Aportaciones y amortizaciones de créditos otorgados por el INFONAVIT
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- Santiago Miranda Ávila
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1 Aportaciones y amortizaciones de créditos otorgados por el INFONAVIT Lineamientos aplicables para su cálculo C.P.A. Rodolfo Valadez Arenas, Gerente Gerente de Auditoría Actividades: Especialista en la práctica de las obligaciones laborales, nóminas y contribuciones locales, contando con autorización para la elaboración de dictámenes ante el IMSS e INFONAVIT Experiencia de más 10 años en el medio y 4 años en la firma APORTACIONES AL INFONAVIT De conformidad con el marco normativo aplicable, los patrones se encuentran obligados, a proporcionar a los trabajadores habitaciones cómodas e higiénicas, mediante la realización de las aportaciones correspondientes que son destinadas a un fondo que permite que les sean otorgados créditos baratos y suficientes para adquirir una vivienda digna, como se señala a continuación: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) El artículo 123 A, fracción XII, primer párrafo, establece lo XII. Toda empresa agrícola, industrial, minera o de cualquier otra clase de trabajo, estará obligada, según lo determinen las leyes reglamentarias a proporcionar a los trabajadores habitaciones cómodas e higiénicas. Esta obligación se cumplirá mediante las aportaciones que las empresas hagan a un fondo nacional de la vivienda a fin de constituir depósitos en favor de sus trabajadores y establecer un sistema de financiamiento que permita otorgar a éstos crédito barato y suficiente para que adquieran en propiedad tales habitaciones. Ley Federal del Trabajo (LFT) El numeral 136 de ese ordenamiento señala lo Toda empresa agrícola, industrial, minera o de cualquier otra clase de trabajo, está obligada a proporcionar a los trabajadores habitaciones cómodas e higiénicas. Para dar cumplimiento a esta obligación, las empresas deberán aportar al Fondo Nacional de la Vivienda el cinco por ciento sobre los salarios de los trabajadores a su servicio. Por su parte, el artículo 137 estipula lo El Fondo Nacional de la Vivienda tendrá por objeto crear sistemas de financiamiento que permitan a los trabajadores obtener crédito barato y suficiente para adquirir en propiedad habitaciones cómodas e higiénicas, para la construcción, reparación, o mejoras de sus casas ha- 28 Puntos Prácticos
2 bitación y para el pago de pasivos adquiridos por estos conceptos. Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (LINFONAVIT) El numeral 29, fracción II, primer párrafo, establece lo Determinar el monto de las aportaciones del cinco por ciento sobre el salario de los trabajadores a su servicio y efectuar el pago en las entidades receptoras que actúen por cuenta y orden del Instituto, para su abono en la subcuenta de vivienda de las cuentas individuales de los trabajadores previstas en los sistemas de ahorro para el retiro, en los términos de la presente Ley y sus reglamentos, así como en lo conducente, conforme a lo previsto en Periodo de pago la Ley del Seguro Social y en la Ley Federal del Trabajo. En lo que corresponde a la integración y cálculo de la base y límite superior salarial para el pago de aportaciones, se aplicará lo contenido en la Ley del Seguro Social. En ese sentido, los patrones para dar cumplimiento con lo anteriormente mencionado, deberán realizar la aportación correspondiente al 5% sobre los salarios de los trabajadores a su servicio, topado hasta 25 veces el salario mínimo vigente en el Distrito Federal (VSMDF). Ese monto corresponde al salario diario base de cotización (SBC). Dichas aportaciones se calcularán de acuerdo al número de días devengados por los trabajadores, y el pago correspondiente deberá realizarse y enterarse de manera bimestral a más tardar, por el ejercicio de 2015, conforme al siguiente calendario: Fecha límite de pago oportuno 1er. Bimestre de de marzo de o. Bimestre de de mayo de er. Bimestre de de julio de o. Bimestre de de septiembre de o. Bimestre de de noviembre de o. Bimestre de de enero de 2016 Por otra parte, a continuación muestro una serie de ejemplos con relación a la aportación correspondiente al fondo, que deberán realizar los patrones en favor de los trabajadores: Trabajador 1 Trabajador 2 Trabajador 3 SBC $200 $600 $2,500 SBC con tope de 25 VSMDF $200 $600 $1,753 Aportación patronal % 5% 5% 5% Días devengados en el bimestre Aportación patronal bimestral $420 $1,860 $5,345 AMORTIZACIÓN DE CRÉDITOS DEL INFONAVIT Por lo que respecta al otorgamiento de créditos por parte del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT), uno de los cambios más importantes y actuales desde la fundación en el año de 1972 de este Instituto, es el de la conversión y otorgamiento de nuevos créditos de vivienda calculado en pesos a partir del mes de febrero de este 2015, y ya no con base en el número de veces del salario mínimo general (VSMG), como anteriormente se otorgaban éstos. Puntos Prácticos 29
3 Lo anterior es así, con el objetivo de reducir el saldo de la hipoteca desde la primera mensualidad; mantener un esquema de pagos fijos a lo largo de la vida del crédito, así como el de eliminar los incrementos anuales de los créditos a razón de la inflación en el salario mínimo. Esto, de acuerdo con el Decreto publicado en el DOF del 12 de enero de 2012, mediante el cual se reformó el artículo 44 la LINFONAVIT, incluyendo la opción de otorgar créditos en pesos. LINFONAVIT El artículo 44, párrafos primero y tercero, señalan lo El saldo de los créditos otorgados a los trabajadores a que se refiere la fracción II del artículo 42, se revisará cada vez que se modifiquen los salarios mínimos, incrementándose en la misma proporción en que aumente el salario mínimo general que rija en el Distrito Federal. El Instituto también otorgará, a solicitud del trabajador, créditos en pesos o veces en salarios mínimos, conforme a las reglas que al efecto determine su Consejo de Administración, las cuales deberán propiciar que las condiciones financieras para los trabajadores no sean más altas que las previstas en los párrafos anteriores y previendo en todo momento las medidas para que se preserve la estabilidad financiera del Instituto y se cubran los riesgos de su cartera de créditos. Por otra parte, es importante mencionar que la obligación de realizar las amortizaciones de los créditos INFO- NAVIT es a cargo de los trabajadores; sin embargo, los patrones se encuentran obligados a realizar el cálculo correcto de la retención y entero de las amortizaciones de créditos otorgados a sus trabajadores por el INFONA- VIT, conforme a lo siguiente. LINFONAVIT El artículo 29, fracción III, primer párrafo, establece lo III. Hacer los descuentos a sus trabajadores en sus salarios, conforme a lo previsto en los artículos 97 y 110 de la Ley Federal del Trabajo, que se destinen al pago de abonos para cubrir préstamos otorgados por el Instituto, así como enterar el importe de dichos descuentos en las entidades receptoras que actúen por cuenta y orden del Instituto, en la forma y términos que establece esta Ley y sus disposiciones reglamentarias. La integración y cálculo de la base salarial para efectos de los descuentos será la contenida en la fracción II del presente artículo. En la actualidad existen tres tipos de amortizaciones de créditos otorgados por parte del INFONAVIT, los cuales son: el de porcentaje; cuota fija en veces de salario mínimo, y cuota fija monetaria. Amortización con base en porcentaje (PCT) Este tipo de amortización es el más antiguo, y está basado en determinar el valor de la amortización del crédito INFONAVIT por medio de un porcentaje de descuento, el cual se asigna desde el inicio del otorgamiento del crédito, mismo que se encuentra relacionado con el salario de los trabajadores. Esto quiere decir que a mayor salario, mayor será el importe de la amortización a retener y enterar. Sin embargo y de igual manera que para los efectos del pago de las aportaciones, el salario se encuentra limitado hasta 25 VSMDF, tal y como se muestra a continuación: Porcentaje = 20% del SBC SBC = $750 5o. Bimestre de 2014 Fecha de otorgamiento del crédito = 1 de julio de 17 Días bimestre = 61 Días de incapacidad y ausentismo = 0 Amortización = (20% por $750 por 61 ) más $15 = $9,165 Porcentaje = 25% del SBC SBC = $500 1o. Bimestre de 2015 Fecha de otorgamiento del crédito = 20 de septiembre de Puntos Prácticos
4 Días del bimestre = 59 Días de Incapacidad y ausentismo = 4 Amortización = [( 25% por $500 por (61 menos 4 )] más $15 = $7,140 Ejemplo 3: Porcentaje = 21% del SBC SBC = $2,500 2o. Bimestre de 2015 Fecha de otorgamiento del crédito = 26 de marzo de 17 Días del bimestre = 61 Días de incapacidad y ausentismo = 0 Amortización = ( 21% por $1, por 61 ) más $15 = $22, Amortización por cuota fija en veces de salario mínimo (CFVSM) Para este tipo de créditos, es posible resaltar dos puntos en relación a la ventaja y desventaja de contratar un crédito hipotecario en VSM, dado que éste se rige por el salario mínimo del Distrito Federal (DF), sin importar en qué estado de la República Mexicana se encuentren los trabajadores. Para esto, es importante mencionar que a la fecha existen dos tipos de salario mínimo, dependiendo de la zona geográfica en la cual se encuentran ubicados y registrados los trabajadores, las cuales se clasifican en zona A y B, como sigue: Zona Geográfica Salario Mínimo A $70.10 B $68.28 Ventaja Derivado de que el importe de los créditos otorgados por el INFONAVIT se hace en veces de salario mínimo (VSM), aquellos trabajadores que se encuentren registrados y ubicados en algún otro estado de la República Mexicana que no pertenezcan a una zona geográfica A, podrán obtener un importe mayor del crédito para vivienda al que correspondería en la zona geográfica B, pues para cualquier trabajador, independientemente de la zona a la cual pertenezca, el monto del crédito será determinado con base en el salario mínimo de la zona geográfica A. Ejemplo: Considerando que el INFONAVIT otorgara un crédito de 10,000 VSM en zona A y en zona B : Crédito en VSM Zona A Zona B 10,000 VSM 10,000 VSM $70.10 $68.28 $701,000 $682,800 Diferencia $18,200 Desventaja Al considerarse como la unidad de medida el SMVDF (zona A ) para efectos del valor de los créditos, el entero de aportaciones y amortizaciones de los mismos se verán ajustados anualmente cuando exista el incremento de los salarios mínimos en relación a la inflación. Por lo que se incrementará en el mismo porcentaje el crédito, así como el pago de éste. Ejemplo: Considerando el incremento inflacionario en el salario mínimo del 4.01% de $67.29 a $70.10 en 2014 y 2015, respectivamente: Crédito en VSM ,000 VSM 10,000 VSM $67.29 $70.10 $672, $701, Diferencia $28, Con base en lo anterior, a continuación se muestran los siguientes ejemplos en cuanto a cómo determinar el valor de descuento y amortización de un crédito otorgado por el INFONAVIT en VSM: Puntos Prácticos 31
5 SMGDF = $70.10 SBC = $600 (no se considera para el cálculo) CFVSM = o. Bimestre 2015 Fecha de otorgamiento del crédito = 8 de enero de 2015 Días de Incapacidad y ausentismo = 0 (70.10 por por 2) entre 62) por 52) más $15 = $12, En este ejemplo, se puede observar que los días de amortización corresponden a 52, dado que el crédito fue otorgado el día 8 de enero, por lo que se deberán comenzar a computar los días a partir de esta fecha. SMGDF = $70.10 SBC = $300 (no se considera para el cálculo) CFVSM = o. Bimestre 2015 Fecha de otorgamiento del crédito = 12 de febrero de 2014 Días de Incapacidad y ausentismo = 2 (70.10 por por 2) entre 62) por 60 ) más $15 = $13, Amortización por cuota fija monetaria (CFM) Finalmente, para este tipo de amortización del crédito, éste básicamente se determina de acuerdo a un importe mensual fijo, como sigue: SMGDF = $70.10 (no se considera para el cálculo) SBC = $200 pesos (no se considera para el cálculo) CFM = $1,800 3o. Bimestre 2015 Fecha de otorgamiento del crédito = 23 de enero de 2015 Días del bimestre = 61 Días de Incapacidad y ausentismo = 0 ($1,800 por 2) entre 61) por 61) más $15 = $3, SMGDF = $70.10 (no se considera para el cálculo) SBC = $1,500 (no se considera para el cálculo) CFM = $9,600 4o. Bimestre 2015 Fecha de otorgamiento del crédito = 26 de marzo de 2015 Días de Incapacidad y ausentismo = 14 ($9,600 por 2) entre 62) por 48) más $15 = $14, CONCLUSIONES Con base en lo anteriormente expuesto, es recomendable que tanto los trabajadores como los patrones sujetos a las obligaciones referidas, verifiquen la correcta determinación y registro de los SBC, además de las aportaciones y amortizaciones correspondientes ante el INFONAVIT. Esto, con el objetivo de asegurarse que efectivamente los importes destinados al fondo de vivienda o al pago de los créditos otorgados, sean los adecuados, y posteriormente no existan diferencias a pagar, como consecuencia de las omisiones que pudieran generarse, adicionadas de sus accesorios respectivos, tales como intereses, multas, actualizaciones y recargos. Por último, cabe destacar que aquellos patrones que deseen dictaminar sus obligaciones fiscales ante el INFO- NAVIT, por contador público autorizado, en el ejercicio de que se trate, y con esto corregir o respaldar, en su caso, esas obligaciones, deberán presentar los avisos para tal efecto ante la Subdelegación del INFONAVIT que les corresponda, de acuerdo con su domicilio fiscal. 32 Puntos Prácticos
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