CARACTERISTICAS RELATIVAS A LOS CRÉDITOS HIPOTECARIOS PARA LA VIVIENDA (Formulario CCT-H Última actualización Enero 2013)

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1 CARACTERISTICAS RELATIVAS A LOS CRÉDITOS HIPOTECARIOS PARA LA VIVIENDA (Formulario CCT-H Última actualización Enero 2013) A. AYUDAS GENÉRICAS I. FUNDAMENTO LEGAL DEL REQUERIMIENTO DE INFORMACIÓN. Expedición de normas y sanciones. Capítulo V, Articulo 36 de la Ley del Banco de México. Los intermediarios financieros estarán obligados a suministrar al Banco de México la información que éste les requiera sobre sus operaciones incluso respecto de alguna o algunas de ellas en lo individual, los datos que permitan estimar su situación financiera y, en general, aquella que sea útil al Banco para proveer el adecuado cumplimiento de sus funciones. Circular Artículo Las Instituciones deberán proporcionar a la Dirección General de Asuntos del Sistema Financiero, a la Dirección General de Operaciones de Banca Central, a la Dirección General de Estrategia, Riesgos y Sistemas de Pagos, así como a la Dirección de Información del Sistema Financiero del Banco de México, la información que, en el ámbito de su competencia, dichas unidades administrativas les requieran. La referida información deberá remitirse en la forma y términos que les den a conocer las mencionadas unidades administrativas. II. OBJETIVOS DEL REQUERIMIENTO: Obtener información, oportuna y de calidad, de las diversas características de los créditos hipotecarios para la vivienda; denominación, destino, mercado, tasas de interés, plazo, garantías, primas, esquemas de financiamiento, bonificaciones; y todas las variables adicionales que contemple presentes y futuras que considere la integración de esos créditos, y Establecer la metodología del Costo Anual Total, con las Instituciones de Banca Múltiple y Sociedades Financieras de Objeto Limitado, que ofrezcan productos hipotecarios, y la convalidación de esos datos para su publicación mediante un simulador de créditos hipotecarios, en la red mundial (Internet) y, en su caso, el acceso a tal información a través de otros medios electrónicos de comunicación autorizados por este Banco de México III. CONSIDERACIONES GENERALES La información del presente formulario la deberán reportar las Instituciones (Bancos Múltiples y Sociedades Financieras de Objeto Limitado) que ofrezcan productos de crédito hipotecario para la vivienda a través del Sistema de Acopio de la Información Financiera (SAIF) durante los primeros cinco días hábiles de cada mes y/o en su caso, cuando esos productos observen

2 modificaciones fuera de este período con dos días antes de la entrada en vigor del producto y/o de las variables corregidas. Deberá reportarse la información de cada producto que ofrezca la Institución al público en general (por cuenta propia), incluyendo aquellos créditos que consideren como complemento del mismo, los recursos administrados por el Instituto del Fondo Nacional para la Vivienda de los Trabajadores (INFONAVIT) mediante el Programa Apoyo Infonavit y/o Adquisición de Vivienda en Cofinanciamiento Para efectos de este formulario, los Bancos y las Sofoles, no incluirán en la oferta de sus productos, aquellos a los que no tenga acceso el público en general (Créditos al personal que labora para esas instituciones, Créditos exclusivos para el personal de determinadas empresas u organismos, Créditos para clientes preferentes, etc.); así como productos que consideren ingresos adicionales. Las variables que contemplen los productos no deberán considerar en su monto en Impuesto al Valor Agregado (IVA),serán las que se mencionen en el instrumento jurídico objeto del crédito, y no se incluirán las Tasas de Interés, Primas, etc. que no sean las máximas, ni las establecidas para clientes preferentes o específicas de un contrato o grupo de contratos en particular. IV. ALTA DE LOS PRODUCTOS EN EL SISTEMA Para dar de alta un nuevo producto en el sistema, será necesario que remitan al Banco de México los datos siguientes: Nombre del Producto Denominación del crédito Tipo de ingreso Destino del crédito Rangos del financiamiento: Importe Mínimo Importe Máximo Será responsabilidad de la Institución dar a conocer a este Instituto Central cualquier nuevo evento (especificaciones, primas, plazos, amortizaciones, etc.) que modifique las condiciones del crédito, conforme a lo señalado en el segundo párrafo, del número VI V. ESTRUCTURA DEL FORMULARIO El SAIF integra en las siguientes secciones, las variables que integran el producto hipotecario que la Banca o las Sofoles ofrecen al público en general: Datos Generales,

3 Especificaciones, Porcentajes a Financiar, Bonificaciones, Plazo y Plan de Pagos, Tasas de Interés, Amortizaciones, Contrato, y Seguros VI. FECHA Y HORARIO DE ENTREGA DE LA INFORMACION. La primera transmisión de este formulario tuvo lugar a partir del 17 de marzo de 2004, y deberá incluir las características y condiciones de los productos que estén ofreciendo al público en general en la fecha en que se realice dicha transmisión. Cabe señalar que cuando son productos de primera transmisión las instituciones no deberán digitar la fecha de entrada en vigor que se solicita en las diversas secciones y apartados del formulario; el sistema automáticamente le asignará la fecha correspondiente al día de la transmisión. Cualquier cambio a la información (por el establecimiento de nuevos productos, cancelación de éstos, modificaciones en los plazos, amortizaciones, tasas, etc.,) deberá transmitirse a más tardar a las Hrs. del segundo día hábil inmediato anterior al día en que vaya a entrar en vigor el cambio de que se trate. Además, dichos cambios deberán ser notificados mediante comunicación escrita vía correo electrónico a este Banco de México.

4 CARACTERISTICAS RELATIVAS A LOS CRÉDITOS HIPOTECARIOS PARA LA VIVIENDA (Formulario CCT-H Última actualización Enero 2013) B. AYUDAS ESPECÍFICAS 1. DATOS GENERALES Observa la información que menciona el segundo párrafo del numeral IV, que las instituciones deberán remitir a este Banco de México; es la única sección en que el usuario no tiene acceso para modificarla o corregirla. 2. ESPECIFICACIONES Esta sección está conformada por los siguientes apartados: 2.1 Especificaciones: Requisitos del acreditado (independientes del tipo de ingreso)

5 Deberán indicarse los principales requisitos que debe cumplir el acreditado y, en su caso, coacreditados y/o deudor solidario para la contratación del crédito hipotecario, por medio de casillas de validación si aplica o no aplica, si se observan para el acreditado y/o el coacreditado, además si esa misma condición deberá incluir un dato numérico en entero o porcentaje. En caso de que existan requisitos relevantes adicionales, deberán informarse en el apartado relativo a "Otras Especificaciones", el cual es un espacio de texto libre donde se encuentran, las características relevantes y permanentes del producto que se trate no comprendido en este apartado del formulario. Catálogo de eventos: Solicitud de crédito hipotecario debidamente requisitada y firmada. Número mínimo de referencias crediticias Tiempo mínimo con buena experiencia crediticia en el buró de crédito (en meses) Edad mínima del acreditado en meses Edad máxima del acreditado en meses

6 Límite en años de la edad del solicitante más el plazo del crédito Se requiere Aval u Obligado Solidario (distinto del coacreditado) Copia del Acta de Matrimonio Sentencia de divorcio o Acta de defunción del cónyuge (en su caso) Antigüedad mínima en última residencia (en años) Comprobante de domicilio (agua, luz, teléfono, predial) Identificación oficial vigente (CURP, IFE, pasaporte o Cédula Profesional) Firmar autorización para investigación de información creditica (del acreditado y del cónyuge y/o coacreditados) Ser cuentahabiente o abrir una cuenta de cheques o de débito del propio banco En caso de ser extranjero, comprobar con formato FM2 Original del cuestionario médico debidamente requisitazo Porcentaje sobre el monto a financiar, que como mínimo debe tener el cliente en su cuenta de ahorro o inversión Tiempo (meses), que como mínimo, debe tener el cliente en su cuenta de ahorro o inversión Porcentaje máximo que la mensualidad del crédito pretendido debe representar el ingreso bruto del acreditado Número máximo de coacreditados Porcentaje máximo del ingreso del coacreditado que se suma para determinar la capacidad de pago (Padres) Porcentaje máximo del ingreso del coacreditado que se suma para determinar la capacidad de pago (Hijos) Porcentaje máximo del ingreso del coacreditado que se suma para determinar la capacidad de pago (Cónyuge) Se requieren los datos del propietario actual del inmueble que se desea adquirir 2.2 Requisitos del acreditado (asalariado) En este apartado deberán indicarse los principales requisitos que debe cumplir un acreditado "asalariado" para la contratación del crédito hipotecario, por medio de casillas de validación si aplica o no aplica, si se observan para el acreditado y/o el coacreditado, además si esa misma condición deberá incluir un dato numérico en entero o porcentaje. Se entiende por acreditado "asalariado" a la persona física que presta un trabajo personal subordinado, a cambio de un salario. En caso de que existan requisitos relevantes adicionales, deberán informarse en el apartado relativo a "Otras Especificaciones", el cual es un espacio de texto libre donde se encuentran, las características relevantes y permanentes del producto que se trate no comprendido en este apartado del formulario.

7 Catálogo de eventos: Ingresos mensuales mínimos brutos en pesos comprobables Número de últimos meses de comprobantes de ingreso (copia de recibos de nómina, honorarios, etc.) Antigüedad mínima en el empleo en años Se puede complementar la antigüedad mínima en el empleo con el tiempo trabajado en el empleo anterior Copia de alta en el IMSS Copia del último estado de cuenta de la Afore (para Apoyo Infonavit) 2.3 Requisitos del acreditado (no asalariado). En este apartado deberán indicarse los principales requisitos que debe cumplir un acreditado "no asalariado" para la contratación del crédito hipotecario, por medio de casillas de validación si aplica o no aplica, si se observan para el acreditado y/o el coacreditado, además si esa misma condición deberá incluir un dato numérico. Se entiende como acreditado "no asalariado" a la persona cuya principal fuente de ingresos proviene de su actividad empresarial, honorarios, arrendamiento, utilidades, etc. En caso de que existan requisitos relevantes adicionales,

8 deberán informarse en el apartado relativo a "Otras Especificaciones", el cual es un espacio de texto libre donde se encuentran, las características relevantes y permanentes del producto que se trate no comprendido en este apartado del formulario. Catálogo de eventos: Presentar copia de alta en SHCP Presentar copia de declaración anual del Impuesto Sobre la Renta sellada y firmada del último año Presentar recibos de pagos provisionales el ISR (indicar cuantos recibos) Si el solicitante tiene una actividad diferente a la que se especifica en el alta de Hacienda, deberá presentar los cambios de situación fiscal Copia de los Estados Financieros del ejercicio fiscal anual inmediato anterior, debidamente firmados por el contador de la empresa. Copia de la cédula profesional del contador que firma los Estados Financieros (en caso de que no estén auditados)

9 2.4 Requisitos del Inmueble. En este apartado deberán indicarse los principales requisitos que debe cumplir el inmueble objeto del crédito hipotecario, por medio de casillas de validación si aplica o no aplica, además si esa misma condición deberá incluir un dato numérico. En el caso de que existan otros requisitos relevantes, deberán informarse en el apartado relativo a "Otras Especificaciones", el cual es un espacio de texto libre donde se encuentran, las características relevantes y permanentes del producto que se trate no comprendido en este apartado del formulario. Catálogo de eventos: Comprobante de libertad de gravamen emitido por el Registro Público de la Propiedad Vivienda totalmente terminada (100% de avance de obra) Contar con todos los servicios (Agua, Luz, Drenaje, Calles Pavimentadas) Metros cuadrados mínimos de construcción Metros cuadrados mínimos de terreno Número mínimo de recámaras Número de cajones de estacionamiento (como mínimo) La vida útil remanente de la vivienda debe ser como mínimo el plazo remanente del crédito

10 Vida útil remanente de la vivienda (como mínimo en años) Tiempo máximo de haberse construido la vivienda (años) Tiempo máximo de haber realizado remodelación estructural de la vivienda (años) Copia boleta predial (señalar número mínimo de boletas requeridas) Copia régimen y reglamento de condóminos indivisos (en su caso) Copia de la escritura del inmueble Copia de escritura del terreno (créditos para la construcción, ampliación y/o remodelación) Copia de los planos arquitectónicos (créditos para la construcción, ampliación y/o remodelación) Aviso de terminación de obra (créditos para la construcción, ampliación y/o remodelación) Licencia de construcción (créditos para la construcción, ampliación y/o remodelación) Alineamiento y número oficial 2.5 Formas de disposición de los recursos. En el caso de que el destino del crédito sea la construcción o remodelación de vivienda, en este apartado deberán indicarse los requisitos para disponer de los recursos objeto del crédito hipotecario, por medio de casillas de validación si aplica o no aplica, además si esa misma condición deberá incluir un dato numérico en entero o porcentaje. En el caso de que existan otros requisitos relevantes, deberán informarse en el apartado relativo a "Otras Especificaciones", el cual es un espacio de texto libre donde se encuentran, las características relevantes y permanentes del producto que se trate no comprendido en este apartado del formulario.

11 Catálogo de eventos: Tiempo máximo para terminar el proyecto de construcción o remodelación (meses) Número máximo de ministraciones durante el plazo de construcción Porcentaje mínimo de avance de obra requerido para disponer recursos (en cada ministración) 2.6 Restricciones. En este apartado deberán indicarse aquellas características, tanto del inmueble, y del acreditado o coacreditado, que la institución considere como limitantes para tener acceso al crédito de que se trate, por medio de casillas de validación si aplica o no aplica. En el caso de que existan otras restricciones relevantes, deberán informarse en el apartado relativo a "Otras Especificaciones", el cual es un espacio de texto libre donde se encuentran, las características relevantes y permanentes del producto que se trate no comprendido en este apartado del formulario.

12 Catálogo de eventos: No se financiarán inmuebles mixtos (con local comercial) No se financiarán inmuebles en cuyo predio exista más de una unidad unifamiliar No se financiarán inmuebles que se vean afectados con pasillo al predio trasero (servidumbre de paso) No se financiarán inmuebles que provengan de una sucesión intestamentaria No se otorgará financiamiento a solicitantes de alto riesgo Sólo se financian inmuebles en plazas donde hay sucursales del banco No se aceptarán en garantía casas prefabricadas o de madera No se aceptarán en garantía inmuebles cuyo título de propiedad esté al amparo de CORETT (Comisión para la Regulación de la Tenencia de la Tierra) El acreditado debe contar por lo menos con 3 años de cotizar en el INFONAVIT El acreditado no debe tener crédito vigente con el INFONAVIT 2.7 Otras especificaciones.

13 Deberán indicarse las condiciones adicionales del crédito que no se encuentran en ningún apartado anterior, por medio de casillas de validación si aplica o no aplica, además si esa misma condición deberá incluir un dato numérico, por último incluye el cuadro de texto donde se encuentran, las características relevantes y permanentes del producto que se trate no comprendido en este apartado del formulario. Catálogo de eventos: Tiempo máximo de respuesta para el otorgamiento del crédito (en días) El producto es susceptible de la aplicación del programa Apoyo Infonavit La aportación patronal al Infonavit se puede utilizar como complemento para amortizar el crédito El producto es susceptible de tener una cobertura FOVI 3. PORCENTAJES A FINANCIAR: Esta sección considera el valor del inmueble objeto del crédito, y en su caso; la solicitud de una garantía adicional con el objetivo de ampliar la línea de crédito otorgada:

14 - Garantía constituida por el inmueble objeto del crédito. Deberá indicarse el porcentaje máximo a financiar respecto al valor del mismo. Para lo anterior deberá señalarse de forma ascendente en la columna "valor del inmueble" los distintos rangos del valor del inmueble y para los cuales corresponde un porcentaje máximo de financiamiento. - Garantía adicional al inmueble objeto del crédito. Deberá contemplarse la casilla de validación si aplica esta garantía, en la columna de % deberá indicarse el porcentaje máximo a financiar respecto del valor del inmueble objeto del crédito, así también, deberá indicarse el número de veces que como mínimo debe aumentar el valor de la suma de las garantías (el inmueble objeto del crédito más las otras garantías) respecto del valor del inmueble objeto del crédito. Ambas cifras deberán indicarse con enteros y dos decimales, para cada uno de los rangos que la institución determine, y a los cuales les aplique un porcentaje distinto de financiamiento. También existe un combo de opciones del tipo de moneda a que se refiere los valores mínimos y máximos del inmueble, ya que puede expresarse en Moneda Nacional, UDIS (Unidades de Inversión), SMMDF (Veces en Salario Mínimo Mensual del Distrito Federal), y USD (Dólares de los Estados Unidos de Norteamérica)

15 7. PLAZO Y PLAN DE PAGOS: Comprende los datos relativos a los tipos y opciones de plazo, así como a los planes de pago que apliquen al producto de que se trate. Esta sección está conformada por los siguientes apartados: 7.1 Tipo de plazo. Es la oferta de plazo que el producto contempla para el pago del crédito otorgado: - Plazo Fijo.- Aquél en el que necesariamente se deberá cumplir con un calendario predeterminado de amortizaciones; - Plazo Máximo.- Cuando derivado de cambios en las amortizaciones netas mensuales, el plazo y amortizaciones pactadas no sean suficientes para cubrir el saldo del crédito y por lo tanto exista una fecha límite para cubrir el saldo no amortizado, y - Plazo Aproximado.-, No está determinado al inicio del crédito y, por lo tanto, está en función del importe neto de las amortizaciones, sin tener un plazo máximo.

16 7.2 Opciones de Plazo. Este apartado indica las opciones de plazo que el producto de crédito ofrece al acreditado: - Plazo Único.- Cuando el producto de que se trate se ofrezca exclusivamente para un plazo específico; - Lista de plazos puntuales.- Se refiere a que el mismo producto hipotecario se ofrece específicamente para los plazos que se señalen, más no los intermedios, donde se encuentra una casilla de validación para indicar si el producto, en los plazos comentados, contempla tasas distintas

17 7.3 Plan de Pagos: Este apartado contempla si el pago mensual es único o mixto Pago mensual único. Es el esquema de pagos donde en función del plazo, se determina un pago al millar inicial y aplica a toda la vida del crédito. Primer pago. Con la opción de este campo se alimentan los pagos al millar que corresponden para cada plazo que considera el crédito otorgado.

18 Subsecuentes. Indica como se aplican los pagos después del primero. i) Fijo. Se considera el pago al millar correspondiente a cada plazo alimentado en el campo de primer pago, para toda la vida del crédito, ii) iii) Ajustable conforme a la variación de la tasa de interés de referencia del crédito. Se considera que el pago al millar inicial y los subsecuentes serán calculados con una tasa de intereses representativa (TIIE, CETES, CCP MN) Ajustable conforme al movimiento de determinadas variables. Cuando los pagos subsecuentes consideran una variable específica como factor de actualización (SMMDF, INPC), y se consideran los siguientes momentos: Aplica.- - A partir de una determinada mensualidad - A partir de un mes específico Periodicidad.- - Número de mensualidades entre un ajuste y otro - En un mes específico del año - Cada vez que cambie la referencia

19 iv) Ajustable conforme a un calendario específico y factores predeterminados. Al primer pago al millar, en función de un período determinado de meses dentro del plazo del crédito otorgado, se aplica un porcentaje que disminuye o aumenta dicho pago Pago mensual mixto. Es aquél que durante un plazo determinado del crédito, y considerando los meses que contemplen los períodos contemple dos o más pagos al millar calculados en función del período o periodos que contemple cada pago al millar. Primer pago. Con la opción de este campo se alimentan los pagos al millar que corresponden para cada plazo que considera el crédito otorgado.

20 Subsecuentes. Indica como se aplican los pagos después del primero. i) Fijo. Se considera el pago al millar correspondiente a cada plazo alimentado en el campo de primer pago, para toda la vida del crédito, ii) iii) Ajustable conforme a la variación de la tasa de interés de referencia del crédito. Se considera que el pago al millar inicial y los subsecuentes serán calculados con una tasa de intereses representativa (TIIE, CETES, CCP MN) Ajustable conforme al movimiento de determinadas variables. Cuando los pagos subsecuentes consideran una variable específica como factor de actualización (SMMDF, INPC), y se consideran los siguientes momentos: Aplica.- - A partir de una determinada mensualidad - A partir de un mes específico Periodicidad.- - Número de mensualidades entre un ajuste y otro - En un mes específico del año - Cada vez que cambie la referencia

21 iv) Ajustable conforme a un calendario específico y factores predeterminados. Al primer pago al millar, en función de un período determinado de meses dentro del plazo del crédito otorgado, se aplica un porcentaje que disminuye o aumenta dicho pago. 8. TASAS DE INTERÉS Apartado que indica el esquema de la tasa de interés aplicable al crédito otorgado y que se compone de las siguientes variables: 8.1 Plazo Indica si el plazo es único para que aplica la tasa durante toda la vida del crédito, e Indica si el producto considera plazos puntuales, y la tasa aplica a todos los plazos o si observa una distinta para cada uno. 8.2 Tasa de interés ordinaria.

22 a) Indica el valor expresado en porcentaje del interés aplicable al crédito mediante dos tipos de tasas: Tasa Fija. Porcentaje establecido sin que sufra alguna variación durante la vida del crédito, y que aplica durante el plazo establecido. Tasa Ajustable. Porcentaje que se define con el campo de la Fórmula de Tasa Ajustable, donde se especifica la tasa de referencia (TIIE, CETES, CCP MN), el factor o múltiplo en veces de la misma que la aumenta o disminuye, así como adicionar o restar puntos porcentuales a dicha referencia. Tasa Piso. Si el crédito observa este tipo de tasa, aplica cuando el resultado de la fórmula de la Tasa Ajustable es menor, a una Fija u otra Tasa Ajustable, considerando las variables del factor en veces para su disminución o aumento, así como los puntos a sustraer o adicionar.

23 Tasa Techo. Si el crédito observa este tipo de tasa, aplica cuando el resultado de la fórmula de la Tasa Ajustable es mayor, a una Tasa Fija u otra Tasa Ajustable, considerando las variables del factor en veces para su disminución o aumento, así como los puntos a sustraer o adicionar. b) El tipo de tasa puede ser: Única. Tasa que será Fija o Ajustable y aplica durante toda la vida del crédito. Mixta. Cuando se considera una tasa distinta, en un período en meses considerado en el plazo total del crédito otorgado.

24 9. AMORTIZACIONES: 9.1 Amortizaciones Regulares. Cuando la tasa de interés es mixta, deberán indicar como se aplica el monto de la amortización (partes alícuotas del adeudo a cada tasa, la parte del adeudo que elija la institución libremente en cada amortización, la parte del adeudo que elija el acreditado libremente en cada amortización ó con un orden preestablecido de acuerdo al porcentaje del crédito). En éste último caso, deberán especificar el orden que se sigue para aplicar el importe de la amortización.

25 9.2 Amortizaciones Anticipadas. Comprende los datos relativos a las características y condiciones de las amortizaciones anticipadas: - Monto Mínimo. Opción de la aplicación del prepago que puede ser mediante la exhibición en monto o en erogaciones netas, - Aplicación. Obligatoriamente: Reducir el pago mensual Reducir el plazo Reducir el pago mensual y el plazo Cualquiera de las anteriores - Comisión. Considera una casilla de validación, que de aplicar, indica si el cobro se determina: Por cada mil pesos de prepago, Por cada erogación neta exhibida,

26 Para el importe, se observa la moneda base que puede ser fija en Moneda Nacional, UDIS o USD; y/o variable en función del Valor del Inmueble, del Saldo Insoluto, del Importe de la Mensualidad; así como también establece el importe mínimo y máximo de dicha comisión 10. CONTRATO. Comprende todos los documentos marco que tengan relación con el producto de que se trate: contratos del crédito y seguros, los anexos de los respectivos contratos, así como cualquier otro documento que otorgue derechos u obligaciones tanto al acreditado como al acreditante en la operación de crédito hipotecario que corresponda. Al efecto, deberán indicar el tipo de cada documento, su denominación, la denominación del correspondiente archivo electrónico y el tipo de éste último.

27 11. SEGUROS Comprende los datos relativos a costos, comisiones y primas por la contratación de seguros obligatorios, que deba cubrir el acreditado, y que se compone de los siguientes datos: i) Prestador de servicios. Apartado que indica que compañía de Seguros emite las pólizas de Vida, Invalidez, Desempleo y Daños Materiales.

28 ii) Seguros Obligatorios Apartado que considera los seguros del acreditado los cuales considera el importe del cobro si es en Moneda Nacional, UDIS, USD, y/o con una base en el Valor del Inmueble, el Saldo Insoluto o el Importe de la Mensualidad

29 Catálogo de eventos: Seguro de vida (costo mensual) Seguro de invalidez (costo mensual) Seguro de vida e invalidez (costo mensual) Seguro de vida e invalidez (costo anual) Seguro de desempleo (costo mensual) Seguro de devaluación (costo mensual) iii) Seguros del inmueble Apartado que considera el seguro del inmueble, considerando el importe del cobro si es en Moneda Nacional, UDIS, USD, y/o con una base en el Valor del Inmueble, el Saldo Insoluto o el Importe de la Mensualidad

30 Catálogo de eventos Seguro de daños materiales (costo mensual) Seguro de daños materiales (costo anual)

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