AUTO SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES
|
|
|
- Nieves Martin Santos
- hace 9 años
- Vistas:
Transcripción
1 Sujeto del Proceso Conalvias Construcciones S.A.S. Asunto Admisión a proceso de reorganización Proceso Reorganización Expediente SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES I. ANTECEDENTES 1. Mediante escrito de 23 de septiembre de 2015, el apoderado de Conalvías Construcciones S.A.S., solicitó la admisión de dicha sociedad a proceso de reorganización. 2. Verificados los requisitos formales de admisión, encuentra el Despacho lo siguiente: ANÁLISIS DE CUMPLIMIENTO ASPECTOS JURÍDICOS Y FINANCIEROS DE LA SOLICITUD Requisito legal Acreditado en solicitud Sí No No opera Sujeto al régimen de Conalvias Construcciones S.A.S., insolvencia con domicilio en Cali carrera 3 N Art. 2, Ley 1116 de 39N 23, tiene como objeto social, la ejecución de trabajos de topografía, localización y trazado de carreteras o vías; la ejecución de movimiento de tierras la construcción de carreteras o vías, afirmados, pavimentaciones, obras de arte o cualquier otra obra dentro del campo de la ingeniería civil. (Fls. 11 a 23 Rad ) La sociedad es vigilada por la Legitimación Art. 11, Ley 1116 de Cesación de Pagos Superintendencia de Sociedades. Solicitud presentada por apoderado con base en el poder otorgado por el representante legal de la sociedad. (fl. 9 Rad ). Con forme al Acta 132 de Asamblea General de Accionistas de 18 de septiembre de 2015, el representante legal fue autorizado para presentar la solicitud de acuerdo proceso de reorganización conforme a Ley 1116 de (fl. 35). Observación / Requerimiento
2 2/8 Requisito legal Acreditado en solicitud Sí No No opera Art. 9.1, Ley 1116 de Incapacidad de pago En el escrito de solicitud el inminente apoderado invoca la el supuesto de Art. 9.2, Ley 1116 de incapacidad de pago inminente en los siguientes términos: Observación / Requerimiento Independientemente de que la sociedad a la fecha de corte presentado solo tiene vencidas obligaciones con proveedores y fiscales, por valor aproximado de $5.324 millones, con exigibilidad mayor de 90 días de vencidas, $ millones vencidos de 1 a 90 días, conforme a los documentos que se acompañan con esta solicitud, se establece plenamente que la Deudora carece de recursos disponibles en caja para atender los pagos inmediatos de las obligaciones próximas a vencerse, contando con ingresos mínimos para atender con los gastos administrativos para su funcionamiento. De otra parte, la expectativa de recibir ingresos provenientes de los contratos con que cuenta actualmente, son inciertos debido a las demoras que se han presentado por parte de sus deudores en el pago, debido a la incertidumbre de verse afectados por un proceso de ley No haber expirado el plazo de enervamiento de causal de disolución sin adoptar medidas Art. 10.1, Ley 1116 de Contabilidad regular Art. 10.2, Ley 1116 de De acuerdo con la relación de pasivos que se acompaña, se establece que en los próximos 60 días vencerán obligaciones con el sector financiero por un valor cercano de $ millones, que representan más del 10% del total de los pasivos actuales, sin que en este momento la compañía cuente con los recursos suficientes para atender oportunamente con dichos pagos. A folio 5 se declara que la sociedad no se encuentra incursa en causal de disolución. Conforme a certificación que obra a folios 131 y 132, suscrita por el revisor fiscal y el contador, la sociedad lleva sus libros de contabilidad con sujeción a las normas contenidas en el código de comercio y a partir del 1 de enero de 2015, registra sus operaciones con sujeción a lo establecido en los estándares internacionales de información financiera (NIIF), de acuerdo con lo estipulado en la ley 1314 de De forma adicional a folio 1065 el representante legal, el contador y el revisor fiscal certifican que la sociedad lleva su contabilidad de acuerdo a las normas y prescripciones legales y la técnica contable adoptada en Colombia, sus operaciones comerciales, así como
3 3/8 Requisito legal Acreditado en solicitud Sí No No opera los registros contables se encuentran respaldados por comprobantes de orden internos y externos y la correspondencia de la compañía según la respectiva operación. Manifestación sobre El representante legal y el revisor existencia de pasivos por fiscal certifican con fecha 17 de retenciones obligatorias septiembre de 2015, que las deudas con el fisco o descuentos por concepto de retención en la o aportes de trabajadores fuente, a título de impuesto sobre la al Sistema de Seguridad renta, retención de IVA, Social autorretención de CRE y retención a Art. 32, Ley 1429 de 2010 título de industria y comercio fueron cancelados en el mes de agosto Si existen pasivos pensionales, cálculo actuarial aprobado Art. 10.3, Ley 1116 de Cinco estados financieros básicos de los tres últimos periodos Art. 13.1, Ley 1116 de Cinco estados financieros básicos con corte al último día del mes anterior a la solicitud Art. 13.2, Ley 1116 de Inventario de activos y pasivos con corte al último día del mes anterior a la solicitud Art. 13.3, Ley 1116 de Memoria explicativa de las causas de insolvencia Art. 13.4, Ley 1116 de Flujo de caja Art. 13.5, Ley 1116 de (1080). A folio 132 el contador y el revisor fiscal certifican, que a julio 31 de 2015, la sociedad presenta un pasivo correspondiente a una provisión por el caculo actuarial de pensión de jubilación a favor del señor Norberto Manuel Grisales, por valor de $ , el cual fue actualizado al corte de 31 de diciembre de De folio 139 a 311, allegan estados financieros básicos sus notas y el respectivo dictamen de los ejercicios terminados a 31 de diciembre de 2014, ( ), 2013 ( ) y 2012, ( ) Aporta estado de situación financiera, estados resultados integral, estados consolidados de variaciones en el capital contable, estado de flujos de efectivo, notas a los estados financieros, conformación de información financiera suscrita por el representante legal y el informe del revisor fiscal, con corte a julio 31 de (folio 36 a 129 rad ) Se aporte un inventario de activos y pasivos a julio 31 de 2015, formado por el representante legal en contador y el revisor fiscal. Los activos se relacionan de folio 312 a 474 y los pasivos de folio 875 al En folios 476 y 485 presentan la memoria explicativa de la crisis económica, la cual, en resumen se atribuyen a los siguientes factores: 1. Perdidas con el sector privado 2. Contingencias con el sector público. 3. Sector con márgenes reducidos 4. Contratos de construcción más riesgosos para el constructor. De folio 498 hasta el 502, aportan un flujo caja proyectado de 2015 a 2035 y un esquema de amortización para el mismo periodo. Observación / Requerimiento
4 4/8 Requisito legal Acreditado en solicitud Sí No No opera Plan de Negocios A partir de folio 485 hasta el 496 la Art. 13.6, Ley 1116 de compañía presenta el plan de negocios. Reporte de bienes necesarios para el desarrollo de la actividad económica del deudor sujeto a las garantías previstas en la Ley 1676 de 2013, dentro de la información presentada con la solicitud de inicio del proceso; Artículos 50 al 52 Ley Proyecto de calificación y graduación de créditos y de determinación de los derechos de voto. Art. 13.7, Ley 1116 de De fls. 166 a 1076 certifican los bienes necesarios para la operación. En folios 1082 y 1083 certifican las obligaciones en las cuales la sociedad es garante de terceros. Además, entre folio 1084 y 1093 certifican los activos fijos pignorados o en prenda, en leasing. Entre folios 505 y 632 se aporta el proyecto de calificación y graduación de créditos. De folio 634 hasta el 874 allegan el proyecto de determinación de derechos de voto. Observación / Requerimiento Solicitud presentada por acreedor, prueba sumaria de las obligaciones vencidas o de incapacidad de pago inminente. Par., art. 13, Ley 1116 de II. CONSIDERACIONES DEL DESPACHO 1. Evaluados los documentos suministrados en la solicitud de admisión, se establece que se cumplen con los requisitos exigidos por la Ley 1116 de, en los términos en que fue reformada por la Ley 1429 de 2010, para ser admitida al proceso de reorganización. En mérito de lo expuesto, el Superintendente Delegado para Procedimientos de Insolvencia, RESUELVE Primero. Reconocer a Luis Hernando Gallo Medina, quién exhibió la tarjeta profesional expedida por el Consejo Superior de la Judicatura como apoderado de Conalvías Construcciones S.A.S., en los términos y para los fines consignados en el poder radicado , de conformidad con lo establecido en los artículos 65, 66 y 67 del Código de Procedimiento Civil. Segundo. Admitir a la sociedad Conalvías Construcciones S.A.S., con Nit y domiciliada en Cali, en la Carrera 3 N 39N 23, al proceso de reorganización regulado por la Ley 1116 de y las normas que la complementan o adicionan. Tercero. Ordenar la inscripción de esta providencia en el Registro Mercantil del domicilio de la sociedad, en los términos previstos en el artículo 19.2 la Ley 1116 de. Líbrese el oficio correspondiente. Cuarto. Advertir que, de conformidad con el artículo 61 de la Ley 1116 de, en caso de existencia de situaciones de subordinación o grupo empresarial, se presume que la situación de insolvencia es consecuencia de las actuaciones de la matriz o controlante, en virtud de la subordinación, en interés de esta o de cualquiera de sus subordinadas y en contra del beneficio de la sociedad en reorganización.
5 5/8 Quinto. Designar como promotor, de entre los inscritos en la lista oficial de auxiliares de la justicia, a: Nombre Luis Fernando Alvarado Ortiz Cédula de ciudadanía Contacto Calle 70 No oficina 201 Bogotá Teléfono: / En consecuencia, se ordena: 1. Comunicar al promotor designado la asignación de este encargo. Líbrese el oficio correspondiente. 2. Poner a disposición del promotor, en el Grupo de Apoyo Judicial, la totalidad de los documentos que integran la solicitud de admisión a proceso de reorganización. Sexto. Fijar los honorarios del promotor, así: Valor Porcentaje Época de pago $ % Contra firmeza de auto de designación $ % $ % En cuotas mensuales iguales contra firmeza de auto de aprobación de calificación de créditos y derechos de voto Contra confirmación del acuerdo de reorganización o contra firmeza de auto que confirma acuerdo de adjudicación o del de adjudicación de bienes Séptimo. Ordenar al promotor que, de conformidad con lo dispuesto en la Resolución de 9 de febrero de 2011, preste caución judicial por el 0.3% del valor total de los honorarios, para responder por su gestión y por los perjuicios que con ella llegare a causar. Los gastos en que incurra para la constitución de la caución serán asumidos por el promotor y en ningún caso serán imputados a la sociedad concursada. El promotor dispone de diez (10) días hábiles, a partir de su posesión, para acreditar ante este Despacho la constitución de la póliza. Octavo. Ordenar al deudor abstenerse de realizar, sin autorización de este Despacho, enajenaciones que no estén comprendidas en el giro ordinario de sus negocios, ni constituir cauciones sobre bienes del deudor, ni hacer pagos o arreglos relacionados con sus obligaciones, ni adoptar reformas estatutarias ni, en general, adelantar operaciones societarias o contractuales que supongan erogaciones reales o potenciales a cargo de la sociedad. Noveno. Ordenar al representante legal de la sociedad entregar al promotor y a esta entidad, dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha de notificación de la presente providencia, una actualización del inventario de activos y pasivos incluyendo las acreencias causadas entre la fecha de corte de la solicitud y la fecha del día anterior del presente auto, soportados con un estado de situación financiera y un estado de resultados integral a la mencionada fecha, suscritos por representante legal, contador y revisor fiscal, acompañados de notas a los estados financieros En la actualización del inventario y en el plazo antes citado, la deudora deberá aportar la siguiente información o documentos: a) La política contable en la cual se llevó cabo la medición, reconocimiento y presentación de la información financiera. b) Copia de todos los contratos de consorcios u uniones temporales en las que esté participando, y una relación discriminada de estos, indicando si es un acuerdo
6 6/8 conjunto en el que se toman decisiones de manera conjunta, evento en el cual debe especificar si es una operación o negocio conjunto. En caso de ser un negocio conjunto indicar el método utilizado para su contabilización. c) Informe del estado de liquidación de los consorcios relacionados como obra terminada y en proceso de liquidación, o remitir copia del acta de liquidación. d) Copia del titulo valor o documento en el que estén instrumentalizadas las cuentas por cobrar a vinculados, socios y accionistas, especificando la relación de medio a fin con el objeto social, si existen garantías y cuáles. e) Una relación de todos los deudores que fueron objeto de provisión o deterioro, con la relación del análisis individual que hicieron, y porque concluyeron la pérdida o el no cobro de las mismas, con su soporte. f) Indicar el soporte de las cuentas por pagar a vinculados, esto es el número de comprobante de contabilidad en el que se indique la forma de ingreso de recursos a la compañía. Lo anterior, sin perjuicio que el despacho haga requerimientos posteriores en virtud de lo previsto en el artículo 4.4. y 4.5.de la Ley 1116 de. Décimo. Ordenar al promotor designado que, con base en la información aportada por el deudor y demás documentos y elementos de prueba que aporten los interesados, presente a este Despacho los proyectos de calificación y graduación de créditos y derechos de voto, dentro de los dos (2) meses siguientes contados a partir de la fecha de entrega de la información indicada en el numeral anterior. Dichos documentos deben ser radicados y transmitidos a través del software Storm User, seleccionando el Informe 32 Calificación y Graduación de Créditos y Derechos de Voto, disponible en la página de Internet de la Superintendencia de Sociedades. En los proyectos mencionados deben quedar incluidos los procesos ejecutivos incorporados y, en caso de existir acreedores garantizados con bienes muebles e inmuebles, les debe reconocer los créditos y asignar votos en los términos señalados en el inciso 5º artículo 50 de la Ley 1676 de. Igualmente, hará parte de la calificación de créditos y asignación de derechos de voto, el pasivo total de cada consorcio y unión temporal en los que participe la sociedad, independientemente de su porcentaje de participación, en atención a la solidaridad que asume. Décimo primero. De los documentos entregados por el promotor, conforme al ordinal anterior, se dará traslado a los acreedores por el término de cinco (5) días para que formulen sus objeciones a los mismos. Décimo segundo. Ordenar al deudor mantener a disposición de los acreedores y remitir físicamente a esta Entidad, la información de períodos intermedios dentro de los cinco (5) primeros días hábiles del mes subsiguiente a la culminación de cada trimestre (marzo, junio, septiembre y diciembre), los estados financieros actualizados conforme a los nuevos marcos de referencia contable bajo Normas Internacionales de Información Financiera contenidos en la Ley 1314 de 2009 y decretos 2784 de 2012 y 3022 de 2013, si es del caso, acompañados de la información relevante para evaluar la situación del deudor, el estado actual del proceso de reorganización y certificación sobre pago oportuno de obligaciones. Para efectos, del Informe 30, que igualmente debe diligenciar y transmitir a la culminación de cada trimestre (marzo, junio, septiembre y diciembre), utilizando el software Storm User, se requiere consultar la Circular Externa No del 31 de mayo de 2013, e igualmente acatar las instrucciones emitidas por este Despacho, previendo los ajustes del caso debido a la puesta en marcha de las Normas Internacionales de Información Financiera. Décimo tercero. Decretar el embargo de los bienes sujetos a registro de propiedad de la sociedad Conalvias Construcciones S.A.S, advirtiendo que las medidas cautelares de
7 7/8 naturaleza concursal prevalecen sobre las que se hayan decretado y practicado en otros procesos. Décimo cuarto. Fijar en el Grupo de Apoyo Judicial, por el término de cinco (5) días, un aviso que informe acerca del inicio del proceso de reorganización. Décimo quinto. Ordenar al representante legal y al promotor fijar el aviso de que trata el ordinal anterior en un lugar visible de su sede principal y sucursales, durante todo el tiempo de duración del proceso. Décimo sexto. Ordenar al representante legal y al promotor comunicar sobre el inicio del proceso de reorganización a todos los jueces y autoridades jurisdiccionales, a las fiduciarias, a los notarios y cámaras de comercio que tramiten procesos de ejecución, de restitución, o de ejecución especial de la garantía sobre bienes del deudor, a través de medios idóneos, transcribiendo el aviso expedido por esta entidad. Igual comunicación deberá ser enviada a todos los acreedores de la deudora, incluyendo aquellos acreedores garantizados que se encuentren ejecutando su garantía por medio de mecanismo de pago directo. Décimo séptimo. El representante legal y el promotor deberán acreditar ante este Despacho, dentro de los veinte (20) días siguientes a la fecha de posesión del promotor, el cumplimiento de la anterior instrucción, adjuntando al memorial los soportes respectivos. Décimo octavo. Ordenar al Grupo de Apoyo Judicial que remita copia de esta providencia al Ministerio de Trabajo, a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, y al superintendente Delegado para la Inspección, Vigilancia y Control de la Superintendencia de Sociedades, para lo de su competencia. Décimo noveno. Ordenar al representante legal y al promotor comunicar a los jueces y autoridades jurisdiccionales, a las fiduciarias, a los notarios y cámaras de comercio que tramiten procesos de ejecución, de ejecución de garantías, de jurisdicción coactiva del domicilio del deudor, para que remitan a este Despacho todos los procesos de ejecución o cobro que hayan comenzado con anterioridad a la fecha de inicio del proceso de reorganización y advertir sobre la imposibilidad de iniciar o continuar demanda de ejecución o cualquier otro proceso de cobro contra el deudor, en los términos del artículo 20 de la Ley 1116 de. Vigésimo. Ordenar al Grupo de Apoyo Judicial que expida copias auténticas con constancia de ejecutoria de la presente providencia a la Cámara de Comercio y demás autoridades que lo requieran. Vigésimo primero. Ordenar al promotor designado que, para efectos de presentar el acuerdo de reorganización debe diligenciar el Informe 34 denominado Síntesis del Acuerdo, el cual debe ser remitido vía Internet y aportado en forma impresa a este Despacho. El aplicativo se puede obtener en el portal de internet de la Superintendencia de Sociedades: htt// ingresando por el vínculo software para el envío de la información. Para tal efecto, se deben seguir las instrucciones para descargar e instalar Storm User. Vigésimo segundo. Ordenar al representante legal que inicie, desde la notificación de este auto, con el trámite de depuración y/o actualización de deuda por aportes al sistema de seguridad social e iniciar los trámites tendientes a la obtención del concepto previo para la normalización pensional. Se previene al representante legal sobre la necesaria diligencia que debe observar en el cumplimiento de esta orden del Despacho, de la cual se hará seguimiento estricto. Notifíquese y cúmplase,
8 8/8 NICOLÁS POLANÍA TELLO Superintendente Delegado para Procedimientos de Insolvencia TRD: ACTUACIONES Rad E6435
AUTO POR MEDIO DEL CUAL SE ADMITE AL PROCESO DE REORGANIZACION
SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES, BOGOTA D.C. SOCIEDAD: BEBIDA LOGISTICA SAS NIT: 830.092.015 ASUNTO: POR MEDIO DEL CUAL SE ADMITE AL PROCESO DE REORGANIZACION ANTECEDENTES 1. Mediante escrito radicado con
AUTO SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES INTENDENCIA REGIONAL DE CALI POR MEDIO DEL CUAL SE ADMITE AL PROCESO DE REORGANIZACIÓN
SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES INTENDENCIA REGIONAL DE CALI PROCESO: ASUNTO: C.C. 16.536.960 POR MEDIO DEL CUAL SE ADMITE AL PROCESO DE REORGANIZACIÓN I. ANTECEDENTES El señor., identificado con la cédula
AUTO COORDINADORA INTERNACIONAL DE CARGAS SA EMA POR MEDIO DEL CUAL SE ADMITE AL PROCESO DE REORGANIZACION
SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES. Bogotá D.C. SOCIEDAD: COORDINADORA INTERNACIONAL DE CARGAS SA EMA NIT: 860.045.499 ASUNTO: POR MEDIO DEL CUAL SE ADMITE AL PROCESO DE REORGANIZACION I ANTECEDENTES 1 Mediante
AUTO SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES
SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES Sujetos del proceso Pacific Exploration and Production Corp. Meta Petroleum Corp. Sucursal Colombia (Nit. 830.126.302) Pacific Stratus Energy Colombia Corp. Sucursal Colombia
MODELO No 0. Y dando cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 50 de la ley 789 de 2002, me permito certificar a ustedes que
MODELO No 0 Barranquilla, Señores Cámara de Comercio de Barranquilla. Ciudad Ref: CUMPLIMIENTO ARTÍCULO 50 DE LA LEY 789 DE 2002 Respetados Señores: En mi calidad de ( ) Persona Natural ( ) Representante
DECRETO No 455 (Octubre 31 de 2007) MUNICIPIO DE DOSQUEBRADAS ALCALDIA MUNICIPAL
MUNICIPIO DE DOSQUEBRADAS ALCALDIA MUNICIPAL Por medio del cual se reglamentan las Etapas de los Procesos de cobro persuasivo y coactivo para el Municipio de Dosquebradas. El Alcalde Municipal de Dosquebradas
Elaboración de actas
Elaboración de actas Un acta es un documento en el que se registra lo sucedido, tratado y acordado en una reunión del máximo órgano o del órgano de administración de una persona jurídica. Es una evidencia
N.I.T. / C.C. : Expediente : Al contestar Cite el No. de radicación de este Documento AUTO
SUPERSOCIEDADES - BOGOTA Radicación No.:2013-01-546625 N.I.T. / C.C. : 800118845 Expediente : 74107 Nombre : OXXUS SEGURIDAD LTDA EN LIQUIDACION JUDICIAL Dependencia : GRUPO DE LIQUIDACIONES Trámite :
Del aumento de capital y la prima en colocación de acciones o cuotas
Del aumento de capital y la prima en colocación de acciones o cuotas Las sociedades por acciones tienen tres (3) clases de capital: autorizado, suscrito y pagado, los cuales pueden modificarse durante
Requisitos para el registro y cancelación de sucursal de sociedad extranjera
Requisitos para el registro y cancelación de sucursal de sociedad extranjera Las sucursales de sociedades extranjeras son establecimientos de comercio abiertos en Colombia por una sociedad domiciliada
SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES. Oficio DE 2012 (Diciembre 05) ASUNTO: FUNCIONES DEL PROMOTOR EN UN PROCESO DE REORGANIZACIÓN
SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES Oficio 220-177554 DE 2012 (Diciembre 05) ASUNTO: FUNCIONES DEL PROMOTOR EN UN PROCESO DE REORGANIZACIÓN Me refiero a su escrito radicado en esta Entidad con el número 2012-01-308273,
ABC. Comercialización y administración. Circular externa Solicitud de información LIBRANZAS
ABC Circular externa 100-000007 Solicitud de información LIBRANZAS Comercialización y administración Solicitud de información sobre la actividad de comercialización y administración de créditos libranza
INVITACIÓN PUBLICA 044 DEL 2010 DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 2 DEL DECRETO 3576 DE 2009 EL MUNICIPIO DE VILLAVIEJA INVITA
INVITACIÓN PUBLICA 044 DEL 2010 DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 2 DEL DECRETO 3576 DE 2009 EL MUNICIPIO DE VILLAVIEJA INVITA PARA QUE LOS INTERESADOS PRESENTEN PROPUESTAS PARA SELECCIONAR A LOS CONTRATISTAS
Inscripción de libros
Inscripción de libros Es obligación de todas las sociedades, entidades sin ánimo de lucro y entidades del sector solidario inscribir en cámara de comercio todos los libros respecto de los cuales la Ley
RESOLUCIÓN DE 21 DE JUNIO DE 2016 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES
RESOLUCIÓN 000052 DE 21 DE JUNIO DE 2016 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES por la cual se regula el trámite de inscripción en el Registro Único Tributario (RUT) y su actualización de oficio a
DECRETO 2011 DE (Septiembre 28)
DECRETO 2011 DE 2012 (Septiembre 28) Por el cual se determina y reglamenta la entrada en operación de la Administradora Colombiana de Pensiones Colpensiones, y se dictan otras disposiciones. EL PRESIDENTE
Que es el proceso de administrativo de cobro coactivo?
1. Que es el proceso de administrativo de cobro coactivo? El procedimiento Administrativo Coactivo es un procedimiento especial por medio del cual la Administración tiene la facultad de cobrar directamente
N.I.T. / C.C. : 900282261 Expediente : 0. Al contestar Cite el No. de radicación de este Documento AUTO. SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES, Bogotá D.C.
SUPERSOCIEDADES - BOGOTA Radicación No.:2014-01-233042 N.I.T. / C.C. : 900282261 Expediente : 0 Nombre : URBE CONSTRUCCIONES Y OBRAS PU Dependencia : GRUPO DE REORGANIZACION Trámite : 14001 - TRAMITES
RESOLUCIÓN NÚMERO 6790
RESOLUCIÓN NÚMERO 6790 ( JUNIO 16 DE 2011 ) Por medio de la cual se establecen los procedimientos para la presentación de las Declaraciones Informativas Individual y Consolidada Precios de Transferencia
Constitución Virtual de Sociedades por Acciones. Simplificadas. El Registro Mercantil como herramienta de competitividad
Constitución Virtual de Sociedades por Acciones El Registro Mercantil como herramienta de competitividad Simplificadas y simplificación de trámites para la creación de empresas. - Modelo de Estatutos-
RELACIÓN DE DOCUMENTOS A PRESENTAR PARA RADICACIÓN
RELACIÓN DE DOCUMENTOS A PRESENTAR PARA RADICACIÓN Requisitos para enajenación, Articulo 185 del Decreto 0019 de 2012 del programa: de la empresa: Representante legal: Identificación: Registro: Dirección
UNIVERSIDAD COLEGIO MAYOR DE CUNDINAMARCA 66 Años
Señores PROVEEDORES Bogotá UNIVERSIDAD COLEGIO MAYOR DE CUNDINAMARCA 66 Años Bogotá, 25 de mayo de 2012 Cordial saludo: La UNIVERSIDAD está interesada en recibir propuestas para la adquisición de SWITCH
aczjlbahbkjnfcdk-rue 000000000 Copias: 001 Pagina: 001
aczjlbahbkjnfcdk-rue 000000000 Copias: 001 Pagina: 001 DO UNICO NACIONAL DO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN El SECRETARIO DE LA CAMARA DE COMERCIO DE MEDELLÍN PARA ANTIOQUIA, con fundamento en las matrículas
MODELO DE ACTA DE FUSIÓN ENTIDAD SIN ÁNIMO DE LUCRO. Acta No.
NOTA ESPECIAL: El presente es un modelo que sirve como guía para las entidades sin ánimo de lucro, el cual en nada obliga a la Cámara de Comercio del Oriente Antioqueño. MODELO DE ACTA DE FUSIÓN ENTIDAD
REGIONAL CESAR CENTRO DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO MINERO EVALUACION JURIDICA CONVOCATORIA PÚBLICA
EVALUACION JURIDICA CONVOCATORIA PÚBLICA No. COMM-SASIE-002-2013 OBJETO: Compra de Materiales de Formación para el área de Mecánica del Centro de Operación y Mantenimiento Minero sede principal y subsede
SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES GRUPO DE APOYO JUDICIAL INTENDENCIA REGIONAL MEDELLÍN (Procesos Concursales y/o jurisdiccionales
No. 001628 001629 001630 001631 001632 001633 001634 001635 FECHA SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES GRUPO DE APOYO JUDICIAL INTENDENCIA REGIONAL MEDELLÍN (Procesos Concursales y/o jurisdiccionales SOCIEDAD
SECRETARIA ADMINISTRATIVA INVITACIÓN PÚBLICA SAMC
INVITACIÓN PÚBLICA SAMC 0156-2010 PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN PARA LA CELEBRACIÓN DE CONTRATOS CUYO VALOR NO EXCEDA EL 10% DE LA MENOR CUANTÍA DE LA ENTIDAD. JUSTIFICACIÓN DE LA MODALIDAD DE SELECCIÓN En
QUE ES EL RUT? Constituye el mecanismo único para identificar, ubicar y clasificar a las personas y entidades. ANEXO D. MEDIOS VISUALES DE ORIENTACION
ANEXO D. MEDIOS VISUALES DE ORIENTACION QUE ES EL RUT? Constituye el mecanismo único para identificar, ubicar y clasificar a las personas y entidades. (DECRETO 2460 DE 2013) CUALES SON LOS REQUISITOS DE
Recaudo: Toda operación de ingreso que registra un ente económico.
Página 1 de 6 1. OBJETIVO: Definir las actividades para realizar la consolidación de información financiera y presupuestal para la elaboración y presentación de informes presupuestales y contables de la
ASPECTOS LEGALES DE LA PROPIEDAD HORIZONTAL
ASPECTOS LEGALES DE LA PROPIEDAD HORIZONTAL Dr. Diana Carolina Ruiz Muñoz Directora de Corporación P.H. Centro de educación virtual sobre el régimen de propiedad Horizontal 1 Régimen jurídico de la propiedad
Guía de Litigio Societario Acciones Judiciales
Acciones Judiciales CUMPLIMIENTO Y EJECUCIÓN ESPECÍFICA DE ACUERDOS DE ACCIONISTAS Esta acción alude, en primer término, a la resolución de controversias respecto del cumplimiento de acuerdos de accionistas.
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 (marzo 23) CONSIDERANDO:
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales RESOLUCIÓN NÚMERO 002172 DE 2012 (marzo 23) por medio de la cual se establecen los procedimientos para la presentación de las Declaraciones Informativas Individual
DIRECTIVA Nº /CN
DIRECTIVA Nº 011-06-2015/CN PARA: DE: ASUNTO: Gerencia General Gerencia de Riesgos y Finanzas Gerencia de TI y Administración Jefatura de Créditos y Recuperaciones Jefatura de Contabilidad Unidad de Auditoría
Formulario de Solicitud de Inscripción y Autorización
Formulario de Solicitud de Inscripción y Autorización SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDOS DE INVERSION 1 Nombre o Razón Social: 2 Objeto Social: 3 Capital Social Autorizado: 4 Capital Suscrito y Pagado:
MODELO PARA LA INSCRIPCIÓN DE EPSAL Código: OT-R Fecha: 2016/01/04 Versión: 010
En la ciudad de..., siendo las (horas)...del día...del año..., se reunieron en la (dirección y ciudad)...las siguientes personas, con el objeto de constituir una entidad sin ánimo de lucro. NOMBRE Y APELLIDOS
SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES GRUPO DE APOYO JUDICIAL ESTADO REORGANIZACION Y CONCORDATOS
GRUPO DE APOYO JUDICIAL S No. 008351 425-008290 008292 008293 008294 008307 FECHA SOCIEDAD INVERSIONES BAALBEK LIMITADA INOXIDABLES DE COLOMBIA LTDA. MINERAL & WHITE S.A.S. OPERADOR LOGISTICO DE LAS AMERICAS
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT SIMPLIFICAN REQUISITOS PARA DIVERSOS TRÁMITES DEL REGISTRO ÚNICO DE CONTRIBUYENTES
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N. 208-2016/SUNAT SIMPLIFICAN REQUISITOS PARA DIVERSOS TRÁMITES DEL REGISTRO ÚNICO DE CONTRIBUYENTES Lima, 17 de agosto de 2016 CONSIDERANDO: Que el artículo 6 del Decreto
Viceministerio de la Protección Social. Bogotá, D.C. Julio 15 de 2015
Viceministerio de la Protección Social Bogotá, D.C. Julio 15 de 2015 Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 El Artículo 97 de la Ley 1753 de 2015 Propósito: Garantizar el acceso y goce efectivo del derecho
Quálitas Compañía de Seguros, SAB de CV Informe de Notas de Revelación a los Estados Financieros por el ejercicio 2007
Quálitas Compañía de Seguros, SAB de CV Informe de Notas de Revelación a los Estados Financieros por el ejercicio 2007 Para dar cumplimiento al oficio circular S-18.2.2 29 de febrero de 2008 Apartado No.
Expedientes de Regulación de Empleo
Documentación a presentar: Expedientes de Regulación de Empleo 1. Procedimiento de extinción de contratos de trabajo o despido colectivo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción:
AUTO ASUNTO : POR MEDIO DEL CUAL SE FIJAN HONORARIOS DEL LIQUIDADOR
SUPERSOCIEDADES N.I.T. / C.C. Expediente Nombre Dependencia Trámite Folios Fecha Tipo Documento BOGOTA Radicación No.:2014-01-260460 860036191 56116 TAG FLOWERS S.A. EN LIQUIDACION JUDICIAL GRUPO DE LIQUIDACIONES
REGIMEN DE INSOLVENCIA EMPRESARIAL EN COLOMBIA EL PROCESO DE REORGANIZACION Ley 1116 de 2006
REGIMEN DE INSOLVENCIA EMPRESARIAL EN COLOMBIA EL PROCESO DE REORGANIZACION Ley 1116 de 2006 COMO SORTEAR LA ANTESALA DE LA QUIEBRA ASCONSULTORES Jose M. Castellanos E. Noviembre 20 de 2010 Finalidad del
Instituto Nacional de Vias GESTIÓN CONTRACTUAL AVISO CONVOCATORIA CONCURSO DE MERITOS ABIERTO CONCURSO DE MERITOS ABIERTO
AVISO CONVOCATORIA CONCURSO DE MERITOS PÁGINA 1 DE 1 CONCURSO DE MERITOS EL INSTITUTO NACIONAL DE VÍAS-INVIAS CONVOCA: A las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, consorcios y Uniones
CONSORCIO COLOMBIA, CONFORMADO POR ENRIQUE MOLANO VENEGAS Y JAIME EDUARDO LEAL ESCOBAR ENRIQUE MOLANO VENEGAS, CON C.C. No
CONVOCATORIA PÚBLICA No. 1 DE 2011 LISTA MULTIUSOS PARA CONTRATAR ADECUACIONES MENORES EVALUACIÓN JURÍDICA Cumple 1.12. QUIENES PUEDEN PARTICIPAR a. ENRIQUE MOLANO VENEGAS Podrán participar todas las personas
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº /SUNAT
MODIFICAN LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº182-2008-SUNAT Y MODIFICATORIAS QUE IMPLEMENTÓ LA EMISIÓN ELECTRÓNICA DEL RECIBO POR HONORARIOS Y EL LLEVADO DEL LIBRO DE INGRESOS Y GASTOS DE MANERA ELECTRÓNICA,
Reglamento Autorización de Negociación de Títulos Públicos GUÍA Sección IX Control de los documentos y los registros
Página 1 de 5 SECCIÓN NEGOCIACIÓN DE TÍTULOS PÚBLICOS. Solicitud por el Estado Nacional, Provincial, Municipal, Entes Autárquicos y Empresas del Estado Nacional. 1. Presentación de solicitud de autorización
POLÍTICA DE ADMISIÓN A COTIZACIÓN DE VALORES EN LA BOLSA NACIONAL DE VALORES, S. A. 1
POLÍTICA DE ADMISIÓN A COTIZACIÓN DE VALORES EN LA BOLSA NACIONAL DE VALORES, S. A. 1 Corresponde a la Junta Directiva la definición y aprobación de las políticas de la empresa relativas a la admisión
PROCEDIMIENTO MINIMA CUANTIA
PROCESO PÁGINA 1 DE 8 COORDINADOR (A) GRUPO GESTION 1. OBJETIVO Adquirir bienes y/o servicios que requiere la Unidad para el cumplimiento de las metas y objetivos cuyo valor no exceda del 10% de la menor
REQUISITOS PARA LA INSCRIPCION DE SOCIEDADES DEL SECTOR PRIVADO
REQUISITOS PARA LA INSCRIPCION DE SOCIEDADES DEL SECTOR PRIVADO Documentos BAJO CONTROL DE LA SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑÍAS, INCLUSIVE LAS COMPAÑÍAS TENEDORAS DE ACCIONES O HOLDING, ESTABLECIMIENTOS PERMANENTES
COMUNICADOS TRIBUTARIOS
INSOTAX S.A.S COMUNICADOS TRIBUTARIOS De: JOSE LIBARDO HOYOS RAMIREZ Fecha: 3 de Junio de 2016 TEMA: RUT SUB TEMA: ACTUALIZACION DEL RUT De conformidad con el Parágrafo del Artículo 6 del Decreto 2460
Estudio de Servicios Contables y Afines SAC. Expositor: CPC Manuel Pomacaja Herrera
Estudio de Servicios Contables y Afines SAC Expositor: CPC Manuel Pomacaja Herrera Lima, 1 de Junio de 2016 PRINCIPALES OBSERVACIONES DE SUNAT EN LAS REVISIONES FORMALES Regimenes Administrativos del IGV
a) Fase I Presentar dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación de la aceptación de la Propuesta:
CONSORCIO FFIE ALIANZA BBVA El presente documento contiene el informe de evaluación definitivo de la Invitación Abierta FFIE 004 de 2016. Los informes jurídicos, financieros y técnico hacen parte integral
Proceso de Rendición de Cuentas y Liquidación de Convenios de Apoyo
Proceso de Rendición de Cuentas y Liquidación de Convenios de Apoyo Una vez ejecutados los contratos de convenio de apoyo firmados con el INDER Alcaldía de Medellín, se debe llevar a cabo la respectiva
República de Panamá Superintendencia de Bancos
República de Panamá Superintendencia de Bancos ACUERDO No. 004-2015 (de 11 de mayo de 2015) Por medio del cual se establece el procedimiento para el registro de los custodios de acciones al portador LA
INVITACIÓN PÚBLICA TÉRMINOS DE REFERENCIA IP OBJETO
TÉRMINOS DE REFERENCIA IP - 018-2010 OBJETO MARCACION DE LOCKERS DEL 01 AL 700 EN TARJETAS DE NUMERACION EN POLIESTIRENO PARA LA SEDE NEVADO 1 1. OBJETIVO PEOPLE CONTACT S.A. está interesada en recibir
BANCO CENTRAL DEL ECUADOR MANUAL GENERAL DE CONTABILIDAD DESCRIPCION
ELEMENTO 1 ACTIVO GRUPO 19 OTROS ACTIVOS CUENTA 198 OTRAS CUENTAS DEL ACTIVO Agrupa los bonos entregados por el Gobierno Nacional para la capitalización del Banco Central del Ecuador, el Bono de Garantía
TABLA DE CONTENIDO 1 QUIENES SOMOS PROCESOS INTERNOS BOLSA DE VALORES DE COLOMBIA REQUISITOS PARA SER PROVEEDOR APROBADO...
Página 1 de 9 TABLA DE CONTENIDO 1 QUIENES SOMOS... 2 2 PROCESOS INTERNOS BOLSA DE VALORES DE COLOMBIA... 2 3 REQUISITOS PARA SER PROVEEDOR APROBADO... 4 4 POLITICAS GENERALES DE CONTRATACIÓN... 5 5 EJECUCION
Con base en lo expuesto y en consideración a la propuesta presentada por el Coordinador Ejecutivo, el Comité Técnico emite los siguientes:
El Comité Técnico del Fideicomiso Público del Estado denominado Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo, con fundamento en los artículos 7, fracción IV, y 8, fracción IX, de
Obligaciones Recurrentes - Colombia
Obligaciones Recurrentes - Colombia Primer trimestre 2016 Guía Trimestral de Trámites y Obligaciones Societarias año 2016 El presente documento tiene exclusivamente carácter informativo y no pretende advertir
(mayo 10) Diario Oficial No de 18 de mayo de 2007 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES
CIRCULAR 61 DE 2007 (mayo 10) Diario Oficial No. 46.632 de 18 de mayo de 2007 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES Para Directores, Secretarios, Jefes de Oficina, Subdirectores, Subsecretarios,
Código: GAF-PR-02 / V2 GESTIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA Fecha: 14/05/2014 UNIDAD NACIONAL DE PROTECCIÓN Página: 1 de 6
UNIDAD NACIONAL DE PROTECCIÓN Página: 1 de 6 PROPOSITO El procedimiento tiene por objeto establecer las actividades para la administración, control y ejecución de la caja ALCANCE El procedimiento comprende
MODIFICACIÓN DEL CONTRATO DE INTERVENTORIA CELEBRADO ENTRE LA SUPERINTENDENCIA BANCARIA Y GENERAL SECURITY LIMITADA
Entre los suscritos, JACQUELINE MURILLO SANCHEZ, identificada con la cédula de ciudadanía No. 51.778.098 de Bogotá, actuando en calidad de Subdirector Administrativo y Financiero de la SUPERINTENDENCIA
ANEXO No. 1 REGLAMENTO OPERATIVO JÓVENES INVESTIGADORES E INNOVADORES ALIANZA SENA Bogotá, D. C., 2016
ANEXO No. 1 REGLAMENTO OPERATIVO JÓVENES INVESTIGADORES E INNOVADORES ALIANZA SENA 2016 Bogotá, D. C., 2016 Página 1 de 6 Introducción Este documento contiene el Reglamento Operativo que rige la Convocatoria
C I R C U L A R N 2.066
Montevideo, 17 de setiembre de 2010 C I R C U L A R N 2.066 Ref: INSTITUCIONES DE INTERMEDIACION FINANCIERA, CASAS DE CAMBIO Y EMPRESAS DE SERVICIOS FINANCIEROS Modificaciones a la normativa de información
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES LEYES
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES LEYES LEY N 941 CRÉASE EL REGISTRO PÚBLICO DE ADMINISTRADORES DE CONSORCIOS DE PROPIEDAD HORIZONTAL Expediente N 69.672/2002. Buenos Aires, 3 de diciembre
CIRCULAR EXTERNA
Número CIRCULAR EXTERNA 011 1999 Año DESTINATARIO(S): REPRESENTANTES LEGALES DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE CREDITO. ASUNTO ALIVIOS PARA DEUDORES DE CRÉDITOS HIPOTECARIOS INDIVIDUALES PARA FINANCIACION DE
Bogotá D. C., octubre 11 de Auto No Por el cual se inicia el trámite administrativo de Licencia Ambiental y se adoptan otras decisiones
Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible República de Colombia Bogotá D. C., octubre 11 de 2011 Auto No. 3208 EL SUSCRITO PROFESIONAL ESPECIALIZADO CÓDIGO 2028 GRADO 17 En ejercicio de las funciones
AUTO COMERCIALIZADORA DE PRODUCTOS TECNOLOGICOS COLOMBIA SAS DECRETA APERTURA PROCESO LIQUIDACIÓN
SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES, BOGOTA D.C. PROCESO: SOCIEADAD: ASUNTO: LIQUIDACIÓN JUDICIAL COMERCIALIZADORA DE PRODUCTOS TECNOLOGICOS COLOMBIA SAS DECRETA APERTURA PROCESO LIQUIDACIÓN JUDICIAL. ANTECEDENTES
DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTACIÓN RESOLUCIÓN SOBRE LA APLICACIÓN DEL INCISO H) ARTÍCULO 59 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
HACIENDA DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTACIÓN RESOLUCIÓN SOBRE LA APLICACIÓN DEL INCISO H) ARTÍCULO 59 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA N DGT-R-025-2015. Dirección General de Tributación. San José, a
CIRCULAR EXTERNA 1. CLASIFICACIÓN DE LAS ENTIDADES SUPERVISADAS PARA EFECTOS DE LA APLICACIÓN DE LAS NORMAS DE INFORMACION FINANCIERA - NIF
CIRCULAR EXTERNA Señores ADMINISTRADORES, REVISORES FISCALES Y PROFESIONALES DE LA CONTADURIA PÚBLICA DE LAS ENTIDADES SOMETIDAS A INSPECCION VIGILANCIA Y/O CONTROL DE LA SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES
CIRCULAR No Estimados Clientes y Amigos:
CIRCULAR No. 138 INFORMACIÓN Y DOCUMENTOS QUE ESTÁN OBLIGADAS A REMITIR ANUALMENTE A LA SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑÍAS, LAS SOCIEDADES SUJETAS A SU CONTROL Y VIGILANCIA. Estimados Clientes y Amigos: Ponemos
Artículo 6º.- Plazo límite para la aprobación de la información financiera anual
NORMAS SOBRE PREPARACIÓN Y PRESENTACIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS Y MEMORIA ANUAL POR PARTE DE LAS ENTIDADES SUPERVISADAS POR LA SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES Artículo 1º.-Aplicación de NIIF por
2. Criterios contables dispuestos por la Superintendencia de Servicios Financieros.
NORMAS CONTABLES ADECUADAS PARA INSTITUCIONES DE INTERMEDIACIÓN FINANCIERA, CASAS DE CAMBIO, EMPRESAS DE SERVICIOS FINANCIEROS Y EMPRESAS ADMINISTRADORAS DE CRÉDITOS DE MAYORES ACTIVOS 1. Normas contables
DERECHO DE RETIRO DE LA OPA. Tablemac 2015
DERECHO DE RETIRO DE LA OPA Tablemac 2015 Cancelación de la inscripción en el RNVE y en la BVC Cuando se decida cancelar la inscripción de una acción en el Registro Nacional de Valores y Emisores (RNVE)
Programa de Contaduría Pública. Facultad de Ciencias Administrativas y Contables. Oct -09
Facultad de Ciencias Sociedades Anónimas Simplificadas SAS Empresas de Familia Qué son Cuál es su régimen legal de creación y funcionamiento Ventajas y desventajas Qué es la SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA
INVITACION A PRESENTAR PROPUESTA
INVITACION A PRESENTAR PROPUESTA De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 2 del Decreto 3576 de 2009, que modificó el parágrafo 1º del artículo 9 del Decreto 2025 de 2009, el suscrito Jefe de la
República de Colombia. libertod YOrden MINISTERIO DEL TRABAJO. DECRETO NlIMERG '-- 2 O 11 DE 2012
República de Colombia libertod YOrden MINISTERIO DEL TRABAJO DECRETO NlIMERG '-- 2 O 11 DE 2012 l P2111 Por el cual se determina y reglamenta la entrada en operación de la Administradora Colombiana de
MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO. DECRETO 2701 DE 2013 (Noviembre 22) por el cual se reglamenta la Ley 1607 de 2012.
MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO DECRETO 2701 DE 2013 (Noviembre 22) por el cual se reglamenta la Ley 1607 de 2012. El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales
CIRCULAR EXTERNA 001 DE 25 DE ENERO DE 2016 SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES. Señores REPRESENTANTES LEGALES CONTADORES REVISORES FISCALES
CIRCULAR EXTERNA 001 DE 25 DE ENERO DE 2016 SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES Señores REPRESENTANTES LEGALES CONTADORES REVISORES FISCALES Sociedades comerciales, empresas unipersonales y sucursales de sociedades
Boletín sobre Principales novedades de la Ley de Emprendedores que afectan a la Ley Concursal
Boletín sobre Principales novedades de la Ley de Emprendedores que afectan a la Ley Concursal NOVEDADES EN LEY CONCURSAL Nos complace informarles acerca de las importantes modificaciones concursales recientemente
SuperVigilancia. Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada
RESOLUCIÓN NUMERO 2852 8 DE AGOSTO DE 2006 Publicada en el Diario Oficial 46382 de 5 de septiembre de 2008 ( ) Por la cual se unifica el Régimen de Vigilancia y Seguridad Privada. EL SUPERINTENDENTE DE
BIENESTAR UNIVERSITARIO
ACCIONES DE COBRO JURÍDICO DEL PRESTAMO ESTUDIANTIL Página 1 de 7 1. GENERAL DEL PROCEDIMIENTO OBJETIVO: Gestionar la cartera vencida del préstamo estudiantil una vez surtido el proceso de cobro persuasivo,
C I R C U L A R N 2.100
Montevideo, 30 de Diciembre de 2011 C I R C U L A R N 2.100 Ref: ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE AHORRO PREVISIONAL - Modificación de la normativa contenida Recopilación de Normas de Control de Fondos Previsionales.
CONCEPTO DEL 19 DE JULIO DE 2016 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES. Bogotá, D.C.
CONCEPTO 18970 DEL 19 DE JULIO DE 2016 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES Bogotá, D.C. Señor URIEL FRANCISCO PAMPLONA BELTRAN Carrera 7 No 71-52 Torre A Oficina 504 Bogotá D.C. Ref: Radicado 904461
AVISO DE CONVOCATORIA PARA PARTICIPAR EN EL PROCESO DE SELECCIÓN. PROCESO DE SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTÍA No. 07 DE 2016
Página 1 de 5 AVISO DE CONVOCATORIA PARA PARTICIPAR EN EL PROCESO DE SELECCIÓN PROCESO DE SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTÍA No. 07 DE 2016 La Superintendencia de Sociedades, en cumplimiento de lo señalado
ANEXO III ORGANIZACIONES ADJUDICATARIAS CAPÍTULO I SUSCRIPCIÓN DE CONVENIOS DE EJECUCIÓN
45 ANEXO III ORGANIZACIONES ADJUDICATARIAS CAPÍTULO I SUSCRIPCIÓN DE CONVENIOS DE EJECUCIÓN A.- La organización adjudicataria, luego de la notificación de adjudicación correspondiente debe presentarse
Dirección de Control Interno
Dirección de Control Interno INFORME CONTROL INTERNO CONTABLE POR CAMBIO DE REPRESENTANTE LEGAL Destinatario: Contaduría General de la Nación y Comunidad. Empresa para la Seguridad Urbana ESU Medellín
1. Obligaciones Garantizadas. Ley de Protección al Ahorro Bancario
Artículos relevantes de la legislación aplicable a los procesos de Pago de Obligaciones Garantizadas y de Liquidación de Instituciones de Banca Múltiple 1. Obligaciones Garantizadas Ley de Protección al
REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LAS ENTIDADES O PERSONAS PARA SER INCORPORADAS EN LA NOMINA ESTABLECIDA EN EL ANEXO DE LA
REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LAS ENTIDADES O PERSONAS PARA SER INCORPORADAS EN LA NOMINA ESTABLECIDA EN EL ANEXO DE LA NORMA DE CARÁCTER GENERAL N 385 DE LA SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS, DE FECHA
VISTA la Ley No Monetaria y Financiera de fecha 21 de noviembre del 2002, y sus modificaciones;
Para los fines procedentes, tengo a bien informarle que la Junta Monetaria ha dictado su Undécima Resolución de fecha 7 de julio del 2016, cuyo texto se transcribe a continuación: VISTA la comunicación
