Eliminada la licencia de apertura para establecimientos de menos de 300 m2
|
|
- Aurora Parra Vázquez
- hace 7 años
- Vistas:
Transcripción
1 A partir de ahora bastará con una declaración responsable y el pago de los impuestos correspondientes para abrir un local comercial. Ya está en vigor el Real Decreto (BOE, 26 de mayo de 2012) aprobado por el Gobierno por el que se eliminan las licencias previas de apertura y actividad vinculadas con los establecimientos comerciales, cuya superficie útil de exposición y venta al público no sea superior a 300 metros cuadrados. {jcomments on}la nueva normativa, que persigue impulsar y dinamizar la actividad comercial del sector minorista y la creación de empleo, sustituye el procedimiento de solicitud de licencias municipales previas, cuya tramitación viene provocando esperas de hasta veinticuatro meses. A partir de ahora no podrá exigirse por parte de las Administraciones o Entidades del Sector Público la obtención de la licencia previa de instalaciones, de funcionamiento o de actividad, ni otras análogas que impliquen previa autorización al ejercicio de la actividad comercial o apertura del establecimiento. El Real Decreto, que modifica parcialmente el texto refundido de la Ley de Haciendas Locales, establece que no estarán sujetos a licencia los cambios de titularidad sólo será exigible la comunicación previa a la Administración correspondiente-, tampoco la realización de obras ligadas al a condicionamiento de los locales comerciales cuando no requieran de la redacción de un proyecto de obra de conformidad con la Ley de Ordenación de la Edificación. En consecuencia, de ahora en adelante, bastará con que el solicitante manifieste de forma explícita el cumplimiento los requisitos exigibles a través de una declaración responsable o comunicación previa; así como estar en posesión del justificante de pago del tributo correspondiente cuando sea preceptivo y disponer, cuando sea exigible, de un proyecto técnico firmado por un técnico competente. El Real Decreto permite al Gobierno y a las Comunidades Autónomas modificar, en el plazo de 1 / 5
2 un año, el umbral de superficie de 300 metros cuadrados, para adaptarlo a otras superficies adaptándose a las circunstancias del mercado y la coyuntura económica. Declaración responsable y comunicación previa Las declaraciones responsables o comunicaciones previas se harán con arreglo a lo establecido en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Asimismo, y deberán contener una manifestación explícita del cumplimiento de los requisitos exigibles por la normativa vigente. La declaración tendrá que ir acompañada de un proyecto, firmados por los técnicos competentes, en el caso en el que las obras a realizar lo requirieran. El Real Decreto regula, además, la tramitación conjunta de actuaciones relacionadas con la misma actividad o local, lo que hasta ahora requería trámites independientes. Control a posteriori El texto legal garantiza los controles a posteriori a fin de verificar el cumplimiento estricto de la legalidad administrativa y no merma, en forma alguna, los controles administrativos de comprobación, inspección y sanción. No se alteran las regulaciones autonómica y local aplicable en este terreno, que siguen siendo de obligado cumplimiento para los interesados; tan sólo se modifica el régimen de control administrativo que pasa de ser a priori a ser a posteriori. Además, se posibilita la colaboración público-privada en la comprobación de los requisitos, la verificación, la inspección y el control, si bien las entidades colaboradoras habilitadas para estas gestiones indirectas no tendrán, en ningún caso, exclusividad en la prestación del servicio. Beneficiarios La norma está dirigida a empresas del sector comercial minorista y de determinados servicios, con establecimiento permanente, en cualquier parte del territorio nacional y cuyo umbral de superficie de venta y exposición al público no supere los 300 metros cuadrados. Quedan 2 / 5
3 excluidas las actividades que tengan impacto justificado y proporcionado en el patrimonio histórico-artístico o en el uso privativo y ocupación de los bienes de servicio público. El Estado, mediante desarrollo reglamentario, y las Comunidades Autónomas podrán ampliar el catálogo de actividades incluidas en la norma así como el umbral de superficie. Estas últimas podrán ampliar, asimismo, el catálogo de obras que no precisen licencia. Actividades afectadas Tomando como referencia la clasificación nacional de actividades económicas, el ámbito de aplicación de esta norma se extiende a las siguientes agrupaciones: - En el comercio minorista, entre otros: alimentación, frutería, carnicería, pollería, charcutería, pescadería, panadería, pastelería, heladería, tiendas de caramelos, bodegas, autoservicios de alimentación; textil confección; textil hogar; peletería; herbolario y parafarmacia; perfumería; droguería; equipamiento del hogar; muebles; aparatos electrónicos; ferretería; material de construcción y saneamiento; bricolaje; venta de automóviles y accesorios; óptica; ortopedia; instrumentos musicales; antigüedades; librería; papelería; juguetería; joyería y plantas. - En la pequeña industria artesanal, calzado y textil. - En las actividades de servicios, entre otros: agencias de viaje; actividades de promoción inmobiliaria; reparación de ropa y zurcido; reparación de calzado; peluquerías; institutos de belleza y estética; servicios de fotocopias y servicios de enmarcación. En cualquier caso, el Real decreto faculta al Gobierno a modificar el catálogo de actividades comerciales en el plazo de un año 3 / 5
4 Colaboración institucional El Comité para la mejora de la Regulación de las Actividades de Servicios del Ministerio de Economía y Competitividad será el marco en el que se insten los mecanismos de colaboración oportunos para la aplicación de la norma y para que se redacte una ordenanza marco en colaboración con la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP). El Estado y la FEMP propondrán modelos tipo de declaración responsable y comunicación previa. 1,8 millones de empleos El sector del comercio minorista constituye un sector estratégico para la economía española: está compuesto por un total de empresas y locales, y proporciona 1,8 millones de empleos, lo que representa el 5% del total de Valor Añadido Bruto. Este sector, que cuenta con una fuerte presencia del pequeño comercio (>99 por 100), sufre en estos momentos las consecuencias de la crisis, lo que se refleja en un descenso de las ventas cifrado en un 22,6 por 100 acumulado en cinco años. Desde el primer trimestre de 2008 al primer trimestre de 2012, la bajada de los ocupados en el comercio minorista ha sido del 8,8 % ( ocupados menos), al pasar de ocupados en el primer trimestre de 2008 a ocupados en el primer trimestre de Por su parte, las empresas del sector servicios que se podrán verse beneficiadas por esta medida alcanzan el número de La finalidad última de la medida aprobada hoy es impulsar y dinamizar la actividad comercial minorista y, más concretamente, facilitar la apertura de comercios mediante la eliminación de barreras administrativas al inicio y el ejercicio de la actividad comercial y que están vinculadas a la actividad, instalación, funcionamiento y obras de acondicionamiento sin necesidad de proyecto (excluidas las licencias de edificación), así como las demás licencias análogas que entorpezcan el inicio de la actividad comercial. Las licencias previas suponían un obstáculo importante en la creación de empresas, ya que el excesivo tiempo en que se tardaba en los trámites burocráticos operaba como un factor disuasorio, que en costes directos, de oportunidad y financieros que inciden especialmente en 4 / 5
5 las pequeñas empresas, aunque, según el Gobierno, la reducción de costes por la eliminación de plazos de tramitación y la simplificación administrativa, será de difícil determinación. La medida se enmarca, además, con los objetivos de la Estrategia Europa 2020 que propone la reducción de cargas administrativas. 5 / 5
Nota de prensa. El Gobierno elimina las licencias de apertura al comercio minorista
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y COMPETIVIDAD SECRETARIA DE ESTADO DE COMERCIO GABINETE DE PRENSA Nota de prensa La medida está encaminada a dinamizar e impulsar la actividad comercial minorista y la creación
Más detallesREAL DECRETO-LEY 19/2012, DE 25 DE MAYO, DE MEDIDAS URGENTES DE LIBERALIZACIÓN DEL COMERCIO Y DE DETERMINADOS SERVICIOS
6-2012 Mayo, 2012 REAL DECRETO-LEY 19/2012, DE 25 DE MAYO, DE MEDIDAS URGENTES DE LIBERALIZACIÓN DEL COMERCIO Y DE DETERMINADOS SERVICIOS El 26 de mayo de 2012 se ha publicado en el Boletín Oficial del
Más detallesREGIMEN DE LICENCIAS EN RELACIÓN CON LOS ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES MINORISTAS
REGIMEN DE LICENCIAS EN RELACIÓN CON LOS ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES MINORISTAS 1.- EVOLUCIÓN La Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, establece entre otras cuestiones,
Más detallesINDICE *** TÍTULO I.-DISPOSICIONES GENERALES
ORDENANZA REGULADORA DE LAS ACTIVIDADES SOMETIDAS AL RÉGIMEN DE DECLARACIÓN RESPONSABLE O COMUNICACIÓN PREVIA EN LA LEY 12/2012, DE 26 DE DICIEMBRE, DE MEDIDAS URGENTES DE LIBERALIZACIÓN DEL COMERCIO Y
Más detallesEl nuevo régimen de apertura de los establecimientos comerciales. ALICANTE, 12 de mayo de 2012
El nuevo régimen de apertura de los establecimientos comerciales ALICANTE, 12 de mayo de 2012 ÍNDICE 1. Antecedentes normativos del nuevo régimen de apertura de establecimientos comerciales. 2. Real Decreto-ley
Más detalles1. PROGRAMA DE AYUDAS DIRECTAS A PYMES COMERCIALES Y DE HOSTELERÍA (B.O.C.M.: 25 de enero de 2011).
En el marco del Plan de Fomento e Impulso del Pequeño Comercio y la Hostelería de la Comunidad de Madrid, Plan FICOH 2008-2011, se articulan distintas líneas de ayudas del 2011 dirigidas a Pymes comerciales
Más detallesRD- LEY 19/2012, de 25 de mayo, de Medidas urgentes de Liberalización del Comercio y de determinados Servicios
RD- LEY 19/2012, de 25 de mayo, de Medidas urgentes de Liberalización del Comercio y de determinados Servicios Artículo 1. Objeto. TÍTULO I De medidas urgentes de impulso del comercio El título I de este
Más detallesProcedimiento a seguir para la concesión de Licencia de uso y actividad a una Asociación cultural, recreativa y deportiva. 082/13
ASUNTO: ACTIVIDADES/ Procedimiento a seguir para la concesión de Licencia de uso y actividad a una Asociación cultural, recreativa y deportiva. 082/13 MF ************ INFORME I. ANTECEDENTES. Mediante
Más detallesPLAN PARA EL FOMENTO E IMPULSO DEL PEQUEÑO COMERCIO Y DE. Pequeñas y medianas empresas comerciales, de hostelería, de
PLAN PARA EL FOMENTO E IMPULSO DEL PEQUEÑO COMERCIO Y DE LA HOSTELERÍA (2011) REQUISITOS 1.- Requisitos de los beneficiarios de las ayudas Pequeñas y medianas empresas comerciales, de hostelería, de servicios
Más detallesINTRODUCCIÓN A LA DECLARACIÓN RESPONSABLE
INTRODUCCIÓN A LA DECLARACIÓN RESPONSABLE Actividad Comercial Minorista y de Servicios Uno de los aspectos destacados por la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de diciembre
Más detallesReal Decreto-ley 19/2012, de 25 de mayo, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios.
Real Decreto-ley 19/2012, de 25 de mayo, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios. BOE Núm. 126. Sábado 26 de mayo de 2012 Sec. I. Pág. 37933 ANEXO Actividades incluidas
Más detallesMODIFICACIÓN PUNTUAL NORMAS URBANÍSTICAS MU UNICIPALES BO OÑAR (LEÓN) NORMATIVA DEL USO TERCIARIO MADRID MARZO 2017 J. Ernesto Mera Díaz arquitecto
MODIFICACIÓN PUNTUAL NORMAS URBANÍSTICAS MUNICIPALES BOÑAR (LEÓN) NORMATIVA DEL USOO TERCIARIO MADRID MARZO 2017 J. Ernesto Mera Díazz arquitecto MODIFICACIÓN PUNTUAL N.U.M. DE BOÑAR (LEÓN) NORMAS PARTICULARES
Más detallesREGISTRO DE ENTRADA. Ayuntamiento de Sanlúcar de Barrameda
Ayuntamiento de Sanlúcar de Barrameda - REGISTRO DE ENTRADA FECHA: 14/07/2017 14:25:52 Nº: 201799900011534 / Exp: 2017/ALCMOC-28 ID DOCUMENTO: BnvvT6uY1raujHMsxe/+vgej3bk= REGISTRO DE ENTRADA Ayuntamiento
Más detallesINTRODUCCIÓN A LA COMUNICACIÓN PREVIA
INTRODUCCIÓN A LA COMUNICACIÓN PREVIA Uno de los aspectos destacados por la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de diciembre de 2006 relativa a los servicios en el mercado
Más detallesIMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS
1/5 I.C.I.O. IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS DISPOSICIÓN GENERAL El Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras es un Tributo indirecto que se establece de acuerdo con la
Más detallesDeclaración responsable y licencia de actividad Decreto-Ley 2/2016, de 20 de abril, de medidas urgentes para la reactivación de la actividad
Declaración responsable y licencia de actividad Decreto-Ley 2/2016, de 20 de abril, de medidas urgentes para la reactivación de la actividad empresarial y del empleo a través de la liberalización y de
Más detallesCOMERCIALES DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS Página 1 de 9
COMERCIALES DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS Página 1 de 9 SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN (este modelo puede ser utilizado para solicitar la modificación de datos registrales) Los campos marcados con un * deben ser
Más detallesORDENANZA FISCAL NÚM. 3/2008, POR LA QUE SE FIJA LA TASA POR PRESTACION DE SERVICIOS O REALIZACION DE ACTIVIDADES
ORDENANZA FISCAL NÚM. 3/2008, POR LA QUE SE FIJA LA TASA POR PRESTACION DE SERVICIOS O REALIZACION DE ACTIVIDADES. LICENCIA DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS OBJETO DE LA EXACCIÓN (Texto refundido y actualizado)
Más detallesJORNADA INFORMATIVA DECLARACIÓN RESPONSABLE
JORNADA INFORMATIVA DECLARACIÓN RESPONSABLE Madrid 20 de Septiembre de 2012 ÍNDICE Introducción: Qué es una declaración responsable? Tipos y actividades sometidas a declaración responsable Régimen Jurídico
Más detallesNOTA SOBRE LA LEY 12/2012, DE 26 DE DICIEMBRE DE MEDIDAS URGENTES DE LIBERALIZACIÓN DEL COMERCIO Y DE DETERMINADOS SERVICIOS.
NOTA SOBRE LA LEY 12/2012, DE 26 DE DICIEMBRE DE MEDIDAS URGENTES DE LIBERALIZACIÓN DEL COMERCIO Y DE DETERMINADOS SERVICIOS. Autor. Francisco Sánchez Moretón, Secretario-Interventor del Servicio Jurídico
Más detallesDECLARACIÓN RESPONSABLE DE ACTIVIDAD 1. TIPO DE ACTIVIDAD
DECLARACIÓN RESPONSABLE DE ACTIVIDAD 1. TIPO DE ACTIVIDAD Marca con una cruz, una de las siguientes casillas, según el tipo de actividad objeto de la Declaración Responsable: a) Inicio de actividad (Conforme
Más detallesANEXO ACTIVIDADES INCLUIDAS EN EL ÁMBITO DE APLICACIÓN DE LOS CAPÍTULOS II Y IV DE LA LEY 2/2012, DE 12 DE JUNIO, DE DINAMIZACIÓN DE LA ACTIVIDAD
ANEXO ACTIVIDADES INCLUIDAS EN EL ÁMBITO DE APLICACIÓN DE LOS CAPÍTULOS II Y IV DE LA LEY 2/2012, DE 12 DE JUNIO, DE DINAMIZACIÓN DE LA ACTIVIDAD COMERCIAL EN LA COMUNIDAD DE MADRID Las siguientes actividades
Más detallesMiguel Ángel Rubio Ingeniero Técnico Industrial
Miguel Ángel Rubio Ingeniero Técnico Industrial MARCO LEGISLATIVO LEY DEL SUELO ESQUEMA GENERAL PROCEDIMIENTOS AMBIENTALES RECOMENDACIONES BÁSICAS CONCLUSIONES 2 MARCO LEGISLATIVO LEY DEL SUELO ESQUEMA
Más detallesACTIVIDADES SOMETIDAS A DECLARACION RESPONSABLE
ACTIVIDADES SOMETIDAS A DECLARACION RESPONSABLE 1. La apertura de establecimientos para el ejercicio de actividades de servicios incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley 17/2009, de 23 de noviembre,
Más detallesORDENANZA FISCAL: TASA DE OCUPACION DE TERRENOS, MESAS, SILLAS, ETC.
ORDENANZA FISCAL: TASA DE OCUPACION DE TERRENOS, MESAS, SILLAS, ETC. APROBACIÓN PROVISIONAL: Día 21 de octubre de 1999. FECHA PUBLICACIÓN PROVISIONAL: BOP nº 135 de 10 de noviembre de 1999 FECHA PUBLICACIÓN
Más detallesAyuntamiento de Castellón de la Plana Gestión Tributaria
Ayuntamiento de Castellón de la Plana Gestión Tributaria ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS RELACIONADOS CON LA TRAMITACIÓN O AUTORIZACIÓN DE INSTRUMENTOS DE INTERVENCIÓN
Más detallesPROPUESTA DE ORDENANZA MUNICIPAL EN MATERIA DE LICENCIAS PARA DETERMINADAS ACTIVIDADES. Huesca, 18 de julio 2013
PROPUESTA DE ORDENANZA MUNICIPAL EN MATERIA DE LICENCIAS PARA DETERMINADAS ACTIVIDADES Huesca, 18 de julio 2013 MODELO DE ORDENANZA EN WEB DPH. LISTADO DE ACTIVIDADES AFECTADAS MODELOS NORMALIZADOS Esta
Más detallesORDENANZA Nº 404 TASA POR OCUPACION DE TERRENOS DE USO PUBLICO POR MESAS Y SILLAS CON FINALIDAD LUCRATIVA
ORDENANZA Nº 404 TASA POR OCUPACION DE TERRENOS DE USO PUBLICO POR MESAS Y SILLAS CON FINALIDAD LUCRATIVA En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y por el artículo
Más detallesEmprende en 3. Comunicación y Tramitación Electrónica con las Entidades Locales para agilizar los trámites del emprendedor.
Comunicación y Tramitación Electrónica con las Entidades Locales para agilizar los trámites del emprendedor Tipo Documental Documentación Ejecutiva Versión 1.7 Fecha de revisión 20/3/2013 Realizado DGMAPIAE
Más detallesCLASES DE LICENCIAS DE ACTIVIDAD Y PROCEDIMIENTOS DE TRAMITACIÓN
CLASES DE LICENCIAS DE ACTIVIDAD Y PROCEDIMIENTOS DE TRAMITACIÓN AUTORIZACIONES AMBIENTALES (LEY 4/2009 DE PAI. BORM 22 DE MAYO DE 2009) GRUPO I. Autorización Ambiental Integrada GRUPO II. Autorización
Más detallesAJUNTAMENT DE MASSALFASSAR
SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN PARA EL EJERCICIO DE VENTA NO SEDENTARIA D./Dña., con DNI nº, vecino de, provincia de, y domicilio en (C.P. ), en su propio nombre y derecho/en representación de, con DNI/CIF
Más detallesMODELO DE IMPRESO MUNICIPAL
AYUNTAMIENTO DE PUERTOLLANO MODELO DE IMPRESO MUNICIPAL MODELO AC - DREC DECLARACIÓN RESPONSABLE PARA LA APERTURA Y FUNCIONAMIENTO DE ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES MINORISTAS Y PERMANENTES ASI COMO DETERMINADOS
Más detallesAYUNTAMIENTOS. Actividades y servicios
AYUNTAMIENTOS Actividades y servicios Régimen sancionador del incumplimiento de obligaciones derivadas del inicio de actividades sujetas a comunicación previa y a declaración responsable. Antecedente normativo
Más detallesIMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS
1/5 I.C.I.O. IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS DISPOSICIÓN GENERAL El Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras es un Tributo indirecto que se establece de acuerdo con la
Más detallesMAYORISTA Y MOTOR. Mayoristas y Motor. Establecimientos No Especializados ESTABLECIMIENTOS NO ESPECIALIZADOS
Mayoristas y Motor Comercio al por mayor - Motocicletas y ciclomotores - Vehículos de motor - MAYORISTA Y MOTOR Vehículos de motor Motocicletas y ciclomotores Comercio al por mayor 5 Establecimientos No
Más detallesARTICULO 1º.- FUNDAMENTO. ARTICULO 2º.- HECHO IMPONIBLE.- ARTICULO 3º.- BENEFICIOS FISCALES.-
ORDENANZA FISCAL Nº 13, REGULADORA DE LA TASA POR OCUPACIÓN DE TERRENOS DE USO PÚBLICO LOCAL CON MERCANCÍAS, MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN, ESCOMBROS, VALLAS, PUNTALES, ASNILLAS, ANDAMIOS Y OTRAS INSTALACIONES
Más detalles(B.O.P de Guadalajara de 31 de diciembre de 1998) (Modificado artículo 7º, Tarifas. B.O.P.Gu el 16 de octubre de 2013)
ORDENANZA REGULADORA DE TASA POR OCUPACIÓN DE TERRENOS DE USO PÚBLICO LOCAL CON MERCANCIAS, MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN, ESCOMBROS, VALLAS, PUNTALES, ASNILLAS, ANDAMIOS Y OTRAS INSTALACIONES ANÁLOGAS. (B.O.P
Más detallesSimplificación de trámites en el ámbito local: "Declaración Responsable"
Simplificación de trámites en el ámbito local: "Declaración Responsable" Autor: Muñoz Acosta, Amador (Funcionario de Carrera, Policía Local). Público: Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Materia: Policía Local.
Más detallesORDENANZA REGULADORA DE MEDIDAS DE SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA EN MATERIA DE IMPLANTACIÓN DE ACTIVIDADES DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS.
ORDENANZA REGULADORA DE MEDIDAS DE SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA EN MATERIA DE IMPLANTACIÓN DE ACTIVIDADES DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS. (B.O.P. de Guadalajara de 4 de abril de 2012) TÍTULO I. DISPOSICIONES
Más detallesORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR ENTRADAS DE VEHÍCULOS A TRAVÉS DE ACERAS, CALZADAS Y LAS RESERVAS DE VÍA PÚBLICA PARA APARCAMIENTO EXCLUSIVO, PARADA DE VEHÍCULOS, CARGA Y DESCARGA DE MERCANCÍAS
Más detallesJORNADA INFORMATIVA EL PROCEDIMIENTO DE DECLARACION RESPONSABLE PARTE I:
JORNADA INFORMATIVA EL PROCEDIMIENTO DE Madrid 22 de Noviembre de 2012 PROGRAMACION PARTE I: INTRODUCCION LICENCIA URBANISTICA Y ENTIDADES QUE INTERVIENEN EN LA TRAMITACION. PROCEDIMIENTOS PARA LA OBTENCION
Más detallesMINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
Qué es Emprende en 3: Objetivo Emprende en 3 forma parte de un conjunto de iniciativas aprobadas por Acuerdo del Consejo de Ministro del 24 de Mayo de 2013, para impulsar y agilizar los trámites para el
Más detallesORDENANZA FISCAL REGULADORA DE TASA POR LA OCUPACIÓN DE TERRENOS DE USO PÚBLICO LOCAL CON MESAS Y SILLAS CON FINALIDAD LUCRATIVA.
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE TASA POR LA OCUPACIÓN DE TERRENOS DE USO PÚBLICO LOCAL CON MESAS Y SILLAS CON FINALIDAD LUCRATIVA. (B.O.P de Guadalajara de 31 de diciembre de 1998) (Modificado artículo
Más detallesORDENANZA FISCAL NÚMERO 10, REGULADORA DE LA TASA POR LICENCIA DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS.
ORDENANZA FISCAL NÚMERO 10, REGULADORA DE LA TASA POR LICENCIA DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS. ARTICULO 1º.- FUNDAMENTO En ejercicio de la facultad concedida en el art. 106 de la Ley 7/1985, de 2 de Abril,
Más detallesARTÍCULO 1º.- HECHO IMPONIBLE.
ORDENANZA FISCAL Nº 404 TASA POR OCUPACIÓN DE TERRENOS DE USO PÚBLICO POR MESAS, SILLAS, PARASOLES Y OTROS ELEMENTOS DE ORNATO Y FUNCIONALES, ASÍ COMO OTRAS INSTALACIONES ANÁLOGAS CON FINALIDAD LUCRATIVA
Más detallesREAL DECRETO-LEY 19/2012, DE 25 DE MAYO, DE MEDIDAS URGENTES DE LIBERALIZACIÓN DEL COMERCIO Y DE DETERMINADOS SERVICIOS
REAL DECRETO-LEY 19/2012, DE 25 DE MAYO, DE MEDIDAS URGENTES DE LIBERALIZACIÓN DEL COMERCIO Y DE DETERMINADOS SERVICIOS Publicación: Día 26 de mayo de 2012, BOE núm. 126 Entrada en vigor: Día 27 de mayo
Más detallesTASA POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS URBANÍSTICOS Y OTORGAMIENTO DE LICENCIAS URBANÍSTICAS Y DE OBRAS. Fundamento Legal
TASA POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS URBANÍSTICOS Y OTORGAMIENTO DE LICENCIAS URBANÍSTICAS Y DE OBRAS. Fundamento Legal Artículo 1 En uso de las facultadas contenidas en los artículos 133.2 y 142 de la Constitución
Más detallesCIRCULAR INFORMATIVA 4/2012: SOBRE LAS RECIENTES MODIFICACIONES NORMATIVAS CON INCIDENCIA EN LAS ENTIDADES LOCALES.
CIRCULAR INFORMATIVA 4/2012: SOBRE LAS RECIENTES MODIFICACIONES NORMATIVAS CON INCIDENCIA EN LAS ENTIDADES LOCALES. I.-REAL DECRETO-LEY 19/2012, DE 25 DE MAYO, DE MEDIDAS URGENTES DE LIBERALIZACIÓN DEL
Más detallesORDENANZA FISCAL POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS URBANÍSTICOS
Publicada en BOP nº 297 de 24 de diciembre de 2008 ORDENANZA FISCAL POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS URBANÍSTICOS I. Fundamento, Naturaleza y Objeto Artículo 1º. En ejercicio de la potestad tributaria otorgada,
Más detallesComissió de Qualificació i Avaluació Documental (CQAD) Govern de les Illes Balears
TABLA DE EVALUACIÓN DOCUMENTAL TABLA: 42 BOIB: Núm. 27, de 24 de febrero de 2015 Serie documental: B92-Locales de juego: salas de juego, bares, cafeterías y otros establecimientos Función administrativa:
Más detallesAYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA
Normativa municipal ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR OCUPACIÓN DE TERRENOS DE USO PÚBLICO LOCAL CON MESAS, SILLAS Y OTROS ELEMENTOS ANÁLOGOS CON FINALIDAD LUCRATIVA Tipo de Disposición: Ordenanza
Más detallesII.1) Regulación del derecho de acceso a infraestructuras susceptibles de alojar redes públicas de comunicaciones electrónicas.
INFORME DE 27 DE MARZO DE 2018 SOBRE LA RECLAMACIÓN PRESENTADA AL AMPARO DEL ARTÍCULO 28 DE LA LEY 20/2013, DE 9 DE DICIEMBRE, DE GARANTÍA DE LA UNIDAD DE MERCADO, EN RELACIÓN CON LA DENEGACIÓN PRESUNTA
Más detallesAyuntamiento de Arroyomolinos CONCEJALÍA DE URBANISMO Licencias de Obras. DECLARACIÓN RESPONSABLE
Ayuntamiento de Arroyomolinos CONCEJALÍA DE URBANISMO Licencias de Obras. DECLARACIÓN RESPONSABLE SOLICITANTE.... OBRAS........ EMPLAZAMIENTO...... DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO Y DOCUMENTACIÓN: B.- ACTUACIONES
Más detallesAyuntamiento de Vistabella del Maestrat
ANUNCIO APROBACIÓN DEFINITIVA MODIFICACIÓN ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO DE INSTALACIONES, CONSTRUCCIONES Y OBRAS Por la presente, se eleva a definitivo el acuerdo plenario de fecha 4 de abril de 2015,
Más detallesI.- NATURALEZA, OBJETO Y FUNDAMENTO.
ORDENANZA NUM. 08 TASA POR APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS. I.- NATURALEZA, OBJETO Y FUNDAMENTO. Artículo 1º. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 a 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004,
Más detallesORDENANZA FISCAL NUM. 18
Núm.18 ORDENANZA FISCAL NUM. 18 REGULADORA DE LA TASA POR OCUPACION DEL SUELO, SUBSUELO O VUELO DE LAS VIAS PUBLICAS CON RIELES, POSTES, CABLES, PALOMILLAS, CAJAS DE AMARRE, DE DISTRIBUCION O DE REGISTRO,
Más detallesTASA POR LA APERTURA DE CALICATAS O ZANJAS EN TERRENO DE USO PÚBLICO Y CUALQUIER REMOCIÓN DEL PAVIMENTO O ACERAS EN LA VÍA PÚBLICA.
ORDENANZA FISCAL: TASA POR LA APERTURA DE CALICATAS O ZANJAS EN TERRENO DE USO PÚBLICO Y CUALQUIER REMOCIÓN DEL PAVIMENTO O ACERAS EN LA VÍA PÚBLICA. APROBACIÓN PROVISIONAL: Día 21 de octubre de 1999 FECHA
Más detallesORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR OTORGAMIENTO DE LICENCIAS MUNICIPALES DE OCUPACIÓN
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR OTORGAMIENTO DE LICENCIAS MUNICIPALES DE OCUPACIÓN Art. 1. FUNDAMENTO En uso de la facultad que le concede el art., 133.2 de la Constitución Española, y en ejercicio
Más detallesLISTADO DE ACTIVIDADES SUJETAS. Agrupación 45. Industria del calzado y vestido y otras confecciones textiles
INFORMACIÓN SOBRE DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA LAS ACTIVIDADES INCLUIDAS EN EL ÁMBITO DE APLICACIÓN DE LA LEY 12/2012, DE 26 DE DICIEMBRE, DE MEDIDAS URGENTES DE LIBERALIZACIÓN DEL COMERCIO Y DE DETERMINADOS
Más detallesORDENANZA DE LICENCIA AMBIENTAL PARA ACTIVIDADES DEL ANEXO V DE LA LEY DE PREVENCIÓN AMBIENTAL DE CASTILLA Y LEÓN.
ORDENANZA DE LICENCIA AMBIENTAL PARA ACTIVIDADES DEL ANEXO V DE LA LEY DE PREVENCIÓN AMBIENTAL DE CASTILLA Y LEÓN. Artículo 1º.- FUNDAMENTO. De conformidad con lo previsto en los artículos 58.2 y 3 de
Más detallesORDENANZA FISCAL 3-01 ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS
ORDENANZA FISCAL 3-01 ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS Artículo1º.- Hecho Imponible. 1.- Constituye el hecho imponible del impuesto la realización, dentro
Más detallesArtículo 1.- Fundamento y Naturaleza.
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR CONCESIÓN DE LICENCIA AMBIENTAL O COMUNICACIÓN AMBIENTAL Y TASA DE EXPEDICIÓN DE CERTIFICADO DE COMPATIBILIDAD URBANÍSTICA. Artículo 1.- Fundamento y Naturaleza.
Más detalles(SUPUESTOS DE LA LEY 12/2012, DE 26 DE DICIEMBRE) CON O SIN OBRAS (anexo Ley 12/2012, de 26 de diciembre y Superficie venta no superior a 500m2)
DATOS PERSONALES Titular de La actividad Representante DNI/CIF DNI A EFECTOS DE NOTIFICACIÓN: Dirección (C/, Pz/ ) A nº Planta Piso CP Localidad Provincia Teléfono correo electronico: @. ACTIVIDAD QUE
Más detallesORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR LA APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS MEDIANTE COMUNICACIÓN
ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR LA APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS MEDIANTE COMUNICACIÓN ARTÍCULO 1. Fundamento y Naturaleza En uso de las facultades concedidas por el artículo 106 de la Ley 7/1985, de
Más detallesMODELO DE ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO DE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS (I.C.I.O.)
AYUNTAMIENTO DE MARTÍN MIGUEL SEGOVIA MODELO DE ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO DE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS (I.C.I.O.) ARTÍCULO 1. Fundamento Legal Esta Entidad Local, en uso de las
Más detallesO R D E N A N Z A Núm. 9
A Y U N T A M I E N T O D E VILLA DEL PRADO Año 2017 O R D E N A N Z A Núm. 9 MESAS Y SILLAS Artículo 1 TASA POR OCUPACION DE TERRENOS DE USO PUBLICO CON MESAS, SILLAS, TRIBUNAS, TABLADOS Y OTROS ELEMENTOS
Más detallesIV. Administración Local
núm. 270 de 22-xi-2017 1/5 IV. Administración Local Ayuntamientos De Gijón Resolución. Aprobación de los servicios y formularios s para la efectiva implantación de la Instrucción 1/2017, que establece
Más detallesORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR OCUPACIÓN DE TERRENOS DE USO PÚBLICO CON VALLAS, ESCOMBROS, ANDAMIOS, CONTENEDORES Y OTRAS INSTALACIONES ANÁLOGAS
ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR OCUPACIÓN DE TERRENOS DE USO PÚBLICO CON VALLAS, ESCOMBROS, ANDAMIOS, CONTENEDORES Y OTRAS INSTALACIONES ANÁLOGAS B.O.P.: ANUNCIO NÚMERO 7800 - BOLETÍN NÚMERO 248 (MARTES,
Más detallesArtículo 1º. Naturaleza y Hecho Imponible.
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS CON MOTIVO DE LA APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS PARA EL EJERCICIO DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS. En uso se las facultades
Más detallesORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR EXPEDICION DE LICENCIAS URBANISTICAS
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR EXPEDICION DE LICENCIAS URBANISTICAS Artículo 1º.- Fundamento y naturaleza En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 1421 de la Constitución
Más detalles1. DECLARACIÓN RESPONSABLE SEGÚN EL TIPO DE ACTIVIDAD
DECLARACIÓN RESPONSABLE DE ACTIVIDAD (Decreto-Ley 2/2016, de 20 de abril, de medidas para la reactivación de la actividad empresarial y de empleo a través de la liberalización y de la supresión de cargas
Más detallesEXCMO. AYUNTAMIENTO Constantina: Historia y Naturaleza DE CONSTANTINA (Sevilla) N.R.E.L
EXCMO. AYUNTAMIENTO Constantina: Historia y Naturaleza DE CONSTANTINA 41450 (Sevilla) N.R.E.L. - 01410331 ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR LICENCIAS DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS Artículo 1º.- Fundamentos
Más detallesORDENANZA FISCAL Nº 18
ORDENANZA FISCAL Nº 18 REGULADORA DE LA TASA POR LOS USOS PRIVATIVOS Y APROVECHAMIENTOS ESPECIALES DERIVADOS DE LA OCUPACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA CON QUIOSCOS. Artículo 1º I.- OBJETO Y FUNDAMENTO JURIDICO
Más detallesORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR OTORGAMIENTO DE LICENCIA DE PRIMERA OCUPACIÓN U UTILIZACIÓN DE CONSTRUCCIONES E INSTALACIONES ÍNDICE
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR OTORGAMIENTO DE LICENCIA DE PRIMERA OCUPACIÓN U UTILIZACIÓN DE CONSTRUCCIONES E INSTALACIONES ÍNDICE ARTÍCULO 1. FUNDAMENTO LEGAL. ARTÍCULO 2. HECHO IMPONIBLE.
Más detallesANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO DE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS (I.C.I.O.)
ANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVA Al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de este Ayuntamiento,
Más detalles1.- INTRODUCCIÓN 2.- REFERENCIAS LEGISLATIVAS
1.- INTRODUCCIÓN El Real Decreto 1591/2009, de 16 de octubre, por el que se regulan los productos sanitarios (B.O.E. 6.11.2009), establece, en su artículo 9, la necesidad de licencia previa de las entidades
Más detallesDECLARACIÓN RESPONSABLE DE ACTIVIDAD 1. DECLARACIÓN RESPONSABLE SEGÚN EL TIPO DE ACTIVIDAD
DECLARACIÓN RESPONSABLE DE ACTIVIDAD Ayuntamiento de Alcantarilla (Decreto-Ley 2/2016, de 20 de abril, de medidas para la reactivación de la actividad empresarial y de empleo a través de la liberalización
Más detallesORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LICENCIAS MUNICIPALES DE OCUPACIÓN
Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Licencias Municipales de Ocupación Expediente nº: 2461/2012 Asunto: Modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Licencias Municipales de Ocupación.
Más detallesORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACION DE SERVICIOS RELATIVOS A LAS ACTUACIONES URBANISTICAS
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACION DE SERVICIOS RELATIVOS A LAS ACTUACIONES URBANISTICAS ARTICULO 1.- FUNDAMENTO Y NATURALEZA En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2
Más detallesDECLARACIÓN RESPONSABLE
ANEXO III. MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DECLARACIÓN RESPONSABLE PARA IMPLANTACIÓN O MODIFICACIÓN DE ACTIVIDADES DE COMERCIO MINORISTA Y DETERMINADOS SERVICIOS EN ESTABLECIMIENTOS EN BEMANAUREL (En
Más detallesORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR EL OTORGAMIENTO DE LICENCIAS URBANÍSTICAS
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR EL OTORGAMIENTO DE LICENCIAS URBANÍSTICAS Artículo 1 I. NATURALEZA Y FUNDAMENTO En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución
Más detallesAYUNTAMIENTO DE AINSA-SOBRARBE Fecha de impresión 28/01/ :42:00
ORDENANZA FISCAL 5 REGULADORA DE LA TASA DE EXPEDICIÓN DE LICENCIA AMBIENTAL DE ACTIVIDAD CLASIFICADA Y ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS DE CONTROL POR PRESENTACIÓN DE DECLARACIÓN RESPONSABLE O COMUNICACIÓN
Más detallesORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS URBANÍSTICOS
ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS URBANÍSTICOS ORDENANZA Nº 3.1. Artículo 1. Fundamento y naturaleza 1. En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la
Más detallesORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR EL OTORGAMIENTO DE LA LICENCIA DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTO.
ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR EL OTORGAMIENTO DE LA LICENCIA DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTO. ARTÍCULO 1º. FUNDAMENTO Y NATURALEZA. En uso de las facultades concedidas por el artículo 106 de la Ley
Más detallesAYUNTAMIENTO DE CEBREROS
AYUNTAMIENTO DE CEBREROS ORDENANZA FISCAL NÚMERO 2, REGULADORA DEL IMPUESTO DE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS (I.C.I.O.) ARTÍCULO 1. Fundamento Legal El Ayuntamiento de Cebreros, en uso de las facultades
Más detallesRESUMEN (28) CONTRATACIÓN PÚBLICA Gestión de Residuos
RESUMEN (28) CONTRATACIÓN PÚBLICA Gestión de Residuos Un operador informa que, una de las cláusulas del pliego de condiciones técnicas del procedimiento relativo a la licencia de uso común especial para
Más detallesO R D E N A N Z A Núm.16
A Y U N T A M I E N T O D E LA VILLA DE ARAFO Año 2009 O R D E N A N Z A Núm.16 MESAS Y SILLAS Aprobación inicial Pleno de fecha 20/11/08 Publicación aprobación inicial en el BOP. 231 Publicación texto
Más detallesIAE ACTIVIDAD ECONÓMICA MAGNITUDES EXCLUYENTES ESPECÍFICAS
IAE ACTIVIDAD ECONÓMICA MAGNITUDES EXCLUYENTES ESPECÍFICAS 419.1 Industrias del pan y de la bollería. 419.2 Industrias de la bollería, pastelería y galletas. 419.3 Industrias de elaboración de masas fritas.
Más detallesORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR OCUPACIÓN DEL DOMINIO PÚBLICO CON MESAS, SILLAS, VELADORES Y ELEMENTOS ANÁLOGOS
ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR OCUPACIÓN DEL DOMINIO PÚBLICO CON MESAS, SILLAS, VELADORES Y ELEMENTOS ANÁLOGOS ARTÍCULO 1. Fundamento y Naturaleza En uso de las facultades concedidas por los artículos
Más detallesConvenio de colaboración con Caja de Extremadura
Convenios bancarios La Federación Empresarial Cacereña y la Asociación de Empresarios del Comercio de Cáceres, han firmado acuerdos de colaboración con Caja de Extremadura, La Caixa y el Banco Santander
Más detallesAYUNTAMIENTO DE NUMANCIA DE LA SAGRA
ORDENANZA FISCAL NÚMERO 25 REGULADORA DE LA TASA POR INSTALACIÓN DE FUNDAMENTO LEGAL Artículo 1º.- Ejercitando la facultad reconocida en el artículo 106 de la Ley 7 de 1.985 de 2 de Abril, y de acuerdo
Más detallesANEXO I ACTIVIDADES INOCUAS
ANEXO I ACTIVIDADES INOCUAS A) Se considerarán actividades inocuas las que a continuación se relacionan y otras análogas, siempre que no superen los límites particulares establecidos para cada una de ellas
Más detalles