PROPUESTA DE MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PLAN PARCIAL SECTOR SUZR-6 EL SILVESTRE. SILLA.

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "PROPUESTA DE MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PLAN PARCIAL SECTOR SUZR-6 EL SILVESTRE. SILLA."

Transcripción

1 PROPUESTA DE MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PLAN PARCIAL SECTOR SUZR-6 EL SILVESTRE. SILLA. INDICE 1. Antecedentes Planeamiento vigente Modificaciones propuestas Texto refundido del artículo

2 PROPUESTA DE MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PLAN PARCIAL SECTOR SUZR-6 EL SILVESTRE. SILLA. 1. Antecedentes. EL Plan Parcial del sector SUZR-6 El Silvestre fue aprobado definitivamente por el Ayuntamiento de Silla en fecha 8 de agosto de 2.008, y publicado en el DOGV de fecha 20 de marzo de En el momento de redactar la reparcelación, se ha constatada que ante la dispersión en al titularidad del suelo, existiendo un gran numero de parcelas de reducidas dimensiones, lo que lleva a la creación de un gran número de proindivisos en las parcelas resultantes. Por este motivo, se propone en la presente modificación reducir la parcela mínima de las torres T2 y T3, de la zona de ordenanza EDA subzona TORRE, de modo que se posibilite la adjudicación de mayor número de parcelas independientes. La propuesta de modificación se limita a la subdivisión de las manzanas en cuatro parcela finales, en lugar de las 2 previstas en el planeamiento vigente, dividiendo por sus ejes de simetría las manzanas, obteniendo como resultado cuatro parcelas de superficie 457,30 m², y dimensiones 17m x 26,90 m, adecuadas para la implantación de la edificabilidad y tipología previstas. 2. Planeamiento vigente. Las condiciones de edificación de la zona de ordenanza Residencial múltiple bloque exento. EDA. subzona TORRE, se desarrollan en el artículo 6.3 de la normativa del Plan Parcial: 6.3. Normas de edificación del suelo de destino y uso privado. Residencial múltiple bloque exento. EDA.subzona TORRE. Ámbito Comprende íntegramente las manzanas denominadas T1, T2, T3, T4. Parcialmente en las manzanas M2 y M3, el elemento edificado situado al oeste de las mismas, recayentes al vial srv-4 y srv-3, respectivamente, grafiado en los planos de ordenación. Y en la manzana M4 los elementos edificados recayentes a la avenida de Gandia. En el siguiente esquema se indican aquellas edificaciones incluidas en esta subzona. 2

3 Configuración de la zona. Esta zona de edificación abierta se configura por la integración del sistema de Ordenación por edificación en alineación a vial, tipología edificatoria de torre exenta y el uso global residencial. Régimen de usos. El uso global o dominante de esta Zona es el Residencial plurifamiliar (Rpf). Usos compatibles: a) Almacenes compatibles con la vivienda. Alm.1. Sólo podrán ubicarse en planta baja e inferiores a la baja. Deberán contar con accesos desde la vía pública independientes y diferenciados de los del resto de usos. b) Locales industriales compatibles con la vivienda Ind 1. Sólo podrán ubicarse en planta baja e inferiores a esta y deberán contar con accesos desde la vía publica independientes y diferenciados del resto de usos. c) Aparcamientos de uso público o privado. Par.1. Podrán situarse en cualquiera de las ubicaciones siguientes: - En planta baja e inferiores a esta. - Bajo espacios libres privados y bajo espacios libres públicos, previa concesión administrativo o simple autorización. (Par.1b). d). Uso Residencial comunitario. Rem Se admite este uso en edificio de uso exclusivo, y en edificios de uso mixto, siempre que se sitúen por debajo de las plantas destinadas a viviendas y por encima de las plantas destinadas a otros usos. e) Uso Residencial Plurifamiliar. Rpf. Es el uso global dominante asignado por el plan a esta zona. 3

4 Se admite en edificio de uso exclusivo y en edificios de uso mixto siempre que se situé por encima de las plantas destinadas a otros usos. f) Uso Comercial compatible con la vivienda. Tco 1. Sólo podrán ubicarse en planta baja e inferiores a esta, no admitiéndose en la misma planta en la que se ubiquen viviendas. También se admite en edificio de uso exclusivo comercial, con un máximo de superficie de venta de m². Si se ubican en edificios de uso mixto, los locales comerciales deberán tener acceso independiente y diferenciados desde la vía publica, al de los otros usos. g) Hoteles, hostales, pensiones y apart-hoteles. Se admite en edificio de uso exclusivo y de uso mixto. Siempre que las plantas de este uso se ubiquen por debajo de las plantas destinadas a viviendas y por encima de las plantas destinadas a los restantes usos. h) Locales de oficina. Tof 2. Se admiten en edificio de uso exclusivo y de uso mixto. Siempre que las plantas destinadas a este uso se sitúen en planta semisótano y superiores y siempre por debajo de las plantas destinadas a usos hoteleros o residenciales y por encima de otros usos no residenciales. i) Recreativas. Tre. Se admiten en sus categorías Tre 1, Tre 2 y Tre 3, en planta baja y planta semisótano y deberán tener acceso independiente y diferenciado desde la vía publica. En la categoría Tre 4 se admite en edificio de uso exclusivo previo estudio de detalle. j) Dotacionales. D. Se admiten en semisótanos y plantas superiores con las siguientes limitaciones: La superficie construida del conjunto de locales no residenciales, no podrá ser superior al 50% de la totalidad de la superficie construida, excluidos los sótanos, del edificio. Podrá superase el 50% si las dotaciones ocupan solo planta baja o primera. Los locales dotacionales se ubicaran por debajo de las plantas destinadas a usos residenciales. Las distintas agregaciones de los usos terciarios (comerciales, hoteleros, oficinas y recreativos) podrán situarse en edificio de uso exclusivo terciario. Usos prohibidos: Se prohíben expresamente los siguientes usos: - Edificios comerciales tipo Tco.2. - Campamentos Tho 2. - Edificios, locales e instalaciones recreativas de aforo superior a personas. Tre 4. - Industrias y almacenes de nivel Ind.2, Ind.3, Alm 2 y Alm 3. - Edificios dotacionales destinados a mercado de abastos, mataderos, cementerios, infraestructuras excepto los servicios de telecomunicaciones ( Din 5). 4

5 - Edificios de aparcamientos de vehículos destinados al transporte publico de viajeros o de mercancías. Parámetros urbanísticos Condiciones de parcela. La manzana T1 forma una parcela única, con una superficie de 1.020,00 m². Las manzanas T2 y T3 pueden subdividirse en dos parcelas mínimas, respecto a un eje perpendicular al vial prv-1, coincidente con el eje de simetría de la manzana, dando como resultado dos parcelas de superficie 914,60 m². Estas parcelas estarán constituidas por un elemento torre, de dimensiones 34x20 metros recayente a vial rodado, y en su parte posterior, un elemento edificable en planta baja de dimensiones 34 x 6,90 metros. 20 6, ,93 34 T2/3 T2.1/3.1 T2.2/3.2 La manzana T4 podrá parcelarse en tres subparcelas, según ejes ortogonales al vial prv-1 con el esquema siguiente: 20 6,56 6, , T4.1 T4.2 T4.3 T4 En las manzanas M2 y M3, se ubica un elemento torre en oeste de las mismas. Este elemento torre tiene asignada una subparcela de dimensiones 43 x 33,8 metros, coincidiendo la dimensión mayor con la alineación a vial. Sobre esta parcela se admite la creación de dos parcelas mínimas de dimensiones 21,5 x 33,8 metros. Según el siguiente esquema de parcelación. Se configuran con un elemento edificable, de 20 metros de profundidad recayente a vial de trafico rodado, y en su parte posterior un espacio libre privado (no edificable) de 13,80 metros. 5

6 20 13,8 Mt2.1/3.1 21,5 43 Mt2.1/3.1 Mt2/3 En la manzana M4, los elementos torres se sitúan al este, recayendo a la Avenida de Gandia, enlazados por un elemento central edificable en planta baja. A estos elementos se les adscriben espacios libres privados según el esquema de parcelación siguiente. Mt Mt4.2 M4 Condiciones de emplazamiento. Alineaciones de viales: son las definidas en los planos de ordenación O2. Son obligatorias, no admitiéndose retiros de las mismas. Del mismo modo, las alineaciones de los elementos edificados (bloques y torres ) también son obligatorias. Las superficies ocupadas por las parcelas edificables y espacios libres anejos se ajustara a lo definido en el plano O2 del presente documento. Las edificaciones no podrán retranquearse de las alineaciones definidas, salvo, lógicamente, los espacios libres privados definidos en el plan. Las alineaciones de los elementos edificados definidos, tanto recayentes a vía publica, como a espacios interiores de parcela, serán obligatorias, salvo lo definido para la redacción de estudios de detalle. Se admite la tolerancia de una planta en los cuerpos edificables en planta baja, por lo que en este supuesto, se admitirá la desaparición del plano de fachada del elemento. 6

7 Condiciones de intensidad en parcela. Las distintas parcelas definidas en el Plan Parcial, o las resultantes de las posibles parcelaciones, tendrán los siguientes parámetros edificatorios: Parcela Subparcela Superficie Edificabilidad Dimensiones m²s m²t T1 única 1.020, ,79 30 x 34 T , ,25 53,8 x 34 T , ,62 26,9 x 34 T , ,62 26,9 x 34 T , ,25 53,8 x 34 T , ,62 26,9 x 34 T , ,62 26,9 x 34 T , ,35 93,24 x 34 T , ,04 26,56 x 34 T , ,04 31,56 x 34 T , ,27 35,12 x 34 Mt , ,00 33,8 x 43 Mt , ,50 33,8 x 21,5 Mt , ,50 33,8 x 21,5 Mt , ,00 33,8 x 43 Mt , ,50 33,8 x 21,5 Mt , ,50 33,8 x 21,5 Mt , ,00 Mt , , Mt , , Condiciones de volumen y forma de los edificios. 1. Numero máximo de plantas y altura de cornisa. Se establece en los planos de ordenación el numero máximo de plantas, con arreglo al siguiente expresión: Hc = 4,80 + 3,2Np Donde: Hc, altura de cornisa expresada en metros. Hp, numero de plantas a edificar sobre la baja, incluyendo el ático. Dentro de la altura de cornisa calculada se incluye a la planta ático. La expresión anterior se concreta para los edificios proyectados en la siguiente tabla: Nº plantas Altura de cornisa VI 20,80 VII 24,00 VIII 27,20 IX 30,40 2. Tolerancia en alturas. No se admite tolerancia sobre las establecidas en el plan. 7

8 3. Construcciones por encima de la altura de cornisa. - No permiten cubiertas inclinadas, no obstante se permitirán en bloques completos y exentos que respondan a un proyecto unitario con las siguientes condiciones: a. La cumbrera no podrá superar en mas de 4,50 metros la altura de cornisa b. Los faldones tendrán planos de pendiente única no inferior al 30%. c. No se permitirán piezas habitables en los desvanes resultantes, debiendo estar vinculados estos espacios a las viviendas de la planta inferior. d. Ningún cuerpo de edificación podrá sobresalir de los faldones de cubierta. - Las casetas de ascensores, depósitos y otras instalaciones deberán situarse a no menos de tres metros del plano de fachada coincidente con la alineación exterior. Se admitirá, no obstante, retiros menores cuando las condiciones de ventilación de los elementos comunes a las viviendas lo exijan, o por criterios compositivo de la fachada quede suficientemente justificada la excepción. Quedan exceptuado de este precepto las cajas de escalera - La altura máxima de los elementos situados por encima de la altura de cornisa será de 3,80 metros, salvo justificación técnica que implique alturas mayores. 4. Áticos: Estarán permitidos, con el retranqueo definido en los planos de ordenación ( 4 metros). Los áticos constituyen la ultima planta de la edificación, incluida en el número de plantas definido en los planos de ordenación. 5. Planta baja: En las plantas bajas, la cara inferior del forjado de techo no podrá situarse por debajo de los 4 metros sobre la cota de referencia, ni a mas de 5 metros en los edificios de uso dominante residencial. La altura libre mínima de la planta baja será de 3 metros. Se permite la construcción de entreplantas con las limitaciones que establecen las Ordenanzas Generales del Plan General. Los elementos de planta baja que enlazan las distintas torres de una manzana deberán tener un tratamiento formal unitario, aunque correspondan a distintas actuaciones, formalizándose con un remate horizontal situado a la altura del segundo forjado de la edificación que enlace ambos edificios. El tratamiento de la cubierta de estos elementos reunirá las condiciones adecuadas para servir a las viviendas recayentes. La separación entre distintas propiedades se materializara con un muro opaco de 1,80 metros, mientras en el cierre a vía publica se realizara con antepecho transparente de altura máxima 1,20 metros. 6. Sótano: Se permite la construcción de sótanos y semisótanos. La ocupación máxima de la planta sótano será del 100%. 7. Cuerpos volados: Sobre la alineación exterior de las edificaciones solo se autorizaran los siguientes cuerpos salientes: 8

9 - Cuerpos volados cerrados con un vuelo máximo de 100 cm. - Terrazas con un vuelo máximo de 100 cm. - Aleros con una longitud máxima de vuelo de 100 cm. - Impostas, molduras y recrecidos con un vuelo máximo de 15 cm. Se podrá alterar libremente el porcentaje de cuerpos volados cerrados en cada planta, de manera que, en el conjunto de toda la fachada, no sobrepasen el referido 60% del total de las longitudes del ancho de fachada y planta No se admiten cuerpos volados, terrazas y aleros sobre los espacios interiores de parcela, ni sobre los viales peatonales spv2,3,4 y 5. Condiciones Funcionales de la Edificación. Las viviendas que se construyan en el ámbito del presente Plan Parcial cumplirán como mínimo con las disposiciones contenidas en las Normas de Habitabilidad y Diseño de la Comunidad Valenciana (HD-91), cuyos puntos fundamentales son los siguientes: a) Condiciones espaciales de la vivienda y del edificio. En los que se regulan los aspectos referentes a: composición, relación entre los espacios, dimensiones superficiales, dimensiones lineales, circulaciones horizontales y verticales, patios y huecos de servicio. b) Condiciones de salubridad de la vivienda y del edificio. En los que se regulan los aspectos referentes a: iluminación, ventilación, atenuación acústica, confort hidrotermico. c) Condiciones de dotación de la vivienda y del edificio. En los que se regulan los aspectos referentes a: instalaciones, equipos y aparatos, acabados superficiales, abastecimiento de agua, suministro de energía eléctrica y otras instalaciones: evacuación de aguas residuales y evacuación de aguas pluviales. d) Condiciones de seguridad de la vivienda y del edificio. En los que se regulan los aspectos referentes a: estabilidad y seguridad contra robo, contra la caída, contra el fuego, contra el rayo y contra riesgos de las instalaciones. No se admitirán dependencias de la vivienda con iluminación y ventilación a patios interiores, salvo aseos, cuartos de baño, cocinas y galerias. Se admite la ventilación e iluminación de las escaleras a patio interior. En las manzanas T1, T2, T3 y T4 deberá establecerse en las fachadas un aislamiento acústico mínimo a ruido aéreo de 36 db(a) debido al impacto que producen sobre las mismas las actividades industriales colindantes. Esta determinación no será de aplicación si en un futuro el planeamiento urbanístico califica e implanta en el suelo colindante el uso residencial, Aparcamientos. La reserva de aparcamientos en uso vivienda será 1 plaza cada 100 mª construidos o de 1 plaza de aparcamiento por vivienda más una plaza adicional por cada 10 unidades residenciales mas que se construyan en la parcela. En otros usos se ajustara a la definida en el Capitulo Quinto: De los locales de aparcamiento de vehículos Sección Segunda: Dotación mínima de aparcamientos, art 5.95, 5.96, 5.97, 5.98, 5.99, de las Ordenanzas del Plan General. Las condiciones técnicas y dimensionales de ajustaran a la Normativa de Habitabilidad y Vivienda de la Comunidad Valenciana. 9

10 Cerramientos de Parcela. El límite entre los espacios libres y las vías o espacios públicos se materializará mediante vallado que deberá estar formado por un zócalo opaco, con una altura máxima de cincuenta centímetros (0,50 m) y un elemento superior ligero, de una altura máxima de dos metros (2,00 m) constituido por una seriación de perfiles metálicos verticales con una separación máxima de 10 cm. (altura total máxima cerramiento 2,50 metros). Los elementos de separación de parcelas privadas en el interior de los espacios libres se materializara con vallado opaco de 1,80 metros de altura máxima. Espacios libres privativos de parcela. En estos espacios, podrán situarse los centros de transformación que se determinen necesarios en el Proyecto de Urbanización. Todos los espacios libres privativos deberán ajardinarse en una superficie superior al 60% de la total o destinarse a terrazas privativas de las viviendas recayentes al mismo, con una anchura máxima de 5 metros, respetándose en el resto del espacio libre la determinación anterior. El subsuelo de estos espacios podrá destinarse a aparcamiento y a albergar las instalaciones de servicio propias. No se admiten edificaciones sobre rasante, salvo los elementos de protección de los espacios destinados a usos deportivos al aire libre. Tales elementos no podrán ser opacos, no provocarán ruidos por posibles impactos sobre los mismos y se separarán de las edificaciones una distancia mínima igual al doble de su altura. Integrado en el vallado, podrán disponerse los elementos de acceso a la parcela, ocupando una superficie máxima de 25 m construidos. 10

11 3. Modificaciones propuestas. Las modificaciones que se proponen afectan exclusivamente a las condiciones de parcela y de intensidad de las torres T1 y T2, permitiéndose la posibilidad de subdivisión en cuatro parcelas mínimas, con las condiciones expuestas en los siguientes apartados: Condiciones de parcela. La manzana T1 forma una parcela única, con una superficie de 1.020,00 m². Las manzanas T2 y T3 pueden subdividirse en cuatro parcelas mínimas, respecto a dos ejes transversales coincidentes con los ejes de simetría de la manzana, dando como resultado cuatro parcelas de superficie 457,30 m². Estas parcelas estarán constituidas por un elemento torre, de dimensiones 17x20 metros recayente a vial rodado, y en su parte posterior, un elemento edificable en planta baja de dimensiones 17 x 6,90 metros. 20 6, ,93 T2.1a/3.1a T2.2a/3.2a T2/3 T2.1b/3.1b 17 T2.2b/3.2b La manzana T4 podrá parcelarse en tres subparcelas, según ejes ortogonales al vial prv-1 con el esquema siguiente: 20 6,56 6, , T4.1 T4.2 T4.3 T4 11

12 En las manzanas M2 y M3, se ubica un elemento torre en oeste de las mismas. Este elemento torre tiene asignada una subparcela de dimensiones 43 x 33,8 metros, coincidiendo la dimensión mayor con la alineación a vial. Sobre esta parcela se admite la creación de dos parcelas mínimas de dimensiones 21,5 x 33,8 metros. Según el siguiente esquema de parcelación. Se configuran con un elemento edificable, de 20 metros de profundidad recayente a vial de trafico rodado, y en su parte posterior un espacio libre privado (no edificable) de 13,80 metros ,8 Mt2.1/3.1 21,5 43 Mt2.1/3.1 Mt2/3 En la manzana M4, los elementos torres se sitúan al este, recayendo a la Avenida de Gandia, enlazados por un elemento central edificable en planta baja. A estos elementos se les adscriben espacios libres privados según el esquema de parcelación siguiente. Mt Mt4.2 M4 12

13 Condiciones de intensidad en parcela. Las distintas parcelas definidas en el Plan Parcial, o las resultantes de las posibles parcelaciones, tendrán los siguientes parámetros edificatorios: Parcela Subparcela Superficie Edificabilidad Dimensiones m²s m²t T1 única 1.020, ,79 30 x 34 T , ,25 53,8 x 34 T2.1a 457, ,34 26,9 x 17 T2.1b 457, ,34 26,9 x 17 T2.2a 457, ,34 26,9 x 17 T2.2b 457, ,34 26,9 x 17 T , ,25 53,8 x 34 T3.1a 457, ,34 26,9 x 17 T3.1b 457, ,34 26,9 x 17 T3.2a 457, ,34 26,9 x 17 T3.2a 457, ,34 26,9 x 17 T , ,35 93,24 x 34 T , ,04 26,56 x 34 T , ,04 31,56 x 34 T , ,27 35,12 x 34 Mt , ,00 33,8 x 43 Mt , ,50 33,8 x 21,5 Mt , ,50 33,8 x 21,5 Mt , ,00 33,8 x 43 Mt , ,50 33,8 x 21,5 Mt , ,50 33,8 x 21,5 Mt , ,00 Mt , , Mt , ,

14 4. Texto refundido del artículo 6.3. La propuesta de modificación que se propone del artículo 6.3 en el apartado referido a la zona EDA subzona TORRE, de la normativa del Plan Parcial del sector SUZR-6 El Silvestre, quedaría redactada del siguiente modo ( se grafía en color azul las modificaciones propuestas): 6.3. Normas de edificación del suelo de destino y uso privado. Residencial múltiple bloque exento. EDA.subzona TORRE. Ámbito Comprende íntegramente las manzanas denominadas T1, T2, T3, T4. Parcialmente en las manzanas M2 y M3, el elemento edificado situado al oeste de las mismas, recayentes al vial srv-4 y srv-3, respectivamente, grafiado en los planos de ordenación. Y en la manzana M4 los elementos edificados recayentes a la avenida de Gandia. En el siguiente esquema se indican aquellas edificaciones incluidas en esta subzona. Configuración de la zona. Esta zona de edificación abierta se configura por la integración del sistema de Ordenación por edificación en alineación a vial, tipología edificatoria de torre exenta y el uso global residencial. Régimen de usos. El uso global o dominante de esta Zona es el Residencial plurifamiliar (Rpf). 14

15 Usos compatibles: a) Almacenes compatibles con la vivienda. Alm.1. Sólo podrán ubicarse en planta baja e inferiores a la baja. Deberán contar con accesos desde la vía pública independientes y diferenciados de los del resto de usos. b) Locales industriales compatibles con la vivienda Ind 1. Sólo podrán ubicarse en planta baja e inferiores a esta y deberán contar con accesos desde la vía publica independientes y diferenciados del resto de usos. c) Aparcamientos de uso público o privado. Par.1. Podrán situarse en cualquiera de las ubicaciones siguientes: - En planta baja e inferiores a esta. - Bajo espacios libres privados y bajo espacios libres públicos, previa concesión administrativo o simple autorización. (Par.1b). d). Uso Residencial comunitario. Rem Se admite este uso en edificio de uso exclusivo, y en edificios de uso mixto, siempre que se sitúen por debajo de las plantas destinadas a viviendas y por encima de las plantas destinadas a otros usos. e) Uso Residencial Plurifamiliar. Rpf. Es el uso global dominante asignado por el plan a esta zona. Se admite en edificio de uso exclusivo y en edificios de uso mixto siempre que se situé por encima de las plantas destinadas a otros usos. f) Uso Comercial compatible con la vivienda. Tco 1. Sólo podrán ubicarse en planta baja e inferiores a esta, no admitiéndose en la misma planta en la que se ubiquen viviendas. También se admite en edificio de uso exclusivo comercial, con un máximo de superficie de venta de m². Si se ubican en edificios de uso mixto, los locales comerciales deberán tener acceso independiente y diferenciados desde la vía publica, al de los otros usos. g) Hoteles, hostales, pensiones y apart-hoteles. Se admite en edificio de uso exclusivo y de uso mixto. Siempre que las plantas de este uso se ubiquen por debajo de las plantas destinadas a viviendas y por encima de las plantas destinadas a los restantes usos. h) Locales de oficina. Tof 2. Se admiten en edificio de uso exclusivo y de uso mixto. Siempre que las plantas destinadas a este uso se sitúen en planta semisótano y superiores y siempre por debajo de las plantas destinadas a usos hoteleros o residenciales y por encima de otros usos no residenciales. i) Recreativas. Tre. Se admiten en sus categorías Tre 1, Tre 2 y Tre 3, en planta baja y planta semisótano y deberán tener acceso independiente y diferenciado desde la vía publica. En la categoría Tre 4 se admite en edificio de uso exclusivo previo estudio de detalle. j) Dotacionales. D. Se admiten en semisótanos y plantas superiores con las siguientes limitaciones: 15

16 La superficie construida del conjunto de locales no residenciales, no podrá ser superior al 50% de la totalidad de la superficie construida, excluidos los sótanos, del edificio. Podrá superase el 50% si las dotaciones ocupan solo planta baja o primera. Los locales dotacionales se ubicaran por debajo de las plantas destinadas a usos residenciales. Las distintas agregaciones de los usos terciarios (comerciales, hoteleros, oficinas y recreativos) podrán situarse en edificio de uso exclusivo terciario. Usos prohibidos: Se prohíben expresamente los siguientes usos: - Edificios comerciales tipo Tco.2. - Campamentos Tho 2. - Edificios, locales e instalaciones recreativas de aforo superior a personas. Tre 4. - Industrias y almacenes de nivel Ind.2, Ind.3, Alm 2 y Alm 3. - Edificios dotacionales destinados a mercado de abastos, mataderos, cementerios, infraestructuras excepto los servicios de telecomunicaciones ( Din 5). - Edificios de aparcamientos de vehículos destinados al transporte publico de viajeros o de mercancías. 16

17 Parámetros urbanísticos Condiciones de parcela. p La manzana T1 forma una parcela única, con una superficie de 1.020,00 m². Las manzanas T2 y T3 pueden subdividirse en cuatro parcelas mínimas, respecto a dos ejes transversales coincidentes con los ejes de simetría de la manzana, dando como resultado cuatro parcelas de superficie 457,30 m². Estas parcelas estarán constituidas por un elemento torre, de dimensiones 17x20 metros recayente a vial rodado, y en su parte posterior, un elemento edificable en planta baja de dimensiones 17 x 6,90 metros. 20 6, ,93 T2.1a/3.1a T2.2a/3.2a T2/3 T2.1b/3.1b 17 T2.2b/3.2b La manzana T4 podrá parcelarse en tres subparcelas, según ejes ortogonales al vial prv-1 con el esquema siguiente: 20 6,56 6, , T4.1 T4.2 T4.3 T4 17

18 En las manzanas M2 y M3, se ubica un elemento torre en oeste de las mismas. Este elemento torre tiene asignada una subparcela de dimensiones 43 x 33,8 metros, coincidiendo la dimensión mayor con la alineación a vial. Sobre esta parcela se admite la creación de dos parcelas mínimas de dimensiones 21,5 x 33,8 metros. Según el siguiente esquema de parcelación. Se configuran con un elemento edificable, de 20 metros de profundidad recayente a vial de trafico rodado, y en su parte posterior un espacio libre privado (no edificable) de 13,80 metros ,8 Mt2.1/3.1 21,5 43 Mt2.1/3.1 Mt2/3 En la manzana M4, los elementos torres se sitúan al este, recayendo a la Avenida de Gandia, enlazados por un elemento central edificable en planta baja. A estos elementos se les adscriben espacios libres privados según el esquema de parcelación siguiente. Mt Mt4.2 M4 18

19 Condiciones de emplazamiento. Alineaciones de viales: son las definidas en los planos de ordenación O2. Son obligatorias, no admitiéndose retiros de las mismas. Del mismo modo, las alineaciones de los elementos edificados (bloques y torres ) también son obligatorias. Las superficies ocupadas por las parcelas edificables y espacios libres anejos se ajustara a lo definido en el plano O2 del presente documento. Las edificaciones no podrán retranquearse de las alineaciones definidas, salvo, lógicamente, los espacios libres privados definidos en el plan. Las alineaciones de los elementos edificados definidos, tanto recayentes a vía publica, como a espacios interiores de parcela, serán obligatorias, salvo lo definido para la redacción de estudios de detalle. Se admite la tolerancia de una planta en los cuerpos edificables en planta baja, por lo que en este supuesto, se admitirá la desaparición del plano de fachada del elemento. Condiciones de intensidad en parcela. Las distintas parcelas definidas en el Plan Parcial, o las resultantes de las posibles parcelaciones, tendrán los siguientes parámetros edificatorios: Parcela Subparcela Superficie Edificabilidad Dimensiones m²s m²t T1 única 1.020, ,79 30 x 34 T , ,25 53,8 x 34 T2.1a 457, ,34 26,9 x 17 T2.1b 457, ,34 26,9 x 17 T2.2a 457, ,34 26,9 x 17 T2.2b 457, ,34 26,9 x 17 T , ,25 53,8 x 34 T3.1a 457, ,34 26,9 x 17 T3.1b 457, ,34 26,9 x 17 T3.2a 457, ,34 26,9 x 17 T3.2a 457, ,34 26,9 x 17 T , ,35 93,24 x 34 T , ,04 26,56 x 34 T , ,04 31,56 x 34 T , ,27 35,12 x 34 Mt , ,00 33,8 x 43 Mt , ,50 33,8 x 21,5 Mt , ,50 33,8 x 21,5 Mt , ,00 33,8 x 43 Mt , ,50 33,8 x 21,5 Mt , ,50 33,8 x 21,5 Mt , ,00 Mt , , Mt , ,

20 Condiciones de volumen y forma de los edificios. 1. Numero máximo de plantas y altura de cornisa. Se establece en los planos de ordenación el numero máximo de plantas, con arreglo al siguiente expresión: Hc = 4,80 + 3,2Np Donde: Hc, altura de cornisa expresada en metros. Hp, numero de plantas a edificar sobre la baja, incluyendo el ático. Dentro de la altura de cornisa calculada se incluye a la planta ático. La expresión anterior se concreta para los edificios proyectados en la siguiente tabla: Nº plantas Altura de cornisa VI 20,80 VII 24,00 VIII 27,20 IX 30,40 2. Tolerancia en alturas. No se admite tolerancia sobre las establecidas en el plan. 3. Construcciones por encima de la altura de cornisa. - No permiten cubiertas inclinadas, no obstante se permitirán en bloques completos y exentos que respondan a un proyecto unitario con las siguientes condiciones: e. La cumbrera no podrá superar en mas de 4,50 metros la altura de cornisa f. Los faldones tendrán planos de pendiente única no inferior al 30%. g. No se permitirán piezas habitables en los desvanes resultantes, debiendo estar vinculados estos espacios a las viviendas de la planta inferior. h. Ningún cuerpo de edificación podrá sobresalir de los faldones de cubierta. - Las casetas de ascensores, depósitos y otras instalaciones deberán situarse a no menos de tres metros del plano de fachada coincidente con la alineación exterior. Se admitirá, no obstante, retiros menores cuando las condiciones de ventilación de los elementos comunes a las viviendas lo exijan, o por criterios compositivo de la fachada quede suficientemente justificada la excepción. Quedan exceptuado de este precepto las cajas de escalera - La altura máxima de los elementos situados por encima de la altura de cornisa será de 3,80 metros, salvo justificación técnica que implique alturas mayores. 4. Áticos: Estarán permitidos, con el retranqueo definido en los planos de ordenación ( 4 metros). Los áticos constituyen la ultima planta de la edificación, incluida en el número de plantas definido en los planos de ordenación. 20

3. DOCUMENTOS CON EFICACIA NORMATIVA.

3. DOCUMENTOS CON EFICACIA NORMATIVA. PLAN DE REFORMA INTERIOR PARA MODIFICAR LA ORDENACIÓN PORMENORIZADA DE UNA PARCELA SITUADA EN LA ZONA 1 DEL CASCO URBANO DE TORREVIEJA (ALICANTE), CON OBJETO DE FACILITAR LA CONSTRUCCIÓN DE UN HOTEL DE

Más detalles

MODIFICACIÓN PUNTUAL DE LAS NORMAS URBANÍSTICAS DEL PGOU

MODIFICACIÓN PUNTUAL DE LAS NORMAS URBANÍSTICAS DEL PGOU EXPDTE. REF: 5/2010 MODIFICACIÓN PUNTUAL DE LAS NORMAS URBANÍSTICAS DEL PGOU ÍNDICE 1.- MEMORIA INFORMATIVA 1.1.- ANTECEDENTES 1.2.- OBJETO PARTE SIN EFICACIA NORMATIVA 1.3.- AMBITO DETERMINACIONES ACTUALES

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE BARBASTRO ESTUDIO DE DETALLE EN EL ÁREA APR-12, LAS CLARAS

AYUNTAMIENTO DE BARBASTRO ESTUDIO DE DETALLE EN EL ÁREA APR-12, LAS CLARAS AYUNTAMIENTO DE BARBASTRO ESTUDIO DE DETALLE EN EL ÁREA APR-12, LAS CLARAS NOVIEMBRE DEL 2007 El presente pliego contiene la siguiente documentación : MEMORIA JUSTIFICATIVA PLANOS De Información 1 - Situación

Más detalles

4. ORDENANZAS REGULADORAS DOCUMENTO DE REFUNDICION

4. ORDENANZAS REGULADORAS DOCUMENTO DE REFUNDICION 4. ORDENANZAS REGULADORAS DOCUMENTO DE REFUNDICION El contenido refundido de la Sección 14 correspondiente al Plan Parcial Las Moreras (Expte. 102/74), se completa con la incorporación de las ordenanzas

Más detalles

Texto Refundido 2 a Modificación del Plan Especial de Reforma Interior P.E.R.I.-4 "JOSÉ MARDONES" (antiguo polígono n011)

Texto Refundido 2 a Modificación del Plan Especial de Reforma Interior P.E.R.I.-4 JOSÉ MARDONES (antiguo polígono n011) Texto Refundido 2 a Modificación del Plan Especial de Reforma Interior P.E.R.I.-4 "JOSÉ MARDONES" (antiguo polígono n011) Febrero 2009 Arquitecto: Juan Barrera Portillo 2 a MODIFICACiÓN DEL PLAN ESPECIAL

Más detalles

ORDENANZAS DEL PLAN PARCIAL DEL SECTOR 7 DEL P.G.O.U. DE LA VALL D UIXO

ORDENANZAS DEL PLAN PARCIAL DEL SECTOR 7 DEL P.G.O.U. DE LA VALL D UIXO ORDENANZAS DEL PLAN PARCIAL DEL SECTOR 7 DEL P.G.O.U. DE LA VALL D UIXO INDICE TITULO PRIMERO GENERALIDAD Y TERMINOLOGIA DE CONCEPTOS Artículo 1. Alcance y ámbito de las Ordenanzas Reguladoras Artículo

Más detalles

ESTUDIO DE DETALLE FINCA "LA MANUELA" PARA CENTRO DEPORTIVO 11/02/2015

ESTUDIO DE DETALLE FINCA LA MANUELA PARA CENTRO DEPORTIVO 11/02/2015 ESTUDIO DE DETALLE FINCA "LA MANUELA" PARA CENTRO DEPORTIVO 11/02/2015 ÍNDICE 1. MEMORIA...3 1.1. DEFINICIÓN Y OBJETO DEL TRABAJO...3 1.2. MARCO LEGAL...4 1.3. CARACTERÍSTICAS DE LA ZONA DE ACTUACIÓN...5

Más detalles

MODIFICACION PUNTUAL Nº01-2011 DEL PLAN GENERAL MUNICIPAL DE ORDENACION URBANA DE REDOVAN (ALICANTE) Z b7-3. 11.89 1,88 m2. 12.

MODIFICACION PUNTUAL Nº01-2011 DEL PLAN GENERAL MUNICIPAL DE ORDENACION URBANA DE REDOVAN (ALICANTE) Z b7-3. 11.89 1,88 m2. 12. 3. 706 m2 2.685 m2 1. 84 0 m2 77 2 m2 2.611 m2 5. 72 7 m 2 20.4 40 m2 34.403 m2 46.30 4 m 2 20.69 5 m 2 3. 6 0 37.44 3,11 m2 Z b7-1 8.7 61,55 m2 Z b7-1 2 5.6 24,43 m2 Z b 7-11 24.51 4,2 5 m2 Z b 7-2 12.5

Más detalles

3. Otras disposiciones

3. Otras disposiciones 22 de marzo 2013 Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Núm. 57 página 47 3. Otras disposiciones Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente Resolución de 18 de marzo de 2013, de la Delegación

Más detalles

ORDENANZA OR-5 EDlFlCAClON ABIERTA EN PARCELA INDEPENDIENTE

ORDENANZA OR-5 EDlFlCAClON ABIERTA EN PARCELA INDEPENDIENTE ORDENANZA OR-5 EDlFlCAClON ABIERTA EN PARCELA INDEPENDIENTE Artículo 6.05.01.- Definición y ámbito de aplicación. Se trata de bloques exentos de baja altura y carácter básicamente residencial, que se sitúan

Más detalles

Sección 2.ª. Zona de casco antiguo

Sección 2.ª. Zona de casco antiguo 5. Zona de ordenación en edificación aislada. Subzonas plurifamiliares: Subzona I (20a/6). Subzona ll (20a/5). Subzona lll (20a/7). Subzona IV a (20a/9); b (20a/9b). Subzona V (20a/8). Subzonas unifamiliares:

Más detalles

PDAI Sector 3 industrial L Alqueria de la Comtessa Plan Parcial Sector (aprobación definitiva) NORMAS URBANÍSTICAS

PDAI Sector 3 industrial L Alqueria de la Comtessa Plan Parcial Sector (aprobación definitiva) NORMAS URBANÍSTICAS PROGRAMA PARA EL DESARROLLO DE LA ACTUACIÓN INTEGRADA SECTOR 3 INDUSTRIAL L ALQUERIA. PLAN PARCIAL SECTOR 3 INDUSTRIAL L ALQUERIA. AGENTE URBANIZADOR: APLICACIÓN DE PROGRAMAS URBANÍSTICOS S.A. (APRUSA)

Más detalles

A continuación se establecen los criterios y ordenanzas que son de aplicación en el suelo urbano de la localidad de Padules.

A continuación se establecen los criterios y ordenanzas que son de aplicación en el suelo urbano de la localidad de Padules. AYUNTAMIENTO PADULES (ALMERÍA) Ayuntamiento de Padules 1.- ORDENANZAS REGULADORAS EN SUELO URBANO 1.1 AMBITO DE APLICACIÓN Las ordenanzas y criterios contenidos en el presente título II, son de aplicación

Más detalles

Capítulo 2.º. De las disposiciones comunes a los tipos de ordenación. Sección 1.ª

Capítulo 2.º. De las disposiciones comunes a los tipos de ordenación. Sección 1.ª Capítulo 2.º De las disposiciones comunes a los tipos de ordenación Sección 1.ª Normas aplicables a todos los tipos de ordenación de la edificación. Art. 223. Significado de los conceptos utilizados. 1.

Más detalles

ORDENANZA OR-5 EDIFICACIÓN ABIERTA EN PARCELA INDEPENDIENTE

ORDENANZA OR-5 EDIFICACIÓN ABIERTA EN PARCELA INDEPENDIENTE 69 ORDENANZA OR-5 EDIFICACIÓN ABIERTA EN PARCELA INDEPENDIENTE. Artículo 6.05.01.- Definición y ámbito de aplicación. Se trata de bloques exentos de baja altura y carácter básicamente residencial, que

Más detalles

MEMORIA VINCULANTE 1.- ANTECEDENTES 2.- CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD. 3.- OBJETNOS y CRITERIOS

MEMORIA VINCULANTE 1.- ANTECEDENTES 2.- CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD. 3.- OBJETNOS y CRITERIOS ESTUDIO DE DETALLE "ED-S" PARA ORDENACIÓN DE SOLARES EN PLAZA DEL PONIENTE,31,32,33,34 y SOLARES DE PLAZA DEL PONIENTE N 27,30 DEL P.G.O.U. DE SALAMANCA MEMORIA VINCULANTE 22 MEMORIA VINCULANTE 1.- ANTECEDENTES

Más detalles

ORDENANZA MUNICIPAL POR LA QUE SE

ORDENANZA MUNICIPAL POR LA QUE SE ORDENANZA MUNICIPAL POR LA QUE SE REGULAN LAS NORMAS DE HABITABILIDAD Y SALUBRIDAD EN EL SUELO NO URBANIZABLE. NORMAS DE HABITABILIDAD, SALUBRIDAD, SEGURIDAD Y ORNATO Se redacta la presente normativa con

Más detalles

ORDENANZAS MUNICIPALES EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ÁLORA

ORDENANZAS MUNICIPALES EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ÁLORA ORDENANZA REGULADORA DE LAS NORMAS MÍNIMAS DE HABITABILIDAD Y SALUBRIDAD DE LAS EDIFICACIONES EN SUELO NO URBANIZABLE DEL TÉRMINO MUNICIPAL DE ÁLORA INTRODUCCIÓN En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo

Más detalles

NORMAS URBANÍSTICAS MUNICIPALES DE VADOCONDES (BURGOS)

NORMAS URBANÍSTICAS MUNICIPALES DE VADOCONDES (BURGOS) NORMAS URBANÍSTICAS MUNICIPALES DE VADOCONDES (BURGOS) FICHA RESUMEN CONDICIONES ESTÉTICAS ORDENANZA 1. CASCO HISTÓRICO FACHADAS - Tendidos continuos de mortero en tonos claros o terrosos. - Ladrillo macizo

Más detalles

ACUERDA. Texto íntegro de las Ordenanzas

ACUERDA. Texto íntegro de las Ordenanzas APROBACIÓN DEFINITIVA DEL PLAN ESPECIAL PARA LA MEJORA DE LA ORDENACIÓN PORMENORIZADA DE LA RED PÚBLICA DE EQUIPAMIENTO LOCAL DE LA MANZANA XVII DE EL SOTO. T E X T O El Ayuntamiento Pleno en su sesión

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE VITORIA-GASTEIZ

AYUNTAMIENTO DE VITORIA-GASTEIZ II - ADMINISTRACIÓN LOCAL DEL TERRITORIO HISTÓRICO DE ÁLAVA AYUNTAMIENTO DE VITORIA-GASTEIZ URBANISMO Planeamiento y Ejecución de la Ordenación Urbanística Aprobación definitiva de la quinta modificación

Más detalles

GLOSARIO DE TÉRMINOS URBANÍSTICOS

GLOSARIO DE TÉRMINOS URBANÍSTICOS GLOSARIO DE TÉRMINOS URBANÍSTICOS A los efectos de las presentes Normas Urbanísticas Municipales, y de los Planes y Proyectos que las desarrollen, cuantas veces se empleen los términos definidos en este

Más detalles

Modificación de Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de León

Modificación de Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de León Modificación de Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de León En cumplimiento de lo ordenado por el Concejal Delegado de Urbanismo se procede a redactar la siguiente propuesta de modificación

Más detalles

ORDENANZAS REGULADORAS DEL PLAN PARCIAL SECTOR 1 BOROBIZKARRA DE ZABALGANA

ORDENANZAS REGULADORAS DEL PLAN PARCIAL SECTOR 1 BOROBIZKARRA DE ZABALGANA ORDENANZAS REGULADORAS DEL PLAN PARCIAL SECTOR 1 BOROBIZKARRA DE ZABALGANA 4. REGULACIÓN DE LOS ESTUDIOS DE DETALLE Art. 19.- Definición Los Estudios de Detalle en el contexto del Sector 1, son instrumentos

Más detalles

NORMAS URBANISTICAS Y ORDENANZAS REGULADORAS

NORMAS URBANISTICAS Y ORDENANZAS REGULADORAS Índice NORMAS URBANISTICAS Y ORDENANZAS REGULADORAS 2.- TITULO II.- NORMAS ESPECIFICAS EN SUELO URBANO 2.1. CAPITULO I. REGIMEN DEL SUELO URBANO, DESARROLLO Y EJECUCION 2.2. CAPITULO II. ZONA RESIDENCIAL

Más detalles

Sección 6.ª. Zona de ordenación en edificación aislada (20a)

Sección 6.ª. Zona de ordenación en edificación aislada (20a) Sección 6.ª Zona de ordenación en edificación aislada (20a) Art. 337. Definición. Comprende esta zona áreas de suelo urbano, urbanizadas o en proceso de urbanización, con elementos suficientes para la

Más detalles

reformado ESTUDIO DE DETALLE Texto refundido

reformado ESTUDIO DE DETALLE Texto refundido reformado ESTUDIO DE DETALLE Texto refundido PARCELA 49 PALM MAR. ARONA situación: PARCELA P49. PALM MAR ARONA promotor: PROMOTORA CASAS TENERIFE 3000 SL. redacción: ALBERTO AGUIAR RODRÍGUEZ, LEONARDO

Más detalles

MODIFICACIÓN DEL PLAN ESPECIAL DE REFORMA INTERIOR DE LA UNIDAD UE 22 NUEVA JARILLA

MODIFICACIÓN DEL PLAN ESPECIAL DE REFORMA INTERIOR DE LA UNIDAD UE 22 NUEVA JARILLA MODIFICACIÓN DEL PLAN ESPECIAL DE REFORMA INTERIOR DE LA UNIDAD UE 22 INICIATIVA: JUNTA DE COMPENSACIÓN NUEVA JARILLA RESIDENCIAL. CIF G 91438515 REDACTOR: D. MANUEL LÓPEZ SÁNCHEZ Arquitecto Colegiado

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE HUELMA (JAÉN)

AYUNTAMIENTO DE HUELMA (JAÉN) ORDENANZA REGULADORA DE LAS NORMAS MÍNIMAS DE HABITABILIDAD, SEGURIDAD Y SALUBRIDAD EN LAS EDIFICACIONES EXISTENTES SEGÚN EL USO AL QUE SE DESTINEN El artículo 5 del Decreto 2/2012, de 10 de enero, por

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DE LAS INSTALACIONES DE ENERGÍA SOLAR FOTOVOLTAICA

ORDENANZA REGULADORA DE LAS INSTALACIONES DE ENERGÍA SOLAR FOTOVOLTAICA C/. NTRA. SRA. REGLA, 3 ORNANZA REGULADORA LAS INSTALACIONES ENERGÍA SOLAR FOTOVOLTAICA ARTÍCULO 1.- OBJETO. El objeto de esta Ordenanza es regular las condiciones de las instalaciones de captación y transformación

Más detalles

ANEXO 2.- DETERMINACIONES DE LA ORDENACION PORMENORIZADA. TERMINOS

ANEXO 2.- DETERMINACIONES DE LA ORDENACION PORMENORIZADA. TERMINOS P.G.O. LA LAGUNA ADAPTACIÓN BASICA. TEXTO REFUNDIDO OCTUBRE. 2004 ANEXO 2.- DETERMINACIONES DE LA ORDENACION PORMENORIZADA. TERMINOS CAPITULO I.- CONCEPTOS NECESARIOS PARA LA APLICACIÓN DE LAS CONDICIONES

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE VITORIA-GASTEIZ

AYUNTAMIENTO DE VITORIA-GASTEIZ II - ADMINISTRACIÓN LOCAL DEL TERRITORIO HISTÓRICO DE ÁLAVA AYUNTAMIENTO DE VITORIA-GASTEIZ URBANISMO Planeamiento y Ejecución de la Ordenación Urbanística Publicación del articulado de las normas urbanísticas

Más detalles

LEVANTAMIENTO TOPOGRÁFICO ACTUAL - DELIMITACON A.E.Nº1 ORDENACIÓN VIGENTE ORDENACIÓN PROPUESTA MODIFICACION PUNTUAL

LEVANTAMIENTO TOPOGRÁFICO ACTUAL - DELIMITACON A.E.Nº1 ORDENACIÓN VIGENTE ORDENACIÓN PROPUESTA MODIFICACION PUNTUAL PROYECTO: SITUACION: PROMOTOR: ARQUITECTO: MODIFICACION PUNTUAL: A.E. Nº 1 PLAN ESPECIAL DE REFORMA INTERIOR DE VIEIRO.- FONTIÑAS. SANTIAGO DE COMPOSTELA A CORUÑA INMOBILIARIA OUTEIRO DE SAR OUDESA S.L.

Más detalles

Sección 5.ª. Reglamentación detallada de usos en el suelo urbano

Sección 5.ª. Reglamentación detallada de usos en el suelo urbano seguridad, vigilancia y protección contra incendios, ruidos y otros riesgos o molestias, respetarán lo establecido en estas Normas y, en su caso, lo dispuesto en preceptos sobre aparcamientos de jerarquía

Más detalles

Las presentes normas serán de aplicación en todo el ámbito del Plan Especial.

Las presentes normas serán de aplicación en todo el ámbito del Plan Especial. TITULO VI.- NORMAS GENERALES DE LA EDIFICACION. Art. 39.- General Las presentes normas serán de aplicación en todo el ámbito del Plan Especial. Sus determinaciones se establecen con carácter general, sin

Más detalles

Normas aplicables al tipo de ordenación según volumetría específica

Normas aplicables al tipo de ordenación según volumetría específica Art. 255. Adaptación topográfica y movimiento de tierras. Para las parcelas con pendiente superior al treinta por ciento (30 por 100), que estén situadas en zonas para las que es obligado este tipo de

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DE LAS NORMAS MÍNIMAS DE HABITABILIDAD, SEGURIDAD Y SALUBRIDAD EN LAS EDIFICACIONES EXISTENTES SEGÚN EL USO AL QUE SE DESTINEN.

ORDENANZA REGULADORA DE LAS NORMAS MÍNIMAS DE HABITABILIDAD, SEGURIDAD Y SALUBRIDAD EN LAS EDIFICACIONES EXISTENTES SEGÚN EL USO AL QUE SE DESTINEN. ORDENANZA REGULADORA DE LAS NORMAS MÍNIMAS DE HABITABILIDAD, SEGURIDAD Y SALUBRIDAD EN LAS EDIFICACIONES EXISTENTES SEGÚN EL USO AL QUE SE DESTINEN. El artículo 5 del Decreto 2/2012, de 10 de enero, por

Más detalles

Los propietarios de terrenos, urbanizaciones y edificaciones deberán mantenerlos

Los propietarios de terrenos, urbanizaciones y edificaciones deberán mantenerlos ORDENANZA MUNICIPAL SOBRE SOLARES, SEGURIDAD Y DECORO DE EDIFICIOS Y CONSTRUCCIONES, CUERPOS Y ELEMENTOS SALIENTES, REVESTIMENTOS DE FACHADAS Y CONDICIONES ESTETICAS, PUBLICIDAD EN LOS EDIFICIOS Y APROVECHAMIENTO

Más detalles

MEMORIA EDIFICIO TRIPARK LAS ROZAS

MEMORIA EDIFICIO TRIPARK LAS ROZAS MEMORIA EDIFICIO TRIPARK LAS ROZAS Descripción general del edificio. Se trata de un edificio exento, de cuatro plantas de altura (baja + 3), en el que tanto las condiciones urbanísticas de partida (edificabilidad,

Más detalles

MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº 11

MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº 11 MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº 11 DEL VIGENTE PLAN DE ORDENACIÓN MUNICIPAL DE MANZANARES CALIFICACIÓN DE LA PARCELA DOTACIONAL PÚBLICA Y PRIVADA DE LA FÁBRICA DE HARINAS COMO DOTACIONAL PÚBLICA (ORDENACIÓN DE

Más detalles

Ayuntamiento de Polanco (Cantabria)

Ayuntamiento de Polanco (Cantabria) 5. FICHAS DE DESARROLLO DE LOS POSIBLES PLANES ESPECIALES EN LOS ÁMBITOS DELIMITADOS DE SUELO RÚSTICO DE PROTECCIÓN ORDINARIA EN TERRENOS PRÓXIMOS A LOS SUELOS CLASIFICADOS COMO NÚCLEO TRADICIONAL El art.113

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DE LAS NORMAS MÍNIMAS DE HABITABILIDAD, SEGURIDAD Y SALUBRIDAD EN LAS EDIFICACIONES EXISTENTES, SEGÚN EL USO AL QUE SE DESTINEN.

ORDENANZA REGULADORA DE LAS NORMAS MÍNIMAS DE HABITABILIDAD, SEGURIDAD Y SALUBRIDAD EN LAS EDIFICACIONES EXISTENTES, SEGÚN EL USO AL QUE SE DESTINEN. ORDENANZA REGULADORA DE LAS NORMAS MÍNIMAS DE HABITABILIDAD, SEGURIDAD Y SALUBRIDAD EN LAS EDIFICACIONES EXISTENTES, SEGÚN EL USO AL QUE SE DESTINEN. El artículo 5 del Decreto 2/2012, de 10 de enero, por

Más detalles

JUAN FRANCISCO SOLIS SANCHIS

JUAN FRANCISCO SOLIS SANCHIS E:07-02678-200 P:1 de 15 D: 07-0009560-001-08486 : MANZANA DE EDIFICACION DELIMITADA POR LA PLAZA MAYOR, CALLE DE LA TORRE, CALLE DEL PRESBITERO MIGUEL PEREZ Y CALLE DEL MEDICO BALLESTER SITUACION: PLAZA

Más detalles

ORDENANZAS REGULADORAS PLAN PARCIAL DEL SECTOR 39-A DE LASARTE

ORDENANZAS REGULADORAS PLAN PARCIAL DEL SECTOR 39-A DE LASARTE ORDENANZAS REGULADORAS PLAN PARCIAL DEL SECTOR 39-A DE LASARTE TITULO PRELIMINAR Generalidades y terminología de conceptos Artículo 1 Entrada en vigor Las determinaciones del presente Plan Parcial entrarán

Más detalles

Arquitecto: Mikel Inchaurbe Ocerinjauregui

Arquitecto: Mikel Inchaurbe Ocerinjauregui 3ª MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL P.E.R.I. Nº 3 PLAZA DE TOROS Aparcamiento privado en subsuelo de Espacio Libre público. Septiembre de 2013 Arquitecto: Mikel Inchaurbe Ocerinjauregui ÍNDICE 1. OBJETO DE LA

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DE LAS NORMAS MÍNIMAS DE HABITABILIDAD, SEGURIDAD Y SALUBRIDAD EN LAS EDIFICACIONES EXISTENTES SEGÚN EL USO AL QUE SE DESTINEN.

ORDENANZA REGULADORA DE LAS NORMAS MÍNIMAS DE HABITABILIDAD, SEGURIDAD Y SALUBRIDAD EN LAS EDIFICACIONES EXISTENTES SEGÚN EL USO AL QUE SE DESTINEN. ORDENANZA REGULADORA DE LAS NORMAS MÍNIMAS DE HABITABILIDAD, SEGURIDAD Y SALUBRIDAD EN LAS EDIFICACIONES EXISTENTES SEGÚN EL USO AL QUE SE DESTINEN. El artículo 5 del Decreto 2/2012, de 10 de enero, por

Más detalles

MEMORIA JUSTIFICATIVA

MEMORIA JUSTIFICATIVA ESTUDIO DE DETALLE PARA LA ORDENACIÓN VOLUMÉTRICA Y DE ALINEACIONES DE LA MANZANA COMPRENDIDA ENTRE LA AVENIDA DE BENIDORM Y LAS CALLES SEIS DE DICIEMBRE, DOCTOR PÉREZ MATEO Y SECRETARIO BASILIO SALA DE

Más detalles

ACTUACIONES EN FACHADAS Y PATIOS

ACTUACIONES EN FACHADAS Y PATIOS ACTUACIONES EN FACHADAS Y PATIOS Se citan a continuación algunos requisitos de interés, según las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana del Ayuntamiento de Madrid, a tener en cuenta

Más detalles

Aranguren. & Gallegos

Aranguren. & Gallegos INSTRUMENTO DE PLANEAMIENTO: MODIFICACIŁN DEL PGOU EN EL GRADO DE PROTECCIŁN DEL PALACIO DE JUSTICIA, SITUADO EN LA PLAZA DE ABILIO CALDERŁN NÀ1, PALENCIA PROMOTOR: MINISTERIO DE JUSTICIA SUBDIRECCIŁN

Más detalles

Art. 1. Ámbito de Aplicación La Ordenanza de aplicación se simboliza con el acrónimo R.4-a. Sustituye a la ordenanza 4(RE).1º del PGOU.TR/05.

Art. 1. Ámbito de Aplicación La Ordenanza de aplicación se simboliza con el acrónimo R.4-a. Sustituye a la ordenanza 4(RE).1º del PGOU.TR/05. Estudio de Detalle. LAS MATILLAS. Memoria y Ordenanza. 17 DN-NU NORMATIVA URBANÍSTICA ORDENANZA R.4-a Las Matillas T. I. DISPOSICIONES GENERALES Art. 1. Ámbito de Aplicación La Ordenanza de aplicación

Más detalles

ARKITEKTURA ETA HIRIGINTZA BULEGOA S.A. ESTUDIO DE ARQUITECTURA Y URBANISMO. Marqués del Puerto 9,3. 48008 BILBAO 944160600

ARKITEKTURA ETA HIRIGINTZA BULEGOA S.A. ESTUDIO DE ARQUITECTURA Y URBANISMO. Marqués del Puerto 9,3. 48008 BILBAO 944160600 PLAN ESPECIAL DE ORDENACIÓN URBANA DEL ÁREA INDUSTRIAL Y DE SERVICIOS IBARZAHARRA 06, AIS_IB_06, DEL SUELO URBANO DEL PLAN DE COMPATIBILIZACION DEL PLANEAMIENTO URBANÍSTICO MUNICIPAL DE SESTAO Y DE VALLE

Más detalles

2 INTRODUCCIÓN Valladolid Madrid Burgos El Alto de Milagros dispone de una inmejorable situación, con conexión directa con la autovía A1 y a tan sólo 2 Km de la próxima autovía A-11 que unirá Valladolid

Más detalles

Viviendas. Deslialicencias

Viviendas. Deslialicencias Viviendas Deslialicencias En la redacción de proyectos en el ámbito residencial tenemos especialmente en cuenta: La importancia de la participación directa del cliente. (Información clara y legible por

Más detalles

ORDENANZA 9ª EQUIPAMIENTO DOTACIONAL PÚBLICO. 9.1.1 Definición. 9.2 Condiciones de volumen e higiénicas

ORDENANZA 9ª EQUIPAMIENTO DOTACIONAL PÚBLICO. 9.1.1 Definición. 9.2 Condiciones de volumen e higiénicas ORDENANZA 9ª EQUIPAMIENTO DOTACIONAL PÚBLICO 9.1 Generalidades 9.1.1 Definición. Comprende aquellos edificios destinados a atender las necesidades de la población. Agrupa los usos de Equipamiento Social,

Más detalles

JORNADA DE FORMACIÓN 13 DE JUNIO DE 2005 REV.01 FEBRERO 09. Definiciones según Orden ECO/805/2003 y criterios de medición

JORNADA DE FORMACIÓN 13 DE JUNIO DE 2005 REV.01 FEBRERO 09. Definiciones según Orden ECO/805/2003 y criterios de medición JORNADA DE FORMACIÓN 13 DE JUNIO DE 2005 REV.01 FEBRERO 09 TEMA SUPERFICIES Definiciones según Orden ECO/805/2003 y criterios de medición 1. Definiciones según Orden ECO Superficie útil: es la superficie

Más detalles

CATALOGO DE BIENES PROTEGIDOS DEL CONJUNTO HISTORICO DE CORDOBA

CATALOGO DE BIENES PROTEGIDOS DEL CONJUNTO HISTORICO DE CORDOBA CATALOGO DE BIENES PROTEGIDOS DEL CONJUNTO HISTORICO DE CORDOBA 1. IDENTIFICACION CC-1 Conjunto : Conjunto catalogado de la calle Cruz Conde, integrado por las siguientes parcelas: Codigo: Dirección: Ref.

Más detalles

CONSEJERÍA DE FOMENTO, VIVIENDA, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y TURISMO

CONSEJERÍA DE FOMENTO, VIVIENDA, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y TURISMO 25239 CONSEJERÍA DE FOMENTO, VIVIENDA, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y TURISMO RESOLUCIÓN de 17 de septiembre de 2010, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, por la que se

Más detalles

ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DEL GARAJE APARCAMIENTO. La presente ordenanza comprende la regulación del uso de garaje aparcamiento.

ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DEL GARAJE APARCAMIENTO. La presente ordenanza comprende la regulación del uso de garaje aparcamiento. ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DEL GARAJE APARCAMIENTO OBJETO.- La presente ordenanza comprende la regulación del uso de garaje aparcamiento. Su objetivo fundamental es llenar el vacío existente por la

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE URBANISMO NORMAS URBANÍSTICAS

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE URBANISMO NORMAS URBANÍSTICAS Pág. 177 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 68 POZUELO DE ALARCÓN URBANISMO En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 66.1.a) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de

Más detalles

Sistemas de información geográfica para el control de licencias urbanísticas. pablo perucho sánchez-nadal

Sistemas de información geográfica para el control de licencias urbanísticas. pablo perucho sánchez-nadal Sistemas de información geográfica para el control de licencias urbanísticas pablo perucho sánchez-nadal índice 1. ANTECEDENTES 1.1 El municipio 1.2 Metodología de trabajo en la Sección de Licencias Urbanísticas

Más detalles

PROPUESTA PARA UNA ESCUELA EN GUINEA ECUATORIAL. Septiembre 2012 + SBG

PROPUESTA PARA UNA ESCUELA EN GUINEA ECUATORIAL. Septiembre 2012 + SBG PROPUESTA PARA UNA ESCUELA EN GUINEA ECUATORIAL Septiembre 2012 El Proyecto Dentro de las importantes acciones que el gobierno está llevando a cabo para el desarrollo de las infraestructuras de Guinea

Más detalles

ORDENANZAS DE COMPOSICION ESTETICA PARA EL COMPLEJO TURISTICO-GOLF HOTELERO- RESIDENCIAL LO ROMERO

ORDENANZAS DE COMPOSICION ESTETICA PARA EL COMPLEJO TURISTICO-GOLF HOTELERO- RESIDENCIAL LO ROMERO ORDENANZAS DE COMPOSICION ESTETICA PARA EL COMPLEJO TURISTICO-GOLF HOTELERO- RESIDENCIAL LO ROMERO CONDICIONES DE ORNATO Y ESTETICA URBANA A.- Tratamientos de Fachadas. Todas las fachadas se construirán

Más detalles

III. NORMAS URBANISTICAS. 2. Normas Generales de la Edificación, Ordenanzas y Urbanización

III. NORMAS URBANISTICAS. 2. Normas Generales de la Edificación, Ordenanzas y Urbanización III. NORMAS URBANISTICAS 2. Normas Generales de la Edificación, Ordenanzas y Urbanización ÍNDICE 1.- NORMAS DE EDIFICACIÓN Y ORDENANZAS DE ZONA 2.- ÁREAS DE PLANEAMIENTO APROBADO EN SUELO URBANO 3.- CONDICIONES

Más detalles

CONCURSO DE IDEAS PARA EL ESTUDIO DE UNA PROMOCIÓN INMOBILIARIA RESIDENCIAL CON ESTÁNDARES DE CONSUMO DE ENERGÍA CASI NULO PROYECTO MADRID 0,0

CONCURSO DE IDEAS PARA EL ESTUDIO DE UNA PROMOCIÓN INMOBILIARIA RESIDENCIAL CON ESTÁNDARES DE CONSUMO DE ENERGÍA CASI NULO PROYECTO MADRID 0,0 CONCURSO DE IDEAS PARA EL ESTUDIO DE UNA PROMOCIÓN INMOBILIARIA RESIDENCIAL CON ESTÁNDARES DE CONSUMO DE ENERGÍA CASI NULO PROYECTO MADRID 0,0 NUEVO DOCUMENTO DE CONSULTAS 1. Nos surgen dudas cuando hablan

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DEL CIERRE DE ESPACIOS LIBRES DE DOMINIO Y USO PRIVADO EN SUELO URBANO Y URBANIZABLE A N T E C E D E N T E S

ORDENANZA REGULADORA DEL CIERRE DE ESPACIOS LIBRES DE DOMINIO Y USO PRIVADO EN SUELO URBANO Y URBANIZABLE A N T E C E D E N T E S ORDENANZA REGULADORA DEL CIERRE DE ESPACIOS LIBRES DE DOMINIO Y USO PRIVADO EN SUELO URBANO Y URBANIZABLE A N T E C E D E N T E S El desarrollo urbano de Leioa hizo aconsejable abordar en 1991 una Ordenanza,

Más detalles

MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CASTELLÓN DE LA PLANA MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA ADAPTACION DE LA ORDENANZA DOTACIONAL ZV (ZONAS VERDES) A LAS DETERMINACIONES DEL ARTICULO 128 DEL

Más detalles

INFORME SOBRE EL ESTADO ACTUAL DE LOCAL COMERCIAL

INFORME SOBRE EL ESTADO ACTUAL DE LOCAL COMERCIAL Informe del Estado Actual de Local Comercial. San Pedro Alcántara INFORME SOBRE EL ESTADO ACTUAL DE LOCAL COMERCIAL SITUACION: EDIF. EL CORTIJO. CN-340 S/N POBLACION: SAN PEDRO ALCANTARA (MARBELLA) REDACTOR

Más detalles

TITULO VI. NORMAS GENERALES DE LA EDIFICACION Y DE LOS USOS

TITULO VI. NORMAS GENERALES DE LA EDIFICACION Y DE LOS USOS TITULO VI. NORMAS GENERALES DE LA EDIFICACION Y DE LOS USOS AREA DE URBANISMO Servicios Técnicos Municipales 2.002 Pag.: 233 TITULO VI. NORMAS GENERALES DE LA EDIFICACION Y DE LOS USOS Artículo 130. Aplicación,

Más detalles

PLAN ESPECIAL DE MEJORA URBANA EN EDIFICIO HOTELERO

PLAN ESPECIAL DE MEJORA URBANA EN EDIFICIO HOTELERO PLAN ESPECIAL DE MEJORA URBANA EN EDIFICIO HOTELERO PROMOTOR: SUNRISE HOTELS, S.L. EMPLAZAMIENTO: C/ Sènia del Barral nº46 17310 LLORET DE MAR (Girona) ANTONIO LUIS VIMA MORENO ARQUITECTO Rambla de Catalunya

Más detalles

CAPITULO 1. DISPOSICIONES GENERALES.

CAPITULO 1. DISPOSICIONES GENERALES. CAPITULO 1. DISPOSICIONES GENERALES. artículo 204. 1. Constituyen el suelo no urbanizable del municipio de ASTILLERO los terrenos así clasificados por las presentes Normas, de acuerdo con el artículo 9

Más detalles

PLAN ESPECIAL DE RESERVA DE SUELO DOTACIONAL ASISTENCIAL. Promotor. Ayuntamiento de Traiguera Emplazamiento Polígono 30 Parcelas 92 y 133

PLAN ESPECIAL DE RESERVA DE SUELO DOTACIONAL ASISTENCIAL. Promotor. Ayuntamiento de Traiguera Emplazamiento Polígono 30 Parcelas 92 y 133 PLAN ESPECIAL DE RESERVA DE SUELO DOTACIONAL ASISTENCIAL Promotor Ayuntamiento de Traiguera Emplazamiento Polígono 30 Parcelas 92 y 133 12330 Traiguera (Castellón) Arquitecto Jaime Sanahuja Rochera U-TRA

Más detalles

La tramitación de licencias en actividades ubicadas en suelo o inmuebles de titularidad pública. Luciano Andrés Alegre Dr. Ingeniero Industrial

La tramitación de licencias en actividades ubicadas en suelo o inmuebles de titularidad pública. Luciano Andrés Alegre Dr. Ingeniero Industrial EL IMPULSO DE LA ACTIVIDAD ECONÓMICA EN MADRID. LA EXPERIENCIA CON LA DECLARACIÓN RESPONSABLE 20 de Mayo de 2015 La tramitación de licencias en actividades ubicadas en suelo o inmuebles de titularidad

Más detalles

MEDIDAS MÍNIMAS SOBRE ACCESIBILIDAD EN LOS EDIFICIOS

MEDIDAS MÍNIMAS SOBRE ACCESIBILIDAD EN LOS EDIFICIOS REAL DECRETO por el que se arbitran MEDIDAS MÍNIMAS SOBRE ACCESIBILIDAD EN LOS EDIFICIOS (Actualizado a Junio/2006) Consejo para la Promoción de la Accesibilidad y Supresión de Barreras Dirección General

Más detalles

FICHA 2 Clasificación de los elementos de la vía pública. 1. Definición de Vía Pública. 2. Categorías. 3. Clasificación de la red viaria

FICHA 2 Clasificación de los elementos de la vía pública. 1. Definición de Vía Pública. 2. Categorías. 3. Clasificación de la red viaria FICHA 2 Clasificación de los elementos de la vía pública 1. Definición de Vía Pública En el vigente Plan General de Ordenación Urbana de Madrid, se define como uso dotacional para la vía pública el de

Más detalles

I. ASPECTOS GENERALES.

I. ASPECTOS GENERALES. PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS DEL CONCURSO DE 1ª FASE DEL COMPLEJO ASISTENCIAL, FORMADO POR CENTRO OCUPACIONAL, RESIDENCIA DE DISCAPACITADOS PSIQUICOS Y OTROS MODULOS DE ATENCIÓN SOCIAL

Más detalles

PROGRAMA DE ACTUACIÓN URBANIZADORA UNIDAD DE ACTUACIÓN UA-14 TOLEDO A L T E R N A T I V A T É C N I C A PLAN ESPECIAL DE REFORMA INTERIOR (P.E.R.I.

PROGRAMA DE ACTUACIÓN URBANIZADORA UNIDAD DE ACTUACIÓN UA-14 TOLEDO A L T E R N A T I V A T É C N I C A PLAN ESPECIAL DE REFORMA INTERIOR (P.E.R.I. PROGRAMA DE ACTUACIÓN URBANIZADORA UNIDAD DE ACTUACIÓN UA-14 TOLEDO A L T E R N A T I V A T É C N I C A Diciembre de 2.007 PLAN ESPECIAL DE REFORMA INTERIOR (P.E.R.I.) M E M O R I A 17-1-07 P R O G R A

Más detalles

Comtes de Bell-lloc, 138 Bajos Local 1º Barcelona Tel. 934904282 Fax 934906190 info@pronai.es

Comtes de Bell-lloc, 138 Bajos Local 1º Barcelona Tel. 934904282 Fax 934906190 info@pronai.es Nombre. Polígono Camps d en Ricart Localización. Calle Industria. Polígono Camps d en Ricart. Pallejà (Barcelona) 1. Generalidades. 1.1. Objeto del proyecto. El objeto del proyecto es la construcción de

Más detalles

SECTOR NPR 2 BURRIANA MEMORIA DEL PROGRAMA DE ACTUACION INTEGRADA -.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.- PLAN PARCIAL Y ANEXO DE HOMOLOGACION

SECTOR NPR 2 BURRIANA MEMORIA DEL PROGRAMA DE ACTUACION INTEGRADA -.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.- PLAN PARCIAL Y ANEXO DE HOMOLOGACION MEMORIA DEL PROGRAMA DE ACTUACION INTEGRADA -.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.- PLAN PARCIAL Y ANEXO DE HOMOLOGACION SECTOR NPR 2 URBANIZADORA CONSTITUCION S.L. Octubre de 1.999. PLAN PARCIAL URBANIZADORA CONSTITUCION

Más detalles

IV. PLA PARCIAL D ORDENACIÓ. ORDENANCES PPO 1993. 32 de 32

IV. PLA PARCIAL D ORDENACIÓ. ORDENANCES PPO 1993. 32 de 32 PROJECTE DE TRANSPOSICIÓ SOBRE BASE CARTOGRÀFICA DIGITAL, ADEQUACIÓ TOPOGRÀFICA i ADAPTACIONS PUNTUALS DEL PLA PARCIAL D ORDENACIÓ URBANA FONT MONTNEGRE, EN EL TERME MUNICIPAL DE SANT ISCLE DE VALLALTA.

Más detalles

Ordenanza de Rótulos para el Conjunto Histórico de La Laguna.

Ordenanza de Rótulos para el Conjunto Histórico de La Laguna. Ordenanza de Rótulos para el Conjunto Histórico de La Laguna. Ordenanza de Rótulos para el Conjunto Histórico de La Laguna. INTRODUCCIÓN La Ordenanza del Plan Especial de Protección del Conjunto Histórico

Más detalles

NORMA TÉCNICA A.030 HOSPEDAJE

NORMA TÉCNICA A.030 HOSPEDAJE NORMA TÉCNICA A.030 HOSPEDAJE NORMA A. 030 HOSPEDAJE CAPITULO I ASPECTOS GENERALES Artículo 1. La presente norma técnica es de aplicación a las edificaciones destinadas a hospedaje cualquiera sea su naturaleza

Más detalles

1.2 El ámbito de aplicación es el grafiado en los planos normativos P/4.1 y P/4.1- zoom.

1.2 El ámbito de aplicación es el grafiado en los planos normativos P/4.1 y P/4.1- zoom. 1 B. NORMATIVA CAPÍTULO I Aspectos generales de las Normas y su relación con el Plan General. 1. Objeto, ámbito e interpretación. 1.1 El objeto principal de la Normativa del PE a refundir era la regulación

Más detalles

ANEXO: DETERMINACIONES BÁSICAS SOBRE URBANIZACIÓN

ANEXO: DETERMINACIONES BÁSICAS SOBRE URBANIZACIÓN ÍNDICE 1. ANTECEDENTES 2. OBJETO Y CONVENIENCIA DE LA MODIFICACIÓN 3. CONTENIDO DE LA MODIFICACIÓN 3.A Traslado a la reparcelación de las determinaciones contenidas en la modificación nº 3 del plan parcial

Más detalles

Calle Alfonso XIII. Calle Puerto Rico. Calle Paraguay. Calle Guatemala. Resumen informativo. Página 1 de 19

Calle Alfonso XIII. Calle Puerto Rico. Calle Paraguay. Calle Guatemala. Resumen informativo. Página 1 de 19 PLAN PARCIAL DE REFORMA INTERIOR APR 05.06 ALFONSO XIII PARAGUAY Distrito de Chamartín Calle Alfonso XIII Calle Puerto Rico Calle Paraguay Calle Guatemala Resumen informativo Página 1 de 19 ÍNDICE A. EL

Más detalles

VIVIENDAS PROTEGIDAS EN ZONAS DE TIPOLOGIA UNIFAMILIAR: PLAN PARCIAL LLEDO II MEMORIA INFORMATIVA

VIVIENDAS PROTEGIDAS EN ZONAS DE TIPOLOGIA UNIFAMILIAR: PLAN PARCIAL LLEDO II MEMORIA INFORMATIVA VIVIENDAS PROTEGIDAS EN ZONAS DE TIPOLOGIA UNIFAMILIAR: PLAN PARCIAL LLEDO II MEMORIA INFORMATIVA 1 Solicitud del interesado En fecha 19 de diciembre de 2007 y 6 de marzo de 2008, DUNA ALQUILERES, S.L.,

Más detalles

ANEJO 2: FICHAS ORDENACIÓN PORMENORIZADA PLANEAMIENTO VIGENTE

ANEJO 2: FICHAS ORDENACIÓN PORMENORIZADA PLANEAMIENTO VIGENTE ANEJO 2: FICHAS ORDENACIÓN PORMENORIZADA PLANEAMIENTO VIGENTE 0162 100-PG-MI-A2-01(febrero 2011) pág. 1 de 37 1 Zona de Casco Antiguo (BARRACAS) ZONA DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA: CASCO ANTIGUO G1 SUBZONA:

Más detalles

Sección 4.ª. Disposiciones sobre estacionamientos y aparcamientos

Sección 4.ª. Disposiciones sobre estacionamientos y aparcamientos 2. Los ayuntamientos y, en su caso, la Corporación Metropolitana adoptarán, dentro de su competencia, las medidas precisas para asegurar las condiciones ambientales y la adecuación final del suelo a l-a

Más detalles

NUEVA ORDENANZA DE APERTURA DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID

NUEVA ORDENANZA DE APERTURA DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID NUEVA ORDENANZA DE APERTURA DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID El pasado 20 de marzo se publicó en el BOCM la Ordenanza de Apertura de Actividades Económicas del Ayuntamiento de Madrid

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE URBANISMO

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE URBANISMO B.O.C.M. Núm. 304 MARTES 21 DE DICIEMBRE DE 2010 Pág. 149 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 68 MADRID URBANISMO Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda Dirección General de Planeamiento Urbanístico

Más detalles

ÍNDICE 1.- MEMORIA INFORMATIVA. 2.- MEMORIA VINCULANTE

ÍNDICE 1.- MEMORIA INFORMATIVA. 2.- MEMORIA VINCULANTE ÍNDICE 1.- MEMORIA INFORMATIVA. 1.1.- ANTECEDENTES. 1.2.- AUTOR DEL ENCARGO. 1.3.- REDACTOR. 1.4.- ENCUADRE LEGAL. 1.5.- TRAMITACIÓN. 2.- MEMORIA VINCULANTE 2.1.-OBJETO DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL. 2.2.-

Más detalles

2.1. (SUE-D). Sectores en suelo urbanizable delimitado con Ordenación Detallada: SUE-D (R 9) Miranda Sur.

2.1. (SUE-D). Sectores en suelo urbanizable delimitado con Ordenación Detallada: SUE-D (R 9) Miranda Sur. MEMORIA: FICHAS 107 2.1. (SUE-D). Sectores en suelo urbanizable delimitado con Ordenación Detallada: SUE-D (R 9) Miranda Sur. MEMORIA: FICHAS 108 SUE-D (R.9) Miranda Sur 1.- DETERMINACIONES DE ORDENACIÓN

Más detalles

ESTUDIO DE DETALLE COMUNIDAD DE PROPIETARIOS INSTALACIÓN DE ASCENSOR EN C/ITURRIBIDE, Nº 1 LEIOA (BIZKAIA)

ESTUDIO DE DETALLE COMUNIDAD DE PROPIETARIOS INSTALACIÓN DE ASCENSOR EN C/ITURRIBIDE, Nº 1 LEIOA (BIZKAIA) ESTUDIO DE DETALLE COMUNIDAD DE PROPIETARIOS (INSTALACIÓN DE ASCENSOR) C/ITURRIBIDE, 1 LEIOA (BIZKAIA) EQUIPO REDACTOR: ARQUITECTOS: JESÚS GONZALO ARISTONDO SERGIO GONZÁLEZ DE VIÑASPRE Bilbao, Abril de

Más detalles

ESTUDIO DE DETALLE PARCELA A-4 SECTOR 9 (REFUNDIDO)

ESTUDIO DE DETALLE PARCELA A-4 SECTOR 9 (REFUNDIDO) E:05-11575-290 P:1 de 44 D: 06-0041917-001-02608 C/ C I R I L O A M O R O S, 57-1º-1ª 4 6 0 0 4 V A L E N C I A Tel: 96 352 52 89 Fax 96 352 53 55 e-mail: arqcom@arqcom.net ESTUDIO DE DETALLE PARCELA A-4

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID Pág. 81 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 8 ALCOBENDAS URBANISMO El Pleno Municipal, en su sesión ordinaria celebrada el 24 de septiembre de 2013, adoptó, entre otros, el acuerdo cuyo tenor literal

Más detalles

MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PLAN PARCIAL DEL PARQUE TECNOLÓGICO

MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PLAN PARCIAL DEL PARQUE TECNOLÓGICO MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PLAN PARCIAL DEL PARQUE TECNOLÓGICO Página 1 de 6 1. OBJETO. Se redacta la Modificación Puntual del Plan Parcial del Parque Tecnológico con el fin de modificar las determinaciones

Más detalles

NUEVA ORDENANZA DE PROTECCIÓN CONTRA LA CONTAMINACIÓN ACÚSTICA Y TÉRMICA

NUEVA ORDENANZA DE PROTECCIÓN CONTRA LA CONTAMINACIÓN ACÚSTICA Y TÉRMICA NUEVA ORDENANZA DE PROTECCIÓN CONTRA LA CONTAMINACIÓN ACÚSTICA Y TÉRMICA El pasado 14 de marzo de 2011 se publicó en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid la Ordenanza de Protección Contra Contaminación

Más detalles

COMISIÓN REGIONAL PARA LA HABITABILIDAD Y ACCESIBILIDAD

COMISIÓN REGIONAL PARA LA HABITABILIDAD Y ACCESIBILIDAD COMISIÓN REGIONAL PARA LA HABITABILIDAD Y ACCESIBILIDAD Criterios para la aplicación de la normativa regional de accesibilidad tras la entrada en vigor del CTE DB SUA y del documento técnico de condiciones

Más detalles

ORDENANZAS DE LA EDIFICACIÓN DEL PLAN DE REFORMA INTERIOR MASIA DE TORRE EN CONILL

ORDENANZAS DE LA EDIFICACIÓN DEL PLAN DE REFORMA INTERIOR MASIA DE TORRE EN CONILL MODIFICACION PUNTUAL DE VARIOS ARTICULOS DE LAS ORDENANZAS REGULADORAS DE LA EDIFICACION TORRE EN CONILL - BETERA NORMAS URBANISTICAS GENERALES DEL SECTOR DE TORRE EN CONILL TITULO I. DISPOSICIONES GENERALES.

Más detalles