones sustantivas y adjetivas. En 1996, producto de las políticas de racionalización de estructuras se redujo el número de unidades orgánicas de la dirección general, quedando autorizadas dos direcciones de área, cuatro subdirecciones y catorce departamentos. En 1999, la Secretaría de Haciendo y Crédito Público y la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo dictaminaron un nueva estructura para la dirección general, quedando integrada por cuatro direcciones de área, seis subdirecciones y catorce departamentos. Finalmente, en el 2001 se concluye el proceso de reestructuración de la Dirección General de Institutos Tecnológicos con la autorización de una nueva estructura orgánico-funcional, la cual queda conformada por cuatro coordinaciones sectoriales y catorce direcciones de área. Esta nueva estructura tiene su fundamento en un modelo de recreación de las corporaciones y opera mediante una filosofía de alto desempeño organizacional. 7

8 BASE LEGAL Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos arts. 3, 24, 31, 73 y 123. Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado. (D.O.F. 28 de Diciembre de 1963). Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, Cap. II artículo 38 (D.O.F. 22 de Diciembre de 1976, y Reformada el 8 de Diciembre de 1978; 31 de Diciembre de 1980; 4 de Enero de 1982; 21 de Enero de 1992; 21 de Febrero de 1992; 25 de Mayo de 1992 y 20 de Marzo de 1998). Ley de Profesiones. (D.O.F. 2 de Enero de 1974). Ley de Presupuesto, Contabilidad, y Gasto Público Federal. (D.O.F. 31 de Diciembre de 1976). Ley para la Coordinación de la Educación Superior (D.O.F. 29 de Diciembre de 1978). Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos (D.O.F. 31 de Diciembre de 1982). Ley de Planeación. (D.O.F. 5 de Enero de 1983). Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. (D.O.F. 27 de Diciembre de 1983). Ley General de Educación (D.O.F. 13 de Julio de 1993). Ley de Adquisiciones y Obras Públicas (D.O.F. 30 de Diciembre de 1993). Reglamento de las Condiciones Generales de Trabajo de Personal de la Secretaría de Educación Pública. (D.O.F. 28 de Diciembre de 1963). Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública (D.O.F. 23 de Julio de 1999). Acuerdo S.E.P.-S.N.T.E. por el que se establece el Reglamento Interior de Trabajo del Personal Docente de los Institutos Tecnológicos. (7 de Agosto de 1981). Acuerdo S.E.P.-S.N.T.E. por el que se establece Reglamento Interior de Trabajo del Personal No Docente de los Institutos Tecnológicos ( D.O.F. 28 de Diciembre de 1963 y Reformada el 19 de Noviembre de 1982). 8

9 Acuerdo Secretarial No. 93 por el que se establece Normas para la prestación de Servicios del Personal Directivo y Funcionarios Docentes de los Institutos Tecnológicos dependientes de la Secretaría de Educación Pública. (D.O.F. 18 de Enero de 1983). Acuerdo No. 17, por el que se establece las normas a que deberán sujetarse los procedimientos de evaluación del aprendizaje en los distintos tipos y modalidades de la educación, bajo el control de la Secretaría de Educación Pública. Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación. Programa Nacional para la Modernización Educativa (D.O.F.29 de Enero de 1990). 9

10 ATRIBUCIONES Constitución Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública: ARTÍCULO 28.- Corresponde a la Dirección General de Institutos Tecnológicos el ejercicio de las siguientes atribuciones: Proponer normas pedagógicas, contenidos, planes y programas de estudio, métodos, materiales didácticos e instrumentos para la evaluación del aprendizaje para la educación que se imparta en los institutos tecnológicos de la Secretaría y difundir los aprobados. Verificar que las normas pedagógicas, contenidos, planes y programas de estudio, métodos, materiales didácticos e instrumentos para la evaluación del aprendizaje aprobados para la educación superior tecnológica se cumplan en los planteles de la Secretaría. Formular disposiciones técnicas y administrativas para la organización, operación, desarrollo, supervisión y evaluación de la educación impartida, así como de las investigaciones que se realicen en los institutos, centros de optimización y desarrollo de equipos, Centro Nacional de Investigación y Docencia en Educación Técnica; dependientes de la Secretaría. Organizar, operar, desarrollar, supervisar y evaluar la educación a que se refiere este artículo que imparta la Secretaría. Diseñar y desarrollar, de conformidad con las unidades administrativas competentes de la Secretaría, programas para la superación académica del personal directivo del plantel y docente que imparta esta educación. Establecer, en términos de la Ley General de Educación, la coordinación que resulte necesaria con los gobiernos de los estados para la mejor prestación de la educación superior tecnológica. Promover y fomentar la investigación que realicen los institutos tecnológicos. 10

11 Proporcionar, en representación de la Secretaría, a los organismos descentralizados de los gobiernos de los estados que impartan educación superior tecnológica, la asistencia académica, técnica y pedagógica que acuerde la propia Secretaría. Expedir certificados y otorgar constancias y diplomas a las personas que hayan concluido estudios conforme a los planes y programas autorizados, en los servicios de educación superior tecnológica que dependan de la Secretaría. Estudiar y resolver, de acuerdo a los lineamientos establecidos, las solicitudes para otorgar el reconocimiento de validez oficial a los estudios de educación superior tecnológica. Substanciar y resolver los procedimientos por los que se retire el reconocimiento de validez a los estudios de educación superior tecnológica. Inspeccionar y vigilar, en términos de la Ley General de Educación y de las demás disposiciones aplicables, que las instituciones incorporadas por la Secretaría que impartan educación superior tecnológica, cumplan con las disposiciones legales aplicables y, en su caso, substanciar los procedimientos e imponer las sanciones que correspondan. Otorgar revalidaciones y equivalencias de estudios para la educación a que se refiere éste artículo, de conformidad con los lineamientos y criterios generales que se emitan. Definir normas y políticas de equipamiento y mantenimiento de planteles, así como proponer las prioridades en construcción, conservación, uso y aprovechamiento de edificios, instalaciones, mobiliario y equipo. Emitir, para efectos de creación de planteles destinados a impartir la educación superior tecnológica, el dictamen en los de tipo superior, y opinión acerca de los de tipo medio superior. 11

12 OBJETIVO Planificar el desarrollo y aplicación de los recursos del Sistema Nacional de Institutos tecnológicos; establecer planes y programas de estudio y normas para la operación académica; orientar y regular las acciones de docencia, investigación, vinculación con el sector productivo y difusión de la cultura; regular, mediante normas y procedimientos, la operación administrativa; y, aplicar y desarrollar técnicas y procedimientos de evaluación para comprobar el logro de la misión y metas establecidos para el sistema. Asimismo, facilitar que los institutos tecnológicos logren la formación de profesionales con alto nivel de competencia, lleven a cabo investigaciones que coadyuven al desarrollo tecnológico del país, se vinculen con el sector productivo de bienes y servicios y difundan y acrecienten la cultura. 12

13 ESTRUCTURA ORGÁNICA Dirección General de Institutos Tecnológicos Coordinación Sectorial de Planeación y Desarrollo del Sistema Dirección de Programación Presupuestal e Infraestructura Dirección de Desarrollo del Sistema Dirección de Teleinformática Coordinación Sectorial de Difusión Cultural y Vinculación Dirección de Promoción Cultural Dirección de Promoción Deportiva Dirección de Proyectos y Convenios de Vinculación Dirección de Normatividad para la Vinculación Coordinación Sectorial de Normatividad Académica Dirección de Docencia Dirección de Estudios de Posgrado y Vinculación Coordinación Sectorial de Evaluación y Control de Calidad Dirección de Verificación de Normas de Calidad Dirección de Capacitación y Desarrollo Dirección de Difusión Científica Dirección de Institutos Tecnológicos Descentralizados Coordinación Administrativa 13

14 ORGANIGRAMA DIRECCIÓN GENERAL DE I.T. COORD. SECTORIAL DE PLANEACIÓN Y DESARROLLO DEL SISTEMA COORD. SECTORIAL DE DIFUSIÓN CULTURAL Y VINCULACIÓN COORD. SECTORIAL DE NORMATIVIDAD ACADÉMICA COORD. SECTORIAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL DE CALIDAD DIRECCIÓN DE PROGRAMACIÓN PRESUPUESTAL E INFRAEST. FÍSICA DIRECCIÓN DE PROMOCIÓN CULTURAL DIRECCIÓN DE DOCENCIA DIRECCIÓN DE VERIFICACIÓN DE NORMAS DE CALIDAD DIRECCIÓN DE I.T. DESCENTRALIZADOS COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA DIRECCIÓN DE DESARROLLO DEL SISTEMA DIRECCIÓN DE PROMOCIÓN DEPORTIVA DIRECCIÓN DE ESTUDIOS DE POSGRADO E INVESTIGACIÓN DIRECCIÓN DE EVENTOS DE CAPACITACIÓN Y DESARROLLO DIRECCIÓN DE TELEINFORMÁTICA DIRECCIÓN DE PROYECTOS Y CONVENIOS DE VINCULACIÓN DIRECCIÓN DE DIFUSIÓN CIENTÍFICA DIRECCIÓN DE NORMATIVIDAD PARA LA VINCULACIÓN 14

15 Dirección General de Institutos Tecnológicos 1. Proponer normas pedagógicas, contenidos, planes y programas de estudio, métodos, materiales didácticos e instrumentos para la evaluación del aprendizaje para la educación que se imparta en los institutos tecnológicos de la Secretaría y difundir los aprobados. 2. Verificar que las normas pedagógicas, contenidos, planes y programas de estudio, métodos, materiales didácticos e instrumentos para la evaluación del aprendizaje aprobados para la educación superior tecnológica se cumplan en los planteles de la Secretaría. 3. Formular disposiciones técnicas y administrativas para la organización, operación, desarrollo, supervisión y evaluación de la educación impartida, así como de las investigaciones que se realicen en los institutos, centros de optimización y desarrollo de equipos, CENIDET y CIIDET. 4. Organizar, operar, desarrollar, supervisar y evaluar la educación superior tecnológica que se imparta en los institutos tecnológicos de la Secretaría. 5. Diseñar y desarrollar, de conformidad con las unidades administrativas competentes de la Secretaría, programas para la superación académica y profesional del personal directivo, docente y de apoyo a la docencia del Sistema Nacional de Institutos Tecnológicos. 6. Establecer, en términos de la Ley General de Educación, la coordinación que resulte necesaria con los gobiernos de los estados para la mejor prestación de la educación superior tecnológica. 7. Promover y fomentar la investigación que realicen los institutos tecnológicos. 8. Proporcionar, en representación de la Secretaría, a los organismos descentralizados de los gobiernos de los estados que impartan educación superior tecnológica, la asistencia académica, técnica y pedagógica que acuerde la propia Secretaría. 15

16 9. Expedir certificados, otorgar constancias, diplomas y títulos a las personas que hayan concluido estudios conforme a los planes y programas autorizados, en los servicios de educación superior tecnológica que dependan de la Secretaría. 10. Estudiar y resolver, de acuerdo a los lineamientos establecidos, las solicitudes para otorgar el reconocimiento de validez oficial a los estudios de educación superior tecnológica. 11. Substanciar y resolver los procedimientos por los que se retire el reconocimiento de validez a los estudios de educación superior tecnológica. 12. Inspeccionar y vigilar, en términos de la Ley General de Educación y de las demás disposiciones aplicables, que las instituciones incorporadas por la Secretaría que impartan educación superior tecnológica, cumplan con las disposiciones legales aplicables y, en su caso, substanciar los procedimientos e imponer las sanciones que correspondan. 13. Otorgar revalidaciones y equivalencias de estudios para la educación superior tecnológica que se imparta en los institutos tecnológicos, de conformidad con los lineamientos y criterios generales que se emitan. 14. Definir normas y políticas de equipamiento y mantenimiento de planteles, así como proponer las prioridades en construcción, conservación, uso y aprovechamiento de edificios, instalaciones, mobiliario y equipo. 15. Emitir, para efectos de creación de planteles destinados a impartir la educación superior tecnológica, el dictamen en los de tipo superior, y opinión acerca de los de tipo medio superior. 16. Suscribir convenios con instituciones públicas y privadas tendientes a regular la prestación de los servicios que ofrecen los institutos tecnológicos. 17. Dirigir la planeación global del Sistema Nacional de Institutos Tecnológicos, así como los proceso de evaluación institucional. 16

17 18. Coadyuvar al logro de las finalidades del Sistema Nacional de Orientación Educativa. 19. Planear, programar, organizar, dirigir, controlar y evaluar el desempeño de las labores encomendadas a la Dirección General de Institutos Tecnológicos. 20. Dirigir la administración de los recursos humanos, financieros y materiales asignados a la Dirección General, así como, la prestación de los servicios generales conforme a las disposiciones legales aplicables. 21. Proponer el ingreso, promociones, licencias y remociones del personal adscrito a la Dirección General de Institutos Tecnológicos. 22. Formular, de conformidad con los lineamientos de las unidades administrativas competentes de la Secretaría, los proyectos de programas de presupuesto relativos a la Dirección General de Institutos Tecnológicos. 23. Dirigir la formulación de estándares de calidad en términos de productos resultantes del ejercicio de las funciones asignadas referidos a tiempos de ejecución, índices de productividad, normas, sistemas y procedimientos aplicables en su realización, condiciones de los insumos, herramientas y equipos y especificaciones del producto terminado. 24. Dirigir la formulación de instrumentos de medición para verificar la calidad en términos de productos resultantes del ejercicio de las funciones asignadas referidos a tiempos de ejecución, índices de productividad, normas, sistemas y procedimientos aplicables en su realización, condiciones de los insumos, herramientas y equipos y especificaciones del producto terminado que se llevan a cabo en los institutos tecnológicos del sistema. 25. Realizar aquellas funciones que sean afines a las anteriores y las que le encomiende el Secretario de Educación Pública y el Subsecretario de Educación e Investigación Tecnológicas. 17

18 Coordinación Sectorial de Planeación y Desarrollo del Sistema 1. Dirigir la formulación de los programas de desarrollo a mediano plazo y programas de trabajo anual del Sistema Nacional de Institutos Tecnológicos y verificar su cumplimiento. 2. Dirigir la integración del Programa Operativo Anual del Sistema Nacional de Institutos Tecnológicos y presentarlo a la Dirección General para su autorización y verificar su cumplimiento. 3. Dirigir la elaboración del anteproyecto de presupuesto anual destinado a los programas del Sistema Nacional de Institutos Tecnológicos, presentarlo a la Dirección General para su aprobación y controlar su ejercicio. 4. Dirigir la integración de los programas de inversión anual y equipamiento del Sistema Nacional de Institutos Tecnológicos, así como, los estudio de modelos, plantillas y guías de equipamiento, presentarlos a la Dirección General para su autorización y verificar su cumplimiento. 5. Dirigir la realización de estudios de oferta y demanda de la educación media superior y superior para dictaminar la procedencia y pertinencia de las solicitudes de creación de planteles y presentarlas a la Dirección General de Institutos Tecnológicos. 6. Dirigir la integración de la estructura académico administrativa de los institutos tecnológicos del sistema y controlar su aplicación. 7. Dirigir la Integración del proyecto de promoción docente del Sistema Nacional de Institutos Tecnológicos y controlar su aplicación de conformidad con las normas vigentes. 8. Planear y dirigir la elaboración e implantación de las normas, lineamientos y criterios encaminados a regular la planeación, oferta y evaluación de los servicios educativos del Sistema Nacional de Institutos Tecnológicos, de acuerdo con las necesidades regionales y nacionales y evaluar la aplicación de las mismas para desarrollar permanentemente el marco normativo de este tipo de educación. 18

19 9. Promover y dirigir el diseño de modelos de organización, sistemas, métodos y procedimientos que contribuyan a mejorar la calidad de los servicios que ofrece el Sistema Nacional de Institutos Tecnológicos y verificar su aplicación. 10. Planear y dirigir la elaboración e implantación de normas y lineamientos a que deben sujetarse los procesos de ubicación, construcción, ampliación, consolidación y, en su caso, liquidación de institutos tecnológicos y verificar su aplicación en los planteles del sistema. 11. Planear y dirigir el diseño, integración y control de los sistemas de información y estadística básica tanto de la Dirección General como de los Institutos Tecnológicos. 12. Planear y dirigir la elaboración e implantación de normas y lineamientos a que deben sujetarse los Comités de Proyectos Estratégicos de la Dirección General de Institutos Tecnológicos. 13. Planear y dirigir el desarrollo de los programas de acciones a corto plazo y mediano plazo definidos en los Comités de Proyectos Estratégicos. 14. Promover y dirigir la integración del Sistema Nacional de Teleinformática de los Institutos Tecnológicos y supervisar su funcionamiento. 15. Promover y dirigir el establecimiento, desarrollo y control de los servicios de teleinformática y supervisar su funcionamiento en los institutos tecnológicos del país. 16. Planear y dirigir la elaboración e implantación de las normas, lineamientos y criterios encaminados a regular la prestación de los servicios teleinformática que proporcionan dentro del Sistema Nacional de Institutos Tecnológicos, de acuerdo con las necesidades regionales y nacionales y evaluar la aplicación de las mismas para desarrollar permanentemente el marco normativo de este tipo de servicio. 19

20 17. Planear y dirigir el diseño, instrumentación y control de los sistemas y programas de cómputo educativos y administrativos, así como la adquisición de bases de datos y bancos de información de acceso electrónico que se requieran tanto en la Dirección General como en las instituciones del Sistema y vigilar su funcionamiento. 18. Promover y dirigir el diseño de modelos de organización, sistemas, métodos y procedimientos que contribuyan a mejorar la calidad de los servicios de teleinformática que ofrece el Sistema Nacional de Institutos Tecnológicos y verificar su aplicación. 19. Planear y dirigir la elaboración e implantación de normas y lineamientos a que deben sujetarse los procesos de creación, ubicación, construcción, ampliación, consolidación y, en su caso, liquidación de Centros de Teleinformática en los institutos tecnológicos del sistema y verificar su aplicación en los planteles del sistema. 20. Planear y dirigir el diseño, instrumentación y control del los sistemas de información administrativos y estadísticos que requieran de apoyo informático tanto de la Dirección General como del Sistema de Institutos Tecnológicos y supervisar su funcionamiento. 21. Planear y dirigir el diseño, instrumentación y control de sistemas y programas de cómputo educativos y administrativos que requieran tanto de la Dirección General como en el Sistema de Institutos Tecnológicos y supervisar su funcionamiento. 22. Dirigir las gestiones ante las instancias competentes para obtener programas de cómputo relacionados con la protección informática, licencias de uso de sistemas y programas de aplicación y mantenimiento correctivo y preventivo de equipo de informáticos, distribuirlas en la Dirección General y el Sistema de Institutos Tecnológicos y verificar su aplicación. 20

21 23. Dirigir la formulación de estándares de calidad en términos de productos resultantes del ejercicio de las funciones asignadas referidos a tiempos de ejecución, índices de productividad, normas, sistemas y procedimientos aplicables en su realización, condiciones de los insumos, herramientas y equipos y especificaciones del producto terminado y ordenar su publicación en el manual de políticas de calidad del Sistema Nacional de Institutos Tecnológicos. 24. Dirigir la formulación de programas de capacitación y desarrollo de programas de desarrollo, trabajo anual, operativo anual, inversión anual y equipamiento; proyectos de planeación y evaluación presupuestal, promoción docente; estudios de oferta y demanda educativa, elaboración de estructura académico administrativa, estadística básica y teleinformática; e implantación de normas, procedimientos sistemas y lineamientos relacionados con la planeación educativa, evaluación presupuestal y teleinformática dirigidos al personal responsable de estas funciones en los institutos tecnológicos y ordenar su aplicación de común acuerdo con la Coordinación Sectorial de Evaluación y Control de Calidad. 25. Dirigir la formulación de instrumentos de medición para verificar la calidad en términos de productos resultantes del ejercicio de las funciones asignadas referidos a tiempos de ejecución, índices de productividad, normas, sistemas y procedimientos aplicables en su realización, condiciones de los insumos, herramientas y equipos y especificaciones del producto terminado que se llevan a cabo en los institutos tecnológicos del sistema y autorizar sus aplicación de común acuerdo con la Coordinación Sectorial de Evaluación y Control de Calidad. 26. Dirigir la participación del personal adscrito a la coordinación sectorial en la integración de equipos interdisciplinarios para realizar visitas de supervisión a los planteles del Sistema Nacional de Institutos Tecnológicos de común acuerdo con la Coordinación Sectorial de Evaluación y Control de Calidad. 27. Verificar el uso y aplicación de equipo y programas de cómputo en las unidades de la coordinación sectorial y promover su actualización permanente. 21

22 28. Promover programas y estudios de desarrollo de las funciones de planeación, evaluación institucional, presupuestal y teleinformática con organismos oficiales y privados, nacionales y extranjeros, que incidan en el ámbito de competencia de los institutos tecnológicos. 29. Elaborar el Programa Operativo Anual y el Programa de Trabajo Anual de la Coordinación Sectorial de Planeación y Desarrollo del Sistema, con base en los lineamientos establecidos, y presentarlo a la Dirección General para lo conducente. 30. Promover los valores de la institución entre el personal a su cargo para propiciar el desarrollo humano y elevar el compromiso institucional. 31. Verificar que el personal a su cargo cumpla con las especificaciones determinadas en las descripciones del puesto y proceder de acuerdo con los resultados obtenidos. 32. Promover la aplicación de métodos participativos y la integración de equipos interdisciplinarios en el ejercicio de las funciones asignadas al personal adscrito a la Coordinación Sectorial. 33. Dirigir las acciones y cursos de inducción del personal a su cargo y llevar a cabo la inducción al puesto de los directores de área de la coordinación sectorial cuando se requiera y verificar periódicamente el desempeño y cumplimiento del esquema funcional asignado a cada uno de ellos. 34. Mantener comunicación y coordinación con las demás áreas de la Dirección General para el desarrollo de las funciones de la coordinación sectorial. 35. Mantener informada a la Dirección General acerca del desarrollo de las funciones del área. 22

23 Dirección de Programación Presupuestal e Infraestructura 1. Coordinar la integración del Programa Operativo Anual del Sistema Nacional de Institutos Tecnológicos y presentarlo a la Coordinación Sectorial para su autorización y vigilar su cumplimiento. 2. Coordinar la formulación del anteproyecto de presupuesto anual destinado a los programas del Sistema Nacional de Institutos Tecnológicos, presentarlo a la Coordinación Sectorial para su aprobación y controlar su ejercicio. 3. Coordinar la integración de los programas de inversión anual y equipamiento del Sistema Nacional de Institutos Tecnológicos, así como, los estudios de modelos, plantillas y guías de equipamiento, presentarlos a la Coordinación Sectorial para su autorización y vigilar su cumplimiento. 4. Coordinar la integración de la estructura académico administrativa de los institutos tecnológicos del sistema y vigilar su aplicación. 5. Coordinar la Integración del proyecto de promoción docente del Sistema Nacional de Institutos Tecnológicos y verificar su aplicación de conformidad con las normas vigentes. 6. Coordinar la elaboración e implantación de normas y lineamientos a que deben sujetarse los procesos de ubicación, construcción, ampliación, consolidación y, en su caso, liquidación de institutos tecnológicos y vigilar su aplicación en los planteles del sistema. 7. Gestionar la autorización del presupuesto aprobado para el Sistema Nacional de Institutos Tecnológicos, llevar a cabo la distribución del mismo y coordinar el proceso de evaluación presupuestal. 23

24 8. Coordinar la formulación de estándares de calidad en términos de productos resultantes del ejercicio de las funciones asignadas referidos a tiempos de ejecución, índices de productividad, normas, sistemas y procedimientos aplicables en su realización, condiciones de los insumos, herramientas y equipos y especificaciones del producto terminado e incluirlos en el manual de políticas de calidad del sistema. 9. Coordinar la formulación de programas de capacitación y desarrollo de programas operativo anual y de inversión anual y equipamiento; proyectos de programación y evaluación presupuestal, promoción docente y elaboración de estructura académico administrativa; e implantación de normas, procedimientos, sistemas y lineamientos relacionados con la programación y evaluación presupuestal, infraestructura física y equipamiento, dirigidos al personal responsable de estas funciones en los institutos tecnológicos y ordenar su aplicación de común acuerdo con la Coordinación Sectorial de Evaluación y Control de Calidad. 10. Coordinar la formulación de instrumentos de medición para verificar la calidad en términos de productos resultantes del ejercicio de las funciones asignadas referidos a tiempos de ejecución, índices de productividad, normas, sistemas y procedimientos aplicables en su realización, condiciones de los insumos, herramientas y equipos y especificaciones del producto terminado que se llevan a cabo en los institutos tecnológicos del sistema y ordenar su aplicación de común acuerdo con la Coordinación Sectorial de Evaluación y Control de Calidad. 11. Elaborar el Programa Operativo Anual y el Programa de Trabajo Anual de la dirección a su cargo con base en los lineamientos establecidos, y presentarlo a la Coordinación Sectorial para lo conducente. 12. Promover la visión y valores de la institución entre el personal a su cargo para propiciar el desarrollo humano y elevar el compromiso institucional. 13. Verificar que el personal a su cargo cumpla con las especificaciones determinadas en las descripciones del puesto y proceder de acuerdo con los resultados obtenidos. 24

25 14. Promover la aplicación de métodos participativos y la integración de equipos interdisciplinarios en el ejercicio de las funciones asignadas al personal adscrito a la Coordinación Sectorial. 15. Coordinar las acciones y cursos de inducción del personal a su cargo y llevar a cabo la inducción al puesto de los coordinadores de la dirección de área cuando se requiera y verificar periódicamente el desempeño y cumplimiento del esquema funcional asignado a cada uno de ellos. 16. Mantener comunicación y coordinación con las demás áreas de la Coordinación Sectorial para el desarrollo de las funciones de la coordinación sectorial. 17. Mantener informada a la Coordinación Sectorial acerca del desarrollo de las funciones del área. 25

26 Coordinación de Programación y Evaluación Presupuestal 1. Planear, organizar e integrar el Programa Operativo Anual del Sistema Nacional de Institutos Tecnológicos y presentarlo a la Dirección de Programación Presupuestal e Infraestructura para su autorización y controlar su cumplimiento. 2. Formular el anteproyecto anual de presupuesto del Sistema Nacional de Institutos Tecnológicos de acuerdo con los lineamientos emitidos por la Dirección General de Planeación, Programación y Presupuesto y controlar su ejercicio. 3. Planear, organizar, integrar las estructuras académico-administrativas de los institutos tecnológicos y controlar su aplicación de acuerdo con las normas y lineamentos aplicables. 4. Planear, organizar, integrar y controlar el proyecto de promoción docente del Sistema Nacional de Institutos Tecnológicos de conformidad con las normas vigentes. 5. Planear, organizar y controlar las asignaciones presupuestales de las áreas de la Dirección General y de las instituciones del Sistema del Sistema Nacional de Institutos Tecnológicos. 6. Evaluar la aplicación del presupuesto asignado a la Dirección General y a las instituciones del sistema y verificar el cumplimiento de las metas y la aplicación de los recursos de acuerdo con los programas, proyectos, productos esperados y calendarios establecidos. 7. Proponer a la Dirección de Programación Presupuestal e Infraestructura normas, lineamientos y procedimientos para la programación y evaluación presupuestal del Sistema Nacional de Institutos Tecnológicos, difundir los aprobados y controlar su aplicación. 26

27 8. Llevar a cabo la formulación de estándares de calidad en términos de productos resultantes del ejercicio de las funciones asignadas referidos a tiempos de ejecución, índices de productividad, normas, sistemas y procedimientos aplicables en su realización, condiciones de los insumos, herramientas y equipos y especificaciones del producto terminado e incluirlos en el manual de políticas de calidad del sistema. 9. Llevar a cabo la formulación de programas de capacitación y desarrollo de programa operativo anual; proyectos de programación y evaluación presupuestal, promoción docente y elaboración de estructura académico administrativa; e implantación de normas, procedimientos, sistemas y lineamientos relacionados con la programación y evaluación presupuestal dirigidos al personal responsable de estas funciones en los institutos tecnológicos y aplicarlos de común acuerdo con la Coordinación Sectorial de Evaluación y Control de Calidad. 10. Formular instrumentos de medición para verificar la calidad en términos de productos resultantes del ejercicio de las funciones asignadas referidos a tiempos de ejecución, índices de productividad, normas, sistemas y procedimientos aplicables en su realización, condiciones de los insumos, herramientas y equipos y especificaciones del producto terminado que se llevan a cabo en los institutos tecnológicos del sistema y llevar a cabo su aplicación de común acuerdo con la Coordinación Sectorial de Evaluación y Control de Calidad. 11. Elaborar el Programa Operativo Anual y el Programa de Trabajo Anual de la Coordinación a su cargo con base en los lineamientos establecidos, y presentarlo a la Dirección de Programación Presupuestal e Infraestructura para lo conducente. 12. Difundir la visión y valores de la institución entre el personal a su cargo para propiciar el desarrollo humano y elevar el compromiso institucional. 13. Verificar que el personal a su cargo cumpla con las especificaciones determinadas en las descripciones del puesto y proceder de acuerdo con los resultados obtenidos. 14. Aplicar métodos participativos e integrar equipos de trabajo en el ejercicio de las funciones asignadas al personal adscrito a la Coordinación a su cargo. 27

28 15. Coordinar las acciones y cursos de inducción del personal a su cargo cuando se requiera y vigilar periódicamente el desempeño y cumplimiento del esquema funcional asignado a cada uno de ellos. 16. Mantener comunicación y coordinación con las demás áreas de la Coordinación Sectorial para el desarrollo de las funciones de la Coordinación a su cargo. 17. Mantener informada a la Dirección de Programación Presupuestal e Infraestructura acerca del desarrollo de las funciones del área. 28

29 Coordinación de Infraestructura Física y Mantenimiento 1. Planear, organizar, integrar y controlar los programas de inversión anual de los institutos tecnológicos, de acuerdo con el plan de desarrollo del sistema, las políticas del Sector Educativo y los procedimientos establecidos. 2. Integrar y mantener actualizado el acervo de las guías mecánicas de equipamiento de los institutos tecnológicos, que emitan las áreas académicas, de acuerdo con los planes y programas de estudio vigentes. 3. Realizar el diseño de modelos y plantillas y presentarlos a la Dirección de Programación Presupuestal e Infraestructura para su autorización. 4. Controlar el diseño de espacios educativos, de acuerdo con los objetivos de la currícula y el plan de desarrollo institucional. 5. Proponer a la Dirección de Programación Presupuestal e Infraestructura las normas, lineamientos y procedimientos para regular los procesos de ubicación, construcción, ampliación, consolidación y, en su caso, liquidación de institutos tecnológicos y controlar su aplicación en las instituciones del sistema. 6. Evaluar el avance de los programas de inversión de las instituciones del sistema e informar a la Dirección de Programación Presupuestal e Infraestructura sobre las desviaciones detectadas para la conducente. 7. Supervisar la ejecución de la obra civil y el equipamiento programados para las instituciones del sistema, coordinando el seguimiento de problemáticas detectadas. 8. Promover la construcción y equipamiento de las instituciones del sistema, mediante donativos, créditos o inversiones especiales. 9. Proponer y gestionar ante las instancias correspondientes, la reposición y actualización del equipo con que cuentan las instituciones del cuando así se requiera. 29

30 10. Establecer las características y especificaciones detalladas de los materiales y equipos que, conforme a los objetivos educacionales, requieran los institutos tecnológicos, en coordinación con el área académica. 11. Integrar y mantener actualizado el recuento físico de las instalaciones y el equipo existente en las instituciones del sistema, a fin de establecer los programas de inversión correspondiente. 12. Planear, organizar y supervisar la reubicación de equipo y maquinaria cuando sea necesario por reorientación o cancelación de carreras. 13. Establecer el Sistema de Información Técnica que permita conocer el estado y utilización del equipo y maquinaria de las instituciones del sistema y mantenerlo actualizado. 14. Llevar a cabo la formulación de estándares de calidad en términos de productos resultantes del ejercicio de las funciones asignadas referidos a tiempos de ejecución, índices de productividad, normas, sistemas y procedimientos aplicables en su realización, condiciones de los insumos, herramientas y equipos y especificaciones del producto terminado e incluirlos en el manual de políticas de calidad del sistema. 15. Llevar a cabo la formulación de programas de capacitación y desarrollo de programas de inversión anual; asistencia técnica para infraestructura física y equipamiento; e implantación de normas, procedimientos, sistemas y lineamientos relacionados procesos de ubicación, construcción, ampliación, consolidación y equipamiento dirigidos al personal responsable de estas funciones en los institutos tecnológicos y aplicarlos de común acuerdo con la Coordinación Sectorial de Evaluación y Control de Calidad. 30

31 16. Formular instrumentos de medición para verificar la calidad en términos de productos resultantes del ejercicio de las funciones asignadas referidos a tiempos de ejecución, índices de productividad, normas, sistemas y procedimientos aplicables en su realización, condiciones de los insumos, herramientas y equipos y especificaciones del producto terminado que se llevan a cabo en los institutos tecnológicos del sistema y llevar a cabo su aplicación de común acuerdo con la Coordinación Sectorial de Evaluación y Control de Calidad. 17. Elaborar el Programa Operativo Anual y el Programa de Trabajo Anual de la Coordinación a su cargo con base en los lineamientos establecidos, y presentarlo a la Dirección de Programación Presupuestal e Infraestructura para lo conducente. 18. Difundir la visión y valores de la institución entre el personal a su cargo para propiciar el desarrollo humano y elevar el compromiso institucional. 19. Verificar que el personal a su cargo cumpla con las especificaciones determinadas en las descripciones del puesto y proceder de acuerdo con los resultados obtenidos. 20. Aplicar métodos participativos e integrar equipos de trabajo en el ejercicio de las funciones asignadas al personal adscrito a la Coordinación a su cargo. 21. Coordinar las acciones y cursos de inducción del personal a su cargo cuando se requiera y vigilar periódicamente el desempeño y cumplimiento del esquema funcional asignado a cada uno de ellos. 22. Mantener comunicación y coordinación con las demás áreas de la Coordinación Sectorial para el desarrollo de las funciones de la Coordinación a su cargo. 23. Mantener informada a la Dirección de Programación Presupuestal e Infraestructura acerca del desarrollo de las funciones del área. 31

32 Dirección de Desarrollo del Sistema 1. Coordinar la formulación de los programas de desarrollo a mediano plazo y programas de trabajo anual del Sistema Nacional de Institutos Tecnológicos y vigilar su cumplimiento. 2. Coordinar la realización de estudios de oferta y demanda de la educación media superior y superior para proponer la procedencia y pertinencia de las solicitudes de creación de planteles y presentarlas a la Coordinación Sectorial. 3. Coordinar la elaboración e implantación de las normas, lineamientos y criterios encaminados a regular la planeación, oferta y evaluación de los servicios educativos del Sistema Nacional de Institutos Tecnológicos, de acuerdo con las necesidades regionales y nacionales vigilar su cumplimiento. 4. Ordenar la elaboración y diseño de modelos de organización, sistemas, métodos y procedimientos que contribuyan a mejorar la calidad de los servicios que ofrece el Sistema Nacional de Institutos Tecnológicos y vigilar su aplicación. 5. Coordinar el diseño, integración y control de los sistemas de información y estadística básica tanto de la Dirección General como de los Institutos Tecnológicos. 6. Promover y difundir la aplicación de normas, lineamientos y criterios para la planeación y desarrollo del Sistema Nacional de Institutos Tecnológicos. 7. Disponer la realización de los estudios de apertura, reorientación o cancelación de carreras que ofrece el sistema de acuerdo con las prioridades y necesidades estatales, regionales y nacionales y proponerlos a la Coordinación Sectorial para su autorización. 8. Coordinar los procesos de evaluación institucional y difundir sus resultados en las instituciones del Sistema Nacional de Institutos Tecnológicos. 9. Coordinar la integración de los Comités de Proyectos Estratégicos de la Dirección General de Institutos Tecnológicos. 32

33 10. Coordinar la elaboración e implantación de normas y lineamientos a que deben sujetarse los Comités de Proyectos Estratégicos de la Dirección General de Institutos Tecnológicos. 11. Coordinar el desarrollo de los programas de acciones a corto plazo y mediano plazo definidos en los Comités de Proyectos Estratégicos. 12. Coordinar la formulación de estándares de calidad en términos de productos resultantes del ejercicio de las funciones asignadas referidos a tiempos de ejecución, índices de productividad, normas, sistemas y procedimientos aplicables en su realización, condiciones de los insumos, herramientas y equipos y especificaciones del producto terminado. 13. Coordinar la formulación de programas de capacitación y desarrollo de programas de desarrollo institucional y de trabajo anual; estudios de oferta y demanda educativa; procesos de evaluación institucional; sistemas de información y estadística básica; e implantación de normas, procedimientos, sistemas y lineamientos relacionados con la planeación educativa y evaluación institucional dirigidos al personal responsable de estas funciones en los institutos tecnológicos y ordenar su aplicación de común acuerdo con la Coordinación Sectorial de Evaluación y Control de Calidad. 14. Coordinar la formulación de instrumentos de medición para verificar la calidad en términos de productos resultantes del ejercicio de las funciones asignadas referidos a tiempos de ejecución, índices de productividad, normas, sistemas y procedimientos aplicables en su realización, condiciones de los insumos, herramientas y equipos y especificaciones del producto terminado que se llevan a cabo en los institutos tecnológicos del sistema y verificar su aplicación y ordenar su aplicación de común acuerdo con la Coordinación Sectorial de Evaluación y Control de Calidad. 15. Elaborar el Programa Operativo Anual y el Programa de Trabajo Anual de la dirección a su cargo con base en los lineamientos establecidos, y presentarlo a la Coordinación Sectorial para lo conducente. 33

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