Formación para la inserción sociolaboral de jóvenes inmigrantes

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "Formación para la inserción sociolaboral de jóvenes inmigrantes"

Transcripción

1 Formación para la inserción sociolaboral de jóvenes inmigrantes SÍNTESIS NORMATIVA El análisis de los problemas de acceso de los jóvenes inmigrantes a los programas formativos postobligatorios requiere una descripción previa del abanico de opciones que actualmente prevé el sistema educativo para todos los jóvenes, tanto nacionales como extranjeros. Una vez presentados los distintos servicios educativos que se ponen a su alcance, exponemos la normativa vigente sobre el acceso a dichos servicios de jóvenes extranjeros extracomunitarios y, por último, analizamos los problemas de acceso a los mismos y las posibles líneas de solución en vista de las últimas novedades normativas. 1. Sobre los ciclos educativos La educación básica en España contempla dos grados: educación primaria y educación secundaria. Bajo la segunda se incluyen dos tipos de formación: la obligatoria (ESO) y la postobligatoria. Los alumnos que superan satisfactoriamente la ESO y obtienen el correspondiente Título de Graduado pueden continuar su formación con los estudios postobligatorios que incluyen el bachillerato, la formación profesional de grado medio, las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño de grado medio y las enseñanzas deportivas de grado medio. En cambio, los alumnos que no obtienen el título correspondiente porque no han adquirido el nivel mínimo exigido, reciben un certificado de escolaridad (artículo 31 de la L.O. 2/2006). Posteriormente, si así lo desean, pueden cursar los Programas de Cualificación Profesional Inicial (PCPI), unos cursos que aparecen en la nueva ley de educación en substitución de los anteriores Programas de Garantía Social y que pretenden proporcionar a los jóvenes un primer entrenamiento profesional. Los Programas de Cualificación Profesional Inicial incluyen tres tipos de módulos: 1. módulos específicos referidos a las unidades de competencia correspondientes a cualificaciones de nivel 1 del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales; 1

2 2. módulos formativos de carácter general, que amplían competencias básicas y favorecen la transición desde el sistema educativo al mundo laboral; 3. módulos de carácter voluntario que conducen a la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria. Según el artículo 30 de la L.O. 2/2006, los PCPI se destinan a alumnos mayores de 16 años que no hayan obtenido el título de Graduado de ESO. La ley reconoce la homologación entre los anteriores Programas de Garantía Social y los Programas de Cualificación Profesional (D.T. 10 L.O. 2/2006 de Educación). El último nivel educativo está conformado por la educación superior que se refiere a la enseñanza universitaria, pero también a las enseñanzas superiores dentro de las disciplinas artísticas, deportivas, de artes plásticas, diseño y, asimismo, a la formación profesional de grado superior. Para acceder a los ciclos de formación profesional específicos de grado superior, los alumnos deben haber superado el bachillerato o los ciclos de formación profesional de grado medio (artículo 41 de la L.O. 2/2006). Adicionalmente, el sistema educativo ofrece las enseñanzas superiores de régimen especial dentro de las cuales se incluyen las enseñanzas de idiomas, las artísticas y las deportivas. 2. El acceso de los jóvenes inmigrantes a los programas formativos no reglados: marco normativo El artículo 27 de la Constitución Española reconoce el derecho de todos a la educación y el 27.4 proclama que la enseñanza básica en primaria y secundaria es obligatoria y gratuita. La legislación vigente también establece que los alumnos tendrán derecho a permanecer en régimen ordinario cursando la enseñanza básica hasta los 18 años de edad y en las condiciones establecidas en el artículo 4.2 de la L.O. 2/2006 de Educación (LOE). Respecto de este derecho no se hace ninguna distinción entre españoles y extranjeros. La única mención en dicha Ley de Educación (L.O. 2/2006) en relación con el alumnado extranjero queda recogida en su disposición adicional decimonovena. En la misma se indica que lo establecido en la propia ley en relación con la escolarización, la obtención de títulos y el acceso al sistema general de becas y ayudas al estudio será 2

3 aplicable a los alumnos extranjeros en los términos de la LODILE y de la normativa que los desarrolla. La redacción original del artículo 9.3 de la LODILE reconocía el derecho a cursar la educación postobligatoria en las mismas condiciones que los españoles solamente a los alumnos extranjeros que dispusieran de un permiso de residencia. A los jóvenes inmigrantes que se encontrasen en situación irregular no se les reconocía ningún derecho educativo más allá de la etapa de ESO. Con todo, la disposición adicional 14 del Reglamento de Extranjería delega en las Comunidades Autónomas la posibilidad de extender el derecho a la educación postobligatoria también a los inmigrantes menores de 18 años que se encuentren en España en situación irregular siempre y cuando estén empadronados en el municipio donde viven. Una práctica que, de hecho, en Cataluña ya se había generalizado y que fue confirmada por la STC 236/2007 de 17 de noviembre, que declaró inconstitucional y nulo el matiz residentes contenido en el artículo 9.3 de la LODILE. Según señala el TC en dicha sentencia, el derecho a la educación reconocido en el artículo 27.1 CE incluye el acceso no solamente a la enseñanza básica sino también a la no obligatoria. Así pues, los extranjeros que se encuentren en España en situación administrativa irregular (F.j.9) no pueden ser excluidos de este derecho. 3. El acceso de los jóvenes inmigrantes a los programas formativos no reglados: problemas y posibles vías de superación A partir del marco normativo descrito hasta el momento se han podido detectar una serie de problemáticas que afectan especialmente a los jóvenes inmigrantes de entre 16 y 18 años, y a su paso de la escuela al mundo laboral. El problema que se derivaba de las restricciones normativas del artículo 9.3 LODILE para el acceso de los inmigrantes a los ciclos de educación postobligatoria ya ha desaparecido gracias al contenido de la STC 236/2007, antes mencionada. La otra cuestión todavía pendiente está relacionada con las limitaciones que tienen estos jóvenes (incluidos los que cuentan con permiso de residencia) para continuar la educación o formación en ciertos ciclos formativos después de haber completado la ESO. Y es que la regulación actual todavía presenta algunos vacíos en lo que 3

4 respecta a los jóvenes inmigrantes que disponen de permiso de residencia pero no de trabajo. En estos casos, el acceso a algunos ciclos de formación ocupacional presenta problemas. Para ofrecer respuesta a estos problemas es necesario aclarar primero algunas cuestiones: En cuanto a los ciclos educativos y de formación profesional u ocupacional, la situación de los inmigrantes es la siguiente: - Los jóvenes extranjeros tienen los mismos derechos educativos que los españoles, tanto en la educación obligatoria como en la postobligatoria. - Los jóvenes extranjeros mayores de 16 años y menores de 18 sin permiso de residencia tienen derecho a permanecer dentro del régimen ordinario de educación cursando la enseñanza básica ESO y PCPI hasta los 18 años de edad, en las condiciones establecidas en la ley (artículo 4.2 de la L.O. 2/2006, de Educación LOE ). Respecto a este derecho no existe distinción entre españoles y extranjeros. - Los jóvenes extranjeros en situación irregular tienen derecho a acceder a los ciclos de educación postobligatoria (LODILE artículo 9 de acuerdo con F.j. 9 de la STC 236/2007, de 17 de noviembre). - Los extranjeros con permiso de residencia pero sin permiso de trabajo pueden acceder a cualquier ciclo de educación postobligatoria (LODILE, artículo 9.3) incluidos los que impliquen la realización de prácticas profesionales en empresas. El artículo 4.2 del RD 631/1993 establece que las prácticas en empresas que se exigen en algunos cursos de formación para la inserción laboral no suponen la existencia de relación laboral entre los alumnos y la empresa, de forma que no se puede supeditar la admisión de un alumno al hecho de que disponga de un permiso de trabajo. Basándose en este precepto, existe una protección suficiente para el empresario, bajo la cobertura del convenio de prácticas, para defender la incorporación de inmigrantes con residencia regular pero sin permiso de trabajo a prácticas profesionales en su empresa que le permite demostrar que se trata de una colaboración educativo-formativa. - Los extranjeros con autorización de residencia pero sin permiso de trabajo pueden acceder a cualquier ciclo de formación ocupacional que ofrezcan las oficinas de 4

5 empleo. Sin embargo, solamente las personas dadas de alta en las oficinas de empleo de la Generalitat tienen acceso a su oferta de formación ocupacional. Y aquí es donde se presenta uno de los problemas que nos ocupan ya que, durante mucho tiempo, el requisito imprescindible para poder darse de alta en estas oficinas era disponer de permiso de residencia y trabajo. Los extranjeros que no cumplían este requisito no podían inscribirse en las oficinas de empleo de la Generalitat y, por lo tanto, tampoco tenían acceso a los cursos de formación ocupacional de las mismas a pesar de que la ley se lo reconociese. En Cataluña, la Dirección General de Trabajo resolvió este obstáculo por la vía interpretativa autorizando la inscripción en las oficinas del SOC de cualquier extranjero que tuviera permiso de residencia aunque no contara con autorización para trabajar. Por último, en noviembre de 2006 se unificaron los criterios relativos a esta cuestión a través de la Orden del Ministerio de Trabajo (Orden TAS) 3698/2006, de 22 de noviembre, que regulaba la inscripción de trabajadores extranjeros no comunitarios en los Servicios Públicos de Empleo y en las Agencias de Colocación. La orden autorizaba a inscribirse en las oficinas de empleo a todos los extranjeros no comunitarios mayores de 16 años que tuvieran derecho de acceso al mercado de trabajo. En la práctica, esto equivalía a todas las personas que tuvieran permiso de residencia y autorización administrativa para trabajar, y a todas las que, sin contar con la segunda se encontraran en España legalmente y en condiciones de acceder a la misma (artículo 2). No obstante, queda aún un fleco pendiente. Porque los extranjeros en situación administrativa irregular en principio no pueden participar en los cursos de formación para desempleados, ni tampoco inscribirse en las oficinas de los Servicios de Empleo de Cataluña como trabajadores en busca de empleo (Orden TAS/3698/2006, tal como resulta de la nueva redacción otorgada por la Orden TAS/711/2008, de 7 de marzo). Con el fin de evitar esta situación, la Generalitat ha propuesto algunas líneas de acción enmarcadas en el Plan de Ciudadanía e Inmigración , un plan que apuesta por el fomento de la integración sociolaboral de la población inmigrante en general y de este colectivo en particular. Dentro de este plan se incluye el Programa de políticas activas de empleo, que contempla la necesidad de promover modificaciones en los requisitos para acceder a las políticas activas de ocupación de este colectivo. Asimismo, los Planes Estratégicos de Acogida incluidos en el Plan defienden que es 5

6 necesario impulsar mecanismos que garanticen que los inmigrantes que adquieran conocimiento del entorno y de la lengua podrán acceder a la formación laboral y, cuando sea necesario, a la acogida residencial. Sin embargo, las propuestas que contiene el Plan Ciudadanía e Inmigración no tienen un valor jurídico vinculante. DISTRIBUCIÓN COMPETENCIAL El Estado disfruta de competencia exclusiva en materia de extranjería (artículo CE). Por tanto, la regulación sectorial realizada por las comunidades autónomas en ejercicio de sus competencias deberá respetar el estatuto jurídico diseñado por la normativa estatal. Al Estado le corresponde también la regulación de las condiciones de obtención, expedición y homologación de títulos académicos y profesionales y normas básicas para el desarrollo del artículo 27 de la Constitución (artículo CE). De acuerdo con la L.O. 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, todo lo que está relacionado con la escolarización, obtención de títulos y acceso al sistema general de becas y ayudas al estudio que desarrolla dicha ley será aplicable a los alumnos extranjeros en los términos establecidos en la legislación de extranjería. La regulación de los requisitos para el acceso a los ciclos postobligatorios de educación será la que se desprende de la legislación de extranjería adoptada por el Estado. De acuerdo con el principio de cooperación entre el Estado y las comunidades autónomas que inspira la Ley Orgánica de Educación, en el Estatuto de Autonomía de Cataluña se establecen como competencias de la Generalitat: 1) De manera exclusiva: a) la competencia sobre las enseñanzas postobligatorias no universitarias que no conducen a la obtención de título o certificación académica con validez en el Estado, y sobre los centros docentes que la impartan; b) la competencia sobre algunos aspectos organizativos, de fomento educativo y referentes al personal docente, en relación con las enseñanzas de educación infantil y con las enseñanzas obligatorias y no obligatorias no universitarias que 6

7 conduzcan a la obtención de un título académico o profesional con validez en todo el Estado. 2) La competencia compartida en materia de enseñanza no universitaria de acuerdo con lo dispuesto en el artículo de la Constitución, sobre las enseñanzas obligatorias y no obligatorias que conducen a la obtención de un título académico o profesional con validez en todo el Estado, y en las enseñanzas de educación infantil, en materia de ordenación, programación y diseño de planes de estudio, fomento, financiación y organización de centros públicos, entre otros. Por su parte, el reglamento de Extranjería reconoce la capacidad de las comunidades autónomas para facilitar el acceso a la educación no obligatoria de los menores empadronados (D.A. 14). De acuerdo con la Ley Orgánica de Educación, las corporaciones locales coordinarán sus actuaciones con las administraciones educativas, cada una en el ámbito de sus competencias, para lograr una mayor eficacia de los recursos destinados a la educación (artículo 8.1). Asimismo, las comunidades autónomas podrán delegar en las corporaciones locales competencias de gestión de determinados servicios educativos en los municipios o agrupaciones de municipios que se configuren a tal efecto (artículo 8.3), bajo la premisa de que las administraciones educativas podrán establecer procedimientos e instrumentos para favorecer y estimular la gestión conjunta con las administraciones locales y la colaboración entre los centros educativos y las administraciones públicas (D.A. 15). Por su parte, el Estatuto de Cataluña indica que los entes locales planificarán, ordenarán y gestionarán la educación infantil y participarán en el proceso de matriculación en los centros públicos y concertados del término municipal, así como en el mantenimiento y el aprovechamiento de los centros públicos fuera del horario escolar, y en el calendario escolar (artículo 84.g). 7

EL SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL

EL SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL EL SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL El sistema educativo español en el curso de referencia de esta publicación, 2007-2008, se encuentra regulado en los niveles anteriores a la universidad por la Ley Orgánica

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 214 Miércoles 5 de septiembre de 2012 Sec. I. Pág. 62285 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL 11326 Real Decreto 1077/2012, de 13 de julio, por el que se establecen cinco

Más detalles

ANEXO AL TEXTO DEL PACTO SOCIAL Y POLÍTICO POR LA EDUCACIÓN. Acuerdo de los partidos políticos

ANEXO AL TEXTO DEL PACTO SOCIAL Y POLÍTICO POR LA EDUCACIÓN. Acuerdo de los partidos políticos ANEXO AL TEXTO DEL PACTO SOCIAL Y POLÍTICO POR LA EDUCACIÓN Acuerdo de los partidos políticos Con el fin de avanzar en la consecución de los objetivos de la educación para la década 2010-2020, los partidos

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 214 Miércoles 5 de septiembre de 2012 Sec. I. Pág. 61889 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL 11325 Real Decreto 1076/2012, de 13 de julio, por el que se establecen seis

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 29 Lunes 3 de febrero de 2014 Sec. I. Pág. 7330 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL 1096 Real Decreto 983/2013, de 13 de diciembre, por el que se establecen cuatro certificados

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 223 Martes 17 de septiembre de 2013 Sec. I. Pág. 70835 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL 9636 Real Decreto 623/2013, de 2 de agosto, por el que se establecen dos certificados

Más detalles

NOTAS EXPLICATIVAS ENSEÑANZAS NO UNIVERSITARIAS

NOTAS EXPLICATIVAS ENSEÑANZAS NO UNIVERSITARIAS NOTAS EXPLICATIVAS ENSEÑANZAS NO UNIVERSITARIAS Las etapas y los niveles de enseñanza en los que se estructura el sistema educativo actual son los previstos en la Ley Orgánica de Ordenación General del

Más detalles

Bloque I: Contextualización del proceso de enseñanza-aprendizaje. b) El sistema educativo español. La etapa de Educación Infantil

Bloque I: Contextualización del proceso de enseñanza-aprendizaje. b) El sistema educativo español. La etapa de Educación Infantil Bloque I: Contextualización del proceso de enseñanza-aprendizaje b) El sistema educativo español. La etapa de Educación Infantil Índice Legislación Niveles de concreción curricular El sistema educativo

Más detalles

LAS MEDIDAS DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD EN LA ESO LOS PROGRAMAS DE CUALIFICACIÓN PROFESIONAL INICIAL LOS PROGRAMAS DE DIVERSIFICACIÓN CURRICULAR

LAS MEDIDAS DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD EN LA ESO LOS PROGRAMAS DE CUALIFICACIÓN PROFESIONAL INICIAL LOS PROGRAMAS DE DIVERSIFICACIÓN CURRICULAR LAS MEDIDAS DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD EN LA ESO LOS PROGRAMAS DE CUALIFICACIÓN PROFESIONAL INICIAL LOS PROGRAMAS DE DIVERSIFICACIÓN CURRICULAR La equidad es uno de los principios básicos que debe perseguir

Más detalles

FORMACIÓN PROFESIONAL BÁSICA

FORMACIÓN PROFESIONAL BÁSICA 7/2/2015 TRABAJO MONOGRÁFICO FORMACIÓN PROFESIONAL BÁSICA Instituto Lloixa San Juan de Alicante Alumno;. 2 ÍNDICE; 1) INTRODUCCIÓN.. 3 PÁGINAS: 2) NORMATIVA.. 4 3) REQUISITOS DE ACCESO Y ADMISIÓN 5 4)

Más detalles

La participación y la descentralización en educación

La participación y la descentralización en educación Tema 9 La participación y la descentralización en educación 1. La participación en la política educativa 2. La educación en el Estado de las Autonomías 3. La política educativa en el contexto de la Unión

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 215 Sábado 7 de septiembre de 2013 Sec. I. Pág. 65041 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL 9415 Real Decreto 611/2013, de 2 de agosto, por el que se establecen dos certificados

Más detalles

En su virtud, consultadas las Comunidades Autónomas en el seno de la Conferencia Sectorial de Educación, dispongo: Artículo 1. Objeto de la norma.

En su virtud, consultadas las Comunidades Autónomas en el seno de la Conferencia Sectorial de Educación, dispongo: Artículo 1. Objeto de la norma. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Orden EDU/ /, de 11 de diciembre, por la que se aprueba el contenido del temario de la fase de oposición del procedimiento selectivo de acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación.

Más detalles

Guía de estudios y Profesiones 2012

Guía de estudios y Profesiones 2012 Guía de estudios y Profesiones 2012 N 2. E.S.O. EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA (E.S.O.) El calendario de aplicación de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de Mayo, de Educación,

Más detalles

La LOMCE Reunión Secretarios Generales

La LOMCE Reunión Secretarios Generales La LOMCE Reunión Secretarios Generales Granada - 22 de noviembre de 2013 Maria Bargalló Escrivà Vicerrectora de Estudiantes y Comunidad Universitaria www.urv.cat LEGISLACIÓN LOMCE = Ley Orgánica para la

Más detalles

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: 14 de marzo de 2011

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: 14 de marzo de 2011 Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo,

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 215 Sábado 7 de septiembre de 2013 Sec. I. Pág. 64808 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL 9414 Real Decreto 610/2013, de 2 de agosto, por el que se establecen dos certificados

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE EDUCACIÓN

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE EDUCACIÓN Núm. 306 Lunes 21 de diciembre de 2009 Sec. II.B. Pág. 107666 II. AUTORIDADES Y PERSONAL B. Oposiciones y concursos MINISTERIO DE EDUCACIÓN 20550 Orden EDU/3429/2009, de 11 de diciembre, por la que se

Más detalles

SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL

SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL EDUCACIÓN INFANTIL ENSEÑANZAS OBLIGATORIAS Y POST-OBLIGATORIAS ENSEÑANZA UNIVERSITARIA ESTRUCTURA DEL SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑO ESTRUCTURA DEL SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL EDUCACIÓN

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 224 Miércoles 18 de septiembre de 2013 Sec. I. Pág. 71746 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL 9678 Real Decreto 625/2013, de 2 de agosto, por el que se establecen cuatro

Más detalles

PRESENTACIÓN DE INICIO DE CURSO 1º DE BACHILLERATO COLEGIO SANTÍSIMA TRINIDAD. VALENCIA.

PRESENTACIÓN DE INICIO DE CURSO 1º DE BACHILLERATO COLEGIO SANTÍSIMA TRINIDAD. VALENCIA. PRESENTACIÓN DE INICIO DE CURSO 1º DE BACHILLERATO 2016 2017. COLEGIO SANTÍSIMA TRINIDAD. VALENCIA. 1º CURSO DE BACHILLERATO INICIO DE LA ENSEÑANZA SECUNDARIA NO OBLIGATORIA! EL BACHILLERATO ES LA ÚLTIMA

Más detalles

EL SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL

EL SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL EL SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL El Sistema Educativo Español en el curso de referencia de esta publicación, 2015-2016, se encuentra regulado en los niveles anteriores a la universidad por la Ley Orgánica

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 32 Jueves 6 de febrero de 2014 Sec. I. Pág. 9304 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL 1219 Real Decreto 989/2013, de 13 de diciembre, por el que se establecen tres certificados

Más detalles

ESQUEMA LOE - LOMCE. Artículo único. Modificación de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

ESQUEMA LOE - LOMCE. Artículo único. Modificación de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. ESQUEMA LOE - LOMCE PREÁMBULO Artículo único. Modificación de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Principios y fines de la educación Artículo 1. Principios. Artículo 2. Fines. Artículo

Más detalles

EL SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL

EL SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL EL SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL El Sistema Educativo Español en el curso de referencia de esta publicación, 2016-2017, se encuentra regulado en los niveles anteriores a la universidad por la Ley Orgánica

Más detalles

Juventud, ocio y deporte

Juventud, ocio y deporte Juventud, ocio y deporte SÍNTESIS NORMATIVA Cuando se habla de juventud a nivel de inmigración, se hace referencia a aquellos jóvenes de origen extranjero nacidos en España o llegados en una edad temprana

Más detalles

Enseñanzas Deportivas de Régimen Especial (EDRE) Seminario de Orientadores 15 de Febrero

Enseñanzas Deportivas de Régimen Especial (EDRE) Seminario de Orientadores 15 de Febrero Enseñanzas Deportivas de Régimen Especial (EDRE) Seminario de Orientadores 15 de Febrero Unidad Técnica de Formación Profesional y Educación Permanente 1 Modalidades de Formación de Técnicos Deportivos

Más detalles

En verde los puntos donde la LOMCE introduce novedades. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, se modifica en los siguientes términos:

En verde los puntos donde la LOMCE introduce novedades. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, se modifica en los siguientes términos: LOE- LOMCE En verde los puntos donde la LOMCE introduce novedades. PREÁMBULO Artículo único: Modificación de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de

Más detalles

ESPECIFICACIONES DE LOS CURSOS: PROGRAMAS DE CUALIFICACIÓN PROFESIONAL INICIAL

ESPECIFICACIONES DE LOS CURSOS: PROGRAMAS DE CUALIFICACIÓN PROFESIONAL INICIAL CUENCA SP PCPI Revisión: 1 Fecha: 01/09/2012 Página 1 de 8 DENOMINACIÓN TITULACIÓN Certificación Académica/Graduado en Educación Secundaria Obligatoria 1. DESCRIPCIÓN GENERAL Los Programas de Cualificación

Más detalles

MODULO 3: INTEGRACIÓN SOCIAL DE LOS INMIGRANTES/REFUGIADOS EN ESPAÑA

MODULO 3: INTEGRACIÓN SOCIAL DE LOS INMIGRANTES/REFUGIADOS EN ESPAÑA MODULO 3: INTEGRACIÓN SOCIAL DE LOS INMIGRANTES/REFUGIADOS EN ESPAÑA Introducción Este módulo tiene como objetivo presentar las diferentes iniciativas e instrumentos que las administración española pone

Más detalles

EL SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL

EL SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL EL SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL El sistema educativo español en el curso de referencia de esta publicación, 2014-2015, se encuentra regulado en los niveles anteriores a la universidad por la Ley Orgánica

Más detalles

CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES [MARCO NOATIVO PARA LA PARTICIPACIÓN] DECRETO 40/2011, DE 22 DE FEBRERO, POR EL QUE SE REGULAN LOS CRITERIOS Y EL PROCEDIMIENTO DE ADMISIÓN DEL ALUMNADO EN LOS CENTROS DOCENTES PÚBLICOS Y PRIVADOS CONCERTADOS

Más detalles

MINISTERIO DE EDUCACIÓN, POLÍTICA SOCIAL Y DEPORTE

MINISTERIO DE EDUCACIÓN, POLÍTICA SOCIAL Y DEPORTE Proyecto de Real Decreto por el que se establecen convalidaciones entre las enseñanzas profesionales de Música y de Danza y la Educación secundaria obligatoria y el Bachillerato, así como los efectos que

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 318 Viernes 31 de diciembre de 2010 Sec. I. Pág. 109381 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN 20148 Real Decreto 1675/2010, de 10 de diciembre, por el que se modifica el Real

Más detalles

PROYECTO DE REAL DECRETO DE CALENDARIO DE APLICACIÓN DE LA

PROYECTO DE REAL DECRETO DE CALENDARIO DE APLICACIÓN DE LA PROYECTO DE REAL DECRETO DE CALENDARIO DE APLICACIÓN DE LA LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN Capítulo I Disposiciones Generales Capítulo II Educación Infantil Capítulo III Educación Primaria Capítulo IV Educación

Más detalles

LEY DE EMPLEO (LEY 56/2003, DE 16 DE DICIEMBRE)

LEY DE EMPLEO (LEY 56/2003, DE 16 DE DICIEMBRE) LEY DE EMPLEO (LEY 56/2003, DE 16 DE DICIEMBRE) REDACCIÓN ANTERIOR REDACCIÓN VIGENTE Artículo 26. Formación profesional para el empleo. 1. El subsistema de formación profesional para el empleo está constituido

Más detalles

NORMATIVA REGULADORA BÁSICA SECUNDARIA. BACHILLERATO. FORMACIÓN PROFESIONAL

NORMATIVA REGULADORA BÁSICA SECUNDARIA. BACHILLERATO. FORMACIÓN PROFESIONAL NORMATIVA REGULADORA BÁSICA SECUNDARIA. BACHILLERATO. FORMACIÓN PROFESIONAL 1. ADMISIÓN DE ALUMNOS Y ALUMNAS Decreto 61/2007, de 26 de marzo, por el que se regula la admisión del alumnado de enseñanza

Más detalles

Orientación Académica y Profesional

Orientación Académica y Profesional Orientación Académica y Profesional Finalizamos la E.S.O Y después? Martes, 15 de Marzo 2011 Departamento de Orientación I.E.S Parquesol Orientadora: Patricia Carrero Montes Y después de la E.S.O Qué?

Más detalles

Educación de menores inmigrantes

Educación de menores inmigrantes Educación de menores inmigrantes SÍNTESIS NORMATIVA El artículo 27.1 de la Constitución española reconoce el derecho a la educación. No obstante, el artículo 13 CE (sobre los derechos de los extranjeros

Más detalles

EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA E.S.O. L.O.C.E.

EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA E.S.O. L.O.C.E. E 3 3 EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA E.S.O. L.O.C.E. JUNIO 2004 EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA (E.S.O.) Que es la E.S.O.? * La Educación Secundaria Obligatoria constituye la primera etapa de la Educación

Más detalles

BOJA de 08/02/2004. CAPITULO I Disposiciones Generales

BOJA de 08/02/2004. CAPITULO I Disposiciones Generales DECRETO 12/2004, de 20 de enero, por el que se establecen los currículos, los requisitos y pruebas específicas de acceso correspondientes a los títulos de Técnico Deportivo y de Técnico Deportivo Superior

Más detalles

efectos, siempre que se acredite tener un máximo de dos materias pendientes en el conjunto de los dos primeros cursos del Bachillerato Unificado y

efectos, siempre que se acredite tener un máximo de dos materias pendientes en el conjunto de los dos primeros cursos del Bachillerato Unificado y Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo,

Más detalles

CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD

CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD 1 Los certificados de profesionalidad, regulados por el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, son el instrumento de acreditación oficial de las cualificaciones profesionales del Catálogo Nacional de Cualificaciones

Más detalles

LA FORMACION PROFESIONAL

LA FORMACION PROFESIONAL LA FORMACION PROFESIONAL El sistema educativo actual permite elegir la opción formativa más adecuada a sus estudiantes, la formación con la que accede una persona al mercado laboral actual juega un papel

Más detalles

D10. LA EDUCACIÓN DE ADULTOS Y A DISTANCIA

D10. LA EDUCACIÓN DE ADULTOS Y A DISTANCIA D10.0. Contenido, notas explicativas y fuentes de información Se presentan en este capítulo los datos e indicadores estadísticos básicos, para el curso 2014-2015, referidos al alumnado que cursa programas

Más detalles

ASPECTOS FUNDAMENTALES QUE APARECEN EN LA L.O.E. AFECTANDO A LOS CONSEJOS ESCOLARES. TÍTULO V Participación, autonomía y gobierno de los centros

ASPECTOS FUNDAMENTALES QUE APARECEN EN LA L.O.E. AFECTANDO A LOS CONSEJOS ESCOLARES. TÍTULO V Participación, autonomía y gobierno de los centros ASPECTOS FUNDAMENTALES QUE APARECEN EN LA L.O.E. AFECTANDO A LOS CONSEJOS ESCOLARES. TÍTULO V Participación, autonomía y gobierno de los centros CAPÍTULO I Participación en el funcionamiento y el gobierno

Más detalles

Los Centros Integrados de Formación Profesional en Andalucía

Los Centros Integrados de Formación Profesional en Andalucía Los Centros Integrados de Formación Profesional en Andalucía 1.Objetivos. La creación de los Centros Integrados de FP (CCII.FP) en Andalucía debe contribuir a la consecución de los siguientes objetivos:

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 223 Martes 17 de septiembre de 2013 Sec. I. Pág. 70954 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL 9637 Real Decreto 624/2013, de 2 de agosto, por el que se establecen ocho

Más detalles

Aspectos destacados de la regulación del contrato de formación y aprendizaje.

Aspectos destacados de la regulación del contrato de formación y aprendizaje. TRABAJO Contratos de formación y aprendizaje Aspectos destacados de la regulación del contrato de formación y aprendizaje. Antecedente normativo Cita: -Real Decreto 1529/2012, de 8 del mismo mes, por el

Más detalles

ANEXO VII PARTE A TEMARIO DE LA FASE DE OPOSICIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE ACCESO AL CUERPO DE INSPECTORES DE EDUCACIÓN

ANEXO VII PARTE A TEMARIO DE LA FASE DE OPOSICIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE ACCESO AL CUERPO DE INSPECTORES DE EDUCACIÓN ANEXO VII PARTE A TEMARIO DE LA FASE DE OPOSICIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE ACCESO AL CUERPO DE INSPECTORES DE EDUCACIÓN 1. La educación como derecho fundamental del ciudadano. La educación obligatoria: origen,

Más detalles

Agente de Colocación

Agente de Colocación TITULACIÓN DE FORMACIÓN CONTINUA BONIFICADA EXPEDIDA POR EL INSTITUTO EUROPEO DE ESTUDIOS EMPRESARIALES Agente de Colocación Agente de Colocación Duración: 200 horas Precio: 0 * Modalidad: A distancia

Más detalles

La FP para el empleo en el ámbito laboral

La FP para el empleo en el ámbito laboral La FP para el empleo en el ámbito laboral El Sistema de Formación para el Empleo tiene la misión de formar y capacitar a las personas para el trabajo y actualizar sus competencias y conocimientos a lo

Más detalles

PRUEBAS DE ACCESO A FORMACIÓN PROFESIONAL

PRUEBAS DE ACCESO A FORMACIÓN PROFESIONAL PRUEBAS DE ACCESO A FORMACIÓN PROFESIONAL ORDEN ECD/83/2017, de 25 de enero, por la que se regulan las pruebas de acceso a las enseñanzas de formación profesional en la Comunidad Autónoma de Aragón Acceso

Más detalles

Nuevo Reglamento de Extranjería. Real Decreto 557/2011

Nuevo Reglamento de Extranjería. Real Decreto 557/2011 MADRID 12 MAYO 2011 Nuevo Reglamento de Extranjería Real Decreto 557/2011 Estimado asociado: El B.O.E. de 30 de Abril de 2011 ha publicado el Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba

Más detalles

ESTUDIOS ARTISTICOS Bachillerato Aprobado. 1.- Sistema educativo. EFB- Evaluación Final de Bachillerato. Anotaciones: FORMACION PROFESIONAL BÁSICA

ESTUDIOS ARTISTICOS Bachillerato Aprobado. 1.- Sistema educativo. EFB- Evaluación Final de Bachillerato. Anotaciones: FORMACION PROFESIONAL BÁSICA 1.- Sistema educativo EFB- Evaluación Final de Bachillerato Anotaciones: FORMACION PROFESIONAL BÁSICA Prueba de acceso ESTUDIOS ARTISTICOS Bachillerato Aprobado Prueba de acceso Prueba de acceso 2.- TITULO

Más detalles

2.- EL SISTEMA NACIONAL DE CUALIFICACIONES PROFESIONALES

2.- EL SISTEMA NACIONAL DE CUALIFICACIONES PROFESIONALES LOS CENTROS INTEGRADOS Y SU REGULACIÓN EN ANDALUCÍA Joaquina Montilla Luque INDICE 1.- INTRODUCCIÓN 2.- EL SISTEMA NACIONAL DE CUALIFICACIONES PROFESIONALES 3.- LOS CENTROS INTEGRADOS 4.- LOS CENTROS INTEGRADOS

Más detalles

Enseñanzas Deportivas DIFERENCIAS BÁSICAS RD 1913/1997 RD 1363/2007

Enseñanzas Deportivas DIFERENCIAS BÁSICAS RD 1913/1997 RD 1363/2007 DIFERENCIAS BÁSICAS RD 1913/1997 RD 1363/2007 EL REAL DECRETO 1363/2007, de 24 de octubre. Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, por el que se establece la ordenación n general de las enseñanzas deportivas

Más detalles

EQUIVALENCIAS CON EL TÍTULO DE GRADUADO ESCOLAR APLICACIÓN DIRECTA CON LA PRESENTACIÓN DEL TÍTULO O CERTIFICADO ACADÉMICO CORRESPONDIENTE

EQUIVALENCIAS CON EL TÍTULO DE GRADUADO ESCOLAR APLICACIÓN DIRECTA CON LA PRESENTACIÓN DEL TÍTULO O CERTIFICADO ACADÉMICO CORRESPONDIENTE EQUIVALENCIAS CON EL TÍTULO DE GRADUADO ESCOLAR Certificado de escolaridad Certificado sustitutorio del certificado de escolaridad Reunir las condiciones para la obtención del certificado de escolaridad.

Más detalles

NIVEL II: Tener superada la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años y/o 45

NIVEL II: Tener superada la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años y/o 45 ANEXO II REQUISITOS DE ACCESO DEL ALUMNADO PARTICIPANTE PARA LOS PROYECTOS DE ESCUELAS PROFESIONALES CON FORMACIÓN VINCULADA A LOS CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD NIVEL I: A los alumnos que accedan a las

Más detalles

La Educación Secundaria Obligatoria

La Educación Secundaria Obligatoria La Educación Secundaria Obligatoria Características de la ESO FINALIDAD Lograr que los alumn@s adquieran los elementos básicos de la cultura en sus aspectos humanístico, artístico, científi co y tecnológico,

Más detalles

BORRADOR DE DECRETO /2011, DE DE, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 231/2007, DE 31 DE JULIO, POR EL QUE SE ESTABLECE

BORRADOR DE DECRETO /2011, DE DE, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 231/2007, DE 31 DE JULIO, POR EL QUE SE ESTABLECE BORRADOR 0 BORRADOR DE DECRETO /2011, DE DE, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 231/2007, DE 31 DE JULIO, POR EL QUE SE ESTABLECE LA ORDENACIÓN Y LAS ENSEÑANZAS CORRESPONDIENTES A LA EDUCACIÓN SECUNDARIA

Más detalles

ENSEÑANZAS DEPORTIVAS. 4 Educación de Personas Adultas

ENSEÑANZAS DEPORTIVAS. 4 Educación de Personas Adultas ENSEÑANZAS DEPORTIVAS 4 Educación de Personas Adultas 95 Educación de Personas Adultas EDUCACIÓN ENSEÑANZA PERSONAS PRESENCIAL ADULTAS Educación de Personas Adultas Se entiende por Educación de Personas

Más detalles

NORMATIVA SOBRE FUNCIONAMIENTO CURSO 2014/2015

NORMATIVA SOBRE FUNCIONAMIENTO CURSO 2014/2015 NORMATIVA SOBRE FUNCIONAMIENTO CURSO 2014/2015 Para la realización de esta programación se ha tenido en cuenta especialmente la siguiente normativa que hace mención a la Programación General Anual: - Resolución

Más detalles

Propuesta de 7 de octubre de 2010

Propuesta de 7 de octubre de 2010 Proyecto de REAL DECRETO.. /, de de, por el que se establecen las especialidades docentes del Cuerpo de Maestros que desempeñará sus funciones en las Etapas de Educación infantil y de Educación primaria

Más detalles

EDUCACIÓN SECUNDARIA PARA PERSONAS ADULTAS (ESPA)

EDUCACIÓN SECUNDARIA PARA PERSONAS ADULTAS (ESPA) EDUCACIÓN SECUNDARIA PARA PERSONAS ADULTAS (ESPA) 1.- Por dónde empezar? 2.- Tengo más de 18 años y quiero obtener el título de Graduado en ESO qué puedo hacer para conseguirlo? 3.- Qué es la ESPA y qué

Más detalles

INDICE. 1.- Introducción 2.- Sistema Educativo: b) Ciclos de Grado Medio de Formación Profesional:

INDICE. 1.- Introducción 2.- Sistema Educativo: b) Ciclos de Grado Medio de Formación Profesional: INDICE 1.- Introducción 2.- Sistema Educativo: o Etapas o Conexiones entre las diferentes etapas 3.- Posibilidades al terminar 3º ESO 4.- Estructura 4º ESO, características y criterios para la obtención

Más detalles

EL DEBATE SOBRE CALIDAD Y EQUIDAD

EL DEBATE SOBRE CALIDAD Y EQUIDAD Tema 5 EL DEBATE SOBRE CALIDAD Y EQUIDAD Ley Orgánica de Calidad de la Educación (LOCE) Preliminares y proceso de elaboración Cambios introducidos por la Ley Criterios educativos que fundamentan la Ley

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 31 Miércoles 5 de febrero de 2014 Sec. I. Pág. 8507 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL 1179 Real Decreto 986/2013, de 13 de diciembre, por el que se establecen tres

Más detalles

Enseñanzas Artísticas de régimen especial en la LOMCE

Enseñanzas Artísticas de régimen especial en la LOMCE ÍNDICE Principios... 2 Ordenación de las enseñanzas... 3 Correspondencia con otras enseñanzas... 3 Enseñanzas Elementales y Profesionales de Música y de Danza... 3 Organización... 3 Acceso... 4 Titulaciones...

Más detalles

Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional.

Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional. Ley Orgánica 5/2002 Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional. «BOE» núm. 147, de 20 de junio de 2002 Última modificación: 20 de junio de 2012 Ley Orgánica

Más detalles

Consejería de Empleo y Mujer 129 ORDEN 3681/2008, de 22 de diciembre, por la que se crea

Consejería de Empleo y Mujer 129 ORDEN 3681/2008, de 22 de diciembre, por la que se crea Pág. 23 Consejería de Empleo y Mujer 129 ORDEN 3681/2008, de 22 de diciembre, por la que se crea el Registro de Certificados de Profesionalidad y Acreditaciones Parciales Acumulables, y se establece el

Más detalles

Se modifica el apartado 1 de la disposición adicional primera de la Ley Orgánica 5/2002, quedando redactado en los siguientes términos

Se modifica el apartado 1 de la disposición adicional primera de la Ley Orgánica 5/2002, quedando redactado en los siguientes términos Consejería de Educación, Universidades Empleo Modificaciones a la Le Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones de la Formación Profesional por la Le Orgánica 2/2011, de 4 de marzo, de Economía

Más detalles

Educación de menores inmigrantes

Educación de menores inmigrantes Educación de menores inmigrantes NORMATIVA I. - Constitución 1. - Constitución Española (artículos 10.2 a 13, 27, 39 y 149.1.2). II.- Derecho Internacional: Derechos humanos y Tratados de protección de

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 219 Jueves 12 de septiembre de 2013 Sec. I. Pág. 68145 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL 9513 Real Decreto 616/2013, de 2 de agosto, por el que se establecen siete

Más detalles

Decreto 332/1994, de 4 de noviembre. (Modificado por Decreto 130/2000, de 3 de abril)

Decreto 332/1994, de 4 de noviembre. (Modificado por Decreto 130/2000, de 3 de abril) Decreto 332/1994, de 4 de noviembre DECRETO 332/1994, de 4 de noviembre, por el que se establece la ordenación general de las Enseñanzas de Formación Profesional Específica en Cataluña (DOGC de 28-12-1994)

Más detalles

Calendario para la admisión de alumnos en los centros de educación infantil y educación primaria. Curso

Calendario para la admisión de alumnos en los centros de educación infantil y educación primaria. Curso Calendario para la admisión de alumnos en los centros de educación infantil y educación primaria. Curso 2014-2015 2.- Publicación de las vacantes existentes en cada centro. EL 4 DE ABRIL 3.-Presentación

Más detalles

COMPARACIÓN ENTRE LOGSE, LOCE Y ANTEPROYECTO LOE EN LA ORDENACIÓN ACADÉMICA

COMPARACIÓN ENTRE LOGSE, LOCE Y ANTEPROYECTO LOE EN LA ORDENACIÓN ACADÉMICA Pza. Cristino Martos, 4-4.º - Secretaría de Estudios y Documentación Tel. (91) 540 92 15 - Fax.: (91) 548 03 20-28015 MADRID - E-mail: estudios@fe.ccoo.es COMPARACIÓN ENTRE LOGSE, LOCE Y ANTEPROYECTO LOE

Más detalles

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN Boletín Oficial de Castilla y León Núm. 142 Viernes, 24 de julio de 2015 Pág. 46575 I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN A. DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA DECRETO 45/2015, de 23 de

Más detalles

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN Pág. 54769 I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN A. DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERÍA DE HACIENDA DECRETO 38/2011, de 7 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación.

Más detalles

H/M. Orden Código del centro Centro educativo de la primera opción Denominación del ciclo formativo Código 1

H/M. Orden Código del centro Centro educativo de la primera opción Denominación del ciclo formativo Código 1 GRADO SUPERIOR 1. Ejemplar para el centro educativo FPB Solicitud de admisión a centros docentes sostenidos con fondos públicos para el acceso a los ciclos formativos de formación profesional CURSO 2015-2016

Más detalles

Todos los Centros. Centros Específicos y Actuaciones de Educación de Adultos

Todos los Centros. Centros Específicos y Actuaciones de Educación de Adultos 1. Clasificación de los centros por enseñanza que imparten Todos los Públicos Privados TOTAL 26.803 18.816 7.987 ENSEÑANZAS DE RÉGIMEN GENERAL 25.027 17.484 7.543 E. Infantil (1) 6.176 3.062 3.114 E. Primaria

Más detalles

Preguntas frecuentes sobre Formación Profesional

Preguntas frecuentes sobre Formación Profesional Preguntas frecuentes sobre Formación Profesional Qué es la Formación Profesional? La Formación Profesional comprende el conjunto de enseñanzas teórico-prácticas que capacitan al alumno para el desempeño

Más detalles

Test: La Comunidad Autónoma de Andalucía. Idea general de las competencias. 1. Cuántos artículos tiene el Estatuto de Autonomía para Andalucía?

Test: La Comunidad Autónoma de Andalucía. Idea general de las competencias. 1. Cuántos artículos tiene el Estatuto de Autonomía para Andalucía? Test: La Comunidad Autónoma de Andalucía. Idea general de las competencias. 1. Cuántos artículos tiene el Estatuto de Autonomía para Andalucía? a) 247 b) 250 c) 255 d) 280 2. El Estatuto de Autonomía para

Más detalles

- Ampliar las competencias básicas del alumnado para proseguir estudios de las diferentes enseñanzas.

- Ampliar las competencias básicas del alumnado para proseguir estudios de las diferentes enseñanzas. 1.- QUÉ SON LOS PCPI? Un Programa de Cualificación Profesional Inicial es una vía para alumnos que no han obtenido el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y que tiene como objetivos:

Más detalles

ENSEÑANZAS PROFESIONALES DE ARTES PLÁSTICAS Y DISEÑO.

ENSEÑANZAS PROFESIONALES DE ARTES PLÁSTICAS Y DISEÑO. ENSEÑANZAS PROFESIONALES DE ARTES PLÁSTICAS Y DISEÑO. CICLOS FORMATIVOS DE GRADO MEDIO: AUTOEDICIÓN Requisitos de acceso. 1. Con requisitos académicos: Para acceder al grado medio de las enseñanzas profesionales

Más detalles

Organización. Legislación Educativa

Organización. Legislación Educativa Organización Legislación Educativa REFORMA EDUCATIVA (LOMCE) Real Decreto 562/2017, de 2 de junio, por el que se regulan las condiciones para la obtención de los títulos de Graduado en Educación Secundaria

Más detalles

Estadística de las Enseñanzas no universitarias Resultados académicos del curso NOTA RESUMEN

Estadística de las Enseñanzas no universitarias Resultados académicos del curso NOTA RESUMEN Estadística de las Enseñanzas no universitarias Resultados académicos del curso 2011-2012 NOTA RESUMEN Dentro de la Estadística de las Enseñanzas no universitarias, se publica la parte correspondiente

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 40 Sábado 15 de febrero de 2014 Sec. I. Pág. 14434 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL 1645 Real Decreto 992/2013, de 13 de diciembre, por el que se establecen ocho

Más detalles

Referentes utilizados en la evaluación para la verificación de grados

Referentes utilizados en la evaluación para la verificación de grados Referentes utilizados en la evaluación para la verificación de grados 2008 Este documento es propiedad de ANECA. Su contenido podrá ser utilizado siempre que se cite su procedencia. v.: 01_17/07/08 1.

Más detalles

Atención a la diversidad.

Atención a la diversidad. Atención a la diversidad. Con objeto de hacer efectivos los principios de educación común y atención a la diversidad del alumnado sobre los que se organiza el currículo de la educación secundaria obligatoria,

Más detalles

2. Así mismo, tiene como objeto establecer la competencia docente de las diferentes especialidades.

2. Así mismo, tiene como objeto establecer la competencia docente de las diferentes especialidades. BORRADOR 25/01/2011 Proyecto de REAL DECRETO.. /, de de, por el que se establecen las especialidades docentes del Cuerpo de Maestros que desempeñará sus funciones en las Etapas de Educación infantil y

Más detalles

Información de los Programas de Cualificación Profesional Inicial

Información de los Programas de Cualificación Profesional Inicial Información de los Programas de Cualificación Profesional Inicial DURACIÓN Y TITULACIÓN. 1º Curso. Si se aprueban los módulos se obtiene el Certificado de Cualificación Profesional de Nivel 1, expedido

Más detalles

Promoción de la mujer inmigrante

Promoción de la mujer inmigrante Promoción de la mujer inmigrante SÍNTESIS NORMATIVA 1. Inmigración y promoción de la dona: marco constitucional La Constitución establece con carácter general que, ante la ley, los extranjeros son iguales

Más detalles