Colegio Santa María de Aconcagua PROTOCOLO DE ACTUACION FRENTE A ACCIDENTES ESCOLARES

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1 Colegio Santa María de Aconcagua PROTOCOLO DE ACTUACION FRENTE A ACCIDENTES ESCOLARES Marzo de 2015

2 PROTOCOLO DE ACTUACION FRENTE A ACCIDENTES ESCOLARES El estado chileno, mediante decreto supremo número 313, ha establecido que todos los estudiantes del país tienen derecho a un seguro de accidentes, esto haciendo cumplir la ley , de acuerdo a lo que dicta en su Artículo 3 y se menciona a continuación: Estarán protegidos los estudiantes por los accidentes que sufran o con ocasión de sus estudios o en la realización de su práctica profesional. Para estos efectos se entenderá por estudiantes a los alumnos de cualquiera de los niveles o cursos de los establecimientos educacionales reconocidos oficialmente de acuerdo a lo establecido en la ley N , Orgánica Constitucional de Enseñanza. JUSTIFICACION El siguiente Protocolo de actuación busca indicar el procedimiento frente a un accidente que pudiera ocurrir a un estudiante del Colegio Santa María de Aconcagua durante la jornada escolar. Teniendo presente que existe un Seguro Escolar, de acuerdo al Decreto Supremo Nº 313, del 12 de Mayo de 1973, Ley de accidentes del trabajo. Para que el accidente sea cubierto por el Seguro Escolar la atención primaria deberá realizarse en un Centro Asistencial perteneciente al Servicio Nacional de Salud. Cualquier atención en otro establecimiento implica la pérdida de inmediato de la cobertura del Seguro Escolar. También se encuentran insertos dentro de este seguro los accidentes que puedan sufrir los estudiantes en el trayecto desde y hasta sus establecimientos educacionales y viceversa. Considerando esta disposición legal, y con el fin de dar atención y seguridad a nuestros alumnos, nuestra institución presenta este protocolo, el que da los lineamientos necesarios de seguir para abordar los diversos eventos durante la jornada escolar. El seguro escolar cubre los posibles accidentes ocurridos en actividades dentro y fuera del establecimiento y los que ocurriesen durante el traslado de los alumnos desde el hogar al colegio y viceversa. 1.- Definición de Accidente Escolar (según decreto 313) Accidente escolar es toda lesión que un estudiante pueda sufrir a causa o en el desarrollo de actividades escolares que, por su gravedad sufra a causa o con ocasión de sus estudios, o de la realización de su Práctica Profesional o Educacional y que le produzca incapacidad, daño o muerte; también se considera los accidentes de trayecto directo de ida o regreso que sufran los alumnos, entre su casa y el Establecimiento Educacional. Dentro de esta categoría se considera también los accidentes que puedan sufrir los estudiantes en el trayecto desde y hasta sus establecimientos educacionales. En caso de accidente escolar todos los/as estudiantes, tanto de la Educación Parvularia, Educación Básica, Educación Media, están afectos al Seguro Escolar desde el instante en que se matriculen en nuestro colegio.

3 2.- SOBRE EL SEGURO ESCOLAR: Todos los alumnos y alumnas de nuestro país tienen derecho a un seguro escolar gratuito que los protege en el caso de que sufran un accidente mientras desarrollen sus actividades estudiantiles. A los padres les otorgamos la información necesaria con el fin de despejar todas las dudas que existen en torno al seguro escolar gratuito y al mismo tiempo guiarlos sobre cómo deben actuar en el caso de que sus hijos y/o alumnos sufran algún accidente, les damos a conocer toda la información referente al Seguro Escolar, expresada en el Decreto Supremo nº 313 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. El decreto supremo n 313 del 12 de mayo de 1972 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social establece lo siguiente: "LOS ESTUDIANTES QUE TENGAN LA CALIDAD DE ALUMNOS REGULARES DE ESTABLECIMIENTOS FISCALES, MUNICIPALES Y/O PARTICULARES, DEPENDIENTES DEL ESTADO Y/O RECONOCIDOS POR ÉSTE, QUEDARÁN SUJETOS AL SEGURO ESCOLAR CONTEMPLADO EN EL ART. 3 DE LA LEY , POR LOS ACCIDENTES QUE SUFRAN DURANTE SUS PRÁCTICAS EDUCACIONALES O PROFESIONALES, EN LAS CONDICIONES Y CON LAS MODALIDADES QUE SE ESTABLECEN EN EL PRESENTE DECRETO. 2.1 A quién protege este Seguro El Seguro Escolar protege a todos los alumnos regulares de Establecimientos Fiscales, Municipales, Particulares, Subvencionados, Particulares No Subvencionados, del Nivel de Transición de la Educación Parvularia, de Enseñanza Básica, Media, Normal, Técnica Agrícola, Comercial, Industrial, Universitaria e Institutos Profesionales dependientes del Estado o reconocidos por éste. 2.2 De qué protege El Seguro Escolar protege a los estudiantes de los accidentes que sufra con ocasión de sus estudios o en la realización de su Práctica Profesional, en el trayecto directo ya sea de ida o de regreso a su casa y del Establecimiento educacional. 2.3 Desde cuando el alumno está integrado al seguro escolar Los alumnos de las instituciones de educación, reconocidas por el Estado, son protegidos por el este seguro desde el momento en que se matriculan en algún establecimiento educacional. 2.4 Cuándo se suspende el Seguro Los beneficios del Seguro Escolar se suspenden cuando no realicen sus estudios o su Práctica Profesional, en vacaciones o al egreso. 2.5 Qué casos especiales cubre el Seguro Los casos especiales que cubre el Seguro son: Estudiantes que deban pernoctar fuera de su residencia habitual, bajo la responsabilidad de autoridades educacionales, con motivo de la realización de su Práctica Educacional. Estudiantes en visitas a bibliotecas, museos, centros culturales, etc. Estudiantes en actividades extraescolares. 2.6 Qué tipo de accidentes se exceptúan Los accidentes producidos intencionalmente por la víctima y los ocurridos por fuerza mayor extraña, que no tengan relación alguna con los estudios o Práctica Profesional 2.7 Qué instituciones administran el Seguro Escolar Los Administradores del Seguro Escolar son: El Sistema Nacional de Servicios de Salud, que es el que otorga las prestaciones médicas gratuitas.

4 El Instituto de Normalización Previsional, es el que otorga las prestaciones pecuniarias por invalidez o muerte. 2.7 Cuáles son los beneficios médicos gratuitos del Seguro Atención médica quirúrgica y dental en Establecimientos externos o a domicilio, en Establecimientos dependientes del Sistema Nacional de Servicios de Salud. Hospitalizaciones, si fuere necesario a juicio del facultativo tratante. Medicamentos y productos farmacéuticos. Prótesis y aparatos ortopédicos y su reparación. Rehabilitación física y reeducación profesional. Los gastos de traslados y cualquier otro necesario para el otorgamiento de estas prestaciones. 2.8 Cuánto tiempo duran estos beneficios Los beneficios mencionados duran hasta su curación completa o mientras subsistan los síntomas de las secuelas causadas por el accidente. 2.9 Qué derechos tiene un estudiante que como consecuencia de un accidente escolar perdiera su capacidad para trabajo El estudiante que, como consecuencia de un accidente escolar, perdiere su capacidad para trabajar, actual o futura, según evaluación que deberá hacer el Servicio de Salud, puede tener derecho a una pensión de invalidez, según el grado o porcentaje de invalidez que presente Cuáles son las obligaciones del alumno accidentado El estudiante accidentado estará obligado a someterse a los tratamientos médicos que le fueren prescritos para obtener su rehabilitación Quién tiene derecho a recibir educación gratuita de parte del Estado Todo estudiante inválido, a consecuencia de un accidente escolar, que experimentare una norma apreciable en su capacidad de estudio, calificada por el Servicio de Salud, tendrá derecho a recibir educación gratuita Cómo se ejerce este derecho Este derecho se ejerce concurriendo directamente la víctima o su representante, al Ministerio de Educación (Secretarías Ministeriales Regionales de Educación y/o Departamento Provinciales de Educación), el que se hará responsable de dar cumplimiento a los beneficios establecidos en la ley PRESTACIONES MÉDICAS DEL SEGURO ESCOLAR El estudiante víctima de un accidente escolar tiene derecho a las prestaciones médicas que corresponden en casos de accidentes del trabajo o enfermedad profesional, en forma gratuita hasta su curación completa, o mientras subsistan los síntomas de las secuelas causadas por el accidente. Todo accidente escolar debe ser denunciado a los Servicios de Salud o al INP. Por el jefe del respectivo Establecimiento Educacional. Igualmente la denuncia puede hacerla el médico que trate un accidente escolar, o cualquier persona que haya tenido conocimiento de los hechos. Si el Establecimiento Educacional no realiza la denuncia dentro de las 24 horas siguientes al accidente, podrá hacerla el propio accidentado o quien lo represente. Cuando un escolar se accidenta debe ser enviado a una posta u hospital del Servicio Nacional de Salud. En ese lugar se denuncia el accidente escolar. La atención es gratuita y cubre las prestaciones médicas quirúrgicas, hospitalización, medicamentos y productos farmacéuticos; prótesis y aparatos ortopédicos y su reparación, rehabilitación física, los gastos de traslado y cualquier otro necesario para el otorgamiento de estas prestaciones, que son de responsabilidad del respectivo Servicio de Salud. Si por razones calificadas los Servicios de Salud se encuentran en la imposibilidad de otorgar las prestaciones médicas que procedan, y los interesados se ven obligados a obtenerlas en forma particular, corresponde a dichos Servicios reembolsar los gastos en que se incurrió por tal concepto. Procederá el reembolso, siempre y cuando, la atención médica particular haya sido imprescindible por su urgencia o por otro motivo derivado de la naturaleza de las lesiones sufridas. Por el contrario, si dicha atención particular ha sido requerida por decisión de los padres o apoderados, sin mediar las circunstancias mencionadas, no procederá el reembolso.

5 2.13 PRESTACIONES EDUCACIONALES DEL SEGURO Todo estudiante inválido a consecuencia de un accidente escolar, que sufra una disminución apreciable en su capacidad de estudio, calificado por el respectivo Servicio de Salud, tendrá derecho a recibir educación gratuita de parte del Estado. Este derecho se ejerce concurriendo directamente al Ministerio de Educación. 3.- CONSIDERACIONES 3.1 PARA EL CUMPLIMIENTO DE ESTE PROTOCOLO SE DEBE CONSIDERAR: En el archivo del colegio deben estar registrados los datos de los alumnos, así como dos números telefónicos de personas que servirán de contacto para avisar en caso de algún accidente. Información que debe manejar los archivos de ambos inspectores y la secretaria del establecimiento. Tener especial atención en niños con problemas crónicos o cuidados especiales (alergias, afecciones cardiacas, epilepsia, etc.), los directivos, docentes, asistentes de la educación deben conocer estos datos particulares, los que deben quedar en forma clara en una ficha anexa a la de la matrícula. Contar con los números de emergencia a la vista, así como conocer el lugar de atención de urgencia más próximo. Llamar y esperar el servicio de ambulancia siempre que la situación lo amerite, al menos que por indicaciones de ellos mismos se considere pertinente el traslado de la persona al centro de urgencia por otros medios. Seguir y respetar las indicaciones aquí expuestas. Dirigirse a las personas indicadas para la atención de accidentes escolares Prestar ayuda en acompañar y asistir al alumno cuando el accidente ocurra en presencia de cualquier persona de la planta educativa hasta que llegue la persona encargada la que brindara los primeros auxilios. Quien atiende al alumno accidentado, por leve o grave que sea la lesión, deberá atenderlo con delicadeza y afecto, dándole seguridad y confianza. La persona encargada de los Primeros Auxilios deberá tener siempre bien abastecido el botiquín del colegio. Dando aviso en forma oportuna cuando algún insumo se esté agotando. La persona encargada de los primeros auxilios debe responsabilizarse de que el lugar para atención de los alumnos accidentados este siempre limpio y ordenado. Todo procedimiento debe ser registrado en la declaración individual de accidente Escolar y Bitácora del Colegio.

6 La salida de los alumnos por traslado hacia el SAMU, deberá quedar registrado en el libro de salida del establecimiento. Y en el caso que el alumno retorne a clases, deberá registrarse en el mismo libro la hora de su regreso. Ante todo quien atienda a los alumnos accidentados debe MANTENER LA CALMA EN TODO MOMENTO, y transmitir tranquilidad al alumno. 4.- DONDE DIRIGIRSE CON LOS ALUMNOS EN CASO DE ACCIDENTE MENOS GRAVE O GRAVE Al Colegio Santa María de Aconcagua le corresponde la Atención de Urgencias, en el SAMU, del Hospital San Camilo, ubicado en Avda. Miraflores 2085, en San Felipe. 5.- PROCEDIMIENTO FRENTE A LOS ACCIDENTES ESCOLARES En el Colegio Santa María de Aconcagua, los accidentes escolares se clasifican en tres categorías que se detallan a continuación: ACCIDENTES LEVES (CON DOLENCIAS TRANSITORIAS): Los accidentes leves, son aquellos en el cual el estudiante resulta con lesiones superficiales o golpes suaves los que no le impiden su conciencia ni autonomía. Estos que pueden ser, erosiones en la piel por rasmilladuras simples, contusiones de efecto transitorio, caídas al correr o golpes al chocar con algún objeto o persona PROCEDIMIENTOS ACCIDENTES LEVES Los estudiantes serán llevados a la sala de Po a la oficina de inspectoría por el docente o asistente de la Educación que se encuentre en ese momento. Si se encuentra en recreo, un inspector, profesor de turno o un asistente será quien lo lleve. La Asistente de la Educación a cargo de la sala de enfermería, o la inspectora con conocimientos en primeros auxilios, será quien realice las acciones correspondientes. (curación, limpieza, aplicar hielo, etc.) Si el alumno con característica leve después de ser atendido está recuperado, se deriva a la sala de clase con un pase de ingreso. Luego el profesor jefe o inspectoría comunica por medio de la agenda al apoderado sobre lo sucedido con el alumno(a) y el procedimiento que se realizó. 5.2 MENOS GRAVES: Son aquellos que necesitan de asistencia médica como heridas o golpes en la cabeza u otra parte del cuerpo y con dolores persistentes como. Esguinces, caídas o golpes al chocar con algún objeto o personas, heridas sangrantes, chichones PROCEDIMIENTOS DE ACCIDENTES MENOS GRAVES: El inspector, docente, educadora o asistente de la educación que se encuentre en presencia del accidente deberá avisar en forma inmediata a los

7 inspectores, para coordinar el traslado del estudiante hacia la sala de primeros auxilios. En caso que suceda en recreos, en el patio o en sala de clases. Los encargados de prestar los primeros auxilios deberán revisar al estudiante y aplicarle los primeros auxilios de manera pertinente. La encargada de los primeros auxilios determinará si se traslada o no al alumno al SAMU, luego de la evaluación y evolución del accidentado. Comunicándoselo al Encargado de Convivencia Escolar. De ser derivado el accidentado al SAMU será algún inspector o la secretaria quien llenara la Declaración Individual de Accidente Escolar y se comunicará con el apoderado vía telefónica, informando de lo ocurrido y se le solicitará su presencia en el colegio o que concurra a la brevedad al lugar de la atención. El traslado del alumno accidentado estará a cargo de la persona asignada para este efecto (asistente de la educación o encargada de Primeros Auxilios), quien será el responsable de acompañarlo hasta que se haga presente el apoderado o algún familiar del alumno ACCIDENTES GRAVES Son aquellas que requieren de atención inmediata y de asistencia médica urgente, como caídas de altura, golpe fuerte en la cabeza u otras partes del cuerpo, heridas sangrantes por cortes profundos, quebraduras de extremidades, fracturas con evidente deformación o inflamación de la zona afectada, pérdida del conocimiento por desmayos o golpes, indicios de afecciones cardiacas por esfuerzo físico, obstrucción severa de las vías respiratorias, quemaduras, daños por descarga eléctrica, atragantamientos por comida u otros objetos, entre otros. 1. PROCEDIMIENTOS DE ACCIDENTES GRAVES: El inspector, docente o asistente de la Educación que presencie el accidente asistirá al accidentado ya sea en la sala de clases, patio o recreos y solicitará dar aviso en forma inmediata al Encargado de Convivencia Escolar y/o Dirección. En caso de golpe en la cabeza o quebraduras se mantendrá al estudiante en el lugar del accidente y se aplicarán los primeros auxilios sólo por la encargada o por el inspector educacional que tengan conocimiento en primeros auxilios, todo esto apoyado(a) por el Encargado de Convivencia Escolar. Se llamará en forma inmediata la ambulancia para su traslado al centro asistencial concertado con el seguro escolar y posteriormente se avisará a los padres. En caso de ser necesario el traslado inmediato al SAMU, se coordinará junto con los padres y será llevado en vehículo particular por el Encargado de Convivencia Escolar o a quien se designe, siempre y cuando el apoderado lo autorice.

8 En caso que no sea posible ubicar a los padres, se llevará de forma inmediata al SAMU ya sea en ambulancia o vehículo particular. Mientras se atiende al accidentado y estando a la espera de su traslado al SAMU, (espera que debe ser mínima), un inspector o la secretaria deberá ir llenando la Declaración Individual de Accidente Escolar. ANEXO BOTIQUIN DE PRIMEROS AUXILIOS Un botiquín de primeros auxilios es aquel contenedor de elementos necesarios para realizar una atención de emergencia. Debe tener presente que mientras más lejos se encuentre del centro asistencial, más completo debe ser su botiquín de primeros auxilios. Elementos mínimos que debe contener: Suero fisiológico. Alcohol para limpieza de superficies y desinfección de materiales. Azúcar. Apósitos estériles y algodón. Tela adhesiva. Parches curita. Gasa esterilizada. Tijeras punta roma. Jabón gel antiséptico. Guantes de procedimiento. Pinzas comunes. Tablillas de cartón o madera para inmovilizar. Alfileres de gancho. Termómetro. Algodón. Vendas de género y elásticas. Cabestrillos Cuellos ortopédicos Sala de Primeros Auxilios debe contener: Botiquín completo Camilla recta movible Sofá para recostar al accidentado Lavamanos Toalla de papel Toallas de cloro para desinfección y limpieza de superficies Recomendaciones para el encargado de la sala de Primeros Auxilios: a) Incluya el listado con los teléfonos de emergencia. b) Mantenga el botiquín lejos del alcance de los niños, pero sin llave. c) Etiquete los frascos y léalos cuidadosamente antes de hacer uso de ellos. d) Mantenga una lista actualizada con los nombres de todos los elementos contenidos, según su acción, dosis y contraindicaciones, si las hubiere. e) Revise cada cierto tiempo el contenido del botiquín y las fechas de vencimiento de los medicamentos, bote todos los que se encuentran vencidos.

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