ÍNDICE. Preámbulo. Disposiciones generales. Artículo Transitorio. Documentos directamente relacionados. Historial de cambios.
|
|
- Carmen Toro Cano
- hace 7 años
- Vistas:
Transcripción
1 REG USO DE SALAS MULTIMEDIALES DE LA BIBLIOTECA PAG. 1/9 ED. 2.1 ÍNDICE Preámbulo Título I. Título II. Título III. Disposiciones generales De los usuarios De las sanciones Artículo Transitorio Documentos directamente relacionados Historial de cambios Anexos
2 REG USO DE SALAS MULTIMEDIALES DE LA BIBLIOTECA PAG. 2/9 ED. 2.1 Preámbulo La Fundación Universidad de las Américas, Puebla con el fin de fomentar nuevas formas de enseñanza y aprendizaje ha puesto a disposición de la comunidad universitaria, salas multimediales que permiten el desarrollo de cursos, conferencias o reuniones virtuales, facilitando de ese modo el intercambio de conocimiento y colaboración interactiva con diferentes grupos de trabajo, dentro y fuera del campus. Debido al incremento en el uso de las salas multimediales por el quehacer académico y administrativo, se ha tornado necesario definir los criterios de conducta que permitan la utilización correcta de sus recursos, así como las condiciones para ofrecer dicho servicio.
3 REG USO DE SALAS MULTIMEDIALES DE LA BIBLIOTECA PAG. 3/9 ED. 2.1 TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Las salas multimediales son espacios de instrucción, equipadas con medios tecnológicos que facilitan la comunicación e interacción entre diferentes participantes y que permiten ofrecer servicios de videoconferencia, impartición de cursos interactivos y conferencias, entre otros. Artículo 2º. La Fundación Universidad de las Américas, Puebla ofrece el servicio de salas multimediales en la Biblioteca a estudiantes, empleados académicos, empleados administrativos, empleados sindicalizados y profesores de tiempo parcial. El servicio podrá ofrecerse a empresas, instituciones y organismos externos quienes deberán realizar la solicitud a través de la Dirección de Relaciones Públicas y Eventos, previa autorización del Director de la Biblioteca. Artículo 3. En el contexto del presente Reglamento se denominará como Universidad a la Fundación Universidad de las Américas, Puebla. Artículo 4º. Será responsabilidad de la Biblioteca otorgar el servicio de préstamo de las salas multimediales, así como el resguardo de los equipos instalados en éstas. Artículo 5º. Será responsabilidad de la Dirección General de Tecnologías de la Información asegurar el funcionamiento de los equipos de cómputo instalados en las salas multimediales, la administración de las videoconferencias y el soporte técnico, de conformidad al Reglamento de Mesa de Servicios y Soporte Técnico. Artículo 6º. Las salas multimediales podrán ser reservadas para eventos especiales y exámenes profesionales de acuerdo al calendario escolar. El uso de salas multimediales para la programación de cursos o sesiones durante todo el periodo escolar podrá autorizarse si se justifica su uso, dando prioridad a los programas de posgrado. La aprobación de las solicitudes tomará en cuenta el tipo de evento, el número de
4 REG USO DE SALAS MULTIMEDIALES DE LA BIBLIOTECA PAG. 4/9 ED. 2.1 participantes y la disponibilidad de las salas multimediales. Deberá asegurarse que al menos una sala multimedial esté disponible para cualquier evento durante el semestre. Artículo 7º. Las salas multimediales ofrecerán servicio de lunes a viernes de 8:00 hrs. a 21:00 hrs.; y los sábados y domingos de 8:00 hrs. a 16:00 hrs. En el horario ampliado por periodo de exámenes, será de 24 hrs. Artículo 8º. Las salas multimediales tendrán un periodo de préstamo de 2 horas para examen profesional; en caso de otro tipo de eventos, el tiempo de préstamo estará sujeto al tipo de solicitud y la disponibilidad de la sala. Artículo 9º. El servicio de videoconferencia en las salas multimediales, deberá ser solicitado directamente a la Mesa de Servicios (Service Desk) de la Dirección General de Tecnologías de la Información, conforme a lo indicado en el Reglamento de Mesa de Servicios y Soporte Técnico. Artículo 10º. deberá: El solicitante interesado en el servicio de las salas multimediales a. Confirmar la disponibilidad de la sala multimedial y enviar vía correo electrónico, la solicitud de servicio de sala multimedial de la Biblioteca, disponible en la página web institucional, con al menos una semana de anticipación a la Coordinación de Préstamo y Devolución de la Biblioteca. Para el caso de exámenes profesionales sólo se podrá realizar una solicitud por persona. b. Promover, organizar y hacer del conocimiento de los participantes de la fecha y hora en que se realizará el evento.
5 REG USO DE SALAS MULTIMEDIALES DE LA BIBLIOTECA PAG. 5/9 ED. 2.1 c. Realizar las pruebas de servicio de la sala multimedial solicitada con al menos 48 horas hábiles de anticipación, con apoyo del moderador y/o ponente. Dichas pruebas podrán consistir en: Verificar el uso del material didáctico; Evaluar la velocidad de enlace con los sitios remotos; Evaluar la calidad de la imagen; Evaluar la calidad del audio. Artículo 11º. En caso que el usuario suspenda un evento en la sala multimedial, deberá notificarlo al Coordinador de Préstamo con al menos un día hábil de anticipación. Artículo 12º. La Biblioteca tendrá la facultad de reasignar la sala multimedial a un usuario por causas de fuerza mayor. El Coordinador de Préstamo deberá notificarle de forma inmediata sobre el cambio efectuado. Artículo 13º. Los eventos en las salas multimediales podrán ser cancelados por el CIRIA, cuando se den los siguientes casos: a. Interrupción prolongada de energía eléctrica. b. Fallas en servicios provistos por terceros. c. Riesgo en la seguridad de los usuarios. En caso de que alguna de ellas suceda, el personal del Módulo de Acceso de la Biblioteca deberá notificar inmediatamente al usuario para que se tomen las acciones pertinentes. Artículo 14º. La Biblioteca no se hará responsable por el retraso en el servicio por causas imputables al usuario. Artículo 15º. Cualquier situación no prevista en el presente Reglamento será analizada y autorizada por el o por la persona que él designe.
6 REG USO DE SALAS MULTIMEDIALES DE LA BIBLIOTECA PAG. 6/9 ED. 2.1 TÍTULO II. DE LOS USUARIOS Artículo 16º. Serán derechos de los usuarios los siguientes: a. Ser tratados con amabilidad, eficiencia y respeto por parte del personal de la Biblioteca. b. Hacer uso de las instalaciones en los días y horarios establecidos. c. Disponer de los equipos de cómputo, software y mobiliario en condiciones de uso. d. Recibir asesoría del personal del Módulo de Acceso de la Biblioteca y de la Dirección General de Tecnologías de la Información en cuanto al uso de las instalaciones y los equipos de las salas multimediales. e. Presentar las quejas y/o sugerencias a través del Buzón UDLAP. Artículo 17º. Con la finalidad de otorgar un servicio de calidad y fomentar el uso adecuado de los recursos de la Universidad, serán obligaciones de los usuarios las siguientes: a. Evitar perturbar al resto de los usuarios, de conformidad con los valores comprendidos en el Código de Ética de la Universidad. b. Asegurar que el número de asistentes no sobrepase la capacidad de la sala multimedial asignada. c. Responder por el comportamiento de los asistentes al evento.
7 REG USO DE SALAS MULTIMEDIALES DE LA BIBLIOTECA PAG. 7/9 ED. 2.1 d. Apagar el equipo de cómputo y cualquier otro equipo periférico, toda vez que se haya dejado de utilizar. e. Cumplir con las disposiciones del presente documento y con el Reglamento de Uso de la Red de Cómputo. f. Cumplir con las indicaciones del personal de la Biblioteca durante su estancia en las instalaciones. g. Mantener la configuración establecida de los componentes de software y hardware de los equipos de cómputo. h. Resarcir a la Universidad de cualquier daño derivado del mal uso del equipo de cómputo y/o instalaciones. Artículo 18º. abstenerse de: Los usuarios y asistentes dentro de las salas multimediales deberán a. Fumar e introducir alimentos. Las bebidas sólo se permitirán en envases con tapa de seguridad. b. Hacer uso de telefonía móvil. c. Cambiar, maltratar, romper o extraer de las instalaciones, el mobiliario y equipo de cómputo que se encuentre dentro de las mismas. d. Colocar objetos sobre el equipo de cómputo o sus accesorios (monitor, teclado, ratón). Artículo 19º El solicitante de la sala multimedial deberá asegurar que tanto los ponentes como los participantes, conozcan el funcionamiento de los equipos y los
8 REG USO DE SALAS MULTIMEDIALES DE LA BIBLIOTECA PAG. 8/9 ED. 2.1 distintos medios a utilizar (pizarrón electrónico, proyector electrónico de cuerpos opacos, software, entre otros). TÍTULO III. DE LAS SANCIONES Artículo 20. Las violaciones al presente Reglamento podrán resultar en las siguientes acciones inmediatas por parte de la Biblioteca: a. realizar una llamada de atención verbal; b. solicitar que se retire de la sala multimedial; c. suspensión temporal del servicio. Artículo 21. La Biblioteca canalizará a la Comisión Disciplinaria de Asuntos Estudiantiles los casos de faltas al presente Reglamento realizadas por estudiantes, proporcionando la información de soporte. Artículo 22. En el caso de faltas al presente Reglamento por parte de algún empleado de la Universidad, la Biblioteca lo reportará a la Dirección de Recursos Humanos para que de forma coordinada se apliquen las acciones conducentes. Artículo 23º. Las violaciones al presente Reglamento por parte de personas que no sean estudiantes o empleados, podrán resultar en las siguientes acciones por parte de la Biblioteca: a. Llamada de atención verbal. b. Solicitar que se retire de las instalaciones. c. Suspensión temporal del servicio, cuando aplique. d. Notificar al personal de seguridad.
9 REG USO DE SALAS MULTIMEDIALES DE LA BIBLIOTECA PAG. 9/9 ED. 2.1 ARTÍCULOS TRANSITORIO El presente Reglamento entra en vigor al día siguiente de su publicación en Intranet y abroga la normatividad anterior relativa al mismo tema. DOCUMENTOS DIRECTAMENTE RELACIONADOS REG REG Reglamento de Uso de la Red de Cómputo Código de Ética Reglamento de Mesa de Servicios y Soporte Técnico Historial de cambios No Edición Descripción del cambio Fecha del cambio 1 Reglamento de Aulas Interactivas Octubre Documento de nueva creación con antecedentes. Las aulas interactivas se denominarán salas multimediales, dejan de ser administradas por la Dirección General de Tecnologías de la Informacion quedando bajo la responsabilidad de la Dirección del Centro Interactivo de Recursos de Información y Aprendizaje CIRIA. Las salas multimediales no podrán ser reservadas de forma permanente para cursos. El servicio para instituciones u organismos externos se realizará a través de la Dirección de Relaciones Públicas y Eventos. Actualización de nombre de área de CIRIA a Dirección de Bibliotecas Noviembre 2011 Noviembre 2013
INSTITUTO DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR DEL DF
INTRODUCCIÓN Los Laboratorios de Cómputo y Salas de Internet de las Escuelas Preparatorias, pertenecientes al Instituto de Educación Media Superior del Distrito Federal, tienen como función principal proporcionar
Más detallesREGLAMENTO DE LA COORDINACIÓN DE TÉCNOLOGIAS PARA EL APRENDIZAJE DEL CENTRO UNIVERSITARIO DE LOS LAGOS
REGLAMENTO DE LA COORDINACIÓN DE TÉCNOLOGIAS PARA EL APRENDIZAJE DEL CENTRO UNIVERSITARIO DE LOS LAGOS La, de conformidad a las políticas y directrices sobre la operación de los espacios de cómputo, fomenta
Más detallesREGLAMENTO DE CENTRO DE CÓMPUTO
REGLAMENTO DE CENTRO DE CÓMPUTO Villahermosa Tabasco; agosto de 2015 Elaboró: Revisó : Autorizó: Coordinación de Centro de Cómputo, Laboratorios y Talleres Dirección de Proyectos Rectoría ÍNDICE TÍTULO
Más detalles2. Reservación de Equipo de cómputo para acceso a Internet.
Políticas de Uso de la y de las Salas Multimedia de la de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí. 1. Naturaleza y Objetivo. 1.1- La ofrece a los alumnos de la Facultad, los servicios de Cómputo, acceso
Más detallesREGLAMENTO DEL CENTRO DE CÓMPUTO EN LOS PLANTELES DEL COBAEV
PÁGINA: 1 DE 6 REGLAMENTO DEL CENTRO DE CÓMPUTO EN LOS PLANTELES DEL COBAEV PÁGINA: 2 DE 6 El presente reglamento se aplica para los centros de cómputo en los planteles del Colegio de Bachilleres del Estado
Más detallesREGLAMENTO DE LABORATOTIOS DE CÓMPUTO
REGLAMENTO DE LABORATOTIOS DE CÓMPUTO Coordinación de Tecnologías para el Aprendizaje UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA CENTRO UNIVERSITARIO DE CIENCIAS DE LA SALUD Reglamento de los laboratorios de cómputo 1.
Más detallesReglamento de la Sala de Cómputo del Posgrado
Reglamento de la Sala de Cómputo del Posgrado Aprobado en la reunión de Consejo Interno del CIE el 25 de mayo del 2004 CAPÍTULO I DE LOS OBJETIVOS Y PROPÓSITOS ARTÍCULO 1. La Sala de Cómputo del Posgrado
Más detallesPOLÍTICA INTERNA DE SERVICIOS DE LA BIBLIOTECA
USO DE LAS INSTALACIONES Y DEL SERVICIO DE PRÉSTAMO INTERNO HORARIO Lunes a viernes de 8:00 a 20:00 hrs. Sábado de 10:00 a 15:00 hrs. 1. El usuario deberá evitar: a) Introducir cualquier tipo de alimentos
Más detallesUNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA FACULTAD DE FARMACIA DEPARTAMENTO DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIONES
1 FACULTAD DE FARMACIA DEPARTAMENTO DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIONES El siguiente Reglamento fue aprobado por el Consejo de la Facultad de Farmacia de la Universidad Central de Venezuela
Más detallesREGLAMENTO DE LABORATORIOS Y TALLERES
REGLAMENTO DE LABORATORIOS Y TALLERES Villahermosa Tabasco; Enero de 2016 Elaboró: Revisó : Autorizó: Departamento de Centro de Cómputo, Laboratorios y Talleres Dirección de Proyectos Rectoría Institucional
Más detallesReglamento del Laboratorio de Computo Especializado
Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey, Campus Morelia Reglamento del Laboratorio de Computo Especializado!" Contenido CAPÍTULO I. De los usuarios... 2 CAPÍTULO II. De los horarios...
Más detallesUniversidad de Guadalajara
Con el objeto de brindar un mejor servicio a los estudiantes de las carreras de Ingeniería, el ha desarrollado el presente REGLAMENTO DE USO DEL LABORATORIO DE MINI-ROBOTICA. El laboratorio se encargará
Más detallesARTICULO ÚNICO. - Establecer el Reglamento de Usuarios de las Salas de Cómputo de la Universidad así:
ARTICULO ÚNICO. - Establecer el Reglamento de Usuarios de las Salas de así: Capítulo I. Usuarios y servicios de las Salas de Cómputo Artículo 1. Se consideran Salas de Cómputo los espacios físicos que
Más detallesLINEAMIENTOS PARA EL FUNCIONAMIENTO Y CONTROL DE LA SALA DE VIDEOCONFERENCIA
LINEAMIENTOS PARA EL FUNCIONAMIENTO Y CONTROL DE LA SALA DE VIDEOCONFERENCIA CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1. Con el objetivo de normar las actividades y servicios que se prestan o generan
Más detallesREGLAMENTO DE CÓMPUTO
(Manuales, Catálogos, Lineamientos, Reglamentos, Plan) Requerimiento: 8.1 No. Versión: 05 Página 1 de 7 REGLAMENTO DE CÓMPUTO Elaboró: Revisó: Autorizó: Puesto Abogado General Abogado General Rectora Firma
Más detallesReglamento de la Sala de Juicios Orales
Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey, Campus Morelia Reglamento de la Sala de Juicios Orales Sala de Juicios Orales Contenido CAPÍTULO I. De los usuarios... 2 CAPÍTULO II. De las
Más detallesPROTOCOLO DE USO LABORATORIO DE RADIO
Programa de Mercadeo y Versión: 01 Página 1 de 12 PROPÓSITO Definir un procedimiento del espacio y uso de los equipos de computo (IMAC) contenidos en la sala nueve (9) de informática, definido como SALA
Más detallesFACULTAD DE MEDICINA HUMANA. REGLAMENTO DEL LABORATORIO DE Informática y cómputo UNIVERSIDAD RICARDO PALMA
FACULTAD DE MEDICINA HUMANA REGLAMENTO DEL LABORATORIO DE Informática y cómputo UNIVERSIDAD RICARDO PALMA 1 FACULTAD DE MEDICINA HUMANA REGLAMENTO DEL FUNCIONAMIENTO DE LABORATORIO DE INFORMÁTICA Y CÓMPUTO
Más detallesREGLAMENTO DE LOS LABORATORIOS DE CÓMPUTO
REGLAMENTO DE 1 INDICE CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES..3 CAPÍTULO II DE LOS OBJETIVOS, FUNCIONES Y ACTIVIDADES DE...3 CAPÍTULO III DE LA ESTRUCTURA DE DE COMPUTO DE LA FACULTAD DE CONTADURÍA Y CIENCIAS
Más detallesCONSEJO DIRECTIVO ACUERDO (Bucaramanga, Diciembre 15 de 2009) EL CONSEJO DIRECTIVO DE LAS UNIDADES TECNOLOGICAS DE SANTANDER ACUERDA
"Por la cual se establece el Reglamento de Usuarios de la Sala Multipropósito de las Unidades Tecnológicas de Santander. EL CONSEJO DIRECTIVO DE LAS UNIDADES TECNOLOGICAS DE SANTANDER En uso de sus atribuciones
Más detallesCONSEJO SUPERIOR ACUERDO No. 014 Agosto 22/08
1 POR MEDIO DEL CUAL SE ESTABLECE EL REGLAMENTO PARA USO DE SALAS MULTIPROPOSITO EN LA UNIVERSIDAD DEL QUINDIO El Consejo Superior de la Universidad del Quindío, en ejercicio de sus Facultades Legales,
Más detallesESCUELA NORMAL SUPERIOR DEL QUINDIO RECTORIA Resolución No. (DÍA de MES de AÑO)
INSTITUCION EDUCATIVA RECTORIA Resolución No. (DÍA de MES de AÑO) "Por la cual se establece el Reglamento de Usuarios de las Aulas de Informática de la Institución Educativa" El rector de la I.E., en uso
Más detallesProcedimientos Generales. Procedimiento de Atención a Eventos y Coordinación de Multimedios Realizó: José Ignacio Juárez Sánchez
MPG-A/FCE/BUAP/.09 1. OBJETIVO: PROCEDIMIENTO DE ATENCIÓN A EVENTOS Y ADMINISTRACIÓN DEL AUDITORIO 1.1 Describir las actividades a desarrollar por el Responsable del Auditorio de la FCE. 2. ALCANCE: 1/5
Más detallesINSTITUTO TECNOLOGICO SUPERIOR DE ESCÁRCEGA REGLAMENTO DEL CENTRO DE CÓMPUTO
INSTITUTO TECNOLOGICO SUPERIOR DE ESCÁRCEGA REGLAMENTO DEL CENTRO DE CÓMPUTO Las bases de este reglamento consisten en normar la organización, control, funcionamiento del Centro de Cómputo, coadyuvando
Más detallesINSTUTUCIÓN EDUCATIVA DISTRITAL LAURA VICUÑA REGLAMENTO DE LAS AULAS DE INFORMÁTICA RECTORIA
INSTUTUCIÓN EDUCATIVA DISTRITAL LAURA VICUÑA REGLAMENTO DE LAS AULAS DE INFORMÁTICA Resolución No. XXXX RECTORIA (DÍA de MES de AÑO) "Por la cual se establece el Reglamento de Usuarios de las Aulas de
Más detallesSala de Cómputo del Posgrado-CIE
Sala de Cómputo del Posgrado-CIE Reglamento CAPÍTULO I DE LOS OBJETIVOS Y PROPÓSITOS ARTÍCULO 1.- El Laboratorio de Cómputo del Posgrado (LCP) del Centro de Investigación en Energía (CIE-UNAM) es una sala
Más detallesCAPITULO 1 GENERALES. Articulo2 El horario del servicio del centro de cómputo será de lunes a viernes de 7:00 a las 21 Horas.
REGLAMENTO DEL CENTRO DE CÓMPUTO Introducción Con el objetivo de proporcionar un buen servicio y el adecuado manejo de los equipos existentes en el centro de cómputo, se ha elaborado el presente reglamento
Más detallesREGLAMENTO DE LABORATORIOS DE APRENDIZAJE DIGITAL
www.uladech.edu.pe RECTORADO REGLAMENTO DE LABORATORIOS DE APRENDIZAJE DIGITAL VERSIÓN 002 Aprobado por acuerdo del Consejo Universitario con Resolución N 0941-2017-CU-ULADECH Católica, de fecha 03 de
Más detallesINSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE HUICHAPAN REGLAMENTO DEL CENTRO DE CÓMPUTO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE HUICHAPAN
INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE HUICHAPAN REGLAMENTO DEL CENTRO DE CÓMPUTO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE HUICHAPAN CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- El Reglamento del Centro de
Más detallesUNIVERSIDAD AUTÓNOMA CHAPINGO DEPARTAMENTO DE AGROECOLOGÍA
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA CHAPINGO DEPARTAMENTO DE AGROECOLOGÍA REGLAMENTO DEL LABORATORIO DE COMPUTO DEL DEPARTAMENTO DE ENSEÑANZA, INVESTIGACIÓN Y SERVICIO EN AGROECOLOGÍA Aprobado por el H. Consejo Departamental
Más detallesUNIVERSIDAD AUTÓNOMA BENITO JUÁREZ DE OAXACA ESCUELA DE ECONOMÍA REGLAMENTO DEL SALÓN DE USOS MÚLTIPLES DE LA ESCUELA DE ECONOMÍA
REGLAMENTO DEL SALÓN DE USOS MÚLTIPLES DE LA ESCUELA DE ECONOMÍA Con fundamento en lo establecido por los artículos 52 fracción V de la Ley Orgánica de la Universidad Autónoma Benito Juárez de Oaxaca,
Más detallesREGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE TLAXCALA.
REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE TLAXCALA. Página 1 de 7 ÍNDICE CAPÍTULO I NATURALEZA Y FINES. 3 CAPÍTULO II DE LOS USUARIOS. 4 CAPÍTULO III DEL PRÉSTAMO DE MATERIAL. 5 CAPÍTULO
Más detallesMUNICIPIO DE SANTIAGO DE CALI INSTITUTO POPULAR DE CULTURA IPC REGLAMENTO DE AUDIOVISUALES Y OTROS MEDIOS EDUCATIVOS
MUNICIPIO DE SANTIAGO DE CALI INSTITUTO POPULAR DE CULTURA IPC REGLAMENTO DE AUDIOVISUALES Y OTROS MEDIOS EDUCATIVOS Objetivo Las medios educativos tienen como objetivo fortalecer los espacios didáctico
Más detallesCAPÍTULO I DE LAS CONDICIONES GENERALES PARA EL USO DE LAS SALAS DE SISTEMAS
CAPÍTULO I DE LAS CONDICIONES GENERALES PARA EL USO DE LAS SALAS DE SISTEMAS ARTÍCULO 1.- Dentro de las condiciones generales definidas para el uso de las salas de sistemas se establecen las siguientes:
Más detallesReglamento de la Coordinación de Cómputo
Instituto de Investigaciones Históricas Reglamento de la Coordinación de Cómputo Instituto de Investigaciones Históricas Reglamento de la Coordinación de Cómputo Universidad Nacional Autónoma de México
Más detallesDEPARTAMENTO DE INFORMÁTICA Y TECNOLOGÍA EDUCATIVA DIyTE Reglamento de Aulas de Informática
ESCUELA NORMAL PROFR. SERAFÍN PEÑA "Reglamento de Usuarios de las Aulas de Informática de la Escuela Normal Profr. Serafín Peña" El Jefe del Departamento de Informática y Tecnología Educativa (DiyTE) bajo
Más detallesACUERDO No. 03 (20 de Febrero de 2006) Por medio del cual se aprueba el reglamento del área de audiovisuales
ACUERDO No. 03 (20 de Febrero de 2006) Por medio del cual se aprueba el reglamento del área de audiovisuales EL CONSEJO ACADÉMICO DEL COLEGIO MAYOR DE BOLÍVAR, en uso de sus facultades legales y, CONSIDERANDO
Más detallesREGLAMENTO PARA EL SERVICIO DEL CENTRO DE INFORMACIÓN INTERACTIVA DE LA ESCUELA LIBRE DE DERECHO DE SINALOA CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
REGLAMENTO PARA EL SERVICIO DEL CENTRO DE INFORMACIÓN INTERACTIVA DE LA ESCUELA LIBRE DE DERECHO DE SINALOA CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1º.- El presente reglamento tiene por objeto regular
Más detallesREGLAMENTO INTERNO DEL LABORATORIO DE COMPUTO
DEL LABORATORIO DE COMPUTO Departamentos s 1 de 5 CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES 1. El Centro de Cómputo tendrá los siguientes objetivos: a. Proporcionar los espacios y los recursos de hardware y
Más detallesÍNDICE. INTRODUCCIÓN... l CAPÍTULO I DE LOS USUARIOS... 1 CAPÍTULO II DE LOS SERVICIOS... 2 CAPÍTULO III DE LOS REQUISITOS... 5
ÍNDICE INTRODUCCIÓN... l CAPÍTULO I DE LOS USUARIOS... 1 CAPÍTULO II DE LOS SERVICIOS... 2 CAPÍTULO III DE LOS REQUISITOS... 5 CAPÍTULO IV DE LAS RESPONSABILIDADES... 6 CAPÍTULO V DE LAS SANCIONES... 8
Más detallesREGLAMENTO DEL USO DE EQUIPOS DE CÓMPUTO, PROYECTORES MULTIMEDIA Y LABORATORIOS DE FACEM
REGLAMENTO DEL USO DE EQUIPOS DE CÓMPUTO, PROYECTORES MULTIMEDIA Y LABORATORIOS DE FACEM TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Art. 1.- Art. 2.- Art. 3.- El Decano de la Facultad, el Secretario Académico y
Más detallesReglamento Sobre el Uso de las Salas de Informática
Reglamento Sobre el Uso de las Salas de Informática Artículo 1. Definición: Las Salas de Informática en todas las sedes de la Fundación Universitaria Los Libertadores son espacios educativos que poseen
Más detallesINSTITUTO TECNOLOGICO SUPERIOR DE ESCÁRCEGA REGLAMENTO DEL LABORATORIO DE REDES Y ELECTRÓNICA
INSTITUTO TECNOLOGICO SUPERIOR DE ESCÁRCEGA REGLAMENTO DEL LABORATORIO DE REDES Y ELECTRÓNICA Las bases de este reglamento consisten en normar la organización, control, funcionamiento del Laboratorio de
Más detallesCódigo: DOC 7.2 DRT 05 Página : 1 de 5 Fecha de emisión:
Código: DOC 7.2 DRT 05 Página : 1 de 5 1. NOMBRE DEL SERVICIO Servicio de Videoconferencias 2. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO El servicio de videoconferencia consiste en permitir la transmisión y/o recepción
Más detallesReglamento de Sala de Cómputo REGLAMENTO DE SALA DE CÓMPUTO CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
REGLAMENTO DE SALA DE CÓMPUTO CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES DE LOS USUARIOS Artículo 1o. Se consideran como usuarios: a) Alumnos inscritos en el semestre escolar vigente. b) Tesistas egresados de
Más detallesLINEAMIENTOS DEL CEPALE
UNIVERSIDAD JUÁREZ AUTÓNOMA DE TABASCO CENTRO DE ENSEÑANZA DE IDIOMAS CENTRO DE ESTUDIO Y PRÁCTICAS PARA EL APRENDIZAJE DE LENGUAS EXTRANJERAS C E P A L E Villahermosa, Tabasco. 30 de marzo del 2009 LINEAMIENTOS
Más detallesINSTRUCTIVO PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO DE CÓMPUTO
INSTRUCTIVO PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO DE CÓMPUTO VICERECTORIA ACADÉMICA TABLA DE CONTENIDO PRESENTACIÓN Y PROPÓSITO DEFINICIÓN DE USUARIOS REGISTRO Y CREDENCIALES SERVICIO Y USO DEL CENTRO DE CÓMPUTO
Más detallesReglamento del Laboratorio de Ciencias Básicas
Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey, Campus Morelia Reglamento del Laboratorio de Ciencias Básicas!" Contenido CAPÍTULO I. De los usuarios... 2 CAPÍTULO II. De los horarios... 2
Más detallesUNIVERSIDAD AUTÓNOMA BENITO JUÁREZ DE OAXACA ESCUELA DE ECONOMÍA REGLAMENTO DEL CENTRO DE CÓMPUTO DE LA ESCUELA DE ECONOMÍA
REGLAMENTO DEL CENTRO DE CÓMPUTO DE LA ESCUELA DE ECONOMÍA Con fundamento en lo establecido por los artículos 52 fracción V de la Ley Orgánica de la Universidad Autónoma Benito Juárez de Oaxaca, el Consejo
Más detallesReglamento del laboratorio de Redes y Seguridad
Página 1/6 Este reglamento se basa en la filosofía prohibitiva, es decir, Todo está prohibido a excepción de lo que explícitamente se permite. 1. Objetivo Difundir los lineamientos que deben seguir los
Más detallesINSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE VALLADOLID LINEAMIENTOS PARA EL USO DE LOS CENTROS DE COMPUTOS Y AUDIOVISUALES.
INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE VALLADOLID LINEAMIENTOS PARA EL USO DE LOS CENTROS DE COMPUTOS Y AUDIOVISUALES. Contenido INTRODUCCIÓN... 3 OBJETIVO... 4 ALCANCE... 4 POLÍTICAS... 4 MISIÓN DEL CENTRO
Más detallesUNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE SAN LUIS POTOSÍ REGLAMENTO
PAGINA 1 DE 9 PAGINA 2 DE 9 CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES DEL Articulo 1 La finalidad de este reglamento es establecer las políticas de servicios bibliotecarios para el optimó funcionamiento de la
Más detallesLINEAMIENTOS PARA EL PRÉSTAMO DE EQUIPO Y MATERIALES DE PRODUCCIÓN AUDIOVISUAL DE LA FACULTAD DE ARTES
LINEAMIENTOS PARA EL PRÉSTAMO DE EQUIPO Y MATERIALES DE PRODUCCIÓN AUDIOVISUAL DE LA FACULTAD DE ARTES Aprobados por el H. Consejo Técnico de la Facultad de Artes el 11 de Septiembre de 2012 en la ciudad
Más detallesINSTRUCTIVO DEL FUNCIONAMIENTO INTERNO Y OPERATIVO PARA REGULAR EL USO DE LOS SERVICIOS E INSTALACIONES DE LA COORDINACION DE ENSEÑANZA DE LENGUAS
INSTRUCTIVO DEL FUNCIONAMIENTO INTERNO Y OPERATIVO PARA REGULAR EL USO DE LOS SERVICIOS E INSTALACIONES DE LA COORDINACION DE ENSEÑANZA DE LENGUAS EXTRANJERAS DE LA UNIDAD IZTAPALAPA. MODIFICADO POR EL
Más detallesReglamento del Laboratorio Celda de Manufactura
Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey, Campus Morelia Reglamento del Laboratorio Celda de Manufactura!" Contenido CAPÍTULO I. De los usuarios... 2 CAPÍTULO III. De los horarios...
Más detallesReglamento del Laboratorio de Arquitectura
Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey, Campus Morelia Reglamento del Laboratorio de Arquitectura!" Contenido CAPÍTULO I. De los usuarios... 2 CAPÍTULO II. De los horarios... 2 CAPÍTULO
Más detallesREGLAMENTO PARA LOS LABORATORIOS DE CÓMPUTO ACADÉMICO DE LA FACULTAD DE MEDICINA VETERINARIA Y ZOOTECNIA
REGLAMENTO PARA LOS LABORATORIOS DE CÓMPUTO ACADÉMICO DE LA FACULTAD DE MEDICINA VETERINARIA Y ZOOTECNIA OBJETIVOS, SERVICIOS Y ACTIVIDADES DE LOS LABORATORIOS DE CÓMPUTO ACADÉMICO Artículo 1. Propósito
Más detallesTALLER DE CÓMPUTO DE LA EPO 28
CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- El presente Reglamento tiene por objeto regular el uso, el servicio, la conservación y el manejo de los equipos y componentes informáticos del Taller de
Más detallesCentro de Computo El Centro de Cómputo cuenta con cuatro Laboratorios: Laboratorios 1, 2 y 3 utilizados para las practicas solicitadas por los
Centro de Computo El Centro de Cómputo cuenta con cuatro Laboratorios: Laboratorios 1, 2 y 3 utilizados para las practicas solicitadas por los docentes, cursos, talleres en congresos y diplomados. Laboratorio
Más detallesUNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE SINALOA FACULTAD DE MEDICINA VETERINARIA Y ZOOTECNIA CENTROS DE CÓMPUTO I Y II REGLAMENTO
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE SINALOA FACULTAD DE MEDICINA VETERINARIA Y ZOOTECNIA REGLAMENTO ELABORÓ: MCyTE. YAZMÍN EDITH VILLALBA ROBLES COORDINADORA DEL CENTRO DE CÓMPUTO Culiacán, Sinaloa, Agosto de 2015.
Más detallesÍNDICE. Lineamientos para el Uso del Laboratorio de Optimización y Redes de la UPALT. CAPÍTULO PRIMERO Disposiciones generales
ÍNDICE CAPÍTULO PRIMERO Disposiciones generales CAPÍTULO SEGUNDO De la naturaleza de las prácticas y del trabajo en el LOR CAPÍTULO TERCERO De la seguridad CAPÍTULO CUARTO De la organización de las prácticas
Más detallesREGLAMENTO DEL CENTRO DE CÓMPUTO
Elaborado por el responsable del Área Dictaminado por el Consejo Académico Institucional Revisado por el Departamento de Planeación y Evaluación Institucional REGLAMENTO DEL CENTRO DE CÓMPUTO Primera de
Más detallesREGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA
UNIVERSIDAD MICHOACANA DE SAN NICOLÁS DE HIDALGO FACULTAD DE INGENIERÍA CIVIL REGLAMENTOS INTERNOS REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA Morelia, Michoacán, Mayo de 2009 UNIVERSIDAD MICHOACANA DE SAN NICOLÁS DE
Más detallesREGLAMENTO DE LOS LABORATORIOS DE CÓMPUTO
Página 1 de 7 REGLAMENTO DE LOS LABORATORIOS DE CÓMPUTO 1. OBJETIVOS GENERALES El reglamento de LABORATORIO DE CÓMPUTO tendrá como objetivo primordial normar el uso y el funcionamiento adecuado de éstos,
Más detallesREGLAMENTO DE SERVICIOS BIBLIOTECARIOS
REGLAMENTO DE SERVICIOS BIBLIOTECARIOS CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- La función primordial de los servicios bibliotecarios es movilizar los acervos existentes para apoyar el aprendizaje
Más detallesTRÁMITE DE TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS POR ESTUDIOS O PRÁCTICAS EN EL EXTRANJERO PAG.1/12 ED.1.2 REVISÓ:
PAG.1/12 ED.1.2 I. Objetivo Establecer el procedimiento para la transferencia de créditos de estudios en el extranjero realizados por los estudiantes de la Fundación Universidad de las Américas, Puebla
Más detallesObjetivo...3. Definiciones...3. Consideraciones generales...4. Servicio...5. Préstamos en módulo...5. Actividades. 6. Sanciones...
REGLAMENTO 1 Contenido Objetivo...3 Definiciones....3 Consideraciones generales....4 Servicio....5 Préstamos en módulo...5 Actividades. 6 Sanciones...7 2 Objetivo Brindar servicios de cómputo académico
Más detallesGUIA DEL CENTRO DE CÓMPUTO ESCUELAS PROFESIONALES DE LA UNIVERSIDAD DE LA SALLE BAJÍO
GUIA DEL CENTRO DE CÓMPUTO ESCUELAS PROFESIONALES DE LA UNIVERSIDAD DE LA SALLE BAJÍO INDIVISA MANENT Lo Unido Permanece Objetivo General: La actividad prioritaria a realizar en el centro de cómputo, será
Más detallesINSTITUTO DE FILOSOFÍA
B I B L I OT E C A REGLAMENTO 1 ARTICULO 1 Sobre el horario De 8:30 a 2:30 de lunes a viernes ARTÍCULO 2 Sobre el usuario Se considera usuario interno: a) El docente, estudiante, pasante que prepare su
Más detallesreglamento laboratorios informática
reglamento laboratorios informática INTRODUCCIÓN El siguiente reglamento tiene como objetivo normar el uso de los laboratorios de informática de nuestra institución, con el fin de dar el mejor servicio
Más detallesINSTITUTO TECNOLÓGICO DE USULUTÁN ADMINISTRACIÓN FUNDAITI. Reglamento de Centro de Cómputo
INSTITUTO TECNOLÓGICO DE USULUTÁN ADMINISTRACIÓN FUNDAITI Reglamento de Centro de Cómputo Usulután, 2012 INSTITUTO TECNOLÓGICO DE USULUTÁN ADMINISTRACIÓN FUNDAITI Reglamento de Centro de Cómputo Usulután,
Más detallesTÉRMINOS Y CONDICIONES DE USO DEL SERVICIO DE
Código: CI-AGS-T01 Versión: 1.0 Página 1 de 6 Introducción: En el Centro de Datos Institucional se dispone de una infraestructura base con memoria, procesamiento, enlaces de red y almacenamiento, que pueden
Más detallesFacultad de Enfermería Victoria
Facultad de Enfermería Victoria 10.1 Biblioteca y acervos El área de biblioteca está ubicada en el Edificio A de esta Facultad, en ella se cuenta con el acervo bibliográfico necesario para soportar las
Más detallesInstituto Tecnológico de Colima
Instituto Tecnológico de Colima TÍTULO PRIMERO USUARIOS Artículo 1: En el presente reglamento, son considerados como usuarios del Centro de Información (C.I): A. Usuarios Internos: Estudiantes regulares
Más detallesCÓDIGO CIA. Horario de atención: Lunes a viernes de 7:00 a 18:00
CÓDIGO CIA Horario de atención: Lunes a viernes de 7:00 a 18:00 1.-USO DE LAS INSTALACIONES Y MOBILIARIO Evitar: 1. Introducir de alimentos y bebidas en las instalaciones del CIA. 2. Maltratar el mobiliario
Más detallesBoletín de Recursos Audiovisuales. Departamento de Laboratorios
Boletín de Recursos Audiovisuales Departamento de Laboratorios Marzo del 2009 El área de Recursos Audiovisuales, unidad dependiente del Departamento de Laboratorios del Instituto Tecnológico de Sonora,
Más detallesReglamento y Normas para el uso del Oficentro.
1. Objetivos generales. Reglamento y Normas para el uso del Oficentro. El reglamento del Oficentro del Colegio de Periodistas de Costa Rica y Profesionales en Comunicación tiene como principal objetivo
Más detallesReglamento de la Sala de Cómputo 1. SALA DE CÓMPUTO
Reglamento de la Sala de Cómputo 1. SALA DE CÓMPUTO La sala de cómputo del Centro Peninsular en Humanidades y Ciencias Sociales es el espacio físico que cuenta con recursos informáticos disponibles para
Más detallesANEXO 1. CATÁLOGO DE SERVICIOS EQUIPO DE COMPUTO. Funcionarios Directos de Gilat Colombia
ANEXO 1. CATÁLOGO DE S Servicios Básicos de IT EQUIPO DE COMPUTO Jefe Infraestructura CRITICIDAD 4 DESCRIPCION Y Aprovisionar a los funcionarios un equipo de cómputo para el acceso a los elementos y aplicaciones
Más detallesReglamento del FABLAB
Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey, Campus Morelia Reglamento del FABLAB!" Contenido CAPÍTULO I. De los usuarios... 2 CAPÍTULO II. De los horarios... 2 CAPÍTULO III. Del equipo
Más detallesCONTENIDO CAPÍTULO PRIMERO DEFINICIONES GENERALES 1 CAPÍTULO SEGUNDO DEL HORARIO DE ATENCIÓN 1 CAPÍTULO TERCERO DE LOS REQUISITOS PARA SER USUARIO 1
REGLAMENTO DEL CENTRO DE APOYO DOCENTE CONTENIDO CAPÍTULO PRIMERO DEFINICIONES GENERALES 1 CAPÍTULO SEGUNDO DEL HORARIO DE ATENCIÓN 1 CAPÍTULO TERCERO DE LOS REQUISITOS PARA SER USUARIO 1 CAPÍTULO CUARTO
Más detallesREGLAMENTO DE BIBLIOTECA
REGLAMENTO DE BIBLIOTECA Página 1 de 6 Capítulo I Disposiciones Generales Artículo 1. La biblioteca es un servicio de apoyo académico a la investigación y docencia. Constituye un acervo cultural, que crece
Más detallesREGLAMENTO DEL CENTRO DE CÓMPUTO.
REGLAMENTO DEL CENTRO DE CÓMPUTO. Página 1 de 9 ÍNDICE CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES. 3 CAPÍTULO II DE LA AUTORIDAD. 3 DE LOS USUARIOS. 3 SON DERECHOS DE LOS USUARIOS. 4 CAPÍTULO III NORMAS DE LOS
Más detallesReglamento General del Centro de Información y Documentación de la Universidad Politécnica de San Luis Potosí.
de la Universidad Politécnica de San Luis Potosí. Introducción. El Centro de Información y Documentación (CID) es un espacio que la Universidad Politécnica de San Luis Potosí (UPSLP) ha creado para proporcionar
Más detallesREGLAMENTO PARA LA BIBLIOTECA
REGLAMENTO PARA LA BIBLIOTECA CONTENIDO CAPITULO I Disposiciones Generales... 3 CAPITULO II De Los Usuarios... 3 CAPITULO III De Los Servicios... 4 CAPITULO IV De Los Derechos y Obligaciones 7 CAPITULO
Más detallesUNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE SAN LUIS POTOSÍ Ciencia, Tecnología y Cultura al Servicio del Ser Humano CENTRO DE INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN
UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE SAN LUIS POTOSÍ Ciencia, Tecnología y Cultura al Servicio del Ser Humano CENTRO DE INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN Reglamento General del Centro de Información y Documentación de
Más detallesLINEAMIENTOS GENERALES PARA EL LABORATORIO DE INFORMÁTICA. APROBADO POR EL H. CONSEJO TÉCNICO CONSULTIVO DE LA FACULTAD CON FECHA 14 OCTUBRE DE 2016
LINEAMIENTOS GENERALES PARA EL LABORATORIO DE INFORMÁTICA. APROBADO POR EL H. CONSEJO TÉCNICO CONSULTIVO DE LA FACULTAD CON FECHA 14 OCTUBRE DE 2016 PRESENTA: LIC. ENF. CLAUDIA ELENA GONZÁLEZ ACEVEDO,
Más detallesREGLAMENTO INTERNO LABORATORIO DE CONTROL INDUSTRIAL. ELABORADO POR Ing. Cristian Fabara REVISADO Y APROBADO POR
ESCUELA POLITÉCNICA NACIONAL Campus Politécnico "J. Rubén Orellana R." FACULTAD DE INGENIERÍA ELÉCTRICA Y ELECTRÓNICA DEPARTAMENTO DE AUTOMATIZACIÓN Y CONTROL CARRERA DE INGENIERÍA EN ELECTRÓNICA Y CONTROL
Más detallesCursos de Verano 2015
TECNÓLOGICO NACIONAL DE MÉXICO Instituto Tecnológico de Apizaco 2015, Año del Generalísimo José María Morelos y Pavón INSTITUTO TECNOLÓGICO DE APIZACO A TRAVÉS DE LA DIVISIÓN DE ESTUDIOS PROFESIONALES
Más detallesUNIVERSIDAD AUTÓNOMA CHAPINGO DIVISIÓN DE CIENCIAS FORESTALES REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DE LA DIVISIÓN DE CIENCIAS FORESTALES
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA CHAPINGO DIVISIÓN DE CIENCIAS FORESTALES REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DE LA DIVISIÓN DE CIENCIAS FORESTALES CHAPINGO, EDO. DE MÉXICO, 2 DE FEBRERO DE 1984 C O N T E N I D O CAPÍTULO
Más detallesINSTITUTO DE CIENCIAS JURÍDICAS DE PUEBLA, A. C. INCORPORADO A LA BUAP REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DOCTOR GUILLERMO FLORIS MARGADAN
INSTITUTO DE CIENCIAS JURÍDICAS DE PUEBLA, A. C. INCORPORADO A LA BUAP REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DOCTOR GUILLERMO FLORIS MARGADAN CAPÍTULO I GENERALIDADES Artículo 1. Es responsabilidad de la Biblioteca
Más detallesREGLAMENTO BIBLIOTECA
ÍNDICE REGLAMENTO BIBLIOTECA ÍNDICE CAPÍTULO PRIMERO... 3 Generalidades... 3 CAPÍTULO SEGUNDO... 4 De los Servicios... 4 CAPÍTULO TERCERO... 5 Del Préstamo... 5 CAPÍTULO CUARTO... 6 Devolución de material...
Más detallesCOMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDERAL BIBLIOTECA NORMA CORONA SAPIÉN. GUÍA DE SERVICIOS
COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDERAL BIBLIOTECA NORMA CORONA SAPIÉN. GUÍA DE SERVICIOS 1 Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal GUÍA DE SERVICIOS DE LA BIBLIOTECA NORMA CORONA SAPIÉN.
Más detallesPROYECTO DE REGLAMENTO PARA EL CENTRO DE CÓMPUTO DE SISTEMAS COMPUTACIONALES ADMINISTRATIVOS
U N I V E R S I D A D V E R A C R U Z A N A F a c u l t a d d e C o n t a d u r í a y A d m i n i s t r a c i ó n PROYECTO DE REGLAMENTO PARA EL CENTRO DE CÓMPUTO DE SISTEMAS COMPUTACIONALES ADMINISTRATIVOS
Más detallesREGLAMENTO DEL LABORATORIO DE SIMULACIÓN
REGLAMENTO DEL LABORATORIO DE SIMULACIÓN ELABORÓ M.C. JULIO CESAR CAMARGO SANTOS AUTORIZÓ M.C. JOSÉ LUIS SESEÑA OSORIO CONSIDERANDO 1.- Que la creación del laboratorio de simulación para las carreras que
Más detalles