COSTO PORCENTUAL PROMEDIO DE CAPTACIÓN DE LOS PASIVOS EN MONEDA NACIONAL A CARGO DE LAS INSTITUCIONES DE BANCA MÚLTIPLE DEL PAÍS (CPP)

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1 (Esta disposición fue abrogada por la Circular 3/2012 publicada en el Diario Oficial de la Federación el 2 de marzo de 2012) Diario Oficial de la Federación del 3 de noviembre de 2005 COSTO PORCENTUAL PROMEDIO DE CAPTACIÓN DE LOS PASIVOS EN MONEDA NACIONAL A CARGO DE LAS INSTITUCIONES DE BANCA MÚLTIPLE DEL PAÍS (CPP) El Banco de México, considerando las peticiones de diversas instituciones financieras en las que le solicitan que siga calculando y dando a conocer en el Diario de la Federación el Costo Porcentual Promedio de Captación de los pasivos en moneda nacional a cargo de las instituciones de banca múltiple del país (CPP) y con el objeto de evitar trastornos a las personas que tienen celebradas operaciones en las que se utiliza el referido indicador como referencia para calcular la correspondiente tasa de interés, ha resuelto continuar con la publicación del citado CPP en el Diario Oficial de la Federación por un periodo indefinido. La publicación se llevará a cabo en algún día de los comprendidos del 21 al 25 de cada mes. En caso de ser inhábil este último, la publicación podrá realizarse el día hábil siguiente. México, D. F., a 1 de noviembre de Diario Oficial de la Federación del 13 de mayo de 2002 COSTO DE CAPTACION DE LOS PASIVOS A PLAZO DENOMINADOS EN UNIDADES DE INVERSION (CCP-UDIS) Para efectos de lo previsto en los artículos 135 Bis de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros y 95 Bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, este Banco de México con fundamento en los artículos 8, 14, 14 Bis y 17 de su Reglamento Interior, ha resuelto continuar con la publicación en el Diario Oficial de la Federación del costo de captación de los pasivos a plazo denominados en unidades de inversión (CCP-UDIS), a partir del mes de mayo del año en curso. El CCP-UDIS se dará a conocer mensualmente en los términos de las resoluciones publicadas por este Instituto Central en el Diario Oficial de la Federación de fechas 6 de noviembre de 1995 y 13 de febrero de Atento a lo anterior, el CCP-UDIS expresado en por ciento anual, de las instituciones de banca múltiple del país, para los meses de noviembre de 2001 a abril de 2002, ha sido estimado conforme a lo siguiente: Noviembre 2001 Diciembre 2001 Enero 2002 Febrero 2002 Marzo 2002 Abril (cinco puntos y noventa y seis centésimas) 6.03 (seis puntos y tres centésimas) 6.17 (seis puntos y diecisiete centésimas) 6.19 (seis puntos y diecinueve centésimas) 6.46 (seis puntos y cuarenta y seis centésimas) 5.81 (cinco puntos y ochenta y un centésimas) 1

2 Por último, con la presente se deja sin efecto la publicación que sobre el CCP- UDIS este Instituto Central efectuó en el Diario Oficial de la Federación el 25 de octubre de México, D. F., a 9 de mayo de 2002 Diario Oficial de la Federación del 25 de octubre de 2001 COSTO DE CAPTACIÓN DE LOS PASIVOS A PLAZO DENOMINADOS EN UNIDADES DE INVERSIÓN (CCP-UDIS) El Banco de México, considerando que es mínimo el volumen de las operaciones de captación a plazo denominadas en unidades de inversión que realizan las instituciones de banca múltiple del país y que, en consecuencia, el costo de captación de los pasivos a plazo denominados en unidades de inversión (CCP-UDIS) ya no es una tasa de interés representativa de las operaciones que celebran las referidas instituciones, ha resuelto dejar de publicar en el Diario Oficial de la Federación la mencionada tasa de interés, a partir de noviembre de Sin perjuicio de lo antes señalado, el Banco de México seguirá calculando mensualmente el referido CCP-UDIS hasta octubre de 2005 y estará dispuesto a proporcionarlo a las personas que lo soliciten mediante comunicación dirigida a la Dirección de Disposiciones de Banca Central. Lo anterior se hace del conocimiento del público en general, para que aquellas personas que utilizan dicha tasa de interés en la celebración de operaciones financieras, tomen las medidas que juzguen pertinentes. Por último, cabe señalar que a dicha tasa de interés, durante el periodo de febrero de 1996 a junio de 1997, se le conoció como "Costo de captación a plazo de pasivos denominados en unidades de inversión". México, D. F., a 24 de octubre de 2001 Diario Oficial de la Federación del 6 de mayo de 1996 COSTO DE CAPTACIÓN A PLAZO DE PASIVOS EN DÓLARES DE LOS EE.UU.A El Banco de México ha iniciado el cálculo mensual del costo de captación por concepto de tasa de interés de los pasivos a plazo en dólares de los EE.UU.A., incluidos los préstamos de bancos del extranjero, a cargo de instituciones de banca múltiple, excepto aquéllos que se deriven de obligaciones subordinadas susceptibles de convertirse en títulos representativos del capital social de instituciones de crédito, del otorgamiento de avales, de la celebración de operaciones entre instituciones de crédito, así corno de los financiamientos recibidos de los Export-lmport Banks, de la Commodity Credit Corporation y de otros organismos similares. 2

3 Dicho costo de captación a plazo de pasivos denominados en dólares de los EE.UU.A. (CCP- Dólares), podrá ser utilizado como referencia para determinar la tasa de interés de créditos denominados en dólares de los EE.UU.A. Por lo antes expuesto y toda vez que conocer el citado costo resultará de utilidad para el público en general y en particular para las personas que contraten créditos con tal referencia, este Banco Central ha resuelto publicarlo en el Diario Oficial de la Federación en algún día de los comprendidos del 8 al 12 del mes inmediato siguiente a aquél a que corresponda. En caso de ser inhábil este último día, la publicación podrá realizarse el día hábil inmediato siguiente. El Banco de México iniciará la publicación del CCP-Dólares a partir del presente mes. México, D. F., a 3 de mayo de 1996 Diario Oficial de la Federación del 13 de febrero de 1996 COSTO DE CAPTACIÓN A PLAZO DE PASIVOS DENOMINADOS EN UNIDADES DE INVERSIÓN En términos de la publicación efectuada en el Diario Oficial de la Federación del 6 de noviembre de 1995, el Banco de México ha venido publicando en dicho Diario mensualmente, la estimación del "Costo porcentual promedio de captación de pasivos denominados en unidades de inversión" (CPP- UDIS). Considerando que a partir de este mes el Banco de México publicará el "Costo de captación a plazo de pasivos denominados en moneda nacional" (CCP) y que para el cálculo de dicha estimación se tomarán en cuenta los mismos instrumentos de captación a plazo que para estimar el CPP-UDIS, con la única diferencia de su denominación en moneda nacional, este Banco Central, a fin de evitar confusiones, ha resuelto cambiarle el nombre, a partir del mes en curso, el referido costo porcentual promedio de captación de pasivos denominados en unidades de inversión, por el de "Costo de captación a plazo de pasivos denominados en unidades de inversión"(ccp-udis). México, D. F., a 12 de febrero de 1996 Diario Oficial de la Federación del 13 de febrero de 1996 COSTO DE CAPTACIÓN A PLAZO DE PASIVOS DENOMINADOS EN MONEDA NACIONAL El Banco de México ha iniciado la estimación mensual del costo de captación a plazo por concepto de tasa de interés de los pasivos a plazo en moneda nacional a cargo de las instituciones de banca múltiple, excepto de aquéllos que se deriven de obligaciones subordinadas susceptibles de convertirse en títulos representativos del capital social de instituciones de crédito, del otorgamiento de avales y de la celebración de operaciones entre instituciones de crédito. 3

4 Dicha estimación del costo de captación a plazo de pasivos denominados en moneda nacional (CCP), podrá ser utilizada como referencia para determinar la tasa de interés de créditos denominados en pesos. Por lo antes expuesto y toda vez que resultará de utilidad para el público en general y, en particular para las personas que contraten dichos créditos, conocer la referida estimación, este Banco Central ha resuelto publicarla en el Diario Oficial de la Federación, en algún día de los comprendidos del 21 al 25 de cada mes. En caso de ser inhábil este último, la publicación podrá realizarse el día hábil inmediato siguiente. Sin perjuicio de lo anterior, el Banco de México continuará publicando el costo porcentual promedio de captación (CPP) hasta el 31 de diciembre del 2005, con la única variante de que, a partir del mes en curso, será dado a conocer dentro del período previsto en el párrafo anterior. El Banco de México estará dispuesto a considerar, a petición por escrito de las instituciones de crédito, siempre y cuando exista una causa que así lo justifique, continuar publicando el costo porcentual promedio de captación, por un período mayor al señalado anteriormente. El Banco de México iniciará la publicación de la estimación del CCP a partir del presente mes. México, D. F., a 12 de febrero de 1996 Diario Oficial de la Federación del 6 de noviembre de 1995 COSTO PORCENTUAL PROMEDIO DE CAPTACIÓN DE OPERACIONES DENOMINADAS EN UNIDADES DE INVERSIÓN El Banco de México ha iniciado la estimación mensual del Costo Porcentual Promedio de Captación por concepto de tasa de interés de los pasivos denominados en unidades de inversión (UDIS), a cargo del conjunto de las instituciones de banca múltiple del país, excepto de aquéllos que se deriven de obligaciones subordinadas susceptibles de convertirse en títulos representativos del capital social de instituciones de crédito, del otorgamiento de avales y de la celebración de operaciones entre instituciones de crédito. Dicha estimación del Costo Porcentual Promedio de Captación de pasivos denominados en unidades de inversión (CPP- UDIS), podrá ser utilizada como referencia para determinar la tasa de interés de créditos denominados en unidades de inversión. En tal virtud y considerando que resultará de utilidad para el público en general y, en particular para las personas que contraten dichos créditos, conocer la referida estimación, este Banco Central ha resuelto publicarla en el Diario Oficial de la Federación, en algún día de los comprendidos del 21 al 25 de cada mes. En caso de ser inhábil este último, la publicación podrá realizarse el día hábil inmediato siguiente. El Banco de México iniciará la publicación de la estimación mencionada, a partir del presente mes. México, D. F., a 3 de noviembre de

5 Diario Oficial de la Federación del 17 de noviembre de 1988 COSTO PORCENTUAL PROMEDIO DE CAPTACIÓN En atención a las disposiciones recién expedidas sobre aceptaciones bancarias y papel comercial con aval bancario, el Banco de México ha resuelto tomar en cuenta los rendimientos de tales Instrumentos al estimar el Costo Porcentual Promedio de Captación (CPP) que da a conocer a través del Diario Oficial de la Federación, según resolución del 16 de octubre de 1981, publicada en ese Diario el 20 del mismo mes y año, con objeto de hacer más preciso el cálculo de la estimación antes mencionada. En tal virtud, a partir de esta fecha, dicha estimación estará referida al costo porcentual promedio de captación por concepto de tasa y, en su caso, sobretasa de rendimiento -por interés o descuento-, de los pasivos en moneda nacional a cargo del conjunto de las instituciones de banca múltiple, correspondientes a: depósitos bancarios a plazo, depósitos bancarios en cuenta corriente, pagarés con rendimiento liquidable al vencimiento, aceptaciones bancarias y papel comercial con aval bancario. El citado Costo Porcentual Promedio de Captación (CPP) ha sido estimado en 41.65% anual (Cuarenta y un puntos y sesenta y cinco centésimas porcentuales) para el mes de noviembre de México, D. F., a 16 de noviembre de 1988 Diario Oficial de la Federación del 20 de octubre de 1981 COSTO PORCENTUAL PROMEDIO DE CAPTACIÓN El Costo Porcentual Promedio de Captación por concepto de tasa y, en su caso, sobretasa de interés de los pasivos en moneda nacional a cargo del conjunto de instituciones de crédito privadas y mixtas, correspondientes exclusivamente a préstamos de empresas y particulares y depósitos a plazo, excepto de ahorro, viene siendo estimado mensualmente por el Banco de México, S.A., desde hace varios años. Dicha estimación del Costo Porcentual Promedio de Captación, conocido con la abreviatura CPP, está siendo utilizada como punto de referencia para determinar el importe de numerosas obligaciones pecuniarias. En tal virtud y considerando que resultará de utilidad para el público en general y, en particular, para las personas con dichas obligaciones a su cargo, conocer la referida estimación, este Banco de México, S. A. ha resuelto publicar la misma, a través del Diario Oficial de la Federación, en algún día de los comprendidos del 16 al 20 de cada mes o el día hábil inmediato siguiente de ser aquéllos inhábiles. Consecuentemente, se comunica que el citado Costo Porcentual Promedio de Captación ha sido estimado en 31.22% anual para el mes de octubre de México, D. F., a 16 de octubre de

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