REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS DEL MUNICIPIO DE IRAPUATO, GTO. Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS DEL MUNICIPIO DE IRAPUATO, GTO. Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato"

Transcripción

1 REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS DEL MUNICIPIO DE IRAPUATO, GTO. Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato AÑO LXXXIX TOMO CXL GUANAJUATO, GTO., 8 DE OCTUBRE DEL 2002 NÚMERO 120 REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS DEL MUNICIPIO DE IRAPUATO, GTO. 33 El Ciudadano Arq. José Ricardo Ortíz Gutiérrez, Presidente del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Irapuato, estado de Guanajuato, a los habitantes del mismo, hago saber: Que el H. Ayuntamiento Constitucional que presido, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 115, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 117, fracción I de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato; 69, fracción I, inciso b) y 202 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, en sesión número 62, ordinaria, de fecha 20 de agosto del año 2002, aprobó el siguiente: REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS DEL MUNICIPIO DE IRAPUATO, GTO. TÍTULO PRIMERO CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- El presente reglamento es de interés público y de observancia general en el territorio del Municipio de Irapuato, Guanajuato. Artículo 2.- Las disposiciones del presente reglamento tienen por objeto establecer las bases y principios conforme a las cuales se llevara a cabo el otorgamiento de las becas que el H. Ayuntamiento del Municipio de Irapuato asigna conforme al Presupuesto Anual aprobado, a propuesta de la Comisión de Educación, Cultura, Recreación y Deporte. Artículo 3.- Para los efectos del presente reglamento, se entenderá por: I. Reglamento.- El Reglamento para el Otorgamiento de Becas para el Municipio de Irapuato, Guanajuato. Comisión.- La Comisión de Educación, Cultura, Recreación y Deporte del H. Ayuntamiento. (Reformada, P.O. 07 de Junio del 2005.) 1

2 I IV. Dirección General.- La Dirección General de Educación, Cultura y Deporte. (Reformada, P.O. 07 de Junio del 2005.) Coordinación.- La Coordinación de Fomento Cívico Educativo. V. Beca.- Apoyo económico que brinda el Municipio a los estudiantes calificados, en los términos fijados por el H. Ayuntamiento y el presente reglamento. VI. Becario.- Beneficiario de una Beca Municipal. TÍTULO SEGUNDO DEL SISTEMA DE BECAS MUNICIPALES CAPÍTULO PRIMERO DE LOS TIPOS DE BECAS Artículo 4.- El H. Ayuntamiento otorgará los siguientes tipos de Becas Escolares: I. Beca Municipal.- A aquellas personas que se encuentren dentro de los supuestos señalados por el artículo 6 del presente reglamento; y, Becas Especiales Municipales.- A aquellas personas que se encuentren dentro de los supuestos señalados por el artículo 7 del presente reglamento. CAPÍTULO SEGUNDO DE LOS SUJETOS AL SISTEMA DE BECAS MUNICIPALES Artículo 5.- Las becas podrán otorgarse: I. A los alumnos que cursen o estén inscritos en 2 de primaria en adelante, que reúnan los requisitos señalados por el artículo 6 de este reglamento; y, A las personas que tengan algún tipo de capacidad diferente siempre y cuando reúnan los requisitos señalados por el artículo 7 de este reglamento. Artículo 6.- En todos los casos, los requisitos para acceder a una Beca Municipal son: I. Haber obtenido un promedio mínimo de calificaciones escolares en el ciclo anterior de 9.0 (nueve punto cero.); No estar recibiendo el beneficio de otras becas o ayudas económicas de otros programas, ya sean municipales, estatales, federales o particulares; y, 2

3 I Entregar en tiempo y forma la solicitud debidamente requisitada en la Dirección General, anexando los documentos que se soliciten. Artículo 7.- Los requisitos para acceder a una Beca Especial Municipal son: I. Tener algún tipo de capacidad diferente; Estar inscrito en el sistema educativo, ya sea oficial o privado; I Cumplir con el promedio mínimo de calificaciones escolares en el ciclo anterior de 8.0 (ocho punto cero), preferentemente; y, (Reformada, P.O. 07 de Junio del 2005.) IV. Entregar en tiempo y forma la solicitud debidamente requisitada en la Dirección, anexando los documentos que se soliciten. Artículo 8.- Dentro del programa de becas municipales, los hijos de los empleados sindicalizados de este municipio, en los términos del contrato colectivo podrán acceder a este beneficio una vez cumplidos los requisitos señalados en los artículos 6 ó 7 fracciones II, III y IV de este reglamento. TÍTULO TERCERO CAPÍTULO PRIMERO DE LAS ATRIBUCIONES DE LA DIRECCIÓN Y DE LA COORDINACIÓN RESPECTO DEL OTORGAMIENTO DE BECAS MUNICIPALES. Artículo 9.- Son atribuciones de la Dirección General: I. Publicar la convocatoria que contendrá las bases y requisitos que deberán reunir los solicitantes de una beca escolar así como la calendarización de fechas del proceso; I IV. Informar con toda puntualidad a la Comisión sobre las etapas del proceso de otorgamiento de becas; Turnar a la Comisión los datos completos de los solicitantes ocultando únicamente el nombre del interesado, así como la lista de becarios que reúnan los requisitos para la renovación de beca; Recabara de la Tesorería Municipal en tiempo y forma, los recursos económicos que se requieran para la entrega en efectivo de las becas; y, V. Publicar la lista de los becarios en los términos del artículo 28 de este reglamento. 3

4 Artículo 10.- Son atribuciones de la Coordinación: I. Entregar y recibir las solicitudes de beca a los interesados; I IV. Asesorar al solicitante en caso de que requiera ayuda para el correcto llenado de la solicitud; Comprobar la veracidad de los datos de los solicitantes que ingresen por primera vez al sistema de becas municipales, consignados en la solicitud mediante entrevista y/o cualquier otro medio; y, Elaborar la base de datos de los solicitantes, que la Dirección turnará en su momento a la Comisión. CAPÍTULO SEGUNDO DE LAS ATRIBUCIONES DE LA COMISIÓN RESPECTO DEL OTORGAMIENTO DE BECAS Artículo 11.- Son atribuciones de la Comisión: I. Vigilar que las etapas del proceso de otorgamiento de becas municipales, se lleve a cabo de conformidad con lo establecido en el presente ordenamiento; I Evaluar las solicitudes de becas, de acuerdo con lo señalado en el presente reglamento; Calificar las solicitudes de acuerdo con los principios de equidad y justicia y ordenarlas en relación al puntaje obtenido en la evaluación, proponiendo la asignación de becas hasta el límite del presupuesto autorizado; IV. Aprobar los formatos para nuevos becarios, renovación y becas especiales; y, (Adicionada, P.O. 08 de Agosto de 2003.) V. En caso de existir remanente en el presupuesto anual autorizado para becas, es atribución de la Comisión, otorgar becas extraordinarias a aquellos alumnos que teniendo un promedio de 8.00 (ocho punto cero), estén en precaria situación económica. (Adicionada, P.O. 07 de Junio del 2005.) TÍTULO CUARTO DEL PROCESO PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS MUNICIPALES. CAPÍTULO PRIMERO GENERALIDADES 4

5 Artículo 12.- El proceso de otorgamiento de las becas municipales tendrá dos etapas: (Párrafo Reformado, P.O. 08 de Agosto de 2003.) I. La primera, estará a cargo de la Dirección General y comprenderá desde la publicación de la convocatoria hasta la recepción de solicitudes y su entrega a la Comisión; I La segunda, será llevada a cabo por la Comisión y comprenderá desde el estudio y evaluación de las solicitudes hasta la propuesta a través de un dictamen; y, DEROGADA. (Derogada, P.O. 08 de Agosto de 2003.) CAPÍTULO SEGUNDO DE LA CONVOCATORIA Artículo 13.- La primera etapa del proceso del otorgamiento de becas municipales de Irapuato, se iniciará con la publicación de una convocatoria emitida por la Dirección General, misma que deberá publicarse durante 10 días hábiles, en las instalaciones de la presidencia municipal y en los principales medios de comunicación escrita en este municipio durante el mes de junio de cada año. Artículo 14.- La convocatoria para el otorgamiento de las becas municipales deberá contener los siguientes requisitos: I. Objeto de la convocatoria; I IV. Sujetos a quienes va dirigida; Autoridad encargada de otorgar y recibir las solicitudes; Lugar en donde se entregarán y recibirán las solicitudes; V. Los requisitos que deben reunir las solicitudes y, VI. La fecha límite para la presentación de las solicitudes. CAPÍTULO TERCERO DE LAS SOLICITUDES Artículo 15.- Una vez concluido el término al cual se refiere el artículo 13 de este reglamento, la coordinación procederá a entregar las formas de solicitud de beca en sus oficinas. 5

6 Artículo 16.- Solamente se aceptará una forma de solicitud por familia/alumno, la que será entregada en forma personal por los interesados. Artículo 17.- Los requisitos que deberá llevar la solicitud, son los siguientes: I. Deberá ser llenada a tinta con letra de molde o a máquina debiendo contestar todas las preguntas, la que deberá contener los siguientes datos: a) Nombre y apellidos del solicitante; b) Dirección, colonia o comunidad; c) Número telefónico o lugar en que se le pueda localizar; d) Nombre de los padres o tutores; e) Ocupación de los padres o tutores; y, f) Los demás datos que aclaren su estado económico y justifiquen la solicitud. Deberán anexarse a la solicitud, original y copia fotostática de los siguientes documentos: a) Copia del acta de nacimiento del interesado; (Inciso reformado, P.O. 08 de Agosto de 2003.) b) Dos fotografías tamaño infantil; c) Comprobante reciente de domicilio (recibo de agua, teléfono, predial, credencial de elector, etc.); d) Comprobante de ingresos del Padre o Tutor, o bien carta de ingresos; (Inciso reformado, P.O. 08 de Agosto de 2003.) e) Copia del comprobante de estudios con el promedio de calificaciones del ciclo anterior expedida por la institución educativa; y, (Inciso reformado, P.O.08 de Agosto de 2003.) f) DEROGADO. (Derogado, P.O. 08 de Agosto de 2003.) I Deberán anexarse a la solicitud de becas especiales municipales los siguientes documentos: a) Copia del acta de nacimiento del interesado; y, b) Copia del comprobante de estudios con el promedio de calificaciones o carta de calificaciones del ciclo anterior expedida por la institución educativa. 6

7 (Fracción adicionada, P.O. 08 de Agosto de 2003.) Artículo 18.- A los becarios que mantengan las condiciones de otorgamiento de beca y cuya justificación económica continúe, se les refrendará en forma automática este beneficio, debiendo de cualquier forma, presentar la documentación requerida en tiempo y forma. Artículo 19.- La solicitud deberá ser entregada dentro del periodo fijado por la Dirección General en la convocatoria. En ningún caso se aceptarán solicitudes fuera del tiempo acordado por la Dirección. Artículo 20.- Una vez agotado el tiempo de recepción de solicitudes y documentos, la coordinación procederá a elaborar la base de datos, misma que se turnará en dispositivos electromagnéticos y de manera impresa a la Comisión con los datos completos de los solicitantes reservándose únicamente el nombre para que pueda realizar la evaluación. Para efectos de renovación de becas, la Dirección General presentará a la Comisión la lista de becarios que se encuentran en dicho supuesto para que en el caso de reunir los requisitos, se autorice en sus términos. CAPÍTULO CUARTO DE LA EVALUACIÓN DE LAS SOLICITUDES. Artículo 21.- La Comisión, una vez recibidas las solicitudes, las evaluará individualmente bajo los criterios que conforme a la puntuación correspondan de acuerdo a la siguiente tabla: a) Salario que perciba el jefe de familia: 1. Salario menor y hasta un salario mínimo vigente: 20 puntos; 2. Más de un salario mínimo y hasta dos salarios mínimos: 15 puntos; 3. Más de dos salarios mínimos y hasta tres salarios mínimos: 10 puntos; 4. Más de tres salarios mínimos y hasta cuatro salarios mínimos: 5 puntos; y, 5. Más de cuatro salarios mínimos: 0 puntos. b) Número de dependientes: 1. Más de 5 dependientes del jefe de familia: 10 puntos; y, 2. Menos de cinco dependientes: 5 puntos. 7

8 c) Si el jefe de familia es la madre, y ésta es viuda, madre soltera, divorciada, abandonada o el solicitante es huérfano: 10 puntos. d) Si el jefe de familia es desempleado o trabaja eventualmente: 10 puntos. e) Si la familia vive en el medio rural o suburbano: 5 puntos. f) Si la familia vive en el medio urbano: 2 puntos. g) Si la vivienda es rentada o hipotecada: 5 puntos. h) Si la vivienda es propia o no paga renta: 3 puntos. i) Promedio escolar. 1. De 9.0 a 9.1 de calificación: 1 punto; 2. De 9.2 a 9.3 de calificación: 3 puntos; 3. De 9.4 a 9.5 de calificación: 5 puntos; 4. De 9.6 a 9.7 de calificación: 7 puntos; 5. De 9.8 a 9.9 de calificación: 9 puntos; y, 6. Promedio de 10: 10 puntos. (Inciso adicionado, P.O. 08 de Agosto de 2003) Artículo 22.- En el caso de puntuaciones iguales, será el mayor promedio escolar el referente a considerar para el otorgamiento de la beca. Artículo 23.- Una vez que se han calificado las solicitudes, se ordenará la base de datos en relación a los puntos de evaluación, proponiéndose las becas para la autorización del H. Ayuntamiento, hasta agotar el presupuesto asignado para tal fin. CAPÍTULO QUINTO DE LA ENTREGA DE LAS BECAS Artículo 24.- La Comisión levantará la minuta y emitirá el dictamen correspondiente, en el cual se especificará quienes son los beneficiarios de las becas municipales. Dicho dictamen se turnará a la Dirección General para que continúe con los trámites correspondientes fijando la fecha, lugar y hora para la entrega de las becas. (Reformado, P.O. 08 de Agosto de 2003.) Artículo 25.- La entrega de las becas se hará en tres emisiones, dos cuatrimestrales y una última trimestral por los periodos Septiembre-Diciembre; Enero-Abril y Mayo-Julio; realizándose 8

9 efectivamente las mismas en el último mes de cada uno de los periodos señalados, es decir, en los meses de Diciembre, Abril y Julio, respectivamente. Artículo 26.- La Dirección General publicará la lista de becarios en los principales Diarios de la ciudad y tableros de la Presidencia Municipal, indicando la fecha, lugar y hora para recoger el importe de la beca. Artículo 27.- Los becarios que no acudan a recoger su beca en tiempo y forma perderán este beneficio, otorgándosela a otros solicitantes que según el orden de la lista en derecho corresponda. Artículo 28.- El recurso del mes de Agosto y el remanente de becas no cobradas, si fuera el caso, se aplicarán a las becas especiales, las cuales consistirán en una única exhibición que se pagará en el mes de Diciembre. TÍTULO QUINTO DE LOS MEDIOS DE IMPUGNACIÓN CAPÍTULO PRIMERO DE LAS INCONFORMIDADES Artículo 29.- Las inconformidades que tengan que hacer valer los ciudadanos contra los actos y resoluciones de cualquiera de las autoridades señaladas en este reglamento, se tramitarán mediante el recurso de inconformidad, en los términos establecidos en la Ley Orgánica Municipal. T R A N S I T O R I O S Artículo Único.- El presente reglamento entrará en vigor al cuarto día al de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado. POR LO TANTO, CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 70, FRACCIONES I Y VI Y 205 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO, MANDO SE IMPRIMA, PUBLIQUE, CIRCULE Y SE LE DÉ EL DEBIDO CUMPLIMIENTO. DADO EN LA CASA MUNICIPAL DE IRAPUATO, ESTADO DE GUANAJUATO, A LOS 20 DÍAS DEL MES DE AGOSTO DE 2002 DOS MIL DOS. ARQ. JOSÉ RICARDO ORTÍZ GUTIÉRREZ PRESIDENTE MUNICIPAL LIC. JOSÉ LUIS VICENTE PLIEGO HERNÁNDEZ SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO (RÚBRICAS) NOTA: A CONTINUACIÓN SE TRANSCRIBEN LOS ARTÍCULOS TRANSITORIOS DE LOS ACUERDOS DE REFORMAS AL PRESENTE REGLAMENTO. 9

10 (P.O. 08 DE AGOSTO DEL 2003) Artículo Único.- Las reformas, adiciones y derogaciones contenidas en el presente Acuerdo, entrarán en vigor al cuarto día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado. (P. O. DE 7 DE JUNIO DEL 2005) Artículo Único.- Las reformas y adiciones contenidas en el presente Acuerdo, entrarán en vigor al cuarto día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Guanajuato. 10

TITULO PRIMERO CAPITULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES

TITULO PRIMERO CAPITULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS DEL MUNICIPIO DE IRAPUATO, GTO. AÑO LXXXIX TOMO CXL GUANAJUATO, GTO., 8 DE OCTUBRE DEL 2002 NUMERO 120 SEGUNDA PARTE PRESIDENCIA MUNICIPAL - IRAPUATO, GTO. REGLAMENTO

Más detalles

Reglamento para el Otorgamiento de Becas Municipales en San José Iturbide, Gto. 29 AGOSTO 2003

Reglamento para el Otorgamiento de Becas Municipales en San José Iturbide, Gto. 29 AGOSTO 2003 Reglamento para el Otorgamiento de Becas Municipales en San José Iturbide, Gto. 29 AGOSTO 2003 AÑO XC TOMO CXLI GUANAJUATO, GTO., A 29 DE AGOSTO DEL 2003 NUMERO 138 SEGUNDA PARTE PRESIDENCIA MUNICIPAL

Más detalles

REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE TECOMÁN,

REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE TECOMÁN, Tomo 92 Colima, Col., Sábado 30 de Junio del año 2007; Núm. 29; pág. 2. DEL GOBIERNO MUNICIPAL H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE TECOMÁN, COL. REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS DEL GOBIERNO MUNICIPAL

Más detalles

COPIA SIN VALOR LEGAL

COPIA SIN VALOR LEGAL P ERIODICO OFICIAL DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MICHOACAN DE OCAMPO Fundado en 1867 Las leyes y demás disposiciones son de observancia obligatoria por el solo hecho de publicarse en este periódico.

Más detalles

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE BECAS ECONOMICAS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE SINALOA

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE BECAS ECONOMICAS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE SINALOA REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE BECAS ECONOMICAS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE SINALOA TEXTO ORIGINAL. Reglamento publicado en el Periódico Oficial del Estado de Sinaloa, el miércoles 25 de octubre de 2006. Lic.

Más detalles

PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL NÚM. EXT. 333 DE FECHA 9 DE OCTUBRE DE 2008.

PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL NÚM. EXT. 333 DE FECHA 9 DE OCTUBRE DE 2008. PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL NÚM. EXT. 333 DE FECHA 9 DE OCTUBRE DE 2008. GOBIERNO DEL ESTADO UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DEL CENTRO DE VERACRUZ El Honorable Consejo Directivo de la Universidad Tecnológica

Más detalles

REGLAMENTO DE ADQUISICIONES DE BIENES Y CONTRATACIÓN DE SERVICIOS PARA EL MUNICIPIO DE SILAO, GTO.

REGLAMENTO DE ADQUISICIONES DE BIENES Y CONTRATACIÓN DE SERVICIOS PARA EL MUNICIPIO DE SILAO, GTO. REGLAMENTO DE ADQUISICIONES DE BIENES Y CONTRATACIÓN DE SERVICIOS PARA EL MUNICIPIO DE SILAO, GTO. Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato. Año LXXXIX Tomo CXL Guanajuato, Gto., a 3 de

Más detalles

Gobierno del Estado de Morelos. Consejería Jurídica

Gobierno del Estado de Morelos. Consejería Jurídica Gobierno del Estado de Morelos Consejería Jurídica REGLAMENTO PARA OTORGAR BECAS DEL H. AYUNTAMIENTO DE TEMOAC. Fecha de Aprobación 2005/07/1 Fecha de Publicación 2005/07/27 Fecha de Vigencia 2005/07/28

Más detalles

Reglamento de Pensiones y Jubilaciones para los Trabajadores del Municipio de Silao, Gto. 07 JUNIO 2002

Reglamento de Pensiones y Jubilaciones para los Trabajadores del Municipio de Silao, Gto. 07 JUNIO 2002 Reglamento de Pensiones y Jubilaciones para los Trabajadores del Municipio de Silao, Gto. 07 JUNIO 2002 AÑO LXXXIX TOMO CXL GUANAJUATO, GTO., A 7 DE JUNIO DEL 2002 NUMERO 68 SEGUNDA PARTE PRESIDENCIA MUNICIPAL

Más detalles

REGLAMENTO DE BECAS DE LOS ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DEL SUR DE SONORA

REGLAMENTO DE BECAS DE LOS ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DEL SUR DE SONORA CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- La Universidad Tecnológica del Sur de Sonora, por el presente ordenamiento establecerá y regulará la forma para otorgar apoyos económicos denominados becas.

Más detalles

COLEGIO LIBRE DE ESTUDIOS UNIVERSITARIOS DE CAMPUS OAXACA DEPARTAMENTO ACADEMICO CONVOCATORIA DE BECAS

COLEGIO LIBRE DE ESTUDIOS UNIVERSITARIOS DE CAMPUS OAXACA DEPARTAMENTO ACADEMICO CONVOCATORIA DE BECAS COLEGIO LIBRE DE ESTUDIOS UNIVERSITARIOS DE CAMPUS OAXACA DEPARTAMENTO ACADEMICO CONVOCATORIA DE BECAS PARA PARTICIPAR EN EL PROCESO DE SELECCIÓN DE BECARIOS DE ESCUELAS PARTICULARES. CON FUNDAMENTO EN

Más detalles

Reglamento Interno de Préstamos para el Personal del Municipio de Huanimaro, Gto 27ENERO 2004

Reglamento Interno de Préstamos para el Personal del Municipio de Huanimaro, Gto 27ENERO 2004 Reglamento Interno de Préstamos para el Personal del Municipio de Huanimaro, Gto 27ENERO 2004 AÑO XCI TOMO CXLII GUANAJUATO, GTO., A 15 DE JUNIO DEL 2004 NUMERO 96 SEGUNDA PARTE PRESIDENCIA MUNICIPAL -

Más detalles

Reglamento Interno de Préstamos del Municipio de Tarandacuao, Gto. 28 SEPTIEMBRE 2001

Reglamento Interno de Préstamos del Municipio de Tarandacuao, Gto. 28 SEPTIEMBRE 2001 Reglamento Interno de Préstamos del Municipio de Tarandacuao, Gto. 28 SEPTIEMBRE 2001 AÑO LXXXVIII TOMO CXXXIX GUANAJUATO, GUANAJUATO A 28 DE SEPTIEMBRE DE 2001 NÚMERO 78 PRESIDENCIA MUNICIPAL - TARANDACUAO

Más detalles

Reglamento para el nombramiento de Delegados Municipales en el Municipio de Santa Catarina, Gto. 22 DICIEMBRE 2003

Reglamento para el nombramiento de Delegados Municipales en el Municipio de Santa Catarina, Gto. 22 DICIEMBRE 2003 Reglamento para el nombramiento de Delegados Municipales en el Municipio de Santa Catarina, Gto. 22 DICIEMBRE 2003 AÑO XC TOMO CXLI GUANAJUATO, GTO., A 22 DE DICIEMBRE DEL 2003 203 NUMERO ORDINARIO PRESIDENCIA

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DE LA JUNTA DE RECLUTAMIENTO PARA EL MUNICIPIO DE SALAMANCA, GUANAJUATO. Periódico Oficial del Gobierno del Estado.

REGLAMENTO INTERNO DE LA JUNTA DE RECLUTAMIENTO PARA EL MUNICIPIO DE SALAMANCA, GUANAJUATO. Periódico Oficial del Gobierno del Estado. REGLAMENTO INTERNO DE LA JUNTA DE RECLUTAMIENTO PARA EL MUNICIPIO DE SALAMANCA, GUANAJUATO. Periódico Oficial del Gobierno del Estado Año XCV Tomo CXLVI Guanajuato, Gto., a 17 de Octubre del 2008 Segunda

Más detalles

INSTRUCCIONES DE LLENADO: ANTES DE LLENAR ESTA SOLICITUD CON LETRA DE MOLDE, LEA CUIDADOSAMENTE EL REVERSO. NOMBRE COMPLETO DEL SOLICITANTE:

INSTRUCCIONES DE LLENADO: ANTES DE LLENAR ESTA SOLICITUD CON LETRA DE MOLDE, LEA CUIDADOSAMENTE EL REVERSO. NOMBRE COMPLETO DEL SOLICITANTE: TODOS LOS TRÁMITES DE BECA, ASI COMO LA SOLICITUD, SON GRATUITOS Y EN NINGÚN CASO SU GESTIÓN U OTORGAMIENTO PODRÁ CONDICIONARSE A PAGO, REMUNERACIÓN O DÁDIVA. PEGUE FOTOGRAFIA RECIENTE DEL SOLICITANTE

Más detalles

REGLAMENTO DEL CONSEJO CONSULTIVO MUNICIPAL DE DESARROLLO ECONÓMICO DEL MUNICIPIO DE VALLE DE SANTIAGO, GTO.

REGLAMENTO DEL CONSEJO CONSULTIVO MUNICIPAL DE DESARROLLO ECONÓMICO DEL MUNICIPIO DE VALLE DE SANTIAGO, GTO. REGLAMENTO DEL CONSEJO CONSULTIVO MUNICIPAL DE DESARROLLO ECONÓMICO DEL MUNICIPIO DE VALLE DE SANTIAGO, GTO. Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato. Año XCI Tomo CXLII Guanajuato, Gto.,

Más detalles

El Ciudadano Juan Manuel Guzmán Ramírez, Presidente Municipal de Moroleón, Estado de Guanajuato, a los habitantes del mismo, hago saber:

El Ciudadano Juan Manuel Guzmán Ramírez, Presidente Municipal de Moroleón, Estado de Guanajuato, a los habitantes del mismo, hago saber: El Ciudadano Juan Manuel Guzmán Ramírez, Presidente Municipal de Moroleón, Estado de Guanajuato, a los habitantes del mismo, hago saber: Que el Honorable Ayuntamiento Constitucional que presido, en ejercicio

Más detalles

C O N V O C A B A S E S

C O N V O C A B A S E S CE:203/F/083/17 BECAS DE El Gobierno del Estado de México a través del Consejo Mexiquense de Ciencia y Tecnología (Comecyt), con fundamento en lo establecido en los numerales 5, 5.1, 5.2, 8 y 8.1 fracción

Más detalles

Comisión Nacional Mixta de Becas Reglamento de Becas

Comisión Nacional Mixta de Becas Reglamento de Becas INDICE CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES. CAPÍTULO II DE LOS REQUISITOS PARA LA ASIGNACIÓN DE LA BECA DE APROVECHAMIENTO ESCOLAR. CAPÍTULO III DE LOS REQUISITOS PARA LA ASIGNACIÓN DE LA BECA DE EXCELENCIA

Más detalles

Lineamiento Interno para Apoyos a Grupos Vulnerables Grupos Vulnerables

Lineamiento Interno para Apoyos a Grupos Vulnerables Grupos Vulnerables Lineamiento Interno para Apoyos a Grupos Vulnerables Grupos Vulnerables 08/02/2013 Coordinación de Servicios Estudiantiles Unidad de Apoyos Económicos Entra en vigor para su aplicación el día 08 de mes

Más detalles

REGLAMENTO DE PENSIONES A EMPLEADOS MUNICIPALES ULTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL PERIODICO OFICIAL: 7 DE FEBRERO DE 2003.

REGLAMENTO DE PENSIONES A EMPLEADOS MUNICIPALES ULTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL PERIODICO OFICIAL: 7 DE FEBRERO DE 2003. REGLAMENTO DE PENSIONES A EMPLEADOS MUNICIPALES ULTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL PERIODICO OFICIAL: 7 DE FEBRERO DE 2003. Reglamento publicado en el Periódico Oficial del Estado de Puebla, el martes 9 de

Más detalles

2014, Año de Octavio Paz

2014, Año de Octavio Paz 2014, Año de Octavio Paz La Secretaría de Educación Pública del Estado de Puebla, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 3 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 32, 33

Más detalles

INFOGRAFÍA. Programa de Becas para estudiantes del Estado de México en la UNAM, IPN y la UAM (PROBEMEX)

INFOGRAFÍA. Programa de Becas para estudiantes del Estado de México en la UNAM, IPN y la UAM (PROBEMEX) INFOGRAFÍA Programa de Becas para estudiantes del Estado de México en la UNAM, IPN y la UAM (PROBEMEX) 2017-2018 Contribuir a elevar la calidad de la educación, así como lograr la igualdad de oportunidades

Más detalles

FUNDACIÓN JOSÉ ORTIZ ÁVILA A.C. CONVOCATORIA PARA BECAS DE EDUCACIÓN SUPERIOR CICLO ESCOLAR

FUNDACIÓN JOSÉ ORTIZ ÁVILA A.C. CONVOCATORIA PARA BECAS DE EDUCACIÓN SUPERIOR CICLO ESCOLAR Página 1 de 5 FUNDACIÓN JOSÉ ORTIZ ÁVILA A.C. CONVOCATORIA PARA BECAS DE EDUCACIÓN SUPERIOR CICLO ESCOLAR 2016 2017 La Fundación José Ortiz Ávila A.C., con fundamento en sus estatutos y demás disposiciones

Más detalles

BECAS DE EDUCACIÓN DUAL

BECAS DE EDUCACIÓN DUAL CE:203/F/011/16 CONVOCATORIA DE BECAS DE EDUCACIÓN DUAL SEGUNDA PROMOCIÓN 2016 El Gobierno del Estado de México a través del Consejo Mexiquense de Ciencia y Tecnología (Comecyt), de conformidad con lo

Más detalles

2014, AÑO DE OCTAVIO PAZ

2014, AÑO DE OCTAVIO PAZ TODOS LOS TRÁMITES DE BECA, ASI COMO LA SOLICITUD, SON GRATUITOS Y EN NINGÚN CASO SU GESTIÓN U OTORGAMIENTO PODRÁ CONDICIONARSE A PAGO, REMUNERACIÓN O DÁDIVA. PEGUE FOTOGRAFÍA RECIENTE DEL SOLICITANTE

Más detalles

Reglamento para el Uso del Auditorio Municipal de la Ciudad de San José Iturbide. 02 JUNIO 2000

Reglamento para el Uso del Auditorio Municipal de la Ciudad de San José Iturbide. 02 JUNIO 2000 Reglamento para el Uso del Auditorio Municipal de la Ciudad de San José Iturbide. 02 JUNIO 2000 AÑO LXXXVII TOMO CXXVIII GUANAJUATO, GTO., A 2 DE JUNIO DE 2000. NUMERO 44 PRESIDENCIA MUNICIPAL - SAN JOSÉ

Más detalles

Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato

Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato REGLAMENTO DE ASISTENCIA MÉDICA PARA LOS MIEMBROS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL, DE SAN MIGUEL DE ALLENDE, GTO. Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato Año LXXXIX Tomo CXL Guanajuato,

Más detalles

Reglamento para la Entrega Recepción de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública del Municipio de Silao 22 OCTUBRE 2004

Reglamento para la Entrega Recepción de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública del Municipio de Silao 22 OCTUBRE 2004 Reglamento para la Entrega Recepción de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública del Municipio de Silao 22 OCTUBRE 2004 AÑO XCI TOMO CXLII GUANAJUATO, GTO., A 22 DE OCTUBRE DEL 2004 NUMERO

Más detalles

2 Lunes 29 de enero de 2018

2 Lunes 29 de enero de 2018 Chihuahua, Chihuahua. México a Lunes 4 de septiembre de 2017 No. 1, Año 2017 1 2 Lunes 29 de enero de 2018 3 LA GACETA MUNICIPAL ES EL ÓRGANO OFICIAL DE PUBLICACIÓN Y DIFUSIÓN DEL MUNICIPIO DE CHIHUAHUA,

Más detalles

CONVOCA BASES. 2. Las becas que se otorguen comprenderán los aspectos siguientes:

CONVOCA BASES. 2. Las becas que se otorguen comprenderán los aspectos siguientes: La Secretaría de Educación Pública del Estado de Puebla, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 3 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 32 primer párrafo, 33 fracción VIII

Más detalles

Convocan B A S E S REQUISITOS:

Convocan B A S E S REQUISITOS: La Secretaría de Educación del Estado de Campeche, a través de la Fundación Pablo García, con fundamento en lo establecido en la fracción IX del artículo 33 de la Ley Orgánica de la Administración Pública

Más detalles

AÑO LXXXIX TOMO CXL GUANAJUATO, GTO., A 1 DE NOVIEMBRE DEL

AÑO LXXXIX TOMO CXL GUANAJUATO, GTO., A 1 DE NOVIEMBRE DEL Reglamento de Organización, Administración y uso de las instalaciones de la pista de patinaje La Palma, del Municipio de Salvatierra, Gto. 01 NOVIEMBRE 2002 AÑO LXXXIX TOMO CXL GUANAJUATO, GTO., A 1 DE

Más detalles

Reglamento del Juzgado Administrativo para el Municipio de Dolores Hidalgo. 22 AGOSTO 2000

Reglamento del Juzgado Administrativo para el Municipio de Dolores Hidalgo. 22 AGOSTO 2000 Reglamento del Juzgado Administrativo para el Municipio de Dolores Hidalgo. 22 AGOSTO 2000 AÑO LXXXVII TOMO CXXXVIII GUANAJUATO, GUANAJUATO A 22 DE AGOSTO DEL 2000. NÚMERO 67 PRESIDENCIA MUNICIPAL - DOLORES

Más detalles

REGLAMENTO PARA LA ENAJENACIÓN DE BIENES INMUEBLES REMANENTES PROPIEDAD DEL MUNICIPIO DE GUANAJUATO, GTO.

REGLAMENTO PARA LA ENAJENACIÓN DE BIENES INMUEBLES REMANENTES PROPIEDAD DEL MUNICIPIO DE GUANAJUATO, GTO. REGLAMENTO PARA LA ENAJENACIÓN DE BIENES INMUEBLES REMANENTES PROPIEDAD DEL MUNICIPIO DE GUANAJUATO, GTO. Periódico Oficial del Gobierno del Estado Año XCVII Tomo CXLVIII Guanajuato, Gto., a 16 de Noviembre

Más detalles

Lineamiento Interno para Apoyos Extracurriculares Apoyos Extracurriculares

Lineamiento Interno para Apoyos Extracurriculares Apoyos Extracurriculares Lineamiento Interno para Apoyos Extracurriculares Apoyos Extracurriculares 08/02/2013 Coordinación de Servicios Estudiantiles Unidad de Apoyos Económicos Entra en vigor para su aplicación el día 08 de

Más detalles

LA SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA A TRAVÉS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR, INVESTIGACIÓN Y POSGRADO

LA SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA A TRAVÉS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR, INVESTIGACIÓN Y POSGRADO LA SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA A TRAVÉS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR, INVESTIGACIÓN Y POSGRADO Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 2, 3 fracción I, 5,

Más detalles

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE HIDALGO REGLAMENTO DE REVALIDACIÓN DE ESTUDIOS

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE HIDALGO REGLAMENTO DE REVALIDACIÓN DE ESTUDIOS UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE HIDALGO ÍNDICE CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO II REQUISITOS DE REVALIDACIÓN CAPÍTULO III DEL PROCEDIMIENTO TRANSITORIOS GLOSARIO 2 CAPÍTULO I DISPOSICIONES

Más detalles

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE BECAS Y ACOMPAÑAMIENTO

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE BECAS Y ACOMPAÑAMIENTO REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE BECAS Y ACOMPAÑAMIENTO REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE BECAS Y ACOMPAÑAMIENTO INDICE Contenido Pág. Capítulo I 3 Generalidades. Capítulo II.. 4 De las becas escolares y el programa

Más detalles

CONVOCATORIA DE BECAS DE EDUCACIÓN DUAL NUEVAS Y RENOVACIÓN 2015

CONVOCATORIA DE BECAS DE EDUCACIÓN DUAL NUEVAS Y RENOVACIÓN 2015 CONVOCATORIA DE BECAS DE EDUCACIÓN DUAL NUEVAS Y RENOVACIÓN 2015 El Gobierno del Estado de México a través del Consejo Mexiquense de Ciencia y Tecnología (COMECYT) y con fundamento en los numerales 5,

Más detalles

REGLAMENTO LAS UNIDADES DE INSPECCIÓN Y DE TRÁMITES, PERMISOS Y LICENCIAS DEL MUNICIPIO DE SALAMANCA, GTO.

REGLAMENTO LAS UNIDADES DE INSPECCIÓN Y DE TRÁMITES, PERMISOS Y LICENCIAS DEL MUNICIPIO DE SALAMANCA, GTO. REGLAMENTO LAS UNIDADES DE INSPECCIÓN Y DE TRÁMITES, PERMISOS Y LICENCIAS DEL MUNICIPIO DE SALAMANCA, GTO. Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato Año XCIV Tomo CXV Guanajuato, Gto. a 24

Más detalles

Reglamento de Préstamos para el Personal al Servicio de la Presidencia Municipal de Apaseo el Grande. 21 MAYO 1999

Reglamento de Préstamos para el Personal al Servicio de la Presidencia Municipal de Apaseo el Grande. 21 MAYO 1999 Reglamento de Préstamos para el Personal al Servicio de la Presidencia Municipal de Apaseo el Grande. 21 MAYO 1999 AÑO LXXXVI TOMO CXXXVII GUANAJUATO, GTO., A 21 DE MAYO DE 1999 NUMERO 41 PRESIDENCIA MUNICIPAL

Más detalles

BASES. 2. Las becas que se otorguen comprenderán los aspectos siguientes:

BASES. 2. Las becas que se otorguen comprenderán los aspectos siguientes: La Secretaría de Educación Pública del Estado de Puebla, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 3 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 32 primer párrafo, 33 fracción VIII

Más detalles

PROCEDIMIENTO: PROGRAMA DE BECAS MUNICIPALES

PROCEDIMIENTO: PROGRAMA DE BECAS MUNICIPALES Página 1 de 13 PROCEDIMIENTO: PROGRAMA DE AUTORIZACIONES Elaboró: Revisó: Autorizó: M.C.D Nallely Sarahi García Parada Encargada Administrativa de la Dirección de LIC.. David Hernández Muñiz ARQ. Elsa

Más detalles

REGLAMENTO DE BECAS DEL INSTITUTO DE ARTES Y OFICIOS DE QUERÉTARO

REGLAMENTO DE BECAS DEL INSTITUTO DE ARTES Y OFICIOS DE QUERÉTARO DEL ESTADO OCT./04 2ª 1 REGLAMENTO DE BECAS DEL DEL ESTADO OCT./04 2ª 2 INDICE PAGINA CONSIDERANDO 3 CAPITULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES 4 CAPITULO SEGUNDO DE LOS REQUISITOS Y CRITERIOS PARA EL OTORGAMIENTO

Más detalles

C O N S I D E R A N D O

C O N S I D E R A N D O Carlos Jair Jiménez Bolaños Cacho, Secretario de Hacienda, en ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 27, fracción II y 29 fracción II, de la Ley Orgánica de la Administración Pública

Más detalles

PÚBLICADO EN LA GACETA DE 31 AGOSTO DE 2017.

PÚBLICADO EN LA GACETA DE 31 AGOSTO DE 2017. PÚBLICADO EN LA GACETA DE 31 AGOSTO DE 2017. JOSÉ ANTONIO HERNÁNDEZ FRAGUAS, Presidente Municipal Constitucional del Municipio de Oaxaca de Juárez, del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, a sus habitantes

Más detalles

REGLAMENTO DE BECAS. Julio, 2017

REGLAMENTO DE BECAS. Julio, 2017 REGLAMENTO DE BECAS Julio, 2017 REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS PARA ALUMNOS DE LA UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DEFINICIONES GENERALES Apoyo educativo. Es el porcentaje total de exención del pago

Más detalles

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL ESTADO DE DURANGO

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL ESTADO DE DURANGO La Secretaría de Educación Pública y la Secretaría de Educación del Estado de Durango, a través del Comité Técnico del Fideicomiso del Programa Nacional de Becas y Financiamiento PRONABES-DURANGO, con

Más detalles

Lineamiento Interno Becas de Idiomas Becas Proulex

Lineamiento Interno Becas de Idiomas Becas Proulex Becas Proulex 08/02/2013 Coordinación de Servicios Estudiantiles Unidad de Apoyos Económicos Entra en vigor para su aplicación el día 08 de mes de febrero de 2013, fecha en que fue aceptado por El Comité

Más detalles

REGLAMENTO DE USO DE INSTALACIONES DEPORTIVAS, PARA EL MUNICIPIO DE BAHÍA DE BANDERAS; NAYARIT.

REGLAMENTO DE USO DE INSTALACIONES DEPORTIVAS, PARA EL MUNICIPIO DE BAHÍA DE BANDERAS; NAYARIT. Director: Lic. Jorge Armando Verdín López Sección Octava Tepic, Nayarit; 13 de Septiembre de 2008 SUMARIO Tomo CLXXXIII Número: 048 Tiraje: 080 REGLAMENTO DE USO DE INSTALACIONES DEPORTIVAS, PARA EL MUNICIPIO

Más detalles

C O N S I D E R A N D O

C O N S I D E R A N D O Tomo 90; Colima, Col., Jueves 28 de Abril del año 2005; Núm. 35; Pág. 746 DEL GOBIERNO DEL ESTADO PODER EJECUTIVO INSTITUTO DE CAPACITACIÓN FISCAL DEL ESTADO DE COLIMA REGLAMENTO DE LA LEY DE COORDINACIÓN

Más detalles

REGLAMENTO DE BECAS. Artículo 3. Para el otorgamiento de la beca se tomará en consideración la trayectoria académica en el periodo escolar anterior.

REGLAMENTO DE BECAS. Artículo 3. Para el otorgamiento de la beca se tomará en consideración la trayectoria académica en el periodo escolar anterior. REGLAMENTO DE BECAS CAPÍTULO I DEL OBJETO, FINES Y CONCEPTO Artículo 1. El presente reglamento establece las bases y criterios que regulan el otorgamiento, requisitos, vigencia, cuantía, suspensión y cancelación

Más detalles

Reglamento de Inscripciones y Reinscripciones

Reglamento de Inscripciones y Reinscripciones Reglamento de Inscripciones y Reinscripciones Marzo11 de 2004 LA JUNTA DIRECTIVA DEL TECNOLÓGICO DE ESTUDIOS SUPERIORES DE HUIXQUILUCAN, EN EJERCICIO DE LA ATRIBUCIÓN QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 13 FRACCIÓN

Más detalles

OTORGAMIENTO DE BECAS CONVENIO PARA ESCUELAS PRIVADAS

OTORGAMIENTO DE BECAS CONVENIO PARA ESCUELAS PRIVADAS OTORGAMIENTO DE BECAS CONVENIO PARA ESCUELAS PRIVADAS OBJETIVO Otorgar becas para estudiantes que cursan sus estudios en escuelas privadas, con el objetivo de ayudar a los padres de familias con mayor

Más detalles

REGLAMENTO DE BECAS Mayo 2012

REGLAMENTO DE BECAS Mayo 2012 REGLAMENTO DE BECAS Mayo 2012 Universidad Marista de San Luis Potosí 1 TITULO I CAPÍTULO I DEL OBJETO, FINES Y CONCEPTO Artículo 1. El presente Reglamento establece las bases y criterios que regulan el

Más detalles

AÑO LXXXI TOMO CXXXII GUANAJUATO, GTO., A 18 DE ENERO DE NUMERO 5 PRESIDENCIA MUNICIPAL - JARAL DEL PROGRESO, GTO.

AÑO LXXXI TOMO CXXXII GUANAJUATO, GTO., A 18 DE ENERO DE NUMERO 5 PRESIDENCIA MUNICIPAL - JARAL DEL PROGRESO, GTO. Reglamento Municipal para el Funcionamiento de Negocios de Máquinas Electrónicas de Video y Similares, del Municipio de Jaral del Progreso. 18 ENERO 1994 AÑO LXXXI TOMO CXXXII GUANAJUATO, GTO., A 18 DE

Más detalles

LINEAMIENTO DE BECA INTERNA DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE TIJUANA.

LINEAMIENTO DE BECA INTERNA DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE TIJUANA. LINEAMIENTO DE BECA INTERNA DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE TIJUANA. ARTICULO 1.- El presente Lineamiento tiene por objeto, establecer las bases, clasificar y definir los criterios que norman las Becas

Más detalles

LINEAMIENTOS PARA EL OTORGAMIENTO DE APOYOS EDUCATIVOS A LOS HIJOS DE TRABAJADORES DE EL COLEGIO DE SONORA

LINEAMIENTOS PARA EL OTORGAMIENTO DE APOYOS EDUCATIVOS A LOS HIJOS DE TRABAJADORES DE EL COLEGIO DE SONORA LINEAMIENTOS PARA EL OTORGAMIENTO DE APOYOS EDUCATIVOS A LOS HIJOS DE TRABAJADORES DE EL COLEGIO DE SONORA Aprobado por la Junta de Coordinación el 15 de agosto 2018 C O N T E N I D O Presentación... 3

Más detalles

REGLAMENTO DE BECAS DE APOYO SOCIAL Y EXCELENCIA ACADÉMICA DEL MUNICIPIO DE TLALNEPANTLA DE BAZ, ESTADO DE MÉXICO CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO DE BECAS DE APOYO SOCIAL Y EXCELENCIA ACADÉMICA DEL MUNICIPIO DE TLALNEPANTLA DE BAZ, ESTADO DE MÉXICO CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES QUE EN EL ACTA CORRESPONDIENTE A LA PRIMERA SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO, DE FECHA VEINTISIETE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL TRES, EN EL CUARTO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA, EL H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE

Más detalles

C O N V O C A N R E Q U I S I T O S

C O N V O C A N R E Q U I S I T O S Este Programa es público ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el Programa. Quien haga uso indebido de los recursos de este Programa deberá

Más detalles

FUNDACIÓN JOSÉ ORTIZ ÁVILA A.C. CONVOCATORIA PARA BECAS DE EDUCACIÓN SUPERIOR CICLO ESCOLAR

FUNDACIÓN JOSÉ ORTIZ ÁVILA A.C. CONVOCATORIA PARA BECAS DE EDUCACIÓN SUPERIOR CICLO ESCOLAR Página 1 de 5 FUNDACIÓN JOSÉ ORTIZ ÁVILA A.C. CONVOCATORIA PARA BECAS DE EDUCACIÓN SUPERIOR CICLO ESCOLAR 2018 2019 La Fundación José Ortiz Ávila A.C., con fundamento en sus estatutos y demás disposiciones

Más detalles

Gaceta Municipal. Edición Especial No. 146 OCTUBRE DE 2011

Gaceta Municipal. Edición Especial No. 146 OCTUBRE DE 2011 Gaceta Municipal Órgano Oficial del Republicano Ayuntamiento del Municipio de San Pedro Publicación Oficial Emitida por la Secretaría del Republicano Edición Especial No. 146 OCTUBRE DE 2011 PUNTO ÚNICO:

Más detalles

REGLAMENTO DE BECAS CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO DE BECAS CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO DE BECAS Que la Universidad Tecnológica de Tehuacán es un organismo público descentralizado del gobierno del estado de puebla, con personalidad jurídica y patrimonio propios, según el Decreto

Más detalles

REGLAMENTO GENERAL DE INGRESO DE ALUMNOS A LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA

REGLAMENTO GENERAL DE INGRESO DE ALUMNOS A LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA REGLAMENTO GENERAL DE INGRESO DE ALUMNOS A LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Este reglamento tiene por objeto definir los criterios, requisitos y procedimientos

Más detalles

CG-0053-NOVIEMBRE-2010.

CG-0053-NOVIEMBRE-2010. CG-0053-NOVIEMBRE-2010. RESOLUCION QUE EMITE EL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL, RECAIDO A LA SOLICITUD DE REGISTRO DE CANDIDATO AL CARGO DE GOBERNADOR DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR,

Más detalles

CAMPUS MÉRIDA CONVOCA a nuestra comunidad estudiantil a participar en el proceso de selección para la obtención de una BECA ACADÉMICA

CAMPUS MÉRIDA CONVOCA a nuestra comunidad estudiantil a participar en el proceso de selección para la obtención de una BECA ACADÉMICA CONVOCA a nuestra comunidad estudiantil a participar en el proceso de selección para la obtención de una. BECA ACADÉMICA Aplicable al ciclo 02/14 1. Ser alumno regular (no adeudar materias) teniendo promedio

Más detalles

El ciudadano Ingeniero Jorge Ignacio Luna Becerra, Presidente Municipal de Salamanca, Estado de Guanajuato, a los habitantes del mismo, hace saber:

El ciudadano Ingeniero Jorge Ignacio Luna Becerra, Presidente Municipal de Salamanca, Estado de Guanajuato, a los habitantes del mismo, hace saber: El ciudadano Ingeniero Jorge Ignacio Luna Becerra, Presidente Municipal de Salamanca, Estado de Guanajuato, a los habitantes del mismo, hace saber: Que el H. Ayuntamiento en ejercicio de las facultades

Más detalles

CONSIDERANDO. A efecto de dar cumplimiento a lo anterior, se emiten las siguientes:

CONSIDERANDO. A efecto de dar cumplimiento a lo anterior, se emiten las siguientes: LICENCIADO NESTOR FLORES HERNÁNDEZ, DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO TLAXCALTECA DE LA JUVENTUD, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO EN LOS ARTÍCULOS 53, 59, 60 Y 65 DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Más detalles

Reglamento para la Entrega-Recepción de Unidades Administrativas. 21 SEPTIEMBRE 1999

Reglamento para la Entrega-Recepción de Unidades Administrativas. 21 SEPTIEMBRE 1999 Reglamento para la Entrega-Recepción de Unidades Administrativas. 21 SEPTIEMBRE 1999 AÑO LXXXVI TOMO CXXXVII GUANAJUATO, GTO., A 21 DE SEPTIEMBRE DE 1999 NUMERO 76 PRESIDENCIA MUNICIPAL - URIANGATO, GTO.

Más detalles

Lineamientos Generales Beneficiarios.. 1. Procedimiento. 2. Criterios de Selección Trámite de Adjudicación 3. Derechos y Obligaciones 3

Lineamientos Generales Beneficiarios.. 1. Procedimiento. 2. Criterios de Selección Trámite de Adjudicación 3. Derechos y Obligaciones 3 REGLAMENTO DE BECAS El presente reglamento especifica las normas que regulan la asignacio n de becas que a nivel de licenciatura y profesional asociado otorga Fundacio n ITSON A.C. CONTENIDO Capítulo I

Más detalles

CONVOCATORIA PARA EL PROCESO DE SELECCIÓN E INGRESO A LA MAESTRÍA EN SISTEMA PENAL ACUSATORIO Y SEGURIDAD CIUDADANA

CONVOCATORIA PARA EL PROCESO DE SELECCIÓN E INGRESO A LA MAESTRÍA EN SISTEMA PENAL ACUSATORIO Y SEGURIDAD CIUDADANA CONVOCATORIA PARA EL PROCESO DE SELECCIÓN E INGRESO A LA MAESTRÍA EN SISTEMA PENAL ACUSATORIO Y SEGURIDAD CIUDADANA La de la Ciudad de México, a través de la Subsecretaría de Desarrollo Institucional y

Más detalles

Reglamento de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios para el Municipio de San Diego de la Unión.

Reglamento de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios para el Municipio de San Diego de la Unión. Reglamento de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios para el Municipio de San Diego de la Unión. 01 JUNIO 2001 AÑO LXXXVII TOMO CXXXVIII GUANAJUATO, GTO., A 1 DE JUNIO

Más detalles

Í N D I C E ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Í N D I C E ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO Órgano de Difusión del Gobierno de la Ciudad de México VIGÉSIMA ÉPOCA 27 DE ABRIL DE 2017 No. 56 Í N D I C E ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de

Más detalles

CENTRO INTEGRACION SOCIAL PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD (UBR)

CENTRO INTEGRACION SOCIAL PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD (UBR) Brindar terapia de rehabilitación física Tiempo: Forma inmediata. Contar con valoración del médico rehabilitador. Monto de los derechos para acceder a los mismos: $35.00. Realizar trámites para solicitar

Más detalles

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE BECAS DE LA DIRECCION MUNICIPAL DE EDUCACION DEL H. AYUNTAMIENTO DE LOS CABOS, B.C.SUR.

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE BECAS DE LA DIRECCION MUNICIPAL DE EDUCACION DEL H. AYUNTAMIENTO DE LOS CABOS, B.C.SUR. REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE BECAS DE LA DIRECCION MUNICIPAL DE EDUCACION DEL H. AYUNTAMIENTO DE LOS CABOS, B.C.SUR. DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. El presente Reglamento, tiene por objeto, establecer

Más detalles

COLEGIO LIBRE DE ESTUDIOS UNIVERSITARIOS NO ESCOLARIZADO

COLEGIO LIBRE DE ESTUDIOS UNIVERSITARIOS NO ESCOLARIZADO COLEGIO LIBRE DE ESTUDIOS UNIVERSITARIOS NO ESCOLARIZADO DIRECCIÓN GENERAL OFICIO MEMORÁNDUM COMUNICADO En cumplimiento a los artículos 33 y 34 fracción II del Acuerdo No. 279 de la Secretaría de Educación

Más detalles

Gobierno del Estado de Morelos

Gobierno del Estado de Morelos Gobierno del Estado de Morelos Consejería Jurídica REGLAMENTO DE LA COMISIÓN TEMPORAL DE VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES DEL MUNICIPIO DE CUERNAVACA. Fecha de Aprobación 2010/05/10 Fecha de Publicación

Más detalles

REGLAMENTO DE BECAS Y CRÉDITO EDUCATIVO

REGLAMENTO DE BECAS Y CRÉDITO EDUCATIVO REGLAMENTO DE BECAS Y CRÉDITO EDUCATIVO Actualización Agosto 2017 REGLAMENTO DE BECAS Y CRÉDITO EDUCATIVO CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES. Art. 1. - Art. 2º.- Art. 3º.- Art. 4º- Art. 5º.- Art. 6º.-

Más detalles

REGLAMENTO DEL COMITÉ DE SEGURIDAD PÚBLICA PARA EL MUNICIPIO DE APASEO EL GRANDE, GTO. Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato

REGLAMENTO DEL COMITÉ DE SEGURIDAD PÚBLICA PARA EL MUNICIPIO DE APASEO EL GRANDE, GTO. Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato REGLAMENTO DEL COMITÉ DE SEGURIDAD PÚBLICA PARA EL MUNICIPIO DE APASEO EL GRANDE, GTO. Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato Año LXXXVI Tomo CXXXVII Guanajuato, Gto., a 20 de Abril de

Más detalles

GACETA DE GOBIERNO MUNICIPAL DE TEPOTZOTLÁN AÑO DEL CENTENARIO DE LA INSTALACIÓN DEL CONGRESO CONSTITUYENTE

GACETA DE GOBIERNO MUNICIPAL DE TEPOTZOTLÁN AÑO DEL CENTENARIO DE LA INSTALACIÓN DEL CONGRESO CONSTITUYENTE H. Ayuntamiento Constitucional de Tepotzotlán México 2016-2018 Gaceta Municipal Órgano Oficial Número 30 Año 01 Diciembre de 2016 1 C. ÁNGEL ZUPPA NÚÑEZ, PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DE TEPOTZOTLÁN,

Más detalles

INSTITUTO DE CIENCIAS JURÍDICAS DE PUEBLA, A. C. INCORPORADO A LA BUAP

INSTITUTO DE CIENCIAS JURÍDICAS DE PUEBLA, A. C. INCORPORADO A LA BUAP El Consejo de Directores del Instituto de Ciencias Jurídicas de Puebla, A. C. incorporado a la BUAP, con fundamento en los artículos 2, fracción II; 4, y 11 del Reglamento de Becas Estudiantiles vigente:

Más detalles

REGLAMENTO INTERIOR DE IMPUESTO PREDIAL PARA EL MUNICIPIO DE SALAMANCA, GUANAJUATO. Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato

REGLAMENTO INTERIOR DE IMPUESTO PREDIAL PARA EL MUNICIPIO DE SALAMANCA, GUANAJUATO. Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato REGLAMENTO INTERIOR DE IMPUESTO PREDIAL PARA EL MUNICIPIO DE SALAMANCA, GUANAJUATO Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato Año XCIV Tomo CXLV Guanajuato, Gto. a 12 de junio de 2007 Número

Más detalles

OTORGAMIENTO DE BECAS ECONÓMICAS A ESCUELAS OFICIALES

OTORGAMIENTO DE BECAS ECONÓMICAS A ESCUELAS OFICIALES OTORGAMIENTO DE BECAS ECONÓMICAS A ESCUELAS OFICIALES OBJETIVO Evitar la deserción y el rezago escolar en la entidad, así como estimular el desempeño cultural, deportivo y académico, mediante el otorgamiento

Más detalles

Con el objeto de apoyar el deseo de superación educativa de jóvenes con buenos resultados escolares y con condiciones económicas limitadas, el

Con el objeto de apoyar el deseo de superación educativa de jóvenes con buenos resultados escolares y con condiciones económicas limitadas, el Con el objeto de apoyar el deseo de superación educativa de jóvenes con buenos resultados escolares y con condiciones económicas limitadas, el GOBIERNO DEL ESTADO DE CAMPECHE, A TRAVES DE LA FUNDACION

Más detalles

DIARIO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE YUCATAN.

DIARIO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE YUCATAN. DIARIO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE YUCATAN. Dirección: Calle 35 No. 501 entre 62 y 62-A (Recinto del Poder Judicial del Estado) Mérida, Yucatán. Publicación periódica: Permiso No. 0100921 Características:

Más detalles

Reglamento del Comité de Seguridad Pública para el Municipio de Apaseo el Grande. 20 ABRIL 1999

Reglamento del Comité de Seguridad Pública para el Municipio de Apaseo el Grande. 20 ABRIL 1999 Reglamento del Comité de Seguridad Pública para el Municipio de Apaseo el Grande. 20 ABRIL 1999 AÑO LXXXVI TOMO CXXXVII GUANAJUATO, GTO., A 20 DE ABRIL DE 1999. NUMERO 32 PRESIDENCIA MUNICIPAL - APASEO

Más detalles

CONVOCATORIA PARA EL PROCESO DE SELECCIÓN E INGRESO A LA LICENCIATURA EN ADMINISTRACIÓN POLICIAL

CONVOCATORIA PARA EL PROCESO DE SELECCIÓN E INGRESO A LA LICENCIATURA EN ADMINISTRACIÓN POLICIAL CONVOCATORIA PARA EL PROCESO DE SELECCIÓN E INGRESO A LA LICENCIATURA EN ADMINISTRACIÓN POLICIAL La de la Ciudad de México, a través de la Subsecretaría de Desarrollo Institucional y la, con fundamento

Más detalles

Í N D I C E ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Í N D I C E ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO Órgano de Difusión del Gobierno de la Ciudad de México VIGÉSIMA ÉPOCA 15 DE FEBRERO DE 2018 No. 262 Í N D I C E ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO Secretaría de Gobierno Aviso por el cual se

Más detalles

SOLICITUD DE BECA PROGRAMA BÉCALOS NIVEL MEDIO SUPERIOR NUEVO INGRESO.

SOLICITUD DE BECA PROGRAMA BÉCALOS NIVEL MEDIO SUPERIOR NUEVO INGRESO. SOLICITUD DE BECA PROGRAMA BÉCALOS NIVEL MEDIO SUPERIOR 2016-2017 NUEVO INGRESO. Foto OAXACA DE JUÁREZ, OAX., A DE 2016. NOTA: REQUISITAR CON INFORMACIÓN COMPLETA, CORRECTA, CON LETRA DE MOLDE, LEGIBLE

Más detalles