Unidad 7 EL RÉGIMEN DE ASIGNACIONES FAMILIARES

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1 Unidad 7 EL RÉGIMEN DE ASIGNACIONES FAMILIARES CONCEPTO DE ASIGNACIONES FORMAS DE PAGO ASIGNACIONES MENSUALES ASIGNACIONES PERIÓDICAS ASIGNACIONES DE PAGO ÚNICO CASO PRÁCTICO 1

2 Tema 1 - CONCEPTO DE ASIGNACIONES Las asignaciones familiares son prestaciones de la seguridad social para el trabajador. Son conceptos no remunerativos, es decir, que sobre su valor no se deben calcular aportes y contribuciones, SAC o indemnizaciones. Las prestaciones que brinda el sistema serán abonadas al trabajador de acuerdo a los valores que perciban por sus remuneraciones, a la fecha de pago. Existen excepciones al pago de las asignaciones, cuando no cumple con los requisitos o no se efectúan las contribuciones. Por ejemplo: licencia sin goce de sueldo, mujer en estado de excedencia, etc. Todos los contribuyentes que se inscriban en el régimen de empleadores ante la AFIP quedan incluidos, en forma directa, en el Sistema Único de Asignaciones Familiares (SUAF). Este sistema permite el pago directo de las asignaciones familiares a los trabajadores correspondientes. Los empleadores deben presentar ante la ANSES, por única vez, la nómina de sus dependientes al momento del alta en el sistema. Además, toda la documentación de respaldo de las cargas de familia de cada trabajador y la siguiente información: Nombre y apellido del trabajador, y su número de CUIL. Fecha de notificación del régimen de Asignaciones Familiares, debiendo acompañar la constancia respectiva. Elección de banco para cada trabajador, a la que se deriva la liquidación de asignaciones, en el caso de que el trabajador no realizó la elección o la ANSES no cuente con la información necesaria para realizar los depósitos de las prestaciones. Cuando el empleador es incluido en el SUAF ya no se ocupará más de ninguna gestión por las asignaciones familiares; es el propio trabajador quien tiene que presentar (al momento de ingresar a la empresa) la documentación para su cobro. Además, el trabajador deberá informar de cualquier otra novedad que sobrevenga en su vida laboral. Por ejemplo: partidas de nacimiento, actas de matrimonio, certificados de escolaridad, etc.! " " "#"$ "%& 2

3 Tema 2 - FORMAS DE PAGO El monto de las asignaciones familiares se establece en función de la escala salarial que percibe el trabajador y se actualiza periódicamente. Para calcular los rangos y topes salariales para la percepción de las asignaciones, se toma en consideración la remuneración bruta a una fecha. Este valor no incluye los montos de SAC, horas extra o conceptos no remunerativos. Las asignaciones tienen diversas modalidades de pago: Mensual: por hijo y por hijo discapacitado. Periódico: prenatal, maternidad y ayuda escolar. Único: matrimonio, nacimiento y adopción. Las asignaciones por maternidad, hijo discapacitado y ayuda escolar por hijo con discapacidad no tienen ningún tope salarial para su pago al beneficiario. La antigüedad requerida en el empleo para el cobro del monto de asignaciones es: ANTIGÜEDAD No requiere antigüedad Mínima y continuada de tres meses Mínima y continuada de seis meses ASIGNACIÓN Por hijo Ayuda escolar anual Prenatal Maternidad Nacimiento Adopción Matrimonio En términos generales, las asignaciones son inembargables. En los próximos temas de describirán las características básicas de las asignaciones en función de la modalidad de pago. $" & 3

4 Tema 3 - ASIGNACIONES MENSUALES Comprende las asignaciones por hijo y por hijo discapacitado. Asignación por hijo: Consiste en el pago de una suma mensual por cada hijo menor de 18 años que se encuentre a cargo del dependiente. Es decir, se abonará por cada hijo soltero que resida en el país, de origen matrimonial o extramatrimonial, aunque trabaje en relación de dependencia. La documentación que se deberá presentar es la partida de nacimiento del hijo. Si es adoptivo, el testimonio de sentencia judicial. En los casos de separaciones de hecho, legales y divorcios vinculares, la asignación puede ser reclamada por aquél que ejerza la tenencia de hecho, presentando un acuerdo de partes aprobado por autoridad judicial. Para que una mujer casada pueda percibir la asignación, su esposo tiene que acompañar una nota de la empresa en la cual trabaja y en la que se declara que no cobra asignaciones por hijo. Si el esposo de una empleada se encuentra desempleado y no cobra subsidio por desempleo (cuando se percibe este subsidio en ANSES, además se pueden cobrar las asignaciones familiares), para que la mujer pueda cobrar el salario familiar debe declarar esa situación a efectos de la percepción de la asignación. Asignación por hijo discapacitado: Cuando el trabajador tiene a su cargo un hijo con discapacidad, no importa la edad que éste tenga, le corresponde percibir mensualmente la asignación, que asciende a un valor de cuatro veces a la mencionada asignación por hijo. Cuando el discapacitado mayor de edad no tenga padres ni curador, la asignación se abonará al pariente por consanguinidad o afinidad, cuya obligación alimentaria se declare o reconozca por autoridad judicial, a partir del mes en que se acredite la discapacidad y el derecho a su percepción. " "'$ " $ " "" & 4

5 Tema 4 - ASIGNACIONES PERIÓDICAS Asignación prenatal: Esta asignación se abona en forma mensual, desde el momento de la concepción hasta el nacimiento del hijo, a toda mujer embarazada que trabaje en relación de dependencia o a todo trabajador cuya esposa esté embarazada, si ésta no percibe beneficio por sí misma. El prenatal, con un valor similar al establecido en la asignación por hijo, se pagará en forma retroactiva al primer mes de embarazo, siempre que: La trabajadora acredite ese estado entre el tercer mes y con anterioridad al nacimiento, y mediante un certificado médico fehaciente. Si se acreditare con posterioridad al nacimiento, no corresponderá el pago de la asignación (el trabajador perdió el derecho a su percepción). Si apenas ingresada a la empresa una empleada comunica su embarazo, dado que el pago de prenatal requiere una antigüedad mínima de tres meses, recién se le pagará el prenatal una vez alcanzado el plazo requerido y solamente por los meses restantes hasta el nacimiento del hijo (no se abona la asignación por el total de nueve meses). Asignación por maternidad: Consiste en el pago de una suma igual al salario que la mujer hubiera debido percibir en su empleo, y se abona durante el período de licencia legal de 90 días. Si no denuncia su embarazo, y el parto se produce a término, sólo corresponde el pago por los 45 días posteriores, perdiendo la acumulación del período de pre-parto no gozado. Cuando la trabajadora tiene pluriempleo (es decir, trabaja bajo las órdenes de dos o más empleadores), cada uno de ellos deberá abonar la asignación de acuerdo al sueldo que percibe en los diferentes empleos. Asignación por ayuda escolar: Será percibida por el trabajador que acredite la asignación por hijo y la efectiva asistencia de éste a un establecimiento de enseñanza básica y polimodal, hasta que cumpla 18 años o bien, cualquiera sea su edad, si concurre a establecimiento oficial o privado donde se imparta educación diferencial. La asignación se abona con las retribuciones del mes anterior al del inicio del ciclo lectivo. Deberá presentar: certificado de finalización del ciclo anterior, matrícula de inscripción del nuevo año, y certificado de inicio (dentro de 60 días de comienzo. Si una empleada renuncia en el mes de febrero, no se debe abonar porque, para tener derecho a percibirla, también tiene que presentar el certificado de inicio de clases. 5

6 En cambio, si una empleada se da de alta en el mes de abril y presenta el certificado de escolaridad, tiene derecho a cobrar la asignación. ("") * + "& 6

7 Tema 5 - ASIGNACIONES DE PAGO ÚNICO Para las asignaciones por matrimonio, nacimiento y adopción se considerará el mes en que se produce el hecho generador. Asignación por matrimonio: Esta es la única asignación que puede ser percibida por los dos cónyuges. El trabajador que contrajo matrimonio puede notificarlo a su empleador mediante una nota o un telegrama, y luego deberá acreditar el hecho con el acta correspondiente. Asignación por nacimiento de hijo: El pago de la asignación será efectuada en el mes en que se certifique toda la documentación exigida para su percepción. Corresponde el pago cuando el nacimiento se produce sin vida, y cuando la gestación hubiere tenido un mínimo de 180 días. También corresponde el pago en el caso de reconocimiento de hijos siempre que no hayan transcurrido dos años desde el nacimiento, y que no haya percibido esta asignación anteriormente. El nacimiento de un hijo con Síndrome de Down otorgará a la madre trabajadora el derecho a seis meses de licencia en los mismos términos que la licencia por maternidad, percibiendo una asignación igual y con las mismas condiciones y requisitos. Asignación por adopción: Esta asignación se pagará al trabajador que presente la documentación legal y que, a su vez, tenga una antigüedad continuada de seis meses en el empleo. Es retroactiva a la fecha en que la ley vigente o la sentencia confieren la adopción, excepto si la hubiera estado percibiendo como consecuencia de la guarda del menor. ",""" "'$& 7

8 Tema 6 - CASO PRÁCTICO A través de un ejemplo se calculará la liquidación de cargas sociales de una empresa que posee dos trabajadores. La nómina del personal con su salario es la siguiente: Administrativo Operario TOTAL DE SUELDOS Para el cálculo de ART se considera un monto fijo de $ 5 por trabajador más un porcentaje global de 1 % sobre sueldos. CUOTA ART % ADMIN. OPER. TOTAL MONTO FIJO MONTO VARIABLE 1 % TOTAL ART Las planillas de cálculo sobre aportes y contribuciones son las siguientes: APORTES % ADMIN. OPER. TOTAL JUBILACIÓN 11 % INSSJP. 3 % OBRA SOCIAL 3 % TOTAL APORTES 17 % APORTES % ADMIN. OPER. TOTAL JUBILACIÓN 10,17 122,04 81,36 203,40 INSSJP. 1,50 18,00 12,00 30,00 ASIGN. FLIARES. 4,44 53,28 35,52 88,80 FDO. NAC. EMPLEO 0,89 10,68 7,12 17,80 OBRA SOCIAL 6,00 72,00 48,00 120,00 TOTAL CONTRIB. 23 % En definitiva, el total de aportes y contribuciones del mes surge del siguiente resumen: CONCEPTO ADMIN. OPER. TOTAL APORTES S/ REMUNERAC CONTRIB. PATRONALES ART TOTAL A PAGAR

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